Reglamento de la Promoción Coopeguanacaste chinea a mamá Este reglamento delimita, aclara y establece las condiciones y términos bajo las cuales se regirá esta promoción organizada por COOPEGUANACASTE, R.L. Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para todos los participantes. La participación en la promoción implica la decisión del cliente de obligarse a cumplir estas reglas, condiciones generales, específicas y demás directrices de la Administración de COOPEGUANACASTE, R.L. las cuales tendrán carácter definitivo, invariable e inapelable, asimismo se acepta en todos los extremos y asuntos relacionados a la presente promoción. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos establecidos para la promoción implicará su suspensión, modificación, exclusión de la misma; hasta la eventual revocación de los premios. ARTÍCULO 1. DE LOS PATROCINADORES: La promoción es patrocinada por COOPEGUANACASTE, R.L. conjuntamente con las siguientes empresas: PANASONIC CENTROAMERICANA, S.A- DISTRIBUIDORA 86, S.A - FARMAGRO, S.A - ELECTRÓNICA DAYTRON S.A - ELECTRODOMÉSTICO NAVAR, S.A. - GMG COMERCIAL Marta Patricia Alvarado Aguilera (ERICKA PLUS) - ELECTRODÓMESTICO MABECA, S.A - COLCHÓN CLUB, S.A. ARTÍCULO 2. DE LOS PLAZOS DE LA PROMOCIÓN La promoción se regirá por los siguientes plazos: a. PERIODO DE LA PROMOCION: La divulgación y promoción de la campaña correrá a partir del 7 de julio al 30 de agosto inclusive del año 2014. b. FECHA DEL SORTEO: El sorteo de los premios se efectuará el día Miércoles 13 de agosto del año 2014, con el fin de que el premio sea aprovechado en la propia fecha del día de la madre. c. MODIFICACION DE LAS FECHAS: Existe la posibilidad que el plazo de la promoción o del sorteo se modifiquen en caso de que fuera necesario, por
causas de urgencia y necesidad. Asimismo por alguna situación de fuerza mayor o caso fortuito. d. LUGAR DEL SORTEO: El lugar designado para la realización del sorteo, en la fecha indicada es el Centro de Convenciones de las Coopeguanacaste R.L. ubicadas contiguo a las oficinas centrales, a partir de las 3:00 p.m. de ese día. Además se ofrecerá al público presente en homenaje a la madre una Tarde Cultural. (Ver detalles en la campaña promocional). e- Retiro de los Premios: Para el retiro de los premios se habilitarán los días 14 y 16 de agosto del año 2014. Su retiro y entrega quedará vigente por 30 días hábiles a partir del día 16 de agosto referido. Como requisito para retirar el premio, la persona favorecida deberá presentar la o las facturas de compra de los productos promocionales de la campaña por medio de las cuáles entro a participar de la promoción expedidas por Coopeguanacaste R.L., sin las cuáles no podrá reclamar su premio. Una vez transcurrido y vencido el plazo especificado para retirar los premios, queda extinguida la responsabilidad de entrega de la Coopeguanacaste y cualquier reclamo de los mismos no tendrá validez alguna. ARTÍCULO 3. EXCLUSIVIDAD DE LA PROMOCIÓN: Esta promoción está dirigida únicamente para asociados de COOPEGUANACASTE, R.L. que realicen sus compras según las condiciones expresadas en el presente reglamento a través de las establecimientos comerciales de la Cooperativa de Electrificación Rural de Guanacaste, R.L. durante los días establecidos en el período del inciso 2 inciso a. Quedan excluidos de la presente promoción las compras o pagos efectuados por concepto de energía eléctrica y o proyectos de líneas eléctricas, únicamente son válidas para esta promoción las compras de los productos promocionales (Ver lista en afiches publicitarios) ARTÍCULO 4. DE LAS CONDICIONES PARA LOS PARTICIPANTES:
Podrán participar en la promoción todos los asociados activos de COOPEGUANACASTE, R.L. mayores de edad y que no reporten atrasos en sus cuentas, obligaciones, o algún saldo vencido y no cancelado ante la Cooperativa al momento de realizar el sorteo y que cumplan con las indicaciones, condiciones y términos estipulados en este reglamento y se presumirá para todos los efectos legales que los participantes los conocen y aceptan en todos sus extremos con el solo hecho de su participación. En caso, contrario el participante ganador que incumpla con las condiciones señaladas anteriormente no tendrá derecho alguno de reclamo del premio. Si la persona ganadora al momento de salir favorecida no cumple con los requisitos estipulados anteriormente, podrá retirar su premio durante el plazo estipulado en el artículo 2 inciso e, previa verificación de los requisitos. ARTÍCULO 5. DE LOS PREMIOS Esta promoción consta de los siguientes premios: Cinco Cambios extremos en el salón de belleza Ericka Plus, Sede Santa Cruz. Cualquier otro gasto (s) no descrito en las anteriores y esta cláusula, tales como servicios adicionales, transporte de ganador (a), personas o cualquier otro, correrá por cuenta exclusiva y única de los participantes. El plazo máximo para reclamar los premios será el establecido en el artículo 2 incisos e, cumplido este plazo, caducará el derecho de reclamar cualquier premio y COOPEGUANACASTE, R.L. no deberá reconocer compensación alguna. Si un premio no fuere reclamado, o no fuere entregado por cualquier razón el mismo será propiedad de COOPEGUANACASTE, R.L. y la Cooperativa podrá disponer de este en la forma que lo estime conveniente y a su total discreción, por lo tanto no será necesario su publicación. Para reclamar su premio; la persona que ha sido favorecida deberá mostrar la cédula de identidad, válida y vigente, asimismo no presentar deudas pendientes con COOPEGUANACASTE, R.L, para ello deberá presentar constancia de no disponer deudas pendientes con la Cooperativa. Si se demuestra que un participante ganador (a) no brindó los datos correctos, o recibió el premio por medio de cualquier engaño, alteración, fraude, omisión, etc. COOPEGUANACASTE, R.L. podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso.
ARTÍCULO 6. DE LA FORMA DE PARTICIPAR: La presente promoción se realizará en el lugar indicado, de manera pública con el objetivo de dar credibilidad y objetividad entre COOPEGUANACASTE VRS ASOCIADOS, y así despejar cualquier ambiente de duda del asociado hacia la empresa. El sorteo se realizará de modo aleatorio en donde los cupones serás depositados en un recipiente, el cual se vaciará a la vista de todos y de ahí, de forma aleatoria se empezará a sacar los cupones favorecidos. Los productos patrocinadores, cuya compra da derecho a participar en el sorteo son los representados en las siguientes marcas y proveedores: Proveedores PANASONIC CENTROAMERICANA, S.A Producto Aires acondicionados ECONAVE Serie S -YS DISTRIBUIDORA 86, S.A FARMAGRO, S.A ELECTRÓNICA DAYTRON S.A Lavadora L-WA14F5L2UWW-L- WA14F5L4UWA ELECTRODOMÉSTICO NAVAR, S.A. GMG COMERCIAL Lavadora LG ELECTRODÓMESTICO MABECA, S.A COLCHON CLUB,S.A. Refrigeradora Atlas Colchón BRAHMS Marta Patricia Alvarado Aguilera (ERICKA PLUS) Cinco cambios extremos que consiste en : Manicure y Pedicure SPA Blower y plancha Tratamiento de Cabello ( alquimia System Profesional) Maquillaje
NOTAS: El único comprobante de compra que dará derecho a la participación en el sorteo y sobre el cual se tomarán los datos necesarios para establecer de los ganadores, será la factura original de venta emitida por COOPEGUANACASTE, R.L, con el sello respectivo. La mecánica de la promoción consiste que al comprar los productos promocionales en las sucursales de COOPEGUANACASTE, R.L., se recibe un cupón, se llena con los datos personales y se deposita en los buzones identificados en cada sucursal y así queda participando en el sorteo de los cinco cambios extremos con el salón Ericka Plus y de los patrocinadores oficiales de la campaña Coopeguanacaste CHINEA A MAMÁ. ARTÍCULO 7. DEL CANJE DE PREMIO: Durante el plazo establecido en este reglamento, los ganadores procurarán presentarse ante los funcionarios de COOPEGUANACASTE, R.L. en oficinas centrales o bien coordinar con la sucursal más cercana el lugar, fecha y hora en que se hará la entrega del certificado el canje del premio en el salón Ericka Plus. Los ganadores deberán presentar su documento de identidad idóneo, válido y vigente, reconocido ante las autoridades de la República de Costa Rica, las facturas originales por el concepto de las compras realizadas a COOPEGUANACASTE, R.L. y firmar un comprobante de recibo de premio confeccionado para tal efecto. La Cooperativa sólo entregarán los premios cuando el ganador cumpla todas las condiciones y términos establecidos en el presente reglamento. ARTÍCULO 8. RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES: A. En la publicidad de la promoción, si la hubiera se consignará la frase APLICAN RESTRICCIONES, en señal de que la participación de los interesados, así como la
propia promoción y los premios, están sujetos a condiciones, términos y limitaciones indicadas en este reglamento. B. COOPEGUANACASTE, R.L. es responsable únicamente por la entrega de los premios indicados en el presente reglamento y será canjeable o negociable por algún otro sólo con el consentimiento de la Administración de COOPEGUANACASTE, R.L. C. COOPEGUANACASTE, R.L. no responderá por cualquier daño, perjuicio, pérdida o menoscabo que sufra el premio por razones que no les sean legalmente imputables. D. Cada participante ganador para tener derecho al premio, se obliga a suscribir la documentación requerida por la Cooperativa; por la cual exonera a la misma de cualquier responsabilidad, culpa, reclamo, demanda y acción ante cualquier instancia administrativa y/o judicial por los efectos que directa o indirectamente pudieran derivarse de ésta promoción, uso o aceptación del premio. E. COOPEGUANACASTE, R.L. estará facultada para suspender, modificar de cualquier forma las condiciones y plazos de la presente promoción sin responsabilidad alguna de su parte. Asimismo, podrán suspender o modificar de cualquier forma la presente promoción si se llegasen a detectar anomalías o defraudaciones tales como: alteraciones, imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad en los documentos que pretendan participar, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte los intereses de la cooperativa. Esta circunstancia se comunicará públicamente, fecha a partir de la cual el plazo de la promoción será modificado, por lo que se exime de responsabilidad a Coopeguanacaste R.L en caso de ocurrir las anteriores situaciones. F. Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por la Administración de COOPEGUANACASTE, R.L., en estricto apego a las leyes vigentes y el bloque de legalidad respectivo en la República de Costa Rica. G. COOPEGUANACASTE, R.L. no intervendrá, ni tendrá responsabilidad alguna por los inconvenientes, problemas o discusiones que se presenten entre los participantes y cualquier otra persona, en relación o disputa por la posesión y/o la titularidad de los premios. Estos conflictos deben ser resueltos por las partes, y si no pueden resolverlo, deberán recurrir a un Tribunal de Resolución Alterna de Conflictos (RAC), pero nunca se hará resolver el problema a la Cooperativa. H. COOPEGUANACASTE, R.L. no se hará cargo de ningún gasto en que incurran los favorecidos para retirar o hacer efectivos los premios.
I. No podrán concursar los representantes de proveedores, ni de las agencias publicitarias involucradas en la promoción. J. En el evento injustificado de haber aceptado un premio, pero por la circunstancia que fuere, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho al premio. ARTÍCULO 9. DERECHOS DE IMAGEN: Los participantes y patrocinadores aceptan y autorizan expresamente al participar en esta promoción que su nombre, voz e imágenes y marcas aparezcan en programas de televisión, publicaciones escritas y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que COOPEGUANACASTE, R.L. desee hacer durante la promoción o una vez finalizada la misma, sin que ello implique la obligación de remunerarlos o compensarlos adicionalmente. Asimismo, renuncian a cualquier reclamo por derechos de imagen. ARTÍCULO 10. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES: Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes más allá de lo necesario para dar cumplimiento a las estipulaciones de esta promoción. Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de representante de COOPEGUANACASTE, R.L., ni de la promoción. Artículo 11. CONSULTAS: Cualquier duda sobre los alcances e interpretación del presente reglamento podrá evacuarse a través del número telefónico 2681-47-47, o al correo electrónico ggutierrez@coopeguanacaste.com ó Marisol Arias Murillo marias@coopegunacaste.com sin que la respuesta implique bajo ninguna circunstancia una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.