PLIEGO DE PRESCRIPCIOES TÉCICAS PARTICULARES DE COTRATACIÓ DE SERVICIOS DEPORTIVOS ESCUELA DE JUDO PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: La prestación de servicios consistentes en la impartición de formación y entrenamiento en la Escuela de Judo impartida en las pistas de judo del pabellón deportivo municipal. SEGUNDA.- PERSONAL TÉCNICO. 2.1.-La titulación mínima, requerida por los técnicos deportivos en los equipos de formación será: Entrenador Judo Nivel 1 (Grado de Magisterio de Educación Primaria, Especialidad Educación Física). Personal y medios adscritos: 2.2.1.- Coordinador (Director) Escuela de Judo: Realizar la dirección técnica y asistir técnicamente dentro de las actividades marcadas en sus calendarios que la Concejalía de Deportes pueda organizar. A este efecto la empresa adjudicataria deberá nombrar un Director Técnico con una cualificación requerida mínima de Técnico Deportivo de Nivel 2 de Judo (cinturón Negro) o Entrenador Nivel II por la Federación de Judo de Madrid Realizar la coordinación técnica de la Escuela de Judo, realizando las siguientes funciones: Llevar un seguimiento y comunicación continua de las sesiones de entrenamiento con los técnicos de la Escuela de Judo. Asignar unas pautas comunes de organización para llevar a cabo durante la sesión de entrenamiento. Realizar un control (Inventario) del material específico de la Escuela de Judo. Coordinar los horarios de entrenamiento y competición. Marcar los objetivos generales y específicos a lograr en las diferentes etapas formativas de los jugadores y equipos. Fijar hábitos higiénico-deportivos a inculcar por los técnicos. Implantar la formación en valores deportivos de la Escuela de Judo de Moralzarzal. Establecer mecanismos de control de la asistencia a los entrenamientos de alumnos, que serán llevados a cabo por los técnicos de cada uno de los grupos. Realizar informes valorando los hechos que así lo requieran, informando a la Coordinación Técnica de la Concejalía de Deportes de Moralzarzal. Realizar la dirección técnica del equipo o equipos de la Escuela de Judo de los que es responsable, si procede.
Coordinador Escuela de Judo: Realizar la coordinación técnica de la Escuela de Judo, realizando las siguientes funciones: Llevar un seguimiento y comunicación continua de las sesiones de entrenamiento con los técnicos de la Escuela de Judo. Asignar unas pautas comunes de organización para llevar a cabo durante la sesión de entrenamiento. Realizar un control del material específico de la Escuela de Judo. Coordinar los horarios de entrenamiento y competición. Marcar los objetivos generales y específicos a lograr en las diferentes etapas formativas del jugador y equipo. Fijar hábitos higiénico-deportivos a inculcar por los técnicos. Implantar la formación en valores deportivos de la Escuela de Judo de Moralzarzal. Establecer mecanismos de control de la asistencia a los entrenamientos de los judocas que serán llevados a cabo por los técnicos de cada uno de los grupos. Realizar informes valorando los hechos que así lo requieran, informando a la Coordinación Técnica de la Concejalía de Deportes de Moralzarzal. Responsable de: Coordinación de la Escuela. Horario: 2 horas /semana entrenos + horas de competición (aprox. 10/horas temporada) 2.2.2.- Técnicos Escuela de Judo: Realizar la dirección técnica del equipo o equipos de la Escuela de Judo de los que es responsable, en entrenamientos y competiciones realizando las siguientes funciones: Llevar un seguimiento y comunicación continua con el coordinador de la Escuela. Realizar un control y cuidado del material específico del equipo que es responsable. Realizar tareas para lograr los objetivos generales y específicos marcados por la coordinación técnica. Inculcar hábitos higiénico-deportivos en sus alumnos. Llevar una hoja de seguimiento de la asistencia de los alumnos a entrenamientos y partidos. Realizar una reunión de comienzo de temporada y otra de fin de la misma con los padres de los alumnos, así como fijar tutorías con aquellos que así lo requieran durante la temporada. Organización de Técnicos:
Técnico Deportivo 1: Horario: 6 horas/ semana entrenos + horas de competición (aprox. 15/horas temporada). *Estimación de grupos y horarios por temporada en ANEXO Nº 1. TERCERA.- OBLIGACIOES DEL COTRATISTA El adjudicatario del contrato de servicios vendrá obligado a la ejecución del contrato con los requisitos de profesionalidad exigibles, con estricta observación a las determinaciones de los pliegos de prescripciones técnicas y económico-administrativas. 3.1.- Son obligaciones inherentes al contrato: 3.1.1.- Prestar el servicio con los medios necesarios humanos y materiales. 3.1.2.- Realizar una programación de la temporada, que deberá contener al menos los siguientes apartados: Objetivos generales por categoría. Contenidos a trabajar por trimestre. Periodización de la temporada. Criterios a implementar para formar en valores deportivos. Criterios de evaluación de los progresos individuales y de equipo trimestrales. 3.1.3.- Realizar reuniones informativas sobre el desarrollo de la actividad con los Coordinación Técnica de la Concejalía de Deportes. 3.1.4.- Tramitar las fichas y licencias federativas correspondientes a la temporada deportiva con el nombre de Escuela de Moralzarzal. El coste de las mismas recaerá en los alumnos implicados o en la Concejalía de Deportes. El coste de la licencia del profesor y de las tasas de club con el nombre Escuela de Moralzarzal recaerá en el contratista. 3.1.5.- Realizar cursos y entrenamientos especiales con vista a actividades oficiales, así como el apoyo técnico de todas aquellas actividades relacionadas con el Judo que proponga la Concejalía de Deportes. 3.1.6.- Llevar el control e informar a la Concejalía de Deportes de los alumnos asistentes a clase y de aquellos que se encuentre en una situación irregular, mensualmente. 3.1.7.- Mantener el control y estado de la instalación, durante el uso de la misma, acogiéndose a la normativa de uso de instalaciones deportivas, velando en todo momento por su aplicación, así como el buen estado del material deportivo asociado a la actividad.
3.1.8.- Presentar informe mensual sobre la actividad, según modelo entregado por la Concejalía de Deportes, así como situación laboral de los profesores, pudiendo comprobar de forma aleatoria los seguros en los que se basan estos informes. 3.1.9.- Presentar certificados de estar al corriente en obligaciones con Agencia Tributaria y organismos de Seguridad Social semestralmente o cualquier otra documentación requerida por la Concejalía de Deportes en el plazo y forma requerida por ésta. 3.1.10.- Se considera como posible causa de sanción o resolución contractual, la gestión de bajas de usuarios en una disciplina, de forma anormal, desproporcionada por causas imputables a la empresa de forma motivada. Para ello podrán ser oídas las encuestas de calidad y las valoraciones de los usuarios de este servicio municipal, y tomando como valor un porcentaje superior al 80% de la media de bajas en otras modalidades deportivas similares (dejando fuera de la formula la modalidad analizada a efectos de media) o del total de la disciplinas, así como las bajas clase colectiva deportiva. Así mismo si el índice de satisfacción, en las encuestas de calidad, del usuario es un está por debajo del 30% de la media del resto de actividades poder actuar de un modo similar. CUARTA. DURACIÓ DEL COTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓ (arts. 23, 213 y 303 TRLCSP) 4.1.- El contrato tendrá duración de dos anualidades, a contar desde la entrada en vigor el 1 de Septiembre de 2016, o desde la efectiva formalización. 4.2.- Dicho plazo de vigencia podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo antes de su finalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 303.1 de la TRLCSP, hasta un máximo de tres. 4.3.- No obstante, llegada la finalización del contrato, y en tanto se resuelve la nueva licitación pública que al efecto se inicie, el contratista vendrá obligada a prorrogar, si la Administración así lo solicitara, el contrato por un periodo de tiempo máximo de seis meses o hasta el momento en que tenga lugar la formalización del nuevo contrato en caso de producirse con anterioridad al transcurso del citado plazo máximo de 6 meses, en las condiciones pactadas. QUITA.- PRECIO 5.1 Los honorarios por la prestación del servicio se estima en 12.180. Se desglosa el coste por grupo y temporada deportiva en *Anexo nº 2. 5.2.- Basándonos en el último contrato de las Escuelas Deportivas de Karate, con un coste del servicio de 29 /mes el alumnos de escuela impuestos incluidos. Los honorarios por la prestación del servicio se estima en 12.180, IVA no incluido. Se desglosa el coste por grupo y temporada deportiva en *Anexo nº 2.
SEXTA.- MODIFICACIOES PREVISTAS E LOS PLIEGOS CODICIOALES Dentro de los límites de crédito presupuestario, el número de horas y grupos podrá variarse por la Concejalía competente, en función de la demanda de alumnos existente por temporada deportiva. (De septiembre a junio). SÉPTIMA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓ 7.1.- Criterios de adjudicación de carácter objetivo: 7.1.1.- Precio: 40 puntos. Conforme a la siguiente escala Bajadas en el precio licitación: Se asignará la mayor puntuación (20 puntos) a aquélla que mayor porcentaje de baja presente. A las demás ofertas se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula: P = (pm*mo) / O (donde P es la puntuación, pm es la puntuación máxima, mo es la mejor oferta y O es el precio de la oferta que se valora. Cualquier minoración superior al 10% de la media de licitación podrá desestimarse, siendo considerada la oferta como anormal o desproporcionadas o bajas temerarias por presumirse impida la ejecución correcta del contrato, de acuerdo con el procedimiento establecido en el TRLCSP. A los efectos del presente contrato se estará a los criterios de temeridad anteriormente establecidos, como también del incumplimiento de las normas de los convenios colectivos aplicables al personal de contratación en los precios descompuestos. 7.1.2- Mejoras de calidad de formación: 20 puntos, mayor experiencia o titulación de los monitores/trabajadores en relativos a mejoras de calidad con la siguiente distribución y acreditación: Nivel II (Diplomado en Magisterio con especialidad en Educación Física): 2 puntos. Nivel III (Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte): 3 puntos. Nivel II en disciplinas deportivas + 4 años de experiencia como monitor/a: 3 puntos. Nivel III en disciplinas deportivas + 4 años de experiencia como monitor/a: 4 puntos.
7.2.- Mejoras y criterios de adjudicación precisados de juicio de valor: Mejoras y criterios de adjudicación precisados de juicio de valor: 30 puntos. Se asignará hasta un máximo de 30 puntos a la oferta con mejor proyecto técnico. En el proyecto, de no más de 15 páginas según se detalla en los pliegos administrativos, deberán especificarse y se valorará O La calidad del proyecto y la coherencia metodológica. máximo 9 puntos. O Planes de formación que tengan vinculación en la actividad contratada, presentado proyecto formativo 2 puntos por cada 5h: máximo 9 puntos. O Planes de fomento de actividad física y salud para la población municipal que tengan vinculación en la actividad contratada, presentado proyecto formativo 2 puntos por cada 5h: máximo 9 puntos. O Cualquier otro aspecto recogido en el proyecto que aporte calidad al servicio. máximo 3 puntos. Coordinador de Deportes. Ayuntamiento de Moralzarzal
Grupos de : *Anexo nº 1. Estimación de grupos y horas necesarios para cubrir el servicio: Mínimo Judocas Máximo Judocas Grupo Grupos Objeto 10 16 3 a 4 años 1 Formativo 10 16 Benjamín 1 Formativo 10 16 5 a 6 años 1 Formativo Horarios Grupos de Escuela Categoría Frecuencia Semanal Días Horario 3-4 años 2 M-J 17:10-18:05 5-6 años 2 M-J 17:10-18:05 7 años 2 M-J 17:10-18:05 8-9-12 años 2 M-J 18:05-19:00 *Anexo 2: Estimación de coste grupo por temporada. Coste Número de meses Nº alumnos Infantil Coste total grupos /mes 29 10 42 12.180 Coste temporada (10 meses) = 12.180 *Impuestos incluidos