DEFENSA CIVIL Lamadrid 945 Telefax: 0358-4645823- e-mail: bombero4@satlink.com REQUISITOS DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD PARA EDIFICIOS INSTALACION DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD OBLIGATORIOS: 1. MATAFUEGOS: Los extintores portátiles (Matafuegos) son elementos, del sistema contra incendio, de suma importancia ante un principio de incendio. Disponer de los mismos y saber utilizar estos sistemas manuales de extinción, implica evitar incendios de proporciones. Para ello, a los propietarios, constructores o consorcios de edificios de propiedad horizontal, se les exige que coloquen matafuegos en: a) Palieres. (no en cajas de escaleras) b) Sala de Máquinas de Ascensores. c) Sótanos. d) Bauleras. e) Otros sectores donde pueda haber combustibles de cualquier tipo. f) Cocheras La cantidad, tamaño o tipo, responden a exigencias del IRAM y/o a criterio del inspector, quien evaluará in situ cada caso en particular (operadores, carga de fuego, etc.) TODOS LOS MATAFUEGOS DEBERAN ESTAR COLGADOS EN LUGARES VISIBLES, ACCESIBLES Y CON DEMARCACION. 1
2. LUCES DE EMERGENCIA: Ante un corte general de Energía Eléctrica en edificio de departamentos, de oficinas o mixtos, estos deben contar con un sistema de iluminación de emergencia, a los efectos de hacer posible que, los habitantes, ocupantes habituales u ocasionales del edificio, puedan recorrer los sectores comunes, sin riesgo a padecer accidentes por falta de visibilidad. Estas luces deben ser de encendido automático, con fuente de alimentación propia, de bajo voltaje y ubicadas en los siguientes sectores: a) Palieres. b) Escaleras. c) Salones comunitarios. d) Ascensores. e) Cocheras. 3. SEÑALIZACIÓN: Los carteles indicadores (Obligación, Advertencia o Peligro) ayudan a las personas a orientarse en cualquier medio (conocido o no) por donde transitan o permanecen, de tal manera que puedan ubicarse inmediatamente en dónde están, por dónde tienen que circular o salir, qué puede resultar peligroso para su integridad física o su vida, etc. Estos sistemas se denominan ANTIPANICO, pues, ante un riesgo o emergencia, las personas pueden tomar precauciones y asegurarse de los pasos a seguir para ponerse a salvo (indicadores de SALIDA). Tendrá que colocarse cartelería en: a) Puertas: Señalizar, con la inscripción de "SALIDA" claramente legible y visible, todas las puertas que son utilizadas normalmente para el ingreso y egreso de personas. b) Puertas opcionales: Señalizar con la leyenda "SALIDA DE EMERGENCIA", todas las puertas o aberturas que lleven al exterior del edificio y que no sean utilizadas normalmente para ese fin, pero que puedan servir para una eventual evacuación con cartel claramente visible (iluminados o pintados con pinturas reflectivas y/o foto luminiscentes) c) Tableros y llaves de corte general: Señalizar todos los tableros y llaves de corte general de energía eléctrica, Gas y cualquier otro tipo de combustible. 2
d) Ascensores: Señalizar la capacidad de kílos ó personas que puede transportar cada ascensor e inscribir la leyenda de "NO UTILIZAR EN CASO DE EMERGENCIA". I CONSTRUCCION Y ESTRUCTURA: 1. ESCALERAS: Las escaleras de los edificios, además de ser un medio único o alternativo de ingreso egreso, son el medio más recomendable para ser utilizado como salidas de emergencia, en caso de evacuación masiva del inmueble. Para edificios de hasta 2 (dos) Plantas a) Los escalones deberán ser o contar con elementos antideslizantes. b) Deberán disponer de pasamanos en todo su recorrido c) Iluminación de emergencia. En edificios de más de 2 (dos) plantas Idem a lo anterior, pero, además: d) Deberá construirse una Caja de Escalera, la cual contará con puertas, desde el nivel más bajo hasta el último piso. Las mismas deberán: Permanecer cerradas (sin llave ni trabas), Ser del tipo de puerta ciega, contar con cierre automático y ser resistentes al fuego como mínimo 1 (una) hora (madera dura, chapa, otros no pudiendo ser de placa) Tener apertura en sentido de la evacuación, es decir: desde el palier hacia la escalera. En planta baja la puerta abrirá hacia la salida. Contar con brazo de cierre automático permanente No podrá instalarse, dentro de la caja de escaleras, ningún tipo de tablero de servicios, y los conductos deben estar cerrados herméticamente. 3
2. BARANDAS: Toda baranda que de al vacío, deberá ser de un mínimo de 1,10 mts. de altura. En azoteas y terrazas la misma deberá ser cerrada de 1,50 mts. de altura, tal que ofrezca condiciones de seguridad a criterio del Órgano técnico de aplicación. 3. COCHERAS EN SUBSUELO O LUGAR CERRADO: Toda su construcción deberá ser con material incombustible. En las cocheras, se deberá contar con ventilación natural (con acceso a patios internos o medianeras de retiro) que proyecte una ventilación permanente y suficiente de acuerdo a la cantidad de vehículos. En el interior de estas cocheras, no deben instalarse ningún tipo de tablero general de energía eléctrica, ni medidores de energía o de gas. Si la escalera o la caja del equipo de elevación llegan al ámbito de la cochera, estos servicios deberán contar con cerramiento estanco para el ingreso a los mismos. En el caso de que la cochera sea para 30 autos o mas, deberá contar con un sistema de detector de humo y sistema automático de control de incendios (rociadores o sprinklers, con cañería húmeda presurizada) 4. CAÑERIA SECA (para edificios de más de 2 plantas): Se deberá instalar una cañería seca desde la calle hasta en ultimo piso con: Boca de impulsión de Ø 2,5 pulgadas, desde la calle con rosca hembra de la misma medida. (Rosca Bombero) Esta entrada deberá ubicarse fuera del edificio, embutida en la fachada ó en la vereda, con tapa identificada con la leyenda " BOMBEROS". En cada piso deberá instalarse, en palieres, una boca de expulsión de 0,45 mm, con llave y rosca macho. (Rosca Bombero) La cañería deberá resistir una presión hidráulica de 30 Kg. mínimo y ser de Ø 2,5 pulgadas mínimo. De las mismas características, deberá instalarse la cañería seca en cocheras, las bocas de expulsión serán ubicadas de acuerdo a la disposición y construcción. 4
5. ALARMAS: Se deberá instalar un sistema de alarma general que pueda ser audible en toda la edificación, que deberá contar con pulsadores en todos los palieres, desde el nivel más bajo hasta la azotea. El sonido de esta alarma deberá ser diferente a todo otro tipo de sonido común. 6. SISTEMAS ELECTRICOS y de GAS: A. El tablero general de energía eléctrica con su llave de corte general, deberá estar fuera del edificio, señalizada con cartel identificatorio que advierta de su condición. B. El tablero, gabinete o batería de medidores de Gas, deberá estar fuera del edificio en un costado del mismo. No puede ser instalado en pasillos de ingreso al edificio o en únicos medios de egreso del mismo. a) Deberá contar con puerta de chapa, con señalización que indique su contenido. b) Los medidores que se instalen en el interior del edificio, deberán ubicarse en salas que den hacia un patio interior, con ventilación realizada por ventana de 300 mm. x 600 mm. (mínimo). La cual deberá estar permanentemente abierta. c) No deberá contar con ningún tipo de instalación eléctrica interior. d) En caso de instalar los medidores en patios internos, el gabinete debe estar ubicado sobre la pared medianera. No podrá instalarse bajo ventanas. NOTA: Se acepta la instalación de medidores de gas en la azotea, en caso de no poder instalarlos en planta baja. 5