Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 PROCEDIMIENTO DE HABILITACIÓN/AUTORIZACIÓN Y VUELOS DE PRUEBA
INDICE Usos recreativos vs trabajos técnicos o científicos. Habilitación vs autorización de operador. La web de AESA. Requisitos de los pilotos. Listas de ATOs. Habilitación para RPA < 25kg. Vuelos de prueba. Procedimiento RPA >25 kg y hasta 150 kg. Procedimiento RPA >150 kg y que no sea aeronave de estado. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Proyecto de Real Decreto. Problemas típicos.
USOS RECREATIVOS VS TRABAJOS TÉCNICOS O CIENTÍFICOS RPA: Aeronave pilotada por control remoto RPAS: Sistema de aeronave pilotada por control remoto Aeronave (RPA) Medios de lanzamiento Estación de control RPAS Código de Plantilla: F DEA CDO 08 2.0 Enlaces de mando y control Otros elementos Medios de comunicación entre personal AESAQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de este documento, así
USOS RECREATIVOS VS TRABAJOS TÉCNICOS O CIENTÍFICOS RPA: Aeronave pilotada por control remoto RPAS: Sistema de aeronave pilotada por control remoto Uso recreativo: Uso personal sin objetivo profesional o investigador. Vuelos visuales y diurnos, límite de 120 m de altura, lejos de aglomeraciones y aeropuertos. No se precisa ser piloto pero se es responsable de los daños que se produzcan. Actividades deportivas o exhibiciones aéreas reguladas por su correspondiente normativa nacional, local o de las federaciones. Trabajos técnicos o científicos: Todos los desarrollados con objetivo profesional o de investigación, sean remunerados o no. Tanto el operador como los pilotos deben estas habilitados para ello. Código de Plantilla: F DEA CDO 08 2.0 AESAQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de este documento, así
HABILITACIÓN VS AUTORIZACIÓN DE OPERADOR Habilitación: Los operadores que realicen vuelos o actividades con RPA < 25 kg pueden habilitarse mediante una Comunicación previa y declaración responsable. Aplica el apartado 6 del artículo 50 de la ley 18/2014 de 17 de Octubre. Las declaraciones deben entregarse en el registro general de AESA 5 días antes de realizar cualquier actividad, emitiendo en ese plazo AESA un acuse de recibo que habilita al operador. El operador tiene la obligación de mantener el cumplimiento de requisitos y notificar cualquier modificación. Declarable tanto vuelos dentro del alcance visual (VLOS) como más allá de la línea de vista (BVLOS). Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Autorización: Los operadores que realicen vuelos o actividades con RPA > 25 kg requieren autorización expresa de AESA (RPA < 150 kg) o EASA (RPA > 150 kg y que no sea una aeronave de estado) para realizar vuelos o actividades.
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 LA WEB DE AESA PARA RPAS
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 LA WEB DE AESA PARA RPAS: Drones
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 LA WEB DE AESA PARA RPAS: Procedimiento de Habilitación
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 LA WEB DE AESA PARA RPAS: Material Guía - Apéndices
REQUISITOS DE LOS PILOTOS Tener más de 18 años. Acreditación del cumplimiento según artículo 5 de la Ley 18/2014 y Apéndice I. Formación teórica: Ser titular de cualquier licencia de piloto en vigor, ya sea civil o militar, o tener un certificado básico (VLOS) o avanzado (BVLOS) Formación práctica: Necesariaparacadamodelodeaeronave,válidaparasimilaresjustificando la similitud según punto 2 del Apéndice I. Certificado médico que corresponda: Código de Plantilla: F DEA CDO 08 2.0 AESAQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de este documento, así
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 DÓNDE OBTENER LOS CONOCIMIENTOS / CERTIFICADOS MÉDICOS? Los cursos básico o avanzado se pueden obtener en ATOs aprobadas. Los cursos de formación práctica pueden ser impartidos por: Los certificados médicos pueden obtenerse en:
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 LISTA DE ATOs CON CURSOS RPAS
HABILITACIÓN PARA RPA < 25 kg Paso 1: Solicitud de los vuelos de prueba Declaración responsable Apéndice A2 (Lugar y fechas importante) (2 copias). Modelo 036 ó 037 de Censo de empresarios y profesionales. Caracterización de las aeronaves No es el manual de fabricante! Estudio Aeronáutico de Seguridad Riesgos + Medidas mitigadoras. Documentación de pilotos Formación Teórica, Práctica y Certificado Médico. Condiciones para garantizar seguridad Personas y Bienes Subyacentes. Perfiles de vuelos Lugar, espacio aéreo, modos, alturas y alcances + Apéndice G (al menos 5 vuelos de cada y simular vuelos específicos de actividades a realizar). Código de Plantilla: F DEA CDO 08 2.0 Póliza de Seguro Artículo 50.3 d 7º de Ley 18/2014 + Datos aeronave, actividad y operador. AESAQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de este documento, así
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Paso 2: Realización de los vuelos de prueba Una vez recibida la declaración responsable sellada por AESA. Transcurridos al menos 5 días desde la entrega en AESA. Realizar los vuelos de prueba bajo las condiciones y limitaciones establecidas. Cumplimentar los formularios de registro de vuelos de prueba Apéndice G.
Paso 3: Solicitud de la realización de actividades aéreas Declaración responsable Apéndice A1 (sólo actividades a realizar) (2 copias). Manual de Operaciones Específico para aeronaves, actividades y operador declarados! Estudio Aeronáutico de Seguridad Un estudio para cada actividad declarada! Documentación que acredite vuelos de prueba Apéndice G (fechado y firmado). Programa de Mantenimiento Específico aeronave + Apéndice H Código de Plantilla: F DEA CDO 08 2.0 AESAQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de este documento, así
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Paso 4: Realización de actividades aéreas Una vez recibida la declaración responsable sellada por AESA. Transcurridos al menos 5 días desde la entrega en AESA. Habilitado por tiempo indefinido en zona geográfica declarada. Obligación de mantener el cumplimiento requisitos y notificar cualquier modificación a lo declarado. Obligación de preservar registros conforme a lo marcado en los apéndices. Obligación de preservar coordinaciones con gestores de aeropuertos y aeródromos.
Paso 5: Declaración de modificación de condiciones Añadir operación o aeronave no similar: Realizar todo el proceso actualizando declaraciones A2 y A1 pero entregando solamente la documentación que sea alterada por la misma y la nueva. Añadir aeronave similar: Realizar declaración responsable A1 modificada adjuntando documento justificativo de aeronave similar conforme apéndice G + entrega de toda la documentación que se vea afectada o sea nueva. Añadir piloto o cambio de datos del operador: Realizar declaración responsable A1 modificada + entrega de toda la documentación que se vea afectada y la nueva. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Eliminar operación, aeronave o piloto: Realizar declaración responsable A1 modificada + entrega de toda la documentación que se vea afectada pero no se anule.
VUELOS DE PRUEBA Solicitud de Vuelos de Prueba: Apéndice A2 Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Modelo Apéndice A.2, artículo 50.4 Comunicación previa y declaración responsable. Tipo de Operación: VLOS, BVLOS o Modificación. Datos del declarante No valen nombres comerciales. Datos del representante Siempre que el operador sea una sociedad. Área de realización prevista de los vuelos. Rango de fechas en las que se realizarán los vuelos. Tipo de vuelos especiales: para poder hacer actividades u otros tipos puntuales. Aeronaves utilizadas. Datos de los pilotos. Declaración responsable Verificar y marcar que se cumplen los ítems. Fecha, lugar, nombre y firma.
Realización de Vuelos de Prueba: Apéndice G Seguir las indicaciones del Apéndice G. Simular cada una de las actividades con cada una de las aeronaves no similares*. Además simular vuelos de situaciones anormales y emergencia. Simular en tierra la activación de sistema de terminación de vuelo. Mínimo 5 vuelos por actividad y aeronave. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Relleno de formulario de registro de los vuelos y firma del mismo. *Aeronaves similares: aquellas que lo sean en cuanto a configuración, peso, control y actuaciones.
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 EJEMPLO DE FORMULARIO DE REGISTRO
Realización de Vuelos de Prueba: PRECAUCIONES Deben realizarse SIEMPRE por el operador, no siendo admisible su delegación. En lugares aislados de forma que no comprometa la seguridad de aeronaves ni bienes o personas. En espacio aéreo no controlado. A más de 8 km de aeropuerto o aeródromo. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Además para vuelos BVLOS: Espacio aéreo segregado a tal efecto. A más de 15 km de aeropuertos o aeródromos que dispongan de procedimientos instrumentales u 8 km en caso contrario.
Solicitud de Actividades: Apéndice A1 Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Modelo Apéndice A.1, artículo 50.3 Comunicación previa y declaración responsable. Tipo de Operación: VLOS, BVLOS o Modificación. Datos del declarante No valen nombres comerciales. Datos del representante Siempre que el operador sea una sociedad. Área de realización prevista de los vuelos. Tipo de actividades a realizar Marcar sólo las que correspondan. Aeronaves utilizadas. Datos de los pilotos. Declaración responsable Verificar y marcar que se cumplen los ítems. Fecha, lugar, nombre y firma.
PROCEDIMIENTO RPA > 25 kg Y HASTA 150 KG (AERONAVES DE ESTADO PUEDEN SER DE > 150 kg) a) Aeronaves sin certificado de Tipo (fabricantes) Solicitar el certificado de aeronavegabilidad experimental a la División de Certificación. Vía registro, solicitud de información certificación.aesa@seguridadaerea.es Solicitar al Departamento de Registro de Matrícula el registro de matrícula provisional de la aeronave concreta con Certificado de aeronavegabilidad experimental. Vía registro o web, solicitud de información lserrano@seguridadaerea.es Solicitar al servicio RPAS la autorización de los vuelos de prueba. Vía registro o web, solicitud de información drones.aesa@seguridadaerea.es Solicitud de vuelos de prueba (Apéndice A2, 50.4) + documentación igual que para RPA <25 kg + Certificado de Aeronavegabilidad Experimental referenciado a la matrícula. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Realizar los Vuelos de prueba una vez autorizados. Solicitar el certificado de Tipo a la División de Certificación en base a los resultados de los vuelos de prueba.
b) Aeronaves con certificado de Tipo (operación) Solicitar al Departamento de Registro de Matrícula el registro de matrícula de la aeronave concreta con Certificado de Tipo. Solicitar el certificado de Aeronavegabilidad a la División de Certificación para cada aeronave concreta. Solicitud de vuelos de prueba (Apéndice A2, 50.4) + documentación igual que RPA <25 kg + Certificado de Aeronavegabilidad (el cual indica la matrícula de la aeronave) Realizar los Vuelos de prueba una vez autorizados. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Solicitud de actividades (Apéndice A1, 50.3) + documentación igual que RPA < 25 kg + Justificación de vuelos de prueba + Certificado Aeronavegabilidad. Una vez que el Servicio de RPAS lo autorice se podrán realizar las actividades aprobadas.
PROCEDIMIENTO PARA RPA >150 KG Y QUE NO SEAN AERONAVES DE ESTADO Se aplica la legislación de EASA (Reglamento (CE) nº 216/2008). Serán trabajos aéreos (no contemplado transporte) supervisados directamente por EASA. Será tramitado por EASA: La certificación de aeronavegabilidad experimental ( permit to flight ). La certificación de tipo y de aeronave. El permiso de operación (normativa en desarrollo, el Reglamento (CE) nº 965/2012 no cubre las operaciones de RPAS). Código de Plantilla: F DEA CDO 08 2.0 Será tramitado por AESA: La matriculación provisional, que se tramita en el Departamento de Matriculación. La matriculación definitiva. AESAQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de este documento, así
PROYECTO DE REAL DECRETO DE UTILIZACIÓN CIVIL DE RPAS ESCENARIO REGULATORIO ACTUAL. Competencia de los Estados Miembros la regulación: RPAS con masa operativa no superior a 150 kg Actividades o servicios militares, de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, guardacostas o similares con RPAS. Fuera del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) 216/2008 de 20 de febrero de 2008 (Reglamento EASA). RD Ley 8/2014 - Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. (Régimen transitorio) Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 ESCENARIO REGULATORIO PREVISTO. Real Decreto en elaboración y tramitación (plazo estimado meses): Posibilidad de nuevos escenarios operacionales vía autorización. Posibilidad de creación de un registro nacional. En proceso de elaboración normativa comunitaria. Se requerirá modificar el Reglamento EASA (plazo estimado 2-3 años).
ESCENARIOS OPERACIONALES ACTUALES Dentro del alcance visual del piloto (VLOS). En zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre. En espacio aéreo no controlado y fuera de una zona de información de vuelo (FIZ) A una altura sobre el terreno no mayor de 400 pies (120 m.) Distancia máxima de 500m. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 A más 8km de distancia de cualquier aeropuerto o aeródromo Procedimiento declarativo.
ESCENARIOS OPERACIONALES ACTUALES Operación más allá del alcance visual del piloto (BVLOS) con aeronaves <2Kg. En zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre. En espacio aéreo no controlado y fuera de una zona de información de vuelo (FIZ) A una altura sobre el terreno no mayor de 400 pies (120 m.) Alejado más de15km si la infraestructura cuenta con procedimientos instrumentales Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Previa emisión de NOTAM. Procedimiento declarativo.
NUEVOS ESCENARIOS OPERACIONALES-REQUISITOS Operación (VLOS) sobre zonas urbanas y aglomeraciones de personas RPA con MTOM no superior a 10kg. A una distancia no mayor a 100m del piloto. A una altura sobre el terreno no mayor de 400 pies (120 m.) En zonas acotadas o manteniendo una distancia horizontal mínima de seguridad de 150 m respecto de edificios u otro tipo de estructuras y de 50 m respecto de personas que no estén bajo el control del operador. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Estudio de seguridad específico. Previa autorización de AESA.
NUEVOS ESCENARIOS OPERACIONALES-REQUISITOS Operaciones nocturnas. Sistema de luces aeronáuticas. Estudio de seguridad específico. Aprobación de la operación por AESA. Operación más allá del alcance visual del piloto (BVLOS) con aeronaves >2Kg. sistemas detect & avoid aprobados o espacio aéreo segregado. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 Estudio de seguridad específico. Aprobación de la operación por AESA.
NUEVOS ESCENARIOS OPERACIONALES-REQUISITOS Operación en espacio aéreo controlado. Requisitos de formación del personal y de equipos. Estudio aeronáutico de seguridad coordinado con el proveedor de servicios de tránsito aéreo. Aprobación de la operación por AESA. Operaciones (EVLOS) Mismos requisitos que para el escenario actual VLOS, incorporando la figura de observador (distancia no mayor de 500m).
NUEVOS ESCENARIOS OPERACIÓN VS AUTORIZACIÓN TODOS LOS OPERADORES TIENEN QUE ESTAR HABILITADOS EN AESA. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 ADEMÁS, DEBEN TENER AUTORIZACIÓN ESPECÍFICA DE AESA PARA Operaciones con MTOW>25Kg. BVLOS con aeronaves MTOW> 2Kg. Operaciones nocturnas. Operaciones en núcleos urbanos o aglomeraciones de personas. Espacio aéreo controlado.
PROBLEMAS TÍPICOS CON LAS DECLARACIONES RESPONSABLES Confundir o no usar el apéndice A2 (50.4) de vuelos de prueba. No firmar la declaración responsable. No poner el margen de fechas ni el lugar de realización prevista de los vuelos de prueba. Marcar todas las actividades en vez de sólo las que se tiene intención de realizar. Registrar en AESA sólo la copia de la declaración responsable para la administración y no registrar la copia para el interesado. El Servicio de RPAS sella y remite al interesado su copia. No justificar aeronaves equivalentes entregando certificado práctico de otra aeronave. Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 No incluir alguno de los datos relevantes en la Póliza de Seguros (actividades, aeronave concreta ). No incluir el documento de condiciones para garantizar la seguridad sobre personas y bienes subyacentes.
PROBLEMAS TÍPICOS CON LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 No usar los medios aceptados de cumplimiento (AMC) facilitados en la web. Subcontratar documentación a gestores que no adaptan los documentos a las actividades y aeronaves específicas del operador. Utilizar de base manuales de operaciones para aeronave tripulada de forma que al final sobran muchas cosas y faltan otras. Entregar manuales de aeronave del fabricante en vez de caracterizaciones de aeronave particularizadas al sistema RPAS del operador. Incoherencias entre la caracterización de aeronaves y el manual de operaciones. Hacer documentos con consideración a vuelos BVLOS cuando no se han declarado. No desarrollar adecuadamente la definición del control documental del manual de operaciones. No considerar ni riesgos típicos relevantes ni específicos de operación en el estudio de seguridad. No tener en cuenta las indicaciones del fabricante en el programa de mantenimiento.
Código de Plantilla: F-DEA-CDO-08 2.0 GRACIAS POR SU ATENCIÓN