1.- PRINCIPALES CAMBIOS PROPUESTOS AL TRATAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA

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Transcripción:

1.- PRINCIPALES CAMBIOS PROPUESTOS AL TRATAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA Situación Actual Propuesta DT = TO 1 + r 360 Se aplica una tasa de interés variable, incrementada en tres (3) puntos. Arrepentimiento eficaz hasta antes de la notificación de la Orden de fiscalización. El contribuyente pierde este beneficio porque no conoce el monto de la deuda. n + M DT = TO + I I = TO 1 + r n 1 360 Tasa de interés Fija en 4% en los primeros cuatro años de la mora. Se incrementará en dos puntos porcentuales cada dos años, hasta llegar a un máximo del 10%. Arrepentimiento eficaz hasta 10 días después de la notificación de la Vista de Cargo. El contribuyente conocerá cuánto es su deuda. Las reducciones de las multas se aplican desde la orden de fiscalización. Las multas se reducen después de terminado el plazo del arrepentimiento eficaz. ADICIONALMENTE se propone un beneficio de plan de pagos de deudas vigentes hasta el 31 de diciembre de 2016.

2. REDUCCIÓN DE S PARA LA REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA ACTUAL CÁLCULO DE LA 0% 20% 40% 60% 100% Fecha de Vencimiento Orden de Fiscalización Vista de cargo Resolución Determinativa Recurso de Alzada Recurso Jerárquico Impug. Judicial 0% 20% 40% Arrepentimiento Eficaz Hasta los 10 primeros días de notificada la Vista de Cargo PROPUESTA CÁLCULO DE LA (Hasta 31 de diciembre 2016)

3. INCENTIVOS ADICIONALES Las obligaciones tributarias pagadas en el marco de lo establecidos en las disposiciones Transitorias Primera y Segunda tendrán los siguientes incentivos adicionales: Un contribuyente que tiene una reducción de la sanción del 60%, si paga el total de deuda tributaria hasta el 31 de julio de 2016 tendrá un descuento adicional de la sanción del 10%. TOTAL REDUCCION 64%! Ejemplo: Un contribuyente que con facilidades de pago con reducción del 60% en la sanción. Se beneficiará con un 5% adicional en los pagos efectuados hasta el 30 de septiembre. TOTAL REDUCCION 62%!

PLAZOS Hasta el 31 de diciembre del 2016, las deudas tributarias pagadas desde la vigencia de la Ley podrán beneficiarse con la aplicación del interés del 4% en el cálculo de la deuda tributaria, además de la reducción de sanciones por omisión de pago de hasta un 60%. Este beneficio es aplicable a las deudas con facilidades de pago La vigencia de los beneficios para el pago voluntario estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016.

CASOS ACTUALMENTE Período Omitido Intereses 8,53% (mayo 2016) 20% Inicio de fiscalización hasta Vista de Cargo APLICACIÓN DE SEGÚN ETAPA 40% Resolución Determinativa hasta antes de Impugnación 60% Proceso de Impugnación 100% Etapa de Ejecución Dic. 2009 12.411 9.103 2.482 4.964 7.447 12.411 23.996 26.478 28.960 33.925 PROPUESTA Período Omitido Intereses 0% Hasta 10 días de notificada la Vista de Cargo APLICACIÓN DE SEGÚN ETAPA 20% Luego de 10 días de notificada la Vista de Cargo y hasta la Res. Determinativa 40% Resolución Determinativa hasta antes de la Impugnación 60'% En Proceso de Impugnación 100% En Etapa de Ejecución Dic. 2009 12.411 4.161 0 2.482 4.964 7.447 12.411 16.572 19.054 21.536 24.018 28.982 % REDUCCIÓN DE LA DEUDA -31% -21% -19% -17% -15%

CASOS ACTUALMENTE Período Omitido Intereses 8,53% (mayo 2016) 20% 40% 60% 100% Inicio de Fiscalización hasta Vista de Cargo Resolución Determinativa hasta antes de Proceso de Impugnación Etapa de Ejecución Dic. 2009 12.411 9.103 2.482 4.964 7.447 12.411 APLICACIÓN DE SEGÚN ETAPA 23.996 26.478 28.960 33.925 PROPUESTA APLICABLE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 Período Omitido Intereses APLICACIÓN DE SEGÚN ETAPA 0% 20% 20% 40% 40% Después de 10 días de Resolución Determinativa Hasta 10 días de notificada En Proceso de En Etapa de notificada la Vista de hasta antes de la la Vista de Cargo Impugnación Ejecución Cargo y hasta la Res. Impugnación Dic. 2009 12.411 3.653 0 2.482 2.482 4.964 4.964 16.064 18.546 18.546 21.028 21.028 % REDUCCIÓN DE LA DEUDA -33% -23% -30% -27% -38%