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El municipio cuenta con el personal necesario para la operación del fondo. El municipio no promovió en forma adecuada la participación social.

El periodo de ejecución de las obras es razonable, 42 días en promedio.

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Criterios de Selección

RECURSOS EJERCIDOS POR PROGRAMA CON PRIORIDAD NACIONAL (Miles de pesos) Recursos ejercidos al 31 de diciembre 4, , ,144.

Transcripción:

Municipio de Tecate, Baja California (EFSL del Estado) Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 12-D-02003-02-0958 GF-165 Alcance EGRESOS Miles de Pesos Universo Seleccionado 6,462.3 Muestra Auditada 5,605.4 Representatividad de la 86.7% Muestra La revisión comprendió la verificación de los recursos del FISM aportados por la Federación durante el año 2012 al municipio de Tecate, Baja California, por 6,462.3 miles de pesos. La muestra fue de 5,605.4 miles de pesos, que representa el 86.7% de los recursos transferidos. Resultados Control interno 1. Los resultados de la evaluación del control interno del municipio de Tecate, Baja California, arrojaron fortalezas y debilidades en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes: Fortalezas: Los servidores públicos cuentan con un Código de Ética. El Reglamento de la Administración Pública Municipal contiene las responsabilidades y atribuciones que competen al personal. El Consejo de Desarrollo Social Municipal aprueba las obras a realizar. El Cabildo aprueba el programa de inversión del fondo. Mediante el Departamento de Obra Comunitaria se efectúan las convocatorias, propuestas y adjudicación de las obras del fondo. Debilidades: No se evalúa la estructura organizacional para determinar si ejerce o no las atribuciones conferidas en estatutos o leyes municipales. El municipio no se asegura que los servidores públicos actúan, en el desarrollo de su trabajo, con integridad, honestidad y una correcta actitud de servicio. El municipio no supervisa el cumplimiento de los manuales de organización y procedimientos del fondo. 1

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2012 No se mostró evidencia de los medios que utiliza para informar al personal municipal sobre sus obligaciones y responsabilidades. Se carece de los mecanismos para distribuir las cargas de responsabilidad y requerimientos de personal. El municipio carece de controles suficientes para una debida supervisión de las obras. No existen acciones de mejora permanente para fortalecer los controles internos utilizados en la administración de los recursos del fondo. No se dispone de mecanismos de control que aseguren que los recursos del fondo no se transfieran a otras cuentas de fondos o programas. No existen medidas de monitoreo para evitar la recurrencia de hallazgos detectados. El municipio no tiene controles para garantizar que se concilia la información generada en obra comunitaria con el área financiera. No se han implementado medidas de control para verificar la correcta aplicación de la normativa en los procesos de adjudicación y contratación de obra pública. No dispone de los registros actualizados sobre los déficits de servicios básicos en las localidades y colonias que lo integran. No tiene con un sistema para el registro de las operaciones, de conformidad con las etapas del presupuesto. El municipio no ha establecido los mecanismos y controles necesarios para armonizar sus registros contables y presupuestarios. El municipio carece de supervisión de las cifras reportadas en la Cuenta Pública e informes trimestrales. En razón de lo expuesto, el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Baja California considera que el control interno para la gestión del fondo en el municipio de Tecate, Baja California es regular, ya que aun cuando existen estrategias y mecanismos de control adecuados sobre el comportamiento de algunas actividades, éstos no son suficientes para garantizar el cumplimiento de su objetivo, la observancia de la normativa y la transparencia en la operación del fondo. 12-C-02000-02-0958-01-001 Recomendación Transferencia de recursos 2. El Gobierno del Estado de Baja California publicó la distribución y calendarización de las ministraciones del fondo por 6,462.3 miles de pesos para el municipio; asimismo, la entrega de los recursos se efectuó de manera ágil y directa, sin limitaciones ni restricciones. Los recursos y sus accesorios no se gravaron, afectaron en garantía o destinaron a mecanismos de fuente de pago. 2

Registro e información contable y presupuestaria 3. La cuenta bancaria empleada para el manejo de los recursos del fondo y sus rendimientos financieros es específica y exclusiva, pero no es de tipo productiva. 12-C-02000-02-0958-01-002 Recomendación 4. De la cuenta bancaria exclusiva del fondo, se efectuaron traspasos a otras cuentas por 5,452.4 miles de pesos, habiéndose rembolsado 1,075.3 miles de pesos y 1,040.0 miles de pesos, al 31 de diciembre de 2012 y a la fecha de la auditoría, respectivamente, generando la diferencia no reintegrada, intereses por 128.9 miles de pesos. 12-C-02000-02-0958-01-003 Recomendación 5. El municipio expidió cheques por 100.0 miles de pesos para el pago de las obras contratadas, en lugar de realizar transferencias electrónicas. 12-C-02000-02-0958-01-004 Recomendación 6. El municipio no dispone de cuentas contables programáticas para el control del fondo. 12-C-02000-02-0958-01-005 Recomendación 7. Las erogaciones realizadas se encuentran soportadas en los documentos comprobatorios y justificativos originales, los cuales presentan la leyenda de Operado FISM. Revisión de la implantación de normas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) 8. El municipio no proporcionó evidencia de haber implantado las 32 normas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). 12-C-02000-02-0958-01-006 Recomendación Destino de los recursos 9. A la fecha de la auditoría, el municipio de Tecate, Baja California ejerció 3,125.2 miles de pesos, el 48.4% del total de recursos asignados al fondo en 2012, los cuales se aplicaron en 16 obras y acciones, como se muestra a continuación: 3

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2012 RECURSOS EJERCIDOS POR RUBRO PROGRAMÁTICO (Miles de pesos) Rubros Inversión ejercida al 31 de diciembre % de los recursos ejercidos al 31 de diciembre Inversión ejercida a la fecha de auditoría Núm. de obras o acciones Urbanización municipal 1,380.1 66.2 2,277.8 10 Electrificación rural y de colonias pobres 294.7 14.1 298.8 1 Infraestructura básica educativa 187.3 9.0 187.3 1 Caminos rurales 111.0 5.3 249.2 3 Gastos Indirectos 82.2 4.0 82.2 0 Otros: Módulo sanitario 29.9 1.4 29.9 1 Total 2,085.2 100.0 3,125.2 16 FUENTE: Registros contables, estados de cuenta bancarios y expedientes del gasto. 10. El municipio de Tecate, Baja California reflejó un subejercicio al 31 de diciembre de 2012, por 4,377.1 miles de pesos, el 67.7% de lo asignado al fondo. Gobierno del Estado de Baja California el pliego de observaciones para su solventación en los términos de la ley. 12-C-02000-02-0958-01-007 Recomendación 11. El municipio destinó recursos del fondo en rubros no contemplados en la normativa aplicable por 29.9 miles de pesos, para el pago de la construcción de un módulo sanitario, no habiéndose beneficiado directamente a la población con características de rezago social y pobreza extrema. 12-C-02000-02-0958-01-008 Recomendación Transparencia del ejercicio, destino y resultados del fondo 12. El municipio no envió la ficha técnica de indicadores del primer trimestre a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en el cuarto trimestre no se concilió el avance físico de las obras realizadas, contra el avance programático; el Formato Único presentó una diferencia de 4,349.0 miles de pesos en relación a los reportes generados en el sistema financiero. 12-C-02000-02-0958-01-009 Recomendación 13. El municipio no publicó en el órgano oficial de difusión los informes trimestrales enviados a la SHCP, ni se pusieron a disposición del público en general, a través de la página electrónica de Internet u otros medios locales de difusión. 4

12-C-02000-02-0958-01-010 Recomendación 14. El municipio no informó a sus habitantes al término del ejercicio 2012, los resultados alcanzados ni el costo de las acciones realizadas, su ubicación, meta y beneficiarios. 12-C-02000-02-0958-01-011 Recomendación Participación social 15. El Consejo de Desarrollo Social Municipal constituyó en cada obra un comité, con la finalidad de evaluar el destino, aplicación, vigilancia, ejecución, control, seguimiento y evaluación de las obras. Obra y acciones sociales: Obra pública 16. La obra pública realizada mediante adjudicación directa o invitación simplificada excedió el límite presupuestal del 35.0%. Asimismo, se omitió la aplicación del criterio de imparcialidad en el proceso de invitación simplificada en el contrato núm. CDS-12-002; además, el contrato de obra núm. CDS-12-008 carece de los cuadros comparativos de propuestas para dictaminar y dar el fallo correspondiente, y el presupuesto presentado por el contratista difiere en el importe del monto contratado que se presenta en el proceso de adjudicación. 12-C-02000-02-0958-01-012 Recomendación 17. Los seis expedientes técnicos revisados no integran los análisis de precios unitarios ni el comprobante de pago de estimaciones; además, en tres de ellos no existe la totalidad de las estimaciones y cuadro comparativo de las propuestas; en cinco, no se proporcionaron los avisos de terminación de obra y el proyecto ejecutivo de obra; en cuatro, no se incluyeron los programas de ejecución, las bases de licitación, el acta de modalidad, la memoria fotográfica y el acta entrega-recepción a la comunidad; en dos, no se encontró la convocatoria para la formación del comité, el acta de junta de aclaraciones y apertura de propuestas; en uno, no se anexaron el presupuesto base, los estudios y el dictamen de impacto ambiental, y en tres, no se localizaron las fianzas de vicios ocultos. 12-C-02000-02-0958-01-013 Recomendación 18. En los contratos de obra núms. CDS-12-004 y CDS-12-024 no se amortizaron anticipos por 128.1 miles de pesos. 5

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2012 12-C-02000-02-0958-01-014 Recomendación 19. El municipio no proporcionó los generadores de obra de los contratos de obra núms. CDS-12-002, CDS-12-004 y CDS-12-010. 12-C-02000-02-0958-01-015 Recomendación 20. La fianza de cumplimiento del contrato de obra núm. CDS-12-002 fue presentada de manera extemporánea y en los contratos núms. CDS-12-005 y CDS-12-008, las fianzas de vicios ocultos. 12-C-02000-02-0958-01-016 Recomendación 21. En cuatro contratos de obra no se aplicaron las penas convencionales por 429.3 miles de pesos por el incumplimiento de los plazos de ejecución. 12-C-02000-02-0958-01-017 Recomendación 22. El municipio no elaboró las actas de entrega-recepción de los contratos de obra núms. CDS-12-002, CDS-12-004, CDS-12-005, CDS-12-008 y CDS-12-024, por lo que se desconoce si la recepción de las obras se realizó dentro de los plazos establecidos. 12-C-02000-02-0958-01-018 Recomendación 23. No se elaboraron las bitácoras de obra para los contratos núms. CDS-12-002, CDS-12-004, CDS-12-005, CDS-12-008, CDS-12-010 y CDS-12-024, y en tres de ellos no se proporcionaron los reportes de control de calidad por la compactación de terracerías, colocación y resistencia del concreto. 12-C-02000-02-0958-01-019 Recomendación 24. En los contratos de obra núms. CDS-12-002, CDS-12-004, CDS-12-005, CDS-12-008 y CDS-12-024 se pagaron trabajos no ejecutados por 627.5 miles de pesos. 12-C-02000-02-0958-01-020 Recomendación 25. El municipio no ejecutó obras por Administración Directa. 6

Obra y acciones sociales: Adquisiciones, arrendamientos y servicios 26. El municipio no realizó adquisiciones de bienes. Gastos indirectos 27. Los recursos del fondo aplicados a gastos indirectos por 82.2 miles de pesos no sobrepasaron el 3.0% de los recursos asignados y se aplicaron en honorarios asimilables. Desarrollo institucional 28. El municipio no ejerció recursos para el programa de desarrollo institucional. Cumplimiento de objetivos y metas 29. El municipio no realizó las evaluaciones establecidas por instancias técnicas de evaluación federal y local con base a indicadores y su respectiva publicación en las páginas de internet. Además no se proporcionó evidencia de los acuerdos celebrados entre la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) y la entidad federativa y a través de ésta con el municipio, sobre las medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos. 12-C-02000-02-0958-01-021 Recomendación 30. Del análisis de los indicadores para la evaluación del cumplimiento de metas y objetivos, se obtuvieron los siguientes resultados: El municipio no cumplió con los objetivos y las metas del FISM, de acuerdo con lo siguiente: El municipio ejerció 2,085.2 miles de pesos, al 31 de diciembre de 2012, y 3,125.2 miles de pesos, al cierre de la auditoría, que representan el 32.3% y 48.4% de los recursos asignados al fondo, respectivamente. El municipio ejerció 29.9 miles de pesos en rubros no contemplados en la normativa aplicable, ni tampoco beneficiaron a población en pobreza extrema, lo cual representa el 1.0% de los recursos ejercidos al 31 de marzo de 2013. A la fecha de la revisión de las obras de la muestra de auditoría, sólo el 33.3% se encuentran terminadas y operan adecuadamente. El 83.3% de las seis obras revisadas no cuentan con el acta de entrega-recepción. El 20.0 % de las obras revisadas no dispone del estudio de impacto ambiental. Del balance de los elementos anteriores se concluye que el municipio no cumplió con los objetivos y metas del fondo. Con el fin de apoyar la evaluación de los resultados del fondo, se consideró un conjunto de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente: 7

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2012 INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL FISM MUNICIPIO DE TECATE, BAJA CALIFORNIA Cuenta Pública 2012 Indicador Valor I EFICACIA EN EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN Y SUS METAS. I.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre (% ejercido del monto asignado). 32.3 I.2. Nivel de gasto a la fecha de la auditoría (% ejercido del monto asignado). 48.4 I.3. Situación operativa de las obras terminadas de la muestra de auditoría: a) Total 100.0 b) Operan adecuadamente (%) 33.3 c) Operan con insuficiencias (%) 0.0 d) No operan (%)(en proceso) 66.7 II. IMPACTO Y CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS II.1. Recursos ejercidos en obras y acciones que no beneficiaron directamente a población en rezago social y pobreza extrema (% respecto del monto total ejercido del FISM). 1.0 II.2. Recursos ejercidos en rubros no autorizados por la Ley de Coordinación Fiscal (% respecto del monto total ejercido del FISM). 1.0 II.3. Satisfacción de los beneficiarios de las obras visitadas (% de las obras en las que los beneficiarios están satisfechos con las mismas, respecto del total de obras visitadas). 33.3 II.4. Proporción de la inversión del FISM respecto de la inversión total en obra pública y acciones sociales del 22.7 municipio (%) II.5. Porcentaje del FISM ejercido en infraestructura básica ejecutada en localidades con grado de rezago social Alto y Muy Alto respecto del total ejercido (%) 0.0 II.6. Porcentaje del FISM destinado en obras de infraestructura básica (%) 14.1 III. TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS III.1 Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP. Bajo Índice de cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del FISM. (Formato Único; Nivel Fondo e Indicadores de Desempeño). [Bueno= Igual a 100.0%; Regular menor a 100.0% y mayor a 80.0%; y Bajo= Menor a 80.0%]. III.2 Congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo No (Formato Único). La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP coincide con los registros contables del municipio?, Sí o No. III.3 Calidad de la información remitida a la SHCP. Incompleto La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP se realizó de forma pormenorizada (obra por obra, acción por acción)?, Sí, No o Incompleto. III.4 Difusión de la información remitida a la SHCP. El municipio difundió en su página de internet, en el órgano local oficial de difusión y, en otros medios locales de difusión, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único; Nivel Fondo e Indicadores de Desempeño), Sí, No o Parcialmente. No III.5 Se hizo del conocimiento de los habitantes del municipio, al inicio del ejercicio el monto de los recursos recibidos, obras y acciones a realizar, ubicación, beneficiarios y costo?, Sí o No. Sí III.6 Se hizo del conocimiento de los habitantes del municipio, al término del ejercicio los resultados alcanzados?, Sí o No. No IV. PARTICIPACIÓN SOCIAL IV.1 Porcentaje de obras y acciones de la muestra de auditoría que disponen con solicitud de la comunidad 100.0 (%). IV.2 Porcentaje de la inversión de las obras y acciones del fondo propuestas por el COPLADEMUN o similar 100.0 (%). V. EVALUACIÓN DEL FONDO V.1. El municipio realizó la evaluación sobre el FISM prevista por la Ley?, Sí o No. No VI. FINANZAS MUNICIPALES VI.1 Importancia del fondo, respecto de los recursos propios [impuestos+derechos+productos+aprovechamientos] (%). 2.1 VI.2 Proporción de la inversión del fondo en obra pública, respecto de la inversión total del municipio en obra pública (%). 20.7 FUENTE: Expedientes de obras y acciones del FISM, resultados de la auditoría e información proporcionada por el municipio. 8

12-C-02000-02-0958-01-022 Recomendación Con la revisión practicada, el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Baja California determinó 22 resultado(s) con observación; al respecto, esa entidad fiscalizadora, en el ámbito de sus atribuciones, realizará el seguimiento de lo observado para atender las recomendaciones que en ese sentido emitió la Auditoría Superior de la Federación, cuyas claves se enlistan a continuación: 12-C-02000-02-0958-01-001 12-C-02000-02-0958-01-002 12-C-02000-02-0958-01-003 12-C-02000-02-0958-01-004 12-C-02000-02-0958-01-005 12-C-02000-02-0958-01-006 12-C-02000-02-0958-01-007 12-C-02000-02-0958-01-008 12-C-02000-02-0958-01-009 12-C-02000-02-0958-01-010 12-C-02000-02-0958-01-011 12-C-02000-02-0958-01-012 12-C-02000-02-0958-01-013 12-C-02000-02-0958-01-014 12-C-02000-02-0958-01-015 12-C-02000-02-0958-01-016 12-C-02000-02-0958-01-017 12-C-02000-02-0958-01-018 12-C-02000-02-0958-01-019 12-C-02000-02-0958-01-020 12-C-02000-02-0958-01-021 12-C-02000-02-0958-01-022 Recuperaciones Probables Se determinaron recuperaciones probables por 4,680.8 miles de pesos. 9

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2012 Consecuencias Sociales El municipio no ejerció, al 31 de diciembre de 2012, 4,377.1 miles de pesos, que representan el 67.7% de los recursos asignados al fondo, en detrimento de la población en condiciones de rezago social y pobreza extrema. Resumen de Observaciones y Acciones Se determinó(aron) 22 observación(es) la(s) cual(es) generó(aron): 22 Recomendación(es). Dictamen: abstención El Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Baja California se abstiene de emitir una opinión, toda vez que las cifras no son definitivas y la entidad fiscalizada aún está dentro de los plazos que la legislación local otorga para remitir la solventación de las observaciones al Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Baja California para su análisis y emisión de la opinión correspondiente. Apéndices Áreas Revisadas La Tesorería Municipal, la Secretaría de Desarrollo Social, Económico y Turismo, y la Oficialía Mayor, del municipio de Tecate, Baja California. Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan: 1. Presupuesto de Egresos de la Federación: Artículos 9, fracción IV, párrafos primero y último, fracción V, párrafos primero y último; 10, fracciones II y III, párrafo segundo, incisos a, b y d. 2. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículos 85, fracción II, párrafos segundo y último; 107, fracción I. 3. Ley General de Contabilidad Gubernamental: Artículo 7, párrafo segundo. 4. Ley de Coordinación Fiscal: Artículos 25; 33, párrafo primero, incisos a y b, párrafo segundo; 48 y 49. 5. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Artículo 48 de la Ley de Planeación para el Estado de Baja California. Artículo 7, fracción VIII, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California. Artículos 4, 6, 35, fracción II; 42, 43, 44, 45, 48, 56, 59 y 84, de la Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Estado de Baja California. Artículos 19; 43, fracción III, inciso g; 44, fracción IV, párrafo último; 45, 48, párrafo segundo; 61, párrafo primero; 64, párrafo segundo; 65, 69, párrafos primero y segundo; 70, párrafo primero, y 80, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California. Artículos 33, Apartado B, fracciones I, II y III; 36; 49, fracciones I y II; 69, párrafo segundo, y 70, del Reglamento de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California. Artículos 42 y 55, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios 10

para el Estado de Baja California. Sección III, punto 3.1.7 de las Reglas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas para las Dependencias y Organismos de la Administración Pública Estatal. Numeral sexto de los Lineamientos Generales de Operación para la Entrega de los Recursos del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios. Numeral vigésimo tercero de los Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos a las entidades federativas. Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes: Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 29, fracción X; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Comentarios de la Entidad Fiscalizada Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Entidad de Fiscalización Superior de la Legislatura Local, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado. El Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Baja California no dispone aún de los comentarios de la entidad fiscalizada, toda vez que las cifras no son definitivas y la entidad fiscalizada aún está dentro de los plazos que la legislación local otorga para remitir la solventación de las observaciones a este órgano de fiscalización, para su análisis. 11