BASES DE POSTULACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS NACIONALES SUBPROGRAMA NACIONAL TERCER NIVEL INICIO Y CURSO DE ESTUDIOS.

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Transcripción:

BASES DE POSTULACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS NACIONALES SUBPROGRAMA NACIONAL TERCER NIVEL INICIO Y CURSO DE ESTUDIOS. PROGRAMA DE BECAS NACIONALES - SUBPROGRAMA TERCER NIVEL COMPONENTES: DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, PERSONAS CON DISCAPACIDAD, HÉROES Y HEROÍNAS NACIONALES O SUS DESCENDIENTES Y BECA POR SOLIDARIDAD 1. A. ANTECEDENTES: El artículo 183 literal f) de la Ley Orgánica de Educación Superior, determina como una de las funciones de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación: Diseñar, administrar e instrumentar la política de becas del gobierno para la educación superior ecuatoriana; para lo cual coordinará, en lo que corresponda, con el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas. En observancia a los artículos 3, 71, 77, 78, 79 y 80 de la Ley Orgánica de Educación Superior se desarrollan los componentes Deportistas de Alto Rendimiento, Personas con Discapacidad, Héroes o Heroínas Nacionales o sus descendientes, Solidaridad, para dar cumplimiento a lo establecido en la ley y fortalecer la consecución del Plan de Desarrollo Nacional. La ley de Héroes y Heroínas Nacionales contempla en su artículo 3 numeral 3 El Estado otorgará becas completas para que pueda cursar sus estudios hasta el tercer nivel así mismo las Disposiciones Finales en el numeral 1 indica El Estado asignará cupos anuales para becas de estudios completas La Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación SENESCYT, mediante acuerdo No. 2012-029 de 3 de abril del 2012, expidió la Política Pública para el Fomento de Talento Humano en Educación Superior, la que en el párrafo cuarto, artículo primero, numeral 2.4.2, establece que el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas IECE: operará como brazo ejecutor de los planes y programas de educación superior. Con Acuerdo No. 2012-035 de 26 de abril del 2012, el Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación Subrogante, expide las reformas a la Política Pública de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación para el Fomento del Talento Humano en Educación Superior; Según Oficio Nro. SENESCYT SN- 2013-0084-CO del 17 de enero de 2013, SENESCYT remite los Lineamientos para la implementación del Programa de Becas Nacionales 1 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014. 1

Eloy Alfaro, en donde se establece la normativa aplicable, justificación objetivos, el alcance, lineamientos, beneficiarios, tipos de becas, rubros de cobertura, requisitos criterios de selección, derechos y obligaciones, y procesos operativos, mismos que fueron conocido y aprobado por el Directorio del IECE el 22 de enero de 2013. El numeral 7.2.6 Convocatorias, de los Lineamientos para la implementación del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, establece que La Convocatoria estará abierta a partir de la aprobación de las bases, reglamentos o instructivos por parte del Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE para la implementación de este programa. Según oficio Nro. SENESCYT CGAJ- 2013-0801-CO de 17 de diciembre de 2013, la Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación remite los Lineamientos generales para la implementación del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, año 2014, en donde se establece: la normativa aplicable, justificación objetivos, el alcance, estructura, beneficiarios, tipos de becas, rubros de cobertura, requisitos mínimos, criterios de selección, derechos y obligaciones, y procesos operativos 2. Según Oficio Nro. SENESCYT-CGAJ-2014-0112-CO de 19 de marzo de 2014, la Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación remite el Acuerdo Nro. 2014-036 de 11 de marzo de 2014, en el que se remite las reformas a realizarse en los Lineamientos generales para la implementación del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, en atención a solicitudes planteadas desde la Gerencia General del IECE 3. Mediante Oficio Nro. SENESCYT-CGAJ-2014-0215-CO de 19 de mayo de 2014, la Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación remite el Acuerdo Nro. 2014-077 de 13 de mayo de 2014, en el que se remite las reformas a realizarse en los Lineamientos generales para la implementación del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, en atención a solicitudes planteadas desde la Gerencia General del IECE y la Subsecretaria de Fortalecimiento del Conocimiento y Becas. 4 Mediante Oficio Nro. SENESCYT-CGAJ-2014-0298-CO de 07 de julio de 2014, la Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación remite el Acuerdo Nro. 2014-101 de 30 de junio de 2014, en el que se remite las reformas a realizarse en los Lineamientos generales para la implementación del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, en atención a la revisión de las necesidades reportadas sobre el programa de becas nacionales 5. 2 Reforma a través de Acta Nro. 53-SEG-2013. 3 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014. 4 Reforma a través de Acta Nro. 26-SEG-2014. 5 Reforma a través de Acta Nro. 30-SEG-2014 2

En consideración a oficio Nro. SENESCYT-SFCB-2014-0923-CO de 13 de agosto de 2014, a través del cual la Secretaria de Educación Superior, Ciencia y Tecnología da respuesta al oficio Nro. IECE-GG-2014-0694-of a través del cual se solicita la revisión y ratificación de las propuestas de convocatorias de programas de becas (nacionales y exterior) detalladas en informe técnico Nro. GBE-BP-001-2014 de 15 de abril de 2014, indicando que: "En relación a el establecimiento de un cronograma de aplicación de adjudicación de becas, se ratifica el mismo considerando aplicable dada la correspondencia con los inicios de los programas de estudio a nivel general; sin embargo, es importante considerar el poder seguir atendiendo solicitudes, por cuanto los programas se encuentran abiertos a receptar y dar respuesta a las postulaciones de personas que se encuentran en estudios en curso" 6. Mediante Oficio Nro. SENESCYT-CGAJ-2014-0388-CO de 25 de agosto de 2014, la Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación remite el Acuerdo Nro. 2014-114 de 22 de agosto de 2014, en el que se remite las reformas a realizarse en los Lineamientos generales para la implementación del Programa de Becas Nacionales Eloy Alfaro, en consideración al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo para el Buen Vivir, buscando superar la desigualdad y exclusión histórica que han sufrido determinados grupos, tiene entre sus objetivos mejorar la formación de la ciudadanía, a través del fortalecimiento de las capacidades y potencialidades, además, auspiciar la igualdad e integración sin discriminación de sexo, etnia, nivel social, religión, ni lugar de origen 7. Mediante Decreto Presidencial N 149 del 20 de noviembre de 2013 según el art.1 se implementa el gobierno electrónico en la Administración Pública Central, Institucional y que depende de la Función Ejecutiva, que consiste en el uso de tecnologías de información y comunicación por parte de las entidades para transformar las relaciones con los ciudadanos entre entidades del gobierno y empresas privadas a fin de mejorar la calidad de servicios gubernamentales a los ciudadanos. Que en el art. 12 del mencionado Decreto en Art. 12 literal b) indica Dar accesibilidad a los trámites a través de la desconcentración de los mismos o a través de tecnologías de la información o comunicación y en el Art. 13 indica que las instituciones quedan prohibidas de pedir: i) Exigir la presentación de información que se encuentre establecida en sistemas informáticos de acceso al público o de acceso a las instituciones que realizan el trámite respectivo 8 6 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG-2014 7 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG-2014 8 Reforma a través de Acta Nro. 02-SEG-2015 3

B. OBJETIVO.- Implementar el Programa de Becas Nacionales - Subprograma Nacional Tercer Nivel, componentes de beca: Deportistas de Alto Rendimiento, Personas con Discapacidad, Héroes o Heroínas Nacionales o sus descendientes y Beca por Solidaridad, cuya finalidad es garantizar el acceso, permanencia, movilidad territorial, egreso y titulación del Sistema de Educación Superior a través de mecanismos de inclusión y equidad social, de conformidad con la normativa vigente. C. BENEFICIARIOS Los/las beneficiarios/as del subprograma de becas nacionales serán: Estudiantes ecuatorianos/as y extranjeros/as (con residencia permanente en el país o que porten el carné de refugiados/as permanentes), que vayan a iniciar estudios o estén cursando estudios en una Institución de Educación Superior (IES) del país y cumplan los requisitos mínimos de elegibilidad considerados en las presentes Bases, y a su vez pertenezcan a los siguientes grupos: a. Deportistas de alto rendimiento. b. Personas con discapacidad. c. Héroes y heroínas nacionales o sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad. d. Quienes hayan sido afectados/as por casos fortuitos o de fuerza mayor, convulsiones sociales, económicas, políticas, desastres naturales o antropogénicos, enfermedades catastróficas, del/a solicitante o de sus familiares en primer grado de consanguinidad y primero de afinidad; siempre que residan dentro del mismo núcleo familiar, los cuales deberán estar debidamente justificados 9. El IECE, no podrá financiar dos programas del mismo nivel, de tal manera que los/las becarios/as del Programa de Becas Nacionales - Subprograma Tercer Nivel, en caso de querer optar por otra beca dentro del mismo programa, éste necesariamente deberá ser en un nivel superior al título anteriormente obtenido. D. FINANCIAMIENTO.- El Programa de Becas Nacionales, Subprograma Nacional Tercer Nivel, financiará una beca parcial, correspondiente a una asignación mensual máxima equivalente a una Remuneración Básica Unificada para el Trabajador en General (RBU), vigente prevista en la ley, que se destinará a financiar manutención y materiales de estudio. 9 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014. 4

Para quienes vayan a iniciar sus estudios, el financiamiento de la beca incluirá el periodo de nivelación, por un valor mensual de media remuneración básica unificada vigente 10. La beca se otorgará a los/as beneficiarios/as de todos los componentes de beca del subprograma para estudios de nivel técnico, tecnológico superior y tercer nivel, los mismos que deberán obtener su admisión a través del SNNA; y será válida durante el periodo de nivelación, siempre que el/a estudiante cumpla con las obligaciones y responsabilidades académicas de este periodo. El financiamiento de la beca para el subprograma de estudios de nivel técnico, tecnológico superior y tercer nivel, se otorgará por todo el tiempo que duren los estudios, con la condición que el/la becario/a cumpla con las obligaciones establecidas en las presentes bases, reglamentos o instructivos, que el IECE desarrollará para la implementación de este programa y en los contratos de financiamiento respectivos. El financiamiento para cada uno de los/as postulantes aprobados de los componentes de becas que se encuentren en estudios en curso, se realizará a partir de la fecha de adjudicación de la beca por parte del Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE, y para los/as postulantes aprobados que deseen recibir el financiamiento desde el inicio de su formación académica partirá desde la fecha de inicio de estudios del periodo académico al que postula 11. Sólo en el caso del Componente de Becas de Solidaridad, el financiamiento de la beca será a partir de suscitado el hecho, sin perjuicio de la fecha de adjudicación 12. De acuerdo a cada componente de beca, se financiarán los siguientes periodos de estudio: 10 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014. 11 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG-2014. 12 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014. 5

COMPONENTE DE BECA VALOR MENSUAL DEL FINANCIAMIENTO Nivelación 1er Período Académico APLICACIÓN Inicio de estudios y estudios en curso a) Deportistas de Alto Rendimiento b) Personas con Discapacidad c) Héroes o Heroínas nacionales d) Beca por Solidaridad 13 Medio RBU, si ingresó a través del SNNA Medio RBU, si ingresó a través del SNNA Medio RBU, si ingresó a través del SNNA Medio RBU, si ingresó a través del SNNA Un RBU Un RBU Un RBU Un RBU Estar matriculado en una IES pública o particular. Estar matriculado en una IES pública o particular. Estar matriculado en una IES pública o particular. Estar matriculado en una IES pública o particular. Una vez que haya finalizado el periodo de nivelación de carrera o nivelación especial, los/as beneficiarios/as de todos los componentes de becas del Subprograma Tercer Nivel, continuarán percibiendo el beneficio de la beca, hasta la finalización de su formación académica, con una asignación mensual de una RBU prevista en la ley, para lo cual deberán cumplir con las obligaciones dispuestas para los/as beneficiarios/as de esta beca, reglamentos o instructivos elaborados por el IECE para la implementación de este programa. Para aquellas personas que hayan sido exoneradas del periodo de nivelación de carrera o nivelación especial, el financiamiento será a partir del primer año de estudios, correspondiéndole una Remuneración Básica Unificada del trabajador, prevista en la ley, por la duración de sus estudios. Para el caso de los/as estudiantes que residen en la provincia de Galápagos y deban movilizarse al territorio continental del Ecuador, para la realización de su programa de estudios de nivel técnico, tecnológico superior y tercer nivel, se incluirá dentro de la beca el rubro de un pasaje de ida al inicio de los estudios y uno de retorno a la finalización de los mismos, durante el tiempo de duración de los estudios, que incluye el periodo de nivelación 14. 13 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014. 14 Reforma a través de Acta Nro. 53-SEG-2013 6

E. RUBROS DE COBERTURA Para el Subprograma Tercer Nivel: a. Manutención.- El valor mensual de este rubro corresponde a MEDIA REMUNEZACIÓN BÁSICA UNIFICADA, prevista en la Ley, durante el curso de estudios de nivelación de carrera o nivelación especial y UNA REMUNERACIÓN BÁSICA UNIFICADA vigente, prevista en la Ley, que se financiará a partir del primer periodo académico en la carrera para la cual haya obtenido el cupo de estudios de nivel técnico, tecnológico superior o tercer nivel. Estos valores no están sujetos a justificación, el habilitante para los pagos serán los documentos de seguimiento académico. b. Pasaje de ida y retorno.- El rubro financiará el costo de un pasaje aéreo de ida (al inicio de estudios, ruta Galápagos - Ecuador) y uno de retorno (al fin de estudios, ruta Ecuador - Galápagos), en clase económica o turista para los estudiantes que residen en la provincia de Galápagos y deban movilizarse al territorio continental del Ecuador, para la realización de sus estudios de nivel técnico, tecnológico superior o tercer nivel. Este rubro está sujeto a justificación a través de las respectivas facturas originales o electrónicas a nombre del/a becario/a y presentación de los pases de abordaje originales; de no contar con los últimos, deberá presentar una certificación de viaje emitido por la aerolínea. El financiamiento para este rubro no cubre ningún tipo de penalidad o comisiones de agencia. El monto máximo referencia para este rubro será de hasta quinientos dólares 00/100 (USD $500,00) de los Estados Unidos de América, incluido los impuestos de Ley 15. F. DESCRIPCIÓN, MODALIDAD Y DURACIÓN DE LOS COMPONENTES El Programa de Becas Nacionales - Subprograma Tercer Nivel, financiará estudios de nivel técnico, tecnológico superior y tercer nivel en IES públicas y particulares del país de acuerdo al siguiente esquema: 15 Reforma a través de Acta Nro. 53-SEG-2013 7

Tipo de Estudio Modalidad Duración Máxima Nivel Técnico o Tecnológico Superior Presencial Hasta 3 años Tercer Nivel Presencial Hasta 7 años Adicionalmente, se financiará el periodo de nivelación de carrera, con una duración máxima de seis meses. En casos excepcionales de becarios/as con discapacidad, del componente de política de cuotas, se podría extender el tiempo de estudios, previo informe técnico emitido por la IES y aprobado por el Comité de becas y ayudas económicas del IECE. 16 G. LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS De las becas de nivel técnico, tecnológico superior o tercer nivel: Se otorgarán las becas siempre y cuando los/as postulantes de los componentes de beca: deportistas del alto rendimiento, personas con discapacidad, héroes y heroínas nacionales y beca por solidaridad que vayan a iniciar estudios o estén cursando estudios en una Institución de Educación Superior (IES) del país 17. H. REQUISITOS Y DOCUMENTOS MÍNIMOS EXIGIBLES Para la postulación a los componentes de beca los/as interesados/as deberán presentar los requisitos y documentos mínimos específicos de acuerdo al componente de beca al que pertenece. El detalle de los requisitos solicitados para la validación de aplicaciones a los componentes de beca constan en el Anexo 1.1 y 1.2 del presente documento 18. I. CRITERIOS DE SELECCIÓN Los/as postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en el Anexo 1.1, 1.2 y 1.3, serán considerados/as como postulantes pre-seleccionados/as, y se someterán al proceso de selección en función de los siguientes criterios: 16 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014. 17 Reforma a través de Acta Nro. 53-SEG-2013 18 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG-2014. 8

Criterios de selección específicos Excelencia individual Componente Becas para Deportista 19 s Becas para personas con discapacidad 20 Becas para Héroes y Heroínas nacionales 21 Descripción Para quienes vayan a iniciar sus estudios: a. Ser deportista, o haber sido deportista de alto rendimiento y haber obtenido reconocimientos o premios especiales en eventos internacionales. b. Haber obtenido un cupo en una IES pública o particular del país Para quienes estén realizando sus estudios: a. Acreditar un promedio acumulado mínimo de ocho sobre diez (8.0/10) o su equivalente. Para quienes vayan a iniciar sus estudios: a. Haber obtenido un cupo en una IES pública o particular. Para quienes estén cursando sus estudios: a. Acreditar al menos el promedio mínimo exigido por la IES para aprobar los estudios. Para quienes vayan a iniciar sus estudios: a. Contar con la calidad de héroe o heroína nacional o ser descendiente directo (hijo/a) b. Estar admitido/a en una IES pública o particular. Becas de Solidaridad 22 Para quienes estén realizando sus estudios: a. Acreditar un promedio acumulado mínimo de ocho sobre diez (8.0/10) o su equivalente. estudios: Para quienes vayan a iniciar sus a. Estar admitido/a en una IES pública o 19 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014 y 26-SEG-2014 20 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014 y 26-SEG-2014 21 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014 y 26-SEG-2014 22 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014 y 26-SEG-2014 9

particular del país Para quienes estén realizando sus estudios: a. Acreditar al menos el promedio mínimo exigido por la IES para aprobar los estudios 23. Criterios de selección específicos Progresividad Componente Becas para personas con discapacidad Becas de Solidaridad Descripción Acciones afirmativas: a. Personas con discapacidad calificada por la entidad pública competente 24. Postulantes pertenecientes a grupos vulnerables, quienes hayan sido víctimas de casos fortuitos o de fuerza mayor, convulsiones sociales, económicas, políticas; desastres naturales o antropogénicos o enfermedades catastróficas. Cambios de universidad y/o carrera Cuando un/a beneficiario/a de beca, de alguno de los componentes del subprograma de nivel técnico, tecnológico o tercer nivel, desee realizar un cambio de universidad y/o carrera, podrá mantener su beca, únicamente en los siguientes casos: 23 Reforma a través de Acta Nro. 30-SEG-2014 24 Reforma a través de Acta Nro. 30-SEG-2014 10

Cambio de Universidad y/o carrera Para los componentes: Deportistas de alto rendimiento, Becas para personas con discapacidad, Becas para héroes y heroínas nacionales y Becas de solidaridad Para los componentes: Becas para beneficiarios/as del bono de desarrollo humano (BDH), Becas GAR, Becas por Movilidad Territorial, Becas para pueblos y nacionalidades Para el componente: Carreras de Interés Público 25 Requisitos Haber sido aceptado/a en una IES pública o particular para realizar estudios en la carrera que desea cursar Haber sido aceptado/a en una IES pública o cofinanciada para realizar estudios en la carrera que se desea cursar, y contar con una beca de matrícula y colegiatura. Haber sido aceptado/a en una IES pública o cofinanciada para realizar estudios en la carrera únicamente dentro de las que corresponden al área de Educación y contar con una beca de matrícula y colegiatura. Documento de respaldo Contar con un documento de aceptación o comprobante de matrícula emitida por la autoridad correspondiente J. CONVOCATORIA Postulaciones desde el inicio de estudios Para los/as postulantes a los componentes de beca: Deportistas de Alto rendimiento, Héroes o Heroínas Nacionales, Personas con Discapacidad y beca de solidaridad; se plantea la definición de la convocatoria para postular a la beca de acuerdo a las fechas de inicio de estudio. Este parámetro será aplicable para todos/as los/as interesados en partir con el financiamiento de la beca desde el inicio de su formación académica. 25 Reforma a través de acta Nro. 30-SEG-2014 11

CONVOCATORIA PRIMERA SEGUNDA POSTULACIÓN Julio a Septiembre Enero a marzo Para la revisión de las postulaciones de los/as interesados en beneficiarse con la beca desde el inicio de estudios, el Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE se reunirá para revisar y adjudicar las postulaciones aprobadas de los componentes de beca aquí detallados, después de quince (15) días contados a partir del cierre de cada convocatoria. El Comité revisará la totalidad de postulaciones remitidas a nivel nacional durante el periodo que antecedió. La fecha desde la cual partirá el financiamiento de beca a favor de los/as adjudicatarios/as, será desde la fecha de inicio de estudios del periodo académico al que postula. Postulaciones en estudios en curso Se receptarán postulaciones de estudiantes que se encuentren en estudios en curso de forma abierta, con la finalidad de atender a los requerimientos de adjudicación de beca presentados por los/as interesados en la oferta de becas señalada en las presentes bases y la fecha de inicio de financiamiento será a partir de la fecha de adjudicación por parte del Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE. La Convocatoria para la postulación a los componentes de beca, contenidos en este documento, estará abierta de manera oficial a partir de la fecha que el Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE disponga, la cual deberá ser difundida a nivel nacional, tanto en términos operativos como en periodo de duración, la implementación del Programa de Becas Nacionales, Subprograma nacional Tercer Nivel, estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros 26. K. PROCESO DE APLICACIÓN Los/as postulantes del Programa de Becas Nacionales - Subprograma Nacional Tercer Nivel, deberán aplicar a través de todas las dependencias del IECE habilitadas a nivel nacional. 26 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG-2014. 12

Para el ingreso de la postulación, el/a interesado/a deberá entregar la totalidad de requisitos mínimos solicitados en las bases, en sujeción al componente de beca al que está aplicando. El/a postulante deberá garantizar la legitimidad, validez y veracidad de la documentación suministrada para el proceso de postulación a la beca. No obstante, el IECE por los medios a su alcance, verificará la veracidad de los documentos y de los datos consignados en la solicitud. Si se descubriere la manifiesta falsedad o alteración de la documentación suministrada por el/la postulante, la solicitud será inmediatamente rechazada, sin perjuicio de su remisión a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con la Ley. L. PROCESO DE NOTIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN VALIDACIÓN DE LAS APLICACIONES: El área responsable de Becas del IECE, revisará las aplicaciones para verificar que cumplan con los requisitos serán considerados/as como postulantes precalificados. Los/as postulantes que no hayan sido precalificados, tendrán un plazo máximo de ocho (8) días, posteriores a la notificación, para impugnar justificadamente los resultados ante el Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE, quien resolverá motivadamente dentro de un plazo de ocho (8) días, sobre la aceptación o negación de la impugnación. El detalle de los requisitos solicitados para la validación de aplicaciones a los componentes de beca constan en el Anexo 1.1 y 1.2 del presente documento 27. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN: El Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE, en función de los requisitos de postulación presentados y con sujeción a la disponibilidad de recursos adjudicará y notificará la beca de este programa; además notificará vía correo electrónico a cada uno de los/las adjudicatarios/as. De igual manera, la nómina de adjudicatarios/as será publicada en la página web del IECE. M. ELABORACIÓN DEL CONTRATO DE BECA. El IECE solicitará a los/as adjudicatarios/as del Programa de Becas Nacionales - Subprograma Nacional Tercer Nivel, la presentación de los documentos necesarios 27 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG-2014. 13

para la elaboración del Contrato de Financiamiento. Además, preparará los expedientes para la elaboración de los Contratos. REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO DE BECA.- Previo a la suscripción del contrato de beca el/la adjudicatario/a deberá presentar los requisitos y documentos mínimos específicos de acuerdo al componente de beca al que pertenece. El detalle de los requisitos solicitados consta en el Anexo 1.3 del presente documento 28. FIRMA DE CONTRATO PARA ESTUDIOS DE CARRERA.- El financiamiento de la beca comprenderá la cobertura del periodo de nivelación de carrera y estudios de carrera hasta el último semestre de formación académica, para lo cual el contrato de financiamiento de beca permitirá diferenciar el financiamiento al que se hace beneficiario/a cada becario/a a lo largo de sus estudios, por medio del uso del Anexo de Cálculo de financiamiento de beca 2930. N. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y SU PROCEDIMIENTO Para la suscripción del Contrato de Beca los/as adjudicatarios/as deberán contar con los requisitos mínimos detallados en las presentes Bases. En caso que los adjudicatarios/as no puedan comparecer a suscribir el contrato deberán otorgar un poder especial a un tercero para que en representación de este pueda suscribir el mismo. En caso de que el adjudicatario/a sea menor de edad sus padres lo representarán para la firma del contrato, y en ausencia de estos el representante/tutos legal jurídicamente designado. El/la adjudicatario/a o su apoderado, deberá suscribir el Contrato de Beca, en el cual se definen los derechos y obligaciones de las partes. Únicamente a partir de dicha suscripción del contrato de financiamiento, el/la adjudicatario/a de la beca se convierte en becario/a del IECE. A partir de la notificación de adjudicación de la beca por parte del Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE, el/la adjudicatario/a tendrá plazo de trescientos sesenta (360) días, un año 31, para entregar sus documentos habilitantes y subscribir el contrato de financiamiento de beca, en caso de que el/a adjudicatario/a no acudiere a suscribir el contrato la beca quedará automáticamente insubsistente, sin tener derecho a reclamo o indemnización alguna por parte del IECE, a menos que: a) el /la 28 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG-2014. 29 Reforma a través de Acta Nro. 26-SEG-2014. 30 Reforma a través de Acta Nro. 30-SEG- 2014 14

adjudicatario/a justifique que por fuerza mayor o caso fortuito, no puedo comparecer a la suscripción del mismo, en cuyo caso se autorizará la firma del contrato respectivo en un nuevo plazo fijado por el IECE; y b) por cuestiones administrativas inherentes al IECE. Los/as adjudicatarios/as que hayan sido beneficiados/as con una beca dentro de los componentes aquí mencionados, desde el mes de abril 2013 hasta el 26 de julio de 2013, por resolución Nro. 45-SEG-2013 del Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE, reunido el 15 de noviembre de 2013, se les concederá la extensión del plazo de firma de contrato hasta el 31 de diciembre de 2013. O. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL/LA BECARIO/A DERECHOS Recibir los desembolsos, de acuerdo a lo establecido en el contrato de financiamiento en la cuenta bancaria que para el efecto señale el/la becario/, o de ser el caso su apoderado/a. OBLIGACIONES Para aquellas personas que realicen sus estudios en los cursos de nivelación de carrera 32. a. Cursar los estudios en los plazos establecidos en el contrato de financiamiento. b. Entregar certificados oficiales de asistencia regular a clases, expedidos por la IES. c. Al finalizar el curso presentar el reporte oficial de calificaciones, que demuestre la aprobación del mismo. d. Entregar documentación legítima, durante la ejecución de la beca. e. Cumplir con el Código de Ética de los usuarios y usuarias del IECE vigente. f. Informar al IECE sobre cualquier alteración referente al programa de estudios; g. Asistir a procesos de inducción que imparte el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas IECE previa a la suscripción del contrato de financiamiento 33 h. Las demás que se establecieren en el respectivo contrato de financiamiento. Para aquellas personas que realicen sus estudios de nivel técnico, tecnológico superior y tercer nivel. a. Cursar los estudios en los plazos establecidos en el contrato de financiamiento. 32 Reforma a través de Acta Nro. 53-SEG-2013 33 Reforma a través de Acta Nro. 13-SEG-2014 15

b. Entregar de forma trimestral el certificado oficial de asistencia regular a clases, expedido por la IES. c. Al finalizar cada ciclo de estudios presentar el reporte oficial de calificaciones, que demuestre la finalización y/o aprobación del mismo, según sea el caso, con un promedio acumulado mínimo de 8.00/10.00 puntos o su equivalente. Para el caso del componente Becas para personas con discapacidad, Becas de Solidaridad 34, el record académico, deberá acreditar la aprobación de los estudios, al menos con el promedio mínimo exigido por la IES. 35 d. Entregar documentación legítima, durante la ejecución de la beca. e. Cumplir con el Código de Ética de los usuarios y usuarias del IECE vigente. f. Informar al IECE sobre cualquier alteración referente al programa de estudios; g. Asistir a procesos de inducción que imparte el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas IECE previa a la suscripción del contrato de financiamiento h. Las demás que se establecieren en el respectivo Contrato de Financiamiento. P. SUSPENSIÓN DE LA BECA El IECE podrá suspender los desembolsos de la beca, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones mencionadas en el numeral anterior, o por los motivos que se detallan a continuación: Suspensión Temporal.- En caso de que el becario incurra en incumplimiento de sus obligaciones, el área responsable de Becas del IECE, pondrá los mismos en conocimiento del Comité de Becas y Ayudas Económicas. La suspensión temporal de la beca implica, suspensión de los desembolsos en los casos de: a. Enfermedad, incapacidad mental o física que impida al becario/a de manera temporal, la continuación de sus actividades educativas, debidamente justificadas, máximo por un (1) período académico. b. Privación de la libertad, que impida al becario de manera temporal, la continuación de sus actividades educativas, debidamente justificadas, máximo por un (1) período académico. c. Por perdida injustificada de una materia, crédito, semestre o año académico. d. Por no acreditar un promedio acumulado mínimo de 8.00/10.00 o su equivalente. En el caso del componente Becas para personas con discapacidad 34 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG- 2014. 16

y Becas de Solidaridad 36 ; la suspensión temporal procederá, por no acreditar al menos el promedio mínimo exigido por la IES para aprobar los estudios. 37 Una vez sucedido el hecho, el becario deberá informar al IECE, en un plazo no mayor al requerido para el siguiente desembolso, caso contrario la becas quedará suspendida de manera definitiva. Una vez suspendida la causa por la cual se suspendió de manera temporal la ejecución de la beca, el becario deberá informar al IECE, para continuar percibiendo el beneficio de la misma. Suspensión Definitiva.- El área responsable de becas del IECE, pondrá en conocimiento del Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE, cuando los becarios incurran en los siguientes casos: a. Abandono de los estudios, entendido como inasistencia injustificada por (1) período académico, el mismo que no hay sido subsanado, antes del inicio del nuevo período de estudios. b. Expulsión de la Institución de Educación Superior. c. Comprobación de la entrega de documentos falsificados o adulterados. d. Por pérdida injustificada por segunda ocasión, de una materia, crédito semestre o año académico. e. Por no acreditar por segunda ocasión, un promedio acumulado mínimo de 8.00/10.00 o su equivalente. En el caso del componente Becas para personas con discapacidad y Becas de Solidaridad 38 ; la suspensión definitiva procederá, por no acreditar por segunda ocasión, al menos el promedio mínimo exigido por la IES para aprobar los estudios 39. f. Enfermedad, fallecimiento, incapacidad mental o física que impida al becario/a, la continuación de sus actividades académicas en forma definitiva, debidamente justificada y comprobada por los mecanismos que estime pertinente el Comité de Becas y Ayudas Económicas, las cuales impidan al becario continuar sus estudios. g. Renuncia de manera justificada a la beca concedida, previo análisis y resolución del Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE, el cual podrá exonerar de la prohibición de aplicar a otro programa de beca del Gobierno Nacional. 36 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG-2014. 37 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014 38 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG- 2014. 17

En los casos de suspensión definitiva determinadas en las causales establecidas en los literales a), b) y c), previa resolución del Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE, deberán realizar la devolución del período de financiamiento dentro del cual se produjo el hecho. El Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE, será quien determine a través de resolución, la forma de pago el valor total, incluido los intereses generados y los plazos establecidos para efectivizar la devolución. Aquellos/as becarios/as a quienes el Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE haya resuelto la suspensión definitiva de la beca, sin derecho a recuperación, no podrán ser favorecidos/as con ningún otro tipo de beca que administre o conceda la SENESCYT y/o IECE para el mismo nivel de estudio. Q. DESEMBOLSOS: Una vez suscrito el contrato de financiamiento los desembolsos se realizarán en forma trimestral, previo a la presentación de manera obligatoria del certificado de asistencia regular a clases emitido de manera oficial por la Institución de Educación Superior (IES) en la que se encuentra cursando estudios el/a becario/a. El depósito se realizará en la cuenta nacional que para el efecto hubiere señalado el/la becario/a, de conformidad con el certificado bancario entregado en calidad de documento habilitante. Al final de cada periodo académico el/a becario/a presentará de manera obligatoria el certificado conferido por la Institución de Educación Superior (IES) en el que especifique las notas del período y sus equivalencias de ser el caso, en este documento se debe reflejar el puntaje mínimo requerido de 8/10 para el mantenimiento de la beca. R. SEGUIMIENTO Y CONTROL: El seguimiento y control, para el cumplimento y ejecución de las presentes Bases del Programa de Becas Nacionales, Subprograma Nacional Tercer Nivel, estará a cargo del IECE, a través de cada una de las agencias y regionales a nivel nacional. 18

S. INFORMACIÓN ADICIONAL Las Bases de Postulación del Programa de becas nacionales, Subprograma Nacional tercer Nivel estarán a disposición de los/as ciudadanos/as en la página web (www.institutobecas.gob.ec), y sus documentos físicos en las agencias y regionales a nivel nacional. Para información adicional, las dependencias del IECE a nivel nacional atenderán en horario de 08H30 a 17H30, de lunes a viernes. 19

ANEXO 1.1 REQUISITOS Y DOCUMENTOS GENERALES MÍNIMOS EXIGIBLES 40 Cuadro No. 1: Requisitos y Documentos generales mínimos para postular al subprograma de becas para estudios de nivel técnico, tecnológico superior y tercer nivel: SUBPROGRAMA DE ESTUDIOS DE NIVEL TÉCNICO, TECNOLÓGICO SUPERIOR Y TERCER NIVEL Nro Requisitos Generales Documentos de respaldo a ser adjuntados a la solicitud Ser ciudadano/a ecuatoriano/a o extranjero/a 1 (residente permanente en el Ecuador o portador/a del carné de refugiado/a permanente). Datos validados a través del sistema de la DINARDAP (Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos) 41 No mantener obligaciones vencidas o glosas con 2 instituciones del sector público, tanto como deudor y/o garante. 3 No ser contratista incumplido o adjudicatario fallido del Estado. 5 No percibir beca por el mismo fin y de los mismos conceptos La declaración será automatizada dentro de la plataforma del sistema PUSAK y constituirá una declaración de aceptación de términos que todo postulante deba completar 42. a) Certificado de haber obtenido un cupo en una IES pública o particular del país 43 6 Contar con un cupo de estudios b) Certificado conferido por la IES, y suscrito por la autoridad competente, donde se señale: duración de los estudios, fecha de inicio y finalización de cada ciclo de estudios, título a obtener, duración de la carrera y sistema de calificación. 7 8 9 Planilla de servicio básico del último mes. Fotocopia de la planilla de servicio básico del último mes. Foto carné actualizada. Foto tamaño carnet (física/digital) 44 De ser el caso Poder General o Especial/Tutoría Legal Cuando el adjudicatario es menor de edad los representantes legales son automáticamente sus padres, en este caso no requieren de un poder general o especial. Copia del documento notarizado. 1 En ausencia de los padres se deberá contar con el documento que acredite ser el apoderado o curador. Para quienes se encuentran cursando sus estudios: Acreditar un promedio acumulado mínimo de 8.0/10. De manera excepcional, en el caso del componente Becas para personas con discapacidad Y Becas por Solidaridad 45, se deberá acreditar haber obtenido al menos el a) Record académico expedido por la IES y suscrito por la autoridad competente, donde acredite un promedio acumulado mínimo de 8.0/10 o su equivalente. Para el caso del componente Becas para personas con discapacidad, el record académico, deberá acreditar que se ha obtenido al menos el promedio mínimo exigido por la IES para aprobar los estudios. 40 Reforma a través de Acta Nro. 26-SEG-2014 41 Reforma a través de acta Nro. 02-SEG-2015 42 Reforma a través de acta Nro. 02-SEG-2015 43 Reforma a través de Acta Nro. 26-SEG-2014 44 Reforma a través de acta Nro. 02-SEG-2015 45 Reforma a través de Acta Nro. 30-SEG-2014 20

promedio mínimo exigido por la IES para aprobar los estudios. 46 46 Reforma a través de Acta Nro. 14-SEG-2014 21

ANEXO 1.2 REQUISITOS Y DOCUMENTOS GENERALES MÍNIMOS EXIGIBLES POR COMPONENTE DE BECA Cuadro No. 2.- Requisitos y Documentos específicos, mínimos para postular al Subprograma de becas para estudios de nivel técnico, tecnológico superior y tercer nivel: Componente Becas para Deportistas de Alto Rendimiento Nro. Requisitos Específicos Documentos de respaldo 1 Ser deportista, o haber sido deportista de alto rendimiento y haber obtenido reconocimientos o premios especiales en eventos internacionales. a. Hoja de vida sobre la trayectoria deportiva, logros, títulos, medallas o distinciones alcanzadas, con documentación justificativa de soporte. b. Informe del Comité Olímpico Ecuatoriano o la Federación Deportiva Nacional o Provincial, donde acredite la calidad de deportista de alto rendimiento. Componente Becas para personas con discapacidad Nro. Requisitos Específicos Documentos de respaldo 1 Tener discapacidad calificada por la entidad competente, y por lo tanto contar con el carné emitido por esta institución. Fotocopia del carné emitido por la entidad pública componente 47. Componente Becas para Héroes y Heroínas nacionales Nro. Requisitos Específicos Documentos de respaldo 1 Haber obtenido la calidad de héroe o heroína nacional de conformidad a lo establecido en la Ley de Reconocimiento a los Héroes y Heroínas nacionales, o ser descendiente (hijo/a). Fotocopia de la declaratoria de Reconocimiento de Héroe o Heroína Nacional del postulante o sus padres, otorgados por el órgano componente. Componente Becas de Solidaridad Nro. Requisitos Específicos Documentos de respaldo 1 Haber sido víctima de eventos graves o situaciones de emergencia debidamente documentadas, siempre y cuando esta situación comprometa el ingreso familiar, como: Certificados o documentación de respaldos que justifiquen la situación de la o el estudiante víctima de las situaciones descritas en el literal 47 Reforma a través de acta Nro. 30-SEG-2014 22

ANEXO 1.4 48 REQUISITOS Y DOCUMENTOS MÍNIMOS EXIGIBLES PREVIO LA FIRMA DE CONTRATO DE FINANCIAMIENTO SUBPROGRAMA DE ESTUDIOS DE NIVEL TÉCNICO, TECNOLÓGICO SUPERIOR Y TERCER NIVEL Nro Requisitos Generales Documentos de respaldo a ser adjuntados a la solicitud 1 Certificado bancario con el número y tipo de cuenta personal en el Ecuador (o del apoderado de ser el caso). Documento certificado por la Institución Financiera donde mantenga la cuenta bancaria, donde se señale que la cuenta esta activa. (La cuenta debe ser de adjudicatario de la beca o de su representante de ser el caso.) No se permiten cuentas conjuntas. 2 No mantener obligaciones vencidas con el IECE Certificado de no adeudar al IECE 49. 48 Reforma a través de Acta Nro. 35-SEG-2014. 49 Reforma a través de Acta Nro. 02-SEG-2015. 23