MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

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Transcripción:

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación BOLETIN OFICIAL Nº 9 1 3 2da. Quincena de agosto de 2 0 1 4 Publicado, el día 3 de octubre de 2014. 1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIIN OFIICIIAL Nº 9 1 3 2da. Quincena de agosto de 2014 AUTORIDADES MUNICIPALES INTENDENTE MUNICIPAL: Secretario General de Gobierno y Administración Subsecretario General de Gobierno Secretario de Hacienda Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Secretario a Cargo de la Unidad de Gestión Municipal de Boulogne, Villa Adelina, La Horqueta y Santa Rita Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia Secretario de Salud Pública Secretario de Obras Públicas Secretario de Producción, Turismo y Medio Ambiente Secretario Privado Secretario de Integración Comunitaria DR. ANGEL GUSTAVO POSSE Dr. Ricardo J. M. RIVAS Dr. Martín Vazquez POL Cdor. Juan José MILETTA Dr. Walter F. PEREZ Ing. Bernardo LANDIVAR Dr. Gustavo César HIRSCH Dr. Eduardo C. A. PRADO Ing. Federico José GARCIA Dr. Carlos PRASSEL Sr. Juan Carlos CANAL Lic. Arturo Isaac FLIER CONTENIDO DE ESTE NUMERO ORDENANZAS: 8769 al 8771 página 4 a 9 DECRETOS: 2540 al 2696 página 10 a 295 RESOLUCIONES SG-S.I.R.U. y T. 494 al 535 página 296 a 301 (Inspección General): RESOLUCIONES S.G.G. y A. 341 al 367 página 302 a 305 (Tránsito): RESOLUCIONES G.S.I.R.U. y T. (Obras Particulares): 99 al 108 página 306 a 307 RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Rentas): -------------------- ------------------------------ RESOLUCIONES S.I.C.: -------------------- ------------------------------ RESOLUCIONES DE PERSONAL: 566 al 601 página 308 a 311 RESOLUCIONES DE SALUD PUBLICA: 831 al 899 página 312 a 318 2

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION INDICE TEMATICO ORDENANZA Nº 8769: CONVALIDACIONES - Fundación Perito Moreno. ORDENANZA Nº 8770: TRANSITO - Sentido de Circulación Calle Ucrania. ORDENANZA Nº 8771: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 852- (del 27 de agosto de 2014) Página 4/8 Página 9 ------------ DECRETO Nº:----------- ------------------------------------------------ ------------ 3

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro Ref. Expte. Nº 13057-P-2013 SAN ISIDRO, 07 de agosto de 2014.- PROMULGADA POR DTO Nº 2545 Del 19 de agosto de 2014. Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMO PRI- MERA REUNION NOVENA SESION ORDINARIA de fecha 06 de agosto de 2014, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8769 cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8769 CONVALIDACIONES Fundación Perito Moreno ARTICULO 1.- Convalídase el Convenio de Colaboración, suscripto con la Fundación Perito Moreno, en orden a la mutua colaboración entre ambas partes en las actividades desarrolladas en el ámbito del Sistema Municipal de Areas Naturales Protegidas de San Isidro,- ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- p.b. Sirva la presente de atenta nota de envío.- GABRIEL F. ESTORONI Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. CASTELLANO Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 4

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Honorable Concejo Deliberante de San Isidro Ref.. Expte. Nº 7742-D-2014 SAN ISIDRO, 21 de agosto de 2014.- PROMULGADA POR DTO Nº 2613 Del 22 de agosto de 2014. Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMO SE- GUNDA REUNION DECIMA SESION ORDINARIA de fecha 20 de agosto de 2014, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8770, cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8770 TRANSITO Sentido de Circulación Calle Ucrania ARTICULO 1.- Fíjase la circulación de tránsito vehicular en la calle Ucrania, entre Curupaytí y la Av. de Mayo, de la Localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, en sentido de mano única de Este a Oeste.- ARTICULO 2.- Por conducto de la Subsecretaría de Inspección General, Registros Urbanos y Tránsito (Señalamiento Vial) precédase a efectuar la señalización correspondiente.- ARTICULO 3º.- Oportunamente, incorpórese la presente a la Ordenanza Unificadora de Tránsito Nº 6237.- ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- Sirva la presente de atenta nota de envío.- p.b. GABRIEL F. ESTORONI Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. CASTELLANO Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 9

Ref.: Expte.Nro. 9768-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 5 4 0 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: 600/482/2014; QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 283/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó el QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la Adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1ro- Adjudícase a MARTINEZ MARCELO JUAN HOME SERVICE, con ************** domicilio en Tonelero Nro. 6445, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la CONSTRUCCION Y/O RECONSTRUCCION DE SENDEROS EN PASILLOS EN SECTORES DE LA QUINTA, LA ISLA Y LA MONTAÑA EN BARRIO LA CAVA PARTIDO DE SAN ISIDRO por un monto total de PESOS QUINIENTOS UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 501.280).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria 10

Ref.: Expte. Nro. 9768-D-2014.- correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000-1, Categoría Programática 01.85, Objeto del Gasto 4.2.2., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 11

Ref.: Expte.Nro. 9258-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 5 4 1 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: 600/472/2014; QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 264/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó el QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la Adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1ro- Adjudícase a C & E CONSTRUCCIONES S.A., con domicilio en ************* Avda. San Martín Nro. 3260 Piso 10º - Dpto. B, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ADQUISICION DE MEZCLA BITUMINOSA PARA SER UTILIZADA EN REPARAIONES DE CALZADAS PARA EL PARTIDO DE SAN ISIDRO por un monto total de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 674.720).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen *************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria 12

Ref.: Expte. Nro. 9258-D-2014.- correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.01, Objeto del Gasto 2.6.5., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 13

Ref.: Expte. Nro. 10433-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 4 2 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 649/541/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 292/2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 292/2014, para el ************** SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE 22 ESPACIOS VERDES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO, DESDE EL 01 DE OCTUBRE Y HASTA EL 31 DE DI- CIEMBRE DE 2014.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 19 de Agosto de 2014, a las ************** 10:30 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 50.01, Objeto del Gasto 3.3.5, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 14

Ref.: Expte. Nro. 10433-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 15

Ref.: Expte. Nro. 10430-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 4 3 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 649/480/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 288/2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 288/2014, para el ************** SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION COMPACTADOR DE CARGA TRASERA PARA RECOLECCION DIFERENCIADA DE CONTENEDORES EN EL PARTIDO DE SAN ISIDRO, DESDE EL 01 DE SEPTIEMBRE Y HASTA EL 31 DE OCTUBRE DEL 2014.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 19 de Agosto de 2014, a las ************** 12:00 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 26., Objeto del Gasto 3.2.2., del Presupuesto General de Gastos vigente.- 16

Ref.: Expte. Nro. 10430-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 17

Ref.: Expte. Nro. 10429-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 4 4 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 649/483/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 289/2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 289/2014, para el *************** SERVICIO DE ALQUILER DE CHIPEADORA TRITURADORA DE RAMAS PARA TAREAS DE REDUCCION DE RESTOS DE PODAS EN EL PARTIDO DE SAN ISIDRO, DESDE EL 01 DE SEPTIEMBRE Y HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2014.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 19 de Agosto de 2014, a las ************** 12:15 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 50.01, Objeto del Gasto 3.2.2., del Presupuesto General de Gastos vigente.- 18

Ref.: Expte. Nro. 10429-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 19

Ref.: Expte. Nº 13.057-P-2013 SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 4 5 VISTO lo actuado en el presente expediente Nº 13.057-P-2013 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza Nº 8769 con fecha 6 de agosto de 2014, mediante la cual se convalidó el Convenio de Colaboración suscripto con la Fundación Perito Moreno, en orden a la mutua colaboración entre ambas partes, en actividades desarrolladas en el ámbito del Sistema Municipal de Areas Naturales Protegidas de San Isidro; y Considerando: QUE de conformidad con lo establecido por el ar tículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departa mento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal Nº 8769, sancionada por ************* el Honorable Concejo Deliberante con fecha 6 de agosto de 2014. ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION Mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 20

Ref. Expte. Nº 8615-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2 5 4 6 VISTO los presentes actuados; y Considerando: QUE la agente Irma Ernestina VERA (Legajo Nº 15.945), con funciones de Auxiliar de Enfermería en el Hospital Materno Infantil, dependien te de la Secretaría de Salud Pública, ha incurrido en ausencias consecutivas y sin aviso a par tir del 12 de junio de 2014; QUE ante ello y a efectos que la causante regula rice su situación, el 17 de julio de 2014, le fueron enviadas cartas documentos (fojas 26 y 28) a través del Correo Argentino, al último domicilio legalmente declarado por la interesada (artículo 59, inciso K, de la Ley Nº 11.757) y debidamente notificadas acorde constancias de fojas 27 y 29; QUE la agente mencionada no se ha presentado, quedando por lo tanto incursa en los alcances del artículo 65º, 1er. Párrafo, de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), determinando abandono de cargo; Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Declárase cesante por abandono de cargo, conforme lo establecido en el ar **************tículo 65º, 1er. Párrafo de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), a la agente Irma Ernestina VERA (Le gajo Nº 15.945), M.I.Nº 12.543.356, Clase 1956, con categoría 08 (40 hs.) - (J:1.1.1.01.09. 000 - C:28 - O:1.1.1.04) y funciones de Auxiliar de Enfermería en el Hospital Materno Infan til, dependiente de la Secretaría de Salud Pública, a partir del 12 de junio de 2014.- /// 21

Ref. Expte. Nº 8615-D-2014.- /// ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley ************* Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la consti tucionalidad de dicho cuerpo legal.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 22

Ref. Expte. N 10.125-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2 5 4 7 VISTO los presentes actuados; y Considerando: QUE el Doctor Pedro Mariano OLACIREGUI (Legajo Nº 18129) fuera designado con funciones de Instructor de Residentes de Cirugía, en el Hospital Central de San Isidro Dr. Melchor Angel Posse ; QUE se hace necesario contar con un Director Asociado de Recursos y Evaluación del Gasto de la Secretaría de Salud Pública; QUE en virtud de ello, se deberá limitar la desig nación al profesional mencionado a partir del 1º de julio de 2014, a efectos de asignarle las funciones solicitadas; QUE procede en consecuencia el dictado del acto administrativo, que así lo disponga; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Limítase a partir del 1º de julio de 2014, la designación en carácter de Planta ************* Temporaria, al Doctor Pedro Mariano OLACIREGUI (Legajo Nº 18129), con funciones de Instructor de Residentes de Cirugía en el Hospital Central de San Isidro Dr. Melchor Angel Posse, a efectos de una nueva asignación de funciones.- ARTICULO 2º.- Asígnase funciones de Director Asociado de Recursos y Evaluación del **************Gasto de la Secretaría de Salud Pública, al Doctor Pedro Mariano OLACI REGUI (Legajo18129), con la retribución equivalente a Director Asociado Perfil B Grado Hospital C 48 hs (código 223). Situación de revista: Profesional Grado Asistente de 36 horas /// 23

Ref. Expte. N 10.125-D-2014.- /// (código 242) - (J:1.1.1.01.09.000 - C:29 - O:1.1.1.09).- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 24

Ref.: Expte. N 10354-C-2014.- SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2548 VISTO el pedido de suministro N 600-519/ 2014; y Considerando: QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221.-, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Llámase a Licitación Privada N 299/2014, para TRABAJOS ************* VARIOS EN MUSEO BRIGADIER GENERAL JUAN MARTIN DE PUEYRREDÓN, PARTIDO DE SAN ISIDRO.- ARTICULO 2.- El acto de apertura tendrá lugar el día 20 de agosto de 2014, a las ************** 10:00 horas, en la Dirección General de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, San Isidro.- ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.01.000-1, Categoría Programática 01.07, Objeto del Gasto 3.3.1., del Presupuesto General de Gastos vigente. - ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AF Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 25

Ref.: Expte.Nro 9767-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2549 VISTO el Suministro Nro. 600-477/2014; y Considerando: QUE como consecuencia de aquél, se efectuó el llamado a Licitación Privada Nro. 282/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas a fs.132, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º- Adjudícase a BLOQUE 4 SRL., con domicilio en la calle Carlos Pellegrini ************ Nº 1255, piso 2, Dpto. B, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la RE- MODELACIÓN DE SANITARIOS Y VESTURARIOS DE MUJERES, EN CAMPO DE DEPORTES Nº 2, GURRUCHAGA 2020, BOULOGNE, PARTIDO DE SAN ISIDRO, por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL ($ 461.000-). ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 01.51, Objeto del Gasto 4.2.1. del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 26

Ref. Expte. Nº 9.967-C-2014 SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 5 0 CENTRO DE ESTUDIOS HISTORICOS MARTINENSES; y Visto la nota obrante a fojas 1, presentada por el Considerando: QUE por la misma solicita se declare de interés municipal la CUARTA JORNADA DE HISTORIA DE LA CIUDAD DE MARTINEZ, que bajo su organización se llevará a cabo el día 15 de noviembre del corriente año; QUE como es habitual, en ella diversos vecinos expondrán trabajos sobre historias de la Ciudad de Martínez, culminando con la conferencia a cargo del Presidente y Director General de la Junta Central de Estudios Históricos de la Ciudad de Buenos Aires, el Profesor Arnaldo Ignacio Adolfo Miranda; QUE la Unidad de Coordinación General de Rela ciones Institucionales y Tercera Edad presta su conformidad, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Declárase de interés municipal, la realización de la CUARTA JORNADA ************* DE HISTORIA DE LA CIUDAD DE MARTINEZ, que bajo la organiza ción del CENTRO DE ESTUDIOS HISTORICOS MARTINENSES se llevará a cabo el día 15 de noviembre del año en curso.- ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 27

Ref. Expte. Nro. 9349-S-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 5 1 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE la naturaleza de los hechos de que se da cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos; QUE, adoptada que fuera la decisión en tal sentido, corresponde designar al instructor sumariante; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario *************** administrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente Nro. 9349-S-2014.- ARTICULO 2º.- Desígnase instructor sumariante al Dr. Luis Alberto PASTOR.- ARTICULO 3º.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los *************** sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo instrumental por la Asesoría Legal Municipal.- 28

Ref. Expte. Nro. 9349-S-2014. ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 29

Ref.: Expte. Nro. 6803-C-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 5 2 SOCIAL Y SOCIEDAD DE FOMENTO DE BECCAR; y Considerando: VISTO la nota presentada por el CLUB QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado a solventar los gastos de participación en el Mundial de Footgolf del Sr. Matías Perrone; QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental *************** por el CLUB SOCIAL Y SOCIEDAD DE FOMENTO DE BECCAR, por la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000), destinado a solventar los gastos de participación en el Mundial de Footgolf del Sr. Matías Perrone, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente ************* autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************** Nro.1444/85.- 30

Ref.: Expte. Nro. 6803-C-2014.- ARTICULO 4º.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de gastos pertinente.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 31

Ref.: Expte. Nro. 9978-O-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 5 3 VISTO la nota presentada por el OBISPADO DE SAN ISIDRO - PARROQUIA MARIA DE CANA; y Considerando: QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado a los gastos de material y mano de obra para cerramiento del predio; QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($96.800), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental *************** por el OBISPADO DE SAN ISIDRO - PARROQUIA MARIA DE CANA, por la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 96.800), destinado a los gastos de material y mano de obra para cerramiento del predio, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente ************* autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************** Nro.1444/85.- 32

Ref.: Expte. Nro. 9978-O-2014.- ARTICULO 4º.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de gastos pertinente.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 33

Ref.: Expte. N 10155-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2554 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE a fojas 1 obra pedido de suministro N 500-422/2014; QUE como consecuencia de aquél la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Privada N 276/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas a fs. 95, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Adjudícase a LEPAK S.R.L., con domicilio en Acceso Tigre 338 de la ************* Ciudad de Boulogne, la PROVISION DE RACIONES, por un importe de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 544.000,00).- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 37, Objeto del Gasto 5.4.1 del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 34

Ref.: Expte. Nro. 9911-D-2014.- SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2555 VISTO el Suministro Nro. 23-548/2014; y Considerando: QUE como consecuencia de aquél, se efectuó el llamado a Licitación Privada Nro. 269/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º- Adjudícase a S DOS S.A., con domicilio en 11 de Septiembre de 1888 Nro. ************* 839, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la PRODUCCION DE SPOT INSTITUCIONAL, por un monto total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 532.400,00).- ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000-1, categoría programática 01.06, Objeto del Gasto 3.4.9., del Presupuesto General de Gastos vi- gente.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION RT Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 35

Ref.: Expte. Nº 10574-D-2014 SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2556 VISTO la nota presentada por la Subsecretaría General de Espacio Público obrante a fs. 3; y Considerando; QUE, existen cargos vacantes en el Presupuesto General de Gastos vigente; QUE, el agente Diego Alberto TORRES (Legajo Nº 52550) por antigüedad y capacidad laboral, se ha hecho merecedor a una promoción; QUE, en virtud de ello, se deberá realizar el correspondiente acto administrativo, que así lo disponga, excluyéndolo de la Bonificación Supervisor de Servicios y Vía Pública; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Promuévase a partir del 1 de julio de 2014, al agente Diego Alberto ************ TORRES (Legajo Nº 52550), de su actual categoría 07 a la categoría 14 (J:1.1.1.01.08.000 C:01.01 O:1.1.1.02) con funciones de Subdirector de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público.- ARTICULO 2º.- Exclúyase a partir del 1 de julio de 2014, al agente Diego Alberto ************* TORRES (Legajo Nº 52550), de los alcances del artículo 16º inciso d) punto 6 Bonificación Supervisor de Servicios y Vía Pública de la Ordenanza 8744.- ARTICULO 3º.- Inclúyase a partir del 1º de julio de 2014, al agente Diego Alberto ************ TORRES (Legajo Nº 52550) en los alcances de los Artículos 14º y 15º Bonificación Disposición Permanente (46%) y Bonificación Función, Personal Superior y Jerárquico (18%), respectivamente, ambos de la Ordenanza 8744.- 36

Ref.: Expte. Nº 10574-D-2014 ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION R.T. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 37

Ref.: Expte. N 11044-S-2014.- SAN ISIDRO, 19 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2 5 5 7 VISTO lo informado en autos, por la Subsecretaría General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito, respecto de la Gira Internacional de capacitación sobre Desarrollo Local Sostenible, Planeación y Gestión Eficiente: Los nuevos desafíos y tendencias en la gestión de las provincias y territorios en el Siglo XXI Experiencias sostenibles de la Comunidad de Autónoma del Principado de Asturias(España), a llevarse a cabo en las ciudades de Oviedo, Girón y Avilés, entre los días 31 de agosto y 6 de septiembre del corriente año; y Considerando: QUE concurrirán al mismo, en representación de la Comuna la Señora Subsecretaria de Planeamiento Urbano Arq. María de los Ángeles Breglia (Legajo 6542) y el Señor Subdirector de Ordenamiento Urbano Arq. Adrian Bedate (Legajo 53912); QUE corresponde asignarles la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) en concepto de viáticos, inscripción y gastos varios, con oportuna rendición de cuentas; efectuó la imputación preventiva del caso; QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas dictado del acto administrativo pertinente; QUE este Departamento Ejecutivo promueve el POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : / 38

Ref.: Expte. N 11044-S-2014.- // ARTICULO 1.- Autorízase la concurrencia de la Señora Subsecretaria de Planeamiento ************** Urbano Arq. María de los Ángeles Breglia (Legajo 6542) y el Señor Subdirector de Ordenamiento Urbano Arq. Adrian Bedate (Legajo 53912), a la Gira Internacional de capacitación sobre Desarrollo Local Sostenible, Planeación y Gestión Eficiente: Los nuevos desafíos y tendencias en la gestión de las provincias y territorios en el Siglo XXI Experiencias sostenibles de la Comunidad de Autónoma del Principado de Asturias(España), a llevarse a cabo en las ciudades de Oviedo, Girón y Avilés, entre los días 31 de agosto y 6 de septiembre del corriente, asignándose la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-) en concepto de viáticos, inscripción y gastos varios, con oportuna rendición de cuentas.- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en vigencia- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION DM Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 39

Ref.: Expte. N 10011-D-2014.- DECRETO NUMERO: 2558 SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE a fojas 1 obra pedido de suministro N 600-516/2014; QUE como consecuencia de aquél la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Privada N 285/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Adjudícase a la firma Total Señalamiento S.A, con domicilio en Calle 29 ************* n 3580 Partido de Mercedes, el Servicio de HORAS DE ALQUILER MAQUINA PALA CARGADORA VIAL PARA DISTINTOS SECTORES DEL PARTI- DO DE SAN ISIDRO, por un importe de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ($ 676.200,00.-).- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.01, Objeto del Gasto 3.2.2. del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 40

Ref.: Expte. N 9259-D-2014.- DECRETO NUMERO: 2559 SAN ISIDRO, 19 de agosto de 2014 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE a fojas 1 obra pedido de suministro N 600-469/2014; QUE como consecuencia de aquél la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Privada N 262/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Adjudícase a la firma Cooperativa Rocio Limitada, con domicilio en ************** Rivadavia n 872, Partido de San Fernando, la PROVISION DE MANO DE OBRA PARA OBRAS DE PROTECCION COSTERA DE PACHECO Y EL RIO, MARTINEZ, jurisdicción de este Partido, por un importe de PESOS DOSCIENTOS NO- VENTA Y CUATRO MIL ($ 294.000,00.-).- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 50.01, Objeto del Gasto 3.3.5. del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 41

Ref.: Expte.Nro. 9771-D-2014.- SAN ISIDRO, 20 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 5 6 0 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: 600/505/2014; QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 284/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó el QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la Adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1ro- Adjudícase a HYDROTUB S.A., con domicilio en Marconi Nro. 4082, ************* Isidro Casanova, la ADQUISICION DE CAÑERIA DE HORMIGON SIMPLE DE DISTINTOS DIAMETROS PARA MANTENIMIENTO DE RED PLUVIAL DENTRO DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO por un monto total de PESOS TRESCIEN- TOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 382.500).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria 42

Ref.: Expte. Nro. 9771-D-2014.- correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 01.01, Objeto del Gasto 2.6.4., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 43

Ref.: Expte. Nº 10562-D-2014 SAN ISIDRO, 20 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2561 VISTO los presentes actuados; y Considerando; QUE, el agente Mario Héctor CAMPICI (Legajo Nº 16364), cumple funciones de Director de Higiene Urbana, en la Subsecretaría General de Espacio Público; QUE, dichas funciones le demandan una Disposición Permanente; QUE, en virtud de ello, se lo deberá excluir de la Bonificación por Mayor Dedicación Horaria e incluirlo en la Bonificación por Disposición Permanente, ambas de la Ordenanza N 8744, a partir del 1º de agosto de 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exclúyese de los alcances del Artículo 14º Bonificación por Mayor ************ Dedicación Horaria, de la Ordenanza Nº 8744, al agente Mario Héctor CAMPICI (Legajo Nº 16364), con funciones de Director Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría General de Espacio Público, a partir del 1º de agosto de 2014.- ARTICULO 2.- Inclúyese en los alcances del Artículo15 Bonificación por Disposición ************* Permanente, cuarenta y seis por ciento (46%) de la Ordenanza N 8744, al agente Mario Héctor CAMPICI (Legajo Nº 16364), a partir del 1º de agosto de 2014.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION R.T. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 44

Ref. Expte N 9071 - D 2014.- DECRETO NUMERO: 2562 San Isidro, 20 de Agosto de 2014 VISTO lo informado mediante la nota del área de Control de Asistencia, de la Dirección General de Personal, obrante a fojas 1, y el Certificado de Defunción obrante a fojas 2; y Considerando: QUE, se produjo el fallecimiento de la agente Rosa Ana DI GIOVANNI (Legajo Nº 11510), acaecido el día 25 de junio de 2014; QUE, en virtud de ello, y atento a lo establecido por el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), corresponde dar por concluida la relación de empleo con la administración Municipal, de la agente antes mencionada, a partir de la fecha citada; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Dase por concluida la relación de empleo con la administración Municipal ************* (conforme el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757), a la agente Rosa Ana DI GIOVANNI (Legajo Nº 11510), M.I. Nº: 13.180.169, Clase 1957, con categoría 10 (35) (J:1.1.1.01.03.000 C:35 O:1.1.1.04), y funciones Administrativas, en la Dirección de Habilitaciones, a partir del día 25 de junio de 2014, atento a su fallecimien- to.- ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************** Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo legal.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y Publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 45

Ref. Expte. Nº 7061-D- 2014.- SAN ISIDRO, 20 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2563 VISTO los presentes actuados; y Considerando: QUE el agente Hugo José BORRAJO (Legajo Nº 53855), cumple funciones de Director en el Departamento de Fiscalización Impositiva; QUE dichas funciones le demandan una Disposición Permanente; QUE en virtud de ello, se lo deberá excluir de la Bonificación por Mayor Dedicación Horaria e incluirlo en la Bonificación por Disposición Permanente, ambas de la Ordenanza N 8744, a partir del 1º de agosto de 2014; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exclúyese de los alcances del Artículo 14º Bonificación por Mayor ************* Dedicación Horaria, de la Ordenanza Nº 8744, al agente Hugo José BO- RRAJO (Legajo Nº 53855), con funciones de Director en el Departamento de Fiscalización Impositiva, a partir del 1º de agosto de 2014.- ARTICULO 2.- Inclúyese en los alcances del Artículo 15 Bonificación por Disposición ************** Permanente, (46%) de la Ordenanza N 8744, al agente Hugo José BO- RRAJO (Legajo Nº 53855), a partir del 1º de agosto de 2014.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y Publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 46

Ref. Expte: Nº 8307-Y-2014 SAN ISIDRO, 20 de agosto de 2014 DECRETO NÚMERO: 2564 VISTO la presentación efectuada por el Sr. Luis Alberto Yalj, en su carácter de Propietario, y el Arquitecto José Falcone, en su carácter de profesional actuante, respecto de la factibilidad de realizar la demolición de las edificaciones existentes, y la construcción de un Depósito, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección D, Manzana 59, Parcela 15a, ubicado en la calle Puerto Rico Nº 1170, de la Ciudad de Martínez, en jurisdicción de este Partido; y Considerando: QUE el predio se ubica en Zona ID, (Industria Dominante), conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, admitiéndose el destino solicitado como Uso Conforme, con tratamiento particular como Uso Puntual por las Oficinas Técnicas, a los efectos de establecer las condiciones de funcionamiento; QUE la parcela se encuentra en un área donde existen depósitos e industrias, y sobre la misma cuadra playas de estacionamiento y viviendas; QUE se propone la demolición de la edificación existente, y la construcción de un depósito de aproximadamente 217 m2 en Planta Baja, y una superficie en Planta Alta de 45 m2 con destinos anexos; QUE por lo expuesto, los Organismos Técnicos que elaboraron los informes de fojas 37/39, opinan que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a ARTÍCULO 1º.- Hácese saber al Sr. Luis Alberto Yalj, Florencia Falcone, Ignacio ************** Falcone y Eugenia Falcone, en su carácter de propietarios, que se autoriza la demolición de las edificaciones existentes, y la construcción de un Depósito, en el Inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección D, Manzana 59, 47

Ref. Expte: Nº 8307-Y-2014 Parcela 15a, ubicado en la calle Puerto Rico Nº 1170, de la Ciudad de Martínez, según documentación de fojas 7, convenientemente corregida.- ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al ****************** cumplimiento de las condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan: A- Condiciones Urbanísticas: A1. Los valores de FOS y FOT quedarán limitados a los permitidos para la zona. 0.6 y 1.2 respectivamente. A2. Terreno Absorbente: Verificará el 20% como mínimo de la superficie de la parcela = 72,60 m2. A3. Retiros de frente: mínimo: 3m, sobre la Línea Municipal de la calle Puerto Rico: 3,00 metros. Deberán constituirse como terreno absorbente, parquizados y forestados en los sectores donde no se ocupe con entrada peatonal y al estacionamiento vehicular. A4. Retiro Lateral mínimo: 1,15 metros sobre la medianera norte, lindera con la parcela 15b. La misma deberá permanecer transitable y libre de construcciones e instalaciones. A5. Altura Máxima: 8,50 metros. Plano Límite: 12,00 metros. No podrán proyectarse nuevas construcciones y/o ampliaciones que sobrepasen la altura aprobada. Se efectuará tratamiento arquitectónico de todas las instalaciones complementarias a ubicar sobre la cubierta y/o azotea del edificio: tanques de agua y servicios centrales, debidamente insonorizados, según lo dispuesto en los artículos 1.1.2.3. / 1.2.2.24 y Tabla de Molestias según Anexo IV del Código de Ordenamiento Urbano. Toda instalación complementaria que se proyecte ubicar por sobre la altura máxima deberá justificar técnicamente su instalación. A6. Estacionamiento: DEPOSITO: Verificará un mínimo de 1 módulo de 3x8 metros, para una superficie de 217,09 m2. - Se indicará el acceso y salida vehicular con señal luminosa y sonora para advertencia de los peatones. Deberá colocarse sobre Línea Municipal visible a los peatones. 48

Ref. Expte: Nº 8307-Y-2014 - Las rampas y accesos cumplimentarán con lo establecido en el art. 1.2.2.1. del Código de Ordenamiento Urbano. A7. El muro medianero deberá realizarse con todos los tratamientos y aislaciones necesarias (térmicas, ignifugas, acústicas, por vibraciones, entre otros), con el objeto de resguardar la seguridad de las personas y posibles molestias a predios linderos, debiendo constar el detalle en planos. B- Condiciones Ambientales: B1. Tratamiento Urbano Exterior: Deberá verificarse el diseño de las fachadas, las que serán acorde a la zona. Las veredas se ejecutarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación de San Isidro y no perderán su continuidad en correspondencia de los accesos vehiculares, debiendo salvar los desniveles con rampas reglamentarias, señalizadas. De existir diferencias sustanciales en los niveles, deberá presentarse una propuesta de veredas en consulta ante la Dirección General de Ordenamiento Urbano para su aprobación. - Se deberá respetar la forestación existente en la vía pública. Se forestará a modo de cortina sobre los retiros de frente y se completarán los árboles faltantes en vereda. B2. Residuos: Deberá contar con un recinto de residuos dentro del predio, apto para contener los desechos, a fin de evitar que permanezcan en la vía pública. B3. Consideraciones generales para la etapa de Obra: - Durante la etapa de construcción, se deberán adoptar todas las medidas necesarias a fin de mitigar los efectos que pudiesen generarse por emisión de ruidos molestos, contaminación del suelo, aire y agua. Se deberá controlar la conducta y comportamiento de los operarios y terceros contratados para la realización de la obra, en relación al cuidado de los factores ambientales aludidos y a la convivencia urbana. - Se colocará cartel de obra en lugar visible desde la vía pública, con número de expediente y datos del responsable de la ejecución de la misma conforme al Código de Edificación de San Isidro. Se dispondrá de una copia del Permiso de Demolición en el lugar, para ser consultada por los agentes municipales en las inspecciones pertinentes. - En el Permiso de Construcción deberá indicar un teléfono accesible las 24 hs., de la persona responsable de la obra, ante una eventualidad que pueda surgir, durante el desarrollo de la misma. 49

Ref. Expte: Nº 8307-Y-2014 - Durante la etapa de demolición, deberán adoptarse todas las medidas necesarias, a fin de mitigar los efectos que pudiesen generarse por emisión de ruidos molestos, contaminación del suelo, aire y agua, como asimismo la conducta y comportamiento de los operarios y terceros, contratados para la realización de servicios, en relación al cuidado de los factores ambientales aludidos y a los vecinos circundantes; - Colocar protección perimetral con vallados y pantallas protectoras, a fin de aminorar ruidos y polvos. - El horario de trabajo para la realización de las obras será los días hábiles de 8.00 a 17.00 hs y sábados de 8.00 a 14.00 hs. La utilización de maquinarias o herramientas que produzcan niveles superiores a los decibeles autorizados para la zona, o considerados molestos por el sentido común, deberán efectuarse en horarios especiales, comunicando el horario y duración de los trabajos a la Municipalidad. - Podrá ser considerado particularmente, teniendo en cuenta las características de la zona, la modificación con respecto a los horarios de trabajo. A tal efecto se realizará la solicitud detallando los días, horarios y tipo de tarea para su evaluación. - La circulación de vehículos con materiales relacionados con la demolición, se realizarán adoptando todas las medidas necesarias para evitar ruidos molestos y trastornos o alteraciones en el tránsito. - Se deberá señalizar la obra y el acceso para mejorar las condiciones de los mismos. Se coordinará, de ser necesario, la asistencia de la Subdirección Administrativa de Transito. - Los obradores y contenedores serán instalados dentro del predio con sus instalaciones sanitarias, depósitos de materiales y escombros, sin ocupación de la vía pública. - Mantenimiento de las veredas en buen estado de transitabilidad. - Deberá contar con sereno en obra y tomar todas las medidas de seguridad para el cierre de la obra, con vallados perimetrales. C- Condiciones de Funcionamiento: C1. En lo que respecta al movimiento vehicular deberán siempre permanecer dentro del predio, no pudiendo ocupar la vía pública. - Toda carga, descarga y depósito de mercadería se deberá realizar en el predio, prohibiéndose llevar a cabo en la vía pública. - Se colocará señalización de advertencia para peatones en la salida vehicular (visual y auditiva). 50

Ref. Expte: Nº 8307-Y-2014 - Se evitará la generación de ruidos y molestias por actividades y circulación, principalmente en horarios nocturnos. - Se prohíbe expresamente el estacionamiento, espera o maniobras sobre las calles perimetrales al predio. - El acceso de camiones, maniobra y giro, no deberá interrumpir el tránsito vehicular de las calles de acceso al establecimiento, debiendo tomar todos los recaudos para evitar inconvenientes. C2. De colocarse publicidad, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las actividades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y contará con aprobación previa a su colocación. C3. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de funcionamiento en oportunidad de gestionar la habilitación y la categorización industrial y/o el cumplimiento de las demás normativas de así corresponder. D- Condiciones Administrativas: D1. Presentar Plano de Instalaciones contra Incendio y circuito de evacuación, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el art. 5.8.1.1. y subsiguientes del Código de Edificación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado, para el otorgamiento del Permiso de Construcción. La Dirección General de Obras Particulares verificará la propuesta de instalaciones contra incendio. D2. Deberá verificarse en el proyecto el cumplimiento de todas la normas de aplicación, en el orden Nacional, Provincial, y las establecidas por los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación, entre otros: servicios sanitarios, vestuarios, medios de salida - sentido de apertura (hacia el exterior) y ancho de puertas escaleras / instalaciones eléctricas, según normativas vigentes, con aplicación supletoria de la normativa complementaria del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires. D3. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y Plano Conforme a Obra todos los condicionantes Urbanísticos, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativos. ARTÍCULO 3º.- Previo al pago de los Derechos de Construcción para el **************** otorgamiento del Permiso de Construcción, la Dirección General de Ordenamiento Urbano visará el ajuste del proyecto definitivo a los condicionantes que surgen del Artículo 2º del presente Decreto. 51

Ref. Expte: Nº 8307-Y-2014 ARTÍCULO 4º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que **************** dentro de los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción. ARTICULO 5.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MBG Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Subsecretario General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez 52

Ref.: Expte. Nro. 10446-D-2014.- SAN ISIDRO, 20 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 6 5 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600/525/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 305/2014, para los ************** TRABAJOS VARIOS EN SALON DE USOS MULTIPLES, PLANTA ALTA EN CAMPO MUNICIPAL DE DEPORTES NRO. 5, PARTIDO DE SAN ISI- DRO.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 22 de Agosto de 2014, a las ************** 11:00 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 01.02, Objeto del Gasto 3.3.1, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 53

Ref.: Expte. Nro. 10446-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 54

Ref.: Expte. Nro. 10449-D-2014.- SAN ISIDRO, 20 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 6 6 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600/529/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 306/2014, para la ************** REMODELACION INTERIOR Y EXTERIOR DEL CENTRO DE ATENCION PRIMARIA VILLA ADELINA, PARTIDO DE SAN ISIDRO.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 22 de Agosto de 2014, a las ************** 11:15 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría Programática 01.51, Objeto del Gasto 4.2.1.01, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 55

Ref.: Expte. Nro. 10449-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 56

Ref.: Expte. N 9116-G-2014.- SAN ISIDRO, 20 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2567 VISTO los presentes actuados, relacionados con los expedientes N 7662/1952 y 4232/1953; y Considerando: QUE de acuerdo a lo expresado a fojas 3 por el Archivo Técnico, luego de una exhaustiva búsqueda realizada en ese lugar, no se han podido localizar los expedientes en cuestión; QUE habiéndose constatado el extravío, y teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 131 de la Ordenanza General 267, corresponde ordenar la reconstrucción de los actuados; QUE, en virtud de ello, es necesaria la intervención de Mesa General de Entradas, para que proceda, de acuerdo al considerando precedente, a incorporar las copias de escritos y documentación que aporte el interesado, haciéndose constar el trámite registrado; se reproducirán los informes, dictámenes y vistas legales y si hubo resolución se glosará copia auténtica de la misma, que será notificada; QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo que así lo disponga; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Por conducto de Mesa General de Entradas, dispónese la reconstrucción ************* de los expedientes extraviados N 7662/1952 y 4232/1953.- ARTICULO 2.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 57

Ref.: Expte. N 9184-F-2014.- DECRETO NUMERO: 2568 SAN ISIDRO, 20 de agosto de 2014 VISTO los presentes actuados, relacionados con el expedientes N 3447-R-92; y Considerando: QUE de acuerdo a lo expresado a fojas 4 por el Archivo Técnico, luego de una exhaustiva búsqueda realizada en ese lugar, no se ha podido localizar el expediente en cuestión; QUE habiéndose constatado el extravío, y teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 131 de la Ordenanza General 267, corresponde ordenar la reconstrucción de los actuados; QUE, en virtud de ello, es necesaria la intervención de Mesa General de Entradas, para que proceda, de acuerdo al considerando precedente, a incorporar las copias de escritos y documentación que aporte el interesado, haciéndose constar el trámite registrado; se reproducirán los informes, dictámenes y vistas legales y si hubo resolución se glosará copia auténtica de la misma, que será notificada; QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo que así lo disponga; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Por conducto de Mesa General de Entradas, dispónese la reconstrucción ************* del expediente extraviado N 3447-R-92.- ARTICULO 2.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 58

Ref.: Expte. N 11710-R-1967 y ag.- SAN ISIDRO, 20 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2569 VISTO los presentes actuados, relacionados con los expedientes N 221-R-1934 y 2246-R-1949; y Considerando: QUE de acuerdo a lo expresado a fojas 3 por el Archivo Técnico, luego de una exhaustiva búsqueda realizada en ese lugar, no se han podido localizar los expedientes en cuestión; QUE habiéndose constatado el extravío, y teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 131 de la Ordenanza General 267, corresponde ordenar la reconstrucción de los actuados; QUE, en virtud de ello, es necesaria la intervención de Mesa General de Entradas, para que proceda, de acuerdo al considerando precedente, a incorporar las copias de escritos y documentación que aporte el interesado, haciéndose constar el trámite registrado; se reproducirán los informes, dictámenes y vistas legales y si hubo resolución se glosará copia auténtica de la misma, que será notificada; QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo que así lo disponga; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Por conducto de Mesa General de Entradas, dispónese la reconstrucción ************* de los expedientes extraviados N 221-R-1934 y 2246-R-1949.- ARTICULO 2.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 59

Ref.: Expte. Nro. 5298-E-2014.- DECRETO NUMERO: 2570 SAN ISIDRO, 20 de agosto de 2014 VISTO la solicitud de otorgamiento de Franquicia Especial solicitada por el Sr. Fernando Andrián Elsztain, domiciliado en la Avenida Santa Fe n 1220, Piso 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la circulación del vehículo marca Chevrolet, modelo Camaro, dominio JKM 694; y Considerando: QUE la Ley nro. 24.449 y su Decreto Reglamentario nro. 779/95 en su Artículo 63 regula el otorgamiento de las Franquicias Especiales para los Automotores Antigüos de Colección (Clásicos), facultando a las Municipalidades para su otorgamiento, previa verificación de la documentación exigida por la ley; QUE a fojas 1 se acredita solicitud de franquicia especial, a fojas 6 fotocopia del título del automotor marca Chevrolet, modelo Camaro, dominio JKM 694, chasis n 124377N172208, no posee número de motor, y a fojas 4 constancia de revisión técnica obligatoria especial; QUE con la documentación acompañada se estaría dando cumplimiento al Artículo 63, inc d) de la Ley y Decreto Reglamentario citados, estimando la Asesoría de la Secretaría de Inspecciones y Registros Urbanos, que estarían cumplidos los requisitos para el otorgamiento de la Franquicia Especial bajo las condiciones que la ley establece; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Otórgase Franquicia Especial al Automotor Clásico marca Chevrolet, ************** modelo Camaro, dominio JKM 694, chasis n 124377N172208, no posee número de motor, propiedad del Sr. Fernando Andrián Elsztain DNI 14.222.053-, con domicilio en Avenida Santa Fe n 1220, Piso 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo las siguientes condiciones: 60

Ref.: Expte. Nro. 5298-E-2014.- - El presente permiso es válido solo para circular dentro del Partido de San Isidro, no pudiendo transitar a una velocidad precautoria superior a los 50 Km/h; - Renovar la revisión técnica obligatoria especial cada tres años a partir del 28 de marzo de 2014; - Exhibir el correspondiente distintivo como Auto de Colección o Auto Clásico.- ARTICULO 2.- Notifíquese al interesado y al Club de Automóviles Clásicos de la ************ República Argentina, previo pago de los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal e Impositiva.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 61

Ref.: Expte. Nro. 5297-S-2014.- SAN ISIDRO, 20 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2571 VISTO la solicitud de otorgamiento de Franquicia Especial de Circulación de Autos Antigüos, solicitada por SWAGE S.A., C.U.I.T N 30-66348889-5, domiciliado en Córdoba n 2953 de la Ciudad de Martínez, para la circulación del vehículo marca Franklin, modelo antigüo, dominio LNB 083; y Considerando: QUE la Ley nro. 24.449 y su Decreto Reglamentario nro. 779/95 en su Artículo 63 regula el otorgamiento de las Franquicias Especiales para los Automotores Antigüos de Colección (Clásicos), facultando a las Municipalidades para su otorgamiento, previa verificación de la documentación exigida por la ley; QUE a fojas 1 se acredita solicitud de franquicia especial, a fojas 6 fotocopia del título del automotor marca Franklin, modelo antigüo, dominio LNB 083, año 1904, motor n RPA567410, chasis n 409, y a fojas 4 constancia de revisión técnica obligatoria especial; QUE con la documentación acompañada se estaría dando cumplimiento al Artículo 63, inc d) de la Ley y Decreto Reglamentario citados, estimando la Asesoría de la Secretaría de Inspecciones y Registros Urbanos, que estarían cumplidos los requisitos para el otorgamiento de la Franquicia Especial bajo las condiciones que la ley establece; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Otórgase Franquicia Especial al Automotor Clásico marca Franklin, ************** modelo antigüo, dominio LNB 083, año 1904, motor n RPA567410, chasis n 409, propiedad de SWAGE S.A., C.U.I.T N 30-66348889-5, domiciliado en Córdoba n 2953 de la Ciudad de Martínez, bajo las siguientes condiciones: 62

Ref.: Expte. Nro. 5297-S-2014.- - El presente permiso es válido solo para circular dentro del Partido de San Isidro, no pudiendo transitar a una velocidad precautoria superior a los 50 Km/h; - Renovar la revisión técnica obligatoria especial cada tres años a partir del 10 de febrero de 2014; - Exhibir el correspondiente distintivo como Auto de Colección o Auto Clásico.- ARTICULO 2.- Notifíquese al interesado y al Club de Automóviles Clásicos de la ************ República Argentina, previo pago de los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal e Impositiva.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 63

Ref.: Expte. N 10750-D-2014.- DECRETO NUMERO: 2572 SAN ISIDRO, 20 de agosto de 2014 VISTO la nota obrante a fojas 1 de la Dirección General de Informática; y Considerando: QUE en la misma da cuenta de la realización de la Jornada de Taller de Ingeniería de Requisitos, organizada por el MUG- Grupo de Usuarios de Microsoft, a llevarse a cabo el día 26 de agosto del corriente año, en la sede sita en Rivadavia n 1479, 1 Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; QUE concurrirá al mismo el Lic. Luis Alberto Balvoa legajo n 54.428-, debido a que los contenidos vertidos puedan redundar en óptimos beneficios aplicables a la cotidiana actividad en este Municipio; QUE es habitual intención de esta Administración Municipal colaborar permanentemente con los empleados que, en pos de una mejor prestación de servicios, desarrollan y amplían sus capacidades individuales mediante estudios y/o cursos de capacitación o perfeccionamiento profesional; QUE se solicita la suma de $ 640,00 en concepto de gastos para cubrir los costos del curso; QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso; QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Autorízase al Lic. Luis Alberto Balvoa legajo n 54.428-, dependiente de ************ la Dirección General de Informática, a concurrir a la Jornada de Taller de Ingeniería de Requisitos, organizada por el MUG- Grupo de Usuarios de Microsoft, a llevarse a cabo el día 26 de agosto del corriente año, en la sede sita en Rivadavia n 1479, 1 Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- 64

Ref.: Expte. N 10750-D-2014.- ARTICULO 2.- Otorgase al agente mencionado en el artículo anterior la suma de ************** PESOS SEISCIENTOS CUARENTA ($ 640,00.-), a los efectos de abonar la correspondiente inscripción al referido curso, con oportuna rendición.- ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 65

Ref..Expte. Nº 10123 -D -2014.- SAN ISIDRO, 20 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2573 VISTO los presentes actuados; y Considerando: QUE la agente Elisabet Liliana Derecho (Legajo N 15454), cumple funciones de Subdirectora, en el Museo, Biblioteca y Archivo Histórico Municipal de San Isidro; QUE dichas funciones le demandan mayor permanencia en su lugar de trabajo; QUE en virtud de ello, se deberá incluir a la citada agente en los alcances del Artículo 14º Bonificación Mayor Dedicación Horaria (23%), de la Ordenanza N 8744, a partir del 1 de julio de 2014; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Inclúyase en los alcances del Artículo 14 Bonificación por Mayor ************** Dedicación Horaria de la Ordenanza N 8744, a la agente Elisabet Liliana Derecho (Legajo N 15454), a partir del 1 de julio de 2014.- ARTICULO 2.- Mantiénese la percepción de la Bonificación por Función, Personal ************** Superior y Jerárquico (18%), artículo 17º, de la Ordenanza N 8744.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese. Publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 66

Expte: Nº 6493-I-2010.- SAN ISIDRO, 20 de agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2574 VISTO lo solicitado por la Subsecretaría General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito a fojas 30, lo verificado por la Dirección General de Catastro a fojas 31/33, y lo requerido por la Subsecretaría de Planeamiento Urbano a fojas 35, en relación a la Cesión del Sector de la Calle José Ingenieros entre las calles Sucre y Esnaola, Vereda Sur, de la Ciudad de Beccar, conforme el Plano de Mensura Nº 97-139-94, obrante a fojas 19; y Considerando: QUE en el informe de fojas 6 surge, que la Dirección de Catastro Municipal ha constatado en el relevamiento efectuado en el sector de calle mencionado que, varias Parcelas de la Manzana 79 no han efectuado el corrimiento de la Línea Municipal, habiéndose intimado por Cédulas a los responsables a la desocupación del espacio público cedido por Plano de Mensura Nº 97-139-94, al corrimiento de los Cercos de Frentes, y a la ejecución de las veredas reglamentarias según lo indicado a fojas 13; QUE con posterioridad, la Oficina Técnica pertinente ha verificado que se ha dado cumplimiento a lo requerido, con excepción de las Parcelas 27a y 20a, estando los plazos otorgados ampliamente vencidos; QUE el incumplimiento por parte de los particulares intimados de la situación planteada, además de impedir la liberación al uso público de la calle José Ingenieros en el sector indicado, produce inseguridad para el tránsito vehicular y de las personas, que es imperioso solucionar; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a ARTÍCULO 1º.- Intímase a los propietarios mencionados en el presente y/o a *************** quienes resulten actualmente Titulares de los Dominios, de los /.. 67

Expte: Nº 6493-I-2010.- //.. inmuebles ubicados en la calle José Ingenieros Nº 2754/60/72, (Fideicomiso Actis - Unidades Funcionales Nº 1/3/4/5/6; y Sr. Sebastian Roca - Unidad Funcional Nº 2); y en la calle José Ingenieros Nº 2822/24/30/32/38/40/48/50/56/58, (José Ingenieros Sociedad Civil - Unidades Funcionales Nº 1/2/4/7/8/9; Sra. Cecilia Noemí Ujhelly - Unidad Funcional Nº 3; Sr. Sebastian Rilo - Unidad Funcional Nº 5; Sra. Mirian Elena Sztejnberg - Unidad Funcional Nº 6; y Sr. Eric Zynda Aiub - Unidad Funcional Nº 8; identificados catastralmente como Circunscripción VII, Sección B, Manzana 79, Parcelas 27a, y 20a, respectivamente, a proceder a la desocupación del sector de vía pública sobre la calle José Ingenieros, entre las calles Sucre y Esnaola, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, oportunamente cedido por Plano de Mensura Nº 97-139-94, dentro de un plazo de quince (15) días, contados a partir de la notificación del presente, materializando el corrimiento de los Cercos de Frente a las Líneas Municipales, y la ejecución de las veredas reglamentarias, conforme las disposiciones del Código de Ordenamiento Urbano y de Edificación. ARTÍCULO 2º.- Procédase por intermedio de las Oficinas Técnicas Municipales a *************** labrar las Actas de Comprobación correspondientes, por ocupación de la vía pública en forma ilegítima, por falta de Final de Obra y construcción de veredas reglamentarias, bajo apercibimiento de iniciarse los trámites pertinentes para la liberación del sector de calle mencionado, en protección de la seguridad de las personas, y de los daños y perjuicios que pudieran resultar. ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AF Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Subsecretario General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez 68

Ref.: Expte. Nº 8981-G-2014.- DECRETO NÚMERO: 2575 SAN ISIDRO, 21 de agosto de 2014 VISTO la presentación efectuada por el Sr. Alejandro José Grondona, en su carácter de locatario, y autorizado por el propietario (Corporación de Inversiones S.A.), en la Cláusula 8.1 del Contrato de Locación agregado a fojas 15/28, respecto de la factibilidad de realizar la construcción de una Playa de Estacionamiento al descubierto, en un sector del inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección D, Fracción VII, Parcela 16, ubicado con frente a las calles Fondo de la Legua, Entre Ríos, Haití y Cuyo de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido; y Considerando: QUE el predio se ubica en Zona ID (Industria Dominante) conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, admitiéndose el destino solicitado como Uso Conforme, con tratamiento particular por las oficinas técnicas en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1.2.2.1.2 del Código citado; QUE se propone una Playa de Estacionamiento con cocheras descubiertas, y una pequeña Cabina de Control en el acceso sobre la calle Fondo de la Legua, en un sector del predio que se encuentra libre de construcciones, para ser incorporada oportunamente a la aprobación de la propuesta integral (Oficinas, Depósitos y Locales), que tramita por expediente Nº 8090/14; QUE dado el crecimiento de actividades comerciales y las dificultades en el tránsito vehicular en la zona, resulta un servicio necesario en el área, estimándose que debe autorizarse con carácter precario y renovable cada tres años, a los fines de verificar las condiciones de funcionamiento; QUE por lo expuesto, los organismos técnicos que elaboraron el informe de fojas 55/57, opinan que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada por resultar conveniente para la zona y el entorno, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber; 69

Ref.: Expte. Nº 8981-G-2014.- POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTÍCULO 1º.- Hácese saber a Corporación de Inversiones S.A., en su carácter ************** de propietario, que se autoriza la construcción de una Playa de Estacionamiento, en un sector de una superficie aproximada de 2965 m2, del inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección D, Fracción VII, Parcela 16, ubicado con frente a las calles Fondo de la Legua, Entre Ríos, Haití y Cuyo de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, según documentación de fojas 3/7, convenientemente corregi- da.- ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento de las ************** condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan: E- Condiciones Urbanísticas: A1. El uso a autorizar será el de Playa de estacionamiento. A2. Terreno Absorbente: Deberán parquizarse y forestarse los retiros de frente a excepción de las zonas de acceso. A3. Retiros: Retiros de Frente: - Sobre Entre Ríos = mínimo 1,50 metros a estacionamiento vehicular. - Sobre Fondo de la Legua = mínimo 1,50 metros a estacionamiento vehicular. A4. Cabina de control Servicios sanitarios: - La altura máxima se establece en + 3,00 metros con azotea inaccesible. 70

Ref.: Expte. Nº 8981-G-2014.- - Superficie máxima: 9,00m2 / Ancho mínimo: 2 metros. Su terminación deberá ser ladrillo visto o revocada y pintada al igual que los cercos de frente y divisorios. Servicios sanitarios, de acuerdo a los requerimientos del Código de Edificación de San Isidro. A5. Estacionamiento: - Se aceptara la cantidad de módulos propuesta o bien los que cuenten con la medida reglamentaria debiendo destinar como mínimo 2 al uso de discapacitados (3,50 x 5,00 metros) - Ancho mínimo de circulaciones vehiculares 5 metros. - Todos los vehículos deberán maniobrar en el interior del predio debiendo ingresar y/o egresar marcha adelante. - El ingreso y egreso será únicamente por la calle Fondo de la Legua, no admitiéndose un segundo acceso por la calle Entre Ríos. - Se preverá la colocación de protección sobre el alambrado perimetral para evitar el impacto de los vehículos. - Se numerarán y demarcarán los lugares de estacionamiento. - Los vehículos deberán salir marcha hacia adelante, y siempre permanecer dentro del predio, no pudiendo ocupar la vía pública. - Se indicarán los accesos y salidas vehiculares con señal luminosa y sonora para advertencia de los peatones. Deberá colocarse sobre Línea Municipal alejados de los muros divisorios de predios. A6. La circulación vehicular será pavimentada o bien se realizará un efectivo tratamiento que asegure la transitabilidad e impida la formación de barro. A7. La playa contará con accesibilidad para personas con capacidades diferentes, cumplimentando el Código de Edificación de San Isidro en cuanto a pasos mínimos, y rampas para personas discapacitadas. A8. Queda prohibido techar la Playa de estacionamiento. 71

Ref.: Expte. Nº 8981-G-2014.- A9. Verificar condiciones constructivas según Código de Ordenamiento Urbano y Código Edificación San Isidro para los servicios sanitarios. F- Condiciones Ambientales: B1. Tratamiento Urbano Externo: Los cercos de frente y divisorios, tendrán altura y materiales reglamentarios debidamente revocados y pintados; será predominantemente transparente en un 70% de su superficie contando con vegetación en sus bordes. Su diseño será incluido en los planos a presentar. B2. Aceras públicas: se ejecutarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación, y no perderá su continuidad en correspondencia con el acceso vehicular. Su diseño se adecuará a la situación existente y a la forestación de vía pública. B3. Las barreras de control de acceso, se retirarán de la L.M. un mínimo de 5,00 metros a fin de permitir la espera de vehículos para el acceso y/o egreso del predio, sin afectar la circulación peatonal y vehicular pública. B4. Ajuste a las normativas ambientales y de control de ruidos, iluminación interna debiendo incluirse proyecto en planos, conforme a la legislación vigente y Art. 1.2.2.1.2. del Código de Ordenamiento Urbano. B5. Forestación: Como principio general, se deberá conservar la forestación interna y externa, debiendo adecuarse el acceso, la ubicación de módulos y circulación vehicular a la forestación existente. B6. Consideraciones generales para la etapa de Obra: deberán contemplarse las condiciones establecidas en los Decretos Reglamentarios Nº 1617/14 y Nº1618/14. G- Condiciones de Funcionamiento: C1. Se admitirá el uso Playa de estacionamiento, con una Habilitación de carácter precario por tres (3) años, en interpretación del art.1.2.2.1.2. del Código de Ordenamiento Urbano, debiéndose cumplir con los requisitos exigidos en los puntos 7, 8, 10, 11,12, 13 y 14 del citado artículo. 72

Ref.: Expte. Nº 8981-G-2014.- C2. Si durante el desarrollo de la actividad se detectara que resulta necesario ajustar y/o modificar el acceso y/o egreso vehicular, la Municipalidad exigirá el ajuste, debiendo el emprendimiento, a su cargo, realizar las obras de adecuación. C3. De colocarse publicidad, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las actividades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y contará con aprobación previa a su colocación. C4. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de funcionamiento y seguridad en oportunidad de gestionar la habilitación y/o el cumplimiento de las demás normativas en vigencia. H- Condiciones Administrativas: D1. Atento que se trata de un sector de la parcela, con construcciones mínimas, y atento que por Expediente Nº 8090/14 se encuentra en tratamiento la Consulta de Construcción para el resto del predio, se deberá presentar Plano de Permiso de Construcción Parcial del sector de la parcela, con el cual se gestionará la habilitación correspondiente; previa verificación de la realización de todas las obras, contando con informe de la Dirección General de Obras Particulares e informe de Profesional Responsable. Posteriormente, se gestionará un único Plano de Conforme a Obra, el cual será tramitado por Expediente Nº 8090/14, con la incorporación de la Playa de estacionamiento. D2. Para la presentación del Plano Conforme a Obra de la totalidad de la parcela, deberá Presentar Plano de Mensura y división para cesión de calles y reserva, con la Aprobación de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, (Trámite iniciado por Expediente Nº 4764/14). D3. Deberá presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta la actividad y de acuerdo a lo previsto por el art. 5.8.1.1 y subsiguientes del Código de Edificación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado, ante la Dirección General de Obras Particulares para el otorgamiento del Permiso de Construcción. D4. Cumplimentará las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano, Código de Edificación y toda otra normativa que, en el orden Nacional, Provincial y/o Municipal resulten de aplicación. 73

Ref.: Expte. Nº 8981-G-2014.- D5. Se transcribirán en el Permiso de Construcción, todos los condicionantes, Constructivos, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativos; conforme al Decreto de Factibilidad.- ARTÍCULO 3º.- Previo al pago de los Derechos de Construcción para el otorgamiento del ************* Permiso de Construcción del Sector, la Dirección General de Ordenamiento Urbano visará el ajuste del proyecto definitivo a los condicionantes que surgen del Artículo 2º del presente Decreto.- ARTÍCULO 4º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que *************** dentro de los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción del Sector.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Subsecretario General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez 74

Ref.: Expte. Nº 16084-I-2013.- SAN ISIDRO, 21 de agosto de 2014 DECRETO NÚMERO: 2576 VISTO la presentación efectuada por los Señores Arpad Pedro Ijjas, y Pedro Ijjas, en su carácter de propietarios, y el arquitecto Juan Carlos Grasso, en su carácter de profesional actuante, respecto de la factibilidad de realizar la construcción de un Depósito, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción VII, Sección E, Manzana 43, Parcela 11, ubicado en la calle Uruguay Nº 3834 de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido; y Considerando: QUE el predio se ubica en Zona IE (Industria Especial) conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, admitiéndose el destino solicitado como Uso Conforme, con tratamiento particular como Uso Puntual por las oficinas técnicas; QUE la parcela se encuentra sobre la calle Uruguay, la cual constituye el límite con el Municipio de San Fernando, en un área donde desarrollan actividades de depósitos e industrias; QUE se propone la construcción de un depósito de aproximadamente 473 m2, con un sector de oficina propia y sanitarios, y dos accesos para el ingreso y egreso al establecimiento de vehículos de carga y descarga y particulares; QUE por lo expuesto, los organismos técnicos que elaboraron los informes de fojas 32/34, opinan que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTÍCULO 1º.- Hácese saber a los Señores Arpad Pedro Ijjas y Pedro Ijjas, en su ************** carácter de propietarios, que se autoriza la construcción de un Depósito, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción VII, Sección E, Manzana 43, Parcela 11, ubicado en la calle Uruguay Nº 3834 de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, según documentación de fojas 27, convenientemente corregida.- 75

Ref.: Expte. Nº 16084-I-2013.- ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento de las ************* condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan: A- Condiciones Urbanísticas: A1. Los valores de FOS y FOT quedarán limitados a los permitidos para la zona. 0,6 y 1,2 respectivamente. A2. Retiros de frente: mínimo, sobre la Línea Municipal de la calle Uruguay: 3,00 metros. Deberán constituirse como terreno absorbente, parquizados y forestados en los sectores donde no se ocupe con los dos módulos de estacionamiento vehicular y accesos. A3. Retiro Lateral mínimo: 3 metros lindero con la parcela 1b. A4. Fondo Libre: Deberá verificarse un retiro mínimo de 11,86 metros sobre el fondo, considerando la ocupación del mismo hasta los 4,80 metros del Eje Divisorio, únicamente con edificaciones que no superen los 3,50 metros de altura y cuyos usos no sean perjudiciales para los predios linderos. Deberá constituirse como terreno absorbente parquizado y forestado en un porcentaje no inferior al 50% de su superficie. A5. Terreno Absorbente: Verificará el 20% como mínimo de la superficie de la parcela = 183,62 m2. Indicar silueta y cálculo en Planos. A6. Altura Máxima: 8,50 metros. No podrán proyectarse nuevas construcciones y/o ampliaciones que sobrepasen la altura aprobada. Toda instalación complementaria y/o auxiliar (tanques de agua, torres de enfriamiento, chimeneas, caja de ascensores o montacargas, etc.) que se proyecte ubicar por sobre la altura máxima no podrán superar los 3 metros debiendo justificarse técnicamente su instalación, y retirados como mínimo 3 metros de los ejes divisorios y planos de fachadas. Deberán ser tratados arquitectónicamente a fin de integrarse armónicamente como parte del edificio, conforme lo establece el art.1.2.1.10 del Código de Ordenamiento Urbano. Estas instalaciones constarán en el permiso de construcción. A7. Cota de Nivel: Indicar en planos Cota de Nivel para Edificación +5.20 IGM. Los locales habitables se deberán proyectar sobre el nivel de esta cota. 76

Ref.: Expte. Nº 16084-I-2013.- A8. Estacionamiento: Depósito: 2 módulos para carga y descarga (3,00 x 8,00 metros) para una superficie de Deposito de 390 m2. Oficinas: 2 módulos reglamentarios (2,50 x 5,00 metros), sobre el frente de la parcela, para una superficie computable de Oficinas de 37,92 m2. Se señalizarán y reservarán claramente dentro del edificio los espacios disponibles, según porte y tamaño de los vehículos. Este aspecto podrá ajustarse, si se verifica que del funcionamiento surgen mayores requerimientos y/o que se cuente con mayor cantidad de móviles. A9. El muro medianero deberá realizarse con todos los tratamientos y aislaciones necesarias: muros cortafuego, aislaciones térmicas, ignifugas, acústicas, por vibraciones, reglamentarios entre otros, con el objeto de resguardar la seguridad de las personas y posibles molestias a terceros, debiendo constar el detalle en planos. B- Condiciones Ambientales: B1. Tratamiento Urbano Exterior: Las veredas se ejecutarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación atento la diferencia de nivel existente entre el predio y la vía pública, y no perderán su continuidad en correspondencia de los accesos vehiculares, debiendo salvar los desniveles con rampas reglamentarias, señalizadas. Deberá presentar propuesta de veredas en consulta ante la Dirección General de Ordenamiento Urbano para su aprobación. -Se deberá respetar la forestación existente en la vía pública. Se forestará a modo de cortina sobre el retiro de fondo, retirados tres (3) metros de los ejes divisorios, y se completarán los árboles faltantes en vereda, previendo para su ubicación, el futuro ensanche de vereda para la calle Uruguay. B2. Deberá contar con un recinto de residuos dentro del predio, apto para contener los desechos, a fin de evitar que permanezcan en la vía pública. B3. Los cercos de frente deberán verificar lo establecido por el Art. 1.2.1.6. del Código de Ordenamiento Urbano y/o Art. 3.6.7.2. del Código de Edificación, debiendo incluir su diseño en planos. 77

Ref.: Expte. Nº 16084-I-2013.- B4. Consideraciones generales para la etapa de Obra: -Durante la etapa de construcción, se deberán adoptar todas las medidas necesarias a fin de mitigar los efectos que pudiesen generarse por emisión de ruidos molestos, contaminación del suelo, aire y agua. Se deberá controlar la conducta y comportamiento de los operarios y terceros contratados para la realización de la obra, en relación al cuidado de los factores ambientales aludidos y a la convivencia urbana. -Se colocará cartel de obra en lugar visible, con número de expediente y datos del responsable de la ejecución de la misma. Se dispondrá de una copia del Permiso de Construcción en el lugar, para ser consultada por los agentes municipales en las inspecciones pertinentes. -Colocar protección perimetral o vallados a fin de aminorar ruidos y polvos. -El horario de trabajo será de 08:00 a 17:00 hs, de lunes a viernes, y sábados de 08:00 a 14:00 hs. Los ingresos y egresos de personal se efectuarán ordenadamente, con una tolerancia de 15 minutos. -La modificación con respecto a los horarios de trabajo podrá ser considerada particularmente, teniendo en cuenta las características de la zona. A tal efecto se realizará una solicitud detallando los días, horarios y tipo de tarea para su evaluación. -Deberá contar con sereno en obra y tomar todas las medidas de seguridad para el cierre de la obra con vallados perimetrales. -La utilización de maquinarias o herramientas que produzcan niveles superiores a los decibeles autorizados para la zona, o considerados molestos por el sentido común, deberá efectuarse en horarios especiales, tratando de evitar molestias al vecindario y comunicando el horario y duración de los trabajos a la Municipalidad y a los vecinos afectados. -La circulación de vehículos con materiales se realizará adoptando todas las medidas necesarias para evitar ruidos molestos y trastornos o alteraciones en el tránsito, evitando los horarios de mayor movimiento en la zona. Se deberá señalizar el acceso vehicular para mejorar las condiciones de circulación. Se coordinará la asistencia de la Subsecretaría Administrativa de Tránsito dada la gran circulación vehicular sobre la calle Uruguay. 78

Ref.: Expte. Nº 16084-I-2013.- -Los obradores y contenedores serán instalados dentro del predio, con sus correspondientes instalaciones sanitarias, depósitos de materiales y escombros, sin ocupación de la vía pública. -Las veredas deberán mantenerse en buen estado de transitabilidad. C- Condiciones de funcionamiento: C1. En lo que respecta al movimiento vehicular deberán siempre permanecer dentro del predio, no pudiendo ocupar la vía pública. -Toda carga, descarga y depósito de mercadería se deberá realizar en el predio, prohibiéndose llevar a cabo en la vía pública. -Se colocará señalización de advertencia para peatones en la salida vehicular (visual y auditiva). -Se evitará la generación de ruidos y molestias por actividades y circulación, principalmente en horarios nocturnos. -Se prohíbe expresamente el estacionamiento, espera o maniobras de los transportes de carga sobre las calles perimetrales al predio. C2. De colocarse publicidad, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las actividades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y contará con aprobación previa a su colocación. C3. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de funcionamiento en oportunidad de gestionar la habilitación. D-Condiciones Administrativas: D1. Deberá presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el art. 5.8.1.1. y subsiguientes, del Código de Edificación, firmado por un profesional matriculado. Las mismas serán verificadas por la Dirección de Obras Particulares, previo otorgamiento del Permiso de Construcción. 79

Ref.: Expte. Nº 16084-I-2013.- D2. Los desagües y los reservorios/retardadores de aguas pluviales de las superficies no permeables y cubiertas, podrán llevar a cabo su drenaje en forma regulada y distribuidas en diferentes puntos de evacuación sobre los frentes y hacia la vía pública, siempre que cuente con la expresa autorización de la Secretaria de Obras Públicas, quien establecerá las condiciones que estimen corresponder según la infraestructura pública existente. D3. Deberá verificarse en el proyecto el cumplimiento de todas la normas de aplicación, en el orden Nacional, Provincial, y las establecidas por los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación, entre otros: Servicios Sanitarios, Vestuarios de Personal, Medios de Salida - sentido de apertura y ancho de puertas / Instalaciones Eléctricas, según normativas vigentes, con aplicación supletoria de la normativa complementaria del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires. D4. Se transcribirán en el Permiso de Construcción todos los condicionantes, Constructivos, Ambientales y Administrativos.- ARTÍCULO 3º.- Previo al pago de los Derechos de Construcción para el otorgamiento del ************* Permiso de Construcción, la Dirección General de Ordenamiento Urbano visará el ajuste del proyecto definitivo a los condicionantes que surgen del Artículo 2º del presente Decreto. ARTÍCULO 4º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que dentro de los ************** ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Subsecretario General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez 80

Ref. Expte. Nº 16938-C-2013.- SAN ISIDRO, 21 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2577 VISTO lo solicitado en el presente cuerpo instrumental, en orden a la asignación de Caja Chica a la oficina de Mayordomía de la Secretaría Privada; y Considerando: QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas, considera procedente conceder la petición efectuada en PESOS TRES MIL ($ 3.000), con un límite por comprobante de compra de PESOS TRESCIENTOS ($ 300); POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- ASIGNASE a la oficina de Mayordomía de la Secretaría Privada, un ************** importe fijo mensual de PESOS TRES MIL ($ 3.000), con un límite por comprobante de compra de PESOS TRESCIENTOS ($ 300), en concepto de CAJA CHI- CA.- ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 81

Ref.: Expte.Nro. 9664-D-2014.- SAN ISIDRO, 21 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 5 7 8 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: 600/462/2014; QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 281/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó el QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la Adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1ro- Adjudícase a NASCARELLA PABLO, con domicilio en Padre Castiglia ************* Nro. 165, de la Ciudad de Boulogne, la CONSTRUCCION Y/O RE- CONSTRUCCION DE VEREDAS EN ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES, DEPOR- TIVOS, Y DE SALUD, EN EL PARTIDO DE SAN ISIDRO por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 487.800).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria 82

Ref.: Expte. Nro. 9664-D-2014.- correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000-1, Categoría Programática 01.85, Objeto del Gasto 4.2.2., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 83

Ref.: Expte.Nro. 10222-C-2014.- SAN ISIDRO, 21 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 5 7 9 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: 600/493/2014; QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 293/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó el QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la Adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1ro- Adjudícase a MARTINEZ MARTOS JUAN EL ASEO, con domicilio en ************* AVDA. ANDRES ROLON Nro. 268, de la Cuidad de San Isidro, el SER- VICIO DE DESTAPACION DE POZOS CIEGOS, CAÑERIAS PLUVIALES Y CLOA- CALES EN FORMA MECANIZADA EN DIFERENTES SECTORES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO por un monto total de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 659.792).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria 84

Ref.: Expte. Nro. 10222-C-2014.- correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 37, Objeto del Gasto 3.3.9., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 85

Ref.: Expte.Nro. 10220-C-2014.- SAN ISIDRO, 21 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 5 8 0 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: 600/491/2014; QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 294/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó el QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la Adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1ro- Adjudícase a TOTAL SEÑALAMIENTO S.A., con domicilio en Calle 29 ************* Nro. 3580, Mercedes, para HORAS DE TRABAJO DE MOTONIVE- LADORA PARA TAREAS DE LIMPIEZA, DESMALEZAMIENTO Y MANTENIMIEN- TO INTEGRAL DEL CAMPO DEPORTIVO NRO 3, PARTIDO DE SAN ISIDRO por un monto total de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CIN- CUENTA ($ 679.250).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria 86

Ref.: Expte. Nro. 10220-C-2014.- correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.01, Objeto del Gasto 3.2.2., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 87

Ref.: Expte. Nº 1804-A-2013.- SAN ISIDRO, 21 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2581 VISTO el pedido efectuado por la Sra. Elena Gabriela Abraham a fojas 1 de estos autos, respecto de la quita de accesorios en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales en las Cuentas Corrientes N 770.869; y Considerando: QUE la requirente manifiesta ser titular del inmueble en cuestión, el que se encontraba alquilado con un contrato vigente entre el 16/12/09 y el 31/12/11; QUE a partir del mes de Diciembre de 2010, el locatario dejó de abonar el alquiler, derivando en el inicio de un juicio de desalojo; QUE recién en el mes de Diciembre de 2012 se le restituyó la tenencia definitiva de la propiedad, momento en el cual constató que además de la deuda acumulada, la propiedad se encontraba en un estado deplorable, semidestruida y en un estado de abandono total; QUE si bien entiende que es su responsabilidad el pago de la deuda, requiere se considere que la misma se generó por razones ajenas a su voluntad; QUE a tal efecto, efectúa un pago a resultas del presente por la deuda de origen, en la medida que su disponibilidad económica se lo permite; QUE a partir de la restitución, ha consolidado un plan con todos los accesorios, y actualmente abona la tasa en término; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a disminuir el monto de los accesorios, cuando las causas lo justifiquen, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : / 88

Ref.: Expte. Nº 1804-A-2013.- // ARTICULO 1º.- Exímese del pago del 50% de los recargos e intereses y el total de ************* la multa, generados por mora en la deuda correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el período 2009/1Bp hasta 2012/6B inclusive, de la Cuenta Corriente N 770.869.- ARTICULO 2º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 89

Ref.: Expte.Nro 9057-D-2014.- SAN ISIDRO, 21 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2582 VISTO el Suministro Nro. 700-1038/2014; y Considerando: QUE como consecuencia de aquél, se efectuó el llamado a Licitación Privada Nro.253/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas a fs. 81, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º- Adjudícase a M.G. SERVICIOS S.R.L., con domicilio en la ************* la calle Cucha Cucha Nº 1232, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la PROVISION DE RESPIRADORES, por un monto total de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 378.000-). ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría Programática 27, Objeto del Gasto 4.3.3 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 90

Ref.: Expte. Nº 15499-S-2013.- SAN ISIDRO, 21 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2583 VISTO el pedido obrante en autos efectuado por Sebastián Stuchetti, respecto de la quita de recargos en el pago de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias, Cuenta Corriente N 64480; y Considerando: QUE el requirente manifiesta haber iniciado la actividad comercial con un amigo, quien se encargaba mayormente del negocio de Venta de autos usados ; QUE por razones de salud, su socio, debió abandonar el negocio, quedando numerosas deudas a cargo del solicitante; QUE actualmente está tratando de reflotar el comercio, pero por razones de público conocimiento, la actividad en el ramo ha declinado notablemente, con lo cual, se le dificulta cancelar la deuda total; QUE es su intención transferir la habilitación a su nombre por lo que inicia un plan de pagos en veinticuatro (24) cuotas a resultas del presente, por la deuda de origen más el 50% de los recargos; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa_ cultado a disminuir el monto de los accesorios, cuando las causas lo justifiquen, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese en un 50% el pago de los recargos por mora, generados en la ************** deuda de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias, por el período 2008/5A hasta 2013/5B inclusive, Cuenta Corriente N 64.480.- / 91

Ref. Expte. Nº 15499-S-2013.- // ARTICULO 2.- Déjase constancia que la falta de cumplimiento en término del plan de ************ veinticuatro (24) cuotas suscripto a resultas de este expediente, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 92

Ref.: Expte. Nro. 6275-M-2014.- SAN ISIDRO, 21 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2584 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, respecto del inmueble sito en Comodoro Rivadavia nº 2236, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 610.602; y Considerando: QUE la peticionante manifiesta que habita el inmueble conjuntamente con su esposo y sus nietos, menores de edad, siendo el único ingreso del hogar, el que percibe su esposo a través de trabajos temporarios, lo que sólo alcanzan para satisfacer sus necesidades básicas; QUE asimismo expresa su voluntad de regularizar su situación fiscal, pero no puede afrontar el monto total adeudado, por lo que procedió a suscribir, a resultas del presente, un convenio de pago; QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facul_ tado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: / 93

Ref.: Expte. Nro. 6275-M-2014.- / ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda ************** correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales que recaen sobre el inmueble ubicado en Comodoro Rivadavia nº 2236, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 1992/3B hasta 2014/2B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 610.602.- ARTICULO 2.- Déjase constancia que la falta de cumplimiento en término del plan de ************ sesenta (60) cuotas suscripto a resultas de este expediente, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 94

Ref.: Expte. Nº 8808-E-2014.- SAN ISIDRO, 21 de agosto de 2014 DECRETO NÚMERO: 2585 VISTO la presentación efectuada por el Sr. Bruno Udenio, en su carácter de Presidente de la firma Eduardo Udenio y Cía. S.A.C.I.F.I. (Propietaria), y el Arquitecto Gabriel José Balboni, en su carácter de Profesional actuante, respecto de la factibilidad de realizar la construcción de un Edificio con destino Oficinas, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección C, Manzana 100, Parcela 2a, ubicado con frente a la calle Cangallo s/n entre las calles Monseñor Larumbe Nº 3255 y Haití Nº 1688 de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido; y Considerando: QUE el predio se ubica en Zona ID (Industria Dominante), conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, admitiéndose el destino solicitado como Uso Conforme, con tratamiento particular como Uso Puntual por las oficinas técnicas, a los efectos de establecer las condiciones de funcionamiento; QUE actualmente en el predio existen construcciones con destino Oficinas y Depósitos, proponiéndose la incorporación de un nuevo Edificio de Oficinas con frente a la calle Cangallo, y el reacomodamiento del estacionamiento vehicular existente, resultando un Conjunto compuesto por dos Edificios con una superficie aproximada entre ambos de 5029,33 m2 cubiertos; QUE se plantea el corrimiento del Cerco de Frente a tres metros sobre la calle Cangallo, lo cual genera una mejora desde el punto de vista urbano ambiental en la transitabilidad del área; QUE por lo expuesto, los organismos técnicos que elaboraron los informes de fojas 48/51, opinan que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : 95

Ref.: Expte. Nº 8808-E-2014.- ARTÍCULO 1º.- Hácese saber a Eduardo Udenio y Cía S.A.C.I.F.I., en su carácter ************** de Propietario, que se autoriza la construcción de un Edificio con destino oficinas, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección C, Manzana 100, Parcela 2a, ubicado con frente a la calle Cangallo s/n entre las calles Monseñor Larumbe Nº 3255 y Haití Nº 1688 de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, según documentación de fojas 4/15, convenientemente corregida.- ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento de las ************* condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan: I- Condiciones Urbanísticas: A1. Se mantendrá el destino existente Oficinas y depósitos. A2. Los índices quedaran limitados a un máximo de: F.O.S. = 0.60 F.O.T. = 1.35 Considerando el incremento establecido en el art. 1.2.4.1. inciso 8 del Código de Ordenamiento Urbano, Decreto Nº 2623/12. (Expediente Nº 13825/2012). A3. Terreno absorbente: Verificará como mínimo el 20% de la superficie de la parcela: 940,56m2. A4. Retiros: Retiros de frente: - Sobre la calle Monseñor Larumbe: 3.00 metros a fachada, para las nuevas construcciones. - Sobre la calle Cangallo: 3.00 metros a fachada. 96

Ref.: Expte. Nº 8808-E-2014.- El Retiro de frente sobre la calle Cangallo se aceptará su ocupación parcial con las rampas de acceso/egreso vehicular al subsuelo, escalera y rampa de acceso peatonal al edificio, por tratarse de elementos descubiertos, considerando además la cesión voluntaria de 3 metros efectuada por Expediente Nº 13825/12. Retiro lateral: 6.00 metros. A5. Altura Máxima Plano límite: La altura máxima será + 8.50m con azotea inaccesible, permitiéndose la carga sobre el muro de fachada de + 0,20 metros de altura, según art. 1.2.1.10. inciso 1 Apartado b). El Plano Límite será +10.00 metros, con las mínimas instalaciones necesarias como ser: sobre recorrido de ascensor, ventilaciones e instalaciones centrales del edificio y + 12.00 metros para los tanques de agua y chimeneas. El nivel +/- 0.00 del nuevo edificio, será el equivalente a la cota -0.11 punto ubicado aproximadamente en el centro del ancho de la parcela, considerando las pequeñas diferencias internas de nivel que presenta el predio, correspondiente al plano de fs. 46. Al momento de evaluar la propuesta de vereda de acuerdo a los requerido en el punto B2, la Dirección General de Ordenamiento Urbano podrá modificar el nivel +/-0.00 citado precedentemente. La ubicación de las instalaciones complementarias según plano de fs. 6, como ser caja de escaleras y ascensor, se admitirá según propuesta presentada, atento que se trata de una fachada con entrantes y salientes. Se encuentran retiradas 1.10 metros de los planos de fachadas de las oficinas. A6. El Estacionamiento vehicular deberá verificar como mínimo un módulo cada 20m2 de superficie computable para las oficinas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1.2.2.1. del Código de Ordenamiento Urbano. 97

Ref.: Expte. Nº 8808-E-2014.- - Todos los vehículos deberán maniobrar en el interior del predio debiendo ingresar y/o egresar marcha adelante. - Se preverá la colocación de protección en las medianeras y se indicarán los accesos y salidas vehiculares con señalización gráfica, sonora y lumínica, para advertencia de los peatones. Deberán colocarse sobre la Línea Municipal, alejadas de los muros divisorios de predios. - GARAJE- referido a rampas, pendientes, rellanos de acceso, escaleras, medios de salida, medios de salida complementarios, etc. y también de aplicación la Normativa NAG 419 (G.E. Nº 1-119) del ENERGAS PARTE II CARACTERÍSTICAS DE LOS LUGA- RES CERRADOS PARA GUARDA DE VEHÍCULOS. - Toda otra actividad relacionada con los usos autorizados, que requiera carga y descarga, como ser proveedores de insumos, abastecedores, servicios a domicilio, etc. se realizará en las cocheras de cortesía próximas al acceso, o bien dentro de la parcela, a fin de evitar inconvenientes al tránsito vehicular. - En caso de división, tanto de propiedad horizontal como de uso (alquiler por sectores), cada unidad contará con las cocheras que le correspondan manteniendo la relación mínima y conformándose como unidades complementarias. - Asignación de módulos de estacionamiento a cada Unidad Funcional: Cuando del cálculo de la superficie de oficina resultare una fracción, se tomará el número entero. Los módulos que pudieran ser originados por las sumatorias de las fracciones de cada unidad, integrarán las cocheras de cortesía. - En los planos de Permiso de Construcción / Conforme a Obra se indicará que cantidad de cocheras corresponde a cada Unidad Funcional. A7. La circulación vertical evitará la continuidad directa desde planta baja a subsuelo y se conformará con caja de escalera cumpliendo con lo establecido en la normativa vigente. La escalera de acceso a la azotea deberá contar con las medidas mínimas. A8. El edificio contará con accesibilidad para personas con capacidades diferentes, cumplimentando el Código de Edificación de San Isidro en cuanto a pasos mínimos, baños, ascensores y rampas para personas discapacitadas. 98

Ref.: Expte. Nº 8808-E-2014.- J- Condiciones Ambientales: B1. Tratamiento Urbano Externo: - El diseño de las fachadas de frente y contra frente contemplara la no generación de efectos y/o reflejos que puedan afectar la visual de los automovilistas y viviendas vecinas. - La implementación de vidrios en la fachada deberá cumplimentar con el Código de Edificación de San Isidro. B2. Aceras públicas: se ejecutarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación de San Isidro, considerando los ensanches previstos. En correspondencia con los accesos vehiculares, se mantendrán los niveles reglamentarios de vereda, debiendo dar continuidad a la senda peatonal. Dada la diferencia de nivel existente en vereda con respecto al predio y linderos, deberá presentarse una propuesta de adecuación, la cual será evaluada por la Dirección General de Ordenamiento Urbano, considerando el futuro ensanche de calle y la preservación de la forestación existente en la medida que técnicamente resulte posible. Se deberá garantizar la continuidad de niveles con las veredas de los predios linderos y la altura respecto al nivel de la calle, debiendo salvar toda diferencia de niveles en el interior de la parcela. B3. Los cercos de frente estarán constituidos por elementos que permitan transparencia (reja o similar) con una altura máxima y materiales, de acuerdo a lo establecido en el art. 1.2.1.6. del Código de Ordenamiento Urbano. Su diseño será incluido en los planos a presentar. B4. Ajuste a las normativas ambientales y de control de ruidos, conforme a la legislación vigente, respetando las normas usuales de convivencia urbana, evitando molestias que pudieran afectar a los vecinos. 99

Ref.: Expte. Nº 8808-E-2014.- B5. Forestación: Externa: como principio general, se deberá conservar la forestación existente. Los nuevos ejemplares se plantarán considerando el futuro ensanche de la calle Cangallo. Interna: se autorizará la extracción de los dos ejemplares, por su estado fitosanitario y por su ubicación respecto de la implantación propuesta, debiendo iniciar Expediente para tal fin, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 6610 y el Decreto Reglamentario Nº 501/10. B6. Residuos: Deberá contar con un recinto dentro del predio, apto para contener los desechos de todo el complejo, a fin de evitar que permanezcan en la vía pública. Su ubicación deberá verificar que el camión recolector no interfiera en la circulación vehicular del área. Se recomienda la separación diferenciada de estos en papel, plásticos y orgánicos. B7. El proyecto deberá considerar en su diseño, materiales, e instalaciones y/o sistemas, que conlleven al ahorro de energía. B8. Los desagües y los reservorios/retardadores de aguas pluviales de las superficies no permeables y cubiertas requeridos en el marcos de lo solicitado en el Art. 1.2.2.25.2. del Código de Ordenamiento Urbano, podrá llevarse a cabo su drenaje en forma regulada y distribuidas en diferentes puntos de evacuación sobre los frentes y hacia la vía pública, siempre que cuente con la expresa autorización de la Secretaría de Obras Públicas, quien establecerá las condiciones que estimen corresponder según la infraestructura pública existente. B9. Los subsuelos deberán ejecutarse bajo el sistema de losas de supresión a fin de evitar el ingreso de las aguas producto del incremento del nivel de las napas. B10. Consideraciones generales para la etapa de Obra: deberán contemplarse las condiciones establecidas en los Decretos Reglamentarios Nº 1617/14 y Nº 1618/14. K- Condiciones de Funcionamiento: 100

Ref.: Expte. Nº 8808-E-2014.- C1. Para las oficinas y a efecto de los cálculos de los medios de salida, circulaciones, sanitarios y entre otros aspectos, se fijará una capacidad máxima de 1 persona cada 8 m2 de oficinas. En base a dicha ocupación se proyectarán los sanitarios, conforme lo establece el art. 5.6.1.3 Código de Edificación de San Isidro. C2. En lo que respecta al movimiento vehicular (carga y/o descarga de insumos, estacionamiento de vehículos de proveedores, etc.), deberán siempre permanecer dentro del predio, no pudiendo ocupar la vía pública. Se evitará la generación de ruidos y molestias por actividades, prohibiéndose la circulación en horarios nocturnos. - El uso del estacionamiento será obligatorio, libre y gratuito, para quienes concurran al lugar, debiéndose posibilitar el ingreso a empleados, visitantes, proveedores y servicios. - Se señalizaran en el plano y reservarán claramente dentro del predio los espacios disponibles. C3. De colocarse publicidad en las oficinas, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las actividades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y contará con aprobación previa a su colocación. C4. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de funcionamiento y seguridad en oportunidad de gestionar la habilitación para las oficinas, y/o el cumplimiento de las demás normativas en vigencia. L- Condiciones Administrativas: D1. Deberá efectivizarse el corrimiento del cerco de frente sobre la calle Cangallo, debiendo, liberar el espacio de construcciones y/o instalaciones para su integración a la vía pública. 101

Ref.: Expte. Nº 8808-E-2014.- D2. De efectuarse la división de las Unidades Funcionales en Propiedad Horizontal, cada unidad de oficinas deberá contar con los módulos de estacionamiento asignados como unidades complementarias. De efectuarse una división parcelaria, cada uno de los sectores deberán verificar las restricciones urbanísticas de la zona y condiciones establecidas en el presente Decreto y el Decreto Nº2623/12. D3. Deberá presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el art. 5.8.1.1. y subsiguientes del Código de Edificación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado, para el otorgamiento del Permiso de Construcción. D4. Cumplimiento de todas las reglamentaciones edilicias y de seguridad contenidas en el Código de Edificación de San Isidro, entre otros: medios de salida, sentido de apertura y ancho de puertas, escaleras principales, escaleras de salida en subsuelos, instalaciones eléctricas, etc.; siendo de aplicación supletoria el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires. D5. Infraestructura y servicios: Contará con redes de agua corriente, cloacas, gas natural, electricidad y desagües pluviales, aprobados por la empresa u Organismo oficial competente. - De ser necesaria la colocación de una cámara transformadora de energía eléctrica, se adecuará a las normativas municipales en vigencia, ubicando el recinto respetando los retiros fijados, o bien en subsuelo. Su ubicación deberá constar en los planos de Permiso de Construcción. D6. Cumplimentará las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación de San Isidro, y toda otra normativa que, en el orden Nacional, Provincial y/o Municipal resulten de aplicación. D7. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y en los Planos de Conforme a Obra, todos los condicionantes, Constructivos, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativos; conforme al Decreto de Factibilidad.- 102

Ref.: Expte. Nº 8808-E-2014.- ARTÍCULO 3º.- Previo al pago de los Derechos de Construcción para el otorgamiento del ************* Permiso de Construcción, la Dirección General de Ordenamiento Urbano visará el ajuste del proyecto definitivo a los condicionantes que surgen del Artículo 2º del presente Decreto.- ARTÍCULO 4º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que ************** dentro de los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.- ARTICULO 5º.- Mantiénese vigente todos los condicionantes del Decreto Nº 2623/12, en ************** tanto no se contrapongan con el presente Decreto.- ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Subsecretario General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez 103

Ref.: Expte. N 11217-S-2014.- DECRETO NUMERO: 2586 SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014.- VISTO lo informado a fojas 1, por la Secretaría Privada, respecto de la concurrencia de la agente María Laura POMILIO, Legajo 53394, quien cumple funciones es esa Secretaría, al Seminario Práctico relacionado con el Intercambio Telegráfico y Configuración de la Injuria en el Derecho Laboral, organizado por la Escuela Argentina de Derecho EADE- y dictado por el Juez del Tribunal del Trabajo Nº1 de San Isidro, Dr. Diego Javier TULA; y Considerando: QUE el mismo se llevará a cabo entre los días 26 de agosto y 23 de setiembre del corriente año, ambos inclusive, constando de cinco (5) clases, en las instalaciones del Saint Charle s College con sede en la calle Libertad Nº 40 de la Ciudad de Martínez; QUE corresponde asignarle la suma total de $ 900 a los fines de solventar los gastos que demande el Seminario, con oportuna rendición de cuentas; QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso; QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Autorízase la concurrencia de la agente María Laura POMILIO, Legajo *********** 53394, al Seminario Práctico relacionado con el Intercambio Telegráfico y Configuración de la Injuria en el Derecho Laboral, organizado por la Escuela Argentina de Derecho EADE-, a llevarse a cabo entre los días 26 de agosto y 23 de setiembre del corriente año, constando de cinco (5) clases, en las instalaciones del Saint Charle s College con sede en la calle Libertar nº 40 de la Ciudad de Martínez, con oportuna rendición de cuentas.- /// 104

Ref.: Expte. N 11217-S-2014.- /// ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************ te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mrv Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 105

Ref.: Expte. Nro. 6749-M-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2587 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en J. Figueroa Alcorta 2218, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 610.195; y Considerando: QUE el presentante manifiesta ser hijo del titular fallecido, habitar el inmueble solo y percibir un sueldo como chofer de una remisería, el que resulta suficiente para satisfacer sus necesidades básicas; QUE es su voluntad regularizar se situación pero no puede afrontar el total de la deuda; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde otorgar al interesado un plan de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : / 106

Ref.: Expte. Nro. 6749-M-2014.- / ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmue_ ble ubicado en J. Figueroa Alcorta 2218, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 2000/2A a 2014/2B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 610.195.- ARTICULO 2.- Otórgase al interesado un plan de pago de hasta veinticuatro (24) ************** cuotas, dejando constancia que, de no presentarse dentro de los diez (10) días de notificado a suscribir el convenio y/o la falta de cancelación en término de las cuotas, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 107

DECRETO NUMERO: 2588 A N U L A D O 108

Ref.: Expte. Nro. 2770-D-2013.- SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2589 VISTO la presentación efectuada en autos por Ana María DE DOMINICIS, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Ana María DE DOMINICIS, con domicilio en Don Bosco 926, de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 221.103.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 109

Ref.: Expte. Nro. 4695-T-1998.- SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2590 VISTO la presentación efectuada en autos por Palmira VILLAR LLANO Vda. de TASQUE, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Palmira VILLAR LLANO Vda. de TASQUE, con domicilio en Bartolomé Novaro Nº 3474, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 551.777.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 110

Ref.: Expte. Nro. 14060-S-2008.- SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2591 VISTO la presentación efectuada en autos por Jorge SCIARROTTA, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Jorge SCIARROTTA, con domicilio en La Paz Nº 1528, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 430.255.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 111

Ref.: Expte. Nro. 6207-L-2008.- SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2592 VISTO la presentación efectuada en autos por Leonor Margarita PEREZ, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Leonor Margarita PEREZ, con domicilio en Av. Hipolito Yrigoyen Nº 135, piso 1º, Dpto. D, Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 383.368.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 112

Ref. Expte. 8862-M-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 5 9 3 VISTO lo actuado en el presente expediente; y Considerando: QUE, se han iniciado actuaciones con motivo de la presentación de un grupo de vecinos de la zona delimitada por las calles Mosconi, Av. Sucre, Uruguay y Colectora Este Acceso Norte Ramal a Tigre, de San Isidro, quienes solicitaron se dé comienzo al procedimiento de práctica para llevar adelante la construcción de la red de desagües cloacales en toda el área; QUE, dicho procedimiento se regiría, en caso de ser autorizado, por las disposiciones del Capitulo III de la Ordenanza General 165 y de la Ordenanza Municipal 8004, y solicitan se designe como Comisión Representativa a los vecinos Victoria Beatriz Alliota, DNI 17.713.315 domiciliada en Emilio Zola 2024, Beccar; Clara Cullen, DNI 16.844.009, domiciliada en Ing. Marconi 3166, de Beccar; y Beatriz Palacios, DNI 4.257.017, domiciliada en Uspallata 1590, de Beccar, todos del Partido de San Isidro; QUE, del informe de la Secretaría de Obras Públicas se desprende la necesidad de la obra, su beneficio para la Comunidad y su adecuación al plan general que se encuentra en desarrollo en la zona aledaña señalando las cuadras pendientes de obra; QUE, por último, se inicie el debido proceso administrativo convocándose a las empresas interesadas en la construcción de las obras de desagües cloacales en la aludida zona; QUE, por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo que disponga llevar adelante el procedimiento reglamentario del caso; ///// 113

Ref. Expte. 8862-M-2014.- ///// POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Las obras de construcción de los desagües cloacales de la zona ************** comprendida por las calles Mosconi, Av. Sucre, Uruguay y Colectora Este Acceso Norte Ramal a Tigre, de San Isidro, se regirán por las disposiciones del Capítulo III de la Ordenanza General 165 y de la Ordenanza Municipal 8004.- ARTICULO 2º.- Designase Comisión Representativa para la obra aludida en el artículo ************** anterior, en los términos del art. 14º de la Ordenanza General 165, a los vecinos Victoria Beatriz Alliota, DNI 17.713.315 domiciliada en Emilio Zola 2024, Beccar; Clara Cullen, DNI 16.844.009, domiciliada en Ing. Marconi 3166, de Beccar; y Beatriz Palacios, DNI 4.257.017, domiciliada en Uspallata 1590, de Beccar, todos del Partido de San Isidro.- ARTICULO 3º.- Convocase a las empresas interesadas en la construcción de las obras ************** de desagües cloacales en la zona comprendida por las calles Mosconi, Av. Sucre, Uruguay y Colectora Este Acceso Norte Ramal a Tigre, de San Isidro. El proceso administrativo correspondiente se regirá por las disposiciones del Capitulo III de la Ordenanza General 165 y de la Ordenanza Municipal 8004.- ARTICULO 4º.- Las empresas interesadas podrán efectuar las consultas sobre aspectos ************** del proceso, así como de la documentación necesaria, en la sede de la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de San Isidro, sita en la calle Tres de Febrero nro. 510, de la Ciudad de San Isidro, Partido del mismo nombre, del 1 al 30 de Septiembre inclusive, del corriente año, en el horario de 8:00 hs. a 14:00 hs., y en la página web municipal www.sanisidro.gov.ar. Las inscripciones se llevarán a cabo del 10 hasta el 14 de Octubre inclusive, del corriente año, en la aludida sede y en idéntico horario.- ///// 114

Ref. Expte. 8862-M-2014.- ///// ARTICULO 5º. Regístrese. Notifíquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACIÓN DM Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 115

Ref.: Expte. Nro. 6556-G-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2594 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en Bulnes 2545, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 610.547; y Considerando: QUE el presentante manifiesta habitar el inmueble conjuntamente con su esposa; QUE asimismo refiere que el único ingreso del hogar proviene del sueldo que percibe desempeñándose como chofer, el que resulta suficiente para satisfacer sus necesidades básicas; QUE es su voluntad regularizar su situación fiscal, pero no puede afrontar el monto total adeudado, por lo que solicita una quita y un plan de facilidades; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde autorizar al interesado un plan de pago de hasta sesenta (60) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o la falta de cancelación en término de las cuotas, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; / 116

Ref.: Expte. Nro. 6556-G-2014.- / POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en Bulnes 2545 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 1993/6Ap hasta 2014/2A inclusive, Cuenta Corriente Nro. 610.547.- ARTICULO 2.- Autorizar a la interesada un plan de pago de hasta sesenta (60) ************ cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o la falta de cancelación en término de las cuotas, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 117

Ref.: Expte. Nro. 5821-M-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2595 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en Aguado 2795, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 610.070; y Considerando: QUE la presentante manifiesta que el inmueble se halla a nombre de su pareja, quien ha fallecido; QUE refiere percibir una pensión mínima, por lo cual sus hijos la ayudarán a pagar las cuotas; QUE por expediente 6825/2010 se dictó el Decreto Nº 2179/2011, el cual eximió el pago de los accesorios de la deuda y autorizó un plan de pago de hasta treinta y seis (36) cuotas, de las cuales abonó veintisiete (27), no pudiendo terminar de cumplir con mismo, por razones económicas; QUE es su voluntad regularizar se situación pero no puede hacerlo en la forma requerida, en tanto sus ingresos satisfacen únicamente las necesidades básicas del hogar; QUE fue eximida del pago de las cuotas 2013/3A a 6B a causa del anegamiento padecido por la tormenta del día 02/04/2013; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde otorgar al interesado un plan de pago de hasta treinta y seis (36) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, no pudiendo solicitar nuevamente el beneficio; / 118

Ref.: Expte. Nro. 5821-M-2014.- / QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmue_ ble ubicado en Aguado 2795, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 1999/6Ap hasta 2014/2B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 610.070.- ARTICULO 2.- Otórgase al interesado un plan de pago de hasta treinta y seis (36) ************** cuotas, dejando constancia que, de no presentarse dentro de los diez (10) días de notificado a suscribir el convenio y/o la falta de cancelación en término de las cuotas, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, no pudiendo solicitar nuevamente el beneficio.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 119

Ref.: Expte. Nro. 9382-J-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2596 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en María B. de Cazón 2008, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 611.886; y Considerando: QUE la peticionante manifiesta habitar el inmueble en cuestión, c onjuntamente con su esposo, suegros y tres hijos menores; QUE los ingresos del hogar provienen del haber jubilatorio de su suegro, la pensión por discapacidad de su suegra y el sueldo que percibe su esposo en su carácter de empleado municipal; QUE asimismo expresa su voluntad de regularizar su situación fiscal, pero no puede afrontar el monto total adeudado, por lo que solicita una quita en los accesorios de la deuda, suscribiendo un plan de pago a resultas del presente; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : / 120

Ref.: Expte. Nro. 9382-J-2014.- / ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda ************** correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en María B. de Cazón 2008, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 2001/2B hasta 2014/3B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 611.886.- ARTICULO 2.- Déjase constancia que la falta de cumplimiento en término del plan de ************ doce (12) cuotas suscripto a resultas de este expediente, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 121

Ref.: Expte. Nro. 4109-A-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2597 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en Padre Castiglia 2043, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 610.468; y Considerando: QUE la presentante manifiesta ser hija del titular del inmueble y habitar el mismo conjuntamente con sus padres, quienes no perciben beneficios previsionales, su esposo y cuatro hijos menores; QUE asimismo refiere que los ingresos de su hogar provienen de trabajos temporarios que el titular de la vivienda realiza, de la pensión por discapacidad que cobra su esposo, y de su sueldo mínimo, resultando insuficientes para satisfacer las necesidades básicas del grupo familiar; QUE es su voluntad regularizar su situación fiscal, pero no puede afrontar el monto total adeudado, por lo que solicita una quita y un amplio plan de pago; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde autorizar al interesado un plan de pago de hasta treinta y seis (36) cuotas, dejando constancia que, de no cumplir con el convenio suscripto a resultas del presente, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; / 122

Ref.: Expte. Nro. 4109-A-2014.- / POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en Padre Castiglia 2043, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 1998/5A hasta 2014/2B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 610.468.- ARTICULO 2.- Autorízase a la interesada un plan de pago de hasta treinta y seis (36) ************** cuotas, dejando constancia que, de no cumplir con el convenio suscripto a resultas en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 123

Ref.: Expte. Nro. 6179-C-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2598 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en Asamblea 2338, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 611.326; y Considerando: QUE el presentante manifiesta habitar el inmueble conjuntamente con su esposa e hijos; QUE asimismo refiere que los ingresos de su hogar resultan suficientes sólo para satisfacer las necesidades básicas del grupo familiar; QUE es su voluntad regularizar su situación fiscal, pero no puede afrontar el monto total adeudado, por lo que solicita una quita y un amplio plan de pago; QUE efectúa su petición en carácter de poseedor a título de dueño, ya que desde hace aproximadamente veinte años posee un boleto de compraventa y nunca pudo escriturar; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde autorizar al interesado un plan de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio dentro de los diez (10) días de notificado, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; / 124

Ref.: Expte. Nro. 6179-C-2014.- / POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en Asamblea 2338, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 2000/3A hasta 2008/3B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 611.326.- ARTICULO 2.- Autorízase al interesado un plan de pago de hasta veinticuatro (24) ************** cuotas, dejando constancia que, de no suscribir con el convenio dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 125

Ref.: Expte. Nro. 6313-A-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2599 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en María B. de Cazón 2344, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 610.790; y Considerando: QUE la presentante manifiesta habitar el inmueble, de propiedad de su padre fallecido, conjuntamente con su hijo; QUE asimismo refiere que el único ingreso de su hogar, proviene de la pensión por discapacidad que percibe, resultando suficiente sólo para satisfacer las necesidades básicas; QUE es su voluntad regularizar su situación fiscal, pero no puede afrontar el monto total adeudado, por lo que solicita una quita y un amplio plan de pago; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde autorizar a la interesada un plan de pago de hasta cuarenta y ocho (48) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; / / 126

Ref.: Expte. Nro. 6313-A-2014.- / POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en María B. de Cazón 2344, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 1989/01p hasta 2014/2B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 610.790.- ARTICULO 2.- Autorízase a la interesada un plan de pago de hasta cuarenta y ocho (48) ************** cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 127

Ref.: Expte. Nº 6165-A-2004 - CUERPO 2 DECRETO NUMERO: 2 6 0 0 SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014 VISTO la presentación efectuada en autos por Jorge AMAR, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 d), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% año 2014; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Genera **************les, en un 50% año 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Jorge AMAR, con domicilio en Laprida Nº 818, de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente 230.636.- ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de **************Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 128

Ref.: Expte. Nro. 6656-S-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2601 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en Dr. Raúl Bagnati 2422, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 611.934; y Considerando: QUE la titular del inmueble manifiesta habitar el inmueble conjuntamente con su hija y su nieto discapacitado; QUE asimismo refiere que el único ingreso del hogar proviene de la jubilación y pensión mínima, lo que resulta suficiente para satisfacer sus necesidades básicas; QUE es su voluntad regularizar su situación fiscal, pero no puede afrontar el monto total adeudado; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde autorizar a la interesada un plan de pago de hasta sesenta (60) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o la falta de cancelación en término de las cuotas, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; / 129

Ref.: Expte. Nro. 6656-S-2014.- / POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en Dr. Raúl Bagnati 2422, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 2009/3Ap hasta 2014/3A inclusive, Cuenta Corriente Nro. 611.934.- ARTICULO 2.- Autorízase a la interesada un plan de pago de un plan de hasta sesenta (60) ************ cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o la falta de cancelación en término de las cuotas, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 130

Ref.: Expte. Nro. 2515-D-2014.- SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2602 VISTO la presentación efectuada en autos por Julieta Mabel DI LEO, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 5) escasos recursos, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Julieta Mabel DI LEO, con domicilio en Juncal Nº 989, Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 373.396.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 131

Ref.: Expte. Nro. 1154-A-1994.- SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2603 VISTO la presentación efectuada en autos por Erasmo ARGOTE, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Erasmo ARGOTE, con domicilio en Maestra Manuela García Nº 1991, Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 711.645.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 132

Ref.: Expte. Nro. 3031-S-1999.- SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2604 VISTO la presentación efectuada en autos por María Inés Soria (hija del titular fallecido), solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María Inés Soria (hija del titular fallecido), con domicilio en Guayaquil 273, Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 550.106.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 133

Ref.: Expte. Nro. 7965-V-1998 Cuerpo 2.- SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2605 VISTO la presentación efectuada en autos por Maximo León VARELA, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2012; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100 %, año/s 2012, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Maximo León VARELA, con domicilio en Boedo 2145, Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 552.252.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 134

Ref.: Expte. Nro. 11133-D-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 0 6 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 190/937/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 304/2014, para la ************** INSTALACION DE FIBRA OPTICA ENLACE NODO BECCAR B, Partido de San Isidro.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 25 de Agosto de 2014, a las ************** 09:30 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.03.000-2, Categoría Programática 19.85, Objeto del Gasto 4.2.2.03., del Presupuesto General de Gastos vigente.- 135

Ref.: Expte. Nro. 11133-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 136

Ref.: Expte. Nro. 11132-D-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 0 7 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 700/1151/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 303/2014, para la ************** PROVISION DE SOLUCION FISIOLOGICA.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 25 de Agosto de 2014, a las ************** 09:00 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría Programática 01.01.27.28, Objeto del Gasto 2.5.2, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 137

Ref.: Expte. Nro. 11132-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 138

Ref.: Expte. Nro. 11129-D-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 0 8 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 700/930/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 307/2014, para la ************** ADQUISICION DE CPU, MONITOR E IMPRESORA.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 27 de Agosto de 2014, a las ************** 10:00 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría Programática 01.01, Objeto del Gasto 4.3.6, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 139

Ref.: Expte. Nro. 11129-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 140

Ref.: Expte. Nro. 11130-D-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 0 9 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 649/529/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 308/2014, para la ************** PODA DE ARBOLES EN ZONA DE MARTINEZ ENTRE PERU, PARANA, AVDA. DEL LIBERTADOR Y EDUARDO COSTA, PARTIDO DE SAN ISIDRO.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 27 de Agosto de 2014, a las ************** 10:30 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 50.01, Objeto del Gasto 3.3.5, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 141

Ref.: Expte. Nro. 11130-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 142

Ref.: Expte. Nro. 10438-.S-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 1 0 AUTOMOVIL CLUB; y Considerando: VISTO la nota presentada por SAN ISIDRO económico destinado al alquiler de audio; QUE la citada Institución solicita un apoyo QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS TRECE MIL ($ 13.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental *************** por SAN ISIDRO AUTOMOVIL CLUB, por la suma de PESOS TRECE MIL ($13.000), destinado al alquiler de audio, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente ************* autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************** Nro.1444/85.- 143

Ref.: Expte. Nro. 10438-S-2014.- ARTICULO 4º.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de gastos pertinente.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 144

Ref.: Expte.Nro. 10159-C-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 6 1 1 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: 600/521/2014; QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 296/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó el QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la Adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1ro- Adjudícase a BLOQUE 4 S.R.L., con domicilio en Carlos Pellegrini ************* Nro. 1255 2º Piso - Dpto. B, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la CONSTRUCCION DE SENDAS PEATONALES, EN ESQUINAS DE CALLES MONSEÑOR LARUMBE, NECOCHEA Y DIAGONAL SALTA, MARTINEZ, PARTIDO DE SAN ISIDRO por un monto total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUA- TRO MIL ($ 254.000).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria 145

Ref.: Expte. Nro. 10159-C-2014.- correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.01, Objeto del Gasto 3.3.4., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 146

Ref. Expte. Nro. 7923-C-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 1 2 VISTO la nota presentada por el CLUB SO- CIAL Y DEPORTIVO ESTRELLA ; y Considerando: QUE la citada Institución solicita un apoyo eco nómico destinado a concluir con trabajos en salón de planta alta del Club (instalación eléctrica, de luminarias, aislamiento acústico, instalación de baños y pintura); QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000), pagadero en dos (2) cuotas iguales y consecutivas de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($ 125.000) cada una, con oportuna rendición de cuentas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental *************** por el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ESTRELLA DE MARTINEZ", por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000), pagadero en dos (2) cuotas iguales y mensuales de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($ 125.000) cada una, destinado a concluir con trabajos en salón de planta alta del Club (instalación eléctrica, de luminarias, aislamiento acústico, instalación de baños y pintura), con oportuna rendición de cuentas.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente ************* autorizada/s a tal efecto.- 147

Ref. Expte. Nro. 7923-C-2014.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************* Nro. 1444/85.- ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************* decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 148

Ref.: Expte. N 7742-D-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2613 VISTO lo actuado en el presente expediente N 7742-D-2014 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza N 8770, con fecha 20 de Agosto del corriente año, mediante la cual se fija la circulación de tránsito vehicular en la calle Ucrania, entre Curupaytí y Avda. de Mayo, de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, en sentido de mano única de Este a Oeste; y Considerando: QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal número ************** 8770 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 20 de Agosto del corriente.- ARTICULO 2.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 149

Ref.: Expte. N 10994-D-2014.- SAN ISIDRO, 22 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2614 VISTO lo actuado en el presente expediente N 10994-D-2014 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza N 8771, con fecha 20 de Agosto del corriente año, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires; y Considerando: QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal número ************** 8771 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 20 de Agosto del corriente.- ARTICULO 2.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 150

Ref.: Expte. Nº 10617-S-2014.- SAN ISIDRO, 22 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2615 VISTO el informe de la Secretaría de Salud Pública, obrante en estas actuaciones; y Considerando: QUE en el mismo expresa que se llevará a cabo el 7º Congreso Provincial de Atención Primaria para la Salud y 5º Congreso Nacional de APS El Lugar de la APS en Nuestro Sistema de Salud, Hoy, a realizarse en la Ciudad de Mar del Plata Provincia de Buenos Aires, los días 10, 11 y 12 de setiembre del año en curso; QUE participarán del mismo en representación de la Comuna los Dres. Eduardo Carlos Antonio PRADO y Juan Aníbal VIAGGIO; QUE se solicita la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000), en concepto de gastos de representación (viáticos, comidas y alojamiento), con oportuna rendición de cuentas; QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Autorízase la concurrencia de los Dres. Eduardo Carlos Antonio PRADO ************** (Legajo Nº 17.802) y Juan VIAGGIO (Legajo Nº 51.834) al 7º Congreso Provincial de Atención Primaria para la Salud y 5º Congreso Nacional de APS El Lugar de la APS en Nuestro Sistema de Salud, Hoy, a realizarse en la Ciudad de Mar del Plata - Provincia de Buenos Aires, los días 10, 11 y 12 de Septiembre del año en curso, asignándoles la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000), en concepto de gastos de representación (viáticos, comidas y alojamiento), con oportuna rendición de cuentas.- 151

Ref.: Expte. Nº 10617-S-2014.- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************ se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 152

Ref.: Expte. N 10994-D-2014.- DECRETO NUMERO: 2616 SAN ISIDRO, 25 de agosto de 2014 VISTO el convenio obrante en autos; y Considerando: QUE corresponde registrar el mismo, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- REGISTRESE el convenio celebrado entre la Municipalidad de San Isidro ************* y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, por el cual la Comuna adhiere al Régimen de las Policías de Prevención Local, en los términos instituidos por el Decreto n 373/14 y la Resolución Ministerial n 835/14. Las partes se comprometen a desarrollar distintos programas, cuyas modalidades podrán ser objeto de Protocolos Adicionales al Convenio, en los que quedarán asimismo definidos los aportes financieros, logísticos y humanos que se asignen a fin de cumplir los objetivos fijados, texto que pasa a formar parte integrante del presente.- ARTICULO 2.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 153

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Ref.: Expte. Nro. 2553-C-2012.- SAN ISIDRO, 25 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2617 VISTO la presentación efectuada en autos por Alberto Carlos CROSETTI (Usufructuario), solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Alberto Carlos CROSETTI (Usufructuario), con domicilio en Liniers 528, Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 222.530.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 158

Ref.: Expte. Nro. 6692-C-2002.- SAN ISIDRO, 25 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2618 VISTO la presentación efectuada en autos por Ignacio Eduardo COELHO, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 25%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 25%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Ignacio Eduardo COELHO, con domicilio en Martín y Omar Nº 688, Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 111.277.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 159

Ref.: Expte. Nro. 7596-L-2003.- SAN ISIDRO, 25 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2619 VISTO la presentación efectuada en autos por Dionicio LUNA, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Dionicio LUNA, con domicilio en Barrio San Isidro, Esc.128, piso 2º, Dpto A, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 613.471.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 160

Ref.: Expte. Nro. 428-C-2008.- SAN ISIDRO, 25 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2620 VISTO la presentación efectuada en autos por Ernesto Isidro CASASECA, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Ernesto Isidro CASASECA, con domicilio en Miguel Cane Nº 2161, localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 571.527.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 161

Ref.: Expte. Nro. 6853-F-1999 y agreg..- SAN ISIDRO, 25 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2621 VISTO la presentación efectuada en autos por Dora Nidia FERNÁNDEZ Vda. de ROSALES, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Dora Nidia FERNÁNDEZ Vda. de ROSALES, con domicilio en Asamblea Nº 1783, Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 611.958.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 162

Ref.Expte.Nº 10122 -D- 2014.- SAN ISIDRO, 25 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2622 VISTO el dictado del Decreto Nº 3200 con fecha 4 de diciembre de 2006, mediante el cual se declaró el estado de emergencia sanitaria en el ámbito del Partido de San Isidro, en virtud de la situación creada entre la Asociación Profesional que los nuclea y los médicos anestesiólogos, lo cual ha derivado en la suspensión de servicios de éstos profesionales; y Considerando: QUE, esta contingencia impide el normal desarrollo de las prácticas quirúrgicas, tanto las programadas como las de carácter urgente; QUE, el municipio se encuentra imposibilitado de derivar a otros Hospitales Provinciales o a los ubicados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de la saturación en que éstos se encuentran; QUE, resulta urgente solucionar ésta situación dado que de prolongarse, se encontraría en alta situación de riesgo la salud de la población; QUE, se hace necesario designar profesionales Médicos Anestesiólogos, que dado a la situación de emergencia sanitaria descripta en el Decreto mencionado Ut Supra, y en el marco de dicha norma, percibirán honorarios superiores a los que perciben otros profesionales de la salud en las mismas condiciones de labor; QUE, en virtud de ello, se deberá designar en carácter de Personal Mensualizado, a los Profesionales que se detallan a continuación, conforme el artículo 92º de la Ley 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires); POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Desígnase en carácter de Planta Temporaria Personal *************** Mensualizado, conforme el artículo 24º inciso a) apartado 2 de la Ordenanza 8744, a los Profesionales que se detallan a continuación, con actividad de Médicos Anestesiólogos, por el período comprendido entre el 1º y el 31 de Mayo de 2014 /... 163

Ref. Expte.Nº 10122 - D- 2014.- // inclusive, con las retribuciones, y en las dependencias que en cada caso se especifica: HOSPITAL CENTRAL DE SAN ISIDRO (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 27 -O: 1.2.1.01.): Legajo Nº: 58.952 - CRESPO, Félix Daniel 22.736 módulos.- Legajo Nº 59.371 - GANTCHOFF, Eduardo Daniel 22.736 módulos.- Legajo Nº 62.457 - GOMEZ, Mariela Irene 68.868 módulos.- Legajo Nº 62.753 - LOPEZ ROLON, Iván Hernando 37.276 módulos.- Legajo Nº 62.542 - SAUCEDO, Nelson Walter 50.230 módulos.- Legajo Nº 58.956 - NAKANE, Jorge Enrique 34.104 módulos.- Legajo Nº 63.879 DE CARVALHO, Poliana Cristian 18.638 módulos.- HOSPITAL MATERNO INFANTIL: (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 28 -O: 1.2.1.01.): Legajo Nº 62.330 - GALLARD, Franco Darío Alejandro 28.420 módulos.- Legajo Nº 62.400 - SALINAS SANCHEZ, Cecilia Etel 25.908 módulos.- Legajo Nº 12.755 - MEDINA BASCOPE, Rómulo 123.596 módulos.- Legajo Nº 59.379 - BENITES BUSTAMANTE, Fernando Enrique 36.744 módu- los.- Legajo Nº 59.380 - ONTIVERO ANAUT, Eduardo Daniel 83.276 módulos.- Legajo Nº 59.239 - ANGELACCIO, Gustavo Edgardo 29.478 módulos.- Legajo Nº 58.955 RAVAZZOLI, Mario Alberto 22.736 módulos.- Legajo Nº 64.552 ACHILLES Alejandro 45.472 Módulos.- Legajo Nº 60.725 - MAIDANA, María del Carmen 11.368 módulos.- ARTICULO 2º.- Designar en carácter de Planta Temporaria Personal ************** Mensualizado, conforme el artículo 24º inciso a) apartado 2 de la Ordenanza 8744, a los Profesionales que se detallan a continuación, con actividad de Médicos Anestesiólogos, por el período comprendido entre el 1º y el 30 de junio de 2014 inclusive, con las retribuciones, y en las dependencias que en cada caso se especifica: HOSPITAL CENTRAL DE SAN ISIDRO (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 27 -O: 1.2.1.01.): Legajo Nº: 58.952 - CRESPO, Félix Daniel 28.420 módulos.- // 164

/// Ref.Expte.Nº 10122 -D- 2014.- Legajo Nº 59.371 - GANTCHOFF, Eduardo Daniel 22.736 módulos.- Legajo Nº 62.457 - GOMEZ, Mariela Irene 37.276 módulos.- Legajo Nº 62.753 - LOPEZ ROLON, Iván Hernando 37.276 módulos.- Legajo Nº 62.542 - SAUCEDO, Nelson Walter 18.638 módulos.- Legajo Nº 58.956 - NAKANE, Jorge Enrique 39.788 módulos.- Legajo Nº 63.879 DE CARVALHO LOPEZ, Poliana Cristian 37.276 módulos.- Legajo Nº 63.243 ROMERO Angel - 18.638 módulos.- HOSPITAL MATERNO INFANTIL: (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 28 -O: 1.2.1.01.): Legajo Nº 62.330 - GALLARD, Franco Darío Alejandro 22.736 módulos.- Legajo Nº 62.400 - SALINAS SANCHEZ, Cecilia Etel 19.696 módulos.- Legajo Nº 12.755 - MEDINA BASCOPE, Rómulo 130.338 módulos.- Legajo Nº 59.379 - BENITES BUSTAMANTE, Fernando Enrique 24.848 módu- los.- Legajo Nº 59.380 - ONTIVERO ANAUT, Eduardo Daniel 83.276 módulos.- Legajo Nº 59.239 - ANGELACCIO, Gustavo Edgardo 40.846 módulos.- Legajo Nº 58.955 RAVAZZOLI, Mario Alberto 22.736 módulos.- Legajo Nº 64.552 ACHILLES Alejandro 45.472 Módulos.- ARTICULO 3º.- Las presentes designaciones por ser personal de Planta Temporaria, ************** carecen de estabilidad, por lo cual podrán ser limitadas, previo a la fecha citada cuando razones de servicio así lo aconsejen (conforme lo establece el Artículo 101º de la Ley Nº 11.757).- ARTICULO 4º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************** Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo legal.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y Publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretaria de Salud Pública Dr. Eduardo C. A. Prado 165

Ref.: Expte. Nº 3707-B-2014.- DECRETO NUMERO: 2623 SAN ISIDRO, 25 de Agosto de 2014 VISTO la presentación efectuada en autos por el Sr. Aladino Raúl Blanco, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, art. 58, inciso 3 d), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Aladino Raúl Blanco, con domicilio en calle Bogotá 1545 de la Ciudad de Martínez, Cuenta Corriente N 431.675.- ARTICULO 2º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 166

Ref. Expte. Nº 10124-D-2014.- SAN ISIDRO, 25 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 2 4 de la Secretaría de Salud Pública, obrantes a fojas 1/2; y VISTO los Memorandum Nº 1340/14 y 1356/14, Considerando: QUE mediante los mismos, solicita incluir en los alcances del Decreto Nº 1502/93, a los profesionales más abajo detallados, con actividad en el Hospital Materno Infantil y el Hospital Central de San Isidro Dr. Melchor Angel Posse, respectivamente; QUE procede en consecuencia al dictado del acto administrativo, que así lo disponga; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Inclúyese a partir del 1º de junio de 2014, a los profesionales detallados a **************continuación, en los alcances del Decreto Nº 1502/93 - Guardias Jornaliza das-, con actividad de Médicos de Guardia (J:1.1.1.01.09.000 - C:28 - O:1.2.1.02), en el Hos pital Materno Infantil: Fernando PICCOLI -Legajo Nº 64560.- Juan Carlos MARTINEZ - Legajo Nº 63770.- María Eugenia DE SOUZA MATIAS - Legajo Nº 64586.- Matías Ezequiel SUBILIBIA - Legajo Nº 63771.- ARTICULO 2º.- Inclúyese a partir del 1º de junio de 2014, a las profesionales detalladas a **************continuación en los alcances del Decreto Nº 1502/93 - Guardias Jornaliza das -, con actividad de Médicas de Guardia (J:1.1.1.01.09.000 - C:27 - O:1.2.1.02), en el Hos /// 167

Ref. Expte. Nº 10124-D-2014.- /// pital Central de San Isidro Dr. Melchor Angel Posse : María Pía GRYTVIKEN PUCCINELLI - Legajo Nº 61573.- Carmen GALLASTEGUI - Legajo Nº 62310.- ARTICULO 3º.- La Secretaría de Salud Pública deberá informar mensualmente, del 1º al de **************cada mes, a la Dirección General de Personal, las guardias cumplidas por los profesionales designados, a los fines de la pertinente liquidación.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 168

Ref.: Expte. Nº 2812-P-2012.- SAN ISIDRO, 25 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2625 VISTO la presentación efectuada en autos por la Sra. Felisa Alcira Luna (viuda de Antonio Palavecino), solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, art. 58, inciso 3 d), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Felisa Alcira Luna, (viuda de Antonio Palavicino), con domicilio en calle Mangrullo nº 148 de la localidad de Villa Adelina, Cuenta Corriente N 520.307.- ARTICULO 2º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 169

Ref.: Expte. Nro. 13075-R-1992 Cuerpo 2.- SAN ISIDRO, 25 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2626 VISTO la presentación efectuada en autos por María Carmen RIVAS, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2012; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100 %, año/s 2012, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María Carmen RI- VAS, con domicilio en Riobamba Nº 251, Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 850.209.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 170

Ref.: Expte. Nro. 2411-A-2007.- SAN ISIDRO, 25 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2627 VISTO la presentación efectuada en autos por Gerardo Emilio ALVAREZ, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Gerardo Emilio ALVAREZ, con domicilio en General Lamadrid 863, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 532.359.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 171

Ref.: Expte. Nro. 3962-S-2005 y Agreg.- SAN ISIDRO, 25 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2628 VISTO la presentación efectuada por el Sr. Juan Valentín SULEYMAN, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de los Derechos de Cementerio, correspondiente a la renovación del NICHO DE URNA Nº 267 - PANTEON Nº 1 - PLANTA ALTA - FILA Nº 4 del Cementerio de Boulogne; y Considerando: QUE, habiéndose practicado la encuesta socioeconómica pertinente, se recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado; QUE a fojas 22 la Secretaría General de Gobierno y Administración estima procedente acceder a lo peticionado; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago de los Derechos de Cementerio, correspondiente a la ************* renovación del NICHO DE URNA Nº 267 - PANTEON Nº 1 - PLANTA ALTA - FILA Nº 4 del Cementerio de Boulogne, a Juan Valentín SULEYMAN, por el período comprendido entre el 5 de Marzo de 2014 hasta el mismo día y mes del año 2015.- ARTICULO 2º.- Dése intervención a la Dirección de Cementerios a los efectos de tomar ************ conocimiento del presente acto administrativo.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 172

Ref.: Expte. Nº 10857-S-2014.- DECRETO NUMERO: 2629 SAN ISIDRO 25 de Agosto de 2014.- VISTO las presentes actuaciones; y Considerando: QUE, con motivo de la celebración del Día del Niño con fecha 27 de Julio del pasado año, se llevó a cabo en el Hipódromo de San Isidro, un evento gratuito para todos los sanisidrenses, con la participación de Piñón Fijo; QUE, por razones de premura y operatividad se omitió en aquella oportunidad Declarar de Interés Municipal el citado festejo; QUE, a los fines de regularizar dicha situación, este Departamento Ejecutivo dispone el dictado del acto administrativo pertinente, convalidando la declaración de interés municipal de dicho evento; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Convalídase la Declaración de Interés Municipal del evento gratuito ************** realizado el día 27 de Julio de 2013, en el Hipódromo de San Isidro, con la participación de Piñón Fijo, con motivo de la celebración del día del niño.- ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 173

Ref.: Expte. N 11400-D-2014.- SAN ISIDRO, 26 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2630 VISTO el pedido de suministro N 240-1645/2013; y Considerando: QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $234.221.00.-, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Llámase a Licitación Privada N 317/2014, para la PROVISION DE ************* VIANDAS PARA LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA MALVINAS ARGENTINAS.- ARTICULO 2.- El acto de apertura tendrá lugar el día 29 de agosto de 2014, a las ************* 12:00 horas, en la Dirección General de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, San Isidro.- ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 21, Objeto del Gasto 2.1.1., del Presupuesto General de Gastos vigente. - ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AF Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 174

Ref.: Expte. Nro. 6322-C-2010.- Cuerpo: 2 SAN ISIDRO, 26 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 6 3 1 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando; QUE mediante Decreto Nro. 1506/2010, se adjudicó a la empresa VIAL DEL NORTE S.A, la ejecución de la obra SEÑALIZACION HORIZONTAL CON PINTURA TIPO ACRILICA DE CALZADA EN EL SECTOR COMPRENDIDO POR LAS CALLES ROQUE SAENZ PEÑA AV. BERNABE MARQUEZ AV. ANDRES ROLON URUGUAY Y RIO DE LA PLATA, Partido de San Isidro; de Recepción Provisoria; QUE, el 17 de Octubre de 2011, se labró el Acta de Recepción Definitiva; QUE, el 17 de Octubre de 2012, se labró el Acta POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Apruébase el Acta de Recepción Provisoria de fecha 17 de Octubre ************** de 2011 de fojas 489, y Acta de Recepción Definitiva de fecha 17 de Octubre de 2012 a fojas 490, de la obra SEÑALIZACION HORIZONTAL CON PINTU- RA TIPO ACRILICA DE CALZADA EN EL SECTOR COMPRENDIDO POR LAS CALLES ROQUE SAENZ PEÑA AV. BERNABE MARQUEZ AV. ANDRES RO- LON URUGUAY Y RIO DE LA PLATA, Partido de San Isidro, que realizara la empresa VIAL DEL NORTE S.A.- 175

Ref.: Expte. Nro. 6322-C-2010.- Cuerpo: 2 ARTICULO 2do.- Por conducto de la Secretaría de Obras Públicas, procédase a la *************** devolución de las garantías de Obra.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario Interino de Obras Públicas Ing. Federico J. Garcia 176

Ref.: Expte. Nº 5527-C-2014.- SAN ISIDRO, 26 de agosto de 2014 DECRETO NÚMERO: 2632 VISTO la evolución del Presupuesto General de Gastos aprobado por el Honorable Concejo Deliberante para el Ejercicio 2014 y la nota presentada por la Contaduría General donde se solicita una modificación presupuestaria; y Considerando: QUE en el presente Ejercicio 2014, se han adoptado las pautas y lineamientos para la formulación del Presupuesto General de Gastos establecidos por el Decreto Provincial 2980/00 denominado RAFAM; QUE se han producido incrementos y modificaciones en los precios de la mayoría de los bienes y servicios que adquiere la Municipalidad de San Isidro para su funcionamiento; QUE sin perjuicio de lo mencionado en los párrafos anteriores, resulta imprescindible mantener una sana ejecución presupuestaria, conservando criterios de correcta asignación de partidas que permitan a las distintas Áreas desarrollar el correcto funcionamiento operativo sin perder de vista el control de recursos que tienen autorizados; QUE la Ordenanza Nº 8744 Presupuesto General para el Ejercicio 2014 ; en su artículo 41 faculta al Departamento Ejecutivo a disponer de transferencias de créditos entre los distintos conceptos del Presupuesto de Gastos; QUE resulta de vital importancia observar y controlar el desarrollo de la evolución Presupuestaria del Ejercicio 2014; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : 177

Ref.: Expte. Nº 5527-C-2014.- ARTICULO 1.- Disminúyase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 los ************* objetos del gasto de las distintas Jurisdicciones de acuerdo al Anexo I.- por un total de $16.535.000,00.- ARTICULO 2.- Amplíese del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 los ************** objetos del gasto de las distintas Jurisdicciones de acuerdo al Anexo I.- por un total de $16.535.000,00.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 178

Ref. Expediente Nro.5527-2014 ANEXO I Amplíese del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Privada y Enlace, las siguientes partidas: 1 01.01 1.1.0 2.5.6 - COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES $ 50,000.00 1 01.01 1.1.0 4.3.4 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y SEÑALAMIENTO $ 5,000.00 1 01.02 1.1.0 3.6.1 - PUBLICIDAD $ 4,650,000.00 1 01.03 1.1.0 2.7.5 - HERRAMIENTAS MENORES $ 15,000.00 1 01.03 1.1.0 2.9.6 - REPUESTOS Y ACCESORIOS $ 75,000.00 1 01.03 1.1.0 3.3.3 - MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO $ 200,000.00 1 01.03 1.1.0 3.5.3 - IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES $ 10,000.00 1 01.03 1.1.0 4.3.4 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y SEÑALAMIENTO $ 10,000.00 1 01.04 1.1.0 3.2.2 - ALQUILER DE MAQUINARIA, EQUIPO Y MEDIOS DE TRANSPORTE $ 500,000.00 1 01.04 1.1.0 3.3.3 - MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO $ 50,000.00 1 01.04 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 50,000.00 1 01.05 1.1.0 3.6.1 - PUBLICIDAD $ 25,000.00 1 01.06 1.1.0 2.2.2 - PRENDAS DE VESTIR $ 50,000.00 1 01.06 1.1.0 2.2.3 - CONFECCIONES TEXTILES $ 25,000.00 1 01.06 1.1.0 2.3.1 - PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON $ 40,000.00 1 01.06 1.1.0 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 50,000.00 1 01.06 1.1.0 3.2.2 - ALQUILER DE MAQUINARIA, EQUIPO Y MEDIOS DE TRANSPORTE $ 40,000.00 1 01.06 1.1.0 4.3.6 - EQUIPO PARA COMPUTACION $ 25,000.00 1 01.08 1.1.0 4.3.4 - EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y SEÑALAMIENTO $ 20,000.00 1 01.09 1.1.0 3.3.9 - OTROS MANTENIMIENTO, REPARACION Y LIMPIEZA $ 25,000.00 1 01.09 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 75,000.00 1 16 1.1.0 3.6.1 - PUBLICIDAD $ 30,000.00 1 17 1.1.0 4.3.9 - EQUIPOS VARIOS $ 50,000.00 1 22 1.1.0 2.9.3 - UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS $ 10,000.00 1 22 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 145,000.00 1 49 1.1.0 1.1.3.28 - PRODUCTIVIDAD $ 5,000.00 1 53 1.1.0 3.3.7 - LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION $ 20,000.00 Total Ampliaciones $ 6,250,000.00 Amplíese del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Subsecretaría Gral. de Inspección, Planeamiento Urbanos y Tránsito, las siguientes partidas: 2 18.01 1.1.0 2.1.1 - ALIMENTOS PARA PERSONAS $ 10,000.00 2 18.01 1.1.0 3.3.2 - MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS $ 25,000.00 2 18.01 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 10,000.00 2 19.01 1.1.0 2.2.2 - PRENDAS DE VESTIR $ 100,000.00 2 19.01 1.1.0 2.9.3 - UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS $ 10,000.00 2 19.01 1.1.0 3.2.2 - ALQUILER DE MAQ., EQUIPO Y MEDIOS DE TRANSP $ 50,000.00 2 19.01 1.1.0 3.3.3 - MANTENIMIENTO Y REP DE MAQ Y EQUIPO $ 40,000.00 2 19.85 1.1.0 2.5.4 - INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y OTROS $ 190,000.00 2 31 1.1.0 1.1.1.02 - PERSONAL JERARQUICO $ 185,000.00 2 31 1.1.0 3.5.3 - IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES $ 10,000.00 2 35 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 5,000.00 2 36 1.1.0 2.9.6 - REPUESTOS Y ACCESORIOS $ 50,000.00 2 37.01 1.1.0 2.5.5 - TINTAS PINTURAS Y COLORANTES $ 245,000.00 2 37.75 1.1.0 3.3.4 - MANTENIMIENTO Y REP DE VIAS DE COMUNICACIÓN $ 300,000.00 Total Ampliaciones $ 1,230,000.00 179

Amplíese del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, las siguientes partidas: 3 01.02 1.1.0 3.3.1 - MANTENIMIENTO Y REP DE EDIFICIOS Y LOCALES $ 1,655,000.00 3 01.51 1.1.0 4.2.1.01 - INFRAESTRUCTURA EDILICIA $ 660,000.00 3 02 1.1.0 2.5.5 - TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES $ 10,000.00 3 02 1.1.0 3.5.3 - IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES $ 50,000.00 3 03 1.1.0 5.1.7.02 - SUBS. A ENTID. SECT. PUB Y PRIV S/FINES DE LUCRO $ 765,000.00 3 21 1.1.0 3.3.3 - MANT. Y REP. DE MAQUINARIA Y EQUIPO $ 40,000.00 3 21 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 100,000.00 3 23 1.1.0 2.9.1 - ELEMENTOS DE LIMPIEZA $ 55,000.00 3 23 1.1.0 2.9.3 - UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS $ 50,000.00 3 23 1.1.0 2.9.4 - UTENSILIOS DE COCINA Y COMEDOR $ 5,000.00 3 23 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 80,000.00 3 23 1.1.0 4.3.9 - EQUIPOS VARIOS $ 25,000.00 3 32 1.1.0 2.9.2 - UTILES DE ESCRITORIO, OFI. Y ENSEÑANZA $ 50,000.00 3 32 1.1.0 2.9.3 - UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS $ 50,000.00 3 32 1.1.0 2.9.6 - REPUESTOS Y ACCESORIOS $ 10,000.00 3 32 1.1.0 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 25,000.00 3 54 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 5,000.00 3 54 1.1.0 4.3.6- EQUIPO PARA COMPUTACION $ 40,000.00 Total Ampliaciones $ 3,675,000.00 Amplíese del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Obras Publicas, las siguientes partidas: 4 01.01 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 300,000.00 4 01.03 1.1.0 3.3.1 - MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS $ 150,000.00 4 01.51 1.1.0 4.2.1.01 - REMODELACION DE EDIFICIOS $ 150,000.00 4 01.01 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERV. TECNICOS Y PROFESIONALES $ 50,000.00 Total Ampliaciones $ 650,000.00 Amplíese del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Subsecretaria General de Espacios Públicos, las siguientes partidas: 5 01.01 1.1.0 3.2.2 - ALQUILER DE MAQUINARIA, EQ Y MEDIOS DE TRANSP $ 835,000.00 5 01.01 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 75,000.00 5 25 1.1.0 2.9.1 - ELEMENTOS DE LIMPIEZA $ 500,000.00 5 50.01 1.1.0 2.5.5 - TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES $ 40,000.00 5 50.01 1.1.0 3.2.2 - ALQUILER DE MAQUINARIA, EQ Y MEDIOS DE TRANSP $ 250,000.00 5 50.01 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 30,000.00 5 50.01 1.1.0 3.9.9 - OTROS SERVICIOS $ 15,000.00 5 50.85 1.1.0 4.2.2.03 - INFRAESTRUCTURA URBANA $ 1,385,000.00 Total Ampliaciones $ 3,130,000.00 180

Amplíese del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Salud Pública, las siguientes partidas: 6 01.01 1.1.0 2.9.6 - REPUESTOS Y ACCESORIOS $ 50,000.00 6 01.01 1.1.0 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 5,000.00 6 01.01 1.1.0 3.3.3 - MANTENIM Y REP DE MAQ Y EQUIPO $ 125,000.00 6 01.01 1.1.0 3.4.2 - MEDICOS Y SANITARIOS $ 285,000.00 6 01.01 1.1.0 4.3.7 - EQUIPO DE OFICINA Y MUEBLES $ 205,000.00 6 27 1.1.0 2.2.3 - CONFECCIONES TEXTILES $ 10,000.00 6 27 1.1.0 2.5.8 - PRODUCTOS DE MATERIAL PLASTICO $ 20,000.00 6 27 1.1.0 2.9.2 - UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSEÑANZA $ 65,000.00 6 27 1.1.0 3.2.4 - ALQUILER DE FOTOCOPIADORAS $ 20,000.00 6 27 1.1.0 3.3.3 - MANTENIM Y REP DE MAQ Y EQUIPO $ 105,000.00 6 27 1.1.0 3.7.2 - VIATICOS $ 5,000.00 6 27 1.1.0 5.1.4.08 - AYUDA A INDIGENTES $ 95,000.00 6 28 1.1.0 2.1.5 - MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS $ 5,000.00 6 28 1.1.0 2.7.5 - HERRAMIENTAS MENORES $ 10,000.00 6 28 1.1.0 4.3.1 - MAQ. Y EQUIPO DE PRODUCCION $ 135,000.00 6 29 1.1.0 4.3.1 - MAQ. Y EQUIPO DE PRODUCCION $ 135,000.00 6 29 1.1.0 4.3.7 - EQUIPO DE OFICINA Y MUEBLES $ 15,000.00 6 30 1.1.0 2.9.2 - UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSEÑANZA $ 15,000.00 6 30 1.1.0 3.3.3 - MANTENIM Y REP DE MAQ Y EQUIPO $ 125,000.00 6 52 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 50,000.00 Total Ampliaciones $ 1,480,000.00 Amplíese del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 del Honorable Concejo Deliberante, la siguiente partida: 8 01 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 120,000.00 TOTAL AMPLIACIONES $ 120,000.00 Disminúyase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2013 de la Secretaria de Privada y Enlace, las siguientes partidas: 1 01.01 1.1.0 3.2.2 - ALQUILER DE MAQ, EQUIP Y MEDIOS DE TRANSP. $ 125,000.00 1 01.01 1.1.0 3.3.2 - MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS $ 50,000.00 1 01.01 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 40,000.00 1 01.03 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 200,000.00 1 01.03 1.1.0 3.5.4 - PRIMAS Y GESTION DE SEGUROS $ 400,000.00 1 01.04 1.1.0 5.1.4.09 - SUBSIDIOS A CONTRIBUYENTES $ 450,000.00 1 01.05 1.1.0 3.2.2 - ALQUILER DE MAQ, EQUIP Y MEDIOS DE TRANSP. $ 75,000.00 1 01.05 1.1.0 3.7.2 - VIATICOS $ 50,000.00 1 01.05 1.1.0 3.9.9 - OTROS SERVICIOS $ 75,000.00 1 01.06 1.1.0 3.2.1 - ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES $ 70,000.00 1 01.08 1.1.0 3.2.2 - ALQUILER DE MAQ, EQUIP Y MEDIOS DE TRANSP. $ 50,000.00 1 01.09 1.1.0 2.9.3 - UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS $ 85,000.00 1 01.09 1.1.0 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 95,000.00 1 01.09 1.1.0 3.5.3 - IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES $ 35,000.00 1 16 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 65,000.00 1 22 1.1.0 3.5.3 - IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES $ 35,000.00 1 22 1.1.0 3.9.9 - OTROS SERVICIOS $ 85,000.00 1 46 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 50,000.00 Total Deducciones $ 2,035,000.00 181

Disminúyase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, las siguientes partidas: 3 01.01 1.1.0 2.1.1 - ALIMENTOS PARA PERSONAS $ 55,000.00 3 02 1.1.0 3.4.1 - ESTUDIOS, INVESTIG. Y PROYEC. DE FACTIBILIDAD $ 45,000.00 3 02 1.1.0 5.2.1.02 - SOLUCION HABITACIONAL VILLA DE EMERGENCIA $ 250,000.00 3 03 1.1.0 3.3.7 - LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION $ 40,000.00 3 03 1.1.0 5.1.7.03 - SUBVENCIONES A BIBLIOTECAS POPULARES $ 40,000.00 3 21 1.1.0 5.1.3.04 - OTRAS BECAS $ 60,000.00 3 23 1.1.0 3.1.3 - GAS $ 95,000.00 3 32 1.1.0 1.1.1.01 - PERSONAL SUPERIOR $ 100,000.00 3 32 1.1.0 1.1.1.05 - PERSONAL ADMINISTRATIVO $ 60,000.00 3 32 1.1.0 1.1.1.09 - PERSONAL CARRERA PROF. HOSPITALARIA $ 250,000.00 3 32 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUNERATIVA NO BONIFICABLE $ 225,000.00 3 32 1.1.0 1.1.3.11 - REGIMEN CARRERA PROF. HOSPIT. $ 50,000.00 3 39 1.1.0 1.2.1.01 - PERSONAL MENSUALIZADO $ 100,000.00 3 43 1.1.0 5.1.4.05 - ASISTENCIA ALIMENTARIA SIN GLUTEN $ 50,000.00 3 48 1.1.0 1.1.1.02 - PERSONAL JERARQUICO $ 110,000.00 3 48 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUNERATIVA NO BONIFICABLE $ 140,000.00 3 54 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUNERATIVA NO BONIFICABLE $ 50,000.00 3 54 1.1.0 1.3.1.02 - HORAS EXTRAS $ 40,000.00 3 54 1.1.0 3.5.1 - TRANSPORTE $ 125,000.00 3 54 1.1.0 3.9.3 - SERVICIOS DE VIGILANCIA $ 40,000.00 3 56 1.1.0 1.1.1.05 - PERSONAL ADMINISTRATIVO $ 56,160.00 3 58 1.1.0 1.1.1.01 - PERSONAL SUPERIOR $ 126,976.00 3 58 1.1.0 1.1.1.05 - PERSONAL ADMINISTRATIVO $ 33,976.00 3 58 1.1.0 1.2.1.01 - PERSONAL MENSUALIZADO $ 125,359.00 3 58 1.1.0 3.2.1 - ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES $ 66,000.00 3 58 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 50,000.00 3 58 1.1.0 3.6.1 - PUBLICIDAD $ 80,000.00 Total Deducciones $ 2,463,471.00 Disminúyase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Obras Publicas, las siguientes partidas: 4 24.76 1.1.0 4.2.2.04 - INFRAESTRUCTURA RUTAS Y ACCESOS $ 2,150,000.00 4 01.01 1.1.0 1.1.1.01 - PERSONAL SUPERIOR $ 250,000.00 $ 40,000.00 4 01.01 1.1.0 1.1.1.07 - PERSONAL DE SERVICIO 4 01.01 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUNERATIVA NO BONIFICABLE $ 150,000.00 4 01.01 1.1.0 1.2.1.01 - PERSONAL MENSUALIZADO $ 40,000.00 4 01.01 1.1.0 1.2.3.01 - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO TEMP. $ 40,000.00 4 01.01 1.1.0 1.2.5.02 - I.O.M.A TEMP. $ 40,000.00 4 01.01 1.1.0 2.2.2 - PRENDAS DE VESTIR $ 100,000.00 4 01.01 1.1.0 1.2.5.01 - I.P.S. TEMP. $ 100,000.00 4 24.81 1.1.0 4.2.2.03 - INFRAESTRUCTURA URBANA $ 150,000.00 4 24.81 1.1.0 4.2.2.03 - INFRAESTRUCTURA URBANA $ 150,000.00 4 1.01 1.1.0 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 50,000.00 4 01.01 1.1.0 2.7.9 - OTROS PRODUCTOS METALICOS $ 75,000.00 4 24.01 1.1.0 3.3.3 - MANTEN. Y REP DE MAQUINARIA Y EQUIPO $ 55,000.00 4 24.01 1.1.0 3.3.5 MANTENIM. DE ESPACIOS VERDES Y DEL ARBOLADO $ 50,000.00 4 24.03 1.1.0 3.3.3 - MANTEN. Y REP DE MAQUINARIA Y EQUIPO $ 120,000.00 Total Deducciones $ 3,560,000.00 182

Disminúyase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Subsecretaria General de Espacios Públicos, las siguientes partidas: 5 01.01 1.1.0 1.1.1.07 - PERSONAL DE SERVICIO $ 75,000.00 5 01.01 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUN. NO BONIFICABLE $ 120,000.00 5 01.01 1.1.0 1.1.3.28 - PRODUCTIVIDAD $ 75,000.00 5 01.01 1.1.0 2.7.4 - ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS $ 50,000.00 5 25 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUN. NO BONIFICABLE $ 290,000.00 5 25 1.1.0 2.5.8 - PRODUCTOS DE MATERIAL PLASTICO $ 200,000.00 5 25 1.1.0 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 300,000.00 5 26 1.1.0 3.4.9 - OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES $ 60,000.00 5 50.01 1.1.0 2.1.5 - MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS $ 65,000.00 5 50.01 1.1.0 2.2.2 - PRENDAS DE VESTIR $ 75,000.00 5 50.01 1.1.0 2.5.6 - COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES $ 50,000.00 5 50.01 1.1.0 2.7.1 - PRODUCTOS FERROSOS $ 40,000.00 Total Deducciones $ 1,400,000.00 Disminúyase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 de la Secretaria de Salud Pública, las siguientes partidas: 6 45 1.1.0 2.9.5 - UTILES MENORES MED., QUIRURGICOS Y DE LAB. $ 120,000.00 6 45 1.1.0 2.9.9 - OTROS BIENES DE CONSUMO $ 10,000.00 6 45 1.1.0 3.9.9 - OTROS SERVICIOS $ 160,000.00 6 45 1.1.0 4.3.8 - HERRAMIENTAS Y REPUESTOS MAYORES $ 5,000.00 6 45 1.1.0 4.3.9 - EQUIPOS VARIOS $ 45,000.00 6 52 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUNERATIVA NO BONIF. $ 55,000.00 6 52 1.1.0 2.2.2 - PRENDAS DE VESTIR $ 40,000.00 6 28 1.1.0 2.5.9 - OTROS PRODUCTOS QUIMICOS, COMB Y LUBRI $ 300,000.00 6 29 1.1.0 1.1.1.04 - PERSONAL TECNICO $ 200,000.00 6 29 1.1.0 1.1.1.07 - PERSONAL DE SERVICIO $ 80,000.00 6 29 1.1.0 1.1.3.01 - BONIF. POR ANTIGÜEDAD $ 75,000.00 6 29 1.1.0 2.5.9 - OTROS PRODUCTOS QUIMICOS, COMB Y LUBRI $ 150,000.00 6 01.01 1.1.0 1.1.3.09 - RECUPERO OBRAS SOCIALES $ 65,000.00 6 01.01 1.1.0 1.2.1.01 - PERSONAL MENSUALIZADO $ 750,000.00 6 30 1.1.0 1.1.3.11 - REGIMEN CARRERA PROF. HOSPITALARIA $ 55,000.00 6 30 1.1.0 3.4.2 - MEDICOS Y SANITARIOS $ 1,089,553.00 6 28 1.1.0 1.1.1.01 - PERSONAL SUPERIOR $ 76,976.00 6 30 1.1.0 1.1.5.02 - REEMPLAZOS $ 40,000.00 6 29 1.1.0 1.1.3.17- CARRERA PROF. HOSP SIN APORTES $ 5,000.00 6 01.01 1.1.0 1.2.5.01 - I.P.S. TEMP. $ 100,000.00 6 01.01 1.1.0 1.2.5.02 - I.O.M.A TEMP. $ 40,000.00 6 01.01 1.1.0 1.5.1 - SEGUROS DE RIESGO DE TRABAJO $ 60,000.00 6 01.01 1.1.0 2.3.3 - PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS $ 80,000.00 6 29 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUNERATIVA NO BONIF. $ 300,000.00 6 30 1.1.0 1.1.1.02 - PERSONAL JERARQUICO $ 5,000.00 6 30 1.1.0 1.1.1.04 - PERSONAL TECNICO $ 285,000.00 6 30 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUNERATIVA NO BONIF. $ 100,000.00 6 30 1.1.0 1.1.3.09 - RECUPERO OBRAS SOCIALES $ 110,000.00 6 28 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUNERATIVA NO BONIF. $ 125,000.00 6 28 1.1.0 1.1.3.09 - RECUPERO OBRAS SOCIALES $ 225,000.00 6 28 1.1.0 1.1.4.01 - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO $ 100,000.00 6 29 1.1.0 1.3.1.02 - HORAS EXTRAS $ 80,000.00 6 28 1.1.0 1.2.1.07 - COMPENSACION RESIDENCIAS MEDICAS $ 120,000.00 6 01.01 1.1.0 1.1.3.08 - BONIF. REMUNERATIVA NO BONIF. $ 75,000.00 6 01.01 1.1.0 1.1.5.02 - REEMPLAZOS $ 100,000.00 6 27 1.1.0 1.1.3.09 - RECUPERO OBRAS SOCIALES $ 230,000.00 6 27 1.1.0 1.1.4.01 - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO $ 50,000.00 6 27 1.1.0 1.1.5.02 - REEMPLAZOS $ 290,000.00 6 27 1.1.0 1.2.1.07 - COMPENSACION RESIDENCIAS MEDICAS $ 40,000.00 6 27 1.1.0 1.2.3.01 - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO TEMP. $ 80,000.00 6 28 1.1.0 1.1.1.04 - PERSONAL TECNICO $ 160,000.00 6 28 1.1.0 1.1.3.28 - PRODUCTIVIDAD $ 40,000.00 6 28 1.1.0 1.1.5.02 - REEMPLAZOS $ 50,000.00 6 29 1.1.0 1.1.3.14 - CARRERA PROF. HOSP. SIN APORTES $ 220,000.00 6 29 1.1.0 1.1.3.17 - BONIF. REM. NO BONIF. MEDICOS I $ 40,000.00 6 29 1.1.0 1.1.5.02 - REEMPLAZOS $ 40,000.00 6 45 1.1.0 2.2.2 - PRENDAS DE VESTIR $ 15,000.00 6 30 1.1.0 1.1.1.02 - PERSONAL JERARQUICO $ 45,000.00 6 29 1.1.0 1.1.3.14 - CARRERA PROF. HOSP. SIN APORTES $ 5,000.00 Total Deducciones $ 6,531,529.00 183

Disminúyase del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014 del Honorable Concejo Deliberante, la siguiente partida: 8 01 1.1.0 4.3.2 - EQUIPO DE TRANSP., TRACCION Y ELEVACION $ 120,000.00 TOTAL DEDUCCIONES $ 120,000.00 184

Ref. Expte. N 10926-D-2014.- SAN ISIDRO, 26 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 3 3 VISTO los presentes actuados; y Considerando: QUE la Doctora Josefina GREIG (Legajo N 60200) fuera designada en carácter de reemplazante, con actividad de Médica de Guardia en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne; QUE se hace necesario contar con una Médica Cirujana de Guardia (sábado) y Planta en dicho Hospital; QUE existen cargos vacantes en el Presupuesto General vigente; QUE en virtud de ello, se deberá limitar la desig nación a partir del 1º de julio de 2014, a la agente mencionada, a efectos de permitir un nue vo nombramiento, conforme lo establece el artículo 47 de la Ley Nº 10.471 y sus modifica torias (Carrera Profesional Hospitalaria) y hasta el respectivo llamado a concurso; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Limítase a partir del 1º de julio de 2014, la designación en carácter de reem **************plazante, de la Doctora Josefina GREIG (Legajo N 60200) con actividad de Médica de Guardia, en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, a efectos de permitir un nuevo nombramiento.- ARTICULO 2º.- Desígnase en carácter de interina a la Doctora Josefina GREIG (Legajo N **************60200), con la retribución de Profesional Grado Asistente de 36 horas (có /// 185

Ref. Expte. N 10926-P-2014.- /// digo 242) - (J:1.1.1.01.09.000 - C:29 - O:1.1.1.09) y actividad de Médica Cirujana de Guar dia (sábado) y 12 horas Planta, en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, a partir del 1º de julio de 2014 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante del presupuesto vigente.- ARTICULO 3º.- Asignáse funciones de Jefa de Guardia (sábado) en el Hospital Municipal **************Ciudad de Boulogne, a la Doctora Josefina GREIG (Legajo Nº 60200), con la retribución equivalente a Jefa de Guardia Perfil B Grado Asistente de 36 hs. (código 542) a partir del 1º de julio de 2014. Situación de revista: Profesional Grado Asistente 36 hs. (có digo 242).- ARTICULO 4º.- La presente designación carece de estabilidad, por lo cual podrá ser limita **************da -previo al llamado a concurso-, cuando razones de servicio así lo aconse jen (conforme lo establece el artículo 50º de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias de la Ca rrera Profesional Hospitalaria.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 186

Ref. Expte. N 10930-D-2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 3 4 SAN ISIDRO, 26 de agosto de 2014 VISTO lo informado mediante nota del Area de Control de Asistencia, de la Dirección General de Personal, obrante a fojas 1 y el certificado de defunción obrante a fojas 2; y Considerando: QUE se produjo el fallecimiento de la agente Ir ma Delia LUJAN (Legajo Nº 51425), acaecido el día 6 de agosto de 2014; QUE en virtud de ello y atento a lo establecido por el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipa lidades de la Provincia de Buenos Aires), corresponde dar por concluída la relación de em pleo con la administración municipal, de la agente antes mencionada, a partir de la fecha cita da; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Dase por concluida la relación de empleo con la administración municipal **************(conforme el artículo 11º, inciso c) de la Ley Nº 11.757), a la agente Irma Delia LUJAN (Legajo Nº 51425), M.I. Nº: 13.147.414, Clase 1957, con la retribución de 4998 módulos (J:1.1.1.01.06.000 - C:26 - O:12.1.01) y funciones en el Servicio Médico de la Dirección General de Deportes, a partir del día 6 de agosto de 2014, atento a su fallecimiento ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley ************** Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la consti tucionalidad de dicho cuerpo legal.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION Mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 187

Ref. Expte. Nº 10932-D-2014.- SAN ISIDRO, 26 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 3 5 VISTO lo informado mediante la nota del área de Control de Asistencia de la Dirección General de Personal, obrante a fojas 1; y Considerando: QUE el agente Leonardo César BRAVO (Legajo Nº 56.727), con funciones en el Hospital Central de San Isidro Dr. Melchor Angel Posse, ha incurrido en inasistencias consecutivas sin aviso, a partir del 7 de agosto de 2014; QUE ante ello y a efectos que el causante regula rice su situación, le fue enviada carta documento el día 13 de agosto de 2014, a través del Co rreo Argentino, al último domicilio legalmente declarado por el interesado (artículo 59º, inci so K de la Ley 11.757), siendo recibida el día 15 de agosto de 2014; QUE el día 22 de agosto de 2014, el agente cita do se presentó en la Dirección General de Personal sin exponer justificativo alguno y habien do transcurrido el plazo para comparecer, quedando por lo tanto incurso en abandono de car go normado por el artículo 65º -párrafo 1º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), a partir del 19 de agosto de 2014; Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Declárase cesante por abandono de cargo, conforme lo establecido en el ar **************tículo 65º, 1er. párrafo de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), al agente Leonardo César BRAVO (Legajo Nº 56.727), M.I.Nº: 14.439.251, Clase 1.961, con categoría 748 (J:1.1.1.01.09.000 - C: 27. - O:1.1.1.07.) y funciones de Mucamo/Encargado de Turno, a partir del 19 de agosto de 2014.- /// 188

Ref. Expte. Nº 10932-D-2014.- //.. ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley **************Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la consti tucionalidad de dicho cuerpo legal.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 189

Ref.: Expte. N 7.595-C-2013. CUERPO 2.- SAN ISIDRO, 26 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 3 6 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru mental; y Considerando: QUE mediante Decreto N 1863/13, se adjudicó a la empresa RURAL CEMENTO S.A., la ejecución de la obra de LEVANTAMIENTO Y RECOLOCACION DE PAVIMENTOS Y CORDONES DE GRANITO Y GRANITULLO EN CALLES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO ; QUE el día 21 de octubre de 2013 se labró el Acta de Recepción Provisoria; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Apruébase el Acta de Recepción Provisoria de fecha 21 de octubre de 2013 ************* a fojas 459, de la obra de LEVANTAMIENTO Y RECOLOCACION DE PAVIMENTOS Y CORDONES DE GRANITO Y GRANITULLO EN CALLES DEL PAR TIDO DE SAN ISIDRO, que realizara la empresa RURAL CEMENTO S.A..- ARTICULO 2º.- Por conducto de la Secretaría de Obras Públicas, procédase a la devolución ************* de las garantías de Cumplimiento de Contrato.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 190

Ref. Expte. Nº 9.584-D-2014.- SAN ISIDRO, 26 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 3 7 VISTO el pedido de Suministro Nº 649-481/14; y Considerando: QUE como consecuencia de aquél, se efectuó el llamado a Licitación Privada Nº 266/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Adjudícase a T.E. ILUMINA S.A., con domicilio en San Martín Nº 916, **************de Quilmes, el ALQUILER POR HORAS DE HIDROELEVADOR, por un monto total de PESOS SETECIENTOS MIL QUINIENTOS ($ 700.500.-).- ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, **************se atenderá con fondos de la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Pro gramática 01.01, Objeto del Gasto 3.2.2., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 191

Ref.: Expte. Nº 10767-D-2014.- DECRETO NUMERO: 2638 SAN ISIDRO, 26 de agosto de 2014 VISTO el pedido de suministro Nº 649-545/ 2014; y Considerando: QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221,00 por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Llámase a Licitación Privada Nº 313/2014, para el SERVICIO DE ************* MANTENIMIENTO DE 69 ESPACIOS VERDES DESDE EL 1º DE OC- TUBRE Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014.- ARTICULO 2.- El acto de apertura tendrá lugar el día 2 de septiembre de 2014, a las ************* 09:00 horas, en la Dirección General de Compras, sita en Av. Centenario nro. 77, 1er. Piso, San Isidro.- ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************** presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 50.01., Objeto del Gasto 3.3.5., del Presupuesto General de Gastos vigente. ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION R.T. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 192

Ref.: Expte. Nro. 6667-R-2014.- SAN ISIDRO, 26 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2639 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en Asamblea 1872, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 611.968; y Considerando: QUE el presentante manifiesta habitar el inmueble conjuntamente con su esposa discapacitada y su hijo QUE asimismo refiere que el único ingreso del hogar está conformado por dos jubilaciones mínimas percibidas por él y su esposa, lo que resulta suficiente para satisfacer sus necesidades básicas; QUE es su voluntad regularizar su situación fiscal, pero no puede afrontar el monto total adeudado, por lo que solicita una quita y un plan de pago; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde autorizar al interesado un plan de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; / 193

Ref.: Expte. Nro. 6667-R-2014.- / POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en Asamblea 1872, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 1993/2Bp hasta 2014/1B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 611.968.- ARTICULO 2.- Autorízase al interesado un plan de pago de hasta veinticuatro (24) ************** cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 194

Ref.: Expte. Nº 12513-B-2012.- DECRETO NUMERO: 2640 SAN ISIDRO, 26 de Agosto de 2014 VISTO el pedido efectuado por la Sra. Cristina Besio a fojas 1/2 de estos autos, respecto de la quita de accesorios en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales en las Cuentas Corrientes N 330.166; y Considerando: QUE con anterioridad a responder sobre la solicitud plantada por la contribuyente, con relación a las anomalías por ella informadas, se ha procedido a girar estas actuaciones a las oficinas correspondientes, a fin de verificar la existencia de las mismas; QUE la peticionante ha sido notificada de la preocupación de esta administración a fin de dar solución a la mayoría de los temas planteados, provocados por la cercanía del inmueble a locales gastronómicos; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a disminuir el monto de los accesorios, cuando las causas lo justifiquen, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago del 50% de los recargos e intereses, generados por mora ************* en la deuda correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el período 2008/3A hasta 2014/3B, respecto del inmueble sito en calle Intendente Alfaro 767 de la localidad de Acassuso de la Cuenta Corriente N 330.166.- ARTICULO 3º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 195

Ref.: Expte. Nro. 11195-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 4 1 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600/548/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 324/2014, para la *************** REPAVIMENTACION DE CALZADAS AZFALTICAS MEDIANTE FRESADO, RECLAMADO Y RECONSTRUCCION DE CARPETA DE CONCRETO ASFALTICO EN EL SECTOR COMPRENDIDO POR LAS CALLES ROQUE SAENZ PEÑA, AV. BERNABE MARQUEZ, AV. AVELINO ROLON, SARRATEA, URUGUAY Y RIO DE LA PLATA, PARTIDO DE SAN ISIDRO.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 05 de Septiembre de 2014, a las ************** 11:30 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.76, Objeto del Gasto 4.2.2.04, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 196

Ref.: Expte. Nro. 11195-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 197

Ref.: Expte. Nro. 11193-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 4 2 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600/546/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 323/2014, para la *************** REPAVIMENTACION DE CALZADAS DE MAYOR CIRCULA- CION VEHICULAR EN EL SECTOR COMPRENDIDO POR LAS CALLES PARANA, COLECTORA DE LA AUTOPISTA DEL SOL, AV. AVELINO ROLON, BERNABE MARQUEZ, ROQUE SAENZ PEÑA Y RIO DE LA PLATA, PARTIDO DE SAN ISI- DRO.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 05 de Septiembre de 2014, a las ************** 11:15 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.76, Objeto del Gasto 4.2.2.04, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 198

Ref.: Expte. Nro. 11193-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 199

Ref.: Expte. Nro. 10355-C-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 4 3 VISTO el pedido de Suministro Nro. 600/523/ 2014; y Considerando: QUE como consecuencia de aquel se efectuó el llamado a Licitación Privada Nro. 300/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas, surge como más conveniente la correspondiente a la empresa HINNY ALE- JANDRO ANTONIO, por un importe de $ 671.000,00; QUE a los fines de la fiscalización de la obra y de la realización de todas las tareas inherentes a la misma, se procede en el presente caso a la designación de un inspector técnico, dado que para el volumen de las obras programadas, el personal municipal ordinariamente previsto resulta insuficiente para cumplir eficientemente aquellas tareas; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Adjudícase a HINNY ALEJANDRO ANTONIO, con domicilio en la calle ************* Mariano Moreno Nro. 4929, Caseros, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ejecución de la obra REHABILITACIÓN DE REDES DE DESAGÜES PLUVIALES, Partido de San Isidro, por un monto de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($ 671.000,00).- ARTICULO 2.- Desígnase inspector técnico de la obra citada en el artículo 1 al Ingeniero ************** Civil Ariel Alejandro Kalemkerian DNI 25.682.964, Matrícula Nacional Nro. 15.993, con domicilio en Caracas Nro. 2780-5 B, de la Ciudad de Martínez.- 200

Ref.: Expte. Nro. 10355-C-2014.- ARTICULO 3.- El profesional designado en el artículo anterior, percibirá en concepto de ************** única remuneración y en el caso de que la obra se ejecute el dos por ciento (2%) del monto que resulte de la obra realizada y debidamente autorizada, importe que la empresa contratista deberá deducir del monto a cobrar de sus certificados de obra, variaciones de costo y/o adicionales o ampliaciones.- ARTICULO 4.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24-02, Objeto del Gasto 3.3.6. del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 5.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario Interino de Obras Públicas Ing. Federico J. Garcia 201

Ref.: Expte.Nro. 10354-C-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 6 4 4 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: 600/519/2014; QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 299/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó el QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la Adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1ro- Adjudícase a BRICA CONSTRUCCIONES S.R.L., con domicilio en ************** Adolfo Alsina Nro. 1132 2º Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los TRABAJOS VARIOS EN MUSEO BRIGADIER GENERAL JUAN MARTIN DE PUEYRREDON, PARTIDO DE SAN ISIDRO por un monto total de PESOS SEISCIEN- TOS NOVENTA Y SIETE MIL SETENTA Y SEIS ($ 697.076).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria 202

Ref.: Expte. Nro. 10354-C-2014.- correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000-1, Categoría Programática 01.07, Objeto del Gasto 3.3.1., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 203

Ref.: Expte.Nro. 10451-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NÚMERO: 2 6 4 5 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: 600/534/2014; QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 302/2014; QUE como consecuencia de aquél se efectuó QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la Adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1ro- Adjudícase a SILVA RICARDO ERNESTO, con domicilio en Estomba ************* Nro. 1142 A Sourdeaux (KM 30), los TRABAJOS DE DESMONTE DE PISO EXISTENTE E INSTALACION DE CONTRAPISO ARMADO CON ALISADO Y PISO DE CAUCHO, EN JARDIN DE INFANTES MUNICIPAL NRO. 5, MARTINEZ, PARTIDO DE SAN ISIDRO por un monto total de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 566.950).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria 204

Ref.: Expte. Nro. 10451-D-2014.- correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 01.02, Objeto del Gasto 3.3.1., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 205

Ref.: Expte. Nro. 11138-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 4 6 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 649/513/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 311/2014, para la ************** PROVISION DE CONTENEDORES.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 29 de Agosto de 2014, a las ************** 11:00 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 25, Objeto del Gasto 2.9.9, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 206

Ref.: Expte. Nro. 11138-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 207

Ref.: Expte. Nro. 11137-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 4 7 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 649/559/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 310/2014, para la *************** PROVISION DE BOLSAS OXIBIODEGRADABLES.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 29 de Agosto de 2014, a las ************** 10:30 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 25, Objeto del Gasto 2.9.1, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 208

Ref.: Expte. Nro. 11137-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 209

Ref.: Expte. Nro. 11135-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 4 8 2014; y Considerando: VISTO el Pedido de Suministro Nro. 500/447/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 309/2014, para la *************** ADQUISICION DE BICICLETAS PARA NIÑOS QUE ASISTEN A MERENDEROS Y GUARDERIAS DEL DISTRITO.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 29 de Agosto de 2014, a las ************** 10:00 hs, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 37, Objeto del Gasto 5.1.4.08, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 210

Ref.: Expte. Nro. 11135-D-2014.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 211

Ref. Expte. Nº 4105-155-S-1998.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 4 9 VISTO la Disposición Nº 611/14 del actualmen te denominado Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORIA, al establecimiento ubicado en la calle Lima Nº 1356, de la ciudad de Martí nez, donde se desarrollan actividades con el rubro FABRICA DE APARATOS ELECTRI COS, cuya propiedad de la SANSOULET RUBEN PEDRO; y Considerando: QUE la firma interesada ha dado cumplimiento a la presentación de la documentación requerida por el Decreto N 1741/96, Declaración Jura da con memoria descriptiva de la actividad, cuya veracidad fue constatada en inspección téc nica realizada en el establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias de fun cionamiento y conforme los términos del art. 28º del Decreto N 1741/96, reglamentario de la Ley 11.459, corresponde extender el Certificado de Aptitud Ambiental; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Expídese a SANSOULET RUBEN PEDRO, con domicilio en la calle Li ************** ma Nº 1356, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro FABRICA DE APARATOS ELECTRICOS, el Cer tificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 11.459, Decreto Reglamentario Nº 1741/ 96 y conforme con lo dispuesto por el Orga nismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evalua ción de Impacto Ambiental.- /// 212

Ref. Expte. Nº 4105-155-S-1998 /// ARTICULO 2.- Déjase expresa constancia que lo dispuesto tiene validez por el término de **************dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, conforme a los térmi nos del artículo 33º de la Ley Nº 11.459 y su Decreto Reglamentario.- ARTICULO 3.- Hácese saber a los peticionantes que deberán solicitar la renovación del ************** Certificado de Aptitud Ambiental por igual término, en un plazo de un (1) mes antes de su vencimiento y en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el artículo 57º del aludido decreto, con la presentación de la documentación allí solicitada.- ARTICULO 4.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************* con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación munici pal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en conse cuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas correspondientes.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Subsecretario General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez 213

Ref. Expte. N 4105-155-S-1998 ****CERTIFICO que mediante Decreto Nº 2 6 4 9 dictado en el día de la fecha, obrante a fojas 234/235 del expediente Nº 4105-155-S-1998, se ha dispuesto expedir a SANSOULET RUBEN PEDRO, con domicilio en la calle Lima Nº 1356, de la ciudad de Martínez, jurisdic ción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro FABRICA DE APARATOS ELECTRICOS, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 11459, Decreto Reglamentario Nº 1741/96 y conforme con lo dispuesto por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental.**** ****Déjase constancia que el presente tiene validez por el término de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, y que en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá procederse conforme lo dispone los Artículos 34º y 57º del citado Decreto Reglamentario. **** *EXTIENDO el presente que firmo y sello en San Isidro, con fecha 27 de agosto de 2014* DESPACHO Y LEGISLACION mtb 214

Ref.: Expte. Nro. 1473-C-2007.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2650 VISTO la presentación efectuada en autos por Carlos Alberto Pedro CAMP, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Carlos Alberto Pedro CAMP, con domicilio en Manuelita Rosas Nº 1418, Localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 570.561.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 215

Ref.: Expte. Nro. 8894-A-2005.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2651 VISTO la presentación efectuada en autos por Carlos Humberto ASHWORTH, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Carlos Humberto ASHWORTH, con domicilio en Larrea Nº 216, Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 510.399.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 216

Ref.: Expte. Nro. 5415-B-2009.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2652 VISTO la presentación efectuada en autos por Susana Esther ZANOTTI, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Susana Esther ZANOTTI, con domicilio en Vieytes 279, Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 350.041.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 217

Ref.: Expte. Nro. 168-Z-2002.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2653 VISTO la presentación efectuada en autos por Alicia Amalia ZACCARIA, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Alicia Amalia ZACCARIA, con domicilio en General Guido 1465, Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 710.059.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 218

Ref.: Expte. Nro. 6819-R-2014.- DECRETO NUMERO: 2654 SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito Saturnino Segurola 2388, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 610.762; y Considerando: QUE la presentante manifiesta ser hija de la titular del inmueble, la que se halla fallecida; refiere asimismo habitar en él conjuntamente con dos hijas y una nieta; QUE dice realizar trabajos domésticos pero sus ingresos sólo alcanzan para satisfacer las necesidades básicas del hogar; QUE por expediente 11240/2006, se dictó el Decreto Nº 141/2007 por el que se eximió del pago de los accesorios a la deuda, autorizándose asimismo un plan de pago en hasta cuarenta y ocho (48) cuotas, pero le fue imposible cumplirlo; QUE es su voluntad regularizar su situación por lo que vuelve a realizar el pedido, requiriendo abonar la deuda en doce (12) cuotas; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde autorizar a la interesada un plan de pago de hasta doce (12) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, no pudiendo ser solicitado nuevamente; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; / 219

Ref.: Expte. Nro. 6819-R-2014.- // POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmue_ ble ubicado en Saturnino Segurola 2388 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 2004/3Ap a 2013/4B, Cuenta Corriente Nro. 610.762.- ARTICULO 2.- Autorízase a la interesada un plan de pago de hasta doce (12) ************** cuotas, dejando constancia que, de no presentarse dentro de los diez (10) días de notificado a suscribir el convenio y/o la falta de cancelación en término de las cuotas, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, no pudiendo ser solicitado nuevamente.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 220

Ref.: Expte. Nº 750-T-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2655 VISTO el pedido efectuado por el Sr. Ernesto Ramón Toledo a fojas 1 de estos autos, respecto de la quita de accesorios en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales en las Cuentas Corrientes N 221.091; y Considerando: QUE el contribuyente manifiesta que su situación económica fue muy difícil durante casi dos décadas, llegando a una quiebra; QUE sumado a ello, refiere haber atravesado serias dificultades familiares, como un divorcio y atención de sus hijas con problemas de salud; QUE en la inundación del día 2 de Abril del año 2013, intentando sacar basura de las salidas de agua, sufrió un fuerte golpe que derivó en una hernia de ombligo, siendo operado en el Hospital de este Partido, padeciendo también una obstrucción intestinal, por lo que fue intervenido quirúrgicamente de urgencia; QUE es su voluntad regularizar su situación fiscal, pero no puede realizarlo en otra forma que la requerida; QUE por lo expuesto corresponde autorizar al interesado un plan de pago de hasta sesenta (60) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, no pudiendo solicitar nuevamente el beneficio; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a disminuir el monto de los accesorios, cuando las causas lo justifiquen, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : / 221

Ref.: Expte. Nº 750-T-2014.- // ARTICULO 1º.- Exímese del pago del 50% de los recargos e intereses y el 100% de ************* la multa, generados por mora en la deuda correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el período 1988/07 hasta 2002/6B inclusive, de la Cuenta Corriente N 221.091.- ARTICULO 2.- Autorizase a la interesada un plan de pago de hasta sesenta (60) cuotas, ************ dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 222

Ref.: Expte. N 9434-S-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2656 VISTO el reclamo efectuado por la Sra. Margarita Socas, DNI 18.599.421, referente al pago por los daños que dice haber sufrido en el vehículo de su propiedad, el día 16 de Julio del corriente año, ante el impacto en el mismo de la tapa de un contenedor ubicado en la vía pública, con motivo de su manipulación por parte de un tercero; y Considerando: QUE la peticionante, a fojas 1 del presente, manifiesta que en la referida fecha, siendo las 8.10 hs., se encontraba en la Av. Bernabé Márquez esquina Av. Centenario, cuando un individuo a quien no identifica, procedió a abrir y soltar la tapa de un contenedor color verde, ubicado en ese lugar, procediendo a soltar su tapa, la que golpea al automotor provocándole daños en el parabrisas delantero derecho; QUE en definitiva, le adjudica lo sucedido a la Comuna, por lo que solicita un resarcimiento económico; QUE la documentación presentada está conformada únicamente por dos fotografías del vehículo en cuestión; QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal Municipal, la misma expresa mediante Dictamen N 8255, que no pudiéndose constatar que el hecho haya acaecido conforme aparece denunciado a fojas 1, ni tampoco acreditada responsabilidad alguna del Municipio, atento que en su presentación la requirente hace referencia a la intervención de un tercero como autor del daño denunciado; debe rechazarse el reclamo incoado, sin perjuicio que la quejosa, en salvaguarda de sus propios derechos, ocurra por la vía que estime pertinente; QUE este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el criterio sustentado por la precitada Dependencia, por lo que procede dictar el pertinente acto administrativo; / 223

Ref.: Expte. N 9434-S-2014.- // POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Recházase el reclamo efectuado por la Sra. Margarita Socas, DNI ************** 18.599.421, referente al pago por los daños que dice haber sufrido en el vehículo de su propiedad, el día 16 de Julio del corriente año, ante el impacto en el mismo de la tapa de un contenedor ubicado en la vía pública, con motivo de su manipulación por parte de un tercero, en un todo de acuerdo al dictamen Nº 8255 de la Asesoría Legal Municipal, sin perjuicio que el quejoso, en salvaguarda de sus propios derechos, ocurra por la vía que estime pertinente, - ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 224

Ref.: Expte. Nº 11386-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2657 VISTO el pedido de suministro Nº 649-512/ 2014; y Considerando: QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221,00 por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Llámase a Licitación Privada Nº 315/2014, para la CONTRATACION ************* DE HORAS DE UNA MAQUINA PALA CARGADORA SOBRE NEU- MATICOS PARA TAREAS DE DESPARRAMO DE TIERRA Y MATERIALES DE DEMOLICION, ETC, EN EL BAJO DE SAN ISIDRO.- ARTICULO 2.- El acto de apertura tendrá lugar el día 02 de Septiembre de 2014, a las ************* 10.00 horas, en la Dirección General de Compras, sita en Av. Centenario nro. 77, 1er. Piso, San Isidro.- ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************** presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 01.01., Objeto del Gasto 3.2.2., del Presupuesto General de Gastos vigente. ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION R.T. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 225

Ref.: Expte. Nº 10774-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2658 VISTO el pedido de suministro Nº 600-540/ 2014; y Considerando: QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221,00 por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Llámase a Licitación Privada Nº 320/2014, para el PULIDO DE PISOS, ************Y COLOCACION DE ARTEFACTOS DE ILUMINACION Y TAREAS COMPLEMENTARIAS EN EL EDIFICIO DE LA SUBSECRETARIA DE ACCION SO- CIAL, PARTIDO DE SAN ISIDRO.- ARTICULO 2.- El acto de apertura tendrá lugar el día 03 de septiembre de 2014, a las ************* 10.00 horas, en la Dirección General de Compras, sita en Av. Centenario nro. 77, 1er. Piso, San Isidro.- ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************** presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 01.02, Objeto del Gasto 3.3.1., del Presupuesto General de Gastos vigente. ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION R.T. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 226

Ref.: Expte. N 11387-D-2014.- DECRETO NUMERO: 2659 SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014 2014; y Considerando: VISTO el pedido de suministro N 649-516/ QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221,00, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Llámase a Licitación Privada N 316/14, para la CONTRATACION DE ************** HORAS DE CAMIONES CERRADOS CON PALA ELEVADORA HIDRAULICA PARA TAREAS VARIAS DE HIGIENE URBANA.- ARTICULO 2.- El acto de apertura tendrá lugar el día 2 de setiembre de 2014, a las 10:30 ************** horas, en la Dirección General de Compras, sita en Av. Centenario N 77, 1er. Piso, San Isidro.- ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 25, Objeto del gasto 3.2.2. del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 227

Ref.: Expte. Nº 6760-L-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2660 VISTO el pedido efectuado a fojas 1 de estos autos por la Sra. Liliana Mabel Leiss, respecto de la quita de accesorios en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales que recaen sobre el inmueble sito en Junín nº 1722 de la Ciudad de Boulogne, en la Cuenta Corriente N 611.581; y Considerando: QUE la requirente manifiesta habitar el inmueble conjuntamente con su esposo e hijo, quien debido a haber sufrido un accidente de trabajo, percibió una indemnización de la ART, monto con el cual la peticionante instaló un pequeño almacén en la misma vivienda, lo que le permitió reparar la misma, deteriorada a causa de inundaciones y por las raíces de unos pinos existentes; QUE con el dinero percibido abonó la deuda en su valor de origen, pero no tiene más disponibilidad económica para cancelar el total; QUE el Sr. Ariza no puede trabajar, ya que padece mal de chagas, por lo cual, el sustento del hogar es el producto de las ventas del negocio; QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a disminuir el monto de los accesorios, cuando las causas lo justifiquen, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : / 228

Ref.: Expte. Nº 6760-L-2014 // ARTICULO 1º.- Exímese del pago de los accesorios generados en la deuda ************* correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales que recaen sobre el inmueble sito en Junín nº 1722 de la Ciudad de Boulogne, por el período 2009/3A hasta 2013/5B inclusive, de la Cuenta Corriente N 611.581.- ARTICULO 2º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 229

Ref. Expte. Nº 11.385-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 6 1 VISTO el Pedido de Adquisición Nº 649-514/14; y Considerando: QUE el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nº 314/2014, para el ALQUILER DE HI ************** DROGRUAS TELESCOPICAS PARA TAREAS DE PODA EN DISTIN TOS SECTORES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 2 de setiembre de 2014, a las 09.30 ************** horas, en la Dirección General de Compras, sita en Avenida Centenario Nº 77 1er. Piso, San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, **************se atenderá con fondos de la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Pro gramática 50.01, Objeto del Gasto 3.2.2., del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 230

Ref. Expte. Nº 11.237-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 6 2 VISTO el Pedido de Adquisición Nº 600-553/14; y Considerando: QUE el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 234.221, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nº 322/2014, para la MANO DE OBRA PA **************RA TRABAJOS COMPLEMENTARIOS DE EMERGENCIA Y/O PRE VENCION DE INUNDACIONES EN LA ZONA DENOMINADA COVICOM, SANTA ROSA, LA ESPERANZA Y ALEDAÑOS, PARTIDO DE SAN ISIDRO.- ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 3 de setiembre de 2014, a las 10.30 ************** horas, en la Dirección General de Compras, sita en Avenida Centenario Nº 77 1er. Piso, San Isidro.- ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, **************se atenderá con fondos de la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Pro gramática 24.02, Objeto del Gasto 3.3.6., del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 231

Ref. Expte. Nº 10.356-C-2014.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 6 3 VISTO el pedido de Suministro Nº 649-522/14; y Considerando: QUE como consecuencia de aquél, se efectuó el llamado a Licitación Privada Nº 286/2014; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Adjudícase a LATIN PLAY S.R.L., con domicilio en Emilio Lamarca Nº **************1754, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ADQUISICION DE JUEGOS PARA PLAZA, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA ($ 636.790.-).- ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, **************se atenderá con fondos de la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Pro gramática 50.01, Objeto del Gasto 4.3.9., del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 232

Ref.: Expte. Nº 8422-O-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2664 VISTO el pedido efectuado en autos por la Sra. Rosalia Anna Oliveri, respecto de la quita de accesorios en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales en la Cuenta Corriente N 843.758; y Considerando: QUE la requirente manifiesta que la partida en cuestión, corresponde a un predio que alquiló al Club Social Beccar, con la finalidad que en el mismo, se continuaran desarrollando las actividades normales que llevaban a cabo en la sede del Club, los usuarios y alumnos de los colegios de la zona, en el período de remodelación y reconstrucción de la entidad; QUE la intención de esa locación fue mayormente realizar un aporte al grupo social que se vería afectado durante el desarrollo de la obra, razón por la cual, el locatario asumió la responsabilidad de abonar impuestos, servicios y tasas municipales; QUE al tomar conocimiento que existe una deuda con el Municipio, pretende regularizar la situación, considerando no ser directamente responsable del atraso producido, por lo que suscribe a resultas del presente un plan de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a disminuir el monto de los accesorios, cuando las causas lo justifiquen, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la multa generada por mora en la deuda ************** correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, Cuenta Corriente N 843.758.- / 233

Ref.: Expte. Nº 8422-O-2014.- // ARTICULO 2.- Déjase constancia que la falta de cumplimiento en término del plan de ************ veinticuatro (24) cuotas suscripto a resultas de este expediente, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3º.- Dese intervención a la oficina competente de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 234

Ref.: Expte. Nro. 6690-M-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2665 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Servicios Generales, respecto del inmueble sito en Dr. Raúl Bagnatti nº 2375, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nro. 610.827; y Considerando: QUE la presentante manifiesta habitar el inmueble con su esposo, diabético y desempleado, un hijo, quien se desempeña esporádicamente como remisero y su nieto, realizando la requirente, tareas de servicio doméstico; QUE los ingresos del hogar son suficientes para satisfacer las necesidades básicas, razón por la cual, es su voluntad regularizar su situación fiscal, pero no puede hacerlo de otra forma que la requerida; QUE el inmueble se halla emplazado en una región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE por lo expuesto corresponde autorizar a la interesada un plan de pago de hasta sesenta (60) cuotas, dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : / 235

Ref.: Expte. Nro. 6690-M-2014.- // ARTICULO 1.- Exímese del pago de los accesorios generados en la deuda de la Tasa ************ por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en Dr. Raúl Bagnatti nº 2375, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 1989/02p hasta 2014/3B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 610.827.- ARTICULO 2.- Autirízase a la interesada un plan de pago de hasta sesenta (60) cuotas, ************* dejando constancia que, de no suscribir el convenio de pago dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, no pudiendo solicitar nuevamente el beneficio.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 236

Ref.: Expte. Nro. 6651-S-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2666 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, respecto del inmueble sito en Dr. Raúl Bagnati nº 2475, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 611.154; y Considerando: QUE en el inmueble habita el titular conjuntamente con sus tres hijos, siendo uno de ellos discapacitado, su hermana y su madre, de edad avanzada también discapacitada, siendo el único ingreso del hogar el proviene del sueldo de los hermanos Sanchez, con el cual sustentan las necesidades básicas de la familia numerosa que conforman; QUE no pudieron hacer frente al plan de pago otorgado oportunamente a través del expediente 98/2008, en tanto atravesaron momentos difíciles de salud y trabajo; QUE asimismo expresa su voluntad de regularizar su situación fiscal, pero no puede hacerlo en la forma requerida, por lo que procedió a suscribir, a resultas del presente, un convenio de pago; QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facul_ tado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: / 237

Ref.: Expte. Nro. 6651-S-2014.- // ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda ************** correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales que recaen sobre el inmueble ubicado en Dr. Raúl Bagnati nº 2475 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 2002/2B hasta 2014/3B inclusive, Cuenta Corriente Nro. 611.154.- ARTICULO 2.- Déjase constancia que la falta de cumplimiento en término del plan de ************ doce (12) cuotas suscripto a resultas de este expediente, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, no pudiendo solicitar nuevamente el beneficio.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 238

Ref.: Expte. N 9826-P-2014.- DECRETO NUMERO: 2667 SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE la naturaleza de los hechos de que se da cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos; QUE adoptada que fuera la decisión en tal sentido, corresponde designar al instructor sumariante; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario ************* administrativo, en orden a los hechos de que se da cuenta en este expediente N 9826-P-204.- ARTICULO 2º.- Desígnase instructor sumariante al Doctor Luis Alberto PASTOR.- ARTICULO 3º.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los ************* sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo instrumental por la Asesoría Legal Municipal.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. Tome conocimiento Dirección ************* General de Personal.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 239

Ref.: Expte. Nro. 9275-B-2006.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2668 VISTO la presentación efectuada en autos por Josefina Baldino Vda. de BISIERI (nuera del titular fallecido), solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100%, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Josefina Baldino Vda. de BISIERI (nuera del titular fallecido), con domicilio en Intendente Becco 1080, Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 220.405.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 240

Ref.: Expte. Nro. 7998-A-2000.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2669 VISTO la presentación efectuada en autos por Ilda del Carmen LOBOS Vda. de ALÉ, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Ilda del Carmen LOBOS Vda. de ALÉ, con domicilio en Gervasio Posadas 2566, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 720.774.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 241

Ref.: Expte. Nro. 5456-F-2013.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2670 VISTO la presentación efectuada en autos por Doris Shand Mildred FOREMAN, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Doris Shand Mildred FOREMAN, con domicilio en Eduardo Costa Nº1062, localidad Acassuso, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 333.170.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 242

Ref.: Expte. Nro. 9505-D-2010.- DECRETO NUMERO: 2671 SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. VISTO la presentación efectuada en autos por Elio Arsenio Di FABIO, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Elio Arsenio Di FABIO, con domicilio en Mariano Ezpeleta Nº 2623, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 440.512.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 243

Ref.: Expte. Nro. 2742-L-1992.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2672 VISTO la presentación efectuada en autos por Rosa Olga ROMERO Vda. de LAPLACETTE, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Rosa Olga ROMERO Vda. de LAPLACETTE, con domicilio en Martina Cespedes 1915, localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 542.126.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 244

Ref. Expte. Nro. 3682-O-1989.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2673 VISTO la presentación efectuada en autos por Teodoro Geronimo ORLANDI, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 50 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Teodoro Geronimo ORLANDI, con domicilio en Remedios de Escalada 2350, Piso 1º, Dpto D, Ciudad de Martinez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 352.282.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 245

Ref.: Expte. Nro. 3370-G-2005.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2674 VISTO la presentación efectuada en autos por Ernesto GULLI, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Ernesto GULLI, con domicilio en Curupaytí 2179, localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 522.120.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 246

Ref.: Expte. Nro. 1787-M-2003.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014. DECRETO NUMERO: 2675 VISTO la presentación efectuada en autos por Filomena MAZZOLA Vda. de ESPÓSITO, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2014; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 100 %, año/s 2014, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Filomena MAZZOLA Vda. de ESPÓSITO, con domicilio en Monseñor Larumbe Nº 1161, Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 371.655.- ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.F. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 247

Ref.: Expte. N 9565-B-2014.- DECRETO NUMERO: 2676 SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE la naturaleza de los hechos de que se da cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos; QUE adoptada que fuera la decisión en tal sentido, corresponde designar al instructor sumariante; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario ************* administrativo, en orden a los hechos de que se da cuenta en este expediente N 9565-B-204.- ARTICULO 2º.- Desígnase instructor sumariante al Doctor Luis Alberto PASTOR.- ARTICULO 3º.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los ************* sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo instrumental por la Asesoría Legal Municipal.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. Tome conocimiento Dirección ************* General de Personal.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 248

Ref.: Expte. Nº 10927-D-2014.- SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014 DECRETO NUMERO: 2677 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE, la agente Susana Esther SAAVEDRA (Legajo Nº 56.324), se encuentra trabajando, en forma ininterrumpida desde el 1º de abril de 2013, en carácter de Planta Temporaria-Personal Mensualizado ; QUE, por su antigüedad y comportamiento laboral, es merecedora a su designación en la Planta Estable; QUE, existen cargos vacantes en el Presupuesto de Gastos vigente; QUE, en virtud de ello se deberá, limitar la designación en carácter de Planta Temporaria Personal Mensualizado a la agente Susana Esther SAAVEDRA (Legajo Nº 56324) a efectos de designarla provisionalmente, conforme lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires); POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Limítese con retroactividad al 1º de abril de 2014, la designación en ************** carácter de Planta Temporaria Personal Mensualizado, de la agente Susana Esther SAAVEDRA (Legajo Nº 56.324) atento a su designación provisional.- ARTICULO 2º.- Desígnase provisionalmente con retroactividad al 1º de abril de 2014, ************** conforme lo establece el artículo 7º de la Ley 11757, a la agente Susana Esther SAAVEDRA (Legajo N 56.324), conforme lo establece el artículo 7º de la Ley 11757, en el cargo 08 (35) (J:1.1.1.01.01.000 C:01.01 O:1.1.1.07), con funciones de Personal de servicio, en Secretaría Privada (Mayordomía).- 249

Ref.: Expte. Nº 10927-D-2014.- ARTICULO 3º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************** Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo legal.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 250

Ref.: Expte. N 10931-D-2014.- DECRETO NUMERO: 2678 SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014 VISTO lo informado mediante la nota del Area de Control de Asistencia, de la Dirección General de Personal, obrante a fojas 1, y el Certificado de Defunción obrante a fojas 2; y Considerando: QUE el día 29 de abril de 2014, se produjo el fallecimiento del agente Sergio Ramón FACIANO (Legajo Nº 61509); QUE, en virtud de ello, y atento a lo establecido por el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), corresponde dar por concluida la relación de empleo con la administración Municipal, del agente antes mencionado, a partir de la fecha citada; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Dase por concluida la relación de empleo con la administración Municipal ************** (conforme el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757), al agente Sergio Ramón FACIANO (Legajo Nº 61509), M.I. Nº: 22.031.069, Clase 1971, con categoría 803 clase A (J:1.1.1.01.03.000 C:18.01 O:1.2.1.01), y funciones Inspector en la Jefatura de Inspectores, a partir del día 29 de abril de 2014, atento a su fallecimiento.- ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************** Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo legal.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 251

Ref.: Expte. N 406-U-2014.- DECRETO NUMERO: 2679 SAN ISIDRO, 27 de agosto de 2014 VISTO el Decreto N 1016/14, por medio del cual se otorgó a la Unión vecinal Juan Bautista Alberdi, un subsidio de $ 480.000,00; y Considerando: QUE el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad solicita la rectificación del decreto antes citado, en lo referente al destino del subsidio; QUE por lo expuesto corresponde el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 1 del Decreto N 1016/14, en lo referente al destino ************** del subsidio otorgado, quedando redactado de la siguiente forma: ARTICULO 1.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental *************** por la UNION VECINAL JUAN BAUTISTA ALBERDI, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 480.000,00), pagadero en ocho (8) cuotas de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00) cada una, para ser destinado al mantenimiento del móvil de seguridad y los gastos asociados a la administración y control de los choferes, así como el costo e impuestos de la cuenta bancaria, con oportuna rendición de cuentas.- ARTICULO 2.- Mantiénese en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones ************ del Decreto N 1016/14.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 252

Ref.: Expte. Nro. 7540-R-2014.- SAN ISIDRO, 27 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2680 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, respecto del inmueble sito en María B de Cazón nº 2.473, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 611.082; y Considerando: QUE la presentante a fs. 1 manifiesta habitar el inmueble con su esposo y sus dos hijos menores de edad; QUE el ingreso del hogar proviene del sueldo percibido por el cónyuge de la peticionante y resulta suficiente para abastecer las necesidades básicas; QUE asimismo expresa su voluntad de regularizar su situación fiscal, pero no puede hacerlo en la forma requerida, por lo que procedió a suscribir, a resultas del presente, un convenio de pago de hasta doce (12) cuotas; QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: / 253

Ref.: Expte. Nro. 7540-R-2014.- // ARTICULO 1.- Exímese del pago de accesorios generados por mora en la deuda ************** correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales que recaen sobre el inmueble ubicado en María B de Cazón nº 2.473, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el período 1998/5B hasta 2014/3A inclusive, Cuenta Corriente Nro. 611.082.- ARTICULO 2.- Déjase constancia que la falta de cumplimiento en término del plan de ************ doce (12) cuotas suscripto a resultas de este expediente, provocará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago, no pudiendo solicitar nuevamente el beneficio.- ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 254

Ref. Expte. 11596/2014 SAN ISIDRO, 29 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 8 1 VISTO lo actuado en el presente expediente, y; Considerando: QUE mediante el Convenio celebrado con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires que antecede, se implemento en el ámbito del Partido de San Isidro, el funcionamiento del Comando de Prevención Comunitaria; QUE dicho acuerdo se celebró en el marco de la Declaración de Emergencia de la Seguridad dispuesta por el Decreto Provincial 220/147 y Resolución N 10 del Honorable Concejo Deliberante de fecha 22 de Octubre de 2008; QUE, dada la situación en que se encuentra la Seguridad Urbana en todo el ámbito de la Provincia y en especial en el Conurbano, es que resulta imprescindible la puesta en marcha en forma inmediata de los mecanismos que el acuerdo prevé, a fin de continuar la lucha contra el flagelo de la inseguridad; QUE, es dable destacar que el acuerdo de mención establece una serie de obligaciones por parte de esta Administración, las cuales son pilares fundamentales para el funcionamiento del sistema: QUE si bien esta Administración Municipal no es la que posee competencia en el tema de inseguridad, la que es originaria y exclusiva de la Provincia, la inmensa entidad que ha tomado el problema y, habida cuenta que los valores en juego son la vida y el patrimonio de los vecinos, lo que afecta profundamente la calidad de vida, extremo por el que debe velar al Gobierno Municipal, se considera que deben adoptarse todas las medidas que tiendan a minimizar las consecuencias del problema; QUE en esa inteligencia, y debido a que el convenio debe ser ratificado, por razones de competencia, por el Honorable Concejo Deliberante, y que concurren, conforme lo expuesto, circunstancias excepcionales de necesidad y urgencia, se estima procedente el dictado de una norma que resuelva la mencionada convalidación, "ad referendum" del mencionado Alto Cuerpo; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : 255

Ref. Expte. 11596/2014 ARTICULO 1 o : CONVALIDASE el Convenio Marco de Cooperación para le Imple- ************** tentación, Mantenimiento y Supervisión del Sistema de Comando de Prevención Comunitaria celebrado con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires con fecha 28 de Agosto de 2014, el cual pasa a ser parte integrante del presente. ARTICULO 2 o : El presente Decreto se dicta "ad referéndum" del Honorable Concejo ARTICULO 3 o : Regístrese. Comuníquese y Publíquese. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 256

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Ref. Expte Nro. 11595/2014 SAN ISIDRO, 29 de Agosto de 2014.- DECRETO NUMERO: 2 6 8 2 VISTO lo actuado en el presente expediente, y; Considerando: QUE mediante el Convenio celebrado con el Jokey Club Asociación Civil que antecede, dicha entidad cedió en comodato a esta Municipalidad el espacio que se determina en el Anexo I del mismo, a los fines de la construcción de sendos reservorios destinados al almacenamiento de agua de lluvias; QUE dicho acuerdo se celebró en el marco de la Declaración de Emergencia Hídrica declarada por Decreto 729/2013, dictado en virtud del excepcional régimen de lluvias en corto periodo que se viene observando en los últimos tiempos; QUE, en razón de lo expuesto, y luego del pertinente estudio por parte de la Secretaría de Obras Públicas se consideró como paliativo importante la construcción de reservorios en puntos estratégicos del Partido, a fin de mitigar el impacto que la cantidad de lluvia provoca, siendo el interior del predio de la mencionada Asociación Civil, uno de esos puntos; QUE, llevadas a cabo las gestiones del caso, se logró la cesión del espacio necesario para la construcción de reservorios, lo que dio origen al acuerdo obrante en este expediente; QUE resulta necesario poner de resalto que, debido a la imprevisibilidad de los fenómenos climáticos y a los daños que se han verificado, con origen en ellos, se estima imprescindible iniciar las obras cuanto antes a fin de evitar consecuencias más perjudiciales que las ya recibidas; QUE en esa inteligencia, y debido a que el convenio debe ser ratificado, por razones de competencia, por el Honorable Concejo Deliberante, y que concurren, conforme lo expuesto, circunstancias excepcionales de necesidad y urgencia, se estima procedente el dictado de una norma que resuelva la mencionada convalidación, "ad referendum" del mencionado Alto Cuerpo; 262

Ref. Expte Nro. 11595/2014 POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO, d e c r e t a : ARTICULO 1 o : CONVALIDASE el Convenio celebrado con el Jockey Club Asocia- ************** ción civil, con fecha 28 de Agosto de 2014, mediante el cual se cedió en comodato a esta Municipalidad sendos espacios para la construcción de reservorios para agua de lluvia, conforme el Anexo I del aludido acuerdo, el cual pasa a ser parte integrante del presente. ARTICULO 2 o : *************** Deliberante.- El presente Decreto se dicta "ad referéndum" del Honorable Concejo ARTICULO 3 o : Regístrese. Comuníquese y Publíquese. Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 263

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