JUNTA DE GOBIERNO DIA 5 DE ABRIL DE 2.016

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CIRCULAR INFORMATIVA Nº 21/2016

Transcripción:

JUNTA DE GOBIERNO DIA 5 DE ABRIL DE 2.016 A S I S T E N T E S Presidente D. Luis Alfonso Rey de Las Heras Diputados presentes Dª. Esther Pérez Pérez D. Jesús María Cedazo Mínguez D. Jesús Manuel Alonso Jiménez D. Pedro Ángel Casas Soler Dª. María Pilar Delgado Díez D. Amancio Martínez Marín D. Martín Navas Antón Interventora Dª. Miryam Pérez Peraita Secretario D. Gonzalo Gómez Sáiz En el Salón de Comisiones del Palacio Provincial de la Ciudad de Soria, a cinco de abril de dos mil dieciséis. Siendo las ocho horas cuarenta minutos se reunieron los Diputados relacionados bajo la Presidencia del Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación D. Luis Alfonso Rey de Las Heras al objeto de celebrar la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno. Asistió para dar fe del acto el Secretario General D. Gonzalo Gómez Sáiz. Seguidamente se pasaron a considerar los distintos asuntos que integran el Orden del Día, respecto de los cuales, se adoptaron los siguientes acuerdos: 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA DE LA SESION ANTERIOR. No habiéndose formulado observación alguna por los Sres. Diputados se aprobó, por unanimidad, el acta de la sesión ordinaria de 29 de Marzo de 2.016.

2.- SUBVENCIONES CLUBES Y DELEGACIONES DE SORIA CIUDAD Y PROVINCIA, 2.016. Dada cuenta de las solicitudes presentadas al amparo de la Convocatoria pública para la concesión de subvenciones a Delegaciones Deportivas y Clubes Deportivos de Soria Ciudad y Provincia, participantes en competiciones federadas de ámbito provincial, regional o nacional durante la temporada 2015-2016 o ejercicio 2016 y/o que organicen actividades o eventos deportivos durante el ejercicio 2016 (B.O.P. núm. 17, de 12 de Febrero de 2.016). Ascendiendo la cuantía disponible, en la partida 34010-48915 del presupuesto, a 150.000. La Junta de Gobierno, según dictamen de la Comisión de Cultura, Deportes y Juventud en sesión ordinaria celebrada el 30 de Marzo de 2.016, por unanimidad, ACORDÓ: Primero.- No admitir la solicitud del C.D. MTB UXAMA por solicitar ayuda para un evento no federado, no acreditando la inscripción del mismo en el calendario territorial de ciclismo. Segundo.- Conceder las siguientes subvenciones a los Clubes y/o Delegaciones Deportivas que se citan: EQUIPOS SUBV. PARTICIPACIÒN SUBV. ORGANIZACIÓN TOTAL SUBVENCIÓN C.D. NUMANCIA 17.335,50 910,00 18.245,50 C.D. ALMAZÁN 8.326,50 8.326,50 S.C. UXAMA 7.371,00 7.371,00 C.D. VALERÁNICA 1.820,00 1.820,00 C.D. QUINTANA 1.820,00 1.820,00 C.D. NORMA SAN LEONARDO 4.095,00 4.095,00 C.D. TARDELCUENDE 1.820,00 1.820,00 C.D. ABEJAR 1.820,00 1.820,00 C.D. CASTROVIEJO 1.820,00 1.820,00 C.D. PIQUERAS 1.820,00 1.820,00 C.D. NAVALENO 2.775,50 1.046,50 3.822,00 ARCOS C.F. 1.820,00 1.820,00 C.D. VISONTIUM 3.230,50 3.230,50 C.D. SAMPEDRANA 1.820,00 1.820,00 C.D. SAN JOSÉ 10.146,50 10.146,50 C.D. CALASANZ 8.417,50 8.417,50 C.D. COVALEDA 2.775,50 2.775,50 C.D. ÓLVEGA 5.460,00 5.460,00 C.D. RUIZ ZORRILLA 2.229,50 2.229,50 C.D. GOLMAYO-CAMARETAS 1.592,50 1.592,50 C.D. ALTO DEL CASTILLO 1.820,00 1.820,00 C.D. FUENTE DEL REY 4.186,00 4.186,00 C. BALONMANO SORIA 1.638,00 1.638,00 STO. DOMINGO C.VOLEY 2.366,00 2.366,00

C. TRIATLÓN SORIANO 1.365,00 1.365,00 C. BÁDMINTON SORIA 546,00 546,00 C. ATLETISMO POLITÉCNICO 4.095,00 4.095,00 C. ATLETISMO SORIA 2.730,00 2.730,00 C. ATLETISMO NUMANTINO 2.730,00 2.730,00 C. ATELTISMO ARÉVACOS 273,00 273,00 C. GOLF SORIA 1.365,00 1.365,00 C.S.D. TENIS BOL 546,00 546,00 C.D KICK BOXING 546,00 364,00 910,00 C.D. INGENIEROS SORIA 1.183,00 1.183,00 C.D. GIMNASIA SORIA 546,00 546,00 C.D. PELOTA URBIÓN 546,00 546,00 C.D. GOLDEN PAWNS 455,00 182,00 637,00 C. SORIANO TIRO OLÍMPICO 546,00 546,00 C.D. MILLAEREA 273,00 273,00 C.D. MOTOC. TRONA2 546,00 546,00 C.EQUITACIÓN EL ROBLEDAL 546,00 273,00 819,00 C.D. ABEL ANTÓN 2.730,00 2.730,00 C. TIRO ALTO REAL 273,00 273,00 DEL. SORIANA BÁDMINTON 546,00 546,00 C. ATL. PUENTE DEL CANTO 546,00 546,00 C. TENIS PICOS DE URBIÓN 546,00 546,00 1.092,00 A. CICLISTA ADNAMANTINA 1.092,00 1.092,00 MOTO CLUB LAIRÓN 2.730,00 2.730,00 C.D. LANGA 1.820,00 1.820,00 C.D. SAN ESTEBAN 3.503,50 3.503,50 C.D. VOLEIBOL RÍO DUERO 4.459,00 4.459,00 C. BALONMANO ÁGREDA 3.321,50 3.321,50 C.D. SPORT NAVALENO 182,00 1.092,00 1.274,00 C.D. LOS PELENDONES 546,00 546,00 MOTO CLUB MX SORIA 455,00 773,50 1.228,50 CD. SORIA BALONCESTO 2.912,00 2.912,00 CD. A.D. 89 455,00 455,00 ARÉVACO RUGBY C.D. 318,50 273,00 591,50 133.770,00 15.288,00 149.058,00 Tercero.- Que el plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención finalizara, con carácter general, el 15 de Noviembre de 2016. No obstante, aquellas actividades, objeto de subvención, cuya realización y finalización sea anterior al 30 de Junio de 2016, podrán justificar dicha subvención hasta dicha fecha (30/06/2016), habilitando un periodo de abono de las justificaciones recibidas hasta esa fecha. Cuarto.- Que la justificación de las ayudas deberá ser por concepto subvencionado, es decir, se presentará una documentación para justificar la participación en competiciones federadas y otra distinta para justificar la organización de eventos deportivos, en caso de que un club deportivo reciba ayudas por los dos conceptos. Quinto.- Que el incumplimiento por parte del beneficiario de la subvención de las obligaciones previstas en las bases de la convocatoria dará lugar a la anulación de la

subvención concedida. También dará lugar a la anulación de la subvención el incumplimiento del plazo de justificación de la subvención. 3.- SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS ORGANIZACIÓN EVENTOS DEPORTIVOS, 2.016. Dada cuenta de las solicitudes presentadas por distintos Ayuntamientos de la provincia al amparo de la "Convocatoria pública para la concesión de subvenciones a municipios de la provincia de Soria (menores de 20.000 habitantes) para la organización de eventos deportivos durante 2016 (B.O.P. núm. 17, de 12 de Febrero de 2.016). Ascendiendo la cuantía disponible, en la partida 34010-46218 del presupuesto, a 35.000. La Junta de Gobierno, según dictamen de la Comisión de Cultura, Deportes y Juventud en sesión ordinaria celebrada el 30 de Marzo de 2.016, por unanimidad, ACORDÓ: Primero.- No admitir la solicitud del Ayuntamiento de San Leonardo de Yagüe por no ajustarse a la convocatoria de ayudas, ya que la actividad para la que solicita subvención no está federada y no tiene una antigüedad de más de 10 años, tal y como recoge la convocatoria. Segundo.- No admitir la solicitud del Ayuntamiento de Bayubas de Abajo por no ajustarse a la convocatoria de ayudas, ya que la actividad para la que solicita subvención es de ámbito provincial y no está inscrita en el Calendario Regional de la Federación de Atletismo, siendo requisito indispensable que la prueba para la que se solicita ayuda sea de carácter regional o superior. Tercero.- No admitir la solicitud del Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz, por no ajustarse a la convocatoria de ayudas, ya que la actividad para la que solicita subvención no está federada y no tiene una antigüedad de más de 10 años, tal y como recoge la convocatoria. Cuarto.- No admitir las solicitudes de los Ayuntamientos de Almaluez, Covaleda y Matalebreras por presentar la solicitud fuera del plazo establecido. Quinto.- Conceder a los Ayuntamientos que se relacionan las siguientes subvenciones: AYUNTAMIENTO EVENTOS DEPORTIVOS SUBVENCIÓN VINUESA LXI Travesía Laguna Negra III Duatlón Sprint Vinuesa 1.800 1.000 EL BURGO DE OSMA XVII Media Maratón 2.000 EL ROYO 1ª Prueba Ciclista 2.000

GOLMAYO VIII Cross de Golmayo 1.200 NAVALENO Rally Sprint Navaleno Canicosa Campeonato España Relevos Mixtos 1.200 3.000 ALMAZÁN XX Triatlón Abel Antón (Cpto. Esp) 6.000 ALCONABA XI Cross Alconaba 1.200 ALMENAR Duatlón Cross Almenar 1.200 VELILLA DE LA SIERRA III Carrera Popular 1.200 ÁGREDA XXIV Carrera Pop. Fermín Cacho 500 ALMARZA XII Campeonato Tenis de Mesa 500 QUINTANA REDONDA VII Cross Quintana Redonda 1.199 FUENTELMONGE I Carrera Cántabos Running 1.200 ÓLVEGA VII Cross Amistad Ólvega 1.200 BERLANGA DE DUERO I Valeránica Running 1.200 I Marcha Cicloturista Berlanguesa 1.200 ABEJAR XXXVII Cross Villa de Abejar 1.200 29.999 Sexto.- Que el plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención finalizara, con carácter general, el 15 de Noviembre de 2.016. Séptimo.- Que el incumplimiento por parte del beneficiario de la subvención de las obligaciones previstas en las bases de la convocatoria dará lugar a la anulación de la subvención concedida. También dará lugar a la anulación de la subvención el incumplimiento del plazo de justificación de la subvención. 4.- SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS CONTRATACIÓN MONITORES SOCIO-DEPORTIVOS 2.016-17. Dada cuenta de las solicitudes presentadas por distintos Ayuntamientos y Mancomunidades de la provincia al amparo de la Convocatoria de ayudas a Ayuntamientos y/o Entidades Locales y Mancomunidades de la Provincia para la contratación de monitores socio-deportivos durante el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2.016 al 30 de Junio de 2.017 (B.O.P. núm. 17, de 12 de Febrero de 2.016) La Junta de Gobierno, según dictamen de la Comisión de Cultura, Deportes y Juventud en sesión ordinaria celebrada el 30 de Marzo de 2.016, por unanimidad, ACORDÓ: Primero.- Conceder a los Ayuntamientos y Mancomunidades que se relacionan las siguientes subvenciones:

Ayuntamiento Monitor Horas/ Día Aportación Diputación Total escolares Ayto. de Ágreda 1 8 7.600 388 Ayto. de Almazán 1 8 7.600 693 Ayto. de Arcos de Jalón 1 8 7.600 151 Ayto. de Berlanga de Duero 1 8 7.600 82 Ayto. de Covaleda 1 6 5.700 160 Ayto. de Duruelo de la Sierra 1 4 3.800 75 Ayto. de Golmayo 1 8 7.600 509 Ayto. de Langa de Duero 1 4 3.800 58 Ayto. de Medinaceli 1 4 3.800 63 Ayto. de Navaleno 1 8 7.600 51 Ayto. de Ólvega 1 8 7.600 475 Ayto. de San Esteban de Gormaz 1 8 7.600 316 Ayto. de San Leonardo de Yagüe 1 6 5.700 245 Ayto. de Vinuesa 1 4 3.800 77 Mancomunidad de Tierras Altas 1 8 7.600 91 Mancomunidad del Río Izana 1 4 3.800 49 TOTAL 98.800 3.483 Segundo.- Que el plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención finalizara, con carácter general, el 30 de Septiembre de 2.017. Tercero.- Que el incumplimiento por parte del beneficiario de la subvención de las obligaciones previstas en las bases de la convocatoria dará lugar a la anulación de la subvención concedida. También dará lugar a la anulación de la subvención el incumplimiento del plazo de justificación de la subvención. Cuarto.- Que a la vista de la población escolar de las distintas localidades participantes en los Juegos Escolares, en próximas convocatorias el criterio de concesión de horas correspondiente a la jornada laboral del monitor/a deportivo será, no tanto la población escolar del municipio, sino el correspondiente a la participación real en los Juegos Escolares 2016-2017, ya que contrasta el elevado número de escolares en un municipio y la escasa participación en los Juegos Escolares, y viceversa, el escaso número de escolares en un municipio y la elevada participación de los mismos. 5.- FASES FINALES COPA DIPUTACIÓN, CAMPEONATO INTERPUEBLOS Y CAMPEONATO PROVINCIAL DE JUEGOS POPULARES. Vistas las solicitudes recibidas de distintos Ayuntamientos de la provincia para albergar las Finales de la Copa Diputación, Campeonato Interpueblos y Juegos Populares 2.016. La Junta de Gobierno, según dictamen de la Comisión de Cultura,

Deportes y Juventud en sesión ordinaria celebrada el 30 de Marzo de 2.016, por unanimidad, ACORDÓ: Primero.- Celebrar las Fases Finales de la Copa Diputación y Campeonato Interpueblos el próximo 4 de Junio en Duruelo de la Sierra. Segundo.- Celebrar la Fase Final del Campeonato Provincial de Juegos Populares el 7 de Mayo próximo en Berlanga de Duero. 6.- CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA DELEGACIÓN SORIANA DE TRIATLÓN. Dada cuenta del Convenio de Colaboración entre esta Diputación Provincial y la Delegación Soriana de Triatlón para la realización de actividades de promoción turística y deportiva de la provincia durante la organización y desarrollo del Campeonato de España de Duatlón por equipos y relevos elite, a celebrar en Soria entre los días 22 y 24 de Abril, y una prueba de la Copa de España de Duatlón Larga Distancia, a celebrar en Garray (Yacimiento Arqueológico de Numancia), el próximo 8 de Mayo. La Junta de Gobierno, por unanimidad de sus miembros asistentes, ACORDÓ: Primero.- Aprobar el Convenio de referencia, Segundo.- La aportación de la Diputación Provincial será de 13.000, con cargo a la partida presupuestaria 34010-48927. Tercero.- Facultar a la Presidencia para la firma del mismo. 7.- APROBACIÓN EXPEDIENTE CONTRATACIÓN SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Visto el expediente tramitado para la contratación consistente en el servicio de prevención de riesgos laborales, solicitado por el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales, redactado el pliego de cláusulas administrativas particulares, el cual cumple lo señalado en el art. 109 del R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Visto lo dispuesto en la D.A. 2ª del R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre. A la vista de todo lo anterior, la Junta de Gobierno, en virtud del Decreto de la Presidencia de 7 de Julio de 2.015 (BOP 20/07/15), ACORDÓ: Primero.- Aprobar el mismo y el correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el pliego de prescripciones técnicas. Disponer la apertura del procedimiento de adjudicación y la aprobación del gasto por importe de 36.818,18 que con un IVA de 7.731,82 supone un total de 44.550,00 ; el valor estimado del contrato asciende a 147.272,73 que con un IVA de 30.927,27 supone un total de 178.200,00.

Segundo.- Utilizar el procedimiento abierto al amparo de lo dispuesto en el art. 138.2º del R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre. 8.- APROBACION EXPEDIENTE CONTRATACION SUMINISTRO SIETE CONTENEDORES DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS DE 3000 LITROS DE CAPACIDAD Y SIETE CONTENEDORES DE RECOGIDA DE PAPEL DE 3000 LITROS DE CAPACIDAD. Visto el expediente tramitado para contratar el suministro consistente en la adquisición de siete contenedores de recogida de residuos urbanos de 3000 litros de capacidad y siete contenedores de recogida de papel de 3000 litros de capacidad, redactado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el cual cumple lo señalado en el art. 109 y la D.A. 2ª 1º del R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. A la vista de todo lo anterior, la Junta de Gobierno, en virtud del Decreto de 7 de Julio de 2.015 (B.O.P. 20/07/15), ACORDÓ: Primero.- Aprobar el mismo y el correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el pliego de prescripciones técnicas. Disponer la apertura del procedimiento de adjudicación y la aprobación del gasto por importe de 23.966,94 que con un IVA (21%) de 5.033,06 hace un total de 29.000,00. Segundo.- Utilizar el procedimiento abierto al amparo de lo dispuesto en el art. 132.2º del R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre. 9.- CLASIFICACIÓN OFERTAS SUMINISTRO CHASIS CAMIÓN 4X4, EQUIPADO CON PLACA HOMOLOGADA, PARA MONTAJE DE CUÑA QUITANIEVES, PARA MONTAR CISTERNA DE AGUA Y EQUIPO PARA TRABAJOS DE VIALIDAD INVERNAL. Tramitado expediente relativo al contrato de suministros consistente en chasis camión4x4, equipado con placa homologada, para montaje de cuña quitanieves, para montar cisterna de agua y equipo para trabajos de vialidad invernal, propiedad de Diputación, publicado anuncio de licitación con fecha 4 de Marzo de 2.016. Abiertas las ofertas con fecha 28 de Marzo de 2.016 y valoradas con la siguiente puntuación: Empresas licitadoras Descripción de criterios objeto de valoración Ptos. Mycsa, S.L. Lizaga, S.A. MEJORAS OFERTADAS Mejora de potencia a partir de 400 CV, 0,10 puntos por CV de más. 5,00 410,00 1,00 400,00 0,00

Por tener tracción delantera descontable, se asignan 2,00 puntos. 2,00 SI 2,00 Si 2,00 Por tener cabina con suspensión neumática, se asignan 2,00 puntos. 2,00 SI 2,00 SI 2,00 Por contrato mantenimiento lubricantes y filtros durante garantía, se asignan 0,75 puntos/año de garantía. 3,00 3,00 2,25 0,00 0,00 GARANTIAS Y ASISTENCIA TÉCNICA Aumento del plazo de años de garantía, los 2 primeros obligatoria. 2,00 3,00 1,00 2,00 0,00 Servicio Técnico en capital o provincia. 4,00 SI Servicio Técnico en provincias limítrofes. 1,00 PLAZO DE ENTREGA Reducción plazo de entrega: 1 punto por cada 10 días adelanto. 3,00 60,00 0,00 60,00 0,00 PRECIO OFERTADO Precio base de licitación-precio ofertado P. I.V.A. 127.000,00 30,00 112.406,58 30,00 125.235,00 22,39 incluido. Precio más bajo de los ofertados p. 112.406,58 4,00 SI 4,00 51,00 42,25 30,39 Propuesta por la Mesa de Contratación de fecha 28 de Marzo de 2.016 la adjudicación del contrato de referencia a MYCSA DISTRIBUIDORA DE GRUAS, S.L., al haber obtenido la mejor puntuación global. A la vista de todo lo anterior, la Junta de Gobierno, en virtud del Decreto de 7 de Julio de 2.015 (BOP 20/07/15), ACORDÓ: Primero.- Clasificar las ofertas presentadas a la licitación de referencia, en función de la puntuación obtenida: 1.- MYCSA DISTRIBUIDORA DE GRUAS, S.L. 2.- LIZAGA, S.A. Segundo.- Requerir a MYCSA DISTRIBUIDORA DE GRUAS, S.L., al ser el licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que aporte, salvo que ya lo hubiere hecho, los documentos relacionados en la cláusula 2.10ª del pliego modelo contrato suministros por procedimiento abierto acreditativos de: Su capacidad de obrar y bastanteo de poderes. Su solvencia técnica: Descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante. Su solvencia económica: Cifra anual de negocios, o bien cifra anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, según pliego. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

Haber constituido la garantía definitiva, por importe de 4.644,90. Haber abonado la tasa por la publicación del anuncio de licitación, por el importe que resulte de la autoliquidación a través del portal del contribuyente en www.dipsoria.es. Tercero.- Conceder un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a la recepción del presente requerimiento, para que presente la documentación indicada. Cuarto.- Que el Departamento de Tesorería, de conformidad con la cláusula 2.10º del pliego general de cláusulas administrativas, expida certificado acreditativo de que MYCSA DISTRIBUIDORA DE GRUAS, S.L., con CIF B- 87456489, no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Diputación Provincial de Soria, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas. 10.- BASES REGULADORAS CONVOCATORIA AYUDAS DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES EN MATERIA DE FERIAS. Dada cuenta de las Bases Reguladoras de la Convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a entidades locales en materia de Ferias. La Junta de Gobierno, según dictamen de la Comisión de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Montes en sesión ordinaria celebrada el 1 de Abril de 2.016, por unanimidad, ACORDÓ: Primero: Prestar su aprobación a dichas bases conforme al siguiente tenor literal: La provincia de Soria cuenta con una larga tradición agropecuaria unida a la celebración de certámenes feriales y mercados que permiten exponer productos agropecuarios, concentrar la oferta-demanda y desarrollar aspectos de relación, culturales y sentimentales. Por otra parte, la Excma. Diputación Provincial de Soria consciente de su responsabilidad en el fomento de los intereses peculiares de la Provincia y reconociendo la necesidad de asistencia y cooperación económica con los Municipios estima conveniente la convocatoria de concurso público para la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de la provincia de Soria para realizar estas actividades atendiendo a criterios de publicidad, objetividad y libre concurrencia ante la convocatoria pública de ayudas económicas. PRIMERA.- OBJETO. Se convocan ayudas para aquellas Entidades Locales de la provincia de Soria que organicen Certámenes Expositivos aprobados por Resolución de 3 de diciembre de 2015 de la Dirección General de Comercio y Consumo por la que se publica el Calendario de Ferias Comerciales de Castilla y León para el año 2016.

SEGUNDA.- APLICACION PRESUPUESTARIA. La Corporación Provincial destinará la asignación de 30.000,00 con cargo a la aplicación presupuestaria 41010-46210 AYUNTAMIENTOS, APORTACIONES AGRICULTURA Y GANADERÍA del Presupuesto de Gastos de la Excma. Diputación Provincial de Soria para el ejercicio 2.016. TERCERA.- BENEFICIARIOS. Podrán acceder a estas ayudas los distintos ayuntamientos de la provincia de Soria que organicen ferias comerciales. En aquellos casos en los que un mismo Ayuntamiento organice varios certámenes deberá presentar una única solicitud que englobe todos ellos. Así mismo, quedará excluidos aquellos que perciban ayudas procedentes de esta Corporación para la misma finalidad. CUARTA.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. 1.- Realizar las aportaciones económicas indicadas en la solicitud. 2.- Hacer constar que la actividad ha estado cofinanciada por la Diputación Provincial de Soria, incluyendo su imagen corporativa en todos aquellos actos o elementos de difusión que se realicen. 3.- Realizar en tiempo y forma la justificación de la subvención, conforme establece la cláusula duodécima de la convocatoria. 4.- Someterse a las actuaciones de control financiero que, en su caso, pudiera realizar la Diputación Provincial de Soria, de conformidad con la Base 46 y siguientes de las bases de ejecución del presupuesto de 2016 de la Diputación de Soria y de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento RD 887/2006, de 21 de julio. QUINTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACION. Las Entidades Locales que deseen acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases, deberán presentar en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial una solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Presidente conforme al modelo incluido como Anexo I que deberá cumplimentarse en su integridad al contener los aspectos que sirvan de base para el cálculo de la cuantía de la ayuda así como la aceptación de la totalidad de los términos y condiciones previstas en la presente convocatoria, SEXTA.- PLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes será de 26 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia. SÉPTIMA.- CUANTIA DE LAS AYUDAS. La ayuda consistirá en una subvención a percibir por el ayuntamiento organizador del Certamen. La cuantía individual la fijará la Comisión de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Montes de acuerdo con cuatro criterios ponderados: arraigo y tradición; presupuesto; duración del certamen e interés específico en potenciar algún certamen en particular. El valor del punto se obtendrá dividiendo la cantidad presupuestada (30.000 ) por el número total de puntos que alcancen los distintos expedientes de acuerdo con los datos

indicados en la solicitud. En los cálculos se realizarán con un único decimal redondeándose al inmediato superior e inferior si el segundo decimal es igual o mayor de 5. Se fija una cuantía máxima absoluta de 10.000,00 por solicitante. El primer criterio: arraigo y tradición, entendido como años de celebración, se pondera con 20 puntos que se otorgará al expediente que cuente con mayor número de años de organización. El resto de solicitudes se puntuará mediante la aplicación de una regla de tres. El segundo criterio, presupuesto especificado en la solicitud que se ponderará con 50 puntos y se otorgará a aquel expediente con mayor cuantía. El resto de expediente se puntuará de igual forma que lo especificado en primer criterio. El tercer criterio, se refiere a la duración del certamen para lo que se asignará 3 puntos por cada día de celebración con un máximo de 12 puntos. El cuarto criterio, se otorgará con carácter especial hasta un máximo de 18 puntos en función del interés agropecuario específico del certamen, a juicio de la Comisión. OCTAVA.- GASTOS SUBVENCIONABLES. Las inversiones y gastos a considerar para el cálculo de la ayuda serán todos aquellos que se consideren precisos y necesarios para para organización y celebración del certamen. NOVENA.- CONCESION DE LA AYUDA. Concluido el plazo de presentación de solicitudes se procederá al examen de las solicitudes por parte de la Comisión Informativa de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Montes quien propondrá la adjudicación de las subvenciones a los Órganos competentes de la Diputación de conformidad con lo determinado en las Bases de ejecución del vigente Presupuesto. DÉCIMA. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS PÚBLICAS O PRIVADAS. Estas ayudas son compatibles con cualquieras otras ayudas públicas o privadas destinadas a la misma finalidad, siempre y cuando el total de ingresos percibidos para la actividad no supere su coste. En caso de percibirse ayudas distintas de las reflejadas en esta convocatoria deberán reflejarse en apartado c) de la cláusula duodécima de la justificación. UNDÉCIMA.- PAGOS ANTICIPADOS. No procede el pago anticipado por lo que el importe de la subvención se abonará una vez justificada en tiempo y forma. DUODÉCIMA.- PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACION DE LA SUBVENCION. El plazo para presentar la justificación concluye a las 14 horas del día 4 de noviembre de 2016. No obstante, para aquellas actividades subvencionadas que se desarrollen durante los meses de noviembre y diciembre, el plazo de justificación se prorrogará hasta el 22 de diciembre de 2016. De conformidad con lo establecido en el art. 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el art. 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento general de la Ley de Subvenciones, el Ayuntamiento deberá presentar la cuenta justificativa simplificada que deberá contener:

a) Memoria firmada por el Secretario del Ayuntamiento con el visto bueno del alcalde en el que consten: las actividades realizadas, las fechas de realización, así como en su caso, el número de beneficiarios de la actividad realizada. b) Una relación firmada por el secretario con el visto bueno del alcalde en el que consten las obligaciones reconocidas y pagos realizados, los gastos e inversiones realizadas, identificando al acreedor, su NIF, nº de factura, importe de la factura incluyendo el IVA, fecha de emisión, fecha de pago y el concepto conforme al modelo que se facilita en la web de la Diputación Provincial de Soria. c) Certificado del Secretario con el visto bueno del alcalde presidente en el que aparezcan, en su caso, otras aportaciones públicas o privadas que hayan financiado la actividad, con indicación de su importe y procedencia, conforme al modelo que se facilitará en la web de la Diputación Provincial de Soria. d) Declaración responsable de estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social, conforme al modelo que se facilitará en la web de la Diputación Provincial de Soria No obstante, las ayudas económicas consistirán en una subvención máxima del 50% del coste total de la actividad, una vez realizado el balance final de ingresos y gastos, de conformidad con el artículo 9.2 de la ordenanza general reguladora de la concesión de subvención por la Diputación Provincial, publicada en BOP nº 147, de 23 de diciembre de 2009. En caso de existencia de diferencias negativas entre los gastos aprobados en el cálculo de los puntos y los realmente justificados se procederá a una minoración proporcional de acuerdo con su ponderación. El valor en euros del punto permanecerá invariable independientemente de posibles variaciones existentes en el momento de la justificación. La Diputación podrá comprobar, mediante la técnica de muestreo que considere oportuna, los justificantes que considere necesarios para obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes de gasto seleccionados. DECIMOTERCERA.- INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO. Dará lugar al reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro en los casos contemplados por el art. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El incumplimiento por el beneficiario de cualquiera de las condiciones establecidas en las presentes Bases, dará lugar a la pérdida del derecho a la subvención y a la devolución de las cantidades indebidamente percibidas, incluso por vía de apremio administrativo, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar. DECIMOCUARTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE. Tanto la Diputación como el Ayuntamiento se reconocen mutuamente su carácter público, y en consecuencia, la aplicación de las normas de derecho administrativo a

la relación entre ambos. En su caso, las partes someterán las divergencias que pudieran plantearse en orden a la interpretación o cumplimiento a la jurisdicción contenciosa administrativa. Segundo.- Proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. 11.- BASES REGULADORAS PREMIO DIPUTACIÓN PROVINCIAL AL MEJOR VINO RIBERA DEL DUERO EN EL MARCO DE LA FERIA DE SAN ESTEBAN DE GORMAZ, 2.016. Dada cuenta de las Bases Reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del II Premio Diputación Provincial de Soria al mejor vino (tinto joven y rosado) que participe en el marco de la Feria de San Esteban de Gormaz: vinos y productos artesanos, organizada por el Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz, a celebrar los próximos días 4 y 5 de Junio. La Junta de Gobierno, según dictamen de la Comisión de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Montes en sesión ordinaria celebrada el 1 de Abril de 2.016, por unanimidad, ACORDÓ: Primero.- Aprobar las Bases de la citada convocatoria. Segundo.- El premio al mejor vino tinto joven y al mejor vino rosado estará dotado con una asignación económica de 1.500 cada uno, con cargo a la partida presupuestaria 41010-48003. 12.- RUEGOS Y PREGUNTAS. Dentro de este turno no se formuló ningún ruego ni pregunta. FUERA DEL ORDEN DEL DIA. Previa declaración de urgencia acordada en forma reglamentaria al amparo del art. 51 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de Abril y del art. 83 del R.O.F., pese a no figurar en el Orden del Día se sometieron a consideración los siguientes asuntos: 1.- APROBACION PROYECTOS OBRAS MEJORA DE VIAS PROVINCIALES: a).- Cuñas de ensanche en CP. SO-P-1011, entre pp.kk.: 0+225 al 4+450; de N-111 en Garray a SO-P-1001 por Velilla de la Sierra. Visto el proyecto técnico de la obra Cuñas de ensanche en CP. SO-P- 1011, entre pp.kk.: 0+225 al 4+450; de N-111 en Garray a SO-P-1001 por Velilla de la

Sierra (Obra núm. 2 Plan Mejora Vías Provinciales/2016), con un presupuesto de 138.684,26, redactado por los Ingenieros de la Sección de Vías y Obras D. Nemesio Gil García y D. Carmelo Ortiz Vinuesa. Visto el art. 93 del R.D. Legislativo 781/86 de 18 de Abril y el art. 123 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público la Junta de Gobierno, actuando por delegación de la Presidencia, Decreto 2472/15, de 7 de Julio (BOP 20/07/15), por unanimidad de sus miembros asistentes, ACORDÓ aprobar el proyecto relacionado y su exposición al público a los efectos reglamentarios. b).- Cuñas de ensanche en tramo de CP. SO-P-1208, de SO-P-1001 en Renieblas a N-122 en Aldealpozo, entre pp.kk.: 8+760 al 13+780; tramo: Arancón a puente bajo línea férrea fuera de servicio. Visto el proyecto técnico de la obra Cuñas de ensanche en tramo de CP. SO-P-1208, de SO-P-1001 en Renieblas a N-122 en Aldealpozo, entre pp.kk.: 8+760 al 13+780; tramo: Arancón a puente bajo línea férrea fuera de servicio (Obra núm. 3 Plan Mejora Vías Provinciales/2016), con un presupuesto de 201.678,19, redactado por los Ingenieros de la Sección de Vías y Obras D. Nemesio Gil García y D. Carmelo Ortiz Vinuesa. Visto el art. 93 del R.D. Legislativo 781/86 de 18 de Abril y el art. 123 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público la Junta de Gobierno, actuando por delegación de la Presidencia, Decreto 2472/15, de 7 de Julio (BOP 20/07/15), por unanimidad de sus miembros asistentes, ACORDÓ aprobar el proyecto relacionado y su exposición al público a los efectos reglamentarios. 2.- BASES REGULADORAS CONCESION SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACION DE DESEMPLEADOS POR LOS AYUNTAMIENTOS PARA OBRAS Y SERVICIOS DE INTERES GENERAL Y SOCIAL. Dada cuenta de las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la contratación de desempleados por los Ayuntamientos para obras y servicios de interés general y social. La Junta de Gobierno, según dictamen de la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo en sesión ordinaria celebrada el 4 de Abril de 2.016, por unanimidad, ACORDÓ: Prestar su aprobación a dichas bases conforme al siguiente tenor literal:

Primera.- Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la convocatoria cofinanciar la contratación de trabajadores para la realización de obras y servicios de interés general y social en municipios menores de 20.000 habitantes. Segunda.- Crédito presupuestario.- Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria se pagarán con cargo a la partida 2016 43910 46204 Plan fomento empleo ayuntamientos del presupuesto en vigor de la Diputación para 2016, dotada con 647.500. Tercera.- Beneficiarios.- Pueden acogerse a la presente convocatoria todos los ayuntamientos de la provincia que cuenten entre sus empadronados con desempleados inscritos como no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, conforme a las cifras oficiales del mes de febrero, publicadas por el citado organismo en su página web. Cuarta.- Obligaciones de los beneficiarios.- Son obligaciones de los beneficiarios las siguientes: 1.- Contratar a los trabajadores antes del 30 de abril de 2016, siguiendo el procedimiento establecido por la Resolución de 29 de febrero de 2016 de la Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León por la que se determinan las condiciones para la gestión de los recursos destinados a las entidades locales en materia de empleo. Las contrataciones deberán reunir los siguientes requisitos: Deberán contratar mediante oferta de empleo solicitada a la Oficina de Empleo correspondiente. Los trabajadores deberán pertenecer a alguno de los siguientes colectivos: Jóvenes menores de 35 años, preferentemente sin cualificación. Mayores de 45 años, especialmente aquellos que no perciban ninguna prestación y tengan cargas familiares. Parados de larga o muy larga duración, preferentemente quienes hayan agotado prestaciones por desempleo y/o pertenezcan a colectivos de exclusión. El contrato se concertará a jornada completa, con una duración de 180 días. Los contratos de trabajo deberán formalizarse por escrito y en cualquiera de las modalidades contractuales de naturaleza temporal establecida por la normativa vigente y en el marco de los convenios colectivos que sean de aplicación. No se admitirán contrataciones realizadas con personas que sean miembros de alguna corporación local en los casos en los que se incurra en alguno de los supuestos de incompatibilidad previstos por la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local. 2.- Si antes de completar el período de contratación de 180 días, alguno de los contratos se extinguiera, la entidad podrá contratar a otra persona, que cumpla los requisitos señalados en el punto anterior, dicha sustitución debe producirse en el plazo de un mes.

Si no se produjera la sustitución o cuando, habiéndose producido ésta, la suma de los distintos períodos de contratación fuese inferior a 120 días, se procederá a la cancelación total de la financiación. En caso contrario, cuando fuese igual o superior a 120 días e inferior a 180, se procederá a la reducción de la financiación concedida por importe proporcional al período de tiempo no cubierto por ningún trabajador. 3.- Notificar mediante el anexo III las extinciones o bajas de los contratos realizados, así como las sustituciones, debiendo justificar debidamente la causa. Quinta.- Solicitudes. Forma, plazo de presentación y documentación.- De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, LRJAP, las solicitudes se podrán presentar en cualquiera de los registros y por los medios que dispone el art. 38 de esa Ley. El plazo para la presentación de solicitudes concluye a las 14 horas del 12 de abril de 2016. Las solicitudes contendrán la siguiente documentación: 1.- Anexo I. 2.- Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social. 3.- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos en la convocatoria se requerirá al interesado para que en el plazo de 3 días hábiles desde el siguiente a la recepción del requerimiento, subsane la falta y/o acompañe los documentos preceptivos. En el caso de que no se hiciera se le tendría por desistido en su solicitud de acuerdo con lo establecido en el art. 17 de la ley 30/92, de 26 de noviembre. Sexta.- Criterios de otorgamiento de la subvención.- Los criterios de prelación de las solicitudes son los siguientes: 1.- Número de desempleados inscritos en la oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, conforme a los datos oficiales del mes de febrero, publicados por el citado organismo. 2.- En caso de igual número de desempleados del municipio, las solicitudes se ordenarán de mayor a menor por la población de derecho del municipio, conforme al último censo disponible del Instituto Nacional de Estadística. Los municipios con 100 o más desempleados inscritos que soliciten tres o más trabajadores tendrán garantizada financiación para 3 contratos. Los municipios que tengan entre 20 y 99 desempleados que soliciten dos o más trabajadores tendrán garantizada financiación para 2 contratos. Los municipios que tengan entre 5 y 19 desempleados tendrán garantizada financiación para 1 contratos. Para aquellos municipios que tengan entre 1 y 4 desempleados, se les subvencionará un trabajador, hasta agotar el crédito presupuestario, conforme al orden obtenido de aplicar los criterios 1 y 2 de esta base.

Si una vez atendidas las solicitudes recibidas no se agotara el crédito presupuestario, se atenderán, si las hubiera, las solicitudes de los ayuntamientos que hubieran pedido más trabajadores de los que tienen garantizado por número de desempleados, hasta agotar el crédito presupuestario, previo informe de la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo. Séptima.- Instrucción y resolución del procedimiento. Órgano competente.- La concesión de estas ayudas está supeditada a la existencia de crédito presupuestario para este fin y se resolverán en función de la puntuación obtenida de aplicar los criterios establecidos en la base sexta de esta convocatoria. Las solicitudes serán informadas por el departamento de Desarrollo Económico y Turismo, sin perjuicio de otros informes que pudiera solicitar la Junta de Gobierno de la diputación para dictar la resolución de concesión o denegación de la solicitud. Las solicitudes las resolverá la Junta de Gobierno de la Diputación, que podrá realizar cuantas actuaciones estime procedentes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se vaya a formular la resolución, incluyendo cuantos informes técnicos estime oportunos. El plazo máximo de resolución y notificación es de un mes desde la fecha en la que la solicitud esté completa. Transcurrido ese plazo sin que se haya notificado resolución expresa la solicitud se entenderá desestimada a los efectos del art. 43.3 de la ley 30/92, de 26 de diciembre, LRJAP. Las resoluciones pondrán fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse bien recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación y con arreglo a lo dispuesto en la ley 30/92, de 26 de noviembre, o bien directamente contencioso administrativo en el Juzgado de lo contencioso administrativo de Soria en los términos y plazos dispuestos en la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. Octava.- Gastos subvencionables.- Son gastos subvencionables los siguientes conceptos derivados de la contratación temporal de trabajadores desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo: Los costes salariales y extrasalariales de la contratación de trabajadores. Los costes de Seguridad Social de la contratación de trabajadores. Los costes de la indemnización por fin de contrato. Novena.- Plazo de ejecución.- Los contratos de trabajo financiados con arreglo a la presente convocatoria deberán celebrarse antes del 30 de abril de 2016, por un período de 180 días, a jornada completa, con los requisitos señalados en la base cuarta. Décima.- Cuantía individual de la subvención.- Cada contrato de trabajo está subvencionado al 50% por la Diputación, con un máximo de 5.000, debiendo aportar el ayuntamiento el 50% restante de todos los gastos que

se consideran subvencionables, conforme a la base octava. Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un período superior a 120 días e inferior a 180 días. La cobertura de un periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación por ese contrato. Décimo primera.- Plazo, forma de justificación y pago.- Los ayuntamientos deberán presentar la justificación antes del día 9 de diciembre de 2016, que consta de la siguiente documentación: 1.- Anexo IV. 2.- Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social. 3.- Declaración de no haber percibido otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad. De conformidad con el art. 70 del RD 886/2007, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, transcurrido el plazo otorgado en la resolución de concesión sin que el beneficiario haya presentado la justificación se le requerirá para que en el plazo de 15 días proceda a su presentación. En el caso de que no lo hiciera se procederá a declarar la pérdida total del derecho a percibir la subvención. Décimo segunda.- Compatibilidad con otras subvenciones otorgadas para la misma finalidad.- Estas subvenciones son incompatibles con cualesquiera otras de cualquier administración pública o entidad privada destinadas a la misma finalidad. Décimo tercera.- Publicidad.- De conformidad con la base octava de la Resolución de la Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León por la que se determinan las condiciones para la gestión de los recursos destinados a entidades locales en materia de empleo, se hace constar que la presente convocatoria está cofinanciada por la Junta de Castilla y León por un importe de 392.087. En cualquier tipo de publicidad que se haga de estos contratos los ayuntamientos deberán hacer constar que están cofinanciados por la Junta de Castilla y León. Décimo Cuarta.- Incumplimientos y reintegros.- Los siguientes incumplimientos darán lugar automáticamente a la pérdida del derecho a percibir la subvención íntegra: 1.- Contratar trabajadores sin haber realizado previamente oferta de empleo ante el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. 2.- Contratar trabajadores que no figuren entre los candidatos preseleccionados por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. 3.- No presentar la justificación dentro del plazo establecido en la cláusula décimo primera. 4.- No notificar en plazo las extinciones o bajas producidas. En el caso de que el contrato de trabajo no supere los 120 días dará lugar a la

cancelación total de la financiación por ese contrato. Décimo quinta.- Régimen de recursos.- Contra los acuerdo de aprobación de las bases y de concesión de subvenciones podrá interponerse bien recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación y con arreglo a lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, o bien directamente contencioso administrativo en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria en los términos y plazos dispuestos en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. Décimo sexta.- Protección de datos.- La información contenida tanto en las solicitudes como en la justificación quedará sometida a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. La Diputación garantiza que los datos solo se van a utilizar para la finalidad para la que se obtienen. Décimo séptima.- Disposición final.- Estas subvenciones se regirán por las presentes bases y en lo no regulado en las mismas por la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Soria, publicadas en el B.O.P. nº 147 de 23 de diciembre de 2009 y la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. 3.- CONVOCATORIA UNDÉCIMO PREMIO PROVINCIAL DE TURISMO. Dada cuenta de la Convocatoria del Undécimo Premio Provincial de Turismo de Soria, con objeto de sensibilizar e incentivar a las localidades de la provincia en la promoción de su patrimonio cultural, medio ambiental y todas aquellas iniciativas tendentes en atraer turismo. La Junta de Gobierno, según dictamen de la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo en sesión ordinaria celebrada el 4 de Abril de 2.016, por unanimidad, ACORDÓ: Primero.- Aprobar las Bases de la citada Convocatoria. Segundo.- El premio estará dotado con 12.000, se hará efectivo con cargo a la partida presupuestaria 43910-76206. Tercero.- Su publicación en el B.O.P. 4.- PROYECTO CAMINO NATURAL SANTANDER- MEDITERRANEO TRAMO ABEJAR-SAN LEONARDO DE YAGUE. Se da cuenta del escrito remitido por la Subdirección General de

Fomento del Desarrollo del Medio Rural, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de fecha 26/02/2016, por el que se adjunta el proyecto constructivo del "Camino Natural del Santander Mediterráneo. Tramo San Leonardo de Yagüe- Abejar" y se solicita de esta Diputación diversa documentación y compromisos al objeto de finalizar la tramitación administrativa para proceder al inicio de las obras, y a la vista del dictamen de la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo de 4 de Abril de 2016, la Junta de Gobierno, por unanimidad ACORDÓ: 1º.- Asumir el compromiso de conservación y mantenimiento del "Camino Natural del Santander Mediterráneo. Tramo San Leonardo de Yagüe-Abejar" durante los dos primeros años de su apertura al uso público y el de coordinar la actuación de los Ayuntamientos por donde discurre dicho camino en las tareas de conservación y mantenimiento pasados los dos años iniciales. En todo caso, la reposición de la señalización que sea precisa en las labores de mantenimiento se efectuará de acuerdo al Manual de Señalización y Elementos Auxiliares de Caminos Naturales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. 2º.- Promover el conocimiento y uso del camino natural así como colaborar en las acciones de promoción del camino que se realicen desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y utilizar el logotipo del Programa de Caminos Naturales en los folletos o documentos que genere. 3º.- Asumir la responsabilidad patrimonial ante la eventualidad de cualquier hipotético daño o siniestro producido en los terrenos y/o bienes inmuebles integrantes del Camino Natural o vinculados a él, una vez finalizadas y entregadas las obras y siempre que dicha responsabilidad sea exigible en virtud del compromiso de conservación y mantenimiento asumido en el apartado primero. 4º.- Comunicar al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que la disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras le corresponde a los Ayuntamientos por los que discurre el camino en virtud de los oportunos convenios suscritos con el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). 5.- CLASIFICACION OFERTAS SUMINISTRO TRES TRACTORES EQUIPADOS CADA UNO, CON BRAZO DESBROZADOR ARTICULADO, DE TIPO VISUAL. Tramitado expediente relativo al contrato de suministros consistente en suministro de tres tractores equipados cada uno, con brazo desbrozador articulado, de tipo visual fue publicado anuncio de la licitación en con fecha 17 de Febrero de 2.016.

Abiertas las ofertas valoradas en sesión de la mesa de contratación de 4 de Abril de 2.016, con las siguientes puntuaciones: Empresas licitadoras Descripción de criterios objeto de valoración P tos Lomaq Maquinaria Agromecánica Hermanos Castillo Cidiana Mycsa Distribuidora Agrí cola Maquinaria S.L. Agrícola Sial, S.A. García, S.L. Marinda, S.L. M otor, S.L. de Grúas, S.L. M anz ano, S.L. M E JO RAS O FE RT ADAS. Mejora potencia a partir de 110 CV, 0,10 puntos por CV de más. 4,00 143,00 3,30 152,00 4,20 110,00 0,00 125,00 1,50 110,00 0,00 118,00 0,80 140,50 3,05 Por ofertar cabina con suspensión, se asignan 2,00 puntos 2,00 Si 2,00 Si 2,00 Si 2,00 Si 2,00 No 0,00 Si 2,00 si 2,00 Por ofertar mando multicontrol, se asignan 2,00 puntos. 2,00 Si 2,00 No 0,00 No 0,00 Si 2,00 Si 2,00 Si 2,00 si 2,00 Por ofertar contrato mantenimiento lubricantes y filtros durante el período de garantía, se asignan 1,00 puntos/año de garantía. 4,00 2,00 2,00 0,00 0,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 Por ofertar tractor de sustitución, durante el período de garantía, se asignan 1,50 puntos/año de garantía. 6,00 0,00 0,00 0,00 2,00 3,00 2,00 3,00 2,00 3,00 0,00 2,00 3,00 GARANTIAS Y ASISTENCIA TÉCNICA. Aumento plazo de años de garantía, los 2 primeros obligatoria. 2,00 2,00 0,00 2,00 0,00 2,00 0,00 2,00 0,00 2,00 0,00 2,00 0,00 2,00 0,00 Servicio Técnico en capital o provincia. 2,00 Si Si Si Si Si Si 2,00 2,00 2,00 2,00 2,00 0,00 2,00 Servicio Técnico en provincias límitrofes. 1,00 PLAZO DE ENTREGA. Reducción plazo de entrega: 1 punto por cada 10 días adelanto. 3,00 60,00 0,00 60,00 0,00 30,00 3,00 45,00 1,50 60,00 0,00 60,00 0,00 60,00 0,00 PRECIO OFERTADO Precio base de licitación "P". I.V.A., incluido. 300.000,00 30,00 300.000,00 21,47 295.845,00 22,51 284.350,00 25,39 279.300,00 26,66 286.947,48 24,74 290.251,17 23,91 265.958,00 30,00 Precio más bajo de los ofertados "p". 265.958,00 55,00 32,77 30,71 35,39 40,66 33,74 30,71 44,05 Propuesta por la Mesa de contratación de fecha de 4 de abril de 2.016 la adjudicación del contrato de referencia a AGRÍCOLA MANZANO, S.L, al haber obtenido la mejor puntuación global. A la vista de todo lo anterior, la Junta de Gobierno, en virtud del Decreto de 7 de julio de 2015 (BOP 20/07/15), ACORDÓ: Primero.- Clasificar las ofertas presentadas a la licitación consistente en el suministro de tres tractores equipados cada uno, con brazo desbrozador articulado, de tipo visual, en función de la puntuación obtenida: 1.- AGRÍCOLA MANZANO, S.L 2.- HERMANOS CASTILLO MARINDA, S.L. 3.- AGROMECÁNICA GARCÍA, S.L. 4.- CIDIANA MOTOR, S.L. 5.- LOMAQ MAQUINARIA, S.L. 6.- MAQUINARIA AGRÍCOLA SIAL S.A. 7.- MYCSA DISTRIBUIDORA DE GRÚAS, S.L. Segundo.- Requerir a AGRÍCOLA MANZANO, S.L, al ser el licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que aporte, salvo que ya lo hubiere hecho, los documentos relacionados en la cláusulas 2.10ª del pliego modelo contrato suministros por procedimiento abierto acreditativos de: Su capacidad de obrar y bastanteo de poderes. Su solvencia técnica: Aportación de descripciones y fotografías de los