URSEC Unidad Reguladora Servicios Comunicaciones UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES Form. 2009/2/210 RESOLUCION 368 ACTA 015 Montevio, 25 junio 2009.- VISTO: la comunicación cursada por Tecnofren S.A. por la cual informa el talle l número abonados que integraban su sistema radioalarmas a partir l mes diciembre 2008. RESULTANDO: I) que por Resolución esta Unidad Reguladora Nº 130/05 21 abril 2005 se le autorizó la prestación l servicio radioalarmas en el partamento y la instalación y operación un sistema radiocomunicaciones uso propio en el partamento. II) que por Resolución esta Unidad Reguladora Nº 106/09 19 febrero 2009 se estableció la conformación los sistemas radiocomunicaciones autorizados a dicha empresa. CONSIDERANDO: que correspon establecer la conformación los sistemas radiocomunicaciones que le fueran autorizados, consolidándose en un solo acto administrativo las autorizaciones otorgadas a Tecnofren S.A. ATENTO: a lo expuesto precentemente y a lo establecido en la Ley Nº 17.296 l 21 febrero 2001, sus modificativos y concordantes, los Decretos 114/03 y 115/03 25 marzo 2003 y lo informado por Frecuencias Radioeléctricas, Facturación y Asesoría Letrada. LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES R E S U E L V E: 1.-Reiterar que las asignaciones frecuencias radioelectricas vigentes a favor Tecnofren S.A. son las que se mencionan a continuación: Frecuencias Ancho banda l canal (khz) Carácter Departamento Tipo servicio Fijo 461,000 25 Exclusivas Móvil 466,000 Terrestre Utilización Sistemas radioalarmas Sistema uso propio
2.-Confirmar la autorización otorgada a Tecnofren S.A. para la instalación y operación un sistema radiocomunicaciones uso propio en el partamento. 3.-Establecer que la conformación los sistemas radiocomunicaciones autorizados a Tecnofren S.A. se ajustó a partir diciembre 2008 al siguiente talle: a) Sistema uso propio Frecuencias Operativa 461,000 (a) Transmisión base y móviles y 466,000(a) Transmisión estación repetidora y 461,550 Transmisión repetidora y (a) indica apareamiento canales bases y base repetidora repetidora audio Ubicación base/repetidora Av.Roosevelt y Av.Artigas Edificio Ancora Punta l Este Av.Roosevelt S/N Parada 15 Punta l Este 5 (cinco) - - - 7 (siete)
b) Sistema radioalarmas Frecuencia transmisión abonado y repetidora Ubicación receptoras Punta l Este Punta l Este Punta l Este Punta l Este Diciembre 2008 Ubicación las centrales receptoras Punta l Este- Enero 2009 Punta l Este- Febrero 2009 Punta l Este- Marzo 2009 Punta l Este- transmisoras abonado repetidoras 359 (trescientos cincuenta y nueve) 368 (trescientos sesenta y ocho) 373(trescientos setenta y tres) 375 (trescientos setenta y cinco) 4.-Establecer que: a. las autorizaciones otorgadas revisten carácter precario y revocable en cualquier momento, sin recho a reclamo o inmnización clase alguna y su b. mantenimiento se encuentra condicionado al cumplimiento la totalidad las disposiciones en vigencia y al pago los tributos y precios que correspondan; c. toda modificación que se see introducir a la conformación, ubicación o parámetros operación los sistemas radioeléctricos referencia be contar con la previa autorización esta Unidad Reguladora, incluyendo las centrales receptoras. Específicamente en lo que respecta a las abonado sus sistemas radioalarmas se be aportar el talle altas y bajas mensuales, antes l décimo día cada mes; d. los sistemas radiocomunicaciones referencia ben ser
operados en las correspondientes condiciones técnicoadministrativas establecidas en la Resolución la Dirección Nacional Comunicaciones Nº 387/94 fecha 23 setiembre 1994; e. si en la práctica la operativa alguna las referencia, produjera interferencias perjudiciales a otros sistemas telecomunicaciones que contaren con autorización previa, berá cesar las transmisiones en forma inmediata y adoptar las medidas para evitar la reiteración l inconveniente; f. las autorizadas puen ser inspeccionadas en cualquier oportunidad, para lo cual la titular berá brindar las máximas facilidas. Si efectuadas las mediciones rigor se comprobara que los equipos no cumplen con los parámetros funcionamiento establecidos o la conformación l sistema no se ajustara a lo autorizado o no se pudiera realizar la inspección por razones imputables al titular, se adoptarán las medidas que al caso puedan corresponr llegando incluso a jar sin efecto la autorización concedida. 5.-Notifíquese a la interesada la presente Resolución. 6.-A sus efectos pase por su orn a Secretaría General, Notificaciones, Frecuencias Radioeléctricas y Facturación. Cumplido, archívese.