COLEGIO JAVIERA CARRERA REGLAMENTO DE BECAS 2016 ARTÍCULO 1 : Se entiende por Beca a un beneficio económico, consistente en un descuento sobre el arancel anual, pactado en cuotas, que le corresponde pagar a cada apoderado por su hijo (a) o hijos (as) en un año escolar. ARTÍCULO 2 : Todo apoderado con un hijo (a) o dos hijos (as) podrá (n) postular a las Becas en forma individual (caso de más hijos, su situación se ajustará a lo indicado en el Artículo 4 ), que presenten una situación socioeconómica deficitaria o por excelencia académica. ARTÍCULO 3 : Las Becas serán equivalentes a rebajas de colegiaturas, dependiendo de cada caso. ARTÍCULO 4 : Todo apoderado que tenga: a) Tres (3) hijos matriculados en nuestro colegio tendrá una rebaja en las mensualidades del 50% en el tercer hijo (a). b) Cuatro (4) hijos matriculados, al cuarto (4) se le otorgara el 100% de gratuidad. Si durante el año escolar se retira un hijo(a), esto implica que a partir del siguiente mes se pierde automáticamente el beneficio. ARTÍCULO 5 : Las Becas se conceden por un año académico. Las Becas serán reevaluadas al término del Primer Semestre del año 2015, en base al desempeño académico y disciplinario del alumno(a) y a la cancelación oportuna de las mensualidades por parte del apoderado. Esta evaluación podría dejar sin efecto el beneficio otorgado. ARTÍCULO 6 : Las becas no incluyen el pago de matrícula, ni los compromisos adquiridos por el apoderado en cada uno de los cursos o con el Centro General de Padres y Apoderados. ARTÍCULO 7 : La no presentación de los antecedentes solicitados para la postulación, la presentación incompleta de éste, o el atraso en la entrega del formulario de postulación, faculta al Colegio a no considerar la postulación y darla por terminada.
ARTÍCULO 8 : Los alumnos nuevos no podrán acceder a este beneficio hasta tener un (1) año de antigüedad en el Colegio y cumplir con los requisitos definidos en este Reglamento. ARTÍCULO 9 : Los tipos de becas otorgados por este Establecimiento Educacional son los siguientes: 1.- Beca por Situación Económica. 2.- Beca por Excelencia Académica. ARTÍCULO 10 : Se deberá postular sólo a un tipo de Becas, optando por aquella que más le convenga. ARTÍCULO 11 : Se constituirá una comisión de calificación y selección de Becas, la cual estará conformada por las siguientes personas y cargos que desempeñan en el establecimiento: a) Directora b) Representante Legal o quien designe. c) Profesor (a) o Administrativo. ARTÍCULO 12 : Las postulaciones se realizarán vía presentación del Formulario de Becas en Secretaría del Colegio en las siguientes fechas: Retiro de Formulario de Becas Desde 27 Octubre 2015 hasta 11 Diciembre 2015. Entrega de Formularios al Colegio 14 al 23 Diciembre 2015. Resultado de Postulaciones Marzo 2016. (a imprimir en página web del Colegio)
ARTÍCULO 13 : Requisitos de postulación: BECAS POR SITUACIÓN ECONÓMICA: -Situación socioeconómica deficitaria. - Rendimiento académico. Promedio General mínimo al término del año escolar: 6,0. -Ficha de Protección Social (u otro documento que la reemplace legalmente en su momento), cuyo puntaje sea inferior a 3.500 puntos o equivalente. -Mantener al día el pago de la mensualidad durante todo el año 2015. -Informe de Personalidad y Disciplina: Bueno. -Asistencia no inferior a 90% al momento de la postulación y al finalizar el año Escolar 2015. BECAS POR EXCELENCIA ACADÉMICA: -Promedio 6,5. Mínimo en Lenguaje y Comunicación, Inglés, Matemática al finalizar el año Escolar 2015. -Informe de Personalidad y Disciplina: Excelente -Responsabilidad y compromiso del Apoderado: Excelente. -Asistencia no inferior a 90% al finalizar el año escolar 2015. -Mantener al día el pago de la mensualidad durante el año 2015. ARTÍCULO 14 : DOCUMENTACIÓN GENERAL A PRESENTAR POR EL APODERADO: -Fotocopia de la Boleta de Pago de la última colegiatura vigente. -Tres últimas liquidaciones de sueldo de los integrantes del grupo familiar que perciban ingresos. En el caso de que algún integrante sea trabajador independiente, deberá presentar: a.- la última declaración de Renta.
b.- Tres últimas declaraciones de impuestos o en su defecto las tres últimas boletas de honorarios. -Certificado AFP con las doce últimas remuneraciones líquidas de los integrantes del grupo familiar que perciban ingresos. -Fotocopia de finiquito de cesantía y comprobante de pago si el caso lo requiere. -Fotocopia de colilla de dividendo o Comprobante original de arriendo, las tres últimas. -Contrato de trabajo de los integrantes del grupo familiar. -Certificado médico en caso de enfermedad crónica o terminales. -Boletas de servicios básicos, de agua, luz, gas u otros. -Certificado original de Alumno Regular de hermanos que estudien en otro Establecimiento Educacional (Educación Pre Básica, Básica, Media o Superior). -Certificado de Ficha de Protección Social vigente que indique el puntaje obtenido o equivalente. ARTÍCULO 15 : La veracidad de los datos suministrados en el formulario y documentación adjunta, es de exclusiva responsabilidad de los solicitantes. ARTÍCULO 16 : El Colegio se reserva el derecho de NO otorgar Becas, aquellos alumnos que se encuentren con antecedentes graves de inasistencias, rendimiento y disciplina. ARTÍCULO 17 : El Colegio se reserva el derecho de verificar todos los documentos o alguno de los datos consignados en la Ficha de Postulación. ARTÍCULO 18 : Los Apoderados que presenten documentos o información adulterada o falsa, automáticamente serán excluidos de postulación para los siguientes 2 años. DE LA ACEPTACIÓN Y CONFIRMACIÓN DEL BENEFICIO DE BECA: ARTÍCULO 19º: Todas las postulaciones recibidas conforme al procedimiento de postulación señalado, serán vistas y resueltas por la Comisión de Calificación y Selección, la primera quincena de marzo.
ARTÍCULO 20º: Una vez seleccionado los beneficiarios de las Becas, el Colegio informará vía correo electrónico, telefónicamente o personalmente a los Apoderados, el resultado de su postulación. También se les informará a los no beneficiados mediante iguales vías de comunicación. ARTÍCULO 21º: El Apoderado deberá confirmar la Beca, firmando las letras (cheques u otro mecanismo de pago que instaure el Colegio) y el contrato con los nuevos valores. Proceso que oficializa el beneficio hasta después de los 5 días hábiles de haber recibido el correo de confirmación. El incumplimiento de lo anterior, significará la no confirmación y aceptación de la Beca, lo cual será causal de pérdida del beneficio y se mantendrá su Matrícula en los términos ya pactados para el año 2016. ARTÍCULO 22º: Toda situación no prevista en el presente Reglamento Interno de Becas, será resuelta en primera instancia por la Comisión de Becas. RESTRICCIONES PARA POSTULAR A UNA BECA: a) No se considerará como postulantes a los alumnos que no hayan sido matriculados en las fechas oficiales informadas por el Colegio por tanto, su postulación quedará nula. b) No podrán postular a Becas los Apoderados que mantengan deudas en las colegiaturas del Colegio en el año 2014 o anteriores. c) No podrán postular a Becas Apoderados que durante el año 2015 hayan faltado el respeto agredido verbal y/o físicamente a algún(a) autoridad, profesores, personal del Colegio dentro y fuera del establecimiento o en su representación en actos, campeonatos etc. PÉRDIDA DE BECAS 2016 a) El no estar matriculado(s) para el año Escolar 2016. b) Si con posterioridad a su otorgamiento, se comprueban falsedades o alteraciones en los documentos solicitados y/o la información entregada por el Apoderado.