CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Jurídicas )

Documentos relacionados
CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )

OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO

CIRCULAR N 1224 VISTOS: REF.:

Nombre del trámite. En qué consiste. Documentación Requerida. Importante VOLVER

CONVENIO SOBRE BENEFICIOS PARA INTEGRANTES DE RAMAS DE SKI COLEGIOS SÁBADOS Y SUS FAMILIARES

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ REUNIDOS

REGISTRO DE MOROSOS: NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

(ANEXO 3) MODELO CONVENIO ESPECIFICO PRACTICAS DE ESTUDIANTES ENTRE..- ENTIDAD DE PRACTICA Y. Universidad Católica de Temuco, Chile

Términos y Condiciones Servicio de Pago a Proveedores a través de Internet Banking

REGLAMENTO Y CONDICIONES GENERALES PROGRAMA TRAVEL CLUB

BASES DE PROMOCIÓN SÁBADOS MASTERCARD-ARAUCO TARJETAS DE CRÉDITO MASTERCARD

Orden de 27 de diciembre de 1991 de desarrollo del Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior.

BOLSA ELECTRONICA DE CHILE, BOLSA DE VALORES POLITICA SOBRE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de

Convenio de Afiliación al Servicio de Pago de Tributos y/o Conceptos Varios - Sistema de Pago Electrónico SUNAT

En vista de lo anterior, las Partes acuerdan otorgar las siguientes:

CONVENIO DE ATENCION MÉDICA

TERMINOS Y CONDICIONES DE AFILIACIÓN AL SERVICIO DE BILLETERA ELECTRÓNICA

SPID Descripción. Este sistema habilitaría a los bancos mexicanos a:

CARTA DE ACLARACIÓN Nº 1

Convenio de Colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo General del Notariado y el Consejo General de Procuradores de España

SERVICIOS PÚBLICOS E INTERMEDIOS. Formularios y documentos para Servicios de Telecomunicaciones Públicos e Intermedios. Anexos

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE SEVILLA Y TOPCON ESPAÑA, S. A. en materia de TOPOGRAFÍA

Que el sistema que ha de denominarse de "Ventanilla Electrónica" se ajusta a la características precitadas.

ANEXO 1 ANEXO 1 EJEMPLO DE CONTRATO

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN En Febrero hasta su casa quiere un nuevo look con tasa cero 3 meses

REGLAMENTO PROMOCIÓN Promerica te Premia Mas en Belleza, Simply Beauty. Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

Sobre la Propiedad Legal y el Copyright

BASES CONCURSO POR RECARGAS IGUALES O SUPERIORES A $ DURANTE EL MES DE DICIEMBRE, PARTICIPA EN EL SORTEO DE 10 ABONOS DE $5.

BASES GENERALES DEL CONCURSO Mi Claro

Ahorro Corporativo Líneas Personales

CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

GRIFOLS, S.A. JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA SANTÍSIMA CONCEPCIÓN Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEQUILLON

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación


SISTEMA RECETARIO SOLIDARIO

1.2. CAR velará por el cumplimiento de las presentes bases y tomará las decisiones necesarias que digan relación con el Concurso.

D E C L A R A C I O N E S

Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea.

1. CÓDIGO DEL BANCO Corresponde al código que identifica al banco.

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que:

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?

GUÍA DE USUARIOS PAGO DE IMPUESTOS Y SERVICIOS (HBE - BEPE)

REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN Y REGISTRO DE LOS BIENES MUEBLES DE USO DEL MINISTERIO PÚBLICO

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN

Nuevo modelo de Traspasos en el SAR: devolver el poder al Ahorrador

COMUNICACION INTERNA Nº

CONDICIONES GENERALES PARA COMPRAS DIRECTAS

ANEXO 2 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

INSTRUCTIVO SOLICITUD DE CERTIFICADO DE RESIDENCIA FISCAL FORMULARIO 5202 V.3

Saldo a favor de Exportador

ACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS

PRIMERA.- COMPAÑÍA ORGANIZADORA

Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet a Plazo Determinado

OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Notas comunes al epígrafe 10)

CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO BANDA ANCHA FIJA (BAF) Y BANDA ANCHA SATELITAL (BAS)

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN

CRITERIOS DE EVALUACIÓN PROVEEDORES

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMíA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DE APURíMAC

DESARROLLO DE LA NORMATIVA INTERNA SOBRE VOTO Y DELEGACIÓN A DISTANCIA

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

INSTRUCCIONES PARA LA DELEGACIÓN Y VOTO PREVIOS Y ASISTENCIA REMOTA

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

CAMPAÑA PROMOCIÓN Tu mejor jugada es domiciliar tus pagos! Banco Provincial, S.A. Banco Universal

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIO DE BANCA EN LÍNEA

PLAZO DE LA CAMPAÑA Rige desde el y hasta el , ambas fechas inclusive.

^ Biblioteca ge Ccngreso Nac eral ce Cí 1

Manual para la Administración y Uso del Servicio de Telefonía Celular

BASES CONCURSO GANA LA CAMISETA DE CHILE

Div. de Operaciones Sección Recaudación. Recaudación Div. Jurídica Sección Transparencia y Normativa

PAGARE (Unidades de Fomento Cuotas Desiguales Tasa Fija)

BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA

TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

OBJETIVO DE LA CAMPAÑA Estimular las visitas al sitio y la participación de las socias del Club Extralindas en el portal del Club.

OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO

En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:

Aviso Legal y Politica de Privacidad

HOME BANKING. Manual de Usuario Persona Natural. Aviso Importante:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el. ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CARATULA POLIZA DE SEGURO DE VIDA TEMPORAL

CONTRATO GENERAL DE FONDOS PRINCIPAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A.

COMUNICACIÓN DE DATOS AL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL A TRAVÉS DE LA APLICACIÓN

INFORME Nº 84 A C O P C N S I. Instrucciones Notariales en compraventa de inmuebles.

AVISO LEGAL WEB VINTT YACHT. En cumplimiento con el deber de información recogido en artículo 10

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD AGROFRUSE MEDITERRANEAN AGRICULTURAL GROUP, S.A

BASES Y CONDICIONES DE PROMOCION MAYO 2012 TARJETA DE COMBUSTIBLE

TÉRMINOS Y CONDICIONES

1 08/01/ /01/2013

RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

Manual del Usuario. Sistema de Pagos. Boletas on-line. Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

CONTRATO DE PRESTAMO MEDIANTE LINEA DE CREDITO

Transcripción:

CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Jurídicas ) En..., a...de..., entre CORP BANCA, Rol Único Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don...,cédula Nacional de Identidad Nº..., domiciliado para estos efectos en Santiago, calle..., en adelante también el Banco, por una parte, y por la otra don (doña)..., cédula nacional de identidad Nº...,domiciliado(a) en......en representación de la sociedad... Rol Único Tributario Nº..., domiciliada en..., en adelante el Cliente, se ha acordado el siguiente Convenio de Prestación de Servicios: PRIMERO: Se definen como "Canales de Autoservicio" al conjunto de sistemas automáticos de atención a distancia que el Banco tiene actualmente en funcionamiento tales como: Servicio Telefónico, Internet, Terminales de Autoservicio y, también, a todos aquellos que en el futuro desarrolle, mediante los cuales, el Cliente puede comunicarse con el Banco en forma remota, vía electrónica, satelital o telefónica, pudiendo utilizar para tales efectos entre otros, redes públicas o privadas de comunicación que permitirán al Cliente o a los usuarios designados por éste, poder efectuar diferentes operaciones con el Banco como las descritas en la cláusula segunda. Para obtener los servicios que proporcionan los Canales de Autoservicio, el Cliente o los usuarios nominados por él deberán utilizar, necesariamente, la clave o las claves secretas (password) registradas en el Banco por el Cliente, u otro medio de captura de clave secreta distinta de digitación, que de acuerdo a la correspondiente normativa pueda implementarse a futuro. Por tratarse de personas jurídicas los usuarios de dichas claves secretas como, asimismo, las consultas, operaciones y transacciones que pueden Página 1 de 9

realizarse a través de los Canales de Autoservicio, se señalan en ANEXO el que, debidamente firmado por los comparecientes, forma parte integrante del presente Convenio, para todos los efectos legales. Todas las consultas, operaciones y transacciones efectuadas por los usuarios designados por el Cliente, se entenderán hechas bajo la exclusiva responsabilidad de éste y se entenderá que dichos usuarios para los efectos de este contrato, se encuentran investidos de las facultades necesarias para realizar las operaciones que el Cliente les hubiere autorizado, y, por consiguiente, no comprometerán la responsabilidad del Banco por las actuaciones de dichos usuarios. A mayor abundamiento, el cliente confiere a los usuarios indicados en los anexos del presente contrato las facultades necesarias para efectuar las operaciones que en dichos anexos se establecen, actuando individualmente.. SEGUNDO: Las operaciones que pueden realizarse a través de los Canales de Autoservicio, si estuvieren habilitadas al momento de requerirse por el Cliente o los usuarios, son las siguientes: a) Consultas: 1) De Cuenta Corriente. 2) De Línea de Crédito asociada a Cuenta Corriente. 3) De Tarjetas de Crédito 4) Información de Depósitos a Plazo 5) Información sobre créditos. 6) Otras que en el futuro se incorporen. b) Operaciones y/o Transacciones: 1) Transferencias entre Cuentas Corrientes del Cliente. 2) Abono a Línea de Crédito en Cuenta Corriente. 3) Otras Operaciones o Transacciones que en el futuro se implementen. TERCERO: En el ANEXO, referido en la cláusula primera precedente, el Cliente persona jurídica designa el o los usuarios que podrán hacer uso del servicio y las operaciones que podrán realizar, y, tratándose de cuentas corrientes, las que Página 2 de 9

quedarán comprendidas en el presente Convenio, el Cliente podrá agregar o eliminar cuentas corrientes, las que se indicarán en el mismo ANEXO mencionado con anterioridad. CUARTO: El Cliente o los usuarios individualizados en el ANEXO registrarán personalmente en dicho instrumento el nombre del usuario y su RUT lo que permitirá su incorporación a los Canales de Autoservicio. La seguridad y reserva de las operaciones del Cliente quedan garantizadas mediante el empleo, por parte del Cliente o de los usuarios designados por él, de la clave o de las claves secretas que les permitan acceder a los Canales de Autoservicio y al tipo de operación que corresponda. Será de responsabilidad exclusiva del Cliente mantener en estricta reserva sus claves secretas y permitir su utilización, únicamente, a tales usuarios, obligándose a adoptar todas las medidas y resguardos necesarios para mantener dicha reserva. Por el presente instrumento El Cliente faculta a cada uno de los usuarios indicados en los anexos del presente contrato a retirar de el Banco la o las claves secretas referidas. QUINTO: El presente Convenio se regirá por las siguientes condiciones generales, sin perjuicio de las que puedan convenirse entre las partes en el futuro: a) La contratación de la Red de Comunicación para acceder en forma remota a los servicios descritos, será de exclusiva responsabilidad y cargo del cliente. b) Atendido que los elementos de las redes de comunicaciones de los medios informáticos están expuestos a posibles fallas de funcionamiento, el Cliente se obliga a adoptar las medidas y resguardos necesarios para impedir que la falta de funcionamiento o el defectuoso funcionamiento del servicio puedan causarle perjuicios. c) En todo y cualquier caso, el Cliente releva expresamente al Banco de toda responsabilidad por los daños y perjuicios, directos o indirectos, previstos o imprevistos, que tanto él como terceros pudieren sufrir como consecuencia de la falta de funcionamiento o del defectuoso funcionamiento del servicio. Página 3 de 9

d) La información que proporcione el Banco al Cliente mediante el servicio objeto del presente Convenio, será a título meramente ilustrativo y no impondrá responsabilidades al Banco. La información corresponderá al día y hora señalados en el texto del mensaje respectivo, independientemente del día y la hora de su transmisión. e) El horario de funcionamiento del servicio será el que indique el Banco al Cliente, el que podrá modificarse previo aviso del Banco. f) Los registros computacionales del servicio constituirán prueba suficiente del uso correcto y adecuado del mismo y de las claves secretas operadas por el Cliente o los usuarios designados por éste. g) Los usuarios designados por el Cliente conservarán la calidad de tales mientras su nombramiento no sea revocado por escrito por el Cliente. Para que el instrumento en que conste la revocación sea oponible al Banco, deberá ser firmado por éste y sólo surtirá efectos a contar de la fecha en que el Banco reciba dicha revocación, declarando tomar conocimiento de ella. h) El Banco podrá ofrecer en el futuro al Cliente nuevas operaciones destinadas a mejorar o complementar aquellas a que se refiere el presente Convenio. i) El Banco podrá en todo momento suspender total parcialmente o disminuir los servicios otorgados por cualquiera de los Canales de autoservicio. j) El Cliente toma conocimiento y acepta desde ya, la circunstancia de que alguno o algunos de los servicios ofrecidos a través de los distintos Canales de Autoservicio puedan no encontrarse disponibles. SEXTO: El servicio de que da cuenta el presente instrumento no tendrá costo inicial para el Cliente, no obstante lo cual, el Banco podrá en el futuro establecer el cobro de una comisión por los servicios encomendados la que podrá ser transaccional, mensual, semestral, anual o según la periodicidad que el Banco estime, por los Servicios directos o indirectos que preste en forma total o parcial por cualquiera de los Canales de Autoservicio señalados en el presente contrato, cuyo monto, periodicidad de cobro y modalidad de cálculo podrá ser reajustado, aumentado, disminuido o modificado unilateralmente por el Banco aceptando el Cliente desde Página 4 de 9

ya estos reajustes, aumentos, disminuciones o modificaciones. Cualquier cambio en el monto, periodicidad de cobro o modalidad de cálculo de la comisión será comunicada por el Banco a el cliente por escrito con al menos 30 días de anticipación a la fecha en que comenzará a regir. El pago de esta comisión se hará exigible transcurrido el plazo de 30 días contado desde la fecha en que el Banco comunique al Cliente de esta circunstancia por escrito, entendiéndose que éste acepta plenamente el pago de esta comisión si no manifiesta opinión en contrario, por escrito, dentro del plazo de 15 días contado desde que haya recepcionado la comunicación remitida por el Banco. En el caso que el cliente notifique al Banco su voluntad de no aceptar el cobro de la comisión por el servicio o parcialidad de servicio, el banco estará facultado para suspender el otorgamiento del servicio o fracción de servicio afecto a cobro. El Cliente autoriza al Banco para debitar la citada comisión e impuestos pertinentes en su Cuenta Corriente y/o Línea de Crédito, y en el evento que el Cliente no hubiese contratado uno de los aludidos productos, el Banco podrá cargar discrecionalmente para tales efectos la Cuenta Vista, la Cuenta de Ahorro o la Tarjeta de Crédito, así como cualquier otra cuenta de depósito o línea de crédito de que el Cliente sea titular. SEPTIMO: El presente Convenio será de duración indefinida. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá ponerle término, sin expresión de causa, previo aviso dado a la otra con treinta días de anticipación, a lo menos, a la finalización del servicio, mediante carta certificada dirigida al domicilio indicado en la comparecencia. OCTAVO: Para todos los efectos derivados de este Convenio, las partes constituyen domicilio convencional en la comuna de Santiago de la Región Metropolitana y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. NOVENO: El presente Convenio se otorga en dos ejemplares del mismo tenor y data, quedando uno en poder de cada parte. el Cliente el Banco Página 5 de 9

ANEXO 1. Antecedentes Empresa Nombre o razón Social RUT 2. Antecedentes de Usuarios. Nº USUARIO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 NOMBRE USUARIO RUT USUARIO Página 6 de 9

3. CONSULTA CUENTAS CORRIENTES Y LINEA DE CREDITO Nº Cuenta Corriente 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 4. CONSULTA CUENTA VISTA Nº Cuenta Vista 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 Página 7 de 9

5. CONSULTA TARJETA CREDITO Nº Tarjeta de Crédito 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 6. TRASPASO ENTRE CUENTAS CORRIENTES Nº Cuenta Corriente 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 Página 8 de 9

7. CONSULTA DEPOSITOS A PLAZO Rut Empresa 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 8. CONSULTA CREDITOS COMERCIALES Rut Empresa 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 En.., a de... del año. Por Por Corp Banca Don Don Por Don Página 9 de 9