Régimen Fiscal de PEMEX

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Transcripción:

Cámara de Diputados H. Congreso de la Unión Centro de Estudios de las Finanzas Públicas CEFP/053/2005 Régimen Fiscal de PEMEX Efectos de los Cambios en los Derechos Petroleros 2006 PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO, OCTUBRE DE 2005

Introducción El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, ha realizado estimaciones de los ingresos que se recaudarán durante 2006 tomando en consideración tanto el régimen que actualmente aplica a PEMEX, como la propuesta en discusión por el Congreso de la Unión. Para este análisis, se consideró un precio fiscal promedio del barril de petróleo de 35.0 dólares por barril, y tres escenarios de posibles precios con la finalidad de observar el comportamiento de los derechos en ambos casos. Para coincidir con los CGPE 2006, se muestra un escenario que considera como precio fiscal de 31.5 y precio observado de 33.25 dólares a flujo de efectivo como precio promedio del barril de la mezcla mexicana de petróleo. 2

Régimen Fiscal Actual Los cálculos se realizan con base en un precio fiscal de 31.50 dólares y observado de 33.25 dólares por barril de petróleo en un primer escenario y un precio fiscal de 35.0 dólares y los siguientes precios esperados (36.16, 38.0 y 40.0 dólares por barril en flujo de efectivo) para los demás escenarios. Se toma la plataforma de exportación de Criterios Generales de Política Económica (CGPE) 2006. El tipo de cambio usado es el de CGPE (11.40). 3

Régimen Fiscal Actual CALCULO DE PAGO DE DERECHOS 2006 (Régimen vigente) (Millones de pesos) P.F. 31.5 Precio Fiscal: 35.00 dólares por barril P.O. 33.25 P.O. 36.16 P.O. 38.0 P.O. 40.0 Exportación de crudo (mbd) 1,868 1,868 1,868 1,868 Días por año 365 365 365 365 Tipo de cambio (Pesos por dólar) 11.400 11.40 11.40 11.40 Precio Fiscal Crudo (USD/b) 31.50 35.00 35.00 35.00 Precio Crudo (USD/b) 33.25 36.16 38.00 40.00 Ingresos PEMEX 729,127 793,095 833,413 877,277 Ingresos petróleo 258,405 281,076 295,364 310,910 Otros Ingresos 470,722 512,019 538,048 566,367 IEPS 56,534 35,509 17,487 5,472 DSH 60.8% 421,148 468,282 499,860 531,239 DEP 293,941 326,839 348,879 370,780 DEEP 122,708 136,442 145,642 154,785 DAEP 4,498 5,002 5,339 5,674 4

Cambios Propuestos al Régimen Fiscal de PEMEX Régimen Actual - Derecho sobre Extracción de petróleo - Derecho Extraordinario sobre Extracción de petróleo - Derecho Adicional sobre Extracción de petróleo O t r o s -Aprov. sobre Rend. Excedentes (ARE) - IEPS (gasolina y diesel) - IVA (petrolero) - Impuesto a los Rendimientos Petroleros (IRP) Régimen Propuesto - Derecho Extraordinario sobre la Exportación de Petróleo Crudo - Derecho sobre Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización - Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos (Sin cambios) - ARE. Se define anualmente en Ley de Ingresos - IEPS (gasolina y diesel). Vigente - IVA (petrolero). Vigente - IRP. Se define anualmente en Ley de Ingresos (similar al ISR) 5

Cambios propuestos al Régimen Fiscal de PEMEX Es importante resaltar que los derechos propuestos son totalmente diferentes a los actuales, es decir, se aplican sobre bases distintas y con tasas diferentes. Estos cambios consisten en eliminar los derechos existentes en Ley de Ingresos. Los nuevos derechos estarían contemplados en la Ley Federal de Derechos. 6

Derecho Extraordinario sobre la Exportación de Petróleo Crudo. Aplicación: Se paga sobre la exportación de petróleo, con una tasa del 13.1% a la diferencia entre el precio fiscal y el observado. Destino: Este derecho se destinaría al Fondo para la Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas (FEIEF). La SHCP en el presupuesto anual establecerá la mecánica de distribución de este fondo. 7

Derecho Extraordinario sobre la Exportación de Petróleo Crudo. DERECHO EXTRAORDINARIO SOBRE LA EXPORTACIÓN DE PETRÓLEO (Acreditable contra el DSHFE) Precio Fiscal (Ley de Ingresos). Crudo (USD/b) 31.50 35.00 35.00 35.00 Precio promedio de crudo de exportación. Crudo (USD/b) 33.25 36.16 38.00 40.00 Volumen de crudo a exportación (mbd) 1,868 1,868 1,868 1,868 Diferencia entre referencia y precio promedio 1.75 1.16 3.00 5.00 Tasa aplicable 13.1% 13.1% 13.1% 13.1% Derecho Extraordinario sobre Export. de Petróleo (millones de Pesos) 1,777 1,183 3,055 5,091 El monto a pagar correspondiente a este Derecho, es acreditable contra el Derecho sobre Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización. 8

Comportamiento del Derecho Extraordinario sobre la Exportación de Petróleo Crudo Derecho Extraordinario sobre la Exportación de Petróleo Crudo (Variación por cada dólar de incremento en el precio y un precio fiscal de 31.5 dólares) Recaudación 9,000 8,000 7,000 6,000 5,000 4,000 3,000 2,000 1,000 - -1,000 13% 11% 9% 7% 5% 3% 1% -1% 26.00 27.00 28.00 29.00 30.00 31.00 31.50 32.00 33.00 34.00 35.00 36.00 37.00 38.00 39.00 40.00 41.00 42.00 Tasa aplicable Recaudación Tasa aplicable Precio del petróleo Nota: A partir de 31.5 dólares por barril, el aumento en un dólar en el precio del petróleo incrementa la recaudación de manera lineal en 1,018 millones de pesos. 9

Derecho sobre Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización (FEIP) Aplicación: Se paga sobre los ingresos por producción de crudo, dependiendo del precio de barril de petróleo observado a partir de 22 dólares y hasta 31dólares a una tasa que va del 1 al 10%, en adelante se mantiene la tasa del 10%. Al importe así determinado se le acredita el Derecho Extraordinario sobre la Exportación de Petróleo Crudo. Destino: Los recursos de este derecho se destinan al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros (FEIP). 10

Derecho sobre Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización. (FEIP) DERECHO SOBRE HIDROCARBUROS PARA EL FONDO DE ESTABILIZACIÓN P.F. 31.5 Precio Fiscal: 35.0 dólares por barril P.O. 33.25 P.O. 36.16 P.O. 38.0 P.O. 40.0 Producción de Crudo (mbd) 3,478 3,478 3,478 3,478 Ingresos de Crudo 481,120 523,330 549,934 578,878 Precio promedio de crudo de exportación. Crudo (USD/b) 33.25 36.16 38.00 40.00 % para Fondo de Estabilización 10% 10% 10% 10% Derecho Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización 48,112 52,333 54,993 57,888 11

Derecho sobre Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización. Derecho sobre Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización (Variación por cada dólar de incremento en el precio) 70,000 60,000 50,000 10% 8% Recaudación 40,000 30,000 20,000 6% 4% 10,000 2% - 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 31.5 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 Tasa aplicable 0% Precio del Petróleo Recaudación Importe a pagar Tasa aplicable 12

Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos (D O H). Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos. Este derecho se aplica a los ingresos por venta de petróleo y gas, descontando las deducciones autorizadas. A la base resultante se aplica un porcentaje que depende del precio observado y el año del que se trate; dicho porcentaje disminuye en la medida en que el precio se incrementa. Se contempla en este derecho un periodo de transición de 4 años, durante los cuales se irá ajustando la tasa, a quedar en 79 por ciento para todos los niveles de precio. 13

Cálculo del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos Una vez calculada la base y descontados de la misma los costos y fondos autorizados, se aplica la tasa correspondiente. CALCULO DE PAGO DE DERECHO ORDINARIO (Cuadro 1) P.F. 31.5 Precio Fiscal: 35.0 dólares por barril Precio del Barril P.O. 33.25 P.O. 36.16 P.O. 38.0 P.O. 40.0 Ingresos de Crudo 481,120 523,330 549,934 578,878 Ingresos de Gas 122,633 135,729 143,997 152,993 Ventas netas 603,753 659,059 693,932 731,871 Fondos diversos (Cuadro 2) 48,432 52,682 55,361 58,276 Costo Límite (Cuadro 3) 113,350 113,350 113,350 113,350 Base gravable 441,971 493,027 525,220 560,245 Porcentaje aplicable (Según Tabla) 78.68% 78.68% 78.68% 78.68% Derecho Ordinario 347,743 387,914 413,243 440,801 14

Cálculo de los fondos deducibles del DOH Pago de Fondos - Serán deducibles además el Derecho sobre Hidrocarburos para el fondo de estabilización y los demás fondos contemplados en la iniciativa. CALCULO DE PAGO DE LOS FONDOS (Cuadro 2) (Millones de pesos) P.F. 31.5 Precio Fiscal: 35.50 dólares por barril Precio del Barril P.O. 33.25 P.O. 36.16 P.O. 38.0 P.O. 40.0 0 Fondo de Investigación 302 330 347 366 0.05% Auditoría Fiscal 18 20 21 22 0.003% Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros (FEIP) 46,335 51,150 51,939 52,797 Fondo de Estabilización de las Entidades Federativas (FEIEF) 1,777 1,183 3,055 5,091 Suma de Fondos 48,432 52,682 55,361 58,276 15

Cálculo de los costos deducibles para el DOH Se podrán deducir además: Costos por inversiones en exploración, desarrollo y explotación de yacimientos; así como, en gasoductos, oleoductos y transporte, entre otros. Ó un máximo de 6.5 dólares por barril de petróleo y 2.7 dólares por millón de pies cúbicos de gas. Será deducible el menor de los dos anteriores. P.F. 31.5 Precio Fiscal: 35.0 dólares por barril P.O. 33.25 P.O. 36.16 P.O. 38.0 P.O. 40.0 Costos Máximo a Deducir Crudo y gas asociado (USD/bpc) 6.50 6.50 6.50 6.50 Gas no asociado (USD/mpc) 2.70 2.70 2.70 2.70 Costo Máximo usando precios 132,400 132,400 132,400 132,400 Costo teórico para crudo (MM$) (6.50dólares) 109,268 109,268 109,268 109,268 Costo teórico para gas (MM$) (2.70 dólares) 23,132 23,132 23,132 23,132 Costo esperado de PEP (2006) 1/ 113,350 113,350 113,350 113,350 Costo límite (menor) 113,350 113,350 113,350 113,350 1/ Costo proporcionado por PEMEX COSTOS MÁXIMOS A DEDUCIR 1/ (Cuadro 3) 16

Comportamiento del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos 500,000 Derecho Ordinario sobrehidrocarburos (Variación por cada dólar de incremento en el precio del petróleo) 90.00% Recaudación 450,000 400,000 350,000 300,000 250,000 85.00% 80.00% 75.00% 200,000 22.00 23.00 24.00 25.00 26.00 27.00 28.00 29.00 30.00 31.00 32.00 33.00 34.00 35.00 36.00 37.00 38.00 39.00 40.00 41.00 Tasa Aplicable 42.00 70.00% Precio del petróleo Recaudación Tasa aplicable 17

Monto total a pagar por los Derechos sobre Hidrocarburos propuestos. TOTAL DE PAGO DE DERECHOS (Pago neto de Derechos ) P.F. 31.5 Precio Fiscal: 35.0 dólares por barril P.O. 33.25 P.O. 36.16 P.O. 38.0 P.O. 40.0 0 Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos 347,743 387,914 413,243 440,801 Derecho sobre Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización (FEIP) 46,335 51,150 51,939 52,797 (+) Derecho para el FE 48,112 52,333 54,993 57,888 (-) Derecho Extraord. Exportación (1,777) (1,183) (3,055) (5,091) Derecho Extraordinario sobre Exportación de Petróleo Crudo (FEIEF) 1,777 1,183 3,055 5,091 Fondo de Investigación 302 330 347 366 Fondo de Auditoría 18 20 21 22 Total de Derechos 396,175 440,596 468,605 499,077 18

Comparativo de Recaudación de Derechos COMPARATIVO DE DERECHOS 2006 (Régimen vigente Vs Régimen Propuesto) (Millones de pesos) Precios Fiscales 31.50 35.00 Precio Fiscal 35.0 Precios Esperados 33.25 36.16 38.00 40.00 I Régimen Vigente (60.8%) 421,147.6 468,282.2 499,860.2 531,239.1 DEP (52.3%) 293,941.3 326,839.0 348,878.9 370,779.9 DEEP (25.5%) 122,708.2 136,441.7 145,642.4 154,785.2 DAEP (1.1%) 4,498.2 5,001.6 5,338.9 5,674.0 II Régimen Propuesto 396,175.2 440,595.8 468,604.7 499,076.7 Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos 347,743.1 387,913.5 413,243.5 440,801.0 Derecho sobre Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización (FEIP) 46,335.2 51,150.2 51,938.8 52,796.7 Derecho Extraordinario sobre Exportación de Petróleo Crudo (FEIEF) 1,776.8 1,182.8 3,054.7 5,091.1 Fondo de Investigación 301.9 329.5 347.0 365.9 Fondo de Auditoría 18.1 19.8 20.8 22.0 II - I Diferencia -24,972.5-27,686.4-31,255.5-32,162.4 19

Recaudación de Derechos 2006 60,000 Recaudación de Derechos sobre Hidrocarburos 2006 500,000 50,000 450,000 Recaudación 40,000 30,000 20,000 400,000 350,000 300,000 Recaudación DOH 10,000 250,000-26 27 28 29 30 31 31.5 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 Precio del Petróleo DEEPC DSHFE DOH 200,000 20

Matriz de Pagos y Destino de los Recursos 2006 21

Matriz de Pagos 2006 Matriz de Pagos 2006 Régimen Fiscal Actual Régimen Fiscal Propuesto Precio Fiscal: 35.0 Precio Fiscal: 35.0 Precios Fiscales 31.5 35.0 dólares por barril Precios Fiscales 31.5 35.0 dólares por barril Precios Observados 33.245 36.16 38 40 Precios Observados 33.25 36.16 38 40 Derechos: Derechos: Sobre Extracción de petróleo 293,941 326,839 348,879 370,780 Sobre Hidrocarburos para el Fondo de 46,335 51,150 51,939 52,797 Extraordinario sobre Extracción de petróleo 122,708 136,442 145,642 154,785 Extraordinario sobre Exportación de Petróleo 1,777 1,183 3,055 5,091 Adicional sobre Extracción de petróleo 4,498 5,002 5,339 5,674 Ordinario sobre Hidrocarburos 347,743 387,914 413,243 440,801 FONDOS 320 349 368 388 Tasa Efectiva 57.8% 59.0% 60.0% 60.6% Tasa Efectiva 54.3% 55.6% 56.2% 56.9% DERECHOS TOTALES (60.8%) Recursos a: 421,148 468,282 499,860 531,239 DERECHOS TOTALES 396,175 440,596 468,605 499,077 (-) Fondo Auditría 18 20 21 22 (-) Fondo IMP 302 330 347 366 Subtotal 395,855 440,247 468,237 498,689 RFP (Estados) 62,463 69,453 74,137 78,791 Estados 55,720 62,182 68,037 74,407 62,463 69,453 74,137 78,791 RFP (Estados) 53,944 60,999 64,983 69,316 FEIEF (Estados) 1,777 1,183 3,055 5,091 Municipios 3,482 3,871 4,133 4,392 Municipios 3,406 3,875 4,128 4,404 FEIP 46,335 51,150 51,939 52,797 IMP 302 330 347 366 Auditoría 18 20 21 22 Federación 355,203 394,957 421,591 448,056 Federación 290,393 323,039 344,132 367,081 Recursos Totales 421,148 468,282 499,860 531,239 Recursos Totales 396,175 440,596 468,605 499,077 Nota 1: La plataforma de producción que se tomó es de 3 millones 478 mil barriles diarios. Nota 2: Para el cálculo de la RFP se incluyen solo los Derechos, el IEPS se excluye. RFP: Recaudación Federal Participable FEIP: Fondo para la Estabilización de los Ingresos Petroleros P.F.: Precio Fiscal 22

COMPARATIVO ENTRE REGIMEN FISCAL DE PEMEX ACTUAL Y EL PROPUESTO Utilizando precio de flujo - nov 2005 a oct 2006 (Millones de Pesos) Precio de flujo de 33.245 dls. Por barril Precio de flujo de 36.16 dls. Por barril Precio Fiscal de 31.50 dls por barril Precio Fiscal de 35.0 dls por barril Régimen Régimen Diferencia Régimen Régimen Diferencia Actual Propuesto Importe % Actual Propuesto Importe % Ingresos Por Derechos (nota 1) 421,148.0 396,175.0-24,973.0-5.93% 468,283.0 440,596.0-27,687.0-5.91% Derecho sobre Extracción de Petróleo 293,941.4 326,839.0 Extraordinario sobre Extracción de Petróleo 122,708.2 136,442.0 Adicional sobre Extracción de Petróleo 4,498.4 5,002.0 Der. S/ Hidrocarburos para el FEIP 46,335.0 51,150.0 Der. Extraord. S/ Exportac. De Petróleo 1,777.0 1,183.0 Der. Ordinario S/ Hidrocarburos 347,743.0 387,914.0 Fondos (ASF y IMP ) 320.0 349.0 Distribución: 421,148.0 396,175.0-24,973.0-5.93% 468,283.0 440,596.0-27,687.0-5.91% Estados.- 65,945.0 59,127.0-6,818.0-8.98% 73,324.0 66,057.0-7,267.0-9.83% RFP. 62,463.0 53,944.0-8,519.0-13.64% 69,453.0 60,999.0-8,454.0-12.17% FEIEF n.e 1,777.0 1,777.0 n.e 1,183.0 1,183.0 Municipios 3,482.0 3,406.0-76.0-2.18% 3,871.0 3,875.0 4.0 0.10% Fondo de Estabilización (FEIP) 0.0 46,335.0 46,335.0 0.0 51,150.0 51,150.0 Fondo IMP n.e 302.0 302.0 n.e 330.0 330.0 Fondo ASF n.e 18.0 18.0 n.e 20.0 20.0 Federación 355,203.0 290,393.0-64,810.0-18.25% 394,959.0 323,039.0-71,920.0-18.21% mas- Fondo Estabilizacion Ingresos Petroleros (Nota 2) n.a 45,586.7 45,586.7 n.a 50,652.0 50,652.0 Efecto neto para la Federación (aplicando la Nota 2) 355,203.0 335,979.7-19,223.3-5.41% 394,959.0 373,691.0-21,268.0-5.38% n.e. = No existe n.a = No aplica Nota 1. La pérdida recaudatoria neta para el Gobierno fedral, Estados y Municipios, sería de 24,973.0 mdp a un precio de 31.50 dls. Por barril; así como de 27,687.0 mdp. A un precio de 35.0 dls. Por barril; mismos importes que se ahorraría PEMEX en el pago de Derechos. Nota 2: En el proyecto de Dictamen del Régimen en Discusión, se propone que el importe del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros (FEIP) hasta por el precio fiscal, se destine a gastos de Infraestructura, con lo que la Federación recuperaría 45,586.7 mdp para un precio fiscal de 31.5 dpb.y 50,652.0 mdp para un precio fiscal de 35.0 dpb. La pérdida recaudatoria neta para la Federación sería de 19,223.3 mdp. Para un precio de flujo de33.245 dpb. La pérdida recaudatoria neta para la Federación sería de 21,268.0 mdp. Para un precio de flujo de 36.16 dpb. 23

COMPARATIVO ENTRE REGIMEN FISCAL DE PEMEX ACTUAL Y EL PROPUESTO Precio Fiscal igual a Precio Observado (Millones de Pesos) Precio Fiscal de 31.50 dls por barril Precio Fiscal de 35.0 dls por barril Régimen Régimen Diferencia Régimen Régimen Diferencia Actual Propuesto Importe % Actual Propuesto Importe % Ingresos Por Derechos (nota 1) 397,879.0 375,765.0-22,114.0-5.56% 452,792.0 422,897.0-29,895.0-6.60% Derecho sobre Extracción de Petróleo 277,701.0 316,028.0 Extraordinario sobre Extracción de Petróleo 115,928.0 131,928.0 Adicional sobre Extracción de Petróleo 4,250.0 4,836.0 Der. S/ Hidrocarburos para el FEIP 45,587.0 50,652.0 Der. Extraord. S/ Exportac. De Petróleo 0.0 0.0 Der. Ordinario S/ Hidrocarburos 329,871.0 371,907.0 Fondos (ASF y IMP ) 307.0 338.0 Distribución: 397,879.0 375,765.0-22,114.0-5.56% 452,792.0 422,897.0-29,895.0-6.60% Estados.- 62,301.0 56,705.0-5,596.0-8.98% 70,899.0 63,930.0-6,969.0-9.83% RFP. 59,012.0 53,695.0-5,317.0-9.01% 67,156.0 60,537.0-6,619.0-9.86% FEIEF n.e 0.0 0.0 n.e 0.0 0.0 Municipios 3,289.0 3,010.0-279.0-8.48% 3,743.0 3,393.0-350.0-9.35% Fondo de Estabilización (FEIP) 0.0 45,586.7 45,586.7 0.0 50,652.0 50,652.0 Fondo IMP n.e 289.1 289.0 n.e 319.0 319.0 Fondo ASF n.e 17.2 17.0 n.e 19.0 19.0 Federación 335,578.0 273,167.0-62,411.0-18.60% 381,893.0 307,977.0-73,916.0-19.36% mas- Fondo Estabilizacion Ingresos Petroleros n.a 45,586.7 45,586.7 n.a 50,652.0 50,652.0 Efecto neto para la Federación (aplicando la Nota 2) 335,578.0 318,753.7-16,824.3-5.01% 381,893.0 358,629.0-23,264.0-6.09% n.e. = No existe n.a = No aplica Nota 1. La pérdida recaudatoria neta para el Gobierno fedral, Estados y Municipios, sería de 22,114.0 mdp a un precio de 31.50 dls. Por barril; así como de 29,895.0 mdp. A un precio de 35.0 dls. Por barril; mismos importes que se ahorraría PEMEX en el pago de Derechos. Nota 2: En el proyecto de Dictamen del Régimen en Discusión, se propone que el importe del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros (FEIP) hasta por el precio fiscal, se destine a gastos de Infraestructura, con lo que la Federación recuperaría 45,586.7 mdp para un precio fiscal de 31.5 dpb.y 50,652.0 mdp para un precio fiscal de 35.0 dpb. La pérdida recaudatoria neta para la Federación sería de 16,824.3 mdp. Para un precio de 31.50 dpb. La pérdida recaudatoria neta para la Federación sería de 23,264.0 mdp. Para un precio de 35.0 dpb. 24

Centro de Estudios de las Finanzas Públicas H. Cámara de Diputados LIX Legislatura octubre de 2005 www.cefp.gob.mx Presidente del Comité Dip. José Luis Flores Hernández Secretario Secretario Dip. Marko Antonio Cortés Mendoza Dip. Rafael Flores Mendoza 25