ORDENANZA QUE OFICIALIZA LA BANDERA Y ESCUDO DE LA PARROQUIA RURAL PUEBLO NUEVO DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICION DE MOTIVOS EL 21 de Octubre de 1952, mediante ordenanza municipal se crea la parroquia rural Pueblo Nuevo del Cantón Portoviejo. Los (as) habitantes de la parroquia Pueblo Nuevo son hombres y mujeres laboriosos y solidarios, que anhelan alcanzar el bienestar y desarrollo de su territorio. En tal virtud con fecha 21 de agosto de 2007, el señor Pastor Intriago Vélez en su condición de Presidente de la Junta Parroquial de Pueblo Nuevo solicita al Concejo Municipal de Portoviejo la elaboración y correspondiente aprobación de la Ordenanza que oficializa la Bandera y Escudo de la parroquia. En uso de sus atribuciones, el Concejo Municipal en sesión celebrada el 17 de marzo de 2008 aprueba en primer debate el proyecto de Ordenanza que oficializa la Bandera y el Escudo de la parroquia rural Pueblo Nuevo del Cantón Portoviejo. El artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización establece que al Concejo Municipal le corresponde, entre otras atribuciones: a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones. Por los antecedentes mencionados y ante la necesidad de que la parroquia Pueblo Nuevo cuente con sus propios símbolos patrios, los miembros de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes ponemos a consideración del Concejo Municipal el siguiente Proyecto de Ordenanza que oficializa la Bandera y el Escudo de la parroquia rural Pueblo Nuevo del Cantón Portoviejo:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO CONSIDERANDO: Que mediante ordenanza municipal del 21 de Octubre de 1952, se crea la parroquia rural Pueblo Nuevo del Cantón Portoviejo. Que, mediante comunicación el 21 de Agosto del 2007, la Junta Parroquial de Pueblo Nuevo solicita al Concejo Cantonal la aprobación de la respectiva Ordenanza mediante el cual se oficialice la bandera y escudo de la mencionada Parroquia. Que, el art. 57, literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización establece como atribuciones del Concejo Municipal el ejercicio de la facultad normativa en las materias de su competencia, mediante la expedición de ordenanzas, acuerdos y resoluciones. En uso de las atribuciones que le concede el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. EXPIDE: LA ORDENANZA QUE OFICIALIZA LA BANDERA Y ESCUDO DE LA PARROQUIA RURAL PUEBLO NUEVO DEL CANTÓN PORTOVIEJO TITULO I DE LOS SIMBOLOS PATRIOS CAPÍTULO I AMBITO, OBJETIVOS ARTT. 1. ÁMBITO.- La presente ordenanza oficializa la Bandera y el Escudo de la parroquia rural Pueblo Nuevo del cantón Portoviejo como símbolos patrios locales, debiéndose exaltar siempre en todos los actos cívicos y solemnes, en primer lugar a la Bandera y el Escudo Nacional, la Bandera y Escudo de Portoviejo junto a la Bandera y Escudo de la Parroquia. ART. 2.- OBJETIVOS.- La oficialización de los símbolos patrios tiene como objetivos primordiales elevar el civismo de los habitantes de Pueblo Nuevo; incentivar el amor a la patria y al territorio provincial cantonal y parroquial.
CAPÍTULO II LA BANDERA DE PUEBLO NUEVO ART. 3. ESTRUCTURA.- La Bandera de la Parroquia Pueblo Nuevo, se divide en tres franjas horizontales de iguales dimensiones: la franja superior es de color Azul celeste; la franja central será blanco; y la franja inferior será de color verde. En su interior llevará un círculo formado por 12 estrellas que representan a los 11 recintos históricos de la parroquia y una a la cabecera parroquial: Los Naranjos, Cajafuego, El Gramal, Tierradura, Palo Quemado, Los Laureles, Majagua, Santa Rosa, El Cerro, Tablada del Tigre, Los Tigres. ART. 4. SIGNIFICADO DE LOS COLORES.- Los colores de la bandera tienen el siguiente significado: 1. COLOR AZUL CELESTE: Que representa el cielo que nos cubre, los esteros y las quebradas que con sus ondas sonoras alegran y alimentan nuestro vivir cotidiano. 2. BLANCO: Que representa la pureza del aire que respiramos, la transparencia, la sencillez y la pureza del corazón de los habitantes de Pueblo Nuevo. 3. VERDE: Representa el verdor del campo, el perfume del aire puro y ambiental, es la esperanza de un futuro paraíso. Art. 5.- SIGNIFICADO DE LAS ESTRELLAS: Las estrellas son de color amarillo brillante que representan las once comunidades, mismas que se acentúan en un círculo que significa la unión y confraternidad de sus habitantes. CAPITULO III EL ESCUDO DE PUEBLO NUEVO ART. 6. ESTRUCTURA.- El centro del Escudo está dividido en tres cuarteles, en los cuales encontramos lo siguiente: a. En el cuartel superior izquierdo se encuentra la mocora y la toquilla, materiales con los cuales se elaboraban los petates y los sombreros por parte de las amas de casa, los mismos que eran comercializados en la capital provincial de Portoviejo.
b. En el cuartel superior derecho se encuentran la caña guadua, de gran importancia y sirve principalmente para construir viviendas. La caña de azúcar que sirve para la elaboración de la panela y el aguardiente. c. En el cuartel inferior se encuentra el sol que a través de sus rayos solares ilumina el campo agrícola y en las producciones de cacao, plátano, tagua, café, maíz que son productos tradicionales que han servido de alimento y sustento a los habitantes de esta parroquia. d. En la parte superior y en los costados se encuentran 12 estrellas de color amarillo brillante; 11 estrellas representan los sitios que conforman Pueblo Nuevo, y 1 estrella en el centro que representa la cabecera cantonal. e. En la parte inferior del escudo consta un listón con los colores de la bandera de Portoviejo, que lleva escrita la leyenda VALOR, TRABAJO Y CIVISMO. f. El fondo del escudo será de color blanco. g. En el interior del Escudo lleva la fecha que representa la fundación de esta Parroquia 21 de Octubre de 1952. DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Oficiar a todos las instituciones educativas, organizaciones culturales, sociales y barriales de la parroquia, con el texto de esta ordenanza para su conocimiento y difusión. SEGUNDA.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación y su publicación en aplicación al Art. 324 del COOTAD. Dado en la sala de sesiones del Ilustre Concejo Municipal de Portoviejo, a los cinco días del mes de septiembre del 2011. SECRETARIO DEL CONCEJO
CERTIFICO: Que la presente ORDENANZA QUE OFICIALIZA LA BANDERA Y ESCUDO DE LA PARROQUIA RURAL PUEBLO NUEVO DEL CANTÓN PORTOVIEJO, fue debidamente discutida y aprobada por el Concejo Municipal del cantón Portoviejo en sesiones distintas, celebradas los días 17 de marzo de 2008 y 5 de septiembre de 2011, de conformidad a lo que dispone el Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, habiendo sido aprobada definitivamente en la sesión del 5 de septiembre de 2011. SECRETARIO DEL CONCEJO SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PORTOVIEJO.- En la ciudad de Portoviejo, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil once, a las 16H37.- De conformidad con lo que dispone el Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, elévese a conocimiento del señor Alcalde del cantón, para su sanción, en tres ejemplares la ORDENANZA QUE OFICIALIZA LA BANDERA Y ESCUDO DE LA PARROQUIA RURAL PUEBLO NUEVO DEL CANTÓN PORTOVIEJO SECRETARIO DEL CONCEJO MUNICIPAL
ALCALDÍA DEL CANTÓN PORTOVIEJO.- Portoviejo, 7 de septiembre de 2011, a las 11H34.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización vigente, y una vez que se ha cumplido con las disposiciones legales, SANCIONO la presente ORDENANZA QUE OFICIALIZA LA BANDERA Y ESCUDO DE LA PARROQUIA RURAL PUEBLO NUEVO DEL CANTÓN PORTOVIEJO y procédase de acuerdo a la Ley. Dr. Humberto Guillem Murillo ALCALDE DEL CANTÓN PORTOVIEJO Lo Certifico: SECRETARIO DEL CONCEJO MUNICIPAL