Reforma Energética Licitaciones Ronda Uno para el Sector de Hidrocarburos



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Reforma Energética Licitaciones Ronda Uno para el Sector de Hidrocarburos Los artículos 27 y 28 Constitucional y 5, 6,7 y 8 transitorios de la Reforma Energética aprobada en diciembre de 2013, establecen que los particulares podrán participar en la extracción y exploración de hidrocarburos bajo el procedimiento que el Estado determine. En este sentido, la Comisión Nacional de Hidrocarburos ( CNH ) emitió el pasado 11 de diciembre de 2014 las bases para la primera licitación de 14 áreas contractuales de la Ronda Uno. La Ronda Uno es el procedimiento a través del cual la CNH ofertará al sector privado 169 áreas para la realización de proyectos de extracción y exploración de hidrocarburos dentro de aguas profundas, aguas someras y para recursos no convencionales (gas shale, conocido también como gas de lutitas), de los cuales, 109 corresponden a proyectos de exploración y 60 a proyectos de extracción. Estas áreas representan una superficie aproximada de 28,500 Km2 de los cuales el 90% corresponde a áreas para exploración y el 10% para extracción, representando un volúmen de 3,782 y 14,606 millones de barriles de petróleo crudo equivalente (MMbpce), respectivamente, y se espera que representen inversiones anuales por aproximadamente $8,525 millones de dólares, entre 2015 y 2018. Así mismo se contempla dentro de esta Ronda Uno los llamados farm-outs, que serán las conversiones que podrá realizar PEMEX de las asignaciones otorgadas a ésta mediante la Ronda Cero, a contratos con el sector privado mediante un proceso de licitación y con previa aprobación de la Secretaría de Energía ( SENER ). A pesar de todo lo anterior y del gran interés internacional por invertir en estas áreas, el mercado internacional actual presenta cierta incertidumbre en cuanto a la posibilidad de inversión en estas áreas contractuales. Esto ya que el precio del barril del petróleo actualmente se encuentra a la baja, fluctuando alrededor de USD $40.00 por barril, sin embargo, según expectativas del propio mercado, se espera que el precio del barril de petróleo se estabilizará a mediados de junio y julio de 2015, lo que provocará un mejor panorama para obtener las áreas contractuales de la Ronda Uno, principalmente las relativas a la explotación de recursos no convencionales. De conformidad con la información proporcionada por la SENER, dentro la Ronda Uno se pretendían licitar casi 90 áreas para exploración y extracciones de shale gas, por lo que el Gobierno Federal, ha decidido retrasar la publicación de convocatorias en estas áreas hasta mediados de 2015, puesto que para su éxito operacional dependen directamente del mercado y precios del petróleo. Las empresas dedicadas a la exploración y extracción de estos hidrocarburos no convencionales, principalmente en los Estados Unidos de América, han estado experimentado recientemente épocas bastante complicadas, ya sea por la disminución de los precios del petróleo, el costo elevado para la exploración y extracción de shale gas y shale oil a través de la técnica conocida como fractura hidráulica (fracking), el agotamiento de los yacimientos más ricos en estos hidrocarburos no convencionales en los Estados Unidos de América, así como por la disminución de la expectativa de vida productiva de los yacimientos de este tipo. T: 5255 5258 1000 www.vonwobeserysierra.com

Ahora bien, una vez mencionado el panorama general y antecedentes anteriores, la CNH con fundamento en las Disposiciones Administrativas en materia de Licitaciones de Contratos para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos, publicadas el 28 de noviembre de 2014, emitió la primera convocatoria de esta Ronda Uno, que contempla la licitación de 14 áreas contractuales en aguas someras, mediante el modelo de contrato de producción compartida tanto de forma individual como para asociaciones. El proceso de licitación, las bases de esta convocatoria y los modelos de contrato contemplan las siguientes características fundamentales: Fechas críticas: El periodo para solicitar acceso al cuarto de datos y realizar el pago de MXN $5 300,000.00 para tener acceso, será del 11 de diciembre de 2014 al 16 de marzo de 2015, pudiendo tener acceso al cuarto de datos desde el 15 de enero hasta el 14 de julio de 2015. Podrán inscribirse todos los interesados hasta antes del 31 de marzo y pagando la cantidad de MXN $280,000.00. Se declarará el ganador de la licitación antes del 17 de julio y se firmará el contrato antes del 21 de agosto de 2015. Formas de participación: La participación en este proceso licitatorio y en la ejecución de los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos podrá realizarse de manera individual, en consorcio o en asociación en participación. La asociación es libre, tanto para Petróleos Mexicanos ( Pemex ) como para otras empresas interesadas, al presentar propuestas en las licitaciones para obtener un contrato. Una vez que el contrato haya sido adjudicado por licitación, el ganador podrá cambiar la estructura de capital o incluso al operador con libertad, cuantas veces sea necesario, siempre que cuenten con la autorización de la CNH. Diseño del contrato: La SENER se encargará de seleccionar las áreas para licitación de contratos con la asistencia técnica de la CNH. Los lineamientos técnicos para establecer las bases de licitación, incluyendo los criterios y el proceso de precalificación, también serán responsabilidad de la SENER. Para lo anterior, deberá obtener opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica ( COFECE ) sobre los criterios de precalificación y el mecanismo de adjudicación, podrá ser cualquiera de los comúnmente utilizados a nivel internacional. La SENER también determinará y diseñará el tipo de contrato que aplicará a cada área contractual, previa opinión de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público ( SHCP ). Así mismo, la SHCP será responsable de determinar los términos económicos-fiscales de los contratos, así como las variables de adjudicación que serán de carácter económico. T: 5255 5258 1000 www.vonwobeserysierra.com

Proceso Licitatorio: La CNH será la encargada de llevar a cabo las licitaciones para adjudicar los contratos previamente diseñados para la exploración y extracción de hidrocarburos, siguiendo los lineamientos técnicos de la SENER y las condiciones económicas fiscales que establezca la SHCP. La CNH suscribirá los contratos con el ganador de la licitación, ya sea Pemex, alguna empresa privada, o Pemex asociado con privados. Operación: La CNH aprobará los planes de exploración y de extracción y es la responsable de autorizar la perforación de pozos. La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente ( ASEA ) será la encargada de supervisar y sancionar a los contratistas en materia de protección de las personas, los bienes y el medio ambiente. En ese sentido, aún se encuentra pendiente la emisión de lineamientos por parte de la ASEA para regular las actividades de los contratistas. Sin embargo, según los transitorios de la Ley de la ASEA, en tanto esta Agencia no entre en funciones y emita los lineamientos correspondientes, se seguirán los que actualmente establece la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales ( SEMARNAT ) en materia de hidrocarburos. Administración de los ingresos petroleros: El Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo ( FMPED ) será el encargado de recibir todos los ingresos, de realizar los pagos según lo establecido en cada contrato y de administrar los recursos que corresponden al Estado. Farms-Outs: Se utilizará el mismo procedimiento de licitación aplicable a exploración y extracción, salvo algunas excepciones. Dicho procedimiento deberá ser aplicado igualmente por la CNH para garantizar las mejores condiciones para el Estado. Sin embargo, Pemex deberá opinar favorablemente sobre los criterios de precalificación diseñados por la SENER y opinar sobre las empresas que sean precalificadas en la licitación e igualmente la CNH será la encargada de declarar al ganador. Una vez llevado a cabo este proceso de mercado, Pemex podrá ajustar la sociedad según su conveniencia, debiendo contar con la autorización de la CNH para lo anterior. T: 5255 5258 1000 www.vonwobeserysierra.com

Bases de la licitación: Capacidades técnicas para poder participar en la licitación: Experiencia acreditable como operador en el periodo 2010-2014, sin perjuicio de que el proyecto haya iniciado antes o terminado dentro de este periodo: Por los menos tres proyectos de exploración y extracción a nivel internacional; o Inversiones de capital en proyectos de exploración y extracción que en conjunto sean de por lo menos mil millones de dólares. Haber sido el operador en por lo menos un proyecto de exploración y extracción costa afuera, o haber participado como socio en por lo menos dos proyectos de exploración y extracción costa afuera, en los últimos cinco años; Contar con personal con al menos 10 años de experiencia gerencial y operacional, en el manejo de proyectos de exploración y extracción costa afuera; y Experiencia en temas de seguridad industrial y protección al ambiente durante los últimos cinco años. Capacidades financieras para poder participar en la licitación: Demostrar un capital contable de por lo menos mil millones de dólares. En caso de formar parte de un consorcio, el operador deberá demostrar por lo menos 600 millones de dólares, y Alternativamente, deberá demostrar que tiene activos totales con un valor de por lo menos 10 mil millones de dólares, y demostrar que tiene una calificación crediticia de grado de inversión de acuerdo a las principales agencias calificadoras. Capacidades adicionales para poder participar en la licitación mediante consorcio: Demostrar un capital contable de por lo menos mil millones de dólares, dicho monto deberá alcanzarse con el capital contable de no más de tres miembros del consorcio; El operador deberá tener por lo menos una tercera parte de la participación económica en el consorcio; y Ningún otro miembro del consorcio podrá tener una participación económica mayor a la del operador. Reglas específicas para la participación de consorcios: Ninguna empresa puede participar en más de un consorcio. Entendiéndose por consorcio, dos o más compañías que participan de manera conjunta en la licitación, sin que para ello se requiera que constituyan una nueva persona jurídica de conformidad con la normatividad aplicable en materia de hidrocarburos; Se establece un criterio de empresa de gran escala (1.6 MMbpced). Estas empresas no podrán asociarse entre ellas para formar consorcios. Esta restricción no aplicará en aguas profundas, aceites extra-pesados y yacimientos de hidrocarburos no convencionales; y Las empresas o consorcios podrán presentar propuestas económicas hasta por cinco áreas contractuales. T: 5255 5258 1000 www.vonwobeserysierra.com

Aspectos Principales del Modelo de Contrato de Producción Compartida Para esta primera etapa de licitaciones, se prevé la utilización del modelo de contrato de producción compartida, mismo que fue publicado el día 11 de diciembre de 2014 en la página oficial de la CNH y que se realizó con base en lo dispuesto en la Ley de Hidrocarburos, la Ley de Órganos Reguladores Coordinados en materia Energética, y en las Disposiciones Administrativas correspondientes, teniendo como principales aspectos los siguientes: Características especiales: Un periodo máximo de 5 años para realizar la exploración y un compromiso mínimo de trabajo dependiendo del área contractual. Prevé la reducción gradual de áreas no desarrolladas a partir del tercer año de exploración y una renta por km2 del área de exploración no desarrollada si se entrega de manera voluntaria. Plan de exploración: El contratista deberá presentar a la CNH el plan de exploración, que deberá contener al menos, el programa mínimo de trabajo durante el periodo inicial de exploración. Plan de desarrollo: En caso de algún descubrimiento comercial el contratista deberá presentar a la CNH el plan de desarrollo que deberá contener al menos, los métodos y procesos adecuados para obtener el máximo factor de recuperación de las reservas, así como el programa de trabajo para el periodo de desarrollo. Plazo: La duración del contrato será de 25 años con la posibilidad de dos prórrogas de cinco años cada una. Rescisión administrativa: Se prevé la rescisión administrativa por parte de la CNH conforme a lo dispuesto en la Ley de Hidrocarburos, entre otras, destacamos las siguientes causales: Transcurran más de 180 días naturales continuos sin que el contratista inicie las actividades previstas en el plan de exploración o en el plan de desarrollo en caso de descubrimiento comercial; El contratista no cumpla con el plan mínimo de trabajo sin causa justificada; y Se presente un accidente grave causado por dolo o culpa del operador o una empresa participante, que ocasione daño a instalaciones, fatalidad y pérdida de producción. Rescisión contractual: Aunado a la recisión administrativa, se prevé la recisión contractual por parte de la CNH por motivos como: El contratista no presente las garantías de cumplimiento de exploración o las garantías corporativas o que no las mantenga en vigor; El contratista oculte información relevante o remita información falsa a las autoridades competentes respecto de la producción o costos; y Cualquiera de las empresas participantes infrinja cualquier disposición contenida en la cláusula de anticorrupción y conflictos de interés. T: 5255 5258 1000 www.vonwobeserysierra.com

Conciliación: En caso de cualquier controversia que se suscite entre las partes, previo al inicio de cualquier procedimiento, las partes trataran de resolverla a través de la conciliación. Tribunales Federales: Toda controversia que resulte entre las partes, que no se resuelva en conciliación y que se relacione con causales de recisión administrativa, deberá resolverse ante los Tribunales Federales de México. Arbitraje: Cualquier controversia distinta a las que se susciten por las causales de recisión administrativa que no hayan podido ser superadas tres meses después de iniciado el procedimiento de conciliación, podrá resolverse mediante arbitraje conforme al Reglamento de Arbitraje de la Comisión de Naciones Unidas sobre el Derecho Mercantil Internacional. Cesión: Cualquier venta, cesión, transferencia o transmisión de los derechos u obligaciones del contrato, deberá contar con autorización de la CNH. En caso de cesión total del interés, la parte adquiriente será solidariamente responsable de las obligaciones del contrato. Responsabilidad solidaria: Todas las empresas que participen en consorcio son solidariamente responsables del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones del contrato. Presupuestos: El contratista deberá presentar para la aprobación de la CNH, un presupuesto de los costos a incurrir con la implementación de cada programa de trabajo. Propiedad y uso de materiales: Durante la vigencia del contrato, el contratista mantendrá la propiedad de todos los materiales generados o adquiridos para ser utilizados en las actividades de exploración y extracción. Al término del contrato la propiedad de dichos materiales pasará de forma automática a la Nación sin costo alguno. Obligaciones adicionales del contratista: Obtener todos los permisos necesarios para realizar las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos; Estar al corriente respecto de sus obligaciones fiscales; y Asegurar que los hidrocarburos descubiertos no se derramen o desperdicien en cualquier forma y evitar daños a los estratos de hidrocarburos y a los que contengan agua. Contraprestaciones: A partir de que el contratista inicie la producción y entregue los hidrocarburos, el FMPED realizara los pagos mensuales de contraprestaciones tanto para el Estado como para el contratista. Al estado le corresponderá la cuota contractual para la fase exploratoria, las regalías y el porcentaje de utilidad operativa de acuerdo con cada contrato. Las del contratista serán la recuperación de los costos y el porcentaje de remanente de la utilidad operativa de acuerdo con los criterios de cada contrato. T: 5255 5258 1000 www.vonwobeserysierra.com

Garantías: El contratista deberá presentar en debido tiempo y forma de acuerdo con el contrato una garantía de cumplimiento de exploración y una garantía corporativa para garantizar el debido y pleno cumplimiento de las obligaciones del contratista. Contenido Nacional: Durante el periodo de exploración el contratista deberá cumplir con el 13 % de contenido nacional mínimo en los conceptos señalados por la metodología de la Secretaria de Economía ( SE ) que hayan sido adquiridos o contratados para las actividades petroleras. En el periodo de desarrollo deberá cumplir con el 25 % mínimo en los conceptos señalados por la metodología de la SE. Seguros: El contratista deberá obtener y mantener en vigor las pólizas de seguro que las mejores prácticas de la industria requieran para la realización de actividades de exploración y extracción. Indemnización: El contratista deberá indemnizar y mantener libre de responsabilidad a la CNH por cualquiera acción, reclamo juicio, demanda o procedimiento que se relacione con cualquiera de los supuestos establecidos en el contrato, entre otros: El incumplimiento de sus obligaciones conforme al contrato, salvo aquellas donde exista una pena convencional, en donde se limitara a la pena convencional; Cualquier daño o lesión a cualquier persona o a la propiedad de dichas personas que surja como consecuencia de la realización de actividades petroleras; y Cualquier incumplimiento a la normatividad aplicable. En conclusión, podemos decir que esta primera fase de licitaciones referida como la Ronda Uno, cuenta con la mayoría de los elementos jurídicos necesarios para poder llevar a cabo la adjudicación de los contratos correspondientes de forma satisfactoria. No obstante, aún están pendientes de emisión algunos lineamientos administrativos específicos, como por ejemplo en materia de seguridad industrial, protección al ambiente, así como en materia impositiva, entre otros, con el objeto de dar plena certidumbre a las empresas que pretendan participar en estos procedimientos licitatorios en el país. Para obtener información adicional, contactar a: Edmond Grieger, Socio: + 52 55 5258 1048, egrieger@vwys.com.mx Marco Tulio Venegas, Socio: + 52 55 5258 1034, mtvenegas@vwys.com.mx Atentamente, Von Wobeser & Sierra, S.C. México D.F. a 26 de enero de 2015. T: 5255 5258 1000 www.vonwobeserysierra.com