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HONORABLE XI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. PRESENTE.

Transcripción:

SECRETARIOS DE LA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA. PRESENTE. El que suscribe Diputado Edgar Jesús Salomón Escorza, en nombre de las y los Diputados que integran el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con las facultades que me conceden los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción XI; 69 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla; y 93 fracción VI y 128 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, me permito someter a consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA EL REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS En concordancia con la iniciativa presentada por la cual se modifica la ley Orgánica del Poder legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla mediante la cual se propone la separación del tema de protección civil del tema de seguridad pública para crear ambos una comisión permanente y en atención a los argumentos expuestos mismos que a continuación reproduzco presento la presente iniciativa para adecuar el Reglamento Interior en el mismo sentido. En México, lamentables experiencias ocurridas a lo largo de nuestra historia nos han dejado grandes lecciones respecto a los peligros a los que estamos expuestos. Estos peligros pueden ser desatados de manera natural o por la acción humana. La Ley General de Protección Civil define a esta como: un conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la prevención, auxilio y recuperación de la población ante la eventualidad de un desastre.

Muestra de éstos desastres son las sequías que padecieron el año pasado muchos Estados entre ellos Puebla, las inundaciones sufridas en los Estados del Sur, Veracruz, Tabasco y recientemente lo ocurrido en el Valle de México, que afecto al Estado de México y al Distrito Federal, provocando las crisis sociales por todos conocidas. Estos riesgos no son los únicos, habitamos una zona sísmica, y existen un sin fin de actividades que hoy nos parecen muy normales pero que por su naturaleza pueden constituir un riesgo que hay que ponderar, estas van desde una simple conexión de gas en los comercios, hasta el manejo de sustancias peligrosas en empresas o negocios de particulares, que pueden generar situaciones lamentables si no existe la prevención necesaria. Si bien es cierto existen mecanismos para atender las contingencias y desastres estos han sido superados, es innegable su inoperancia y la lentitud, la parsimonia para su materialización ante la desgracia, muchos son los esfuerzos, sin embargo poca es la coordinación y las reglas claras para sumarlos. La protección civil, las acciones preventivas en pro de la integridad de los ciudadanos, no debe estar condicionada a colores ni corrientes políticas, es un tema que por su trascendencia y sus alcances debe ser abordado por todos los ámbitos de gobierno de forma especial, los desastres naturales no distinguen color, edad, raza, sexo ni mucho menos preferencias partidistas. Recientemente en nuestro Estado, se suscito una explosión ocasionada por el derrame del contenido de uno de los ductos de Pemex, lo que ocasiono muertes y daños cuantiosos, muchas personas que habitan el Distrito que represento perdieron no solo a su familia sino también sus bienes. Esta desgracia acentúa el tema de la previsión, de la importancia de contar con la infraestructura en protección civil que sume los esfuerzos de todos los ámbitos de gobierno y de los poderes del Estado. El incidente ocurrido en San Martín nos obliga a tomar acciones correctivas pero también nos invita a reflexionar sobre futuras eventualidades y tomar acciones con la finalidad de prevenir el mayor número de percances. Siempre con el objetivo de salvaguardar la integridad de las personas y del medio ambiente.

Como ciudadanos mexicanos, compartimos todos la indignación que han causado estos hechos en nuestros connacionales de bien, solidarizándonos con las personas más cercanas a las víctimas inocentes y a los habitantes de mi lugar de origen que han perdido tanto a sus familias, como sus escasos y modestos bienes materiales. No hay excusa, ni explicación suficientes, no importa de quien provengan, para reparar las vidas humanas y el sufrimiento moral de miles de mexicanos cuyo único infortunio ha sido habitar una de las centenas de zonas de nuestro territorio utilizadas para extraer y para robar impunemente lo que pertenece por disposición constitucional a México y a los mexicanos. Nuestro Estado requiere de medidas legislativas, políticas, programas y acciones de largo plazo, que, con un carácter pragmático e integral, pero al propio tiempo flexible, vayan adecuándose a las necesidades y realidades cambiantes que esta problemática reviste, incluyendo en los mismos, el marco jurídico que los sustente, les otorgue fortaleza y les garantice permanencia. Por lo anteriormente expuesto, se hace necesaria la existencia de un órgano al interior de Congreso del estado, que se aboque a dar continuidad al perfeccionamiento y adecuación del marco jurídico en materia de protección civil, así como también cumpla con las funciones de información y de control evaluatorio de los órganos responsables. Es por eso que dada la relevancia del tema de protección de civil por sí solo, nos atrevemos a solicitar a este Honorable Congreso la separación de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, de manera que exista la Comisión de Seguridad y la Comisión de Protección Civil. Para quedar de la siguiente manera: Iniciativa que se propone en los siguientes términos: ARTÌCULO ÙNICO.- Se reforman las fracciones XIII y XXI y se adiciona la fracción XXII al artículo 24 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue:

Artículo 24.- La competencia de las Comisiones Generales se deriva de su propia denominación, en correspondencia a las respectivas áreas de la Administración Pública Estatal y Municipal, de manera enunciativa y no limitativa conocerán de: I a XII. XIII.- SEGURIDAD PÚBLICA: a) Adecuar y actualizar el marco jurídico relativo a la conservación de la seguridad, el orden público y la paz social; y b) Las demás que le confiera la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, las leyes aplicables o le asigne el Presidente. XIV A XXI. XXII.- PROTECCIÓN CIVIL: a) Adecuar y actualizar el marco jurídico relativo a la protección de la población ante la eventualidad de un riesgo, emergencia o desastre; y b) Las demás que le confiera la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, las leyes aplicables o le asigne el Presidente.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor, el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Puebla. Puebla, Puebla a 19 de Enero de 2011. ATENTAMENTE DIP. EDGAR JESUS SALOMON ESCORZA.

SECRETARIOS DE LA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA. PRESENTE. El que suscribe Diputado Edgar Jesús Salomón Escorza, en nombre de las y los Diputados que integran el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con las facultades que me conceden los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 17 fracción XI; 69 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla; y 93 fracción VI y 128 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, me permito someter a consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS En México, lamentables experiencias ocurridas a lo largo de nuestra historia nos han dejado grandes lecciones respecto a los peligros a los que estamos expuestos. Estos peligros pueden ser desatados de manera natural o por la acción humana. La Ley General de Protección Civil define a esta como: un conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la prevención, auxilio y recuperación de la población ante la eventualidad de un desastre. Muestra de éstos desastres son las sequías que padecieron el año pasado muchos Estados entre ellos Puebla, las inundaciones sufridas en los Estados del Sur, Veracruz, Tabasco y recientemente lo ocurrido en el Valle de México, que afecto al Estado de México y al Distrito Federal, provocando las crisis sociales por todos conocidas. Estos riesgos no son los únicos, habitamos una zona sísmica, y existen un sin fin de actividades que hoy nos parecen muy normales pero que por su naturaleza pueden constituir un riesgo que hay que ponderar, estas van desde una simple conexión de gas en

los comercios, hasta el manejo de sustancias peligrosas en empresas o negocios de particulares, que pueden generar situaciones lamentables si no existe la prevención necesaria. Si bien es cierto existen mecanismos para atender las contingencias y desastres estos han sido superados, es innegable su inoperancia y la lentitud, la parsimonia para su materialización ante la desgracia, muchos son los esfuerzos, sin embargo poca es la coordinación y las reglas claras para sumarlos. La protección civil, las acciones preventivas en pro de la integridad de los ciudadanos, no debe estar condicionada a colores ni corrientes políticas, es un tema que por su trascendencia y sus alcances debe ser abordado por todos los ámbitos de gobierno de forma especial, los desastres naturales no distinguen color, edad, raza, sexo ni mucho menos preferencias partidistas. Recientemente en nuestro Estado, se suscito una explosión ocasionada por el derrame del contenido de uno de los ductos de Pemex, lo que ocasiono muertes y daños cuantiosos, muchas personas que habitan el Distrito que represento perdieron no solo a su familia sino también sus bienes. Esta desgracia acentúa el tema de la previsión, de la importancia de contar con la infraestructura en protección civil que sume los esfuerzos de todos los ámbitos de gobierno y de los poderes del Estado. El incidente ocurrido en San Martín nos obliga a tomar acciones correctivas pero también nos invita a reflexionar sobre futuras eventualidades y tomar acciones con la finalidad de prevenir el mayor número de percances. Siempre con el objetivo de salvaguardar la integridad de las personas y del medio ambiente. Como ciudadanos mexicanos, compartimos todos la indignación que han causado estos hechos en nuestros connacionales de bien, solidarizándonos con las personas más cercanas a las víctimas inocentes y a los habitantes de mi lugar de origen que han perdido tanto a sus familias, como sus escasos y modestos bienes materiales. No hay excusa, ni explicación suficientes, no importa de quien provengan, para reparar las vidas humanas y el sufrimiento moral de miles de mexicanos cuyo único infortunio ha sido habitar una de las centenas de

zonas de nuestro territorio utilizadas para extraer y para robar impunemente lo que pertenece por disposición constitucional a México y a los mexicanos. Nuestro Estado requiere de medidas legislativas, políticas, programas y acciones de largo plazo, que, con un carácter pragmático e integral, pero al propio tiempo flexible, vayan adecuándose a las necesidades y realidades cambiantes que esta problemática reviste, incluyendo en los mismos, el marco jurídico que los sustente, les otorgue fortaleza y les garantice permanencia. Por lo anteriormente expuesto, se hace necesaria la existencia de un órgano al interior de Congreso del estado, que se aboque a dar continuidad al perfeccionamiento y adecuación del marco jurídico en materia de protección civil, así como también cumpla con las funciones de información y de control evaluatorio de los órganos responsables. Es por eso que dada la relevancia del tema de protección de civil por sí solo, nos atrevemos a solicitar a este Honorable Congreso la separación de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, de manera que exista la Comisión de Seguridad y la Comisión de Protección Civil. Para quedar de la siguiente manera: Iniciativa que se propone en los siguientes términos: ARTÍCULO ÚNICO.- Se modifican las fracciones XIII, XX y XXI del artículo 43 y se adiciona la fracción XXII al mismo artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla para quedar como sigue: ARTICULO 43.-

La Competencia de las Comisiones Generales se deriva de su propia denominación, en correspondencia a las respectivas áreas de la administración estatal y municipal, y serán: I a XII. XIII.- Seguridad Pública; XIV. a XX.- Atención a Personas con discapacidad; XXI.- Instructora; y XXII.- Protección Civil. ARTÍCULOS TRANSITORIOS UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor, el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Puebla. Puebla, Puebla a 20 de Enero de 2011. ATENTAMENTE DIP. EDGAR JESÚS SALOMON ESCORZA