VISKASE Avisos Electronicos de Importacion y Exportacion Propuesta Operativa
Agenda - Objetivo - Qué es un Aviso Electrónico? - Características del Aviso - Quienes tienen el beneficio? - Formato - Instructivo de llenado - Operación del Aviso Electrónico - Pedimento Único
Objetivo Que el participante conozca el beneficio que se tiene para el despacho de mercancías mediante el Aviso Electrónico de Importación y exportación.
Que es un aviso electronico? Documento que se presenta ante el mecanismo de selección automatizado de conformidad con la regla 7.3.7, en sustitución del Aviso de Consolidado.
Características del Aviso -No transmisión de COVE RGCE 1.9.19 En las operaciones realizadas con el Aviso electrónico de importación y de exportación, no será necesario realizar la transmisión. (Adios Contingencia) RGCE 1.9.19
Características del Aviso - Descripción de la mercancia Se podrá indicar materiales, partes, componentes o material de empaque, utilizados en el proceso de elaboración, transformación o reparación de productos del sector (por ejemplo: indicar sector eléctrico, electrónico, de autopartes, automotriz, etc.). Instructivo del llenado
Características del Aviso - Presentación del pedimento Cada semana o dentro de los primeros 10 días de cada mes. RGCE 7.3.7
Quienes tienen el beneficio? Las empresas con programa IMMEX que realicen operaciones con pedimentos consolidados que cuenten con: - Certificación modalidad IVA e IEPS, rubro AAA y - Certificación modalidad Operador Económico Autorizado RGCE 7.3.7
Formato Aviso electrónico de importación y de exportación Patente o Aduana de Núm. de Folio de Certificación Autorización Despacho Pedimento Aviso Medio de RFC del Número Placas Transporte Transportista Económico Descripción de la mercancía Código de Barras Firma Electrónica Avanzada
Instrucciones de llenado INSTRUCCIONES ENCABEZADO DEL AVISO PARA LA PAGINA PRINCIPAL Y LAS PAGINAS SECUNDARIAS EN SU CASO Campo Contenido 1. Patente o Autorización. Patente o Autorización del Agente o Apoderado Aduanal que promueve el despacho. 2. Aduana de Despacho. Clave de la Aduana de Despacho, conforme al Apéndice 1 del Anexo 22. 3. Núm. Pedimento. Número de Documento del pedimento consolidado que ampara la remesa, conforme a lo siguiente: 1 dígito, debe corresponder al último dígito del año en curso, salvo que se trate de un pedimento consolidado iniciado en el año inmediato anterior o del pedimento original de una rectificación. 6 dígitos, los cuales serán numeración progresiva por aduana en la que se encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente, apoderado, referido a todos los tipos de pedimento. 4. Folio del Aviso. Número consecutivo por pedimento que el Agente o Apoderado Aduanal asigne a la remesa.
Instrucciones de llenado DATOS GENERALES Campo Contenido 1. Medio de Transporte. Clave del medio de transporte en que se conduce la mercancía, conforme al Apéndice 3 del Anexo 22. 2. RFC del transportista. RFC del transportista que conduce las mercancías a la Aduana/Sección aduanera de despacho. 3. Número Económico. Número económico cuando las mercancías se transporten en remolque, semirremolque o contenedor. En caso contrario se declara nulo. 4. Placas. Número de placas del transporte que conduce las mercancías a la Aduana/Sección aduanera de despacho. Este campo es opcional. 5. Descripción de la mercancía. Se podrá indicar materiales, partes, componentes o material de empaque, utilizados en el proceso de elaboración, transformación o reparación de productos del sector (por ejemplo: indicar sector eléctrico, electrónico, de autopartes, automotriz, etc.). 6. Código de Barras. Se asentará el código de barras impreso por el agente o apoderado aduanal, conforme a lo señalado en el apartado factura de pedimentos consolidados del Apéndice 17 del Anexo 22.
Instrucciones de llenado PIE DE PAGINA Firma Electrónica Avanzada. Firma Electrónica Avanzada del aviso electrónico, correspondiente al Agente o Apoderado Aduanal que promueve el despacho. Se deberá imprimir en cuatro tantos, el correspondiente a la Aduana, agente o apoderado aduanal, transportista e importador.
Operación del Aviso Electrónico
Pedimento Único - Cuando se transfieran las mercancías importadas temporalmente a otras empresas con Programa IMMEX, a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, o a personas que cuenten con la autorización para destinar mercancías a Recinto Fiscalizado Estratégico, de conformidad con el artículo 112, primer párrafo, de la Ley, deberán realizar dicha transferencia a través de pedimento único que ampare las operaciones virtuales que se realicen, conforme a los lineamientos que al efecto emita la AGA, mismos que se darán a conocer en la página electrónicawww.sat.gob.mx, debiendo realizar el pago del DTA que corresponda a cada una de las operaciones aduaneras que se realicen. (RGCE 7.2.1 F V - No es necesario realizar el pedimento de exportación. (Boletin p-043 SAT) - Ésta obligación, no será exigible hasta nuevo aviso. Las empresas que cuenten con la certificación en materia de IVA e IEPS con anterioridad al 20/junio/2016, no se encuentran sujetas a dicha obligación. (Boletín P047 en Circular T-124/16)
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