MODIFICA CIRCULAR N 2.097, DE 2003

Documentos relacionados
SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NORMA DE CARÁCTER GENERAL N

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NORMA DE CARÁCTER GENERAL N SEP 2012 SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL CIRCULAR N SEP 2012

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 2 4 SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N OCT 2011

SUBSIDIOS POR PERMISO POSTNATAL PARENTAL DE LOS FUNCIONARIOS AFECTOS A LOS REGÍMENES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE ORDEN Y DE SEGURIDAD PÚBLICA.

Para los corredores de seguros y liquidadores de siniestros

Santiago, I. Modifícase el Título V. SISTEMA SOLIDARIO DE PENSIONES, de acuerdo a lo siguiente:

Creación y Habilitación de Nuevos Usuarios para envío de la información

CIRCULAR N 1224 VISTOS: REF.:

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO ACTUARIAL CIRCULAR N 1686

CIRCULAR N 626. REF.: INFORMES DIARIOS QUE DEBEN PRESENTAR LAS ADMINISTRADORAS: MODIFICA CIRCULAR No. 555.

CIRCULAR N SANTIAGO, 12 ENE. 2007

ffi r* Güd rry !5_ --t "m r- r--t W.rt r-;i'';i;"" Lo dispuesto en la Ley N" y las facultades que confiere la ley a esta

CIRCULAR N 627. REF.: INFORMES DIARIOS QUE DEBEN PRESENTAR LAS ADMINISTRADORAS: MODIFICA CIRCULAR No. 555 Y DEROGA CIRCULAR No. 626.

Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones

OBLIGACION DE PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES ATRASADAS COMO REQUISITO PREVIO AL TERMINO DE LA RELACION LABORAL POR PARTE DEL EMPLEADOR.

El cálculo de la tasa de costo efectivo procede bajo el supuesto de cumplimiento de todas las condiciones pactadas.

CIRCULAR IF/ N 136. Santiago, 30 nov 2010

CIRCULAR N 108. Las Administradoras deberán mantener los siguientes registros:

P*\ * ffi. ctrcular rf/n" 2 2 sanrlago, 2 5 l,fay0 2[106. tkt

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES CIRCULAR Nº 823 VISTOS :

REF.: INFORMACIÓN DE EMPLEADORES MOROSOS. REEMPLAZA CIRCULARES NÚMEROS 347, 378, Y

AU SANTIAGO, 11 MAY 2006.

CIRCULAR Nº 1334 VISTOS REF.:

(julio 25) Diario Oficial No de 3 de agosto de 2006 SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Libro II, Título VIII, Letra E, Anexos Anexo Nº 11 Planilla de Pago trabajador de casa particular

1. Agrégase el siguiente número 7:

010 I. Honorable Cámara de Diputados:

Santiago, 1. Modifícase el Capítulo II. DEFINICIONES PRELIMINARES, de acuerdo a lo siguiente:

Informe Estadístico. Comités de la Cámara Chilena de la Construcción. Febrero Departamento de Estudios e Información

Para mayor claridad de lo expuesto a continuación se presentan los siguientes ejemplos:

Viceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES NORMA DE CARÁCTER GENERAL N

Obligación de informar a la Superintendencia de Valores y Seguros sobre las personas que tengan acceso a información reservada.

Cód.DI-COM-USC-33 DESCRIPCIÓN DE ARCHIVOS CLIENTE. Aprobado por la Gerencia General, con fecha

C I R C U L A R N 266/2007

Informe Jurídico. Ley N , modifica el Artículo 177. del Código del Trabajo. de la construcción. En lo relativo a las formalidades

INSTRUCTIVO PLANILLA DE DECLARACION Y NO PAGO DE COTIZACIONES VOLUNTARIAS, DEPOSITOS CONVENIDOS Y APORTES DE INDEMNIZACION FONDOS DE PENSIONES

INSTRUCTIVO PLANILLA DE PAGO DE COTIZACIONES VOLUNTARIAS, DEPOSITOS CONVENIDOS Y APORTES DE INDEMNIZACION FONDOS DE PENSIONES

DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS DE VALORES Y SEGUROS. XX de XXXXX de 2016

Información mensual sobre el estado de las emisiones y colocaciones de bonos de empresas filiales de bancos.

CIRCULAR N1 68 REF.: DEL CALCULO DE LA RENTABILIDAD DE LAS CUOTAS DE LOS FONDOS DE PENSIONES Y DE LA CUENTA INDIVIDUAL Y NORMAS SOBRE LA PUBLICIDAD.

PRINCIPALES, ADMINISTRADORES Y LIQUIDADORES Y SU ACTUALIZACION CONTINUA. MODIFICA OFICIO CIRCULAR N DE 9 DE JUNIO DE 2000.

Especificación de Información Autocontrol de la Facturación y Cobranzas. Instructivo de Llenado PR030001

ESPECIFICACIONES TECNICAS

ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS DEL ECUADOR

Ministerio de Salud y Protección Social


INSTRUCCIONES SOBRE FORMULARIO DE DECLARACION JURADA ANUAL NOTARIAL SOBRE RETENCION Y PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES.

Santiago, I. Modifícas Libro II. COTIZACIONES PREVISIONALES, según se indica:

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES Año del Bicentenario del Natalicio de Juan Pablo Duarte

ffim*" CIRCULAR N' 1?06

Resolución General 2538/2009 AFIP REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

Especificaciones Técnicas para la Transmisión de los Archivos de Subsidio Previsional a los Trabajadores Jóvenes. LIBRO II TÍTULO XIII Anexo N 3

Instructivo para la Declaración Jurada Anual de los Agentes de Retención de Asalariados (IR-13 Electrónico) Versión 1.3 del 26 de Enero de 2006

CIRCULAR IF/N 48 FECHA 5 JUL 2007 INTENDENCIA DE FONDOS Y SEGUROS PREVISIONALES DE SALUD CIRCULAR N 1451 FECHA 5 DE JULIO DE 2007

LIBRO II COTIZACIONES PREVISIONALES TÍTULO XIV

CIRCULAR IF/ N 146. Santiago, 24 mar 2011

CIRCULAR N 279. REF.: PLANILLA DE COTIZACIONES; REEMPLAZA ANEXOS N s 2 Y 3 DE LAS CIRCULAR N 233; DERROGA CIRCULAR N 199.

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Instructivo. Para Completar. Solicitud de Verificación

SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS PUBLICOS RESPECTO DEL PAGO DE LOS SUBSIDIOS POSTNATALES PARENTALES DE SUS FUNCIONARIOS

CIRCULAR IF/ N 135. Santiago, 22 oct 2010

TÍTULO TERCERO Normas comunes

CIRCULAR N 13. SANTIAGO, 25 de Julio de 2010.

FICHA TECNICA CIRCULAR Nº DE 1997 INSTRUCCIONES PARA EL ENVIO DE INFORMACION MENSUAL DE FONDOS MUTUOS A TRAVES DE INTERNET.

SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO REGIMEN DE REGULARIZACION LEY

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES:

Instructivo para la Construcción de Archivos de Autodeterminación y Novedades Versión de fecha 18 de Abril de 2007

CIRCULAR N Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones

CONSEJO DE AUTORREGULACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN 03/2005

A todo el mercado asegurador

Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1. Libro IV, Título X Conflictos de Intereses: Párrafos 1, 2 y 5 del Título XIV del D.L. N 3.


I. INFORMACIÓN REQUERIDA Y PROCEDIMIENTO DE ENVÍO INFORMACIÓN REQUERIDA. A. Informes y Estados financieros trimestrales y anuales. B.

PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES A BENEFICIARIOS DEL FONDO SOLIDARIO DEL SEGURO DE CESANTIA. PROCEDIMIENTO TRANSITORIO. IMPARTE INSTRUCCIONES.

CIRCULAR N 715. INTRODUCENSE LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES A LA CIRCULAR No 562:

ESTABLECE CLASIFICACION DE FONDOS MUTUOS SEGÚN SU POLITICA DE INVERSIONES. DEROGA SECCION I DE CIRCULAR Nº 781 DE 29 DE FEBRERO DE 1988

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTUDIOS E INFORMACIÓN SUBDIRECCION DE ESTADISTICAS

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS DEL ECUADOR

(octubre 21) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Detalle (registro tipo 2) : contendrá información de los bienes raíces que formen parte de las inversiones de la compañía.

CIRCULAR EXTERNA 1. CLASIFICACIÓN DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS PARA EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA - NIF

REPUBLICA DE CHILE SfÜPEraNTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS

DECRETO NÚMERO DE 2016 ( )

INSTRUCTIVO DE RESERVAS MÍNIMAS DE LIQUIDEZ (RML) Y COEFICIENTE DE LIQUIDEZ DOMÉSTICA (CLD) Regulación No

Planilla de declaración y no pago de cotizaciones previsionales de subsidio por incapacidad laboral fondos de pensiones y seguros de cesantía

HISTORIA PREVISIONAL DE AFILIADOS ACTIVOS, PENSIONADOS Y FALLECIDOS

Instructivo Llenado PLANILLA DE PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL FONDOS DE PENSIONES Y SEGURO DE CESANTIA

FICHA TÉCNICA - ANEXO CÁLCULO ACTUARIAL Anexo ACA

Planilla de declaración y no pago de cotizaciones de afiliados voluntarios (sólo para trabajadores dependientes)

COMUNICACIÓN DE DATOS AL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL A TRAVÉS DE LA APLICACIÓN

Detalle (registro tipo 2) : contendrá información de las Cuotas de Fondos Mutuos que formen parte de las inversiones de la compañía.

Santiago, 1. Reemplázase el segundo párrafo de la letra a) Categorías, del numeral II.1.1. Definiciones, por lo siguiente:

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Cotiza por Internet en SECCION I - IDENTIFICACION DEL EMPLEADOR RAZON SOCIAL EMPLEADOR O APELLIDO PATERNO, APELLIDO MATERNO, NOMBRES

PROTOCOLO ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE PRODUCTO ELÉCTRICO. PE Nº 5/02-02/2 : 30 de Noviembre de 2007

Fecha Prueba: viernes 14 de octubre de 2016.

Para todos los corredores de bolsa y agentes de valores

Transcripción:

21810-2003 CIRCULAR N SANTIAGO, MODIFICA CIRCULAR N 2.097, DE 2003 IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N 16.744 PARA REMITIR INFORMACIÓN AL INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL SOBRE ADHESIONES, RENUNCIAS Y EXCLUSIONES DE ENTIDADES EMPLEADORAS

Esta Superintendencia, en ejercicio de sus atribuciones legales que le confieren las Leyes N s. 16.395 y 16.744, ha estimado pertinente modificar la Circular N 2.097, de 2003, que imparte instrucciones a las Mutualidades de Empleadores de la Ley N 16.744 respecto del procedimiento de adhesión, renuncia y exclusión de entidades empleadoras. I. Reemplázase el numeral IV. INFORMACIÓN A REMITIR AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, por el siguiente: IV. INFORMACIÓN A REMITIR AL INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL Las Mutualidades de Empleadores deberán remitir mensualmente al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) la información de las entidades empleadoras y de los trabajadores independientes que se incorporen, renuncien o queden excluidos de la Mutualidad. La referida información deberá ser remitida al Instituto de Seguridad Laboral a más tardar el día 10 de cada mes, en un archivo plano que contenga los movimientos correspondientes al cierre del mes anterior, de acuerdo al formato establecido en el Anexo 1 de esta Circular. En caso que el referido día corresponda a un sábado, domingo o festivo, se deberá reportar el día hábil siguiente, siguiendo la misma estructura y alcance establecidos en la presente Circular. No obstante lo anterior, el primer envío de información correspondiente al día 10 de enero de 2018, deberá contener el detalle de la totalidad de las entidades empleadoras y de los trabajadores independientes que registra la Mutualidad al 31 de diciembre de 2017, de acuerdo al formato establecido en el Anexo 2. Finalmente, el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) dispondrá de un servidor FTP donde las Mutualidades podrán acceder para realizar el envío de los archivos requeridos por la presente Circular.. II. Agrégase el Anexo 1 y 2 siguientes: 1. Archivo de movimientos del período Anexo 1 El nombre del archivo plano que contiene los movimientos del período, debe considerar la siguiente estructura: MOVIMIENTOS_EE_AAAAMM.TXT MOVIMIENTOS = Corresponde al nombre del archivo. EE = Código de la Mutualidad, detallado en el número 4 del presente Anexo. AAAAMM = Corresponde al año y mes al que se refiere la información que se reporta. Ejemplo: Si se está enviando el día 10 de abril de 2018 el archivo plano correspondiente a los movimientos del mes de marzo de 2018, entonces el nombre del archivo será MOVIMIENTOS_11_201803.TXT, donde: 11 es el código asignado a la Mutualidad reportadora, y 201803 es el año y mes al que se refiere la información reportada. 2

2. Formato y estructura del archivo de movimientos A continuación se presenta la estructura de campos del archivo plano de movimientos del período. Los campos de este archivo deben estar delimitados por punto y coma ( ; ). Campo Tipo Largo Dominio Rut Texto 8 Dv Texto 1 Razón_social Texto 100 Dirección Texto 100 Ciudad Texto 15 Código_de_comuna Numérico 5 Código único territorial Teléfono Texto 20 Correo_electrónico Texto 100 Actividad_económica Numérico 6 Código de actividad económica Número_de_trabajadores Numérico 6 Tipo_de_movimiento Numérico 1 1:adhesión 2:renuncia 3:exclusión Fecha_del_movimiento Fecha 10 DD/MM/AAAA Tasa_de_cotización_adicional Numérico 5 Tasa de cotización adicional definida por DS N 67 o por DS N 110 Tipo_de_tasa Numérico 1 1: tasa de cotización adicional fijada por el DS N 67 2: tasa de cotización adicional fijada por el DS N 110 Fecha_vigencia_ds67_desde Fecha 10 DD/MM/AAAA Fecha_vigencia_ds67_hasta Fecha 10 DD/MM/AAAA 1: empresa Tipo_de_empresa Numérico 1 Nombre_archivo Texto 25 2: empleador de trabajador de casa particular 3: trabajador independiente voluntario 4: trabajador independiente obligatorio Nombre del archivo que contiene este registro 3. Archivo de resumen del envío Cada archivo con los movimientos del período debe venir acompañado por un archivo de resumen, cuyo nombre debe ajustarse a la siguiente estructura: RESUMEN_EE_AAAAMM.TXT RESUMEN = Corresponde al nombre del archivo. EE = Código de la Mutualidad, detallado en el número 4 del presente Anexo. AAAAMM = Corresponde al año y mes al que se refiere la información que se reporta. Este archivo debe contener los siguientes 3 registros: Número total de registros informados en el archivo MOVIMIENTOS. Número total de registros informados en el archivo MOVIMIENTOS que poseen tasa de cotización adicional según lo dispuesto en el DS N 67. Número total de registros informados en el archivo MOVIMIENTOS que poseen tasa de cotización adicional según lo dispuesto en el DS N 110. 3

4. Codificación de las Mutualidades En la siguiente tabla se detallan los códigos asociados a cada Mutualidad. Código Mutualidad 11 ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD 12 INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO 13 MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN Anexo 2 1. Stock de entidades empleadoras y trabajadores independientes El nombre del archivo plano con la nómina de las entidades empleadoras y de los trabajadores independientes que se encuentran adheridos a esa Mutualidad al 31 de diciembre de 2017, debe considerar la siguiente estructura: STOCK_EE.TXT STOCK = Corresponde al nombre del archivo. EE = Código de la Mutualidad, detallado en el número 4 del Anexo 1. 2. Formato y estructura del archivo de stock A continuación se presenta la estructura de campos del archivo plano con el stock al 31 de diciembre de 2017. Los campos de este archivo deben estar delimitados por punto y coma ( ; ). Campo Tipo Largo Dominio Rut Texto 8 Dv Texto 1 Actividad_económica Numérico 6 Código de actividad económica Fecha_de_afiliación Fecha 10 DD/MM/AAAA Tasa_de_cotización_adicional Numérico 5 Tasa de cotización adicional definida por DS N 67 o por DS N 110 Tipo_de_tasa Numérico 1 1: tasa de cotización adicional fijada por el DS N 67 2: tasa de cotización adicional fijada por el DS N 110 Fecha_vigencia_ds67_desde Fecha 10 DD/MM/AAAA Fecha_vigencia_ds67_hasta Fecha 10 DD/MM/AAAA Tipo_de_empresa Numérico 1 1: empresa 2: empleador de trabajador de casa particular 3: trabajador independiente voluntario 4: trabajador independiente obligatorio 4

3. Archivo de resumen del envío El archivo con el stock de las entidades empleadoras y trabajadores independientes debe venir acompañado por un archivo de resumen de la siguiente forma: RESUMEN_STOCK_EE.TXT RESUMEN_STOCK = Corresponde al nombre del archivo. EE = Código de la Mutualidad, detallado en el número 4 del Anexo 1. Este archivo debe contener los siguientes 3 registros: Número total de registros informados en el archivo STOCK. Número total de registros informados en el archivo STOCK que poseen tasa de cotización adicional según el DS N 67. Número total de registros informados en el archivo STOCK que poseen tasa de cotización adicional según el DS N 110. III. Vigencia El cumplimiento de las exigencias de la presente circular será de carácter obligatorio a contar del 1 de enero de 2018. A partir de esa fecha se derogan las Circulares N s. 1.522 y 1.828, de 1996 y 2000, respectivamente. Saluda atentamente a Usted. CLAUDIO REYES BARRIENTOS SUPERINTENDENTE DE SEGURIDAD SOCIAL PGC/ETS/RAM DISTRIBUCIÓN - Mutualidades de Empleadores de la Ley N 16.744 - Instituto de Seguridad Laboral - Oficina de Partes - Archivo Central 5