2. OBJETO DEL CONTRATO Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. El objeto de este contrato viene determinado por las siguientes actuaciones:



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Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN POR LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y LA PROMOCIÓN DE LA MANCHA NORTE DE CIUDAD REAL PROMANCHA PARA LA ELABORACIÓN DE UN WEBSITE PARA EL PROYECTO PLATAFORMA DE EXPERIENCIAS Y SERVICIOS TERRITORIALES GEOLOCALIZADOS Y EN REALIDAD AUMENTADA PARA LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL MEDIO RURAL CLÁUSULAS 1. JUSTIFICACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN. 1.1. El desarrollo del presente proceso de selección se justifica por la necesidad de establecer un procedimiento para la contratación de un servicio de cara a desarrollar las acciones que se especificarán a continuación en el Objeto del Contrato dentro del proyecto de cooperación Plataforma de Experiencias Territoriales Geolocalizadas y en Realidad Aumentada, en el marco del respeto a los principios de transparencia, publicidad y libre concurrencia. 2. OBJETO DEL CONTRATO Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. El objeto de este contrato viene determinado por las siguientes actuaciones: 2.1. Planificación, diseño y desarrollo de una página web que englobe la información del proyecto de Cooperación Interterritorial Plataforma de experiencias y servicios territoriales geolocalización y en realidad aumentada para la promoción y el desarrollo sostenible del medio rural. 2.2. El árbol mínimo que ha de contener el presente sitio web, debe recoger, al menos, las siguientes secciones: Home principal. Compatible con módulos de geolocalización del proyecto al completo. Sección explicativa del proyecto. Sección general explicativa de los participantes del proyecto. Página especifica y explicativa por cada uno de los Grupos de Desarrollo Rural. Inclusión del / los mapas de geolocalización propios de cada uno de los componentes del proyecto en su sección. Sección de noticias y novedades, con acceso diferenciado a cada participante del proyecto. 3. REQUISITOS Y CONSIDERACIONES PREVIAS. 3.1. Consideraciones Generales Con carácter general, se seguirán los siguientes principios en el desarrollo del proyecto:

Modularidad y Escalabilidad: permitirá la adaptación de los distintos escenarios que pueden darse a lo largo de su evolución natural en el futuro. Reutilización de Componentes: reutilizará componentes y sistemas existentes, en caso de que alguno de los mismos sirviera para tales propósitos. No Intrusión: permitirá la coexistencia con otros componentes del proyecto (aplicativo de mapas geolocalización de recursos y servicios territoriales), y posibilitará la adaptación de dichos componentes a otros ya incorporados, Utilización del software apropiado a las características del proyecto, y cuyo uso sea compatible con los sistemas actuales del cliente. Transparencia y colaboración: durante la ejecución de los trabajos objeto del contrato y en la fase de soporte técnico la adjudicataria se compromete, en todo momento, a facilitar a las personas designadas por la Dirección del proyecto la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en que se desarrollan los trabajos, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizados para resolverlos. Directrices de usabilidad y accesibilidad Los desarrollos web resultado del presente pliego respetarán los protocolos internacionales de accesibilidad (W3C y las Web Content Accessibility Guidelines 1.0) para facilitar el acceso a la información a colectivos discapacitados. 3.2. Consideraciones particulares del proyecto. El proyecto deberá contar con las siguientes características específicas: Sistema monolingüe, exclusivamente en castellano. Contará con un Content Manager Service (CMS) que permitirá la edición de contenido de los apartados de noticias y novedades que se pongan al servicio del proyecto. El código fuente será uno de los entregables del proyecto, por lo que deberá encontrarse en las condiciones adecuadas para posteriores trabajos que puedan ser necesarios a lo largo del proyecto. 3.3. Características técnicas y requisitos de sistemas. El software requerido, ha de poder instalarse y usarse bajo servidores, cuyas especificaciones a nivel de software son las siguientes: Sistema Operativo Windows Server 2003 Servidor de aplicaciones IIS 7 Frameworks instalados: Microsoft Framework 3.5 Microsoft Framework 4.0 Base de datos Sql Server 2008 Además, la web deberá estar soportada en los siguientes navegadores: Internet Explorer 8 Firefox 3, Firefox 4 Google Chorme

Extensión a dispositivos móviles: debería poder existir la opción de poder visualizar los contenidos creados a partir del sistema, en diversas plataformas móviles mediante descarga de aplicación nativa: Android iphone 4 4. ENTREGABLES. La ejecución del proyecto, constará de los siguientes entregables: Planificación inicial del desarrollo y puesta en servicio. Se indicarán en un informe inicial los detalles acerca de la planificación de todas las tareas y fases del proyecto, de manera que recogerá el análisis, diseño, desarrollo, pruebas, instalación / implementación y puesta en marcha e implantación del sistema. Por tanto, las acciones concretas a planificar son: - Definición de los perfiles humanos necesarios para la realización de las tareas y designación del equipo de trabajo. - Definición de la estructura web (árbol de contenidos) - Definición de metodología de análisis y desarrollo - Definición del tipo de pruebas unitarias y de integración. Diseño web: la entidad adjudicataria, tendrá que presentar, una vez validado el apartado anterior, una propuesta de look&feel del diseño de la plataforma desarrollada en el proyecto, de manera que pueda ser validada por los componentes del proyecto. El grupo coordinador, será el interlocutor directo para este trámite, de manera que será únicamente él quien recogerá las apreciaciones del grupo. Una vez validado el diseño inicial, la empresa adjudicataria podrá comenzar los trabajos de desarrollo. Definición de documentación a entregar: la entidad adjudicataria, entregará en formato papel y digital (formato PDF) la siguiente documentación de proyecto: - Manual de usuario. - Manual de administrador. - Manual de desarrollador, en la que se adjuntará el código fuente de la página web. No serán entregables del proyecto los siguientes aspectos: - Creación de logo o identidad corporativa - Carga de contenidos 5. IMPORTE TOTAL. 5.1 El importe máximo será de 32.000 Euros 18% IVA 5.760 Euros TOTAL 37.760 Euros 5.2. Este contrato se financiará con cargo al proyecto de cooperación Plataforma de Experiencias Territoriales Geolocalizadas y en Realidad Aumentada, aprobado por la Orden ARM/1287 de 8 de mayo de 2.009, y con fecha de resolución definitiva de 28-07-2.011.

5.3. En las mencionadas cantidades se incluyen todo género de tasas, gravámenes e impuestos, entendiéndose que en las ofertas que formulen las empresas o entidades interesadas deberán estar incluidos todos los gastos para el cumplimiento del contrato. 6. PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución se establecerá en el día 9 de noviembre de 2011 como fecha límite para la entrega. 7. FORMA DE PAGO. La totalidad del pago se realizará, previa recepción de factura, a fecha de 13 de noviembre de 2011. 8. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE CONTRATACIÓN. 8.1. La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos, de acuerdo con el artículo 153.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. 9 CAPACIDAD DE CONTRATAR. 9.1. Podrán contratar las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, y no estén incursas en las prohibiciones para contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 9.2 Los participantes deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad, directa o indirectamente, tenga relación con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o documento similar. 9.3. Los participantes deberán disponer de capacidad con elementos personales y materiales suficientes para la ejecución del contrato. 9.4. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará: a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la misión diplomática permanente de España en el estado correspondiente o de la oficina consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 9.5. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, podrá realizarse: a) Mediante testimonio o certificación, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable, notario público u organismo profesional cualificado. b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 9.6. La solvencia del empresario: 1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. b) Las cuentas anuales presentadas en el registro mercantil o en el registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. 2. La solvencia técnica de los empresarios se acreditará por uno o varios de los siguientes medios: a) Una relación de los principales trabajos realizados en los últimos tres años b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato. c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones.

10. GARANTIAS. 10.1. No será necesaria la presentación de garantías previas, ni provisionales ni definitivas. 11.CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA. 11.1Se adjudicará en función del precio más bajo ofrecido por las empresas que formen parte en este proceso de contratación, siempre y cuando cumplan con todos los aspectos de este condicionado. 11. 2. Baja Temeraria.Se establecerá como baja temeraria en la oferta económica aquella propuesta cuya oferta sea inferior al 15 % de la media de las ofertas admitidas. 12. RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES. 12.1. Para la prestación del servicio, la empresa o entidad seleccionada contará, al menos, con el siguiente personal: - Coordinador general del trabajo, cuya función consistirá en la relación continua y coordinada, con el socio coordinador del proyecto, con la asistencia técnica del mismo y con el resto de socios. - Equipo multidisciplinar con experiencia en los diferentes aspectos incluidos en el presente trabajo. - La empresa o entidad adjudicataria se compromete a la utilización de todos los materiales necesarios para la adecuada realización del presente trabajo. Estos medios tienen que ser necesariamente aplicables al tipo de servicio que este proceso de selección demanda. 13. PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. 13.1. Las ofertas se presentarán en el GAL Promancha, a la dirección Avda. Campo de Criptana s/n. 13619, Arenales de San Gregorio, Ciudad Real, Madrid, en un plazo no superior a 10 días naturales, contados a partir del día siguiente de la recepción de la invitación a participar o la publicación del presente pliego en la página web del GAL Promancha. Las ofertas podrán presentarse, por correo certificado, por telefax, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato. En todo caso, transcurridos cinco días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes por él suscritas. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente pliego. Las ofertas se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por los candidatos y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación proceso de selección de asistencia técnica externa de apoyo al grupo coordinador. La denominación de los sobres es la siguiente: Sobre «A»: Documentación administrativa. Sobre «B»: Oferta económica y proposición. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Copia de CIF de la empresa. Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la copia de la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo (artículo 15.2 LCAP). Será necesario que las empresas de estados no pertenecientes a la Unión Europea acrediten su capacidad de obrar mediante informe expedido por la misión diplomática permanente u oficina consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se ha de hacer constar que están inscritas en el registro local profesional comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato (artículo 10 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y en relación con el artículo 23.1 de LCAP). Para los empresarios individuales, deberán presentar el documento nacional de identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante (artículo 79.2.a) LCAP y artículo 21 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre).

Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, podrá suceder en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el presente pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación. b) Documentos que acrediten la representación. Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre o en representación de otro, presentarán copia notarial del poder de representación o documento de similar valor. Copia del DNI del representante. c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. d) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. e) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al candidato. SOBRE «B» OFERTA ECONÓMICA Y PROPOSICIÓN a) Oferta económica. Se presentará conforme al siguiente modelo: «D., con domicilio a efectos de notificaciones en, c/, n.º, con DNI n.º, en representación de la Entidad, con CIF n.º, habiendo recibido invitación para la presentación de ofertas y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación por procedimiento negociado del contrato del servicio de asistencia externa de apoyo al grupos coordinador del proyecto de cooperación Plataforma de Experiencias Territoriales Geolocalizadas y en Realidad Aumentada, hago constar que conozco el pliego que

sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido. En, a de de 20. Firma del candidato, Fdo.:». b) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los aspectos de negociación. 13.1. La presentación de proposiciones supone por parte del interesado la aceptación incondicional de las cláusulas de estos criterios de selección. 13.2. Las empresas o entidades interesadas deberán presentar una propuesta para el conjunto de trabajos incluidos en el presente proceso de selección; en caso contrario la propuesta no será valorada. 13.3. La participación en el presente proceso es presunción de que por parte del empresario se acepta el contenido de este pliego de clausulas del pliego de prescripciones técnicas en su totalidad, sin salvedad alguna. 14. MESA DE CONTRATACIÓN Y CRITERIOS DE SELECCION. 14.1. La mesa de contratación estará formada por el gerente del GAL Promancha y los representantes de los GAL socios del presente proyecto de cooperación. Los representantes en la mesa de contratación podrán ceder su derecho de representación a cualquiera del resto de los representantes de los grupos de desarrollo rural participantes en este proyecto. La cesión de representación se podrá realizar por fax, telefax, o correo electrónico por medio de documento de representación escaneado y mandado a la sede de PROMANCHA. 14.2. Los criterios de selección se las ofertas presentadas en plazo y forma se establecerán bajo la ponderación de la experiencia, capacidad técnica, capacidad profesional y coherencia de la propuesta metodológica con las necesidades establecidas en el presente pliego. 15. APERTURA DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN. 15.1 El equipo técnico del GAL Promancha una vez finalizado el plazo de presentación de las propuestas o una vez recibidas todas las propuestas aunque no se haya cerrado el plazo de presentación, y solo y únicamente sobre aquellas presentadas en plazo y forma, procederá a la apertura de los sobres A al objeto de revisar la

documentación administrativa, dejando, y así comunicándolo a los candidatos, tres días para solventar cualquier deficiencia, defecto u omisión. A continuación, y en un plazo no superior a diez días naturales desde la apertura de los sobres A, se reunirá la mesa de contratación al objeto de proceder a la apertura del sobre B pudiendo en ese momento la mesa solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del candidato propuesto frente al GAL Promancha. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Durante el plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se reúna la mesa de contratación, el GAL Promancha procederá a comunicar por escrito a los empresarios la resolución del presente proceso de selección, 15.2. El empresario propuesto como adjudicatario que no hubiese presentado estos documentos conjuntamente con la oferta, deberá presentar las certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato que le reclame el órgano de contratación. 16. FORMALIZACION DEL CONTRATO. 16.1. Se procederá a la formalización del contrato, dentro de un plazo no superior a cinco días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva. 16.2. El contrato resultante del presente proceso tendrá carácter privado, y se adjuntará como anexo al mismo, el presente pliego de cláusulas y la propuesta presentada por el adjudicatario. 16.3. Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, la entidad contratante podrá acordar dejar sin efecto la adjudicación. 17. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CONTRATANTE. 17.1. La ejecución del contrato se desarrollará, sin perjuicio de las obligaciones que corresponden al contratista, bajo la dirección, inspección y control del GAL Asociación para el Desarrollo y Promoción de la Mancha Norte de Ciudad Real PROMANCHA el cual podrá establecer orientaciones al objeto de obtener los objetivos establecidos. A estos efectos el GAL Promancha nombrará como responsable del presente contrato al gerente. 17.2. Durante el desarrollo del trabajo el GAL Promancha podrá establecer controles de calidad sobre la actividad desarrollada.

17.3. El GAL Promancha tiene la obligación de pagar el precio, en las cantidades y plazos establecidos en la clausula 17.1, previa a la conformidad del director técnico. 17.4 El GAL Promancha deberá respetar en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por la entidad o empresa seleccionada. 18. OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA EMPRESA O ENTIDAD SELECCIONADA. 18.1 El trabajo se ejecutará por el contratista con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el presente pliego de cláusulas, así como las instrucciones que le diere por parte del GAL Promancha, responsable del contrato. 18.2. La empresa o entidad seleccionada está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo. 18.3. La empresa o entidad seleccionada no podrá introducir en la ejecución del contrato modificación alguna, salvo que para ello hubiese obtenido autorización u orden expresa, por escrito, del GAL Promancha. 18.4. La empresa o entidad seleccionada deberá contratar el personal preciso o los servicios externos que considere oportunos para atender a sus obligaciones y acreditar que no se producirá una interrupción del mismo por ninguna causa. El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la entidad contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario, sus empleados y servicios externos. 18.5. La empresa o entidad seleccionada tiene derecho al cobro, con arreglo al precio establecido, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado y a sus modificaciones que pudieran aprobarse. 18.6 La empresa o entidad seleccionada estará obligada a realizar las siguientes funciones. Disponibilidad y acreditación de medios personales y técnicos necesarios para el adecuado desarrollo del presente trabajo. Designación de un responsable competente de la coordinación permanente con la persona responsable del GAL Promancha. 19. REGIMEN DE PAGOS. 19.1 El pago del precio se efectuará antes del día 15 de noviembre de cada ejercicio, previa presentación de la correspondiente factura y de conformidad a lo establecido en las clausulas 5,6 y 7.

20. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCION COMPETENTE. 20.1. La contratación del trabajo al que se refiere el presente pliego se ajustará a las condiciones determinadas en las prescripciones técnicas incluidas en la clausula 6. 20.2 Este contrato tiene carácter privado y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, para su preparación, adjudicación y, en su defecto, las normas de derecho privado. 20.3. Los aspectos legales que pudieran surgir de la contratación y del desarrollo del trabajo se deberán resolver ante los tribunales civiles con jurisdicción en Ciudad Real.