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Transcripción:

601368 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de octubre de 2016 / El Peruano de Noe en el cargo de Jefa de Unidad, Nivel F-2, de la Unidad de Logística de la Oicina de Administración de la Dirección de Red de Salud San Juan de Miralores Villa María del Triunfo del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, asimismo mediante documento de Visto, el Director de Red de Salud de la Dirección de Red de Salud San Juan de Miralores Villa María del Triunfo, propone en mérito a la renuncia presentada por la citada funcionaria, la designación de la licenciada en administración Rossana Marjorie Ortiz Manta en el cargo de Jefa de Unidad, Nivel F-2, de la Unidad de Logística de la Oicina de Administración de la Dirección de Red de Salud a su cargo, el mismo que de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional antes señalado, es considerado como Directivo Superior de libre designación y/o remoción; Que, inalmente, con Resolución Jefatural N 175-2015/IGSS se encargó con eicacia al 3 de junio de 2015, al médico cirujano César Augusto Tejada Bechi, las funciones de Director General, Nivel F-5, del Hospital Santa Rosa del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, resulta pertinente dar por concluido el encargo antes señalado y adoptar las acciones de personal necesarias a in de asegurar el normal funcionamiento de los órganos desconcentrados del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Con el visado de la Secretaria General, del Director General de la Oicina de Asesoría Jurídica y del Director General de la Oicina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley N 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 005-90-PCM; el Decreto Legislativo N 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR LA RENUNCIA formulada por el señor Carlos Alberto Gutiérrez Cahuas, al cargo de Director General de la Oicina de Tecnologías de la Información del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de funciones efectuado al médico cirujano Franz Jacinto Alvarado Sánchez como Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención Especializada de Adultos y Adultos Mayores del Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado Hideyo Noguchi del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- ACEPTAR LA RENUNCIA formulada por la licenciada en administración Estelita Retamozo Cavero de Noe al cargo de Jefa de Unidad, Nivel F-2, de la Unidad de Logística de la Oicina de Administración de la Dirección de Red de Salud San Juan de Miralores Villa María del Triunfo del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 4.- DESIGNAR al señor Alain Donuhue Dongo Quintana en el cargo de Director General de la Oicina de Tecnologías de la Información del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 5.- DESIGNAR en los Órganos Desconcentrados del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, a los siguientes profesionales: Nombres y Apellidos M.C. Aitor Castillo Durante Cargo Órgano Nivel Director Ejecutivo Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención Especializada de Adultos y Adultos Mayores F-4 Órgano Desconcentrado Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado Hideyo Noguchi Nombres y Apellidos Lic. Rossana Marjorie Ortiz Manta Cargo Órgano Nivel Jefa de Unidad Unidad de Logística de la Oicina de Administración F-2 Órgano Desconcentrado Dirección de Red de Salud San Juan de Miralores Villa María del Triunfo Artículo 6.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de funciones efectuado al médico cirujano César Augusto Tejada Bechi como Director de Hospital III del Hospital Santa Rosa del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 7.- ENCARGAR al médico cirujano Marco Antonio Pérez Mendoza en el cargo de Director de Hospital III, Nivel F-5, de la Dirección General del Hospital Santa Rosa del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 8.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oicial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob. pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO FUENTES TAFUR Jefe Institucional 1439814-3 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban el proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la modificación del Reglamento General de Tarifas y su correspondiente exposición de motivos, disponiendo su difusión en el portal de la SUNASS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 021-2016-SUNASS-CD Lima, 10 de octubre de 2016 VISTO: El Informe Nº 013-2016-SUNASS-100 de las gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria y Asesoría Jurídica, el cual contiene la propuesta de modiicación del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N 009-2007-SUNASS-CD, y su correspondiente exposición de motivos; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 3.1 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por Ley Nº 27332 y modiicada por Ley N 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 5 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece el Principio de Transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias, para su aprobación, deben ser previamente publicadas a in de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y el artículo 14

Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) El Peruano / Miércoles 12 de octubre de 2016 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y con la opinión favorable de las gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria, Asesoría Jurídica y la Gerencia General; El Consejo Directivo en su sesión del 30 de setiembre de 2016; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la modiicación del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N 009-2007-SUNASS-CD, y su correspondiente exposición de motivos, disponiendo su difusión en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oicial El Peruano. Artículo 3º.- Otorgar un plazo de quince días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oicial El Peruano, a in de que los interesados presenten sus comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1, en la sede institucional de la SUNASS ubicada en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar o por vía electrónica a gpn@sunass.gob.pe. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de la SUNASS, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Regístrese, publíquese y difúndase. FERNANDO MOMIY HADA Presidente del Consejo Directivo 1439300-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Oficializan Acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Ingeniería Industrial y de Sistemas de la Universidad de Piura, sede Piura RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 147-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 7 de octubre de 2016 VISTO: El Memorándum Nº 248-2016-SINEACE/TP-DEA- ESU, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria de SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, establece como inalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certiicación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y NORMAS LEGALES 601369 competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de caliicación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certiicación de la Calidad Educativa SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, se constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, quien preside, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, mediante Informe AC Nº 064-2016-SINEACE/ TP-DEA-ESU, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, considerando la información de la entidad evaluadora SGS Certiicadora de Educación SAC y el Informe Nº AC-015-2016- SINEACE/TP-DEA-ESU/Observador, emite opinión favorable respecto al otorgamiento de la acreditación a la carrera de Ingeniería Industrial y de Sistemas de la Universidad de Piura, sede Piura, con una vigencia de tres (03) años; Que, en atención a los informes antes indicados y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 21 de setiembre 2016, arribó al Acuerdo Nº 182-2016-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Ingeniería Industrial y de Sistemas de la Universidad de Piura, sede Piura, con una vigencia de tres (03) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certiicación de la Calidad Educativa SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modiicatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oicializar el Acuerdo Nº 182-2016- CDAH, de sesión de fecha 21 de setiembre 2016 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Ingeniería Industrial y de Sistemas de la Universidad de Piura, sede Piura, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oicial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1439201-1 Oficializan Acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Educación Secundaria-Filosofía y Ciencias Histórico Sociales de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 148-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 7 de octubre de 2016