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Transcripción:

BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CARLET EN EL MARCO DEL PROGRAMA LA DIPU TE BECA 2015 BASE PRIMERA. Objeto y número de becas. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de 24 becas de formación en el marco del Programa La Dipu te Beca 2015 referidas a las siguientes especialidades: 1 beca para alumnos/as matriculados/as en la licenciatura de Derecho o de Relaciones Laborales o en el grado de Gestión y Administración Pública para el desarrollo de su beca en la sede de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Carlet con una duración de 2 meses del 1 de julio al 31 de agosto. 1 beca para alumnos/as matriculados/as en la licenciatura de Economía o Administración y Dirección de Empresas o en el grado de Gestión y Administración Pública o diplomatura en Empresariales para el desarrollo de su beca en la sede de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Carlet con una duración de 2 meses del 1 de julio al 31 de agosto. 1 beca para alumnos/as matriculados/as en la licenciatura de Arquitectura o en la escuela técnica superior de gestión de edificación o Ingeniería de caminos canales y puertos o Ingeniería Técnica de obra pública, para el desarrollo de su beca en la sede de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Carlet con una duración de 2 meses del 1 de julio al 31 de agosto. 20 becas para alumnos/as matriculados/as en la Licenciatura de Psicología, Pedagogía, en el Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, en la Diplomatura en Educación Social, en la Diplomatura de Magisterio en cualquiera de sus especialidades, en estudios superiores de música, danza o arte dramático, en el ciclo formativo de grado superior de educación infantil, en el ciclo formativo de grado superior de animación sociocultural o en el ciclo formativo de grado superior de animación de actividades físicas y deportivas para el desarrollo de sus becas en el programa Escola d Estiu y Aventura d Estiu durante 1 mes y tres días cada una del 1 de julio al 3 de agosto. 10 becas para alumnos/as matriculados/as en la Licenciatura de Psicología, Pedagogía, en el Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, en la Diplomatura en Educación Social, en la Diplomatura de Magisterio en cualquiera de sus especialidades, en estudios superiores de música, danza o arte dramático, en el ciclo formativo de grado superior de educación infantil, en el ciclo formativo de grado superior de animación sociocultural o en el ciclo formativo de grado superior de animación de actividades físicas y deportivas para el desarrollo de sus becas en el programa Escola d Estiu y Aventura d Estiu durante 1 mes cada una del 1 de julio al 31 de julio. 1 beca para alumnos/as matriculados/as en ciclos formativos de grado medio de explotación de sistemas informáticos, de grado superior de administración de sistemas informáticos o desarrollo de aplicaciones informáticas, Ingeniería en

Informática, Ingeniería Técnica en Informática de Gestión, Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas o Ingeniería de Telecomunicación para el desarrollo de su beca en la sede de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Carlet con una duración de 2 meses del 1 de julio al 31 de agosto. 2 becas para alumnos/as matriculados/as en ciclos formativos de grado medio de gestión administrativa o grado superior de administración y finanzas o de secretariado para el desarrollo de sus becas en las sedes de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Carlet con una duración de 2 meses del 1 de julio al 31 de agosto. 4 becas para alumnos/as matriculados/as en cualquier licenciatura, o grado no comprendidos en las especialidades de los apartados anteriores para el desarrollo de sus becas en el programa de clases de refuerzo y repaso para alumnos con necesidades en las sedes del Ayuntamiento de Carlet con una duración de un mes del 1 al 31 de agosto. BASE SEGUNDA. Dotación, pago y duración de las becas. Cada una de las becas está dotada con un importe de 500 00 euros brutos mensuales a abonar en periodos vencidos. En aquellos supuestos que impliquen un periodo inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente. A la cantidad bruta se le aplicará la retención en concepto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que resulte de aplicación. El periodo de duración de las becas comienza el 1 de julio de 2015 y finalizará como máximo el 31 de agosto de 2015, salvo aquellas que tienen fijado un periodo más corto en los términos de la base primera. El periodo de disfrute de la beca tiene que producirse necesariamente durante los meses de julio y agosto, no pudiendo por causa alguna prolongar la duración de las becas más allá del mes de septiembre. BASE TERCERA. Requisitos de los aspirantes. Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de finalización del plazo de presentación de solicitudes y lo acrediten documentalmente: 1.- Poseer la vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia con anterioridad al día 24 de abril de 2015. 2.- Tener 18 años cumplidos. 3.- Encontrarse cursando las enseñanzas oficiales en Ciclos Formativos de Formación Profesional, estudios superiores de música, danza o arte dramático o Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura relacionadas con las becas que son objeto de la convocatoria.

4.- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que acreditará mediante declaración responsable. 5.- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, lo que acreditará mediante declaración responsable. 6.- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente al Ayuntamiento de Carlet. Esta circunstancia se comprobará de oficio por los servicios municipales. 7.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad. beca. 8.- No desarrollar otra actividad laboral durante el periodo de disfrute de la BASE CUARTA. Plazo y lugar de presentación de solicitudes, y documentación a aportar junto a las mismas. El plazo de presentación de solicitudes abarcará desde el día siguiente a la publicación del anuncio de convocatoria en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web municipal (http://carlet.es) hasta el día 8 de junio de 2015, ambos incluidos. Las solicitudes, presentadas en el modelo de solicitud que se incluye como anexo se presentarán preferentemente en el registro de este ayuntamiento sito en la calle Nuestra Señora de la Asunción 1 de Carlet. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados en la base tercera y cuantos otros documentos resulten necesarios para baremar las solicitudes presentadas según los criterios establecidos en la base quinta. Para acreditar los requisitos mencionados en la base tercera, los aspirantes habrán de entregar la siguiente documentación: - Fotocopia compulsada del DNI (salvo que sean vecino del municipio de Carlet). - Certificado de empadronamiento, acreditativo de la residencia en la provincia de Valencia en el que conste que la vecindad en el municipio lo es con anterioridad al día 24 de abril de 2015. (Si el empadronamiento consta en el municipio de Carlet, no será necesaria la aportación del certificado, siendo comprobado este extremo de oficio por los servicios municipales). - Documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas oficiales a que se refiere la convocatoria para la beca solicitada. - Documentación acreditativa del número de créditos superados, en su caso, para la baremación del criterio establecido en la base quinta F). Junto con la solicitud se deberá adjuntar fotocopia de la declaración de la renta

de las personas físicas de todos los mayores de 18 años empadronados en la misma vivienda que el solicitante el 24 de abril de 2015 referida a los ejercicios 2013 o 2014. Si los empadronados en la misma vivienda que el aspirante desean que se utilicen los datos existentes referidos al ejercicio 2013 podrán no aportar la copia de la declaración del IRPF si autorizan al Ayuntamiento a obtener su información directamente de la Administración Tributaria. BASE QUINTA. Selección de los aspirantes. Los aspirantes que hayan obtenido el premio Escola, Educació i Futur del curso escolar 2013 2014 en los niveles educativos de Educación Secundaria, Bachiller o Ciclos Formativos que reúnan los requisitos exigidos en la base tercera y que presenten su solicitud a alguna de las especialidades convocadas accederán directamente a las mismas. Si hay más aspirantes que reúnen las condiciones establecidas en el párrafo anterior que becas ofertadas se asignarán por sorteo. El resto de becas ofertadas no cubiertas directamente se adjudicarán a los aspirantes seleccionados en función de la puntuación que obtengan de la baremación de los siguientes méritos: A) Vecindad en el municipio de Carlet (a 24/04/2015) 5 puntos B) Condición de minusválido (superior al 33%) 2 puntos C) Renta per cápita de la unidad de convivencia. a) Renta per cápita inferior a 7.000 00 3 Puntos b) Renta per cápita igual o superior a 7.000 00 e inferior a 10.000 00 2 Puntos A los presentes efectos, se considera renta per cápita de la unidad de convivencia, la suma de las siguientes cantidades de los mayores de 18 años empadronados en la vivienda con efectos de 24 de abril de 2015 dividida entre el número de miembros: Para los que presenten declaración del IRPF la parte general de la base imponible y la base imponible del ahorro. Para las personas que no estén obligadas a declarar por IRPF que hayan solicitado la comunicación de datos, los mismos conceptos del párrafo anterior. Para las personas sin obligación de declarar y que no soliciten devolución, la suma de los ingresos íntegros obtenidos, minorados en una cuantía de 4.080 Euros, según los datos facilitados por la Agencia Tributaria.

Si no se aporta la declaración de la renta de la renta de todos los empadronados en la misma vivienda o se autoriza para la obtención telemática de la información, el aspirante obtendrá 0 puntos por este apartado. D) Condición de becario en este mismo programa en ejercicios anteriores. a) Por no haber sido adjudicatario de este tipo de becas, (Programa la Dipu te Beca), en este o cualquier otro Ayuntamiento de la Provincia durante los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 o 2014 6 puntos. b) Por haber sido adjudicatario de este tipo de becas, (Programa la Dipu te Beca), en este o cualquier otro Ayuntamiento de la Provincia sólo uno de los seis años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 o 2014 5 puntos. c) Por haber sido adjudicatario de este tipo de becas, (Programa la Dipu te Beca), en este o cualquier otro Ayuntamiento de la Provincia dos de los seis años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 o 2014 4 puntos. d) Por haber sido adjudicatario de este tipo de becas, (Programa la Dipu te Beca), en este o cualquier otro Ayuntamiento de la Provincia tres de los seis años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 o 2014 3 puntos. e) Por haber sido adjudicatario de este tipo de becas, (Programa la Dipu te Beca), en este o cualquier otro Ayuntamiento de la Provincia cuatro de los seis años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 o 2014 2 puntos. f) Por haber sido adjudicatario de este tipo de becas, (Programa la Dipu te Beca), en este o cualquier otro Ayuntamiento de la Provincia cinco de los seis años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 o 2014 1 punto. Cada aspirante sólo podrá obtener la puntuación correspondiente a unos de los subapartados del apartado D). E) Conocimiento del Valenciano Hasta 1 punto El conocimiento del valenciano certificado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià u otro título homologado al anterior se valorará en los siguientes términos: Nivel superior Nivel intermedio Nivel elemental 1 punto 0 5 puntos 0 25 puntos La obtención de puntuación por la acreditación de un nivel excluirá la puntuación de los niveles inferiores. F) Nivel académico o créditos superados Hasta 2 Puntos a) Los alumnos que se encuentren cursando enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado, Diplomatura, Ingeniería, Licenciatura o Estudios superiores de música, danza o arte dramático y hayan superado el 50% de los créditos totales

exigidos 2 puntos b) Los alumnos que se encuentren cursando enseñanzas oficiales en Ciclos Formativos de Formación Profesional de grado superior 1 Punto A la puntuación que se obtenga, en caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios para resolverlo: En primer lugar, se seleccionará al aspirante que sea vecino y se encuentre empadronado en el municipio de Carlet con anterioridad al 24 de abril de 2015. Si persiste el empate se optará por el aspirante que tenga reconocido algún grado de discapacidad superior al 33%. Si persiste el empate se resolverá por sorteo. BASE SEXTA. Comisión Evaluadora, concesión y seguimiento de las becas. Para el examen de las solicitudes de becas y valoración de los méritos se constituirá una comisión evaluadora que estará integrada por concejales o empleados públicos que a continuación se enumeran, todos ellos con voz y voto: Un/a presidente/a. Un/a secretario/a. Tres vocales. La designación de la comisión evaluadora incluirá la de los respectivos suplentes, y se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Los miembros de la comisión evaluadora pertenecerán al grupo A.1. La comisión evaluadora no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes. La comisión evaluadora tiene facultades para realizar, por medio de sus miembros, cuantas comprobaciones estime necesarias para la selección de los aspirantes. Una vez realizada la baremación de los méritos aportados por los aspirantes que reúnan los requisitos establecidos, la comisión evaluadora formulará propuesta de adjudicación de las becas, para que se apruebe, en su caso, por resolución de alcaldía. La resolución de la alcaldía que resuelve la adjudicación de las becas convocadas se comunicará mediante edicto publicado en el tablón de anuncios de la Corporación municipal y en la página web municipal y se notificará electrónicamente a quien lo haya solicitado expresamente. De producirse alguna vacante en alguna de las especialidades convocadas se podrá acrecer en aquella en que resulte más necesaria.

La entidad local nombrará uno o varios tutores/tutoras que realizaran el seguimiento, coordinación y ordenaran la actividad de formación del personal becario y el tiempo de dedicación a dichas actividades. BASE SÉPTIMA. Derechos y obligaciones de los becarios, e incidencias. 1. Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de similar o análoga finalidad, o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca. 2. La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local. 3. Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones. 4. Son obligaciones de los becarios: a.- Incorporarse a la entidad local en la fecha prevista en la resolución de concesión. b.- Tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, que deberán ser realizadas siguiendo las indicaciones del tutor o tutora. c.- Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor. d.- Elaborar una memoria de actividades que deberá ser entregada antes de la finalización del periodo que comprende la beca y aprobada por el tutor. 5.- Los tutores o tutoras ordenarán las actividades de formación del personal becario y organizarán el tiempo de dedicación a dichas actividades, que será el propio del servicio al que se encuentren adscritos. A título orientativo se establece el horario de desarrollo de las becas que se adjudiquen: Para aquellos que desarrollen sus becas formativas en las sedes de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Carlet de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. Para aquellos que desarrollen sus becas formativas en el programa Escola d Estiu y Aventura d Estiu de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas, salvo los días en que se lleve a cabo una excursión o visita fuera del término municipal en cuyo caso el horario será el propio de aquella. Para aquellos que desarrollen sus becas formativas en el programa de clases de refuerzo y repaso para alumnos con necesidades de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas. 6. El incumplimiento sin causa justificada de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca, debiendo

proceder al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento. 7. En caso de renuncias o bajas antes de la finalización del periodo de cada beca, se procederá a cubrir la beca por el tiempo restante, según el orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección. BASE OCTAVA. Presupuesto El presupuesto de gastos de la presente convocatoria se financiará con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de gastos de la corporación del año 2015. El importe total presupuestado para esta convocatoria en concepto de becas a percibir por los beneficiarios asciende a 24.000 00 Euros. Diligencia para hacer constar que las presentes bases que constan de ocho artículos y un Anexo han sido aprobadas mediante resolución de la alcaldía 2015-1157, de 20 de mayo de 2015. Carlet, a la fecha de la firma. La secretaria. Yolanda Duart Rosa Documento firmado electrónicamente. Código de verificación al margen

ANEXO I Identificación del estudiante.- Nombre: NIF: Domicilio: Datos de contacto.- Teléfono: Estudios que cursa: Apellidos: Fecha de nacimiento: Municipio: Correo electrónico: SI / NO Acepta expresamente la notificación electrónica MANIFIESTA su voluntad de participar en el Programa de Prácticas Formativas del Ayuntamiento de Carlet para la beca para alumnos matriculados en. DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: a) Que no está disfrutando de otra beca o ayuda de análoga o similar finalidad, ni desarrollará actividad laboral durante el desarrollo de la beca. b) Que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. c) Que no se encuentra sometido a las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. d) Que va a mantener estas condiciones durante la vigencia de la beca. e) Que SI / NO (táchese lo que no proceda) ha sido adjudicatario de este tipo de becas (Programa la Dipu te Beca) en este o cualquier otro Ayuntamiento de la Provincia en el/los año/s f) Que SI / NO (táchese lo que no proceda) ha obtenido el premio Escola, Educació i Futur del curso escolar 2013 2014 en los niveles educativos de Educación Secundaria, Bachiller o Ciclos Formativos SOLICITA que sea admitida la solicitud y admitido/a en el procedimiento convocado para la concesión de la beca integrada en el programa de Prácticas Formativas del Ayuntamiento de Carlet y la Dipu te Beca 2015. AUTORIZA al Ayuntamiento de Carlet a ceder a la Diputación de Valencia los datos contenidos en la presente solicitud a efectos estadísticos, de evaluación y seguimiento, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sobre propiedad intelectual. Se acompaña a la presente solicitud de participación la siguiente documentación original o compulsada: ** Fotocopia del DNI (salvo que esté empadronado en Carlet)

** Documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas oficiales a que se refiere la convocatoria para la beca solicitada. * Certificación acreditativa del empadronamiento colectivo en un municipio de la provincia de Valencia con anterioridad al 24 de abril de 2015 (salvo que se encuentre empadronado en el municipio de Carlet). Fotocopia de la declaración de la renta de las personas físicas de todos los mayores de 18 años empadronados en la misma vivienda que el solicitante el 24 de abril de 2015 referida a los ejercicios 2013 o 2014 o, en su caso, autorización anexa. Documentación acreditativa de los méritos a baremar (Certificado de la condición de minusválido, conocimiento del valenciano, nivel académico o créditos superados). * Documentación obligatoria Carlet a de de 2015. El / la interesado/a. Firmado: Indicar los datos de totas las personas empadronadas en el domicilio que conforman la unidad de convivencia: Autorización Parentesco DNI/NIE Apellidos Nombre (1) SOLICITANTE (1) AUTORIZA al Ayuntamiento de Carlet a acceder a los datos personales obrantes en los ficheros de las administraciones tributarias a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos, niveles de renta y condiciones necesarias para disfrutar de las ayudas de la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, se le hace saber que la presentación de esta instancia supone la aceptación de que sus datos personales sean incorporados a un fichero automatizado denominado Registro de Entrada, cuyo responsable será el Ayuntamiento de Carlet frente al que podrá hacer frente sus derechos de rectificación o cancelación. AYUNTAMIENTO DE CARLET SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE CARLET