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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, DE UN PROYECTO DE ASISTENCIA EN GESTIÓN DE MOVILIDADES ACADÉMICAS Y APOYO PROMOCIONAL, POR LA FUNDACIÓN PARA LA PROYECCIÓN INTERNACIONAL DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS- UNIVERSIDAD.

1. Cuestiones de carácter general Los licitantes presentarán una única oferta sin variantes por la totalidad del servicio correspondiente. 2. Objetivo y alcance de la contratación El objeto de este contrato es un proyecto de asistencia en la gestión de movilidades académicas y apoyo promocional de Universidad.es. Estos trabajos serán desarrollados por un equipo de consultores externos proporcionados por el contratista, liderados por un responsable de proyecto de consultoría proporcionado por el contratista y que deberá dedicarse en exclusiva y a tiempo completo a este proyecto. El responsable del proyecto será responsable de todo el personal asignado por el contratista, ejecutando labores directivas, diseñando los procedimientos y los procesos necesarios para cumplir las funciones encargadas por el responsable del contrato de Universidad.es con absoluta autonomía y responsabilidad sobre la forma de ejecución de las tareas necesarias para el buen fin de los resultados y garantizando la calidad de los procesos de gestión. Deberá poseer una titulación universitaria superior y una experiencia profesional de 15 años, además de experiencia en proyectos educativos con el sector público de al menos 5 años. Podrán requerirse consultores senior o junior con titulación universitaria o con titulación de formación profesional de grado superior en función de las necesidades de gestión del momento. El personal con titulación universitaria senior deberá poseer al menos 3 años de experiencia en organismos públicos, entidades sin ánimo de lucro o en gestión de expedientes, y el personal con titulación universitaria junior deberá poseer al menos 1 año de experiencia en organismos públicos, entidades sin ánimo de lucro o en gestión de expedientes. No se requerirá experiencia previa en organismos públicos, entidades sin ánimo de lucro o en gestión de expedientes al personal con titulación de formación profesional. El listado concreto de tareas a realizar cada mes será comunicado por Universidad.es antes del día 15 del mes anterior al responsable del contrato designado por la empresa contratista, si bien pueden producirse, de común acuerdo modificaciones menores durante el mes. Esta información será la base para determinar las horas que se precisan de cada categoría de personal durante cada mes, de acuerdo con la cláusula siguiente de este pliego. Fundación para la Proyección Internacional de las Universidades Españolas Universidad.es 2

Las condiciones de asistencia exigen que la empresa adjudicataria desplace a su personal a la sede de la misma. Este contrato se encuadra en la categoría de Otros servicios (27) de las contempladas en el Anexo II del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), en los términos del artículo 10, relativo a los contratos de servicios. A este contrato le corresponde la codificación CVP: 72224000-1 (Servicios de consultoría en gestión de proyectos), recogida en el Reglamento CE nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, por el que se modifica el Reglamento CE nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se aprueba el Vocabulario Común de Contratos Públicos. 3. Personal destinado al servicio 1. Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. Universidad.es se reserva el derecho de exigir al contratista el cambio inmediato (hasta un máximo de 5 días naturales) de cualquiera de las personas asignadas a la ejecución de este contrato. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante. Universidad.es, en el momento de la formalización del contrato para el primer mes, y antes del día 15 del mes anterior para el resto de los meses a partir del segundo mes, comunicará a la empresa contratista el número de horas de personal de cada una de las categorías descritas que son necesarias en dicho mes, con el objeto de que el contratista preste el servicio externalizado, de acuerdo a la cláusula relevante del Pliego de Condiciones Administrativas Particulares de este contrato. 2. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo, encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las Fundación para la Proyección Internacional de las Universidades Españolas Universidad.es 3

sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación laboral. 3. La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones delimitadas en los pliegos como objeto del contrato. 4. La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones, salvo que, excepcionalmente, como es el caso en este contrato, para la correcta ejecución del servicio, deba ejecutarse en las dependencias de Universidad.es. 5. La empresa contratista deberá designar al menos a un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: a. Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la Fundación, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado y la entidad contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. b. Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo necesarias para la correcta prestación del servicio contratado. c. Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia del personal al puesto del trabajo. d. Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la entidad del contrato, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. Fundación para la Proyección Internacional de las Universidades Españolas Universidad.es 4

e. Informar a la entidad contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo a la ejecución del contrato. 4. Confidencialidad El adjudicatario no podrá utilizar por sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados, ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita de Universidad.es. Asimismo, deberá observar reserva absoluta de la información obtenida en el desarrollo de la auditoría. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Por otra parte, una vez presentados los informes a que se hace mención en el apartado 2º del presente Pliego, el adjudicatario estará a disposición de la Intervención General del Estado y de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para cuantas aclaraciones o documentación complementaria se le solicite en el proceso de evaluación de dichos informes. 5. Plazo de ejecución El plazo de ejecución de los trabajos será el señalado en el Cuadro-Resumen del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En Madrid a 5 de mayo de 2014. Guillermo Cisneros Pérez Director General de la Fundación para la Proyección Internacional de las Universidades Españolas. Fundación para la Proyección Internacional de las Universidades Españolas Universidad.es 5