CONCESIÓN DEMANIAL 2014/9 ml PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS A REGIR EN LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DE UNA PORCIÓN DE DOMINIO PÚBLICO EN CERCEDILLA PARA LA EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN COMPLEJO DEPORTIVO DE PISTAS DE PADEL CLAUSULA 1ª. - OBJETO Constituye el objeto del presente expediente la concesión de uso privativo de una porción de terreno de 1.600 m2 de superficie, dentro del recinto del Campo municipal de fútbol, ubicado en el paraje Dehesilla y Rodeo", para la ejecución y explotación de 4 pistas de pádel e instalaciones complementarias (más una pista, ya existente), en la forma y con las condiciones que en el presente Pliego y en el de Cláusulas administrativas se establecen. El adjudicatario asumirá la obligación de ejecutarlo en los plazos previstos, y equiparlo y gestionarlo durante el plazo de concesión. CLÁUSULA 2ª.- DESCRIPCIÓN DE LA PARCELA - Terreno clasificado como suelo urbano, ubicado dentro del recinto del Campo municipal de fútbol, sito en el paraje denominado Dehesilla y Rodeo, En el mismo existe una pista de pádel instalada por la Comunidad de Madrid. - Superficie: 1.600 m2 - Naturaleza jurídica: terreno de propiedad municipal, equipamiento dotacional de dominio público. - Cargas: no hay cargas registradas. - Patrimonio afecto a la concesión: Una pista de pádel, que ocupa 200 m2. Los licitadores que se presenten al concurso, aceptan de forma incondicionada la situación física y jurídica de los terrenos objeto de concesión. La concesión del derecho se realiza en concepto de cuerpo cierto, por lo que no cabrá reclamación alguna en razón de diferencias de superficie en más o en menos, ni como consecuencia de las condiciones geológicas, topográficas o análogas que encarezcan la construcción. CLÁUSULA 3ª- VALOR DE LOS TERRENOS De conformidad con el informe de los Servicios Técnicos, el valor del terreno objeto de la concesión es de 176.000. CLÁUSULA 4ª.- INSTALACIONES A EJECUTAR El proyecto conlleva la ejecución de las siguientes obras e instalaciones: Pliego Prescripciones Técnicas Concesión demanial pistas de pádel 1
*Cuatro pistas de pádel según el proyecto redactado por el arquitecto técnico municipal por un importe de ejecución material de 87.517,04, siendo una de ellas panorámica. *Cubrición para cuatro pistas a fin de poder ser usadas en época invernal, con una dimensión mínima de cubrición de 44x24x7m, conforme al anteproyecto redactado por el arquitecto técnico municipal y por un importe de ejecución material de 88.000 *Formación de un núcleo de edificación adosada a los actuales vestuarios del complejo deportivo Dehesilla y Rodeo, o bien en la zona que dentro de la concesión sea el terreno más apropiado según la naturaleza del terreno, en el cual será instalada la recepción, bar, tienda y vestuarios. Se incluye en este apartado todos los trabajos necesarios para dotar las nuevas instalaciones de los correspondientes servicios urbanísticos (agua, energía eléctrica, saneamiento, telefonía etc.,). y todo ello según el anteproyecto redactado por el arquitecto técnico municipal y por un importe de ejecución material 43.000. *Formación de graderíos para el público, debidamente homologadas y garantiza su seguridad y estabilidad, todo ello según el anteproyecto redactado por el arquitecto técnico municipal y por un importe de ejecución material de 39.000. El valor de ejecución material de las actuaciones a realizar es de 257.517,04 Todas las instalaciones deberán cumplir la vigente normativa en materia de accesibilidad. CLÁUSULA 5ª- MEJORAS VALORABLES Se valorarán conforme a lo establecido en el Anexo VII del Pliego de Cláusulas Administrativas como mejoras las siguientes actuaciones, considerándose como mínimas: - Formación de área de suelo infantil con una superficie mínima de 100 m2., como mínimo 4 aparatos de juego entre los que estará un columpio y un tobogán. - Conjunto de instalaciones que más se integren en el entorno (edificación, tejado, etc). - Acondicionamiento de las zonas en las que no haya instalaciones (jardines, etc). - Zona de ocio para espera clientes (cafetería, zona juegos, televisión, etc.). Pliego Prescripciones Técnicas Concesión demanial pistas de pádel 2
CLÁUSULA 6ª.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y NORMAS URBANÍSTICAS El concesionario deberá respetar las características técnicas mínimas que se determinan en este Pliego de Prescripciones Técnicas, así como las Normas Urbanísticas vigentes en el municipio, ejecutando las obras con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego y de conformidad con el proyecto de ejecución previamente aprobado por el Ayuntamiento. CLÁUSULA 7ª.- PROYECTO DE EJECUCIÓN Adjudicada la concesión, y dentro del plazo máximo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la formalización del contrato, el concesionario deberá solicitar la correspondiente licencia de obras y de actividad ante el Ayuntamiento, aportando el Proyecto de Ejecución, que comprenderá: - Memoria de las características y condiciones de las pistas e instalaciones complementarias. - Planos de conjunto y de detalle necesarios para que las obras quede perfectamente definida. - Pliego de prescripciones Técnicas particulares, en los que se hará la descripción de las obras y se regulará su ejecución, incluida la parte que se corresponda a los accesos y conexiones a la red de infraestructuras existentes. - Presupuesto integrado o no por varios parciales, con expresión de los precios unitarios y de los descompuestos, estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración. - Programa de desarrollo de los trabajos y coste óptimo, de carácter indicativo. En el mismo se contemplarán las posibles dificultades que pudieran presentarse por el tipo de terreno. - Cuanta otra documentación venga prevista en las normas de carácter legal o reglamentario para este tipo de instalaciones. No podrán dar comienzo las obras en tanto no se concedan las correspondientes licencias por parte del Ayuntamiento. El Ayuntamiento podrá autorizar, una vez presentado el proyecto visado, la realización de trabajos previos. En caso de incumplimiento de plazos se adoptarán las medidas previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas. CLÁUSULA 8ª.- REALIZACIÓN DE LAS OBRAS El plazo de ejecución de las obras será de UN AÑO. Este plazo se contará a partir del acta de comprobación del replanteo (Cláusula 21ª PCAP). La ejecución de las obras e instalaciones no podrá interrumpir, en ningún caso, las actividades que se desarrollan habitualmente dentro del recinto del Campo Pliego Prescripciones Técnicas Concesión demanial pistas de pádel 3
de Fútbol (entrenamientos, partidos, etc.), ni interrumpir u obstaculizar los accesos a la zona. La dirección facultativa de las obras corresponderá designarla y será a cargo del concesionario. La Dirección Facultativa expedirá el correspondiente Certificado Final de Obra visado por los Colegios Profesionales correspondientes. Una vez realizado el final de obra, se procederá a levantar la correspondiente acta de inspección para autorizar el funcionamiento de las instalaciones. En caso de incumplimiento de plazos se adoptarán las medidas previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas. CLÁUSULA 9ª.- PUESTA EN MARCHA DE LA ACTIVIDAD Expedida el acta de finalización de la obra, y concedida la oportuna licencia de funcionamiento, dará comienzo efectivo la actividad. El plazo máximo para la puesta en marcha del complejo será de SEIS MESES desde la concesión de la correspondiente licencia de funcionamiento. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales que, en su caso, se hubieran establecido. CLÁUSULA 10ª.- CARTEL DE OBRA El adjudicatario deberá publicitar a su costa la construcción y puesta en funcionamiento de las instalaciones deportivas, con un gasto de hasta un 0,05% del presupuesto de ejecución material, en los medios que se le indiquen por parte del Ayuntamiento. CLÁUSULA 11ª.- CONSERVACIÓN Y REFORMAS Conservación y mantenimiento de la obra ejecutada a) El Concesionario, vendrá obligado a efectuar un adecuado mantenimiento de las obras realizadas y de sus instalaciones durante la vigencia de la concesión. Para ello elaborará un plan que, como mínimo, respetará las revisiones y plazos previstos en este Pliego, y que, en todo caso, servirán de pauta para su desarrollo. b) El Concesionario presentará al Ayuntamiento en el plazo de un mes antes de la puesta en servicio de las pistas, para su aprobación, el plan de mantenimiento, así como relación y cláusulas de los contratos de mantenimiento que tenga suscritos, en su caso, con empresas encargadas de su realización. Pliego Prescripciones Técnicas Concesión demanial pistas de pádel 4
c) Los Servicios Técnicos del Ayuntamiento podrán fijar nuevos criterios cuando las circunstancias, o cambio de ordenanzas municipales, así lo aconsejen. d) El adjudicatario comunicará cualquier tipo de incidencia en las instalaciones o equipos a la Concejalía de Deportes. Estas incidencias se harán constar en el informe bimensual o en el parte diario, según la gravedad o importancia de la incidencia. e) La entidad adjudicataria viene obligada a reponer y sustituir los elementos que se desgasten por el uso habitual de los mismos. f) Serán por cuenta del adjudicatario los consumos de materiales fungibles afectos directamente a la explotación y sus espacios auxiliares no mencionados expresamente en las obligaciones del Ayuntamiento. También lo serán el mantenimiento y reposición de la maquinaria y bienes ofertados en su proyecto de equipamiento de los espacios afectos directamente a la explotación. g) Durante los períodos en que los centros deportivos permanecieran cerrados total o parcialmente, si así fuera el caso, deberá mantener los espacios objeto de explotación propia en perfectas condiciones. Reformas y mejoras Los proyectos de mejora, ampliación y las grandes reparaciones que el adjudicatario deseara realizar a su cargo en los espacios objeto de explotación, deberán ser informados previamente por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento y aprobados por órgano municipal competente. CLÁUSULA 12ª.- EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO A) Carácter del servicio El Ayuntamiento de Cercedilla ostentará la titularidad de los servicios que se presten en las instalaciones deportivas objeto del contrato, correspondiendo al adjudicatario la prestación de los mismos. El Ayuntamiento de Cercedilla conservará los poderes de policía necesarios para asegurar el buen fin del servicio. La entidad adjudicataria deberá hacerse cargo de todos los servicios de forma completa e indivisible, quedando expresamente prohibido cualquier uso distinto al previsto en este Pliego, y el subarrendamiento, traspaso o alquiler de espacios, salvo autorización municipal expresa. B) Inscripciones y reservas Las reservas para el uso de las pistas de pádel y las preinscripciones para los cursos y/o torneos que se celebren, deberán poder hacerse vía telefónica y/o a través de internet, por lo que el adjudicatario deberá contratar línea telefónica y conexión a internet y publicitar el número de contacto y la dirección mail en cuantas campañas de promoción realice. Para tal efecto, el adjudicatario establecerá los medios organizativos y materiales para que los usuarios puedan abonar directamente al adjudicatario el alquiler a título individual de las pistas de pádel mediante pago en efectivo en las Pliego Prescripciones Técnicas Concesión demanial pistas de pádel 5
propias instalaciones, independientemente de otras fórmulas de pago no presenciales que el adjudicatario pudiera establecer. El adjudicatario vendrá obligado a admitir a cualquier ciudadano/a, sin más requisito que el pago previo del precio de los servicios y sin otra limitación que la derivada de la propia capacidad y características de la instalación, siempre que se cumplan los requisitos establecidos reglamentariamente para la utilización del servicio. No obstante, el concesionario podrá establecer listas de espera, reserva anticipada o limitar la admisión en caso de saturación de la demanda del servicio. C) Horarios y calendario de apertura. El adjudicatario podrá establecer y ofertar a los usuarios de las pistas de pádel los servicios con arreglo al horario y calendario de apertura que estime conveniente, informando previamente al Ayuntamiento de Cercedilla del mismo. Cualquier cambio en que se introduzca posteriormente deberá ser puesto en conocimiento del Ayuntamiento con la antelación necesaria. D) Tarifas de servicios y productos de libre oferta Los servicios y productos de libre oferta serán todos aquellos que el licitador estime oportuno desarrollar, tales como reserva de pistas, bonos, abonados, tarifas con descuentos para colectivos, entrenador personal, cursos de corta duración o de perfeccionamiento, venta de productos, eventos, competiciones, campus y cualesquiera otros de carácter deportivo, atendiendo siempre al objeto del contrato. Las tarifas correspondientes a servicios o productos de libre oferta, podrán ser actualizadas, canceladas o variadas libremente por el adjudicatario mediante comunicación previa de 20 días naturales al Ayuntamiento de Cercedilla. En el caso de propuestas del adjudicatario que técnicamente sean informadas negativamente, su aplicación se paralizará hasta acuerdo expreso de órgano municipal. Los servicios y productos de libre oferta inicialmente propuestos por el adjudicatario en su oferta, se entenderán aprobados con la propia adjudicación, a excepción de aquellos que se indiquen expresamente por el órgano municipal en el acuerdo de adjudicación. E) Personal a) En ningún supuesto podrá considerarse que el personal de la empresa adjudicataria tenga relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Excmo. Ayuntamiento de Cercedilla, debiendo dicha entidad tener debidamente informado a su personal de dicho extremo, e incluir expresamente esta circunstancia en todos los contratos de empresas o personas que trabajen para el mismo en la ejecución de la concesión. b) El adjudicatario aportará todo el personal necesario para la explotación del servicio para desarrollar las actividades de dirección organizativa, administración, docencia y mantenimiento específico. c) Se destinará el personal suficiente y con la titulación, federativa, académica o de entidades acreditadas, adecuada para la impartición de las actividades docentes. El concesionario facilitará al Ayuntamiento de Cercedilla, la relación Pliego Prescripciones Técnicas Concesión demanial pistas de pádel 6
nominal de todo el personal así como fotocopia compulsada de su titulación deportiva. d) El concesionario deberá dar cumplimiento a lo establecido en la legislación vigente sobre derecho laboral y seguridad social, normas sobre seguridad, policía e higiene sanitaria que resulten de aplicación, prevención de riesgos laborales y coordinación empresarial respecto de la misma. El incumplimiento de estas obligaciones, o la infracción de las disposiciones vigentes no implicará ningún tipo de responsabilidad por parte del Ayuntamiento. El Ayuntamiento podrá requerir al adjudicatario para que se acredite documentalmente el cumplimiento de dichas obligaciones. F) Imagen y comunicación En todas las pistas de pádel objeto de explotación figurará en lugar preferente, visible y legible al público, un cartel indicativo de los siguientes extremos: Titularidad municipal del servicio Datos identificativos del adjudicatario de la explotación del servicio Aforo máximo permitido en los espacios deportivos Precios de los distintos servicios ofertados Normas de uso y funcionamiento específicas de estos espacios deportivos Oferta de un sistema documental de sugerencias y reclamaciones El adjudicatario está obligado a: Obtener autorización expresa del Ayuntamiento de Cercedilla para utilizar el nombre y la imagen interna o externa del Ayuntamiento de Cercedilla con motivos publicitarios o de cualquier otro interés exclusivo del adjudicatario. En cualquier elemento de difusión de actividades y servicios que lleve a cabo el adjudicatario, deberá constar la titularidad pública, así como el logotipo del Ayuntamiento de Cercedilla. Cualquier señalización, folleto y cartelería, deberá contemplar, en todo momento y de forma inequívoca, el carácter municipal del mismo, realizándose de conformidad con los criterios y normativas, de obligado cumplimiento, que establezca el Ayuntamiento. Los elementos publicitarios de carácter audiovisual, y aquellos que cuenten con soporte electrónico deberán contar también con la correspondiente autorización técnica municipal. CLÁUSULA 13ª.- OTRAS CONDICIONES PARTICULARES DE LA EXPLOTACIÓN a) Los consumibles y equipos informáticos necesarios para el control de accesos y gestión de ingresos de los usuarios directos del concesionario, tales como tarjetas abonado, tickets, expedidores de reservas, tinta y otros serán por cuenta del adjudicatario. b) El concesionario pondrá a disposición del Ayuntamiento de Cercedilla dos horas diarias de lunes a viernes, entre las 8 y las 18 horas por pista, para uso gratuito para el desarrollo de actividades lectivas de educación física curricular de los Centros Educativos del municipio. Esta disponibilidad se realizará durante el curso lectivo escolar y con un máximo del 50 % de pistas por hora. Pliego Prescripciones Técnicas Concesión demanial pistas de pádel 7
c) Si en el transcurso de la vigencia del contrato se modifican normas de seguridad, salubridad, higiene, instalaciones o cualesquiera nuevas disposiciones, que precisen que el titular introduzca variaciones para acogerse a la nueva normativa y, en consecuencia, estar dentro de la legalidad, el adjudicatario asumirá la realización y el importe de las reformas de sistemas y elementos realizados directamente por el mismo en su proyecto de ejecución. d) El adjudicatario implantará un sistema de registros expuestos al público de las actividades de limpieza y mantenimiento desarrolladas en las pistas. e) El adjudicatario aplicará las Normas municipales e instrucciones de uso de estos espacios vigentes en cada momento. f) Todos los impuestos que resulten derivados o como consecuencia de la concesión serán por cuenta del concesionario. CLÁUSULA 14ª.- CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LA CONCESION a) La entidad adjudicataria designará un representante, responsable de dar órdenes e instrucciones a su propio personal, informar al Ayuntamiento del funcionamiento del servicio, de la ejecución de obras e instalaciones a su cuenta, así como de las cuentas de explotación. b) Por su parte el Ayuntamiento designará un técnico municipal como interlocutor, para el control ordinario de la adjudicación, así como para transmitir sugerencias o instrucciones al concesionario. CLÁUSULA 15ª.- OTRA DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR EL CONCESIONARIO El adjudicatario deberá presentar en el Ayuntamiento el Plan de Revisiones Periódicas a realizar por entidad competente designada por él, de los equipos de extinción de incendios, ajustado a lo exigido en las condiciones de mantenimiento y uso por la normativa específica de aplicación. También deberá aportar inventario de todas y cada una de las instalaciones que, con arreglo a este Pliego, deban revertir al Ayuntamiento al finalizar la concesión, ateniéndose en todo momento a lo que especifica la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Cercedilla, 30 de diciembre de 2014 EL CONCEJAL DELEGADO DE DEPORTES Fdo. Luis Barbero Gutiérrez Pliego Prescripciones Técnicas Concesión demanial pistas de pádel 8