CARRERA DE LICENCIATURA EN NUTRICIÓN REGLAMENTO DEL TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN
REGLAMENTO DEL TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN I. CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN Artículo 1: El Trabajo Final de Investigación para obtener el Título de Licenciado en Nutrición consiste en un trabajo de investigación de carácter individual o grupal sobre un tema pertinente al campo de las Ciencias de la Nutrición, que aporte conocimientos y/o soluciones a problemas relacionados con la alimentación y / o nutrición, respondiendo a los propósitos generales de la Carrera. Artículo 2: El Trabajo Final de Investigación deberá constituir un aporte de interés profesional. Deberá ser realizado atendiendo al máximo el rigor científico, formulando claramente la problemática que se investiga, su marco teórico o de referencia y la metodología que se habrá de seguir para alcanzar los objetivos iniciales. Se aceptarán diferentes procedimientos de investigación que se adecúen a la metodología científica, ya sea cuantitativa y / o cualitativa. El Trabajo Final de Investigación podrá ser un trabajo de campo, de intervención educativa, de desarrollo de productos en laboratorio, entre otros, o del tipo de revisión bibliográfica que implique un análisis crítico de publicaciones relacionadas con un tema trascendente para la profesión (En Anexos se encuentra el formato de este último). Artículo 3: El Trabajo Final de Investigación estará enmarcado dentro de los límites que impone la circunstancia de que los autores están cursando aún su período de formación de grado. Se evitarán, por tanto, las sobreexigencias propias del nivel de postgrado. Esta recomendación se fundamenta en que investigaciones con la exigencia del postgrado pueden prolongar la permanencia del alumno en el pregrado, incrementar los costos de su formación, como también el riesgo de deserción en los últimos ciclos de la carrera, y acarrear otros inconvenientes de orden personal y familiar. II. PARTICIPANTES DEL TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN Artículo 4: Se estimulará el trabajo grupal, admitiéndose la participación de hasta 3 (tres) alumnos como máximo. Se autorizará la incorporación de alumnos a equipos interdisciplinarios que inicien o tengan en ejecución proyectos de investigación en áreas 1
pertenecientes a la Ciencia de la Nutrición. En tal caso se deberá contar por escrito con la autorización del Director de tal proyecto para incorporarse al mismo. III. ASESORAMIENTO DEL TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN Artículo 5: Durante la elaboración del Protocolo y la ejecución del Trabajo, los alumnos cuentan con dos tipos de asesoramiento: Asesoramiento Metodológico y Estadístico, a cargo de los docentes de las Cátedra de Trabajo Final de Investigación-Proyecto y Ejecución, y Asesoramiento en el Área Temática, a cargo de un docente de la Carrera de Lic. en Nutrición o del Instituto Universitario, elegido por los alumnos y / o por consejo de los asesores metodológicos. El Asesor en el Área Temática se constituirá en el Director del Trabajo. Artículo 6: Se autorizará el asesoramiento en el tema elegido por parte de un profesional que, aunque no cumpla funciones docentes en la Institución, demuestre sólida experiencia y trayectoria en investigación en el área de la Nutrición. Este profesional cumplirá las mismas funciones que los Asesores docentes y será considerado Asesor externo. Artículo 7: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 6, el Asesor externo deberá presentar a la Dirección de la Carrera un Curriculum Vitae y una carta en la que manifieste su interés en participar como Asesor. La Dirección de la Carrera le notificará por escrito su aceptación como Asesor externo. Artículo 8: Los Asesores en el Área Temática recibirán una copia del presente Reglamento y deberán presentar a la Dirección de la Carrera una carta manifestando su aceptación para participar como Asesores, indicando el tema elegido para la investigación y los alumnos responsables de su desarrollo. Artículo 9: Serán funciones de los Asesores: Guiar a los alumnos en la elaboración del Protocolo de Investigación en los aspectos metodológicos, estadísticos y de contenido. Dar la aprobación del Protocolo para la puesta en ejecución del trabajo. Evaluar periódicamente el desarrollo de la investigación. Otorgar la aprobación del Trabajo Final para su presentación y defensa. 2
Artículo 10: Los alumnos deberán asistir a un mínimo de 12 consultas durante el transcurso del ciclo lectivo con los Asesores metodológicos a fin de garantizar un adecuado seguimiento y evolución de las etapas del Trabajo Final de Investigación. IV. INSCRIPCIÓN DEL TEMA DEL PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN Artículo 11: La propuesta del tema será presentada a un Asesor metodológico, quien junto con los demás Asesores y la Dirección de la Carrera decidirán su aprobación. Una vez aprobado el tema, los alumnos serán autorizados a comenzar el Protocolo de Investigación. V. PRESENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN Artículo 12: El Protocolo de Investigación no deberá exceder las 50 páginas tipeadas a doble espacio y deberá contener los siguientes ítems: Carátula en la que se indique: Título, Autores, Año de cursada, Director y Asesor metodológico Índice Introducción (que comprenda el Marco Teórico y la Justificación) Objetivos e Hipótesis (estas últimas si las hubiere) Población y Muestra Población Blanco y Accesible Técnica de muestreo Diseño Metodológico Materiales y Métodos (que comprenda variables en estudio y su operacionalización) Tratamiento Estadístico propuesto Técnicas e Instrumentos de recolección de datos Esquema del plan de tabulación y graficación Referencias Bibliográficas Anexos 3
Artículo 13: Se presentará un original del Protocolo de Investigación a los Asesores, quienes deberán firmar en la Carátula como constancia de la aprobación del mismo. Una vez aprobado el Protocolo de Investigación, los alumnos estarán en condiciones de iniciar la ejecución del trabajo. NO SE AUTORIZA LA RECOLECCIÓN DE LOS DATOS SIN TENER LA PREVIA APROBACIÓN DEL PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN. Artículo 14: Los aspectos éticos del Trabajo de Investigación serán revisados por los Asesores como parte de la evaluación del Protocolo, junto con el consejo de la Dirección de la Carrera. Artículo 15: En caso de que la recolección de datos se realice en una Institución externa, se requerirá la autorización de dicha Institución para realizar la investigación. Para tal fin, los alumnos deberán solicitar a las autoridades de la Fundación H. A. Barceló una carta de presentación y aval de la investigación, que será presentada a la Institución donde se realice el estudio junto con un resumen del Protocolo de Investigación. Artículo 16: Se estimulará la realización de una prueba piloto previo al inicio de la investigación, a fin de testear la adecuación de los instrumentos de recolección de datos y la metodología de recolección de los mismos. VI. PRESENTACIÓN DEL INFORME DEL TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN Artículo 17: El Informe del Trabajo Final de Investigación constará de las siguientes partes: Carátula, en la que se indique: Título, Autores, Año de cursada, Director y Asesor metodológico y el logo identificatorio del Instituto Universitario de Ciencias de la Salud Fundación H. A. Barceló Índice 4
Resumen (no deberá excederse de las 500 palabras; deberá incluir los siguientes contenidos: Introducción, Objetivos, Metodología, Resultados, Discusión y/o Conclusiones, y 4 ó 5 palabras clave; deberá presentarse en español, inglés y portugués) Introducción (que comprenda el Marco Teórico y la Justificación) Objetivos e Hipótesis (estas últimas si las hubiere) Población y Muestra Técnica de muestreo Diseño Metodológico Materiales y Métodos (que comprenda variables en estudio y su operacionalización) Tratamiento Estadístico Resultados Discusión Conclusiones Referencias Bibliográficas Anexos Artículo 18: Se incentivará la presentación de un informe preliminar que consiste en el borrador del Trabajo Final de Investigación terminado. Una vez visado el borrador por los Asesores, se presentará el Informe definitivo del Trabajo Final de Investigación, con las partes citadas en el Art. 17, mediante 1 (un) ejemplar en formato papel, con las hojas foliadas, firmadas por los alumnos, y 2 Cds con la versión en pdf y word. En la Carátula deberá incluirse la firma del Director del Trabajo respaldando la presentación del mismo. Artículo 19: Una vez aprobado el Informe del Trabajo Final de Investigación, se elegirá la fecha y hora para su Defensa. Los alumnos deberán inscribirse con anterioridad a la fecha fijada la cantidad de días hábiles que indica el Reglamento vigente, para la confección del Acta correspondiente, donde se registrará su calificación. Sólo podrán inscribirse y realizar la Defensa una vez que hayan concluido y aprobado todas las Unidades del Internado Rotatorio, en acuerdo al Régimen de Correlatividades. Las fechas programadas en cada ciclo lectivo para la defensa del Trabajo corresponderán a: 5
diciembre, marzo y julio. La calificación del Trabajo Final constará también en la libreta universitaria. VII. DEFENSA DEL TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN Artículo 20: La Defensa consiste en la presentación oral de la investigación realizada. En ella deberán tomar parte todos los alumnos que han realizado el Trabajo teniendo en cuenta que esta presentación influirá en la nota final. Artículo 21: La calificación se realizará en base a la escala 1 a 10. Para la calificación, el tribunal tendrá en cuenta: el desenvolvimiento y solvencia de los alumnos a lo largo de la realización del Trabajo Final de Investigación, el interés profesional que suscita el tema, la consistencia interna y externa de la investigación y la exposición oral. VIII. PUBLICACIÓN DEL TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN - Artículo 22: Aquellos Trabajos de investigación que sean aprobados con calificación 9 ó 10 pueden tener el aval del Instituto Universitario para su presentación en eventos científicos o publicación en revistas de la especialidad. En tales casos el Director del trabajo participará como autor (último autor) y deberán notificar a la Dirección de la Carrera de Lic. en Nutrición, el nombre del Congreso o Revista al que fuera presentado el Trabajo. 6
ANEXOS DEL REGLAMENTO TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN ALUMNOS PLAN 5 AÑOS - Se podrán conformar grupos de trabajo con alumnos que se encuentren en similares etapas de la Carrera. - Podrán exponer y defender el Trabajo Final en forma conjunta todos los integrantes del grupo. - Todos los alumnos del Plan 5 años, quedan exentos de la inscripción para confección del acta final, ya que la calificación obtenida constará únicamente en la libreta universitaria. Esta cláusula constituye una excepción al Art. 19 y es única para el Plan 5 años, en el cual el Trabajo Final no figura como última materia, sino que es un trabajo a ser realizado durante el desarrollo del Internado Rotatorio. - El alumno que deba la cursada de una Unidad del Internado Rotatorio podrá ser autorizado por los Asesores y la Dirección de la Carrera, a exponer y defender el Trabajo de Investigación con el grupo inicial. Esta cláusula constituye una excepción al Art. 19 y es única para el Plan 5 años, por las razones expuestas en el acápite anterior. - Si la diferencia de cursada es mayor a una Unidad del Internado Rotatorio, se podrá conformar igualmente un grupo de trabajo, pero en este caso dicho alumno deberá continuar con la línea de investigación propuesta, y realizará una nueva presentación y defensa del Trabajo Final, posterior a la exposición inicial del grupo. ALUMNOS PLAN 4 AÑOS - En caso de que algún alumno no pudiera presentarse el día de la defensa grupal por cuestiones debidamente justificadas, podrá solicitar una fecha especial para la exposición y defensa, lo cual será de carácter individual. - En caso de que algún alumno se retrasara en completar el Internado Rotatorio hasta un cuatrimestre y su grupo presentara y defendiera el Trabajo Final en tiempo y forma, se lo autorizará a exponer y defender en forma individual el mismo Trabajo en la siguiente fecha, sin necesidad de agregar contenido. 7
- En caso de que algún alumno del grupo se retrasara más de un cuatrimestre en completar el Internado Rotatorio y su grupo presentara y defendiera el Trabajo Final en tiempo y forma, deberá ampliar el enfoque del Trabajo inicial, por ejemplo incluyendo otras variables en estudio, seleccionando una nueva muestra con diferentes características, o comparando los resultados previos con un grupo control. REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA - La estructura básica de los artículos de revisión bibliográfica será la siguiente: Introducción y objetivos: La introducción es más extensa que en otros artículos. Se deben enfocar los factores más importantes de la revisión e incluirse información sobre el objeto de estudio, en relación a su magnitud, gravedad y vacíos de conocimiento. Métodos: Metodología empleada para la búsqueda y localización de la información; criterios para decidir los artículos que se van a incluir o no en la revisión. Análisis e integración de la información: Resultados y discusión. Debe establecerse un fundamento sistemático entre la literatura encontrada, que permita señalar tanto las coincidencias como las contradicciones. Conclusiones: Debe existir coherencia con los resultados del análisis y dejar planteadas las nuevas hipótesis si las hubiere. Referencias bibliográficas: de acuerdo a normas Vancouver. 8