ETAPAS DEL PROCESO ELECTORAL El Código establece que, el proceso electoral ordinario comprende las etapas siguientes: a) Preparación de la elección b) Jornada electoral c) Dictamen y declaraciones de validez de la elección y de presidente electo d) Dictamen y declaraciones de validez de la elección y de presidente electo Artículo 210 COFIPE Etapas
INFRACCIONES A LA CONSTITUCIÓN Y LEY ELECTORAL Es la conducta que trasgrede o va en contra de un ordenamiento jurídico vigente. INFRACCIÓN SUSPENSIÓN DE LA PROPAGANDA GUBERNAMENTAL Durante el tiempo de campañas electorales federales y locales, hasta la conclusión de la jornada electoral, se suspenderá la difusión de propaganda gubernamental. 3 Excepciones: Campañas de información, Autoridades electorales, servicios educativos o de salud, Protección civil en casos de emergencia. Articulo 41, base III, apartado C, párrafo segundo (CPEUM). PROHIBICIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS La propaganda, bajo la modalidad de comunicación social que se difunda deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. No podrá incluirse: nombres, imágenes, voces,símbolos. Que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público. Articulo 134, párrafo séptimo y octavo (CPEUM).
SUJETOS DE RESPONSABILIDAD POR INFRACCIONES AL COFIPE Partidos y Agrupaciones políticas nacionales Aspirantes, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular Ciudadanos, o cualquier persona física o moral Autoridades o Servidores públicos Ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier religión Concesionarios y permisionarios de radio o televisión Artículo 341 COFIPE
Qué es un delito y qué es un delito electoral? Un delito es toda conducta prohibida en la Ley Penal, que tiene como resultado una sanción. Qué entenderemos por delito electoral? La conducta de acción u omisión que lesiona o pone en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características que debe reunir el voto.
ANÁLISIS DE LOS TIPOS PENALES EN MATERIA ELECTORAL 1. Adecuado desarrollo de la Función Pública Electoral. 2. Voto. El bien Jurídico Tutelado en los delitos electorales son:
CÓDIGO PENALFEDERAL (CPF) Los delitos electorales se encuentran previstos en el Título Vigésimo Cuarto Delitos Electorales y en Materia de Registro Nacional de Ciudadanos conformado por trece artículos con aproximadamente 140 hipótesis típicas en tan sólo 10 artículos. OFICIO Los delitos electorales se persiguen de oficio. Cualquier persona que conozca de este delito puede acudir ante el agente del Ministerio Público. No es facultad exclusiva del afectado. NO GRAVES Los delitos electorales no son delitos graves. La persona que haya incurrido en alguno de éstos podrá obtener su libertad bajo caución. DOLOSOS Los delitos electorales son dolosos. El sujeto que lo comete tiene conocimiento de su conducta ilícita y su consecuencia.
CALIDAD DEL SUJETO ACTIVO Y SUS SANCIONES Cualquier persona Ministros de culto religioso Se impondrá de diez a cien días multa y prisión de seis meses a tres años a quien Se impondrá hasta 500 días multa a los ministros de cultos religiosos que art. 403, 411 art. 404 Funcionario electoral Funcionario partidista Servidor público Diputados y Senadores electos Se impondrá de cincuenta a doscientos días multa y prisión de dos a seis añosal funcionario electoral que Se impondrá de cien a doscientos días multa y prisión de uno a seis añosal funcionario partidista o al candidato que Se impondrá de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de uno a nueve años, al servidor público que Suspensión de derechos políticos hasta por 6 años art. 405 art. 406, 412 art. 407 art. 408