El Reglamento general de protección de datos: fundamentos y estrategias. Ricard Martínez Martínez.

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Transcripción:

El Reglamento general de protección de datos: fundamentos y estrategias Ricard Martínez Martínez.

Qué es la Universidad en protección de datos?

Pensamiento

Pensamiento

Gestión y gobernanza

Complejidad

Transformación digital

Introducción: punto de partida Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos Anticuada. Pensada para ficheros públicos y ficheros privados en organizaciones tradicionales. No adecuada para el internet de las redes sociales. Inadecuadamente traspuesta. 28 normas diferentes. Los ejemplos del RLOPD, los ficheros de fuentes accesibles al público y el principio del interés legítimo. Con dificultades de aplicación en el modelo empresarial funcional a internet. En los orígenes: caso Yahoo (Tribunal de Gran Instancia de París) Caso derecho al olvido.

Qué problemas se quería resolver? Disparidad, diversidad, dumping normativo: Autoridades sin enforcement. Sistemas con DPO obligatorio. Sistemas registrales con registró actualizable o no Autoridades con un enforcement determinante. Dónde instalo mi empresa? : en Irlanda. Trasposiciones peculiares: el caso español como paradigma. La LORTAD traspone un proyecto de directiva. La LOPD deroga la LORTAD para evitar un problema interno. La LOPD en realidad traspone la directiva, pero sólo un poquito. En realidad el RLOPD traspone la directiva. Ultra Vires: aspectos reservados a la Ley, por ejemplo exclusiones del artículo 2, artículo 10, transferencias internacionales. Peculiaridades LOPD-RLOPD: El bloqueo Fuentes accesibles Interés legítimo Censo promocional Transferencias y no definición del concepto de país tercero Un Reglamento nacional a la medida del Regulador.

La tozuda realidad de internet: El ámbito de aplicación. Vd. está sometido al Derecho del Estado de California. La incapacidad de abordar la Web 3.0 Buscadores. Redes sociales. Cookies. La nueva generación de internet en el Smartphone. Los retos de la ciberseguridad. Nuevos modelos de negocio: Cloud. APIS. APPs Nuevos modelos de control y vigilancia social: Profiling, scoring, fingerprinting El Estado en la era PostSnowden. BigData. Analytics.

Un modelo constitucional europeo. La constitucionalización protección de datos: del derecho fundamental a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Artículos 7 y 8 de la carta: intimidad, secreto de las comunicaciones, y derecho fundamental a la protección de datos. Un marco complejo: Leyes nacionales. Reglamento de las Instituciones. Paquete Telecom. Normativa sobre comercio electrónico (D 200/31 CE y LSSI). La Jurisprudencia del Tribunal de Justicia: fundamentales coincidentes con el Reglamento. tres hitos Google-Costeja Digital Rights Ireland. Schrems.

Qué significa el modelo europeo de privacidad? Un modelo constitucional : hablamos de derechos fundamentales. Un modelo de mercado regulado de privacidad. Un modelo más enfocado al tratamiento de los datos personales de los europeos. Un cambio de mentalidad en el responsable: la accountability El cliente/interesado en el centro Un modelo abierto a los fenómenos de internet.

Qué me debería plantear como estrategia de aproximación al reglamento?

Un visión subjetiva Hay que prepararse de modo estratégico. Hay tiempo?: 1 año para la plena eficacia. Qué es lo que ya se de protección de datos? Atesorar experiencias nacionales. Qué debería aprender o reforzar en esta materia?

Y en la universidad? Partamos de la experiencia Qué se publica en una página web? Qué es ser investigador y quién es el responsable? Cómo gestiono el acceso a los datos de un candidato a rector? Qué pasa con las notas de los estudiantes? Se publican? Son de papá o son de mamá? Qué es anonimizar?

Algunas recomendaciones estratégicas: No esperar dos años en aquellos aspectos que resulten evidentes. Plantearse la cuestión llegado el caso como una reingeniería de procesos: Follow the data flujos de datos. Identificar los requerimientos que impondrá la adaptación: Personal? DPO-DPD? Redefinir on privacy nuestro esquema de adopción de decisiones y gestión de proyectos Cláusulas informativas. Modelos contractuales. Nuevos estándares de seguridad Una nueva relación con el cliente o administrado. REPENSAR LAS COSAS SIN PRISA PERO SIN PAUSA

En que debería tener paciencia o cuidado? En formación. A día de hoy hay que abordar los aspectos básicos y preparatorios. Orientada a las competencias. Rigurosa en: contenidos y profesorado. Ojo con la presencia de figurones: lea Vd. todo el programa. Experto en dos días? Ojo con los certificados. Hay que ir atendiendo a las novedades que surjan de: AEPD. Comisión General de Codificación. Grupo de trabajo del artículo 29.

Estar atento a la sistematización del ordenamiento jurídico: Seguridad. Relaciones laborales. Organizaciones religiosas. Salud. Régimen sancionador para las administraciones. Libertad de expresión. Acceso a la información pública. Investigación científica, estadística e histórica. Ir pensando en la adopción de ciertas decisiones estratégicas. Analizar y conocer profundamente sistemas de información, proceso de tratamiento, procedimientos. Implantación de un modelo de gestión que incorpore la filosofía de la protección de datos/seguridad desde el diseño y por defecto. Abordar los modelos de análisis de impacto en la privacidad. Tomar decisiones en materia de asesoramiento y personal experto en aspectos jurídicos y técnicos.

Novedades destacables Ámbito de aplicación. Obligaciones del responsable. Accountability. Documentación/registro de los tratamientos. Privacidad por defecto y privacidad desde el diseño. Seguridad y análisis de riesgos. Notificación de incidentes. Los códigos de conducta. Transferencias internacionales. Derechos del ciudadano. Principio de transparencia Consentimiento. Interés legítimo Consentimiento y finalidad El derecho de oposición. Profiling El derecho al olvido. El derecho a la portabilidad. La limitación de tratamientos: el bloqueo. Tutela de derechos: one stop shop.

Y que hacer? Cambiar el modo de hacer las cosas. Somos complejos. Hay que mirar hacía adentro. Trabajemos en casa primero. Superemos el marco usual: Formación global orientada a la auditoría. Aprender de lo analizado: código de conducta. Herramientas o el espíritu de la Ley 40/2015: - Formación - Documento de seguridad - Registro de actividades - Análisis de impacto

Privacidad por defecto y privacidad desde el diseño

GR CIAS ricard.martinez@uv.es ; @ricardmm; @catetedramuv1