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Transcripción:

Sección I - Administración Local Provincia Diputación Provincial de Cáceres ANUNCIO. Extracto de bases reguladoras y Convocatoria de subvenciones para gastos corrientes a asociaciones sin ánimo de lucro, 2017. Para cumplir con lo establecido en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sobre publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el Órgano Gestor comunica el contenido del extracto que debe publicarse en la citada BDNS, para los efectos correspondientes. IDENTIF BDNS: 346690 BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA GASTOS CORRIENTES DE ACTUACIONES DE INTERÉS CULTURAL, ARTÍSTICO, DEPORTIVO, EDUCATIVO, TURÍSTICO, MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL Y CUALQUIER OTRO QUE FOMENTE LOS INTERESES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, DESTINADAS A ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO, EJERCICIO 2017 1.- OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. ENTIDADES DESTINATARIAS DE LA CONVOCATORIA OBJETO El objeto de estas bases es establecer las normas especificas en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de asociaciones sin fin de lucro con sede en algún municipio de la provincia, para la financiación de proyectos específicos e independientes de naturaleza corriente y no lucrativa, de interés cultural, artístico, deportivo, educativo, turístico, medioambiental, social y cualquiera otra que fomente los intereses de la provincia, realizadas en 2017. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Podrán ser objeto de las ayudas cualquier actividad relacionada con proyectos de actuaciones Pág. 7337

de naturaleza corriente y no lucrativa, de interés cultural, artístico, deportivo, educativo, turístico, medioambiental, social y cualquiera otra que fomente los intereses de la provincia, realizadas en 2017. En concreto: gastos de personal (retribuciones y cuotas a la Seguridad Social), gastos en bienes corrientes y servicios (arrendamientos, seguros, materiales, reparaciones, suministros, y otros gastos de naturaleza corriente). ENTIDADES DESTINATARIAS Asociaciones sin fin de lucro con sede en algún municipio de la provincia de Cáceres. EXCLUSIONES En cambio, no se considerarán actuaciones subvencionables los proyectos de otra naturaleza distintos a los fijados en el apartado anterior, ni gastos de naturaleza inventariable afectos a los proyectos subvencionados (inversiones: obras, instalaciones, equipamiento, maquinaria, vehículos, etc.) 2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación, en la aplicación 01.9121.48900, dotada con un importe total de 100.000,00. La Diputación concederá una ayuda máxima de 2.500,00 (dos mil quinientos euros), iva incluido, por beneficiario. 3.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones sin fin de lucro con sede en algún municipio de la provincia, para la financiación de actuaciones de naturaleza corriente y no lucrativa, de interés cultural, artístico, deportivo, educativo, turístico, medioambiental, social y cualquiera otra que fomente los intereses de la provincia, realizadas en 2017. Dado que la Diputación ha convocado una línea de ayudas análoga a la presente pero dedicada a gastos de inversión, la entidad podrá concurrir sólo y exclusivamente a una de las dos: bien la de gastos corrientes, bien la de gastos de inversión. Deberán, en todo caso: - ser entidades sin ánimo de lucro que entre sus fines estatutarios se incluya alguno de los mencionados en el párrafo anterior, Pág. 7338

- no tener dependencia institucional o económica de ninguna otra entidad lucrativa. - estar inscritas en el registro oficial de asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. - no encontrarse incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS. 4.- SOLICITUDES Tipo de tramitación: Telemática, por la Sede Electrónica. Dirección de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es. Plazo de Presentación de las solicitudes Las solicitudes deberán presentarse por las entidades interesadas en el plazo de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, no admitiéndose las presentadas fuera de plazo. La presentación de la solicitud por parte de la entidad interesada implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. 5.- DOCUMENTOS Cada entidad podrá presentar una única solicitud, cumplimentando todos los campos obligatorios del formulario general de la sede electrónica. Las solicitudes se cumplimentarán necesariamente con los medios electrónicos disponibles en la sede electrónica de la Diputación, de acuerdo con las instrucciones publicadas a tal efecto. Las solicitudes deben ir acompañadas de la documentación que se indica a continuación, con carácter obligatorio: - Declaración, según modelo habilitado en la sede electrónica, expedida por el representante legal de la entidad y por el secretario o cargo competente, donde se haga constar: denominación de la entidad, cif, domicilio, teléfono, correo electrónico, nombre y apellidos del representante legal, fecha de nombramiento y de fin de mandato, fines de la entidad recogidos en los estatutos vigentes, indicación de que le entidad tiene la condición de no lucrativa, indicación de que la entidad no tienen dependencia institucional o económica de ninguna otra entidad lucrativa, indicación de que la entidad está inscrita en registro oficial correspondiente Pág. 7339

de la Comunidad Autónoma de Extremadura (con detalle de fecha de inscripción y Consejería). - Documento de Identificación Fiscal de la entidad solicitante. - Estatutos de la entidad solicitante y de sus modificaciones si las hubiere. - Certificación de estar inscrita en registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la que constará la fecha de inscripción en el mismo. De manera opcional, deberán presentar la siguiente documentación: - Alta de terceros, solo en aquellos casos en los que la Diputación no lo tenga a su disposición o hubiera variación de datos con respecto a la última que conste en los archivos de la Diputación. 6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN La Comisión de Valoración llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios de selección establecidos a continuación. La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia, objetividad y proporcionalidad de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad y de acuerdo con los siguientes criterios y su gradación: Se otorgarán hasta 10 puntos en función de la idoneidad del proyecto a subvencionar respecto a su impacto en el fomento en los intereses de la provincia, el ámbito territorial, los destinatarios directos, etc., a juicio de la Comisión de Valoración, quien fijará, sobre la base de parámetros objetivos, la evaluación que resulte de su aplicación, motivando los elementos que se ponderen y la razón de su específica baremación. Se otorgarán hasta 10 puntos por la participación de la propia entidad en la financiación del proyecto subvencionado, de acuerdo a la siguiente ponderación: La entidad aporta el hasta el 20% de la financiación: 2 puntos La entidad aporta del 21% al 30% de la financiación: 4 puntos La entidad aporta del 31% al 50% de la financiación: 6 puntos La entidad aporta más del 50% de la financiación: 10 puntos Se otorgarán hasta 10 puntos, en función de la percepción de subvenciones concedidas por esta Excma. Diputación Provincial en ejercicios anteriores de concesión directa de Presidencia, en función de la siguiente baremación: Pág. 7340

No percepción desde hace 5 ejercicios: 10 puntos No percepción desde hace 4 ejercicios: 8 puntos No percepción desde hace 3 ejercicios: 6 puntos No percepción desde hace 2 ejercicios: 4 puntos - No percepción desde el último ejercicio: 2 puntos La selección se efectuará por orden de prelación, con el límite de la disponibilidad presupuestaria. 7.- OTROS DATOS DE INTERÉS PLAZO DE EJECUCIÓN: desde el 1 de enero de 2017, hasta el 31 de diciembre de 2017. PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: hasta el 28 de febrero de 2018. Cáceres, 15 de mayo de 2017 Augusto Cordero Ceballos SECRETARIO GENERAL Pág. 7341