VOZ Y VOTO PARA LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS!

Documentos relacionados
Documento de Trabajo 10 ANEXO CUADROS COMPARATIVOS UNIVERSIDADES NACIONALES

FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES DEL PERÚ. Fundada el 21 de Julio de 1960

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL CONSEJO ELECTORAL

CUDAP: EXP-UNC: /2016

Pontificia Universidad Católica de Chile Secretaría General REGLAMENTO SOBRE ESTRUCTURA ACADEMICA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL

Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LAS PERSONAS MAYORES

REGLAMENTO CONSEJO ASESOR ESCUELA AGROTÉCNICA LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

Organigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE ECONOMICO

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO

REGLAMENTO DEL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO

ALCANCE A LA GACETA UNIVERSITARIA. En consulta Año XLI 4 de setiembre de sus concordancias en el Estatuto Orgánico

PONENTES: (Nombre correo electrónico y número de teléfono o extensión donde pueda ser localizado)

REGLAMENTO SOBRE EL FORO UNIVERSITARIO UC

PROCESO DE REFORMA DEL ESTATUTO 2014/2015 INFORME PRELIMINAR

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES

Estatuto de la Universidad de Sevilla. Organos Colegiados Jornadas formativas 2009

Reglamento de la Comisión Permanente del Consejo Nacional. Capítulo I. Disposiciones Generales

COLEGIO OFICIAL DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN FILOSOFÍA Y LETRAS Y EN CIENCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA

Nuevo reglamento del Consejo Nacional Forestal

DECRETO NÚMERO 22 POR EL QUE SE CREA LA LEY DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE YUCATÁN.

ANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión.

CUDAP: EXP-UNC: /2016

REFORMA UNIVERSITARIA

I.- ACUERDOS Y RESOLUCIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO I.B.- ACUERDOS Y RESOLUCIONES: CLAUSTRO UNIVERSITARIO

CAPÍTULO XI DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DEL ESTADO

Edificio Administrativo San Caetano Santiago de Compostela Tfnos Fax: CONSELLERÍA DO MAR

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

Propuesta para Organización de las Universidades

EL CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL CONSIDERANDO

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

Gobernanza Universitaria comparada: Oxford, Complutense de Madrid y París 6 (Pierre et Marie Curie).

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Perú. División de funciones: Normativa Electoral:

1 Reglamento del Instituto de Investigaciones Agrícolas ( IIA) Consejo Universitario - Unidad de Información

RÉGIMEN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES

Proyectos de Reforma Electoral

ASAMBLEA GENERAL CONSEJO DIRECTIVO

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL DOCENTES

ESTATUTOS DE LA RED DE MUJERES PARLAMENTARIAS DE LAS AMÉRICAS

REGLAMENTO INTERNO DE LA FEDERACIÓN DEPORTIVA DEL COMITÉ PARALÍMPICO NICARAGÜENSE (FEDCOPAN)

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE EDUCACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES

11. Que una vez instalado el 6º pleno extraordinario con carácter electivo,

Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades. Aprobado el 29 de agosto de 2002

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO DE ARTES DEL ECUADOR ITAE. Capítulo I DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS

Acuerdo de aprobación de la Modificación de la Normativa de Órganos de Gobierno y Representación de la Universidad Miguel Hernández de Elche.

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. Caracas, viernes 08 de marzo de 1946 Número

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ÓRGANOS COLEGIADOS Reglamento del Claustro Académico Universitario

REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

CONSEJO NACIONAL FORESTAL

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Estatuto Centro de Alumnos

Comité de Coordinación Institucional de la Universidad de Chile

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

Introducción. Objetivo: Desarrollo: Los tres órdenes:

REGLAMENTO INTERNO DEL H. CONSEJO TÉCNICO DE LA ESCUELA NACIONAL DE TRABAJO SOCIAL CAPÍTULO I DE LA NATURALEZA E INTEGRACIÓN DEL CONSEJO

Decreto 20/2007 Consejería de Trabajo y Empleo

ESTATUTO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

ACUERDO 31 DE 2010 (5 de octubre)

LA REPRESENTACION DE LOS ESTUDIANTES EN EL CENTRO Y SU ORGANIZACIÓN

CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL:

PROYECTO DE REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL DE SALUD N A Y A R I T

(BOCyL n.º 248, de 29 de diciembre de 1998).

En relación con las Unidades Académicas Profesionales, se estableció:

C O N S I D E R A N D O

COMISIÓN DE JOVENES ASOCIACIÓN CRIADORES DE CABALLOS CRIOLLOS. Visión

REGLAMENTO DEL H. CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ

PACHUCA REGLAMENTO DEL CONSEJO UNIVERSITARIO

COMPOSICIÓN Y COMPETENCIAS DE LAS COMISIONES ASESORAS DEL CLAUSTRO UNIVERSITARIO

CONSIDERANDOS REGLAMENTO DEL PATRONATO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE CAMPECHE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO COMITÉ DE RIESGOS

Reglamento del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia

ANEXO A INFORME DE ENCUENTRO A GRADUADOS DE LA CARRERA INGENIERÍA EN FINANZAS Y AUDITORÍA 2014

REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO. Universidad Andina Simón Bolívar

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU

uso de Estado C. PAULO NACIONAL OCOTLÁN, JALISCO

Se aprobó en Sesión Número 21 de fecha 6 de Mayo de 1999 y publicado en el Periódico Oficial del Estado Número 81 de fecha 9 de Octubre de 1999

CONSEJO DIRECTIVO Artículo 28. Consejo Directivo. Artículo 29. Composición del Consejo Directivo Parágrafo Artículo 30

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. ACUERDO No. 030 Diciembre 22 de 2003

Observaciones: Ver arts. 27 y 30 de la Ley 2/1987, de 9 de abril.

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE SALUD DEL ESTADO DE MEXICO. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

NovaUniversitas CAPITULO I ESTRUCTURA

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO FEDERAL PARA LA MEJORA REGULATORIA (Publicado en el DOF el 23 de diciembre de 2005)

NovaUniversitas CAPITULO I ESTRUCTURA. ARTÍCULO 1.- El Consejo Académico es el máximo órgano representativo de NovaUniversitas.

LA MINISTRA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

Gobernanza en universidades extranjeras. El caso Universidad Complutense de Madrid

A N T E C E D E N T E

Convocatoria de Elecciones al Rectorado de la Universidad de Málaga

Texto aprobado en el H. Consejo Superior, de 11 de septiembre de Artículo Segundo: La Facultad estará compuesta por los siguientes órganos:

LA ELECCIÓN DIRECTA DE AUTORIDADES UNIPERSONALES EN LAS UNIVERSIDADES NACIONALES ARGENTINAS: MODIFICA LA PARTICIPACIÓN PROPORCIONAL DE CADA CLAUSTRO?

1. Cuántos jueces componen la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea?

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACION DE EMPRESARIOS DEL METAL DE SEVILLA (FEDEME).

PLANIFICACIÓN DE SESIÓN DE APRENDIZAJE

Transcripción:

Federación Nacional de Trabajadores de las Universidades del Perú -FENTUP- Confederación de Trabajadores y Trabajadoras de las Universidades de las Américas -CONTUA- EL COGOBIERNO EN LAS UNIVERSIDADES DE AMÉRICA Y ESPAÑA VOZ Y VOTO PARA LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS! Dr. LUIS RUÍZ GARCÍA Presidente de la FENTUP Vicepresidente de la CONTUA

La Universidad constituye una de las instituciones más dinámicas de la sociedad, no sólo por que en ella se crea conocimientos, se difunde y amplían los ya existentes, sino también por que allí se debaten ideas, diagnósticos y propuestas para resolver los problemas de la sociedad; siendo en muchos casos las primeras escuelas de formación de líderes que al insertarse en la sociedad, juegan un rol importante en la producción de bienes, servicios, arte, ciencia y en las decisiones políticas de nivel local, regional y nacional. Este dinamismo comprende también a los cambios que se han venido dando en su estructura, en su gestión y en sus niveles de decisión para responder a los nuevos retos que la sociedad le plantea y que dentro de los principios democráticos, de la ciencia y las técnicas de la administración moderna; la universidad trata de enfrentarlos. Dentro de estos cambios, está el cogobierno que se instituyó con la participación de los estudiantes universitarios en la elección de las autoridades y en los órganos de gobiernos de las universidades; que si bien constituyeron avances en los procesos de democratización de las mismas, siguieron siendo incompletos, por que seguían excluyendo a los trabajadores administrativos, llamados no docentes. Por ello, la lucha continuo y continua, para lograr la incorporación real de los trabajadores administrativos con voz y voto a los órganos de gobierno de las universidades y en la elección de las autoridades universitarias; existiendo importantes avances en nuestras universidades; como se muestran en los siguientes cuadros.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES ARTICULO 30: La Asamblea Universitaria se integra por los miembros del Consejo Superior y de los Consejos Directivos. CAPÍTULO 3: Consejo Superior ARTICULO 38: Componen el Consejo Superior: el Rector/a,... y seis (6) por el claustro no docente... ARTICULO 50: En cada Facultad se constituirá un Consejo Directivo compuesto por:... cuatro (4) representantes del claustro no docente... ARTICULO 98: Son derechos y obligaciones del Personal No Docente de la U.Na.M Nacional de Inc.1: Formar parte del Gobierno de la U.Na.M,..-. ARTÍCULO 129: Los cargos de Rector/a y Vicerrector/a de la U.Na.M. se eligen por fórmula completa en votación directa y secreta de los miembros de los distintos claustros y con el voto ponderado.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO ARTICULO 6. La Asamblea Universitaria es el órgano superior de la Universidad. Dicha Asamblea se constituye con todos los miembros del Consejo Superior y de los Consejos Directivos de las Facultades... ARTICULO 10. El Consejo Superior está integrado por y dos consejeros por el Cuerpo No Docente de la Universidad Nacional de Rosario ARTICULO 20. El Consejo Directivo de cada Facultad está integrado por y un Consejero No Docente. ARTICULO 89. La elección del Rector y Vicerrector se hará en sesión especial de la Asamblea Universitaria,

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA Art. 8º.- atribuciones de la Asamblea Universitaria: b) Elegir el Rector y el Vicerrector y resolver en cada caso sobre su renuncia. DEL CONSEJO SUPERIOR Art. 10.- El Consejo Superior se compone y de un (1) no docente Art. 27.- La representación del personal no docente está conformada por un (1) consejero titular y su respectivo suplente

UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS ARTÍCULO 9º.- La Asamblea Universitaria tiene las siguientes atribuciones: Elegir Rector y Vicerrector ARTÍCULO,10.- El,Consejo,Superior,está,integrado, y DOS (2) consejeros por el personal administrativo y de servicios. ARTÍCULO,20.- El,Consejo,Directivo,de,cada,facultad,está,integrado,por y UN (1) consejero por el personal administrativo y de servicios.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SARMIENTO Artículo 12º. y atribuciones de la Asamblea Universitaria: C) Elegir al Rector y Vicerrector Artículo 14º. El Consejo Superior está formado por y por dos representantes del personal no docente de la Universidad.

LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY ARTICULO 8º: Corresponde a la Asamblea Universitaria 1) Elegir Rector y Vicerrector ARTICULO 11º: Integran el Consejo Superior: g) UN (1) Consejero No Docente, representante del Personal No Docente

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA SAN JUAN BOSCO Artículo 70º. El Consejo Superior se integrará con: y dos (2) representantes de los trabajadores no docentes. Artículo 87º. Los Consejos Directivos estarán integrados por: Un (1) representante de los trabajadores no docentes. Artículo 125º. El Rector es elegido por la Asamblea Universitaria

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA ARTÍCULO 47º El gobierno de la universidad, de las facultades,se constituye con la representación de los cuatro estados que componen la comunidad universitaria: docentes, graduados, estudiantes y no docentes. ARTÍCULO 54º Son atribuciones de la Asamblea: c) Elegir al Presidente de la universidad. ARTÍCULO 57º El Consejo Superior Se integrará con... Dos representantes no docentes integrarán el cuerpo con voz y voto. ARTÍCULO 75º Los Consejos Directivos estarán integrados por un (1) representante no docente.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJÁN ARTICULO 37.- Integran la Asamblea Universitaria: d) Representantes del personal técnico, administrativo y de maestranza. ARTICULO 39.- e) La representación del personal técnico, administrativo y de maestranza será igual a seis (6) miembros.- ARTÍCULO 49.- Integran el Consejo Superior: g) Dos (2) representantes del personal técnico, administrativo y de maestranza.- ARTICULO 55.- El rector y el vicerrector son elegidos mediante el sufragio directo ponderado de los miembros de la Universidad.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES Artículo 51º. Integran la Asamblea Universitaria: c) Tres representantes elegidos por el personal administrativo y de servicios. Artículo 52º d) Designa al Rector y al Vicerrector Artículo 60º.- Integran el Consejo Superior: f) Tres consejeros elegidos por el personal administrativo y de servicios.

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SALTA Artículo 96: El Consejo Superior está integrado por...1 (uno) representante del Personal de Apoyo Universitario Artículo 109: El Consejo Directivo está integrado por:. 1 (uno) representante por el personal de apoyo universitario Artículo 145: en votación directa, secreta y obligatoria de los miembros de los distintos estamentos de la Universidad,

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS ARTICULO 79.- Componen el Consejo Superior: dos representantes del personal no docente. ARTICULO 92.- Integran el Consejo Directivo:, y un representante no-docente...

Universidad Nacional de Santiago del Estero ARTICULO 12.- Integran el Consejo Superior: 6. Un (1) representante del Personal No Docente con voz y voto.

UNIVERSIDAD NACIONAL TRES DE FEBRERO ARTICULO 8º.- Integrarán la Asamblea Universitaria: f) Un (1) representante del claustro no docente. ARTICULO 10º.- Son atribuciones de la Asamblea Universitaria: c) Elegir al Rector y al Vice-Rector de la Universidad. ARTÍCULO 19.- El Consejo Superior estará integrado por: f) Un (1) consejero representante del personal no docente

UNIVERSIDAD NACIONAL RÍO CUARTO Artículo 14º El Consejo Superior de la Universidad se integra por, un (1) representante del Personal no Docente, Artículo 27º El Consejo Directivo de cada Facultad se integra por, un (1) No Docente y el Decano. Artículo 150º El Rector y Vicerrector de la Universidad se eligen por fórmula o lista completa en votación directa y secreta entre los miembros de los distintos claustros,

UNIVERSIDAD COSTA RICA ARTÍCULO 13.- Integran la Asamblea Plebiscitaria: Los jefes de las oficinas administrativas. ARTÍCULO 14.- Integran la Asamblea Colegiada Representativa: Los jefes de las Oficinas Administrativas. ARTÍCULO 24.- El Consejo Universitario estará integrado por: b) Un miembro del sector administrativo electo por los administrativos.

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR Art. 9. El Honorable Consejo Universitario es el máximo organismo colegiado superior permanente de la Universidad Central del Ecuador, y está integrado por: 6. Los Representantes de los Empleados y Trabajadores 7. El Presidente de la Federación de Asociaciones de Profesores, el Presidente de la Federación de Estudiantes Universitarios, FEUE, Filial de Quito, y el Presidente de la Asociación de Empleados y Trabajadores de la Universidad Central. Todos los miembros señalados tienen voz y voto. Art. 15. Elección. El Rector es elegido mediante votación universal, obligatoria, directa y secreta, Art. 74. Junta de Facultad: integración. La Junta de Facultad se integra por: Los representantes de los empleados y trabajadores, en la proporción del ciento de los profesores que integran la Junta. diez por

UNIVERSIDAD AGRARIA DEL ECUADOR Art. 11.- El Consejo Universitario estará integrado por: d) Representantes de los trabajadores en una proporción igual al 10% de los Decanos y Sub-Decanos que lo integran; Art. 29.- La Junta de Facultad es el Organismo máximo de la Facultad e integrada por las siguientes personas: d) Representantes de los trabajadores en un número igual al 10% de los docentes que la integran. Art. 32.- El Consejo Directivo estará integrado de la siguiente manera: d. Un vocal por los trabajadores.

UNIVERSIDAD AZUAY Art. 8. El Consejo Universitario, máximo organismo colegiado de la Universidad, está integrado por: Un representante de los trabajadores. Art. 13. El Rector será elegido por votación universal secreta y directa de ; de todos los trabajadores,. Para el cómputo definitivo, el padrón será equivalente y el de los trabajadores al diez por ciento,

UNIVERSIDAD DE CUENCA Art. 5.- Los organismos de gobierno se integran y de los empleados y obreros, Los estudiantes tendrán una representación equivalente al 50% y los empleados y obreros una representación del 10%, respecto de la representación del personal docente, que integre el organismo. Art. 7.- El Consejo Universitario es el máximo organismo de gobierno. Está presidido por el Rector e integrado por el Vicerrector y por dos representantes de los empleados y obreros. Los integrantes del Consejo Universitario son elegidos por votación secreta, universal y directa, Art. 24.- La Asamblea de Facultad ejerce las funciones consultiva y electiva. Está integrada Por los docentes ; por los empleados y obreros,

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE NICARAGUA, LEÓN Arto.11. El Consejo Universitario es el máximo órgano de gobierno de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, León (UNAN-León), se integrará en la forma establecida en el Artículo 15 de la Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior y tendrá las atribuciones que se enumeren en el Artículo 16 de la misma. Arto.31. La Asamblea General, legalmente convocada y reunida, es el órgano consultivo de la Universidad, sus recomendaciones se tomarán conforme lo dispuesto en estos Estatutos y se integrará según el Arto.29 de Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación superior. Arto.70. El Colegio Electoral para la elección del Rector y del Vicerrector General estará integrado por lo miembros propietarios de cada uno de los Consejos de Facultad, el Presidente de la Unión Nacional de Estudiantes de Nicaragua (UNEN- CUUN-León) y el Secretario General del Sindicato de Trabajadores no Docentes tal como lo establece el Arto.39 de la Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior.

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ Artículo 23. El Consejo General Universitario es el máximo órgano de co-gobierno de la Universidad de Panamá, tiene carácter colegiado y está integrado así: l). Una representación del personal administrativo, cuyo número equivaldrá al diez por ciento (10%) de los miembros del Consejo General Universitario. Artículo 360. El Organismo Electoral Universitario está integrado así: d). Un representante de los administrativos y su suplente, escogido de su seno por el Consejo General Universitario;

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA Artículo 42. Composición, elección y renovación 1. El Consejo de Gobierno, presidido por el Rector o Vicerrector que los sustituya, tendrá la siguiente composición: a) Rector. e2) Veinte representantes del Claustro, distribuidos de la siguiente manera: Profesores Funcionarios Doctores: 10 representantes Resto de Profesores y Personal de Investigación: 4 representantes, siento: Resto de profesores: 4 representantes Ayudantes y personal de investigación: 1 representantes Alumnos: 4 representantes Personal de administración y servicios: 2 representantes

El Claustro Universitario es el máximo órgano de representación de la comunidad universitaria. Artículo 46. Composición, elección y mandato. 1. El Claustro estará integrado por el Rector, que lo presidirá, el secretario general, que actuará como secretario y el Gerente y trescientos miembros, según la siguiente composición: Miembros natos, descontando de su sector: d) Personal de Administración y Servicios: siete por ciento. Artículo 54. Elección, nombramiento, mandato, cese y sustitución. 1. El Rector será elegido por la comunidad universitaria, mediante elección directa y sufragio universal, libre y secreto, entre funcionarios del cuerpo de Catedráticos de Universidad en activo que presten servicios en ésta. Será nombrado por el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma Valenciana.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA CATALÁN ESPAÑOL Article 55. Composició 1. El Claustre és presidit pel rector, o pel vicerector que el substitueix. Està integrat, a més del rector, pel secretari general, el gerent i per tres-cents claustrals, representants dels diversos sectors de la comunitat universitària, d acord amb les regles següents: Una representació del personal d administració i serveis laboral i funcionari fins a un total de trenta. Article 61. Composició 1. El Consell de Govern està format per: a) El rector, que el presideix. b) f) Vint membres del Claustre, i dos representants del personal d administració i serveis. Artículo 55. Composición 1. El Claustro es presidido por el rector, o por el vicerrector que lo sustituye. Está integrado, además del rector, por el secretario general, el gerente y por trescientos claustrales, representantes de los diversos sectores de la comunidad universitaria, de acuerdo con las reglas siguientes:... Una representación del personal de administración y servicios laboral y funcionario hasta un total de treinta. Artículo 61. Composición El Consejo de Gobierno está formado por: a) El rector, que lo preside. b) f) Veinte miembros del Claustre, y dos representantes del personal de administración y servicios.

UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Art. 33. 1. Órganos de gobierno de la Universidad: a) Colegiados: Claustro Universitario, Consejo Social, Consejo de Gobierno y Junta Consultiva. b) Unipersonales: Rector, Vicerrectores, Secretario General y Gerente. 1. El Claustro Universitario será presidido por el Rector. Estará integrado por, representantes de los distintos sectores de la Comunidad Universitaria, elegidos de acuerdo con el procedimiento que establecen los presentes Estatutos y distribuidos del siguiente modo: a) 159 claustrales tendrán la condición de funcionarios doctores de los cuerpos docentes universitarios. El resto del grupo será elegido de acuerdo con los siguientes criterios: g) 26 miembros del Personal de Administración y Servicios. Art. 47. 1. El Consejo de Gobierno, presidido por el Rector o Vicerrector que lo sustituye, tendrá la siguiente composición:. Art. 65. 1. El Rector será elegido por la Comunidad Universitaria, mediante elección directa y sufragio universal libre y secreto, entre funcionarios del Cuerpo de Catedráticos de Universidad,

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID Artículo.- 26 Órganos de gobierno y representación 1.- Los órganos de gobierno y representación de la Universidad Politécnica de Madrid son:... - Colegiados: 1. El Claustro Universitario 2. El Consejo de Gobierno... - Unipersonales: 1. El Rector...

1.- El Claustro Universitario estará formado por: : c) Representación del sector del personal de administración y servicios: - Veintiocho (28) representantes elegidos por y entre el personal de administración y servicios. 1.- El Consejo de Gobierno estará constituido por c) Quince (15) miembros designados por el Rector, y uno (1) miembro del personal de administración y servicios. d) Veinte (20) claustrales elegidos por y de entre los respectivos Sectores del Claustro en la siguiente proporción: - Dos (2) Miembros del Personal de Administración y servicios

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SANTO DOMINGO ARTICULO 9.- B) La Estructura de Gobierno Estos organismos e instancias son de dos categorías diferentes: Colegiados y Unipersonales. Son colegiados los siguientes: a) El Claustro Mayor y el Claustro Menor b) El Consejo Universitario Son unipersonales los siguientes: a) La Rectoría y Vicerrectorías- ARTÍCULO 23.- El Claustro es la autoridad máxima Habrá, de acuerdo a la naturaleza de los asuntos a tratar, un Claustro Mayor y un Claustro Menor. ARTÍCULO 26.- El Claustro Mayor estará integrado por. A ese conjunto se le agregarán los representantes del personal administrativo, en un dos por ciento (2%) del total de miembros integrantes del organismo. PARRAFO II : Cuando el Claustro Mayor sesione con la finalidad de elegir a las autoridades de la Universidad su composición estará integrada por y los representantes del personal administrativo en una proporción igual al 1% del total de los profesores. ARTÍCULO 27.- El Claustro Menor estará integrado por el Consejo Universitario,. A ese conjunto se le agregarán los representantes del personal administrativo en un dos por ciento (2%) del total de miembros integrantes del organismo Del Consejo Universitario ARTÍCULO 32.- El Consejo lo componen, con derecho a voz y voto, y un representante de los trabajadores de apoyo a las labores académicas.

UNIVERSIDAD DE SÃO PAULO PORTUGUÉS ESPAÑOL Artigo 15 - O Conselho Universitário terá a seguinte constituição:... XI - três representantes dos servidores não-docentes da Universidade, eleitos pelos seus pares; (alterado pela Resolução nº 4279/96)... XVIII - um representante das Classes Trabalhadoras do Estado de São Paulo. Artigo 45 - A Congregação, órgão consultivo e deliberativo superior de cada Unidade, tem a seguinte constituição:... IX - a representação dos servidores não-docentes,... Artigo 47 - Haverá, nas Unidades, o Conselho Técnico-Administrativo,... 1º - O Conselho Técnico-Administrativo terá funções decisórias, cabendo recurso de suas deliberações à Congregação da Unidade.... 2º - O Conselho Técnico-Administrativo será composto:... 5 - por um representante dos servidores. Artículo 15 - El Consejo Universitario tendrá la siguiente constitución: XI - tres representantes de los servidores no-docentes de la Universidad, elegidos por sus pares; (alterado por la Resolución nº 4279/96) XVIII un representante de las Clases Trabajadoras del Estado de São Paulo. Artículo 45 - La Congregación, órgano consultivo y deliberativo superior de cada Unidad, tiene la siguiente constitución:... IX - la representación de los servidores no-docentes,... Artículo 47 - Habrá, en las Unidades, el Consejo Técnico- Administrativo,... 1º - El Consejo Técnico-Administrativo tendrá funciones decisivas, cabiendo recurso de sus deliberaciones a la Congregación de la Unidad.... 2º - El Consejo Técnico-Administrativo será compuesto: 5 - por un representante de los servidores.

UNIVERSIDAD FEDERAL MINAS GERAIS PORTUGUÉS ESPAÑOL Art. 8º - O Conselho Universitário é integrado:... VII - por integrantes do corpo técnico e administrativo eleitos por seus pares,...... Art. 20º- O Conselho de Curadores é integrado:... VI - por 1 (um) representante do corpo técnico e administrativo;... Art. 21º - Ao Conselho de Curadores, órgão de fiscalização econômico-financeira da Universidade, compete: I- pronunciar-se sobre a proposta orçamentária e o orçamento-programa; Art. 8º - El Consejo Universitario es integrado:... VII - por integrantes del cuerpo técnico y administrativo electos por sus pares,...... Art. 20º - El Consejo de Tutores es integrado:... VI - por 1 (uno) representante del cuerpo técnico y administrativo;... Art. 21º - Al Consejo de Tutores, órgano de fiscalización económico-financiera de la Universidad, compite: I- pronunciarse sobre la propuesta presupuestaria y el presupuesto-programa;...

UNIVERSIDAD FEDERAL DE RÍO DE JANEIRO PORTUGUÉS Art. 64. O Conselho Universitário, órgão deliberativo máximo da Estrutura Superior, é composto dos seguintes membros: I Reitor, seu presidente;... XII 5 (cinco) representantes dos Servidores Técnico- Administrativos; ESPAÑOL Art. 64. El Consejo Universitario, órgano deliberativo máximo de la Estructura Superior, es compuesto de los siguientes miembros: I Rector, su presidente;... XII 5 (cinco) representantes de los Servidores Técnico- Administrativos;

Coincidentemente es en los países en lo que se aplica con mayor crudeza el modelo neoliberal (Colombia, Chile y Perú) que la democratización de la universidades, con la incorporación de los trabajadores administrativos al cogobierno no avanzó y sólo se quedó en la participación de los docentes y alumnos. Corresponde ahora a la CONTUA, asumir como una de sus tareas prioritarias, la gestión y lucha continental para profundizar una mayor democratización en todas las Universidades, en donde se ha avanzado con la participación con voz y voto de los trabajadores administrativos; y para extender a todas las universidades de América Latina y el Caribe el cogobierno real de los tres componentes de la comunidad universitaria: Docentes, Estudiantes y Trabajadores.

GRACIAS POR SU ATENCIÓN Dr. LUIS RUÍZ GARCÍA Presidente de la FENTUP Vicepresidente de la CONTUA