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Transcripción:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA BODEGA COOPERATIVA DE PINOSO COOP.V. Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PINOSO PARA EL DESARROLLO DEL PRODUCTO Y COMERCIALIZACIÓN. Reunidos en Pinoso, siendo las doce horas cuarenta y cinco minutos del día 15 de Julio de 2016. De una parte, D. Lázaro Azorín Salar, con D.N.I 44.752.454-C, en calidad de Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, en nombre y representación de éste, provisto de CIF P0310500D, con domicilio en Pinoso, c/ Plaza de España, n.º 1, C. P. 03650, asistido del Secretario General de la Corporación, Don Antonio Cano Gómez. Y de otra parte: Don José Cerdá Juárez, mayor de edad, con DNI n.º 21.431.696 C, en su calidad de Presidente de la Bodega Cooperativa de Pinoso Coop.V., con C.I.F F03014313 a la que representa en el presente acto, con domicilio a los efectos de notificaciones en Pinoso, Paseo de la Constitución, 82 C. P. 03650. Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para este acto y libremente: EXPONEN PRIMERO. Que el Ayuntamiento de Pinoso dentro de sus objetivos de política agraria, apoyó el proyecto de inversiones para la mejora de la producción de los vinos que elabora la Bodega Cooperativa de Pinoso, materializado a través de la firma de un Convenio de Colaboración con la Bodega Cooperativa de Pinoso vigente para el periodo 2003-2006, cuya finalidad principal era sufragar los gastos del Proyecto de Mejora y Calidad en las Instalaciones de la Bodega. Gracias a dicho Convenio se pudo iniciar un proyecto de investigación de la uva monastrell, mejorar las instalaciones, contratar personal especializado e iniciar un programa de comunicación y marketing, mediante el cual la Bodega de Pinoso se está haciendo un hueco en el mercado de vinos embotellados.

El citado Convenio finalizó su vigencia en Diciembre de 2006. Para continuar en el proyecto iniciado, la Bodega presentó una memoria descriptiva del PROYECTO PARA DESARROLLO DE PRODUCTO Y COMERCIALIZACIÓN, solicitando al Ayuntamiento una ayuda económica para su financiación, ayuda que se materializó a través de la suscripción de un nuevo Convenio de Colaboración para el periodo 2007-2010, Convenio que posteriormente fue objeto de una reprogramación de anualidades extendiéndose su vigencia hasta la anualidad 2014. Teniendo en cuenta, que los objetivos marcados en dicho Convenio no pudieron cumplirse en su totalidad en dicho periodo, y en aras de consolidar el proyecto de desarrollo comercial y mejora de la calidad iniciado en el año 2003 con el fin de obtener productos de calidad a medio plazo, el presidente de la Bodega Cooperativa solicita la suscripción de un Convenio de Colaboración para el ejercicio 2016 acompañando a dicha petición un proyecto de actividades para desarrollo de producto y comercialización. SEGUNDO. Que la Bodega Cooperativa de Pinoso es una cooperativa dedicada a mejorar la producción de los vinos, buscando la excelencia y calidad de éstos, así como su comercialización, realizando inversiones que contribuyan a lograr estos objetivos con el siguiente presupuesto aproximado, según se desprende del proyecto presentado: CONCEPTO IMPORTE( ) Patentes y marcas 2.000,00 Honorarios representantes comerciales 0,00 Gastos envíos promoción muestras 6.000,00 Gastos promoción muestras 1.800,00 Honorarios Enólogos 5.146,00 Gastos análisis calidad 6.000,00 Gastos Asistencia a ferias y certámenes internacionales 22.000,00 Honorarios personal ventas 76.800,00 Seguridad Social personal comercial 24.000,00 TOTAL ANUAL EJERCICIO 2016 143.746,50 euros

TERCERO. Que tanto la Bodega Cooperativa de Pinoso como el Excmo. Ayuntamiento de Pinoso tienen objetivos comunes y que, por tanto, es precisa una colaboración estrecha que permita precisar el desarrollo de las actividades y realización de inversiones que la Bodega Cooperativa de Pinoso lleva a cabo. En virtud de lo expuesto, las partes comparecientes estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la realización de estas actuaciones, sobre las bases de sus respectivas competencias y consideran adecuado establecer un convenio de colaboración de conformidad con las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO DE LA SUBVENCIÓN El objeto del presente convenio es regular la colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Pinoso y la Bodega Cooperativa de Pinoso, mediante el apoyo económico a los proyectos e inversiones para la mejora de la producción de los vinos que elabora la Bodega Cooperativa de Pinoso, continuando con la financiación del proyecto I+D, con el fin de seguir mejorando la calidad de los vinos embotellados, y por otro lado, un apoyo económico al proyecto para DESARROLLO DEL PRODUCTO Y COMERCIALIZACIÓN, financiando la inversión en estructura comercial, introduciendo el producto en el mercado nacional(principalmente, a nivel provincial y regional) y en de exportación. SEGUNDA. MEDIOS El Ayuntamiento fomentará este apoyo por medio de unos incentivos materializados en la concesión de una subvención directa a la Bodega Cooperativa de Pinoso por importe de 30.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 412 48901. TERCERA. OBLIGACIONES El AYUNTAMIENTO DE PINOSO se compromete a la concesión de una subvención directa por importe de 30.000 euros para el ejercicio 2016, destinada a la financiación de gastos de personal(técnico y comercial), asesoramiento técnico-

comercial, gastos de viajes, ferias y misiones comerciales, gastos de promoción, publicidad, y muestras, inversión en elementos técnicos, utillaje y maquinaria, gastos de investigación y desarrollo de productos, marcas y registros, así como gastos de inversión en instalaciones para atención de visitas técnicas y comerciales. La BODEGA COOPERATIVA DE PINOSO COOP.V, se compromete a: - Destinar los fondos aportados por el Excmo. Ayuntamiento de Pinoso a la finalidad descrita en el objeto del convenio. - Someterse a las actuaciones de comprobación y organización que los órganos competentes del Excmo. Ayuntamiento, realicen respecto a la gestión de la solvencia y específicamente en lo relativo a la ejecución de las inversiones de la Bodega Cooperativa de Pinoso, según Proyecto, facilitando cuanta información se le requiera. - Notificar al Ayuntamiento de Pinoso cualquier modificación que se pretenda realizar en el proyecto inicialmente presentado, que deberá ser autorizado previamente. - Hacer constar de forma clara que la actividad está subvencionada o patrocinada por el Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, en los ejemplares de los programas, carteles, convocatorias de actividades y en toda la información gráfica, escrita y sonora que se realice con motivo del programa, promocionando el nombre de Pinoso. - Comunicar al Excmo. Ayuntamiento la obtención de otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad otorgadas por cualquier otro organismo, entidad o particular diferente al Ayuntamiento de Pinoso. - Ofrecer sus productos en condiciones ventajosas para acciones institucionales del Ayuntamiento y sus representantes, así como ceder sus instalaciones para aquellos eventos que se considere oportuno, de mutuo acuerdo entre ambas partes.

CUARTA. FINANCIACIÓN, INGRESO Y JUSTIFICACIÓN El Ayuntamiento tras la firma del presente Convenio, y previa justificación de la misma, procederá al ingreso de la subvención concedida para el ejercicio de 2015. Para la justificación de la subvención concedida, el beneficiario deberá presentar en el Registro del Ayuntamiento, antes de final de cada anualidad, la siguiente documentación: a) Memoria justificativa de las actividades realizadas. b) Estado de ingresos y gastos, que podrá ser adaptado al modelo 130, o en su defecto: - Relación de ingresos. - Relación de gastos, mod.150. c) Facturas y/o justificantes originales del gasto realizado. En el caso de no poder justificar dentro del plazo el interesado podrá solicitar prórroga para la justificación antes de la finalización del plazo, que se resolverá previa propuesta del concejal y mediante decreto de Alcaldía. La no justificación en plazo implicará la anulación de la subvención. QUINTA.REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN Se establece la obligación por parte de la Bodega Cooperativa de Pinoso de reintegrar los fondos en el supuesto de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidas para la concesión y, en todo caso, en los supuestos regulados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. SEXTA. VIGENCIA La vigencia del presente Convenio se extenderá para todo el ejercicio 2016. SÉPTIMA. RESCISIÓN Podrá extinguirse por alguna de las siguientes causas: a)mutuo acuerdo de las partes que lo suscriben. b)entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción.

c)incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas d) Incumplimiento del objeto y finalidad del Convenio, por la no consecución de los objetivos marcados. e) Por falta o insuficiencia de crédito adecuado y disponible, en cualquiera de las anualidades previstas. En estos casos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a la vista de la situación particular de los trabajos en curso la forma de terminación de los mismos. OCTAVA. JURISDICCIÓN Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación, cumplimiento y eficacia del presente convenio de colaboración, serán de conocimiento y competencia del orden Jurisdiccional contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa. En lo no previsto en este Convenio se estará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003. Para que así conste y en prueba de conformidad, lo firman por duplicado en el lugar y fecha arriba indicado. El Alcalde El Presidente de la Bodega Fdo.: Lázaro Azorín Salar Fdo.: José Cerdá Juárez El Secretario General Fdo. Antonio Cano Gómez