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Transcripción:

El Congreso convalida el Real Decreto-ley 11/2012, de 30 de marzo La ministra de Fomento defiende nuevas medidas de apoyo a Lorca un año después del terremoto Se aprueba la agilización del pago a los damnificados a través de las entidades con sede en Lorca con las que el ICO tenga suscritos acuerdos Se crea una nueva línea de financiación ICO-Lorca de 115 millones de euros para la Región de Murcia Se prorrogan los beneficios fiscales sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles y el Impuesto de Actividades Económicas Los afectados podrán aplazar el pago del Impuesto de Sociedades y el IRPF correspondientes a 2011 Madrid, 25 de abril de 2012 (Ministerio de Fomento). La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha defendido hoy en el Congreso de los Diputados nuevas medidas de apoyo a Lorca cerca de un año después del terremoto que afectó gravemente a la ciudad. El Pleno de la Cámara Baja ha convalidado hoy el Real Decreto-Ley 11/2012, de 30 de marzo, que busca agilizar el pago de las ayudas a los damnificados por el terremoto, reconstruir los inmuebles demolidos e impulsar la actividad económica de Lorca. El texto propuesto por el Ministerio de Fomento responde a la necesidad de garantizar de forma urgente que las ayudas aprobadas lleguen efectivamente a sus beneficiarios, de aliviar, en la medida de lo posible, la carga tributaria de los ciudadanos residentes en Lorca y de continuar de forma efectiva con el proceso de reconstrucción del municipio murciano. Página 1 de 6

La ministra de Fomento ha asegurado que casi un año después de la tragedia no se ha conseguido aún restablecer plenamente la normalidad en la zona y no se ha logrado aún reconstruir los edificios demolidos como consecuencia del terremoto. Ana Pastor ha recordado que miles de personas siguen viviendo fuera de sus hogares y muchos comerciantes han perdido sus negocios, obligados a trasladarse a otros lugares. Por ello ha justificado la aprobación del Real Decreto-ley 11/2012 para garantizar de forma urgente que las ayudas aprobadas anteriormente lleguen efectivamente a sus beneficiarios. El pago El RDL 11/2012 propone tres medidas fundamentales. En primer lugar, viene a establecer la modificación del procedimiento de pago de las ayudas a los beneficiarios, ya que a partir de ahora, dicho abono se efectuará por las entidades financieras con sede en Lorca con las que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) haya suscrito el correspondiente contrato de prestación de servicios. Dicho pago se hará efectivo mediante transferencia bancaria en la cuenta del beneficiario por el importe que tenga reconocido. Asimismo, se establece que los beneficiarios de las ayudas a la reconstrucción podrán ceder su derecho de cobro a favor de la Entidad Pública Empresarial del Suelo, SEPES, o de un promotor privado. La medida se aplicará para las ayudas para alquiler de viviendas y reposición de enseres y para reparación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas y de locales o establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, reguladas todas ellas en los textos normativos ya vigentes. El ICO establecerá los mecanismos necesarios para atender los pagos previstos a través de una línea específica de financiación, denominada Página 2 de 6

ICO-LORCA, con vigencia hasta el límite del pago de las ayudas concedidas. En este sentido, el pasado 19 de abril la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos aprobó un Acuerdo en el que se instruía al ICO para la formalización de un préstamo bilateral con la Región de Murcia por importe máximo de 115 millones de euros para poder atender el pago de las ayudas cuya financiación parcialmente le corresponde. Asimismo, la norma prevé la posibilidad de que en la reconstrucción de las viviendas demolidas, y en atención a las excepcionales circunstancias derivadas de la situación de naturaleza catastrófica, puedan ser objeto de ejecución forzosa las actuaciones de reconstrucción y, además, se atribuye a la entidad SEPES la condición de agente edificador. Para ello, mediante este Real Decreto-ley se amplia el objeto de SEPES con el fin de que pueda tener la condición de agente edificador en los procedimientos de sustitución forzosa de la edificación de todo tipo de viviendas afectadas por el terremoto. Todo esto, sin perjuicio de que a voluntad de los propietarios pueda también ser SEPES la que efectúe la reconstrucción de las viviendas, previa entrega por parte de los beneficiarios del importe correspondiente a las ayudas concedidas. Prórroga de beneficios fiscales En segundo lugar, la ministra Ana Pastor ha informado de que el RDL 11/2012 incluye una prórroga para este año 2012 de los beneficios fiscales previstos en el Real Decreto-ley 6/2011 para el Impuesto de Bienes Inmuebles y el Impuesto de Actividades Económicas y se establece la posibilidad de que los residentes en Lorca en el momento del terremoto puedan solicitar un aplazamiento para el pago de sus deudas tributarias devengadas por el Impuesto de Sociedades y por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes al periodo impositivo 2011. Página 3 de 6

Junto a esto, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha aprobado una Orden Ministerial por la que se reducen para 2011 y 2012 los módulos aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y en el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. Por lo que se refiere al IRPF se ha aprobado para el ejercicio 2011 una reducción del 65% del rendimiento neto de módulos de dicho periodo, y para el ejercicio 2012 del 35%. En lo referido al IVA se ha aprobado una reducción general del 35% aplicable en el ejercicio 2012 y, en su caso, otra adicional del 65% aplicable en dicho ejercicio cuando las actividades se hubieran desarrollado también durante el año 2011. Habida cuenta de que el comercio constituye uno de los motores fundamentales de la actividad económica de Lorca, el RDL 11/2012 contempla la posibilidad de que el Ministerio de Economía y Competitividad pueda conceder ayudas al Ayuntamiento de Lorca para la ejecución de proyectos de especial interés para el sector del comercio del municipio, por un importe de hasta 1,5 millones de euros. Estas ayudas irán dirigidas a apoyar la rehabilitación de establecimientos comerciales y la promoción del comercio y las ventas en Lorca con el objeto de impulsar estos sectores. Por último, la norma establece un plazo de nueve meses para que las tres Administraciones Públicas implicadas elaboren un plan estratégico, desde una perspectiva global, con el objetivo de impulsar la actividad económica y social de Lorca. En definitiva, este Real Decreto-ley regula una serie de mecanismos y medidas para paliar las consecuencias económicas del terremoto, con el objetivo de ser un elemento dinamizador de primer orden por el efecto multiplicador que puede generar desde una perspectiva social y económica al incidir en el desarrollo de la actividad económica y en la creación de empleo en la localidad murciana. Primeras medidas Página 4 de 6

El RDL 11/2012 da continuidad al Real Decretos 6/2011, de 13 de mayo, y al Real Decreto 17/2011, de 31 de octubre, que recogieron las primeras medidas excepcionales de ayuda a Lorca. Un total de 80 medidas fueron aprobadas para hacer frente inicialmente a los efectos devastadores del terremoto, aprobadas todas con una abrumadora mayoría en el Congreso de los Diputados. Durante estos primeros 11 meses los distintos Departamentos Ministeriales han puesto en marcha medidas por valor 442 millones de euros. Las medidas han alcanzado varios ámbitos: Ayudas excepcionales por daños personales en casos de fallecimiento y de incapacidad absoluta, gastos de emergencia y ayudas para la reparación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas y locales, así como la indemnización de daños en producciones e instalaciones agrícolas y ganaderas. Exención de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondientes al ejercicio 2011 y reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas del mismo ejercicio. Ayudas destinadas a la recuperación del patrimonio histórico de la ciudad de Lorca, clave para la promoción del turismo, motor de la actividad económica de la localidad. Continuación de imputaciones al Fondo de Contingencia con el objetivo de atender las propuestas de concesión de ayudas derivadas de la celebración de las correspondientes Comisiones Mixtas. Página 5 de 6 Aprobación, el pasado 16 de marzo, en Consejo de Ministros, de la modificación de la regulación de la figura del Comisionado del Gobierno para la Reconstrucción y Reactivación Económica de la Zona de Lorca, con sede en Murcia, encargado de impulsar la aplicación efectiva de todas las medidas aprobadas mediante el

nuevo Real Decreto-ley, así como aquellas otras que se encuentren en proceso de ejecución. Página 6 de 6