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Nº Expediente: 107/2012/03096 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO AMINISTRATIVO ESPECIAL MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE ANIMACIÓN A LA LECTURA Y CREACIÓN LITERARIA PARA EL AÑO 2013 EN EL DISTRITO DE CHAMBERÍ 1. CONDICIONES TECNICAS DEL SERVICIO 1.1 Creación de un espacio infantil en el Centro Cultural Galileo para la realización de actividades participativas y dinámicas encaminadas a desarrollar en los niños/as de 4 a 12 años el hábito de la lectura, e iniciarlos, al mismo tiempo, en el manejo de las habilidades básicas de la lengua. Todo ello supone un conjunto de actividades de asistencia social dirigida a la infancia y a la juventud. 1.2 La celebración de estas actividades tiene como objetivo: - Desarrollar en los niños de Chamberí el hábito de la lectura. - Iniciarlos en el desarrollo y dominio de las habilidades básicas de la lengua: hablar, escuchar leer y escribir. - Garantizar la comprensión de los textos y la relación oral y escrito, fomentando la lectura crítica. - Desarrollar la capacidad para escuchar, comprender y retener. - Descubrir la diversidad de los libros y aprender a realizar su búsqueda física. - Adquirir nuevos conocimientos y ampliar la visión del mundo de los menores, aumentando sus conocimientos culturales y el conocimiento y respeto hacia los demás. - Complementar el proceso educativo de los participantes con una intervención social, lúdica y pedagógica que fomente su desarrollo integral. - Desarrollar y reforzar hábitos y conductas de destreza física y mental mediante: elaboración de manualidades, realización de juegos y dinámicas, participación activa, organización de tiempos y espacios y trabajo en equipo. - Estimular en los niños el desarrollo de estrategias y motivación para disfrutar del tiempo de ocio de forma socializadora, constructiva y sana. - Orientar los padres en relación con la adquisición de libros que convengan a sus hijos 1

1.3 La metodología deberá ser acorde a los objetivos propuestos y, en todo caso, ajustarse a los siguientes criterios: - Participativa, activa, voluntaria y no competitiva. - Flexible para permitir la adaptación a las distintas características de los niños e incidencias que pudieran ocurrir. - Realizando animaciones antes de leer el libro. - Usando un libro completo. - Realizando animaciones de profundización en la lectura y actividades variadas en torno al libro después de su lectura. - Deberá potenciar las relaciones de respeto mutuo. - Fomentar la responsabilidad e iniciativas propias. - Personalizada, que permita un seguimiento individualizado de todos los niños. - Creadora de un clima de aceptación y expresión libre. 1.4 Desde la Unidad de Actividades Culturales, del Distrito de Chamberí, se considera necesaria la prestación de este servicio con las siguiente consideraciones: - El programa se desarrollara del 20 de abril al 21 de diciembre de 2013 exceptuando los meses de julio y agosto, con un total de 19 sesiones los sábados,con el siguiente desglose mensual: Abril 2 sesiones 20, 27. Mayo: 3 sesiones. 11, 18, 25. Junio: 4 sesiones. 1, 8, 15,22. Septiembre:2 sesiones. 21, 28. Octubre: 3 sesiones. 5, 19, 26. Noviembre: 3 sesiones. 16, 23, 30. Diciembre: 2 sesiones. 14, 21. No obstante la presente distribución de días, es orientativa, pudiéndose cambiar en función de las necesidades del centro, y otras de carácter organizativo. Este cambio no supone modificación del objeto del contrato, ya que las prestaciones siguen siendo las mismas, únicamente se modifica el momento exacto de su prestación. En caso de realizarse algún cambio se comunicará a la empresa adjudicataria con un mínimo de una semana de antelación. - El horario para el desarrollo del programa será, los sábados de 11:00h a 13:00 h. 2

- En cuanto a su contenido, se incluirán actividades en torno a tres aspectos fundamentales: o o o De desarrollo de habilidades expresivas que versarán sobre los temas relacionados con las lecturas planificadas (teatro, títeres, escritura, dibujo etc). Para fomentar la capacidad creativa de los niños/as Juegos cooperativos relacionados con las lecturas y que faciliten su comprensión. - Esta relación de aspectos no tiene carácter limitativo sino que deberán considerarse incluidos todos aquellos que sean necesarios para la adecuada ejecución del objeto del contrato. - El servicio se prestará, en todo caso, bajo la dirección de la Unidad de Actividades Culturales, de la Junta de Distrito de Chamberí o persona designada por el órgano de Contratación. 1.5 El número de participantes será como máximo de 50. Las edades de los participantes estarán comprendidas entre los 4 y los 12 años, ambos inclusive, debiendo realizarse por grupos de edades para la mejor realización de las actividades. 1.6 Las actividades a desarrollar en este programa tendrán lugar el Centro Cultural Galileo, en las Salas 2 y 3 de bajo cubierta y en la sala polivalente 1, que la empresa acondicionará y decorará adecuadamente. 1.7 Se aportarán los materiales precisos para la adecuación del espacio (alfombras, descalzadoras, percheros y perchas, suelo) y material fungible (plastelinas, pinturas, papel, tijeras, y otros elementos que se vayan deteriorando) y concretamente 220 ejemplares de libros, para su utilización en el desarrollo de las distintas actividades y dinámicas. 1.8 El personal requerido para el desarrollo de la actividad es el siguiente: - Un coordinador de Ocio y Tiempo Libre o similar. Dicho coordinador será el interlocutor de los Servicios municipales durante la realización de la actividad y el responsable de su seguimiento y evaluación. - 5 Monitores de Ocio y Tiempo Libre o similar, en una ratio de uno por cada diez niños. Dichos monitores deberán permanecer durante todo el tiempo de las sesiones independientemente del número de niños que permanezcan en ellas. 3

- La empresa podrá complementar con monitores en prácticas, en su caso, que no sustituyan de ninguna manera a los titulados, proponiéndose como monitores de apoyo. 1.9 A lo largo de la prestación del contrato, sin que ello suponga un incremento del número de sesiones establecido, y en fechas convenidas previamente con la Unidad de Actividades Culturales,, se realizarán tres actividades complementarias para las cuales el Centro Cultural Galileo podrá poner a disposición de la Empresa Adjudicataria el Auditorio del Centro. Para cada una de estas actividades complementarias se deberá disponer de un monitor adicional, que facilite el traslado de los menores por el centro, hasta el Auditorio. Estas actividades complementarias se conciben como actividades artísticas con contenido relacionado con el objeto del contrato, tales como lecturas dramatizadas, cuenta-cuentos, dramatizaciones, escenificaciones. 1.10 La empresa adjudicataria facilitará a la Unidad de Actividades Culturales,, con la antelación suficiente para que permita su difusión a través de los medios electrónicos habituales, la información relativa a la programación mensual en formato Word o similar. 2. CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES. 2.1. El órgano contratante se reserva la facultad de inspeccionar en cualquier momento el desarrollo del Servicio, pudiendo variarlo en aquello que no suponga modificación sustancial de los pliegos de condiciones y del objeto del contrato y siendo dichas variaciones de obligado cumplimiento para el adjudicatario, avisando con una antelación mínima de una semana. 2.2. En la prestación del servicio, el contratista deberá someterse en todo momento a las instrucciones, directrices y observaciones del funcionario municipal responsable del Distrito de Chamberí. 2.3. Los objetivos a desarrollar, así como la metodología concreta para su consecución, se definirán por el adjudicatario en un proyecto detallado de las actividades a realizar. 4

2.4. El adjudicatario del contrato se responsabilizará del desarrollo del programa de actividades en todos sus aspectos, con arreglo a las condiciones que rigen el mismo. 2.5. Si el presente contrato fuere adjudicado a persona jurídica, las cuestiones que se susciten entre al empresa y sus trabajadores quedarán excluidos del ámbito del mismo, debiéndose someter a la legislación laboral. 2.6. En ningún caso la relación que surja como consecuencia de la prestación del presente servicio entre el Ayuntamiento y el contratista tendrá carácter laboral, siendo competente de cuantas cuestiones puedan suscitarse respecto del cumplimiento, interpretación y efectos del contrato, los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Madrid, a los que ambas partes se someten con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. 2.7. Se entiende, en todo caso, que no existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato de asistencia y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. 2.8. El Distrito se reserva el derecho a formular cuantas objeciones estime convenientes y modificar las orientaciones presentadas según las conveniencias del servicio o actividad debiendo el adjudicatario atender, en lo no expresamente detallado, a las instrucciones y directrices que le formule el responsable del servicio del Distrito. 2.9. En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos, la entidad adjudicataria y el personal encargado de la realización de los trabajos, guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o a enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. 5

2.10. La empresa adjudicataria, como mecanismo de verificación sobre el cumplimiento de los servicios contratados, facilitará mensualmente, a través de su interlocutor, la relación de sesiones impartidas y las incidencias que hayan tenido lugar. Los monitores llevarán hojas de control de asistencia de los alumnos, que deberán presentar mensualmente a la Dirección del Centro. 2.11. A la finalización del contrato presentará una memoria de las actividades realizadas, que deberá ser presentada antes de la finalización del plazo de ejecución. Madrid, 18 de febrero de 2012 LA JEFE DE LA UNIDAD DE ACTIVIDADES CULTURALES, FORMATIVAS Y DEPORTIVAS María Fresno Moreno 6