F-104 FORMATO PENSIÓN GRACIA RECLAMACIÓN ANTE CAJANAL

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Transcripción:

F-104 FORMATO PENSIÓN GRACIA Página 1 de 2 Apreciado(a) Profesor(a): Por favor, marque con una equis (X) la opción deseada frente al servicio que usted quiere que nuestro colectivo reclame ante CAJANAL. De la misma forma diligencie el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales con la opción marcada y no olvide llenar en su totalidad los espacios de este contrato. PENSIÓN GRACIA Pensión Gracia Tiempos Discontinuos: Si CAJANAL negó su Pensión Gracia por no encontrarse vinculado al Magisterio oficial el 31 de diciembre de 1980, teniendo tiempos de servicio anteriores y posteriores a esta fecha como Docente Nacionalizado del orden Municipal, Departamental o Distrital, o le dio el carácter de nacional siendo docente nacionalizado. Pensión Gracia Vs. Pensión de Invalidez: Si CAJANAL le negó su Pensión Gracia por tener la Pensión de Invalidez. Pensión Gracia con Sanción Disciplinaria : Si CAJANAL negó su Pensión Gracia por tener una sanción disciplinaria. Pensión Gracia Tiempos Distintos : Si CAJANAL negó su Pensión Gracia por no tenerle en cuenta los tiempos laborados como docente en una entidad territorial del orden Municipal, Departamental o Distrital distinta a las Secretarías de Educación. Pensión Gracia para Docentes Nacionales : Si se v inculó con anterioridad al 1º de enero de 1981 como docente nacional y posteriormente se vinculó como Docente Nacionalizado y acredita tener 20 años de servicio como docente del orden Municipal, Departamental o Distrital. Pensión Gracia Proporcional: tienen derecho los docentes (o sus beneficiarios) del orden Municipal, Departamental o Distrital, que habiendo ingresado antes del 1º de enero de 1981 y que demuestren haber laborado entre 15 años y menos de 20 años de servicio. MESADAS PENSIONALES Mesada 14: El Fondo de Pensiones Públicas FOPEP al pagar su pensión gracia, no paga la mesada adicional correspondiente al mes de junio de cada año. Descuentos al FOSYGA: El Fondo de Pensiones Públicas FOPEP al pagar su(s) mesada(s) pensional(es), descuenta el correspondiente porcentaje con destino al Fondo de Seguridad y Garantías FOSYGA. OTRO:. Para comenzar el trámite se requiere diligenciar los PODERES consignados en los FORMATOS OMM-1, 2, 4, 5, y 9 así como el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales (FORMATO OMM-6), debe firmarlos y hacerles presentación personal ante la Oficina Judicial, Notario o Juez de la ciudad donde reside. No olvide entregar los gastos de papelería al encargado en su Municipio, así como exigir el recibo (FORMATO OMR-7). De igual manera diligencie el FORMATO OMR-8 (Datos del Reclamante). NOTA: Los FORMATOS OMM-1, 3 y 5 deben además traer la huella impresa y legible del índice derecho A continuación nos permitimos relacionar los documentos que debe enviarnos para su reclamación. PENSIÓN GRACIA o PENSIÓN GRACIA PROPORCIONAL 1. Solicitud o colilla de la Pensión Gracia. 2. Fotocopia de la Resolución que negó la Pensión Gracia en fotocopia autenticada (si ha efectuado reclamación). 3. Fotocopia ampliada al 150% de la Cédula de Ciudadanía, (autenticada y con huella impresa del índice derecho). 4. Una (1) Declaración Jurada Extrajuicio (FORMATO OMM-3). 5. Un (1) original (copia auténtica) del Registro Civil de Nacimiento y una fotocopia autenticada del mismo. 6. Certificado de tiempo de servicio, en que incluya el Municipio donde labora o laboró, en original y fotocopia autenticada, en donde se acredite haber laborado por espacio de veinte (20) años como docente en el sector oficial. Continúa en el reverso.

Página 2 de 2 7. Un (1) Certificado de salarios devengados, en original y fotocopia autenticada, con todos los factores salariales. (Ejemplo: si adquirió el status el 30 de octubre de 1990, solicite todo el año de 1989 y 1990). 8. Dos (2) Declaraciones Extrajuicio ante Notario Público de dos (2) personas no familiares del solicitante donde manifiesten sobre el(la) docente: a) cuanto tiempo hace que lo(la) conocen, b) manifiesten el buen comportamiento o conducta; y, c) especifiquen cuanto tiempo lleva en la docencia oficial. MESA DA 14 1. Resolución que reconoció la Pensión Gracia, o Gracia Sobrevivientes en fotocopia simple. 2. Un (1) Certificado Original de TIEMPOS DE SERVICIO, en que incluya el Municipio donde labora o laboró. (Solicítelo para revisión de Pensión) 3. Una (1) fotocopia ampliada y legible de la Cédula de Ciudadanía, (sin autenticar). 4. Una (1) fotocopia del desprendible de pago de la(s) mesada(s) pensional del(los) mes (es) de junio. DESCUENTOS AL FOSYGA 1. Resolución que reconoció la Pensión Gracia, o Gracia Sobrevivientes en fotocopia simple. 5. Un (1) Certificado Original de TIEMPOS DE SERVICIO, en que incluya el Municipio donde labora o laboró. (Solicítelo para revisión de Pensión) 2. Una (1) fotocopia ampliada y legible de la Cédula de Ciudadanía, (sin autenticar). 3. Una (1) fotocopia del último desprendible de pago de la mesada pensional. NOTA: Si usted requiere más de una (1) reclamación, favor llenar la(s) casilla(s) correspondiente(s) en el Instructivo. Una vez tenga los documentos completos y diligenciados, haga entrega del paquete a la persona encargada en su Municipio solicitándole el comprobante de entrega que se encuentra al final de este instructivo o envíelos a nuestras oficinas a la dirección que aparece en el logotipo de este instructivo. Si usted o alguien más requiere algún formato para demandar a CAJANAL, FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES DEL MAGISTERIO, o a las ENTIDADES TERRITORIALES, puede descargarlo a través de nuestro sitio Web: www.abogadosomm.com.

OMM-104-1 Señor(a) LIQUIDADOR(A) CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL-CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN BOGOTÁ D. C. REFERENCIA: OTORGAMIENTO DE PODER, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá D.C., identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su terminación los trámites pertinentes para obtener: Mi apoderado tiene las facultades de recibir administrativa y judicialmente, conciliar en Vía Administrativa, judicial y extrajudicial, desistir, transigir, sustituir, renunciar, reasumir, solicitar copias de los actos administrativos con constancia de notificación y ejecutoria, firmar cuentas y cheques, interponer recursos y realizar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Este poder incluye la facultad de interponer los recursos ordinarios y extraordinarios. Sírvase Señor(a) Liquidador(a) reconocerle personería a mi apoderado en los términos aquí señalados. Del Señor(a) Liquidador(a), C. C. No de ACEPTO PODER: MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ C. C. No. 19.067.007 de Bogotá T. P. No. 45785 C. S. de la J

Señores PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN OMM-104-2 PROCURADOR JUDICIAL ANTE LOS JUZGADOS ADMINIS TRATIVOS DE REFERENCIA: OTORGAMIENTO DE PODER, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, actuando en mi propio nombre, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá D. C., identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su terminación los trámites pertinentes para obtener: Mi apoderado queda ampliamente facultado con los generales del art. 70 del C. de P. C. y la Ley, autorizándolo expresamente para recibir administrativa y judicialmente, conciliar en Vía Administrativa, judicial y extrajudicial, desistir, transigir, sustituir, renunciar, reasumir, solicitar copias de los actos administrativos con constancia de notificación y ejecutoria, firmar cuentas y cheques, interponer recursos y realizar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Este poder incluye la facultad de interponer los recursos ordinarios y extraordinarios. Solicito se sirva reconocer personería a mi apoderado en los términos del presente mandato. Atentamente, C. C. No de ACEPTO PODER: MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ C. C. No. 19.067.007 de Bogotá T. P. No. 45785 C. S. de la J

OMM-104-3 PENSION DE JUBILACION (GRACIA) PARA DOCENTES (Conforme a las leyes 114 de 1.913, 116 de 1.928 y 37 de 1.933) Yo, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, a sabiendas de la responsabilidad que asumo con el juramento y conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 2150 de 1.995, bajo la gravedad del juramento manifiesto: Que me desempeño como docente con honradez, consagración, idoneidad y buena conducta, que carezco de los medios de subsistencia necesarios en armonía con mi posición social y costumbres. También me permito afirmar que no he sido sancionado(a) disciplinariamente. En tal virtud, manifiesto que la firma puesta en esta declaración es de mi puño y letra y es la misma que acostumbro en todos mis actos, tanto públicos como privados y en señal de lo anterior, imprimo mi huella dactilar. Presentada en la ciudad de a los días del mes de del año FIRMA HUELLA DIGITAL INDICE DERECHO C. C. No. de

OMM-104-4 Señor(a) JUEZ PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ (REPARTO) REFERENCIA: OTORGAMIENTO DE PODER mayor de edad, domiciliado en la ciudad de, identificado como aparece al pie de mi firma, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ, abogado en ejercicio, mayor de edad domiciliado y residente en Bogotá, identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación instaure DEMANDA DE ACCIÓN DE TUTELA, contra CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL-CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN por la violación al DERECHO FUNDAMENTAL de PETICIÓN, artículo 23 de la C. P., o a cualquier otro derecho fundamental que se considere vulnerado Declaro bajo la gravedad del juramento que no he instaurado Acción de Tutela respecto de los mismos hechos. Mi apoderado tiene las facultades de impugnar, recibir, conciliar, desistir, transigir, sustituir, reasumir, renunciar, presentar el correspondiente incidente de desacato y todas aquellas que tiendan al buen y fiel cumplimiento de su gestión. Sírvase Señor(a) Juez reconocerle personería a mi apoderado en los términos aquí señalados. Del Señor(a) Juez, ACEPTO PODER: C. C. No de MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ C. C. No. 19.067.007 de Bogotá T. P. No. 45785 del C. S. de la J.

OMM-104-5 SEÑOR(A) JEFE DE ARCHIVO GENERAL CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL-CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN BOGOTÁ D. C. REFERENCIA: AUTORIZACIÓN, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, manifiesto a usted que por medio del presente escrito autorizo al doctor MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ abogado en ejercicio, mayor de edad domiciliado y residente en Bogotá, identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma para que retire, directamente o por la persona que el mismo profesional del derecho autorice: 1. La(s) copia(s) autentica(s) del(los/las) con la(s) constancia(s) de publicación, notificación y/o ejecutoria. 2. Copia auténtica del expediente que dio origen al mencionado Acto Administrativo, radicado en la entidad bajo el número. El(los) anterior(es) Acto(s) Administrativo(s) lo(s) requiero para entablar la correspondiente demanda. Autorizo que las anteriores copias le sean entregadas a mi(s) apoderado(s), MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ, abogado(s) en ejercicio, mayor(es) de edad, domiciliado(s) y residente(s) en Bogotá D. C., identificado(s) civil y profesionalmente como aparece junto a su(s) firma(s) o a quien este(os) autorice(n). Cualquier información puede ser enviada a la Calle 19 No 3-10, Oficina 401, Edificio Barichara, Torre B, Tel: 3423150, 3425494 en la ciudad de Bogotá. Atentamente, C. C. No de AUTORIZADO: MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ C. C. No. 19.067.007 de Bogotá T. P. No. 45785 C. S. de la J.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES OMM-104-6 Entre, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, en la teléfono No. y labora en jornada teléfono No., identificado(a) como aparece al pie de su firma, que de ahora en adelante se denominará EL (LA) MANDANTE y ORGANIZACIÓN MANZANO & MANZANO LTDA-ABOGADOS O. M. M., representada legalmente por su gerente doctor MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ, quien lo sea o haga sus veces, que en lo sucesivo se designará como EL MANDATARIO, hemos convenido en celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales que se regula por las cláusulas que a continuación se expresan: PRIMERA.- EL(LA) MANDANTE contrata los servicios profesionales de EL MANDATARIO, quien lo ejercerá a través de su(s) abogado(s) en ejercicio, comprometiéndose éste a realizar todas y cada una de las actividades que desde el punto de vista profesional considere pertinentes y necesarias para defender los intereses de EL(LA) MANDANTE, en especial la sustentación oral y/o escrita de las audiencias, la interposición y sustentación de los recursos ordinarios en contra de las providencias, en las siguientes gestiones: a) representar en calidad de Abogado(s) y hasta su terminación ante la(s) Entidad(es) demandada(s) los trámites administrativos y/o judiciales pertinentes para la obtención del reconocimiento y pago de. PARÁGRAFO.- El presente mandato no incluye la presentación ni sustentación de Recursos Extraordinarios.- SEGUNDA.- EL(LA) MANDANTE se obliga a suministrar oportunamente los datos y documentos necesarios a fin de obtener la efectividad de los derechos pretendidos y se hace responsable de la veracidad de la información y autenticidad de los documentos aportados.- TERCERA.- HONORARIOS: EL(LA) MANDANTE se obliga a pagar a EL MANDATARIO, por los servicios de que trata la cláusula primera, el TREINTA POR CIENTO (30%) a título de honorarios profesionales, del valor total de los dineros que le corresponda si los resultados favorables se producen en vía administrativa o en virtud de Providencia Judicial, al comenzar, en desarrollo o al final de la gestión encomendada.- CUARTA.- GASTOS: EL(LA) MANDANTE pagará como gastos de papelería la suma de DIEZ MIL PESOS MONEDA LEGAL ($10.000 M/L) a la firma del presente Contrato, dinero que será entregado contra-recibo al encargado de EL MANDATARIO en el Municipio respectivo. En el evento de acudir a la Jurisdicción Contenciosa u Ordinaria, EL(LA) MANDANTE pagará los gastos que fije el Magistrado del Tribunal o Juez correspondiente, consignándolos en una Cuenta bancaria suministrada por EL MANDATARIO. Su no cancelación EXIME de cualquier responsabilidad a EL MANDATARIO. Estos dineros se utilizarán para el pago de la notificación de la demanda a la parte demandada. QUINTA.- EL(LA) MANDANTE autoriza directamente desde ahora a EL MANDATARIO para deducir de los dineros que reciba y con prelación a cualquier otro compromiso, el valor de los honorarios que trata la Cláusula Tercera cualquiera que sea la forma legal o lícita del reclamo o demanda contenciosa administrativa o ejecutiva que se adelante a partir de la celebración del contrato. En consecuencia EL MANDATARIO podrá pedir la deducción privilegiada de los honorarios profesionales, bien ante el Fondo de Pensiones Públicas FOPEP- o ante la Oficina que llegare a hacer el pago. Como el pago se hace directamente a EL(LA) MANDANTE, este cancelará a EL MANDATARIO las sumas acordadas en la Cláusula Tercera a más tardar dentro de los cinco (5) días de haber recibido el pago. De no hacerlo así incurrirá en mora. SEXTA.- El presente Contrato sólo podrá rescindirse por acuerdo entre las partes y por parte de EL(LA) MANDANTE, en caso de negligencia comprobada de EL MANDATARIO. La revocatoria del Poder, sin causa justificada, dará lugar a EL MANDATARIO a cobrar la totalidad de los honorarios pactados. Para que sea efectiva la revocatoria de poder, se debe expedir el respectivo PAZ Y SALVO por parte de EL MANDATARIO. SÉPTIMA.- Las partes convienen y aceptan, que para los efectos legales, el presente contrato presta mérito ejecutivo y EL(LA) MANDANTE renuncia expresamente a todo requerimiento judicial para efectos de constitución en mora y el domicilio será cualquier ciudad del país. En prueba de lo anterior, las partes suscriben el presente documento, previa lectura del mismo, en la ciudad de, a los ( ) días del mes de del año. MANDANTE: C. C. No de MANDATARIO: MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ - Gerente Abogados O. M. M. Ltda.

COPIA O.M.M. LTDA. RECIBO POR GASTOS DE PAPELERÍA OMM-104-7 RECIBIMOS DE:, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de su firma, la suma de DIEZ MIL PESOS MONEDA LEGAL ($10.000 M/L) en efectivo, por concepto de GASTOS DE PAPELERÍA conforme a la Cláusula Cuarta del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales suscrito con ORGANIZACIÓN MANZANO & MANZANO LTDA. ABOGADOS O.M.M. Mediante dicho Contrato ABOGADOS O.M.M. se compromete a la representación en calidad de Abogado(s) y hasta su terminación ante la(s) Entidad(es) demandada(s) de los trámites administrativos y/o judiciales pertinentes para la obtención del reconocimiento y pago de. Recibido de conformidad: Encargado en el Municipio: ABOGADOS O.M.M. LTDA. (*)FIRMA: (*)NOMBRE: (*)C. C. No. de ENTREGÓ: (*)FIRMA: (*)NOMBRE: (*)C. C. No. de (*) SIN ESTOS DATOS N O ES VÁLIDO EL PRESENTE RECIBO. COPIA DOCENTE OMM-104-7 RECIBO POR GASTOS DE PAPELERÍA RECIBIMOS DE:, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de su firma, la suma de DIEZ MIL PESOS MONEDA LEGAL ($10.000 M/L) en efectivo, por concepto de GASTOS DE PAPELERÍA conforme a la Cláusula Cuarta del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales suscrito con ORGANIZACIÓN MANZANO & MANZANO LTDA. ABOGADOS O.M.M. Mediante dicho Contrato ABOGADOS O.M.M. se compromete a la representación en calidad de Abogado(s) y hasta su terminación ante la(s) Entidad(es) demandada(s) de los trámites administrativos y/o judiciales pertinentes para la obtención del reconocimiento y pago de. Recibido de conformidad: Encargado en el Municipio: ABOGADOS O.M.M. LTDA. (*)FIRMA: (*)NOMBRE: (*)C. C. No. de ENTREGÓ: (*)FIRMA: (*)NOMBRE: (*)C. C. No. de (*) SIN ESTOS DATOS N O ES VÁLIDO EL PRESENTE RECIBO.

DATOS DEL RECLAMANTE OMM-104-8 APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS: C. C. No. DE: DIRECCIÓN RESIDENCIA: DE LA CIUDAD DE: TEL: CORREO ELECTRÓNICO (E-MAIL): FECHA DE INGRESO AL MAGISTERIO: MUNICIPIO DONDE LABORA O LABORÓ: DEPARTAMENTO DONDE LABORA O LABORÓ: CENTRO EDUCATIVO DONDE LABORA: TELÉFONO EXPONGA BREVEMENTE SU CASO: NOTA: ACLARACIÓN O AMPLIACIÓN DE LOS DATOS AL RESPALDO. FAVOR LLENAR EL PRESENTE FORMULARIO EN MÁQUINA O CON LETRA IMPRENTA. ======================================================================================== RECIBÍ DE CONFORMIDAD DOCUMENTACIÓN COMPLETA, CONFORME A INSTRUCTIVO. Nombres y Apellidos: Folios Recibidos C. C. de Fecha de Recibido: Firma Responsable

Señor(a) JUEZ ADMINISTRATIVO DE OMM-104-9 DOCENTES NACIONALIZADOS REFERENCIA: OTORGAMIENTO DE PODER, mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, manifiesto a usted que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá D.C., identificado civil y profesionalmente como aparece junto a su firma, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su terminación demanda contra la CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL- CAJANAL E.I.C.E. EN LIQUIDACIÓN, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D. C., representada legalmente por su Liquidador(a), Doctor(a) JAIRO DE JESUS CORTES ARIAS quien lo sea o haga sus veces, o por el apoderado especial que para tal efecto se designe en el momento de la notificación, a fin que previos los trámites procesales previstos en el Decreto 01 de 1984 ejerza la acción de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral y mediante Sentencia definitiva se declare la nulidad y a título de restablecimiento del derecho condene a la CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL-CAJANAL E.I.C.E. EN LIQUIDACIÓN, o a la entidad que en el futuro tenga a su cargo el reconocimiento de pensiones, a reconocerme y pagarme, a través del FONDO DE PENSIONES PUBLICAS DEL NIVEL NACIONAL -FOPEP-, Se ordene en la sentencia condenatoria el ajuste de valor que señala el artículo 178 del C.C.A. y dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos 176 y 177 del mismo Código Contencioso Administrativo e igualmente se condene al pago de las anteriores sumas indexadas. Mi apoderado tiene las facultades consignadas en el articulo 70 del C. P. C., así como las de recibir administrativa y judicialmente, notificarse, suscribir cuentas de cobro, cobrar, conciliar, desistir, transigir, sustituir, reasumir, renunciar, ejecutar y todas aquellas que tiendan al buen y fiel cumplimiento de su gestión, sin que se pueda argumentar que carece de poder suficiente para actuar. Este poder incluye la facultad de solicitar la liquidación de la condena, ejecutar la condena e interponer los Recursos Ordinarios y Extraordinarios. Sírvase Señor(a) Juez reconocerle personería a mi apoderado en los términos aquí señalados. Del Señor(a) Juez, ACEPTO PODER: C. C. No de MARCO ANTONIO MANZANO VÁSQUEZ C. C. No. 19.067.007 de Bogotá T. P. No. 45785 C. S. de la J