AYUDAS AL EMPLEO AUTÓNOMO La ayuda al empleo autónomo es una subvención del Ayuntamiento de Gandia para favorecer la creación de empresas y promover el trabajo autónomo o por cuenta propia. De manera concreta, esta ayuda está dirigida a subvencionar la cantidad equivalente a un porcentaje de la cuota mínima de autónomos, de aquellas personas emprendedoras de Gandia que se constituyan como trabajadores/as por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Las personas desempleadas, que así lo soliciten, podrán disponer de la orientación y formación necesarias para el inicio de una actividad empresarial, a través del servicio de atención al emprendedor ofrecido por el Ayuntamiento de Gandia en el vivero de empresas de la Cámara de Comercio de Valencia; desde el que además, podrán formalizar el alta de autónomo, sin ningún coste, de forma telemática. La cuantía de la subvención será la cantidad equivalente a la aplicación de una reducción del 70% de la cuota mínima en el RETA. A efectos de cálculo, dicho porcentaje se aplica sobre la cuota que efectivamente esté abonando el trabajador autónomo. En el caso que este importe sea superior a la cuota mínima establecida por la Seguridad Social en el RETA para el año en curso (en el 2012 equivale a 253,35 al mes), el cálculo se realizará sobre ésta. La subvención se aplicará durante un período máximo de 6 meses desde el alta del trabajador autónomo en el RETA. Sólo se podrá ser beneficiario de esta subvención una vez durante la vigencia de la presente convocatoria, con independencia del tiempo de permanencia de alta en el citado régimen, que en ningún caso será inferior a los 6 meses, perdiendo en caso contrario todo derecho a la subvención. REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA AYUDA Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se regulan en la presente convocatoria las personas desempleadas que: - Se constituyan como trabajadores autónomos dándose de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en fecha posterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria y que establezcan como domicilio de la actividad la ciudad de Gandia. 1
- Estén empadronadas en la ciudad de Gandia como mínimo desde el 31/12/2007 y de forma ininterrumpida. - Consten como desempleados/as inscritos/as de forma ininterrumpida en el SERVEF de Gandia, desde antes del 31 de diciembre de 2011. Los autónomos colaboradores también se podrán acoger a la subvención siempre que reúnan los requisitos anteriores. Así mismo, aquellas personas que dándose de alta en el RETA pertenezcan a una CB, Sociedad Civil o persona jurídica. A efectos de computar la fecha de inicio de la actividad, se tendrá en cuenta la que conste como fecha de alta en el documento TA-0521 que la Tesorería General de la Seguridad Social dispone para este trámite, o bien, la fecha de alta que conste en el Documento Único Electrónico, si el alta como autónomo se ha hecho desde un PAIT, vía telemática. A efectos de determinar el domicilio de la actividad, se tomará como referencia el que se haya establecido en el Censo de Obligados Tributarios o en el DUE. Están incluidos todos los sectores de actividad, siempre y cuando se cumpla con los requisitos anteriormente descritos. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO Los beneficiarios estarán obligados a mantener el alta de autónomo como mínimo durante los 6 meses que contempla la subvención. A cumplir con las obligaciones que, con carácter general, se recogen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de La Ley General de Subvenciones. A facilitar cuantos datos e información le sean requeridos por el Ayuntamiento de Gandia en cuestiones relacionadas con la concesión de esta subvención. SOLICITUD Y TRÁMITE Las solicitudes deberán presentarse preferentemente en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Gandia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el modelo adjunto. Enlace modelo solicitud de la ayuda al empleo autónomo. Las solicitudes relativas deberán acompañarse de original y copia de la siguiente documentación: a) Documento nacional de identidad del trabajador autónomo o del permiso de trabajo y residencia si el trabajador fuera extranjero no comunitario. 2
b) Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Documento Único Electrónico CIRCE con el código seguro de verificación si se ha hecho a través de tramitación telemática en un PAIT (Punto de Asesoramiento e Inicio de Tramitación) c) Hoja de mantenimiento de terceros para los pagos por transferencia (Ver Anexo de la convocatoria). d) Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social e) Vida laboral, en fecha posterior a la entrada en vigor de las presentes bases. f) Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE). Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos, o falte algún documento que resulte exigible, se requerirá a la/s persona/s interesada/s para que en el plazo de 10 días subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, trascurrido este plazo sin que lo hubiere hecho, se le tendrá por desistido de su solicitud. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias relativas a las obligaciones con el Ayuntamiento de Gandia, así como la comprobación de su empadronamiento. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces los certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Gandia y el certificado de empadronamiento. El plazo de solicitud de ayudas se iniciará el día de la publicación de esta orden de ayudas y se extenderá hasta el 1 de diciembre de 2012. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de 20 días hábiles desde la fecha de alta de autónomo. Qué hacer? Cuándo? Alta de autónomo A partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria de ayudas. Fecha límite hasta el 1 de diciembre de 2012. Solicitud de la ayuda Durante los primeros 20 días a contar desde el día de alta de autónomo. Resolución En un plazo máximo de 3 meses una vez solicitada la ayuda. Primer pago de la ayuda En el momento de la resolución, la cantidad correspondiente a 4 meses de bonificación. Justificación En el plazo máximo de un mes, una vez superado el período de subvención de 6 meses. Pago final Pago del resto de la ayuda, tras la comprobación de la justificación final. 3
PREGUNTAS FRECUENTES (FAQ) Qué tipo de ayuda es la ayuda al empleo autónomo? La ayuda al empleo autónomo es una subvención equivalente a un porcentaje de la cuota mínima de autónomos, de aquellas personas desempleadas de Gandia que se constituyan como trabajadores/as por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Quién puede solicitar la ayuda al empleo autónomo? Toda persona desempleada que: - Se dé de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en fecha posterior a la publicación de la convocatoria de ayuda al empleo autónomo. - Esté empadronada en la ciudad de Gandia como mínimo desde el 31/12/2007 y de forma ininterrumpida. - Conste como desempleado/a inscrito/a de forma ininterrumpida en el SERVEF de Gandia, desde antes del 31 de diciembre de 2011. - Establezca como domicilio de la actividad la ciudad de Gandia. Puedo solicitar esta ayuda si soy autónomo colaborador? Sí, siempre y cuando cumpla los requisitos arriba mencionados. Y si me doy de alta en el RETA porque pertenezco a una CB, Sociedad Civil o persona jurídica? Sí, siempre condicionado al cumplimiento de los requisitos. A qué tipo de actividad debe dedicarse la empresa? Están incluidos todos los sectores de actividad, siempre y cuando se cumplan los requisitos anteriores. Existe algún centro dónde pueda darme de alta de autónomo con facilidad? Sí, en el Vivero de Empresas de la Cámara de Comercio, ubicado en la Avda. de Valencia 53, solicitando una cita previa en el teléfono 96 296 19 19. El alta de autónomo se tramita de forma telemática y sin ningún coste. Existen exclusiones para recibir las ayudas? Si, son las siguientes: 1. Haber estado inscrito en el RETA en algún momento en los tres meses anteriores a la entrada en vigor de esta medida. 4
2. No estar al corriente con los pagos con la seguridad social y de la Agencia estatal tributaria, así como en las obligaciones de pago con el Ayuntamiento de Gandia. Qué obligaciones tendré como beneficiario/a de estas ayudas al empleo autónomo? Además de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, son obligaciones del trabajador/as autónomo/a: 1. Mantener el alta de autónomo mínimo 6 meses. 2. Facilitar cuantos datos e información le sean requeridos por el Ayuntamiento de Gandia en cuestiones relacionadas con la concesión de la subvención. Si una persona se da de baja de autónomo después de 6 meses y vuelve a darse de alta más adelante, podría volver a solicitar la ayuda? No. Sólo se podrá se beneficiario de esta subvención una vez durante la vigencia de la presente convocatoria. Cuál es el importe de la ayuda de al empleo autónomo? El 70% de la cuota que efectivamente esté abonando el trabajador autónomo. En el caso que este importe sea superior a la cuota mínima establecida por la Seguridad Social en el RETA para el año en curso (en el 2012 equivale a 253,35 al mes), el cálculo se realizará sobre ésta última. Es compatible esta ayuda con otras similares concedidas por otras administraciones competentes? Sí. En este caso, el Ayuntamiento subvencionará el 70% de la cuota que efectivamente se esté pagando a la Seguridad Social. Dónde puedo recoger el impreso de solicitud? El impreso de solicitud podrá recogerse en los servicios de información del Ayuntamiento de Gandia o descargarse a través de la página www.gandia.org. Qué debo hacer si quiero solicitar la ayuda al empleo autónomo? Presentar una copia de la solicitud impresa, debidamente cumplimentada, junto con la documentación pertinente. 5
Qué documentación debo aportar si quiero solicitar la ayuda? Debe presentarse una copia de la Solicitud impresa, debidamente cumplimentada, junto con la documentación siguiente: a) Documento nacional de identidad del trabajador autónomo o del permiso de trabajo y residencia si el trabajador fuera extranjero no comunitario. b) Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Documento Único Electrónico CIRCE con el código seguro de verificación si se ha hecho a través de tramitación telemática en un PAIT (Punto de Asesoramiento e Inicio de Tramitación). c) Hoja de mantenimiento de terceros para los pagos por transferencia (Ver Anexo de la convocatoria). d) Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social e) Vida laboral, en fecha posterior a la entrada en vigor de las presentes bases. Dónde se puede solicitar esta ayuda? Las solicitudes deberán presentarse preferentemente en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Gandia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Qué plazo existe para solicitarla? Hasta el 1 de diciembre de 2012. Cuándo sabré que me han concedido la ayuda? Una vez presentada la solicitud, el plazo máximo para resolver es de tres meses, transcurrido este periodo de tiempo sin que haya recaído resolución, se entenderá desestimada la solicitud de concesión de ayuda. Cómo cobraré la subvención? Se estipula dos plazos para el cobro de la subvención: el primero, en el momento de resolución de la concesión, por el importe bonificado referido a los 4 primeros meses del alta de autónomo; el segundo, tras la justificación de haber satisfecho los pagos correspondientes a las 6 mensualidades que son objeto de subvención. 6
Qué ocurre si el beneficiario se da de baja de autónomo antes de transcurridos los 6 meses? En dicho caso, estará obligado al reintegro de la totalidad de la ayuda recibida hasta ese momento y perderá el derecho a la subvención. Qué ocurre si la persona beneficiaria sigue de alta de autónomo pero no ha abonado alguna de las cuotas correspondientes a esos meses objeto de subvención? En dicho caso, se deberá proceder también al reintegro de la totalidad de la ayuda percibida. Cuadro resumen del circuito de la ayuda al empleo autónomo. Qué hacer? Cuándo? Alta de autónomo A partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria de ayudas. Fecha límite hasta el 1 de diciembre de 2012. Solicitud de la ayuda Durante los primeros 20 días a contar desde el día de alta de autónomo. Resolución En un plazo máximo de 3 meses una vez solicitada la ayuda. Primer pago de la ayuda En el momento de la resolución, la cantidad correspondiente a 4 meses de bonificación. Justificación En el plazo máximo de un mes, una vez superado el período de subvención de 6 meses. Pago final Pago del resto de la ayuda, tras la comprobación de la justificación final. ACCIONES COMPLEMENTARIAS En el marco del Plan de Empleo, la Agencia de Colocación del Ayuntamiento de Gandia, a través del vivero de empresas de la Cámara de Comercio, realizará las acciones de soporte a las personas desempleadas que quieran constituirse como trabajadores/as autónomos: - Servicio telemático gratuito para la tramitación del alta de Autónomo, a través del Punto PAIT ubicado en el Vivero de Empresas- Cámara de Comercio. - Talleres de información específica sobre la ayuda Empleo Autónomo. Sesiones de información en grupo, de muy corta duración y con carácter semanal, donde se 7
facilitará, a todas las personas que así lo deseen, toda la información, particularidades y detalles para la tramitación de la ayuda al Empleo Autónomo. Charlas informativas sobre la ayuda Empleo Autónomo Lugar de realización: Vivero de Empresas- Cámara de Comercio. Avda. Valencia, 51.- 46701 Gandia.- Tfn: 96 296 19 19 Lunes Miércoles Viernes 17.00 h 13.00 h 13.00 h No necesita inscripción previa. - Cursos de formación para el autoempleo. - Asesoría individualizada para la elaboración del plan de empresa, dirigida a aquellas personas portadoras desempleadas que quieran emprender un negocio. PUNTOS DE INFORMACIÓN Punto de Información Específico para las ayudas del Empleo Autónomo. Información y asesoramiento en la solicitud, tramitación y justificación de las ayudas. Punto de Información específica del Empleo Autónomo Agencia de Colocación- Ayto. Gandia Plaça de la Llum, 6.- Pol. Alcodar 46702.- Gandia Tfn: 96 287 47 11 Cámara de Comercio de Valencia- Vivero de Empresas. Avd. Valencia, 51.- 46701 Gandia Tfn: 96 296 19 19 8