Departament de Turisme Av. d Espanya, 49 07800 Eivissa (Illes Balears) tel. 971 19 54 57 dep.turisme@conselldeivissa.es www.conselldeivissa.es PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE IMPRESIÓN DE FOLLETOS DEL DEPARTAMENTO DE TURISMO EN EL EJERCICIO DE LAS FINALIDADES EN MATERIA DE PROMOCIÓN E INFORMACIÓN TURÍSTICA DEL CONSELL INSULAR DE EIVISSA. Índice PRIMERA.- OBJETO SEGUNDA.- SERVICIOS A PRESTAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA TERCERA.- OBLIGACIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO CUARTA.- PROTECCIÓN DE DATOS QUINTA.- PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN SEXTA.- PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO SÉPTIMA.- INCIDENCIAS EN LA APLICACIÓN DEL SERVICIO OCTAVA.- FORMA DE PAGO NOVENA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS DÉCIMA.- MEMORIAS E INFORMES DE GESTIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA UNDÉCIMA.- DIRECCIÓN DE SERVICIOS PRIMERA.- OBJETO El objeto del contrato es la adjudicación del servicio de impresión de las publicaciones turísticas del Consell Insular d Eivissa en varios idiomas, en el ejercicio de las finalidades en materia de promoción e información turística del Consell Insular de Eivissa. SEGUNDA.- SERVICIOS A PRESTAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA En el anexo núm. 1 se detalla el material promocional del cual se requerirá el servicio de impresión, con especificación del tipo de folleto, características técnicas, número de ejemplares e idiomas. Igualmente, se incluyen fotografías de los mismos. La empresa adjudicataria deberá coordinar y controlar completamente todo el proceso de edición de las diferentes publicaciones, con la colaboración y supervisión de la Dirección del Consell Insular d Eivissa, a cargo de la jefa de negociado de información turística del Departamento de Turismo. El Consell Insular d Eivissa se reserva la facultad de determinar las entregas de material en razón a sus necesidades a lo largo de la vigencia del contrato.
Nuevos folletos La edición de los nuevos folletos se realizará siempre bajo la supervisión del Consell Insular d Eivissa, quien marcará en todo momento los criterios y características para la realización de las publicaciones. Papel Se utilizará el papel indicado en las especificaciones del anexo núm. 1. Reediciones En el caso de las reediciones, la empresa adjudicataria deberá realizar las correcciones y cambios necesarias en cada caso. Entrega de pruebas Antes de imprimir, la empresa adjudicataria deberá presentar siempre prueba de color del material solicitado. Entrega del material editado Tendrá lugar en un máximo de diez días laborables desde la petición y entrega del arte final por el Departamento de Turismo para la impresión. La entrega del material editado se realizará debidamente clasificado y retractilado en paquetes de 50 ejemplares, indicando en las cajas el número de ejemplares por caja y por paquete. La entrega del material se hará en las dependencias del Consell Insular d Eivissa en la isla de Eivissa. Una vez realizada la entrega, cuando los ejemplares suministrados, presenten defectos ocultos o no detectables a su recepción, el adjudicatario deberá solventar los defectos que hubiere, retirar el material defectuoso y realizar una nueva entrega considerándose no finalizado el contrato hasta la total recepción satisfactoria del pedido. El plazo para detectar defectos ocultos e informar al adjudicatario será de tres meses desde la entrega total del suministro, y el nuevo plazo del adjudicatario para solventar los defectos ocultos empezara a contabilizarse desde la fecha de la comunicación del defecto por FAX o correo electrónico hasta un plazo máximo de 20 días hábiles. La entrega de los bienes objeto del suministro se entenderá realizada cuando hayan sido efectivamente recibidos todos y cada uno de los bienes solicitados por el Departamento de Turismo del Consell Insular d Eivissa, que deberá dar conformidad expresa mediante la firma del albarán de entrega. Entrega de originales El Consell Insular d Eivissa podrá solicitar en cualquier momento a la empresa adjudicataria el original del material impreso en formato digital. A la finalización del contrato, el adjudicatario entregará al Consell Insular d Eivissa todos los originales, materiales, fotografías utilizadas, etc. en formato digital y de acuerdo a los términos establecidos por el Consell Insular d Eivissa. TERCERA.- OBLIGACIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO El licitador que resulte adjudicatario quedará obligado a efectuar todas la labores que se requieran relacionadas con el objeto del contrato, siguiendo en todo caso las instrucciones que al efecto sean cursadas por la Dirección del Consell Insular d Eivissa. La empresa deberá tomar las medidas necesarias para la óptima prestación de los servicios 2
objeto del contrato, disponiendo de todos los recursos humanos y materiales adecuados. El contratista será responsable de la calidad técnica del trabajo que desarrolle, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. La entidad adjudicataria asumirá las labores de planificación y gestión anual de la edición de las publicaciones de acuerdo con las necesidades del Consell Insular d Eivissa, en base a los términos que se especifican en el anexo núm. 1 y atendiendo a cuantas instrucciones le sean cursadas por el Consell Insular d Eivissa. CUARTA.- PROTECCIÓN DE DATOS El adjudicatario está obligado a guardar reserva respecto a los datos o antecedentes que no sean públicos o notorios y que estén relacionados con el objeto del contrato, de los cuales haya tenido conocimiento con ocasión del contrato. El adjudicatario y su personal deberán respetar, en todo caso, las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y normas que la desarrollen. A los efectos de la citada Ley, el contratista tendrá la consideración de "encargado del tratamiento y se someterá en cada momento a las instrucciones de Consell Insular d Eivissa en materia de medidas de seguridad. QUINTA.- PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN 5.1. Importe máximo del contrato, IVA excluido: 90.573 5.2. Importe del IVA (21%): 19.020,33 5.3. Importe total del contrato, IVA incluido: 109.593,33 Los precios máximos unitarios de cada una de las publicaciones y material promocional se recogen en el anexo núm. 1 de este pliego. Dentro del precio se entiende incluido el transporte de los artículos o efectos objeto del contrato hasta los puntos de entrega determinados por el Consell Insular d Eivissa. El presupuesto de gasto máximo o indicativo que se prevé para el contrato, sin incluir el IVA que deberá soportar la Administración, asciende a la cantidad de 90.573 euros. El gasto efectivo estará condicionado por las necesidades reales de la Administración que, por tanto, no queda obligada a llevar a efecto una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del importe indicado. Asimismo, al tratarse de un servicio cofinanciado parcialmente a través del Plan de Competitividad Turística IBIZA SLOW BREAKS, aprobado mediante la Resolución de 20 de septiembre de 2010, de la Secretaría General de Turismo y Comercio Interior, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Consejo Insular de Ibiza, la Federación Empresarial Hotelera de Ibiza y Formentera, la Asociación Empresarial de Agencias de Viajes de Ibiza y Formentera para el desarrollo del Plan de Competitividad Turística «Ibiza Slow Breaks» (BOE núm. 247 de 20-10-2010), su prestación también queda en parte condicionada a la 3
vigencia del reseñado convenio. SEXTA.- PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato tendrá un plazo máximo de vigencia de 1 año, contado desde la firma del mismo, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado. SÉPTIMA.- INCIDENCIAS EN LA APLICACIÓN DEL SERVICIO El Consell Insular d Eivissa será quien tenga la capacidad de autorizar cualquier alteración de las condiciones en que se desarrollen los trabajos especificados en este pliego y en las ofertas aceptadas. Cualquier circunstancia imprevista, deberá ser comunicada y en su caso, aprobada por el mismo. La inobservancia de las instrucciones y órdenes que le sean cursadas a la entidad adjudicataria desde el Consell Insular d Eivissa, facultará a éste, en caso de manifiesta reincidencia, a declarar la extinción del contrato. OCTAVA.- FORMA DE PAGO Los trabajos se abonarán a la finalización y entrega del pedido en la forma descrita en este pliego, previa presentación de la factura del período respectivo, a la que se adjuntarán los correspondientes albaranes. NOVENA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Los criterios de valoración que se aplicarán para valorar las ofertas presentadas, hasta un máximo de 100 puntos, son las siguientes: CRITERIOS DE VALORACIÓN PUNTUACIÓN 1. Oferta económica 90 2. Mejora en el plazo de entrega 10 TOTAL PUNTUACIÓN 100 1. Oferta económica (90 Puntos) Los licitadores deberán presentar la oferta económica (IVA excluido), que deberá indicar, en todo caso, el precio unitario de cada uno de los artículos o efectos indicados en el anexo I de este pliego. Las ofertas cuyos precios sean superiores a los fijados como precios máximos de licitación serán excluidas. 4
Se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta económica (IVA excluido) más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la ponderación de los demás con arreglo a la siguiente fórmula: Puntos = 90 x Min. Of Siendo: P = Puntuación obtenida. Min = Oferta mínima. Of = Oferta correspondiente al licitador que se valora. 2. Mejora en el plazo de entrega (10 Puntos) Se asignará la máxima puntuación de 10 puntos a la oferta de plazo más reducido sobre el plazo máximo fijado en el pliego de prescripciones técnicas para la entrega del material y al resto de forma proporcional. DÉCIMA.- MEMORIAS E INFORMES DE GESTIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA La entidad adjudicataria elaborará al final de cada ejercicio un informe en el que se incluyan todas las publicaciones editadas, con el detalle económico de los costes de cada una de ellas y de acuerdo con los términos que se establezcan desde el Consell Insular d Eivissa. En cualquier momento puede ser requerida por el Consell Insular d Eivissa información relativa al estado, gestión y grado de ejecución de las ediciones propuestas. UNDÉCIMA.- DIRECCIÓN DE SERVICIOS. La empresa adjudicataria deberá coordinar y controlar todo el servicio prestado con la colaboración y supervisión de la Dirección del Consell Insular d Eivissa. El jefe de sección, Mariano Yepes Tur Eivissa, 24 de febrero de 2014 5