MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

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Transcripción:

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación BOLETIN OFICIAL Nº 9 5 7 2da. Quincena de junio de 2 0 1 6 Publicado, el día 19 de agosto de 2016. 1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIIN OFIICIIAL Nº 9 5 7 2da. Quincena de junio de 2016 AUTORIDADES MUNICIPALES INTENDENTE MUNICIPAL: Dr. Ángel Gustavo POSSE Secretario General Lic. Federico BEREZIUK Secretario Legal y Técnico Dr. Ricardo J. M. RIVAS Subsecretario General de Gobierno Dr. Martín Vázquez POL Secretario de Hacienda Cdor. Juan José MILETTA Subsecretario General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ Secretario a Cargo de la Unidad de Gestión Municipal de Boulogne, Villa Adelina, La Horqueta y Santa Rita Ing. Bernardo LANDIVAR Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia Dr. Gustavo César HIRSCH Secretario de Salud Pública Dr. Eduardo C. A. PRADO Secretario de Obras Públicas Ing. Federico José GARCIA Secretario de Producción, Turismo y Medio Ambiente Dr. Carlos PRASSEL Secretario Privado Sr. Juan Carlos CANAL Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER CONTENIDO DE ESTE NÚMERO ORDENANZAS: 8884 a 8885 páginas 4 a 5 DECRETOS: 1581 a 1713 páginas 6 a 214 RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT 473 a 498 páginas 215 a 218 (Inspección General): RESOLUCIONES SLyT (Tránsito): 242 a 304 páginas 219 a 230 RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT 50 a 52 página 231 (Obras Particulares): RESOLUCIONES SLyT (Rentas): 12 a 15 página 232 RESOLUCIONES S.I.C.: RESOLUCIONES RR.HH.: 581 a 654 páginas 233 a 240 RESOLUCIONES S.S.P. (Salud Pública): 505 a 579 páginas 241 a 248 2

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION INDICE TEMÁTICO DECRETO 1581/16: PUBLICADO EN EDICION EXTRA N 996 (del 21 de junio de 2016) DECRETO 1632/16: PUBLICADO EN EDICION EXTRA N 998 (del 28 de junio de 2016) DECRETO 1703/16: PUBLICADO EN EDICION EXTRA N 1000 (del 30 de junio de 2016) ------------------ ------------------ ------------------ RESOLUCION SLyT (Rentas) 15/16: PUBLICADA EN EDICION EXTRA N 999 (del 30 de junio de 2016) ------------------ 3

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro Ref.: Expte. 2510-D-2016.- Alcance I SAN ISIDRO, 16 de junio de 2016.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADA POR DTO Nº 1696 Del 28 de junio de 2016. Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su SÉPTIMA REUNION SEXTA SESION ORDINARIA de fecha 15 de junio de 2016, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8884 cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8884 CONVALIDACIONES Tasa por Servicios de Gestión de Residuos Áridos ARTICULO 1º.-Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante el Decreto N 642 de fecha 8 de marzo de 2016, por el cual se suspende la aplicación de la Tasa por Servicios de Gestión de Residuos Áridos, prevista en los Artículos N 185 y siguientes de la Ordenanza Fiscal vigente N 8855.- ARTICULO2º.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- p.b. Sirva la presente de atenta nota de envío.- GABRIEL F. ESTORONI Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. CASTELLANO Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 4

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro Ref.: Expte. Nº 2510-D-216.- Alcance 2 SAN ISIDRO, 16 de junio de 2016.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADA POR DTO Nº 1697 Del 28 de junio de 2016. Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su SÉPTIMA REUNION SEXTA SESION ORDINARIA de fecha 15 de junio de 2016, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8885 cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8885 CONVALIDACIONES Tasa por Servicios de Gestión de Residuos Áridos ARTICULO 1º.-Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto N 1282, de fecha 16 de mayo del corriente año.- ARTICULO2º.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- p.b. Sirva la presente de atenta nota de envío.- GABRIEL F. ESTORONI Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. CASTELLANO Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 5

Ref. Expte. N 15082-D-2015.- DECRETO NUMERO: 1 5 8 1 PUBLICADO EN EDICIÓN EXTRA N 996 (del 21 de Junio de 2016) 6

Ref. Expte. 2954/2016 SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- DECRETO NÚMERO: 1 5 8 2 VISTO lo actuado en el presente expediente, y; Considerando: QUE se inician las presentes actuaciones merced a la presentación de catorce padres de infantes concurrentes al Jardín Maternal Nuestra Señora de los Niños de San Isidro, el cual dejó de funcionar a principio del presente año lectivo, pasando a ser operado por una entidad privada denominándose Blue Bear ; QUE el cese denunciado es público y notorio, ya que, la ONG Damas Rosadas venía anunciando la posibilidad del mismo, porque le resultaba imposible su continuidad tanto desde el punto de vista económico, como del operativo; QUE, además, en su presentación, los recurrentes manifiestan su imposibilidad de afrontar el pago de la cuota establecida por la nueva administración, circunstancia por la cual solicita la ayuda del Municipio a los efectos de permitir la continuación de la asistencia de sus hijos al Jardín, ya que, por razones de índole laboral les resulta imprescindible la prestación de ese servicio; QUE la situación de necesidad referida en el Considerando anterior, se encuentra acreditada mediante los informes socio-ambientales obrantes a fs. 41/70, los cuales ponen de manifiesto tanto la afectación a la vida laboral de los padres, como su imposibilidad de afrontar la cuota estipulada por la nueva Administración; QUE, en esta inteligencia, y teniendo en cuenta la altura del ciclo lectivo y la situación planteada, sin generar con esto un antecedente, se considera que es deber de esta Administración tratar de dar una solución equitativa al problema en examen, estimándose justo, tanto desde el punto de vista social, como del financiero respecto de las arcas municipales, otorgar media beca a los menores hijos de los requirentes, por el presente año; QUE a tales efectos debe dictarse el pertinente acto administrativo que así lo resuelva; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : 7

Ref. Expte. 2954/2016 // ARTICULO 1 : OTORGARSE media beca a los infantes que se detallan en el Ane- ************* xo I y forma parte del presente, para el presente Ciclo Lectivo en el Jardín Maternal Blue Bear sito en la calle Garibaldi 860 de San Isidro. ARTICULO 2 : La erogación que genere lo dispuesto en el Artículo anterior, se a- ************* tenderá con la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia. ARTICULO 3 : Regístrese. Comuníquese y Publíquese. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 8

9

Ref.: Expte. Nº 1494-S-2016.- SAN ISIDRO, 21 de junio 2016 DECRETO NÚMERO: 1 5 8 3 VISTO el Decreto Número 458, de fecha 11 de febrero de 2016, por medio del cual se prorrogaron las tareas que viene desarrollando la Mesa de Integración Social, en el marco del Subprograma de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios, por el período 1 de enero al 31 de diciembre del corriente año; y Considerando: QUE de acuerdo a lo solicitado a fojas 10 por la Secretaría de Integración Comunitaria, deberá darse de baja a la agente María del Carmen Messina (Legajo Nº 14.090) e incorporar al agente Carlos Alberto Ortega (Legajo Nº 63.818), a partir del 1 de junio y hasta el 31 de diciembre de 2016; QUE, las tareas mencionadas encuadran en el Artículo 12º Tareas Especiales, de la Ordenanza Nº 8863 y se atenderá con fondos provenientes de la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente; QUE en virtud de lo expuesto corresponde proyectar el pertinente acto administrativo; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Dase de baja del listado obrante en el Decreto Nº 458/2016, a la agente ************* María del Carmen Messina (Legajo Nº 14.090).- ARTICULO 2º.- Incorpórase al agente Carlos Alberto Ortega (Legajo Nº 63.818) a la ************* nómina de agentes que prestan tareas de comunicación en la Mesa de Integración Social, dependiente de la Secretaría de Integración Comunitaria, en el marco del Subprograma de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios, del Plan Federal de Viviendas, con una asignación mensual de Pesos Un Mil Setecientos ($ 1.700.-), a partir del 1 de junio y hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive.- 10

Ref.: Expte. Nº 1494-S-2016.- // ARTICULO 3º.- Déjase establecido que las tareas mencionadas encuadran en el Artículo ************* 12º Tareas Especiales de la Ordenanza nº 8863 y se atenderá con fondos provenientes de la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION EC Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 11

Ref.: Expte. N 14880-P-2015.- SAN ISIDRO, 21 de junio de 2016 DECRETO NÚMERO: 1 5 8 4 VISTO la Ordenanza N 7281 que declara de Utilidad Pública la ejecución de las obras de pavimentación en la totalidad de las calles del Partido; y Considerando: QUE el inmueble ubicado en Manuel Lainez n 2225 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente N 621.251, se halla afectado a la ejecución de dicha obra; QUE el solicitante de 61 años de edad, reside con su esposa en la propiedad, ambos trabajan; QUE no puede afrontar el pago de la obra debido al cúmulo de deudas y que sus hijos ya no viven con ellos, por lo cual no reciben ayuda; QUE no puede afrontar el pago de la obra; QUE las declaraciones volcadas en autos permitirán contemplar una autorización tendiente a eximir el evento resultante de la obra de pavimentación; QUE la Ordenanza referida prevé en su artículo 5º, inc. 2) la facultad para eximir o reducir el monto de la deuda; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Exímese del pago en concepto de obra de pavimentación que afecta el ************** bien ubicado en Manuel Lainez n 2225 de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente N 621.251 (Nomenclatura Catastral: Circ. VI, Sec. B, Manz. 0015, Parc. 0006), jurisdicción de este Partido.- ARTICULO 2do.- Tome conocimiento la Subdirección de Tasas Inmobiliarias y de Obras ************** de Infraestructura.- 12

Ref.: Expte. N 14880-P-2015.- // ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 13

Ref.: Expte. N 7359-S-2015.-- SAN ISIDRO, 21 de junio de 2016 DECRETO NÚMERO: 1 5 8 5 VISTO la presentación efectuada en autos por Fernando Daniel Scarfaro de Casas, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, en los términos del artículo 58, inc. 6 B) de la Ordenanza Fiscal vigente, (ex combatiente de Malvinas); y Considerando: QUE el peticionante completó su Declaración Jurada en tal sentido a fojas 33, considerándose el beneficio desde su primera presentación con fecha 5 de junio de 2015; QUE no aportó certificado de su efectiva participación en el teatro de operaciones de Malvinas, y no podrá obtenerlo según expresa, ya que se ofreció voluntariamente a esta tarea en forma particular, siendo en ese entonces comisario de a bordo para desarrollar la misma actividad en aviones que participaron del conflicto; fojas 13 a 24 de estas actuaciones; QUE aportó documentación que fue agregada de QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal Municipal, la misma se expide mediante Dictamen n 8516, expresando que podrá considerarse en base a la documental agregada lo previsto en el inciso b) del punto 6 del Artículo 58, en cuanto a que la exención opere sobre la porción (de superficies) que fija la norma y tribute por el excedente ; QUE por lo expuesto, la Dirección General de Rentas estima pertinente el otorgar el beneficio solicitado en autos, en un 40% para el año 2015, a partir de la cuota 4/A e igual porcentual para año 2016; QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sustentado por la precitada Dependencia, por lo que procede dictar el pertinente acto administrativo; 14

Ref.: Expte. N 7359-S-2015.-- // POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales, en un 40% para el año 2015, a partir de la cuota 4/A e igual porcentual para año 2016, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Fernando Daniel Scarfaro de Casas, con domicilio en Intendente Tomkinson n 2479 de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente N 721.462, por aplicación del artículo 58, inc. 6 B) de la Ordenanza Fiscal vigente, (ex combatiente de Malvinas).- ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 15

Ref.: Expte. N 2731-C-2014.- SAN ISIDRO, 21 de junio de 2016 DECRETO NÚMERO: 1 5 8 6 VISTO el pedido obrante en autos, respecto de la quita sobre la deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicio Generales, que recae sobre el inmueble individualizado mediante la Cuenta Corriente N 391.635; y Considerando: QUE el solicitante expresa habitar la propiedad con su madre de 92 años de edad y un hijo; QUE no posee un salario fijo, realizando trabajos temporarios de pintura; QUE los ingresos del hogar resultan suficientes solo para satisfacer las necesidades básicas; QUE intenta regularizar definitivamente las acreencias, suscribiendo un plan de pago en veinticuatro (24) cuotas a resultas del presente; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago del 50% de los recargos por mora y el 100% ************* de la multa, generados en la deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el período 2011-2A hasta 2014-1B inclusive, que recaen sobre el inmueble individualizado mediante la Cuenta Corriente N 391.635.- ARTICULO 2º.- Déjase establecido que, de no cumplir con el convenio de facilidades el ************* término, consolidado en veinticuatro (24) cuotas a resultas del presente, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con sus todos su accesorios a la fecha de pago.- 16

Ref.: Expte. N 2731-C-2014.- // ARTICULO 3.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 17

Ref.: Expte. N 7953-E-2005.- SAN ISIDRO, 21 de junio de 2016 DECRETO NÚMERO: 1 5 8 7 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE, la Asesoría Legal Municipal adjunta a fojas 67/70 copia de la sentencia recaída en los autos: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDO C/CAZES Emilio Esteban y otro s/apremio, en trámite ante la Sala Tres de la Excma. Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Isidro; QUE informa a fojas 71 que, habiendo tomado conocimiento de la sentencia definitiva, debe revocarse el dictamen de fojas 58 y 66, procediendo a la prescripción interpuesta por el período 1989-01 a 1994-5 B de la Cuenta Corriente n 330.151; QUE por lo expuesto, corresponde dar de baja las cuotas mencionadas; QUE el Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Dase de baja los períodos 1989-01 a 1994-5B inclusive, de la Cuenta ************* Corriente n 330.151 de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle General Urquiza n 748 de la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido.- ARTICULO 2º.- Dese intervención a Subdirección de Tasas Inmobiliarias, a los efectos de ************* adecuar los registros de deuda pertinentes.- 18

Ref.: Expte. N 7953-E-2005.- // ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 19

Ref.: Expte. N 17713-M-2015.- SAN ISIDRO, 21 de junio de 2016 DECRETO NÚMERO: 1 5 8 8 VISTO la Ordenanza N 7281 que declara de Utilidad Pública la ejecución de las obras de pavimentación en la totalidad de las calles del Partido; y Considerando: QUE el inmueble ubicado en la calle El Indio n 543 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente N 521.419, se halla afectado a la ejecución de dicha obra; QUE el solicitante expresa que tiene 63 años de edad y trabaja como repartidor de pan; QUE habita junto a su esposa y su hija que realiza una pasantía por publicidad; QUE no puede afrontar el pago de la obra, debido a que se suscribió a un plan de pago para regularizar deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; QUE las declaraciones volcadas en autos permitirán contemplar una autorización tendiente a eximir el evento resultante de la obra de pavimentación; QUE la Ordenanza referida prevé en su artículo 5º, inc. 2) la facultad para eximir o reducir el monto de la deuda; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Exímese del pago en concepto de obra de pavimentación que afecta el ************** bien ubicado en la calle El Indio n 543 de la localidad de Villa Adelina (Nomenclatura Catastral: Circ. V, Sec. B, Manz. 0104, Parc. 0013B), jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente N 521.419.- ARTICULO 2do.- Tome conocimiento la Subdirección de Tasas Inmobiliarias y de Obras ************** de Infraestructura.- 20

Ref.: Expte. N 17713-M-2015.- // ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 21

Ref.: Expte. N 17620-C-2015.- SAN ISIDRO, 21 de junio de 2016 DECRETO NÚMERO: 1 5 8 9 VISTO la Ordenanza N 7281 que declara de Utilidad Pública la ejecución de las obras de pavimentación en la totalidad de las calles del Partido; y Considerando: QUE el inmueble sito en Valentín Virasoro n 2135 de la Ciudad de Beccar, individualizado mediante Cuenta Corriente N 760.210, se halla afectado a la ejecución de dicha obra; QUE la solicitante expresa que los ingresos de su hogar, provienen del sueldo mínimo que percibe, cuya copia de recibo agrega a fojas 11; QUE habita sola y no recibe ayuda económica de sus hijos no convivientes; QUE no puede afrontar el pago de la obra, solicitando un plan de pago para regularizar deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales en sesenta (60) cuotas; QUE las declaraciones volcadas en autos permitirán contemplar una autorización tendiente a eximir el evento resultante de la obra de pavimentación; QUE la Ordenanza referida prevé en su artículo 5º, inc. 2) la facultad para eximir o reducir el monto de la deuda; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Exímese del pago en concepto de obra de pavimentación que afecta el ************** bien ubicado en Valentín Virasoro n 2135 de la Ciudad de Beccar (Nomenclatura Catastral: Circ. VII, Sec. F, Manz. 31, Parc. 19, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente N 760.210.- ARTICULO 2do.- Otórgase un plan de facilidades de pago en hasta sesenta (60) cuotas, ************** para regularizar la deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales.- 22

Ref.: Expte. N 17620-C-2015.- // ARTICULO 3ro.- Tome conocimiento la Subdirección de Tasas Inmobiliarias y de Obras ************** de Infraestructura.- ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 23

Ref.: Expte. Nº 6921-R-2016.- SAN ISIDRO, 21 de junio de 2016 DECRETO NÚMERO: 1 5 9 0 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE, la Doctora Susana VAZQUEZ, con funciones de Directora en el Hospital Materno Infantil, usufructuó licencia anual; QUE se hizo necesario cubrir sus funciones; QUE atento a las actuales restricciones presupuestarias, la asignación de funciones no generará el pago de diferencia remunerativa; QUE en virtud de ello, se deberá asignar funciones a cargo de dicho Hospital al Doctor Silvio TANENHOLZ (Legajo Nº 11002) por el período comprendido entre el 28 de abril y el 27 de mayo de 2016; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Asígnase funciones a cargo de la Dirección del Hospital Materno Infantil ************* al Doctor Silvio TANENHOLZ (Legajo Nº 11002) manteniendo su actual situación de revista, por el período comprendido entre el 28 de abril y el 28 de mayo de 2016, en reemplazo de la Dra. Susana VAZQUEZ, en uso de licencia anual.- ARTICULO 2º.- La asignación de funciones otorgadas en el artículo 1 no generará ************* diferencia remunerativa.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 24

Ref.: Expte. Nro. 6896-C-2016.- SAN ISIDRO, 21 de junio de 2016 DECRETO NÚMERO: 1 5 9 1 VISTO el informe de la Contaduría General obrante en autos; y Considerando: QUE, de la recaudación al 5 de mayo de 2016 surge, que existen diversas cuentas con afectación que deben ser transferidos; QUE de los saldos de ejercicios anteriores surgen cuentas con afectación que deben ser transferidas; QUE el artículo 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades autoriza al Departamento Ejecutivo a practicar directamente las ampliaciones y/o creaciones que correspondan según el monto de los recursos efectivamente realizados; QUE por lo tanto, se deberían efectuar las correspondientes modificaciones dentro del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1.- Modificase dentro del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos ************* vigente, las siguientes Partidas: a) CALCULO DE RECURSOS Ampliación de Partidas Jurisdicción 1.1.1.01.01.000 Código Denominación Total 1.7.2.04.13 Fondo de Fortalecimiento de Seguridad $ 20.909.394,00.- 1.7.2.04.14 Fondo de Infraestructura Municipal $ 29.568.840,00.- 1.7.2.04.15 Agua y Saneamiento $ 518.357,00.- TOTAL GENERAL: $ 50.996.591,00.- 25

Ref.: Expte. Nro. 6896-C-2016.- // b) PRESUPUESTO DE GASTOS Ampliación de Partidas Jurisdicción 1.1.1.01.03.000 Cat. 19.01 Fte. 1.3.3 5.1.4.33 Fondo de Fortalecimiento de Seguridad $ 20.909.394,00.- Jurisdicción 1.1.1.01.07.000 Cat. 01.01 Fte. 1.3.3 5.1.4.34 Fondo de Infraestructura Municipal $ 29.568.840,00.- Jurisdicción 1.1.1.01.07.000 Cat. 01.01 Fte. 1.3.3 5.1.4.35 Agua y Saneamiento $ 518.357,00.- TOTAL GENERAL: $ 50.996.591,00.- ARTICULO 2.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 26

Ref.: Expte.Nro. 6319-D-2016.- SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- DECRETO NÚMERO: 1 5 9 2 instrumental; y VISTO lo actuado en el presente cuerpo Considerando: QUE, a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. 600/199/2016; QUE, como consecuencia de aquél se efectuó el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 184/2016, autorizado mediante Decreto Nro. 1390/2016; QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1ro.- Adjudícase a BRITOS RODOLFO, con domicilio en Los Patos Nro. ************** 2198, Ciudad de Beccar, la CONTRATACION DE HS. DE CAMION EQUIPADO CON CAJA VOLCADORA DE CAPACIDAD NO MENOR 8 M3 por un monto total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 789.750).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24. 01, Objeto del Gasto 3.2.2, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 27

Ref.: Expte.Nro. 6319-D-2016.- // ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 28

Ref.: Expte. Nro. 6355-D- 2016.- SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- DECRETO NÚMERO: 1 5 9 3 VISTO el pedido de suministro Nro. 600/207/2016; y Considerando: QUE como consecuencia de aquel la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Privada Nro. 183/2016, autorizado mediante Decreto Nro. 1391/2016; QUE, la Secretaría de Obras Públicas efectuó la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas realizados a fs. 123, aconsejando la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; QUE a los fines de la fiscalización de la obra y de la realización de todas las tareas inherentes a las misma, se procede en el presente caso a la designación de un inspector técnico, dado que para el volumen de las obras programadas, el personal municipal ordinariamente previsto resulta insuficiente para cumplir eficientemente aquellas tareas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Adjudícase a la empresa RURAL CEMENTO S.A., con domicilio en ************** Jacinto Díaz Nro. 358, de la Ciudad de San Isidro, la ejecución de la obra PROVISION DE MANO DE OBRA PARA TRABAJOS COMPLEMENTARIOS DE EMERGENCIA Y/O DE PREVENCION DE INUNDACIONES EN LA ZONA DENOMINADA COVICOM, EN EL PARTIDO DE SAN ISIDRO, por un monto de PESOS OCHOCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS ($ 803.900,00).- 29

Ref.: Expte. Nro. 6355-D- 2016.- // ARTICULO 2do.- Desígnase Inspector Técnico de la obra mencionada, al Ingeniero Civil ************** Don Marcelo Luis NAYEM DNI. 10.620.346 Matrícula Nro. 37048, con domicilio en Monseñor Larumbe Nro. 12 Piso 4 Dpto. A, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.- ARTICULO 3ro.- El profesional designado en el artículo anterior, percibirá en ************** concepto de única remuneración y en el caso de que la obra se ejecute, el dos por ciento (2%) del monto que resulte de la obra realizada y debidamente autorizada, importe que la empresa contratista deberá deducir del monto a cobrar de sus certificados de obra, variaciones de costo y/o adicionales o ampliaciones.- ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24. 02, Objeto del Gasto 3.3.6, del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL A.P. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 30

Ref.: Expte.Nro. 6356-D-2016.- SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- DECRETO NÚMERO: 1 5 9 4 instrumental; y VISTO lo actuado en el presente cuerpo Considerando: QUE, a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. 600/212/2016; QUE, como consecuencia de aquél se efectuó el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 182/2016, autorizado mediante Decreto Nro. 1388/2016; QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1ro.- Adjudícase a CAMERONI RUBEN DARIO, con domicilio en Maipú ************** Nro. 466 Piso 1 Dpto. 117, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA REALIZAR TRABAJOS DE REFACCION GENERAL DE FACHADA, DEL EDIFICIO EX LOZADUR por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS ($ 817.300,00).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 01. 03, Objeto del Gasto 3.3.1, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 31

Ref.: Expte.Nro. 6356-D-2016.- // ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 32

Ref.: Expte. Nro. 2748-C-2016.- SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- DECRETO NÚMERO: 1 5 9 5 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. 600/103/2016; QUE como consecuencia de aquél la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Pública Nro. 13/2016, autorizada mediante Decreto Nro. 980/2016; QUE, la Comisión Asesora para la Adjudicación de Licitaciones Públicas, efectuó la comparación y estudio de las ofertas presentadas por las diversas empresas a fs. 754, recomendando adjudicar la adquisición licitada a la más conveniente para la Comuna, criterio compartido por la Dirección General de Compras; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1.- Adjudícase a BETON VIAL S.A., con domicilio en Av. Callao ************* Nro. 420 - Piso 7º - Dpto. C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el BACHEO CON HORMIGON ARMADO DE DISTINTAS CALLES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO, por un importe total de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 15.901.764,80.-).- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos provenientes de la Partida Presupuestaría correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24. 01, Objeto del Gasto 3.3.4, del Presupuesto General de Gastos vigente.- 33

Ref.: Expte. Nro. 2748-C-2016.- // ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 34

Ref.: Expte.Nro. 6787-D-2016.- DECRETO NÚMERO: 1 5 9 6 SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE, a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. 240/657/2016; QUE, como consecuencia de aquél se efectuó el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 185/2016, autorizado mediante Decreto Nro. 1478/2016; QUE de la comparación y estudio de las ofertas, presentadas por diversas empresas, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1ro.- Adjudícase a POLLAROLO FEDERICO GUILLERMO, con domicilio ************** en P. Pueyrredón Nro. 1068, Ciudad de Martínez, la PROVISION DE VIANDAS PARA LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA MALVINAS ARGENTINAS por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS UN MIL CINCUENTA ($ 801.050).- ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 21, Objeto del Gasto 2.1.1, del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 35

Ref. Expte. Nro. 17478-A-2015.- SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- DECRETO NÚMERO: 1 5 9 7 VISTO la nota presentada por la ASOCIACION COOPERADORA BERNARDINO RIVADAVIA ESCUELA NRO. 10 JULIO A. ROCA ; y Considerando: QUE la citada Institución solicita un apoyo eco nómico destinado al alquiler de servicio de transporte; QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS SIETE MIL ($ 7.000) cada una, con oportuna rendición de cuentas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias d e c r e t a : ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por la ASOCIACION COOPERADORA BERNARDINO RIVADAVIA ESCUELA NRO. 10 JULIO A. ROCA, por la suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS SIETE MIL ($ 7.000) cada una, destinado al alquiler de servicio de transporte.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente ************* autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto ************* reglamentario Nro. 1444/85.- ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************* decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- 36

Ref. Expte. Nro. 17478-A-2015.- // ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************* decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 37

Ref.: Expte. Nro. 5088-S-2016.- SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- DECRETO NÚMERO: 1 5 9 8 VISTO la nota presentada por la SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN ISIDRO ; y Considerando: QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado al mantenimiento de edificios, móviles, herramientas, equipos, pago de servicios y haberes al personal de los tres cuarteles; QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por la "SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN ISIDRO, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000), destinado al mantenimiento de edificios, móviles, herramientas, equipos, pago de servicios y haberes al personal de los tres cuarteles, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente ************* autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto ************* reglamentario Nro.1444/85.- ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de gastos pertinente.- 38

Ref.: Expte. Nro. 5088-S-2016.- // ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 39

Ref.: Expte. Nro. 11144-A-2015.- SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- DECRETO NÚMERO: 1 5 9 9 VISTO la nota presentada por la "ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA NRO. 11 "GRAL. MANUEL BELGRANO ; y Considerando: QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado al alquiler de transporte; QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por "la "ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA NRO. 11 "GRAL. MANUEL BELGRANO, por la suma de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000), destinado al alquiler de transporte, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente ************* autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto ************* reglamentario Nro.1444/85.- ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de gastos pertinente.- 40

Ref.: Expte. Nro. 11144-A-2015.- // ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 41

Ref.: Expte. Nro. 11865-A-2015.- SAN ISIDRO, 21 de Junio de 2016.- DECRETO NÚMERO: 1 6 0 0 VISTO la nota presentada por la "ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA NRO. 11 "GRAL. MANUEL BELGRANO ; y Considerando: QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado al alquiler de transporte; QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOS MIL ($ 2.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por la "ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA NRO. 11 "GRAL. MANUEL BELGRANO, por la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000), destinado al alquiler de transporte, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente ************* autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto ************* reglamentario Nro.1444/85.- ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de gastos pertinente.- 42

Ref.: Expte. Nro. 11865-A-2015.- // ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 43

Ref.: Expte. N 7108-S-2016.- SAN ISIDRO, 22 de junio de 2016 DECRETO NÚMERO: 1 6 0 1 VISTO el convenio de servicios obrante en autos; y Considerando: QUE corresponde registrar el mismo, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1.- REGISTRESE el convenio de servicios celebrado con Rol Social S.A, ************* respecto de la administración del convenio a través de un sistema de tarjetas prepagas Rol Car de banda magnética para la adquisición de combustibles, a usuarios determinados por la Municipalidad en Estaciones de Servicios determinadas previamente, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.- ARTICULO 2.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 44

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO CONVENIO DE SERVICIOS Entre Rol Social S.A. (en adelante LA EMPRESA ), con domicilio en Paraná 326 Piso 9, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Dr. Horacio Carrillo apoderado, conforme documentación adjunta por una parte y La Municipalidad de San Isidro (en adelante LA MUNICIPALIDAD ) representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la del Sr. Secretario Legal y Técnico, Dr. Ricardo Rivas, con domicilio en la Avenida Centenario n 77 de la localidad y Partido de San Isidro, en su conjunto denominados LAS PARTES, teniendo en consideración Que LA EMPRESA es proveedor de LA MUNICIPALIDAD en relación a servicios de administración y provisión de tarjetas para la adquisición de combustibles y lubricantes. Que LA EMPRESA posee una amplia experiencia sobre la prestación de servicios y beneficios para entes públicos y privados. En virtud de lo expuesto, LAS PARTES ACUERDAN PRIMERO: LA MUNICIPALIDAD encomienda LA EMPRESA la prestación de la administración del convenio a través de un sistema de tarjetas prepagas Rol Car de banda magnética para la adquisición de combustibles, a usuarios determinados por LA MUNICIPALIDAD en Estaciones de Servicios determinadas previamente. SEGUNDO: La prestación del servicio se efectuará por un período de (dos) años a contar desde la fecha de la firma del presente contrato, con opción de prórroga por parte de LA MUNICIPALIDAD, por igual período a favor de LA EMPRESA. TERCERO: El servicio prestado por LA EMPRESA no implica erogación alguna por parte de LA MUNICIPALIDAD, en razón que LA EMPRESA sólo percibe un porcentaje del importe correspondiente al reembolso de los comerciantes por parte de éstos. 45

A dichos fines, LA MUNICIPALIDAD deberá entregar cheque y/o realizar transferencia de los fondos destinados a cargar en las tarjetas Rol Car a la Cuenta Corriente en Pesos N 4001-50615/1 que LA EMPRESA posee en el Banco Provincia de Buenos Aires. CUARTO: LA MUNICIPALIDAD solicitará mensualmente la acreditación de los fondos correspondientes a cada beneficiario en la tarjeta Rol Car en función del padrón entregado previamente, o en caso que crea necesario efectuar cargas extras a algún o algunos beneficiarios en particular, que será remitido vía correo electrónico como mínimo a dos de las siguientes direcciones provistas por LA EMPRESA : administración@rolsocialsa.com.ar; afiliados@rolsocialsa.com.ar; pcinelli@rolsocialsa.com.ar QUINTO: LA MUNICIPALIDAD enviará entre los días 20 y el último día del mes anterior a la carga deseada y mediante archivo Excel los montos que adjudica a cada tarjeta Rol Car, LA EMPRESA se compromete a enviar de inmediato la orden de carga, - documento no fiscal-, con el archivo enviado por LA MUNICIPALIDAD, la que debe coincidir en su totalidad con los montos asignados, condición necesaria y suficiente para la confección de cheque /o transferencia bancaria para que estén las cargas listas en las tarjetas y utilizables a partir del día indicado por LA MUNICIPALIDAD, del mes siguiente inmediato. En esa semana LA MUNICIPALIDAD deberá entregar cheque y/o transferencia por el monto nominal cargado en las tarjetas Rol Car a la Cuenta Corriente en Pesos N 4001-50615/1 que LA EMPRESA posee en el Banco Provincia de Buenos Aires. SEXTO: El crédito imputado en la tarjeta tendrá un plazo de vigencia de 365 días corridos contados a partir de su carga, cumplido ese plazo el monto nominal de la carga será reintegrado a LA MUNICIPALIDAD, o en su defecto, descontado de un próximo pago. SÉPTIMO: La tarjeta podrá ser utilizada en los comercios que cuenten con dispositivos electrónicos (POS) adecuados a tal fin seleccionados por LA MUNICIPALIDAD y afiliados especialmente a la red de LA EMPRESA. Asimismo se compromete a entregar a LA MUNICIPALIDAD un listado con los comercios adheridos que ya posean convenios firmados y de los nuevos que se adhieran consensuados con la empresa. Durante la vigencia del contrato, LA EMPRESA deberá informar fehacientemente a LA MUNICIPALIDAD toda baja en el listado de comercios adheridos. 46

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO OCTAVO: LA EMPRESA no será responsable por la incorrecta o ilegítima utilización de la tarjeta por parte de los beneficiarios, ni por su extravío, hurto, robo o deterioro, ni por cualquier motivo, incluyendo el caso fortuito, que pudiera afectar la funcionalidad de las tarjetas. La reposición de los plásticos de las tarjetas se realizará sin costo para LA MUNICPALIDAD. Hasta el momento de su entrega LA EMPRESA será responsable de lo que pueda suceder con las tarjetas. NOVENO: LAS PARTES manifiestan que el presente convenio por ser a título gratuito, no se encuentra alcanzado por el impuesto de sellos Municipal. LA EMPRESA emitirá las tarjetas por cuenta y orden de LA MUNICIPALIDAD sin cargo por servicio para el mismo. DÉCIMO: Las partes podrán rescindir el convenio en cualquier momento y sin necesidad de invocación de causa, ni derecho a indemnización alguna de la otra parte, siempre que se comunique de modo fehaciente su decisión a la otra parte con una antelación no inferior a los noventa (90) días corridos para ambas partes. UNDÉCIMO: Para los efectos legales emergentes del presente convenio, las partes se someten a los Tribunales de la Ciudad de San Isidro, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, fijando como domicilios legales los enunciados en el encabezamiento del presente. En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Isidro, a los 7 días del mes de Junio del año 2016. Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas 47

DECRETO NÚMERO: 1 6 0 2 ANULADO 48

Ref.: Expte. Nº 1473-C-2007.- DECRETO NÚMERO: 1 6 0 3 SAN ISIDRO, 22 de junio de 2016 VISTO la presentación efectuada en autos por el Sr. Carlos Alberto Pedro Camp, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad de la solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año 2016; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 100% año 2016, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, al Sr. Sr. Carlos Alberto Pedro Camp, con domicilio en la calle Manuelita Rosas Nº 1418, de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nº 570.561.- ARTICULO 2º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 49

Ref.: Expte. Nº 10082-D-2010.- DECRETO NÚMERO: 1 6 0 4 SAN ISIDRO, 22 de junio de 2016 VISTO la presentación efectuada en autos por el Sr. Alejandro Nicolás Di Paola, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad de la solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año 2016; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 100% año 2016, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, al Sr. Alejandro Nicolás Di Paola, con domicilio en la calle Edison Nº 744 de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nº 390.889.- ARTICULO 2º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 50

Ref.: Expte. Nº 7601-P -2014.- DECRETO NÚMERO: 1 6 0 5 SAN ISIDRO, 22 de junio de 2016 VISTO la presentación efectuada en autos por la Sra. Nélida Perticaro solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando: QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad de la solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año 2016; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50% año 2016, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a la Sra. Nélida Perticaro con domicilio en la calle Delfín Gallo Nº 2689, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nº 356.583.- ARTICULO 2º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 51