EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN ESPAÑA



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Transcripción:

EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN ESPAÑA Luis E. ÍÑIGO FERNÁNDEZ Subdirector General de la Inspección Educativa Consejería de Educación, Juventud y Deporte Comunidad de Madrid. España 1. EL BACHILLERATO EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL VIGENTE El sistema educativo español vigente se rige por lo dispuesto en la Ley Orgánica /006 de 3 de mayo, de Educación (en adelante, LOE), aunque en el presente curso ha comenzado a aplicarse la reforma educativa prevista en la Ley Orgánica 8/013, de 9 de diciembre, de Mejora de la Calidad Educativa (en adelante, LOMCE). La LOE establece un sistema educativo estructurado, en cuanto se refiere a las enseñanzas de régimen general, en una Educación Básica Obligatoria y gratuita de 10 años de duración, entre los 6 y los 16, edad legal de acceso al mercado laboral. Esta Educación Básica se divide en dos etapas: la Educación Primaria, de seis cursos, y la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de cuatro cursos, de los cuales el último oferta cierta diversificación, aunque de modo distinto en las distintas Comunidades Autónomas que conforman el Estado español. Con carácter previo a la Educación Básica, el sistema ofrece la Educación Infantil, una etapa no obligatoria que abarca desde el nacimiento hasta los seis años de edad y que se divide, a su vez, en dos ciclos: el primero, de 0 a 3 años, no financiado con fondos públicos, y el segundo, entre los 4 y los 6 años de edad, de carácter gratuito e impartido, en su mayor parte, en los mismos centros que la Educación Primaria. Al terminar la ESO, los estudiantes que la superan reciben el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, que habilita para cursar la Educación Secundaria postobligatoria, que oferta diversas opciones: Formación profesional de Grado Medio, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño de Grado medio, Enseñanzas Deportivas de Grado Medio y Bachillerato. Este último es el que nos interesa por cuanto supone la vía de acceso más habitual a la Universidad. El Bachillerato es una etapa no obligatoria, pero sí gratuita en centros públicos que se cursa, con carácter general, entre los 17 y los 18 años, aunque puede cursarse también después de esta edad en régimen nocturno o a distancia. Se oferta en tres modalidades: Artes, Ciencias y Tecnología, y Humanidades y Ciencias Sociales. La modalidad de Artes ofrece dos vías: Artes Plásticas, Diseño e Imagen; Artes Escénicas, Música y Danza. Cada modalidad consta de materias comunes, materias de modalidad y materias optativas. Las materias comunes son cinco en el primer curso y cuatro en el segundo. Además, en el primer curso se elegirá entre Religión o Atención Educativa. El alumnado

elegirá, como mínimo, seis materias de modalidad (tres en cada curso), de las que al menos cinco corresponderán a la modalidad cursada. Existe también la posibilidad de cursar materias optativas. En esta etapa educativa, la evaluación es continua, aunque hay tres evaluaciones trimestrales con calificaciones parciales y una final. Los resultados de la evaluación se expresan en calificaciones numéricas de cero a diez sin decimales, siendo negativas las inferiores a cinco. La nota media es la media aritmética de todas las materias. Se promociona al segundo curso si se superan todas las materias o se obtiene evaluación negativa en un máximo de dos materias, que deberán recuperarse a lo largo del curso siguiente. Se ofrece una prueba extraordinaria de las materias no superadas. El alumnado con evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato recibirá el título de Bachiller. El título de Bachiller permite el acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior, pero, sobre todo, en relación con el tema que nos ocupa, permite la realización de la Prueba de Acceso a las Enseñanzas Oficiales de Grado (PAU), necesaria para cursar estudios universitarios, vía que, aunque no es la única, es la que siguen la inmensa mayoría de los estudiantes universitarios españoles.

. EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL VIGENTE..1. La Prueba de Acceso a las Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado La Prueba de Acceso a las Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado se estructura en dos fases denominadas, respectivamente, fase general y fase específica. La fase general constará de los ejercicios siguientes: a) El primer ejercicio consistirá en el comentario, por escrito, de un texto no especializado y de carácter informativo o divulgativo, relacionado con las capacidades y contenidos de la materia de Lengua Castellana y Literatura. b) El segundo ejercicio versará sobre las capacidades y contenidos de una de las siguientes materias comunes de º de Bachillerato: Historia de la Filosofía o Historia de España. c) El tercer ejercicio será de Lengua Extranjera y tendrá como objetivo valorar la comprensión oral y lectora y la expresión oral y escrita (estaba prevista una prueba oral a partir de la prueba de acceso del año 01 pero no se ha implantado con carácter general). d) El cuarto ejercicio versará sobre los contenidos de una materia de modalidad de segundo de Bachillerato. La calificación de la fase general será la media aritmética de las calificaciones de todos los ejercicios. La fase específica reviste carácter voluntario y en ella el alumnado se podrá examinar de cualquiera de las materias de modalidad de segundo de Bachillerato, distinta a la materia elegida para realizar el ejercicio de la fase general. Se considerará que un alumno o alumna ha superado la prueba cuando haya obtenido una nota igual o mayor a 5 puntos como resultado de la media ponderada del 60% de la nota media de Bachillerato y del 40% de la calificación de la fase general, siempre que haya obtenido un mínimo de 4 puntos en la calificación de la fase general... Nota de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado En el supuesto de que el número de solicitudes sea superior al de plazas ofertadas, la nota de admisión incorporará las calificaciones ponderadas de las materias de la fase específica en el caso de que dichas materias estén adscritas a la rama de conocimiento del título de Grado que se desea cursar. El parámetro de ponderación de las materias de la fase específica tendrá un valor de 0.1 a 0. (las universidades deberán hacer públicos los valores de los parámetros de las materias seleccionadas al inicio de cada curso). Es decir: 0,6 x NMB + 0,4 x CFG + (a x M1 + b x M)

3. EL BACHILLERATO EN EL NUEVO SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL. La reforma educativa impulsada por la LOMCE, que se ha puesto en marcha en el presente curso 014-015, supone pocos cambios de carácter estructural en el sistema educativo español. Sin embargo, sí introduce modificaciones de calado en el diseño de las asignaturas y, sobre todo, en el concepto de la evaluación externa del propio sistema, pues viene a consagrar el principio de la evaluación final, el antiguo Examen de Estado, en la Educación Secundaria. Asimismo, la entrada en vigor de la LOMCE va a suponer importantes cambios en el diseño del Bachillerato y, sobre todo, en el acceso a la Universidad, a partir del próximo curso, 015-016. Las modalidades son ahora Humanidades y Ciencias Sociales (con itinerarios diferenciados), Ciencias, y Artes. La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral. Evaluación final de Bachillerato, que será necesario superar para obtener el título de Bachiller, así como superar todas las materias de Bachillerato. El

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá para todo el Sistema Educativo Español los criterios de evaluación y las características de las pruebas, y las diseñará y establecerá su contenido para cada convocatoria. La calificación final se obtendrá de la media de las calificaciones de Bachillerato ponderada al 60%, y de la evaluación final ponderada al 40%. Al alumnado que supere todas las materias sin superar la evaluación final se le entregará un certificado con efectos laborales y académicos para acceso a los ciclos de Formación Profesional de Grado Superior. Las evaluaciones se centrarán en todas las materias troncales generales y dos materias troncales de opción cursadas en cualquiera de los cursos (si implican continuidad se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en º), así como una materia específica cursada en cualquiera de los cursos que no sea Educación Física ni Religión. La primera evaluación final de Bachillerato se realizará al finalizar el curso 016-017 al alumnado que haya cursado º de Bachillerato, y no tendrá efectos académicos (no será necesario superarla para obtener el título de Bachiller), aunque sí se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad. La evaluación final que se realice al finalizar el curso 017-018 sí tendrá efectos académicos. 4. EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN EL NUEVO SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL. Se suprime la PAU. Desde el curso 016-017, las Universidades podrán determinar la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado de alumnos y alumnas que hayan obtenido el título de Bachiller o equivalente exclusivamente por el criterio de la calificación final obtenida en el Bachillerato. Sin embargo, las Universidades podrán fijar procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado de alumnos y alumnas que hayan obtenido el título de Bachiller o equivalente que deberá respetar los principios de igualdad, no discriminación, mérito y capacidad. Dichos procedimientos utilizarán, junto al criterio de la calificación final obtenida en el Bachillerato, alguno o algunos de los siguientes criterios de valoración: Modalidad y materias cursadas en el Bachillerato, en relación con la titulación elegida. Calificaciones obtenidas en materias concretas de los cursos de Bachillerato, o de la evaluación final de dicha etapa. Formación académica o profesional complementaria. Estudios superiores cursados con anterioridad.

Solo de forma excepcional podrán establecer evaluaciones específicas de conocimientos y/o de competencias. La ponderación de la calificación final obtenida en el Bachillerato deberá tener un valor, como mínimo, del 60 % del resultado final del procedimiento de admisión. Las Universidades podrán acordar la realización conjunta de todo o parte de los procedimientos de admisión que establezcan, así como el reconocimiento mutuo de los resultados de las valoraciones realizadas en los procedimientos de admisión. CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN DE LAS MODIFICACIONES DEL BACHILLERATO Y EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD Curso 015-016 Curso 016-017 A partir del curso 017-018 Implantación del curso 1º Última convocatoria de PAU. Implantación del º curso. Evaluación individualizada al final de Bachillerato, de la que se realizarán convocatorias. Únicamente a efectos de acceso a la Universidad. Desaparece la Prueba de Acceso a la Universidad. Será imprescindible superar la evaluación final de Bachillerato para la obtención del título de Bachiller.