EXPOSICION DE MOTIVOS
|
|
|
- María Luz María Concepción Blanco Saavedra
- hace 9 años
- Vistas:
Transcripción
1 EXPOSICION DE MOTIVOS Así como las empresas públicas, nacen a través de la autorización de la Ley, cesan asimismo por mandato de la misma Ley. Partiendo de esta premisa, podemos anotar que es necesario tomar decisiones transcendentales, en aras de buscar mejores días para la administración municipal. La Acción social de un municipio debe siempre estar encaminada a prestar un servicio Social, cuya misión debe ser, promover y contribuir al desarrollo humano para el mejoramiento de la calidad de vida de la población vulnerable del cantón, propender al desarrollo social integral de la población en general, a generar condiciones de vida digna para toda la comunidad a través de procesos participativos o a desarrollar y fortalecer la integración entre los diferentes sectores sociales del cantón. Según la doctrina, una empresa dentro de sus fines busca la obtención de un beneficio económico mediante la satisfacción de una necesidad de orden general o social, su fin inmediato es la producción de bienes y servicios para un mercado y analizar que se busca con esa producción de bienes y servicios. La ley orgánica de Empresas Públicas su Art. 39, dispone: Las empresas públicas deberán propender que a través de las actividades económicas que realicen se generen excedentes o superávit, los que servirán para el cumplimiento de los fines y objetivos previstos en el artículo 2 de esta Ley ; todo esto contradice en términos generales los fundamentos y argumentos con los que se creó la Empresa Pública de Desarrollo Social del Cantón Quevedo EPMDESO-Q, cuya finalidad esencial es la prestación de servicios de asistencia social y promoción del desarrollo humano a los sectores de mayor vulnerabilidad, dando a entender que esto jamás va a perseguir fines de lucro, con el que se pueda sustentar y sostener dicha empresa. Con la aprobación de la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización COOTAD, aprobada por la Asamblea Nacional, y publicada en el suplemento del Registro Oficial N. 166, del 21 de enero del 2014, la que en su Art. 62, sustituye la Disposición General Octava en la que dispone la extinción de los patronatos metropolitanos y municipales concediéndoles el plazo de 1 año para tal efecto, y como, la Empresa Pública de Desarrollo Social del Cantón Quevedo EPMDESO-Q, derogó la Ordenanza de la creación del Patronato Municipal del Niño de Quevedo PAMUNIQ, y asumió dicha entidad, y dado que dicha empresa pública, jamás ha entrado en funciones y que el GADM del cantón Quevedo, bien puede asumir administrativamente la prestación de los servicios sociales Ciudadela Municipal, calle Edmundo Ward, s/n vía a Quito. Teléfono , extensión 139.
2 que prestaba dicha institución emblemática, es de suma importancia tomar una decisión al respecto. Por todo lo anotado y por tratarse de algo que la misma Ley nos permite, se propone que el Concejo Municipal Derogue y en consecuencia se deje sin efecto la Ordenanza de creación de la Empresa Pública de Desarrollo Social del Cantón Quevedo EPMDESO-Q, a fin de poder asumir administrativamente la prestación de los servicios sociales que ofrecía el PAMUNIQ. EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON QUEVEDO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República de Ecuador, en sus Arts. 238 y 240, señalan que los Gobiernos Autónomos descentralizados gozan de autonomía política, administrativa y financiera, así como también determinan que tendrán facultades legislativas. Que, en sesiones ordinarias celebradas los días 27 de enero del 2014 y 08 de febrero del 2014 respectivamente, en primero y segundo debate en su orden, de conformidad con lo que establece el Art. 322 del COOTAD, se aprobó la Ordenanza que crea la Empresa Pública Municipal de Desarrollo Social del Cantón Quevedo EPMDESO-Q, a fin de atender los asuntos sociales y de los sectores vulnerables del Cantón. Que, la mencionada Ordenanza tiene sus antecedentes en la normativa vigente a la fecha de su aprobación. Que, dentro de la Ley Orgánica de Empresas Públicas se exige en su Art. 39 Las empresas públicas deberán propender que a través de las actividades económicas que realicen se generen excedentes o superávit, los que servirán para el cumplimiento de los fines y objetivos previstos en el artículo 2 de esta Ley ; contradiciendo la realidad de los objetivos de la Empresa Pública Municipal de Desarrollo Social del Cantón Quevedo EPMDESO-Q, que son entre otros, proveer servicios a grupos de atención prioritaria, ya en forma gratuita o mediante el cobro de módicas sumas, que propendan a mejorar su calidad de vida y así cumplir con el principio del buen vivir consagrado en la Constitución de la República del Ecuador. Que, la Ley Orgánica de Empresas Públicas en el Art. 56 expresa: Para la extinción de una empresa pública se deberán observar las mismas Ciudadela Municipal, calle Edmundo Ward, s/n vía a Quito. Teléfono , extensión 139.
3 formalidades establecidas para su creación, debiendo el decreto ejecutivo, norma regional u ordenanza respectiva fijar la forma y términos de su extinción y liquidación. Que, el COOTAD, en su Art. 322 inciso 2º, dispone que los proyectos de ordenanzas que se reformen deberán referirse a una sola materia y serán presentados con la exposición de motivos, el articulado que se proponga y la expresión clara de los artículos que se Deroguen o Reformen con la nueva Ordenanza. Que, el COOTAD en su Art. 57, Lit. a), establece que corresponde al Concejo Municipal, la facultad normativa en las materias de competencias del GAD, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones. En uso de las atribuciones que le confiere la Ley. EXPIDE: La siguiente ORDENANZA DEROGATORIA DE LA ORDENANZA QUE CREA LA EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DEL CANTÓN QUEVEDO EPMDESO-Q. Art. 1.- Deróguese la Ordenanza de Creación de la Empresa Pública Municipal de Desarrollo Social del Cantón Quevedo EPMDESO-Q, aprobada en sesiones realizadas durante los días 27 de enero del 2014 y 08 de febrero del 2014 respectivamente, en primero y segundo debate en su orden. Disposición Transitoria. PRIMERA: el señor Alcalde o su delegado, deberá proponer una terna al Directorio de la Empresa Pública Municipal de Desarrollo Social del Cantón Quevedo EPMDESO-Q, para nombrar un liquidador o liquidadora, conforme lo expone el Art.58 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas. SEGUNDA: La persona jurídica de derecho Público denominada Empresa Pública Municipal de Desarrollo Social del Cantón Quevedo EPMDESO-Q, constituida al amparo de las disposiciones de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, en el caso de haber entrado en funcionamiento, el liquidador solicitará la cancelación de la inscripción en SENPLADES (si la hubiere), y, cumplirá con todas obligaciones establecidas en el Art.59 de la Ley Orgánica de Empresa Pública presentará los estados financieros con corte a la fecha de vigencia de Ciudadela Municipal, calle Edmundo Ward, s/n vía a Quito. Teléfono , extensión 139.
4 esta ordenanza y se efectuarán los actos necesarios para la formalización de la transferencia patrimonial al GADM del cantón Quevedo. TERCERA: los bienes, activos y pasivos y todo lo que constituye el patrimonio de la Empresa Pública Municipal de Desarrollo Social del Cantón Quevedo EPMDESO-Q, se transferirán automáticamente al GADM del cantón Quevedo. DISPOSICION FINAL Esta Ordenanza entrará en vigencia a partir de su sanción por parte del señor Alcalde, sin perjuicio su publicación en la Gaceta Oficial del GADM del cantón Quevedo o en el Registro Oficial. Dado en la sala de sesiones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quevedo, a los veinte días del mes de enero del dos mil quince. Jorge Domínguez López ALCALDE DE QUEVEDO SECRETARIA DEL CONCEJO CERTIFICO: Que la presente ORDENANZA DEROGATORIA DE LA ORDENANZA QUE CREA LA EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DEL CANTÓN QUEVEDO EPMDESO-Q que antecede, fue discutida y aprobada por el Concejo Cantonal de Quevedo, en sesiones ordinarias de quince y veinte de enero del dos mil quince, en primer y segundo debate; respectivamente, de conformidad con lo que establece el Art.322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y la remito al señor Alcalde para su sanción. Quevedo, 22 de enero del SECRETARIA DEL CONCEJO VISTOS: En uso de la facultad que me conceden los Arts.322, inciso quinto y 324, del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, declaro sancionada ORDENANZA DEROGATORIA DE LA ORDENANZA QUE CREA LA EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL DE Ciudadela Municipal, calle Edmundo Ward, s/n vía a Quito. Teléfono , extensión 139.
5 DESARROLLO SOCIAL DEL CANTÓN QUEVEDO EPMDESO-Q, por estar de acuerdo con las normas vigentes y dispongo su publicación. Quevedo, 23 de enero del 2015 Jorge Domínguez López ALCALDE DE QUEVEDO SECRETARIA DEL CONCEJO.- Sancionó, firmó y ordenó su promulgación de LA ORDENANZA DEROGATORIA DE LA ORDENANZA QUE CREA LA EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DEL CANTÓN QUEVEDO EPMDESO-Q el señor Jorge Domínguez López, Alcalde del cantón Quevedo, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil quince.lo certifico. SECRETARIA DEL CONCEJO. Ciudadela Municipal, calle Edmundo Ward, s/n vía a Quito. Teléfono , extensión 139.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO. Considerando
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN QUEVEDO Considerando Que, la Constitución de la República de Ecuador, en sus Arts. 238 y 240, señalan que los Gobiernos Autónomos descentralizados
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTONAL DE QUEVEDO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTONAL DE QUEVEDO Considerando Que la constitución de la República del Ecuador, en su artículo 238, establece que los gobiernos autónomos
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONÓMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON QUEVEDO CONSIDERANDO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONÓMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON QUEVEDO CONSIDERANDO Que en sesiones ordinarias de concejo de fecha 15 de Septiembre del 2011 y de 16 de noviembre del 2012, en primer
No ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA DE CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL PUERTO COMERCIAL DE LOJA EP
No. 005-2014 ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA DE CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL PUERTO COMERCIAL DE LOJA EP EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fecha 15 de noviembre de 2011, mediante
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS A la vigencia de la Ordenanza Sustitutiva a la ORDENANZA QUE REGULA LA CONSTITUCION,
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA QUE CREA LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE CENTROS COMERCIALES Y TERMINAL TERRESTRE DEL CANTÓN PORTOVIEJO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante Ordenanza sancionada el 14 de octubre de 2014, el Concejo Municipal de Portoviejo, en cumplimiento de las obligaciones asignadas a este Gobierno Cantonal por los artículos
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:
La Institución La Municipalidad del Cantón Bolívar inició su vida Institucional el 8 de octubre de 1913, tal como consta en el Registro Oficial, y de acuerdo a la vigencia de la nueva Constitución de la
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CONSIDERANDO: El Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: "Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía
Administración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi
Administración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi Período 2014-2019 Guayaquil, Miércoles 25 de Marzo de 2015 No. 22 ORDENANZA QUE FUSIONA A LAS DIRECCIONES DE URBANISMO, AVALÚOS Y REGISTROS Y LA DIRECCIÓN
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA QUE NORMA EL SISTEMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA QUE NORMA EL PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fecha 31 de agosto de 2011, el Concejo Municipal expidió la Ordenanza que norma el Sistema de Participación Ciudadana
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO:
No. 004-2014 ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA QUE CONSTITUYE, ORGANIZA Y REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LA DE LOJA, EMAAL EP EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, el artículo 315 de la Constitución
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN EL GUABO ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS La vigencia de la Ordenanza para REGULAR, AUTORIZAR Y CONTROLAR LA EXPLOTACION DE
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA
4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,
SECRETARIA GENERAL EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LOPEZ CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LOPEZ CONSIDERANDO: Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que los Gobiernos Autónomos Descentralizados
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS C O N S I D E R A N D O:
1 EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS C O N S I D E R A N D O: QUE, el Art 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que Las instituciones
n EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO:
1 n. 023-2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, al amparo del artículo 12 de la Constitución de la República del Ecuador, el derecho al agua es fundamental e irrenunciable. Y, el agua es
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA SECRETARÍA GENERAL Administración
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CONSIDERANDO: Que, el Art. 9 del Mandato Constituyente No. 2 establece que: Las disposiciones contenidas en el
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO Que, mediante Registro Oficial No. 214 de fecha 15 de junio del 2010, se expidió la ordenanza
CONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 238, establece que los gobiernos autónomos descentralizados
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN PORTOVIEJO
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El proyecto de REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, DEL CANTÓN PORTOVIEJO, responde a una
No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
No. 07-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II, DE LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y REGULACIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL CANTÓN LOJA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE VÍA PÚBLICA, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE
SECRETARIA GENERAL EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LÓPEZ
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LÓPEZ CONSIDERANDO: Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere a los Gobiernos Autónomos Descentralizados
"Te iiíoge. ti- cottqutsta, tf fficant. EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN CRISTÓBAL DE PATATE CONSIDERANDO:
W Oobierno Municipci! "Te iiíoge. ti- cottqutsta, tf fficant. EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN CRISTÓBAL DE PATATE CONSIDERANDO: Que, el artículo 226, en concordancia establece
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS CONSIDERANDO: EXPIDE LA SIGUIENTE:
CONSIDERANDO: QUE: Conforme lo establecido en el artículo 239 de la Constitución de la República del Ecuador: "El régimen de Gobiernos Autónomos Descentralizados se regirán por la ley correspondiente,
ORDENANZA No GADMQ EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE QUIJOS - NAPO: EL CONCEJO CANTONAL
ORDENANZA No. 53 - GADMQ - 2013 EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE QUIJOS - NAPO: EL CONCEJO CANTONAL Que, una de las expresiones fundamentales de la autonomía municipal es la
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON QUEVEDO. CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON QUEVEDO. CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República de Ecuador, en sus Arts. 238 y 240, señalan que los Gobiernos Autónomos
ORDENANZA QUE FIJA LAS REMUNERACIONES MENSUALES UNIFICADAS DE LAS Y LOS SERVIDORES DEL GAD MUNICIPAL DE MORONA.
ORDENANZA QUE FIJA LAS REMUNERACIONES MENSUALES UNIFICADAS DE LAS Y LOS SERVIDORES DEL GAD MUNICIPAL DE MORONA. EL CONCEJO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA, CONSIDERANDO: Que, El artículo 227 de
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ATACAMES CONSIDERANDO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ATACAMES CONSIDERANDO: Que, la constitución de la República del Ecuador, en el capítulo tercero de los Gobiernos Autónomos Descentralizados
No. 023-CM-GADMCH EL ÓRGANO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CHORDELEG CONSIDERANDO:
No. 023-CM-GADMCH EL ÓRGANO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CHORDELEG CONSIDERANDO: Que, la Empresa Pública Municipal Mancomunada de Aseo Integral de los Cantones: Gualaceo,
ORDENANZA QUE REGULA LA REMISIÓN DE INTERÉS, MULTAS Y RECARGOS SOBRE TRIBUTOS ADMINISTRADOS POR EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA
ORDENANZA QUE REGULA LA REMISIÓN DE INTERÉS, MULTAS Y RECARGOS SOBRE TRIBUTOS ADMINISTRADOS POR EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El fomento de empleo y el incremento de la
No ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE SERVICIOS PÚBLICOS, DE LA OPERACIÓN DE LA ESTACIÓN TERMINAL TERRESTRE DE LOJA
No. 04-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE SERVICIOS PÚBLICOS, DE LA OPERACIÓN DE LA ESTACIÓN TERMINAL TERRESTRE DE LOJA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: La Unidad Municipal del Terminal
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CONSIDERANDO EL NUEVO MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL VIGENTE, SE HACE IMPERATIVO QUE LA NORMATIVA INTERNA VAYA ACORDE A LAS DISPOSICIONES ANOTADAS, POR LO TANTO ES NECESARIO CREAR UNA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA QUE RECONOCE LAS FECHAS DE RECORDACIÓN CÍVICA Y PATRONAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Ante el vacío existente en el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomías y Descentralización
GADMUNICIPAL DE CHAMBO
EL CONCEJO CANTONAL Considerando: Que, el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece lo siguiente: "Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Santa Lucía se encuentra realizando varios intentos por incentivar y normalizar la actividad comercial en la planta baja
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 9 de la Constitución de la República, confiere competencia exclusiva a los Gobiernos Municipales
ORDENANZA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN GIRÓN
ORDENANZA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN GIRÓN El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Girón, a través
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS CONSIDERANDO:
ORDENANZA PARA EL COBRO DE TASAS DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN LA UNIDAD MUNICIPAL DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE ESMERALDAS, UMTTTSVE. EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
GOBIERNO MUNICIPAL DE SHUSHUFINDI Shushufindi Sucumbíos Ecuador
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON SHUSHUFINDI CONSIDERANDO Que, el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador determina que: Los Gobiernos Autónomos Descentralizados
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008,
Gaceta Municipal 29 Bahía de Caráquez, 28 de Marzo 2014
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON SUCRE GACETA OFICIAL BAHIA DE CARAQUEZ CIUDAD ECOLOGICA ADMINISTRACION MUNICIPAL DEL SEÑOR DOCTOR CARLOS GUSTAVO MENDOZA RODRIGUEZ Año III Bahía de
CONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 6 de la Constitución Política de la República establece entre las competencias exclusivas
ORDENANZAS. (Ordenanza s/n) EL CONCEJO CANTONAL DE CHAMBO
ORDENANZA QUE REGULA EL ALQUILER Y UTILIZACIÓN DE LA MAQUINARIA PESADA Y/O EQUIPO CAMINERO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CHAMBO (Ordenanza s/n) EL CONCEJO CANTONAL DE CHAMBO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA SUSTITUTIVA A LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PAGO DE LA PENSIÓN A LA JUBILACIÓN PATRONAL EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Concejo
ORDENANZA QUE DEFINE LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO Ó G.A.D. PORTOVIEJO. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA QUE DEFINE LA DENOMINACIÓN DE GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO Ó G.A.D. PORTOVIEJO. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Teniendo en cuenta que el vigente ordenamiento jurídico
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán Prov. Del Guayas Ecuador Secretaria Municipal
EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTON DURAN CONSIDERANDO: Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) le corresponde el ejercicio de la facultad normativa
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA SECRETARÍA GENERAL Administración
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CONSIDERANDO: Que, los artículos 238 de la Constitución de la República del Ecuador; 1; 2 literal a); 5; y, 6 del Código Orgánico de Organización
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ATACAMES CONSIDERANDO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ATACAMES CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 238 establece que los gobiernos autónomos
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CONSIDERANDO Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador, expresa que los Gobiernos Autónomos Descentralizados, tienen facultades
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO
DEPARTAMENTO JURÍDICO junto acpuebfo, trabajando-para cípucbfo. GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GIRÓN CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GIRÓN CONSIDERANDO: Que, para el cumplimiento de sus fines y objetivos, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Girón requiere trabajo continuo
GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO CONSIDERANDO:
GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO CONSIDERANDO: QUE, el Art. 264 de Constitución de la República del Ecuador, tipifica las competencias exclusivas de los gobiernos municipales; además se hace constar
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ZARUMA CONCEJO MUNICIPAL Considerando:
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ZARUMA CONCEJO MUNICIPAL Considerando: Que, el artículo 95 de la Constitución de la República señala que: Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el Régimen Autónomo
ILUSTRE M U N I C I P A L I D A D D E S A N T A E L E N A
... ILUSTRE M U N I C I P A L I D A D D E S A N T A E L E N A EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ELENA CONSIDERANDO: N 01-2012.s Que de conformidad con el Art. 238 de la Constitución de la República
EL GOBIERNIO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GUACHAPALA CONSIDERANDO:
EL GOBIERNIO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GUACHAPALA CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 238, establece que los gobiernos autónomos descentralizados
M. I. MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO
EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO QUE, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 265 dispone que: "El sistema público de registro de la propiedad será administrado de manera
EL M. I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO
EL M. I. CONCEJO CANTONAL CONSIDERANDO QUE, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador, los gobiernos municipales tienen competencia exclusiva, sin
n ORDENANZA PARA EL COBRO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL CANTÓN LOJA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO:
n. 020-2015 ORDENANZA PARA EL COBRO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL CANTÓN LOJA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del artículo 264 de la Constitución de la República
ORDENANZA METROPOLITANA No. EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO:
T ORDENANZA METROPOLITANA No. O U 3 U EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la disposición contenida en el artículo 265 de la Constitución de la República "el sistema público
26/02/05 EL M.I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO
26/02/05 EL M.I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO QUE, la Constitución Política de la República, en su Art. 228 y la Ley Orgánica de Régimen Municipal en sus Arts. 1 y 17, consagran la autonomía
REFORMA A LA ORDENANZA PARA EL PAGO DE LAS REMUNERACIONES A LAS Y LOS CONCEJALES DEL CANTÓN GIRÓN EL CONCEJO CANTONAL DE GIRÓN CONSIDERANDO:
REFORMA A LA ORDENANZA PARA EL PAGO DE LAS REMUNERACIONES A LAS Y LOS CONCEJALES DEL CANTÓN GIRÓN EL CONCEJO CANTONAL DE GIRÓN CONSIDERANDO: Que, El Art.358 del Código Orgánico de Organización Territorial,
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CANTÓN GIRÓN CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CANTÓN GIRÓN CONSIDERANDO: Que, la celebración de actos cívicos, históricos, culturales, artísticos, expresiones sociales, religiosas y deportivas, han
REFORMA A LA ORDENANZA MUNICIPAL. (Publicado en el Registro Oficial 486, del )
REFORMA A LA ORDENANZA MUNICIPAL (Publicado en el Registro Oficial 486, del 07-07-2011) EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON QUININDE CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República
PLAN DESARROLLO TERRITORIAL DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
PLAN DESARROLLO TERRITORIAL DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Ordenanza Municipal 41 Registro Oficial Suplemento 467 de 26-mar.-2015 Estado: Vigente No. 0041 EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO Vistos
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS CONSIDERANDO QUE,
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN ESMERALDAS CONSIDERANDO QUE, el Art. 226 de la Constitución de la República, determina que: Las instituciones del Estado, sus organismos,
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LOGROÑO. CONSIDERANDO
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LOGROÑO. CONSIDERANDO Que, el Art. 238, de la Constitución de la República del Ecuador, establece que los gobiernos autónomos
GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA CONSIDERANDO:
GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República en su Art. 425, establece que la jerarquía normativa considera, en lo que corresponda, el principio de competencia,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHAMBO. Considerando:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHAMBO Considerando: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su numeral 5 del artículo 264, faculta a los gobiernos seccionales crear, modificar o suprimir mediante
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON OTAVALO. Considerando
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON OTAVALO Considerando Que, se encuentra vigente la Ordenanza que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del Concejo Municipal de Otavalo, a
EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE BALAO CONSIDERANDO
c W[umd^alj de/ EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE BALAO CONSIDERANDO Que, de conformidad a lo previsto en los Artículos 279 de la Constitución de la República del Ecuador, y Art. 300 del Código
Administración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi
Administración del Señor Ab. Jaime Nebot Saadi Año 2 Guayaquil, Jueves 2 de Enero de 2014 ORDENANZA QUE CREA LA DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN CON LA COMUNIDAD....1 REFORMA A LA ORDENANZA PRESUPUESTARIA DEL
ORDENANZA QUE CREA LA UNIDAD TÉCNICA DE ELABORACIÓN DE PROYECTOS U.T.E.P. DEL G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
ORDENANZA QUE CREA LA UNIDAD TÉCNICA DE ELABORACIÓN DE PROYECTOS U.T.E.P. DEL G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El ordenamiento territorial comprende un conjunto de políticas
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LA LIBERTAD EXPOSICION DE MOTIVOS
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LA LIBERTAD EXPOSICION DE MOTIVOS Con fecha 19 de Octubre del 2010, en el Suplemento del Registro Oficial No. 303, se publicó
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN MIGUEL DE LOS BANCOS
ORDENANZA DE REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS POR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PENDIENTES DE PAGO QUE MANTIENEN LAS PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS CON EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TISALEO
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO Considerando: Que, la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, Título I, que trata del Objeto y Ámbito, de la misma, en sus artículos
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA SECRETARÍA GENERAL Administración
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL. CONSIDERANDO: Que, el artículo 30 de la Constitución de la República, establece que: "Las personas tienen derecho
ORDENANZA No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
lid 9P, 1 ';,SA11;h9, '&0 4 ORDENANZA No. 0 0 1 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante Ordenanza No. 3446, de 27 de marzo de 2003, se aprueba la Urbanización de Interés Social Progresiva Bellavista del Sur,
ORDENANZA QUE CREA LA ESCUELA MUNICIPAL DE FÚTBOL DEL CANTÓN SAN JACINTO DE YAGUACHI.
ORDENANZA QUE CREA LA ESCUELA MUNICIPAL DE FÚTBOL DEL CANTÓN SAN JACINTO DE YAGUACHI. EL CONCEJO CANTONAL DEL G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN JACINTO DE YAGUACHI CONSIDERANDO: Que, el Art. 238 de la Constitución
EL I. CONCEJO CANTONAL DE EL GUABO
EL I. CONCEJO CANTONAL DE EL GUABO C O N S I D E R A N D O: Que, el artículo 238 de la Constitución de la República describe que los gobiernos autónomos descentralizados, gozarán de autonomía administrativa,
REPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO
REPÚBLICA DEL ECUADOR LA I. MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN VINCES CONSIDERANDO Que, la Constitución Política de la República del Ecuador, en su Art. 240 y la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en sus Arts. 1
