Principio 10 de la Declaración de Río: Acceso a la información relevante

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Transcripción:

Principio 10 de la Declaración de Río: Acceso a la información relevante Montevideo, Uruguay, 15-19 de junio de 2015 Lilliana Arrieta Q. REDICA/Cap-Net

Objetivos de la sesión Que todos estemos en la misma página respecto al concepto de Derechos Humanos. Que los participantes se apropien del concepto y alcance de EbDH promovido por Las Naciones Unidas

Objetivos de la sesión Familiarizarse con el concepto de derecho a la información y a la participación Comprender su evolución histórica Comprender su alcance y la interpretación dada por Las Naciones Unidas, y Su aplicación para el DHAS

Una verdadera sociedad democrática es aquella en que todos y cada uno de sus ciudadanos poseen voz y capacidad de influir en los procesos de toma de decisiones. Michelle Bachelet

Introducción Durante la Cubre de Desarrollo Sostenible, celebrada en Río de Janeiro 1992, se adoptó la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, que en considera: La participación no sólo es importante porque ayuda a identificar las problemáticas ambientales clave desde las distintas perspectivas de las partes interesadas, sino también porque puede ofrecer opciones para abordar dichas problemáticas. Si la participación es abierta y transparente, aumenta la probabilidad de que los intereses de las diferentes partes, incluidos los pobres, los grupos vulnerables y las mujeres, se reconozcan y estén mejor reflejados en la formulación de las respuestas de política pública.

Información y Participación

Derecho a la Participación La participación ciudadana, apunta a mecanismos formales de diálogo entre los distintos niveles del Estado y los habitantes, de modo tal, que puedan influir en las distintas fases de toma de decisiones -diseño, ejecución y seguimiento de las políticas públicas y programas para el agua potable y el saneamiento y puedan ejercer control social. Los procesos de participación efectivos y reales fortalecen la sociedad y asientan las bases para una distribución más equitativa del poder de decisión sobre los asuntos públicos. Hay que asegurar la participación de las personas pobres y los grupos marginados en la toma de decisiones sobre cuestiones de agua y saneamiento.

Participación Ciudadana como Proceso de Apoyo a la Toma de Decisiones La participación ciudadana es considerada como un proceso donde los actores sociales, organizados o no organizados, afectados e interesados por una iniciativa, que se desenvuelven en el ámbito público o privado, se involucran con sus opiniones, propuestas y observaciones en torno a los temas de su interés, con el fin de que el proceso de toma de decisiones se lleve a cabo de forma objetiva, transparente y justa. Espinoza, G., R. Asenjo y A. Córdova, 2005. Mejoramiento de la Participación Ciudadana en el Manejo Ambiental. CARANA / BID.

Alcance de la participación En relación con los derechos humanos, la participación es un verdadero empoderamiento, no una mera consulta o suministro de información. Una participación activa, libre y significativa requiere una oportunidad concreta para expresar demandas y preocupaciones e influir en las decisiones. Para ello es necesario proveer información a través de múltiples canales, permitir la participación en procesos transparentes e inclusivos, y fortalecer las capacidades de colaboración de los individuos y la sociedad civil. El enfoque basado en derechos humanos tiene el objetivo de responder mejor a las necesidades y prioridades de las personas, incluso de aquellas que suelen verse excluidas. Catarina de Albuquerque

Proceso continuo y dinámico La participación ciudadana debe entenderse como un proceso continuo, con una comunicación permanente hacia y desde las partes involucradas. El proceso de participación ciudadana está directamente relacionado con el ciclo de vida de las iniciativas y los proyectos.

Participación de los más vulnerables Dejar por fuera del debate, la toma de decisiones y planificación a los grupos más afectados, genera el riesgo de que cuando se trata de servicios de agua y saneamiento, estos no coincidan con las necesidades y prioridades de estos segmentos de población, que sean técnica o culturalmente inapropiadas, demasiado costosas o poco realistas. La participación, por lo tanto, no es sólo un principio de derechos humanos y un objetivo per se, sino además es una condición de eficacia en los proyectos de desarrollo. Fuente: The Human Right To Water And Sanitation Translating Theory Into Practice UNDP Oslo Governance Centre, 2008

Elementos de la participación Mediante resolución No 19/10, el Consejo de Derechos Humanos nombró a un Experto Independiente para las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible. Este Experto Independiente de las Naciones Unidas, John H. Knox, presentó su informe en el 28º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos el 9 de marzo de 2015, en Ginebra, Suiza. Dicho informe se centra en las buenas prácticas para el cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos relativas a la protección del medio ambiente, y se refirió expresamente a las obligaciones de procedimiento y sustantivas, incluyendo la publicación de información relativa al medio ambiente, la facilitación de participación pública en la toma de decisiones ambientales, la protección de los derechos de expresión y de asociación, el acceso a recursos jurídicos para indemnizar los daños ambientales transfronterizos y las obligaciones relativas a actores no estatales y respecto de miembros de grupos en situaciones vulnerables.

MARCO REGULATORIO

Disposición del P.10 El Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, literalmente dispone: PRINCIPIO 10. El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos Texto completo en: http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/riodeclaration.htm

Países Signatarios de la Declaración (Nov 2014)

Agenda 21:Participación La Agenda 21 adoptada también en 1992, junto con el Plan de implementación, en sus Capítulos 23 a 40 se refieren al acceso a la información y la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones. El Capítulo 28, por ejemplo, establece que se debe promover la participación de la sociedad civil, específicamente se refiere a 9 grupos sociales; jóvenes, mujeres científicos, administración local, empresas, agricultores, sindicatos, ONG s y la comunidad local. Indica: La participación pública general en la toma de decisiones es fundamental para conseguir un desarrollo sostenible. Es aconsejable que tanto las personas con carácter individual, como los grupos y organizaciones participen en la evaluación de las consecuencias ambientales de las decisiones que puedan afectar a su comunidad.

Agenda 21: Información Capítulo 40: En el desarrollo sostenible, cada persona es a la vez usuario y portador de información, considerada en un sentido amplio, que incluye datos, información y el conjunto adecuado de experiencias y conocimientos. La necesidad de información se plantea en todos los niveles, desde el de dirección superior, en los planos nacional e internacional, al comunitario y el individual.

20 años después En la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20), junio de 2012, se firmó la Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. En la Declaración, los países signatarios se comprometieron a elaborar e implementar un plan de acción, con el apoyo de la CEPAL, para adoptar un instrumento para la implementación de los derechos de acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales.

Participación: elemento de sostenibilidad El acceso a la información y el derecho a la participación es parte de el marco institucional para el desarrollo sostenible. En tema vuelve a ser reiterado en el párrafo 99, del documento El Futuro que Queremos, adoptado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, y aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Res. 66/288 del 27 de julio de 2012, que alienta la adopción de medidas a nivel regional, nacional, sub-nacional y local, para promover el acceso a la información, la participación del público en la adopción de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales

Integración de la información e instancias Los Estados deben comprometerse a integrar la información social, económica y ambiental para apoyar los procesos de toma de decisiones y definición de políticas públicas. Para mejorar la participación y desarrollar capacidad a nivel nacional, es fundamental contar con la participación sustantiva de la sociedad civil, el sector privado y otros actores pertinentes en los procesos de formulación de políticas y fomentar el compromiso de los interesados directos en la toma de decisiones relevantes. Parte esencial de la Gobernabilidad Ambiental es garantizar la participación de múltiples actores y en niveles múltiples y el mejor acceso posible a la información, y a la justicia ambiental. Para ello es importante fortalecer la capacidad de los actores; mejores sistemas de monitoreo y claridad en las metas.

TÉCNICAS

Cuatro modalidades de participación Modalidades de participación impulsadas por el sector público 1. Informativa: tiene como finalidad informar a los destinatarios de la iniciativa pública 2. Consultiva: su objetivo preguntar a los destinatarios sobre alguna cuestión relevante de las iniciativas públicas 3. Gestionaria: involucra a los destinatarios en la decisión, ya que se les considera como co-gestores para dar respuestas a situaciones determinadas 4. De empoderamiento: los habitantes se apropian de las iniciativas y de las políticas públicas y están en posición de ejercer control social sobre ellas.

http://www.conama.es/viconama/ds/pdf/52.pdf Mecanismos de consulta y participación

Información relevante Agua Los elementos de la seguridad del abastecimiento de agua son: o Acceso a agua potable; o Agua segura; y o Accesibilidad al agua También, nivel del agua, calidad del agua y temperatura del agua, entre otros. Saneamiento El acceso al saneamiento básico comprende: Seguridad y privacidad en el uso de estos servicios. La cobertura se mide en % de personas que utilizan servicios de saneamiento. La falta de un saneamiento es una de las principales causas de contaminación del agua potable y de mortalidad infantil. Con letrinización se evitarían: 470 000 defunciones y se recuperarían 320 millones de días productivos cada año

Desagregación de datos Un EBDH requiere que los datos sobre el acceso al agua y al saneamiento sean desagregados por sexo y poblaciones vulnerables, lo que es esencial para identificar cuáles son los grupos más marginados en un determinado contexto y para garantizar que esas poblaciones son el objeto de una programación para la cierra de brecha. La información debe ponerse a disposición en formatos accesibles o en lenguas minoritarias. Para abordar las razones estructurales que están detrás de la falta de acceso al agua, es necesario analizar los contextos social, cultural, político, legal y ambiental con un planteamiento integrado que va más allá del sector del agua. Por ejemplo, la discriminación de la mujer en otros sectores, tales como los derechos de propiedad de la tierra, la herencia, la educación y el empleo que inciden en el acceso al agua.

Muchas Gracias liliarrietaq@gmail.com www.redicanetwork.com FB: redicanetwork