ELEMENTO TIPO CUENTA 1 ACTIVO SUBCUENTAS 1.4 OTROS ACTIVOS 1.4.0 REA DEUDORES VARIOS 1.4.0.01 Deudas de intermediarios de seguros 1.4.0.0 Deudores relacionados 1.4.0.03 Deudas del personal 1.4.0.04 Otras cuentas por cobrar 1.4.0.05 Intereses por cobrar 1.4.0.06 Anticipos FONSAT 1.4.0.99 (Provisión) - Corresponde a obligaciones de terceros originados por variados conceptos, distintos de primas. - Se obtiene de la suma de las cuentas 1.4.0.01, 1.4.0.0, 1.4.0.03, 1.4.0.04, 1.4.0.05, 1.4.0.06, menos la 1.4.0.99. - Se deben llevar auxiliares por cada subcuenta analítica.
1 ACTIVO 1.4 OTROS ACTIVOS 1.4.0.06 REA ANTICIPOS FONSAT - Registra los valores correspondientes al convenio de anticipo de fondos, entregado por las empresas de seguros para el funcionamiento del FONSAT 1. Por el anticipo entregado al FONSAT con crédito a la cuenta 110 Caja bancos 1. Por el valor cobrado con débito a la cuenta.5.01.09 FONSAT.
ELEMENTO TIPO CUENTA.5 OTROS S.5.01 IMPUESTOS, RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR REA SUBCUENTAS.5.01.01 IVA.5.01.0 Impuesto a la renta.5.01.03 Impuestos municipales.5.01.04 Retenciones por impuestos a la renta.5.01.05 Retenciones judiciales.5.01.06 Aportes y descuentos para el IESS.5.01.07 Contribución Superintendencia de Bancos y Seguros.5.01.08 Otros impuestos.5.01.09 FONSAT.5.01.10 Retención por contribución seguro social campesino - Registra todas aquellas obligaciones con el fisco u otras entidades beneficiarias de las retenciones realizadas, que le corresponde pagar a la entidad aseguradora o reaseguradora por cuenta propia o de terceros. - Adicionalmente, debe incluirse todas aquellas imposiciones y cotizaciones previsionales retenidas al personal que la entidad aseguradora o reaseguradora debe pagar a los tribunales, IESS, u otras. - Corresponde a la suma de las cuentas.5.01.01,.5.01.0,.5.01.03,.5.01.04,.5.01.05,.5.01.06,.5.01.07,.5.01.08,.5.01.09 y.5.01.10. - Se debe llevar auxiliares detallados.
.5 OTROS S.5.01.01 IVA REA - Es el valor por pagar por concepto de impuesto al valor agregado, que la compañía de seguros como agente de retención recauda por emisión de las pólizas pagadas. - No se retendrá impuesto al valor agregado a los servicios por los seguros y reaseguros de salud y vida individuales, en grupo, asistencia médica y accidentes personales, así como los obligatorios por accidentes de tránsito terrestres, los que están fijados con tarifa cero de este impuesto. 1. Por el pago mensual realizado. 1. Por la tasa única vigente dispuesta en la normativa sobre IVA, aplicada en la centralización de las ventas realizadas. Numeral, artículo 56, de la Ley de Régimen Tributario Interno
.5 OTROS S.5.01.09 FONSAT REA 5.01.09.01 Participación fondo del seguro obligatorio de accidentes de tránsito 5.01.09.0 Multas fondo del seguro obligatorio de accidentes de tránsito - Registra el valor del % de la tarifa de primas percibidas por el seguro obligatorio de accidentes de tránsito, que perciban las empresas de seguros que cuenten con la autorización de la Superintendencia de Bancos y Seguros para la operación del ramo de seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT, correspondiente al Fondo de seguro obligatorio de accidentes de tránsito, FONSAT. - Registra además el recargo acumulativo equivalente al 15% del valor de la prima bruta para cada tipo de vehículo, por mes o fracción de mes de retraso, según lo estipulado en la primera disposición general y primera disposición transitoria, del Reglamento del seguro obligatorio de accidentes de tránsito. - El porcentaje de participación correspondiente al Fondo del seguro obligatorio de accidentes de tránsito, FONSAT, y los respectivos recargos, serán transferidos dentro de los diez primeros días hábiles subsiguientes al cierre de cada mes, como prueba de lo actuado se deberá remitir a la Superintendencia de Bancos y Seguros el comprobante de pago realizado. 1. Por la transferencia mensual que efectúe la compañía al FONSAT con crédito a la cuenta 1.1.0 Caja y Bancos.. Por la entrega de los anticipo entregado al FONSAT con crédito a la cuenta 1.4.0 Anticipo Fonsat 1. Por los valores recibidos al momento de emitir la factura, correspondiente al % de la prima recibida en el ramo de SOAT, con débito a la cuenta 5.1.01 Prima de seguros directos. Por el cobro del 15% por recargos del SOAT, con débito a la cuenta 1.1.0 Caja bancos Decreto Ejecutivo No. 809 de 19 de diciembre del 007 publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 43 de de enero del 008.
.5 OTROS S.5.01.10 RETENCION POR CONTRIBUCION SEGURO SOCIAL CAMPESINO REA - Registra la retención del porcentaje obligatorio sobre el valor de las primas netas de los seguros directos que deben pagar los asegurados, en beneficio del seguro social campesino. - Estos valores se transferirán dentro de los cinco primeros días del mes siguiente en que se produjo la retención. 1. Por los pagos mensuales que efectúe la compañía, con crédito a la cuenta 110 Caja y bancos. 1. Por el valor retenido por la contribución a favor del seguro social campesino, con débito a la cuenta 110 Caja y bancos. DISPOSICIONES LEGALES: Articulo 307 de la Ley de Seguridad Social. Resolución No. SBS-007-144 de 1 de febrero del 007. ACTUALIZADO A: 3-01-08
ELEMENTO TIPO CUENTA 5 INGRESOS SUBCUENTAS 5.1 PRIMA PAGADA 5.1.01 DE REA DIRECTOS 5.1.01.01 Vida individual 5.1.01.0 Vida en grupo 5.1.01.03 Seguros generales Registra el valor de las primas pagadas que resultan de la contratación de pólizas de seguros por los ramos autorizados de conformidad con las normas vigentes. También se registra la tarifa de prima pagada por seguros generales del ramo SOAT, a la que se le deducirá el % correspondiente al FONSAT. Se mantendrá un libro de producción actualizado con todos los datos, por ramos y planes de seguros. Se debe registrar únicamente prima pagada. 1. Por el cierre del ejercicio 1. Por el valor de las primas que recibe la entidad.