1.- CARACTERISTICAS TECNICAS DE LA PRESTACION DEL SERVICIO... 2 1.1 METODOLOGIA... 3 2.- ORGANIZACIÓN DE LA PRESTACION... 3 2.1- MEDIOS TÉCNICOS Y HUMANOS... 6 2.2 HORARIO... 7 2.3 EVALUACIÓN Y MEMORIAS... 8 3.- CUMPLIMIENTO DE CLÁUSULAS SOCIALES POR PARTE DE LAS EMPRESAS LICITADORAS.... 8 4.- CONDICIONES DE LA EJECUCION... 9 5.- REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATANTE... 10 ANEXO I -PERSONAL A SUBROGAR POR EMPRESA ADJUDICATARIA... 11 TEL: 91-659-76-00 1/11
1.- CARACTERISTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Objetivo General Facilitar la integración plena y real de la población inmigrante en la sociedad de acogida de la ciudad de Alcobendas y la promoción de la convivencia intercultural para fortalecer la cohesión social desde un plano de igualdad de oportunidades. Objetivos específicos 1. Favorecer la comunicación y el acceso a instituciones y servicios públicos como requisito esencial para una mejor integración, contrarrestando las barreras lingüísticas que impidan o dificulten su normal ejercicio. 2. Promover y potenciar el pleno ejercicio de derechos básicos y el conocimiento de procedimientos y normativa legal de extranjería que faciliten su inclusión e integración en la sociedad en condiciones de igualdad. 3. Promover la integración y la participación de la población inmigrante generando espacios comunes de interacción y convivencia que contribuyan al conocimiento de las diferentes culturas presentes en el municipio. 4. Prevenir la aparición de conflictos que tengan su origen en la diferencia cultural permitiendo el acercamiento y la negociación entre las partes y el entendimiento mutuo. 5. Promover condiciones favorables para la convivencia intercultural mediante acciones de información, formación y sensibilización con la población inmigrante y de acogida que favorezcan la consolidación de las relaciones entre las asociaciones vecinales, otros sectores de la ciudad y los colectivos de inmigrantes. 6. Apoyar y complementar otros ámbitos de intervención municipal con población inmigrante. 7. Impulsar iniciativas que favorezcan la cohesión social, promuevan la participación social y comunitaria, la creación de redes de ayuda mutua, así como la interacción y la convivencia desde una perspectiva basada en la diversidad y la interculturalidad. 8. Identificar nuevas necesidades que vayan surgiendo en materia de convivencia intercultural, generando propuestas consensuadas de intervención entre el equipo de intervención directa y los profesionales del área de integración dependiente de la Concejalía de Familia y Protección Social. TEL: 91-659-76-00 2/11
1.1 METODOLOGIA El programa pretende la integración real de las personas emigradas, y en especial, de las mujeres inmigrantes del municipio de Alcobendas, por lo que las actuaciones a desarrollar requieren de un enfoque tanto individual, como grupal y comunitario, donde los/as participantes en el programa adquieran un papel protagonista. Intervención Individual: Mediante una atención individual de casos favoreciendo el desarrollo individual y la autonomía personal, en respuesta a las demandas de los/as usuarios/as, derivando a los servicios y recursos específicos adecuados y realizando el acompañamiento o intervención de mediación necesaria para posibilitar la autonomía de las persona. Intervención grupal: Mediante el desarrollo de espacios de encuentro y participación entre la población inmigrante y receptora, favoreciendo la interacción y la convivencia social a través de su integración y participación activa en grupos y en la oferta de alternativas de actividades y talleres. Intervención comunitaria: Fomentando la participación de la población en la comunidad con el fin de evitar situaciones de marginación o exclusión social y mejorar las relaciones de convivencia atendiendo a los principios de interculturalidad e igualdad de oportunidades. 2.- ORGANIZACIÓN DE LA PRESTACION La empresa adjudicataria deberá desarrollar el Programa en las condiciones técnicas y económicas aprobadas, teniendo en cuenta los contenidos recogidos en este pliego y atendiendo a las indicaciones de los/as técnicos/as de la Concejalía de Familia y Protección social. Aportará los recursos personales, técnicos y de infraestructura necesarios para la prestación de los siguientes servicios: SERVICIO DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIO-INTERCULTURAL: Esta acción socioeducativa, y en marco de la relación intercultural, se realizará en los siguientes términos: Informar, orientar y derivar a las personas inmigradas sobre el acceso a recursos y la configuración de los sistemas públicos, facilitando los medios TEL: 91-659-76-00 3/11
para la adquisición de la plena autonomía y el desenvolvimiento de personas con falta de recursos socioeconómicos y/o habilidades. SERVICIO DE ASESORAMIENTO EN MATERIA DE EXTRANJERÍA: Dirigido fundamentalmente a prestar información y orientación jurídica sobre temas de extranjería a la población inmigrante residente en el municipio, para facilitar el cumplimiento de la normativa legal en materia de extranjería en España, y lograr una mejor integración en condiciones de igualdad y plena participación social y pública en la sociedad. Asesoramiento individual previa petición de cita. Se podrá complementar con sesiones grupales monográficas de formación para población inmigrante o asociaciones de inmigrantes y/o entidades. Asesoramiento a otros servicios municipales sobre extranjería con sesiones específicas dirigidas a técnicos sobre legislación en temas de extranjería SERVICIO DE TRAMITACIÓN DE INFORMES DE INTEGRACIÓN SOCIAL: Gestionar la tramitación de los correspondientes informes de adecuación de vivienda y arraigo social, para procedimientos de reagrupación familiar y de permiso de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo, respectivamente, conforme a las directrices establecidas por la Comunidad de Madrid en la referida materia SERVICIO DE TRADUCCIÓN-INTERPRETACIÓN LINGÜÍSTICA: Interpretar y facilitar la comunicación a través de entrevistas y traducción de documentos (traducciones no oficiales). Elaborar y mantener por parte del Equipo de Mediadores de este Programa una bolsa de ciudadanos y ciudadanas interpretes colaboradores/as, representativos de las distintas lenguas, culturas e identidades no representadas y atendidas desde el Equipo de Mediadores/as. TEL: 91-659-76-00 4/11
PROYECTOS E INICIATIVAS COMUNITARIAS: La entidad adjudicataria deberá desarrollar un completo programa anual de actividades lúdicas-culturales, deportivas, de salud y prevención en violencia de género, así como talleres y actividades que fomenten la integración y la igualdad de oportunidades entre toda la población de la sociedad, inmigrantes y autóctonos, hombres y mujeres. Estas actividades se realizarán con el objetivo de la sensibilización y participación de la población. Todas y cada una de ellas estarán temporalizadas y encaminadas a apoyar la convivencia intercultural y fomentar la participación, la integración y la normalización en los ámbitos socio relacional. Las actividades tendrán en cuenta las necesidades grupales e individuales de la población participante así como las características específicas de cada uno de los colectivos de atención, realizando una captación de nuevos usuarios, para poder llegar al máximo de colectivos sociales. Para ello, se deberá partir de un análisis de necesidades del contexto social en el que se producirá la intervención, y que dará lugar a la elaboración de un Calendario de actividades de carácter anual consensuado entre el servicio de Promoción de la Igualdad y el equipo técnico adjudicatario. Así mismo, la empresa adjudicataria deberá: Participar y colaborar con programas y proyectos desarrollados por el Área de Familia y Protección Social y el Equipo de Mediadores/as contribuirá a la recogida de información de campo, para enriquecer los datos que disponga el Observatorio Permanente de Inmigración. Mantener una coordinación permanente con los/as profesionales del Servicio de Promoción de la Igualdad. Asistir a las reuniones de coordinación que el Ayuntamiento proponga, aportando cuanta información sea requerida. Elaborar informes, estadísticas y/o memorias que sean requeridos desde el Servicio de Promoción de la Igualdad. La entidad adjudicataria realizará y entregará por escrito una evaluación trimestral y una memoria anual, así como una memoria final, al término del plazo de ejecución del programa, en la que se incluirán los datos cuantitativos y cualitativos de las actividades y acciones programadas, y en todo caso, la valoración de la implementación de los procesos así como propuestas de mejora, debiendo contemplar la metodología aplicada, estrategias de intervención, prestaciones y actividades, sistemas de participación y recogida de datos entre otros. TEL: 91-659-76-00 5/11
2.1- MEDIOS TÉCNICOS Y HUMANOS Durante la realización de este Programa, y mientras tenga vigencia el contrato, la entidad adjudicataria tendrá el compromiso de mantener un equipo multidisciplinar formado por: 1 Abogado/a especializado/a en normativa y procedimientos de extranjería, contratado por 8 horas a la semana, durante los periodos comprendidos entre Enero-Junio y Octubre-Diciembre. 1 Monitora/coordinadora con formación y experiencia en animación sociocultural y mediación intercultural, que ejercerá funciones de coordinación y será contratada por 40 horas /semanales 1 Monitora con formación y experiencia en animación sociocultural y mediación intercultural, contratada por 20 horas semanales 1 Instructora/experta con formación en animación sociocultural y mediación intercultural, contratada por 20 horas semanales El perfil profesional del equipo corresponderá a: 1. Formación académica media o superior en trabajo o educación social, animación sociocultural, derecho, sociología, pedagogía, u otras especialidades. 2. Conocimiento, por parte de todo el equipo, de al menos dos lenguas entre el árabe, francés, castellano e inglés. A estos efectos, además de mediante la aportación de una acreditación oficial, se considerará acreditado el conocimiento de un idioma en los casos en que los trabajadores propuestos por la empresa licitadora sean naturales de países en los que alguno de estos idiomas es lengua oficial. 3. Formación postgrado en mediación intercultural y/o mediación comunitaria. 4. Experiencia en mediación, desarrollo personal, relaciones interpersonales y grupos sociales, de al menos dos años. El personal estará sujeto a la dirección y organización del contratista adjudicatario (retribuciones, horarios, instrucciones, etc ) y a todo el ámbito y orden legalmente establecido, siendo por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral ni de ningún tipo con el Ayuntamiento de Alcobendas, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente corresponden al mismo. TEL: 91-659-76-00 6/11
La entidad adjudicataria velará por el mantenimiento del personal durante la vigencia del contrato, comunicando a la Dirección del Patronato de Bienestar del Ayuntamiento de Alcobendas, cualquier variación del mismo. En caso de enfermedad, baja o ausencia de algún miembro del equipo, la empresa contratista reemplazará a la persona afectada por otro profesional de similar categoría y experiencia, comunicándolo previamente a los responsables municipales. Los profesionales anteriormente indicados deberán clasificarse en el grupo profesional correspondiente de los previstos en el VII Convenio Colectivo estatal de Enseñanza y Formación no reglada 2015-2017, publicado en el B.O.E. nº 102 de 29 de abril de 2011. La empresa adjudicataria presentará Certificado Negativo de Delitos de Naturaleza Sexual, de todos los profesionales, según lo establecido en la Ley Orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y con el RD 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales acreditara mediante Certificados Negativos de Delitos de Naturaleza Sexual, expedidos por el Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales que trabajan en contacto habitual con menores. El Patronato de Bienestar social pondrá a disposición despachos, sala de espera, material fungible y mobiliario, necesarios para la prestación de los servicios contratados en el presente pliego. La empresa adjudicataria aportará ordenador y móvil. El servicio se prestará en el Centro Cívico de Barrio Centro del Ayuntamiento de Alcobendas, Pza del Pueblo 1, Alcobendas, por ser este barrio el de mayor concentración de población inmigrante en el municipio y por tanto tratarse del lugar más idóneo para la prestación del servicio. 2.2 HORARIO El horario de prestación del servicio será de lunes a jueves de 9.00h a 14.30 y de 15.30 a 19.30h y viernes de 9.00h a 14.00h. El servicio de atención jurídica especializada en extranjería será de 8 horas semanales que se distribuirán en una jornada de mañana de 10.00 a 14.30h y otra de tarde de 16.00h a 19.30h. El horario de prestación del servicio de estos profesionales podrá ser alterado, de conformidad con el servicio de Promoción de la Igualdad del Ayuntamiento de Alcobendas, con la finalidad de mejorar el desarrollo del programa y de respuesta a la demanda de los usuarios/as, sin que ello suponga modificación contractual, siempre y TEL: 91-659-76-00 7/11
cuando el número de horas a trabajar establecidas en el presente pliego se mantenga inalterado. Se trabajará también un fin de semana cada dos meses, para dar respuesta a la participación en campañas y actividades del servicio de Integración e Igualdad de Oportunidades. La entidad adjudicataria deberá disponer de todo el material fungible necesario para el normal funcionamiento del servicio prestado. 2.3 EVALUACIÓN Y MEMORIAS La entidad adjudicataria realizará y entregará por escrito una evaluación trimestral y una memoria anual, así como una memoria final al término del plazo de ejecución del programa, en la que se incluirán datos cualitativos y cuantitativos de actividades y acciones realizadas, y en todo caso, la valoración de la implementación de los procesos así como propuestas de mejora, debiendo contemplar: metodología aplicada, estrategias de intervención, prestaciones y actividades, sistemas de participación y recogida de datos, entre otros. 3.- CUMPLIMIENTO DE CLÁUSULAS SOCIALES POR PARTE DE LAS EMPRESAS LICITADORAS. Las empresas licitadoras deberán de cumplir con los siguientes requisitos que se demostraran de la forma indicada a continuación: 1.- Certificación relativa al cumplimiento de la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, a trabajadores minusválidos en un 2%, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y por tanto el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos. Certificación de cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el Real Decreto Legislativo 1/2003 de derechos de las personas con diversidad funcional y de su inclusión social. Esta certificación podrá sustituirse por una declaración de excepcionalidad y adopción de medidas alternativas, según lo dispuesto en el R.D. 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. En el caso, de que la Sociedad licitadora no esté obligada al cumplimiento de tener en plantilla el 2% de trabajadores minusválidos por no superar los 50 trabajadores, se TEL: 91-659-76-00 8/11
deberá aportar una declaración en la que conste tal circunstancia y que se comprometen a cumplir con la legislación vigente. Disposiciones en cuanto materia de igualdad y empleo recogidas en la Ley Orgánica 3/2007. 2.- Acreditación de haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. Esta acreditación se efectuará mediante declaración suscrita por el apoderado de la empresa según modelo anexado a estos pliegos. 3.- En aquellos contratos cuyo componente fundamental sea la mano de obra, deberá de especificarse que a la hora de determinar el precio del contrato se ha tenido en cuenta el convenio colectivo que resulte de aplicación. Comprometiéndose el licitador a su absoluto respeto, y considerándose penalidad su comportamiento contrario. 4. El adjudicatario estará obligado a la subrogación de todos los derechos y obligaciones del personal que esté prestando sus servicios en la actual empresa explotadora de los servicios de este contrato, que se relacionan en el ANEXO 1, junto con los convenios mínimos de aplicación, siendo este personal el mínimo indispensable para la óptima ejecución del contrato: 1 monitora/coordinadora contratada por 40 horas/semana. 1 Monitora contratada 20 horas/semana. 1 Instructora/experta contratada 20 horas/semana El abogado no se subroga por lo que el adjudicatario tendría que cubrir el puesto según corresponda. Con independencia de las retribuciones reflejadas en la tabla del Anexo I de este Pliego de Condiciones, los licitadores deberán tener en cuenta en su oferta la aplicación en su caso del Convenio colectivo estatal de acción e intervención social 2015-2017. 4.- CONDICIONES DE LA EJECUCION No se establecen condiciones especiales de ejecución TEL: 91-659-76-00 9/11
5.- REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATANTE 1.- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal, que reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en el caso en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia) formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del Ayuntamiento del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurara que exista estabilidad en el equipo de trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento al Ayuntamiento. 2.- La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder inherente a todo empresario. En particular asumirá la negociación y pago de los salarios la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o ausencias, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. En las relaciones sindicales del personal de la empresa contratista con sus trabajadores, la Administración se abstendrá de intervenir. 3.- La empresa contratista velare específicamente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos objeto del contrato, sin realizar en ningún caso funciones que impliquen ejercicio de autoridad. 4.- La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus dependencias, salvo que se indique en los pliegos lo contrario. En este último caso dicho personal deberá utilizar uniformidad o distintivos que lo identifiquen y ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de estas reglas: Acreditar ante quien se le indique que la empresa para su labor en el Ayuntamiento de Alcobendas cumple con la reglamentación vigente de prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995 y normas derivadas), así como la normativa de su sector y disponiendo de: La evaluación de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. La formación e información en materia preventiva a sus trabajadores que participaran en la actividad contratada. TEL: 91-659-76-00 10/11
Justificantes de haber acreditado la entrega de equipos de protección individual que en su caso sean necesarios. 6.- La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante canalizando la comunicación entre ésta y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado y el Ayuntamiento de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de este. b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato e impartir a dichos trabajos las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la entidad contratante a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio e) Informar al Ayuntamiento acerca de las variaciones ocasionales o permanentes en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato ANEXO I -PERSONAL A SUBROGAR POR EMPRESA ADJUDICATARIA Nombre Salario Antigüedad Tipo Categoría trabajador/a Bruto anual Contrato G.B.L. 27.000,00 10.07.08 401 Monitora/Coordinadora K.K.M. 9.207,96 10.07.08 501 Monitora L.C.S 7.113,60 / 11.01.16 501 Instructora/experta Los profesionales anteriormente indicados deberán clasificarse en el grupo profesional correspondiente de los previstos en el VII Convenio Colectivo estatal de Enseñanza y Formación no reglada 2015-2017, publicado en el B.O.E. nº 102 de 29 de abril de 2011 TEL: 91-659-76-00 11/11