REGLAS DE PROCEDIMIENTO

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Transcripción:

Artículo 1: Ámbito de aplicación REGLAS DE PROCEDIMIENTO Las siguientes reglas serán de aplicación tanto en Human Rights Council (HRC) como en el Consejo Económico y Social (ECOSOC). La interpretación de dichas reglas quedará reservada a la Presidencia, o autoridad designada por ésta. Artículo 2: Idioma El inglés será el idioma oficial y de trabajo en Human Rights Council; mientras que el español será el idioma oficial y de trabajo en ECOSOC. Artículo 3: Autoridad Las autoridades durante las sesiones serán: - Presidente - Vicepresidente. Artículo 4: Funciones del Presidente 1. Declarar la apertura y cierre de cada sesión. 2. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento y las en todo momento. 3. Tomar las medidas disciplinarias adecuadas en caso de incumplimiento del presente reglamento y ser responsable del mantenimiento del orden dentro de los emplazamientos en los que la simulación tenga lugar. 4. Otorgar la palabra a quienes así lo soliciten. 5. Anunciar las decisiones adoptadas por ECOSOC. 6. Llamar a votación y anunciar los resultados. 7. Aprobar los puntos o mociones que se consideren en orden. 8. Proponer a las delegaciones sobre la presentación de mociones, el tiempo de orador o el cierre del debate.

Artículo 5: Funciones del Vicepresidente 1. Adoptar las funciones del Presidente cuando éste se encuentre ausente o así lo considere. 2. Asistir al Presidente en sus funciones. Artículo 6: Delegaciones Cada Estado Miembro estará representado por una delegación, formada por uno o dos delegados. Cada delegación tendrá un voto. En caso de representantes de observadores acreditados, tendrán los mismos derechos que el resto de Estados Miembros, con la excepción del derecho a voto para la adopción de resoluciones. Artículo 7: Quórum La sesión se declarará abierta cuando al menos una tercera parte del comité se encuentre presente. Al comienzo de cada sesión el presidente llamará a las delegaciones por orden alfabético para reconocer su asistencia. Las delegaciones de Estados Miembros deberán responder presente o presente y votando. Las delegaciones de Observadores responderán presente. En caso de retraso en la llegada de una delegación, ésta deberá enviar una nota al Presidente en el momento de llegada, especificando su estado (presente/presente y votando), para ser reconocida. Artículo 8: Asunto a tratar Al abrir la sesión se deberá presentar una moción para tratar un tema. La delegación que presente la moción deberá explicar el tema a tratar. La moción deberá ser secundada. En ese momento se establecerá una lista de oradores, hasta que dos delegaciones a favor y dos delegaciones en contra de tratar el tema hayan participado en el debate. En ese momento se procederá a votar. La moción será aprobada por mayoría simple. Artículo 9: Votaciones Todas las delegaciones tendrán un voto en las votaciones que formen parte del debate; incluyendo la votación de enmiendas. No serán permitidas las abstenciones en este tipo de votaciones. Durante la adopción de resoluciones, solo las delegaciones representando a Estados Miembros tendrán derecho a voto. El voto emitido deberá ser sí, no o abstención. Las decisiones de ECOSOC serán tomadas por dos tipos diferentes de mayoría, de acuerdo a lo especificado en las :

- Mayoría simple: Requiere una cantidad mayor de votos a favor ( sí ) que de votos negativos ( no ) (50% + 1) - Mayoría cualificada: Requiere dos tercios de votos a favor ( sí ) de entre los miembros votantes. (66,6%) La votación se realizará levantando la placa. La votación será nominal cuando así lo determine el Presidente, o cuando una moción de voto nominal haya sido aprobada por mayoría simple. En el voto nominal, el Presidente llamará a las delegaciones por orden alfabético para que emitan su voto, respondiendo sí, no o abstención. En caso de empate, la votación se repetirá, no siendo permitidas en este caso las abstenciones. Artículo 10: Lista de oradores La lista de oradores permanecerá abierta de forma ininterrumpida durante el debate. El tiempo de orador será establecido para el propósito del debate general del asunto a tratar, siendo éste un mínimo de 30 segundos. La lista de oradores será seguida en todo momento durante el debate; excepto en los caucus. Cualquier delegación puede ser añadida a la lista de oradores al levantar su placa cuando les sea requerido por el Presidente al inicio del debate; o mediante una nota al Presidente en cualquier momento. Durante los caucus será establecida una lista de oradores específica. Una vez llegado al final de la lista de oradores, el debate quedará clausurado. Artículo 11: Cesión de tiempo Llegado el final de la intervención de un orador, y si le queda tiempo, éste puede cederlo a: - A otro delegado: El tiempo restante será cedido a otro delegado para realizar una intervención. Éste no podrá cederlo a un tercer delegado. - A preguntas: El tiempo restante será usado para preguntas. El Presidente reconocerá el número de preguntas adecuado. Solo las respuestas a dichas preguntas serán descontadas del tiempo. - A la mesa: Nadie podrá hacer uso del tiempo restante, y no pondrán presentarse puntos de información. La mesa pasará al siguiente orador en la lista de oradores. No se podrá ceder el tiempo dentro de un caucus.

Artículo 12: Caucus moderado y no moderado Siempre que el foro se encuentre abierto podrán presentarse mociones para caucus. El delegado que presente la moción deberá especificar el tipo de caucus (moderado o no moderado), así como explicar el propósito del caucus, la duración, y el tiempo de orador (en el caso del caucus moderado.) El Presidente determinará si la moción está en orden y podrá hacer comentarios o sugerencias al respecto. Si la moción es secundada, pasará a ser votada. Existen dos tipos de caucus: - Caucus moderado: Debate formal en el cual el Presidente otorgará la palabra a los delegados por el tiempo establecido. Un delegado será añadido a la lista de oradores al levantar su placa. - Caucus no moderado: Debate informal sin moderación alguna por parte del Presidente. Permite conversaciones privadas entre delegados. Al final del caucus se podrá presentar una moción para extender su duración. El delegado que presente la moción deberá especificar la duración deseada. El Presidente decidirá si la moción está en orden, y deberá ser secundada y votada. Artículo 13: Punto de privilegio personal Un delegado presentará un punto de privilegio personal en caso de sentirse afectado o disminuido por algún factor externo al debate, como la iluminación o el ruido. Este punto podrá interrumpir una intervención, aunque su uso deberá ser limitado. Artículo 14: Punto de orden Un delegado presentará un punto de orden si considera que las están siendo violadas. El Presidente determinará si el punto está en orden, y actuará en consecuencia. Dicha decisión es inapelable. Artículo 15: Punto de duda parlamentaria Un delegado presentará un punto de duda parlamentaria para requerir una clarificación del procedimiento que está siendo llevado a cabo. La clarificación no podrá tener relación con el asunto a tratar en el debate.

Artículo 16: Punto de información Un delegado presentará un punto de información para requerir información a otro delegado. El delegado que presente la moción deberá especificar la información que se requiere y el tiempo de respuesta, siendo el máximo un minuto. Artículo 17: Derecho de réplica Un delegado pedirá al presidente derecho de réplica a través de una nota a este si cree que su integridad personal o la del Estado al que representa han sido violadas. El Presidente determinará si se encuentra o no en orden. Artículo 18: Mociones Se podrán presentar mociones siempre que el foro se encuentre abierto; el Presidente deberá decidir si están en orden, y deberán ser secundadas y votadas. - Moción para iniciar un caucus: requiere de una mayoría simple para ser aprobada. - Moción para abrir o cerrar el debate: requiere de una mayoría cualificada para ser aprobada. - Moción para modificar el tiempo de orador: requiere de una mayoría cualificada para ser aprobada. - Moción para introducir una enmienda: requiere de una mayoría simple para ser aprobada. - Moción para introducir un borrador de resolución: requiere de una mayoría simple para ser aprobada. Artículo 19: Orden de precedencia de procedimientos: Puntos que pueden interrumpir al orador: Punto de Privilegio Personal Punto de Orden Puntos cuando el foro está abierto: Punto de Duda Parlamentaria Punto de Información Mociones cuando el foro está abierto: Moción para Caucus Moderado (de haber varias, tendrá prioridad aquella que tenga más tiempo.) Moción para Caucus No-Moderado (de haber varias, tendrá prioridad aquella que tenga más tiempo.)

Moción para introducir una enmienda. Moción para introducir una resolución. Demás mociones. Artículo 20: Papeles de Trabajo Las propuestas realizadas durante el debate serán recopiladas en papeles de trabajo, los cuales deberán ser presentados por escrito al Presidente con anticipación para su corrección; para poder ser presentados posteriormente como borradores de resolución. Artículo 21: Aval para la introducción de Borradores de Resolución La introducción de un borrador de resolución deberá ir acompañado de un aval mínimo del 30% de los miembros de la Asamblea General. Artículo 22: Introducción de Borradores de Resolución Al introducir un borrador de resolución en el debate, el Presidente otorgará la palabra a un máximo de tres delegados durante un máximo de 15 minutos para que expliquen y defiendan el borrador de resolución. A continuación se podrán presentar tantos puntos de información como el Presidente considere necesario. Artículo 23: Cierre del debate y votación de Borradores de Resolución Una vez un borrador de resolución haya sido presentado, se podrán levantar mociones para el cierre del debate. Se establecerá una lista de oradores con al menos dos delegados argumentando a favor y dos en contra del cierre del debate. De ser aprobada la moción, siempre por mayoría cualificada, se podrá presentar una moción para proceder a votar el borrador de resolución. Artículo 24: Introducción de enmiendas Durante el debate sobre un borrador de resolución podrán presentarse mociones para introducir enmiendas que modifiquen, eliminen o incluyan puntos al borrador de resolución.

Artículo 25: Aval para la introducción de enmienda La presentación de una enmienda deberá ir acompañada de un aval mínimo del 15% de los miembros de la Asamblea General. Artículo 26: Debate y votación de enmiendas La presentación de una enmienda conllevará su lectura a todo el comité. Después se someterá a votación, por mayoría cualificada.