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Transcripción:

:(i 1 CONVENIO DE COLABORACiÓN ENTRE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE SANTA EULALIA DEL RIO, PARA EL CUMPLIMIENTO DE PENAS DE TRABAJO EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD En Madrid, a G~\,\)?ooS REUNIOOS De una parte Da. Mercedes Gallizo llamas, Secretaria General de Instituciones Penitenciarias por Real Decreto de nombramiento 54312008, de 21 de abril, BOE de 22 de abril y con competencia para firmar convenios según Orden INT 1470/2008, de 27 de mayo, sobre régimen transitorio de delegación de competencias en el Ministerio del Inlerior, en relación con las anteriores Ordenes INT/2853/2006, de 13 de septiembre e INT 985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por olras autoridades. Y de otra D. Vicente Mari Torres, alcalde del Ayuntamiento de Sanla Eulalia del Rio en uso de las atribuciones que le confiere su nombramienlo de lecha 16-06-2007. En la representación que oslenlan y con capacidad suficiente para otorgar el presente convenio, MANIFIESTAN 1. Que la Constitución Española establece en sus articulos 10 y 14, el derecho a la dignidad de la persona, los derechos fundamentales de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, y la igualdad ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier aira condición o circunstancia personal o social. Asimismo, el articulo 25.2 de la Constitución y el articulo 1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, establecen como fin primordial de las penas y medidas penales privativas de libertad, la reeducación y reinserción social de las personas a ellas sometidas.

2. Que la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, introduce en nueslro sistema penal, dentro de las penas privativas de derechos, las penas de trabajos en beneficio de la comunidad, cuyos articulas 39, 40 Y 49, en su redacción dada por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, remiten las circunstancias de ejecución de esta pena a la vía penitenciaria, estableciéndose en el citado articulo 49 que los trabajos en beneficio de la comunidad -que no podrán imponerse sin el consentimiento del penado-, le obligan a prestar su cooperación no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública. 3. Que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local en su Titulo 11, Capítulo 11, Articulo 25.2, establece como competencia de los municipios, entre otras, la prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social. 4. Que el Real Decreto 515/2005, de 6 de mayo, por el que se establecen las circunstancias de ejecución de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, considera, en su artículo 4.1, que el trabajo en beneficio de la comunidad será facilitado por la Administración Penitenciaria y que a tal fin, podrá establecer los oportunos convenios con otras Administraciones públicas o entidades públicas o privadas que desarrollen actividades de utilidad pública. En este caso, éstas Administraciones o entidades podrán asumir las funciones de gestión de los trabajos, asesoramiento, seguimiento y asistencia de los penados, sin perjuicio de la supervisión de la Administración Penitenciaria. En consecuencia, las partes firmantes acuerdan establecer el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA: Objeto del Convenio.- El presente convenio llene por objeto establecer la forma de colaboración entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Ayunlamiento de Santa Eulalia del Río, para el efectivo cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad, en su ámbito competencia!. SEGUNDA: Compromisos que asumen las partes.- 1.- El Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio se compromete a ~a.cilitar un núme.ro de plazas ~ los penados a trabajos en beneficio de la comunidad, en las condiciones establecidas en el articulo 49 del Código Penal y en el Real Oecrelo 515/2005.

J ~ 1':1-Jindicación 2.- El Ministerio del Interior asume las obligaciones para la cobertura de las contingencias que corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los penados, por los dias de prestación efectiva del trabajo desarrollado en beneficio de la comunidad, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 213112008, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 78212001, de 6 de julio, que regula, entre otras materias, la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajos en beneficio de la comunidad. 3.- El Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio a través de los órganos o servicios habilitados para ello, se compromete a impartir los conocimientos necesarios para que la actividad desplegada por los penados pueda ser cumplida eficazmente, y facilitará el material necesario para la realización del trabajo. 4.- Por su parte, la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, teniendo a su cargo los servicios sociales penitenciarios, conforme determina la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, asume la gestión, coordinación y seguimiento de la pena, mediante contactos con los responsables del trabajo. TERCERA: Distribución de las plazas.- 1.- Los servicios sociales penitenciarios entrevistarán al penado para conocer sus caracleristicas personales, su capacidad laboral y el entorno social, personal y familiar con el fin de determinar la actividad más adecuada. En esta entrevista se le ofertarán las distintas plazas existentes, con expresa de su cometido ydel horario en que deberá ejecutarlo. P"'ik=1. Los servicios sociales penitenciarios, previo consentimiento del penado, facilitarán Información sobre su capacidad laboral al Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río, y propondrán los candidatos que consideren más idóneos para el desarrollo de la actividad. El Ayuntamiento... -.., de Santa Eulalia del Rio podrá admitir o rechazar a los candidatos, según sus criterios de valoración, lo que será comunicado a los servicios sociales penitenciarios con inmediatez. CUARTA: Jornada de trabajo.- 1.- Cada jornada de trabajo tendrá una extensión máxima de ocho horas diarias. Para determinar la duración de la jornada y el plazo en que deba cumplirse, los servicios sociales penitenciarios deberán atender al principio de flexibilidad que recoge el articulo 6 del Real Decreto 515/2005, de 6 de mayo, y, en todo caso, de conformidad con las resoluciones judiciales.

QUINTA: Derechos laborales en el desarrollo de la actividad.- 1.- Ellrabajo que realice el penado no será retribuido. 2.- En ningún caso se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral como consecuencia del trabajo desarrollado con motivo del presente convenio. SEXTA: Control del cumplimiento de la pena.- 1.- Durante el cumplimiento de la condena el penado deberá seguir las instrucciones recibidas del Juez de Vigilancia y de los Servicios Sociales Penitenciarios. En cuanto al desarrollo de las tareas a realizar, el penado debera seguir las instrucciones de la unidad en la que preste su trabajo, en el ambilo de actuación ycompelencias del Ayunlamienlo de Santa Eulalia del Rio. 2.- El Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio informara a los Servicios Sociales Penitenciarios de las incidencias relevantes que se produzcan en el desenvolvimiento de la actividad, para que por dichos Servicios Sociales se comunique lo oportuno al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. En lodo caso, deberá informarse de: Ausencias detlrabajo o abandonos injuslificados. Rendimiento sensiblemente inferior al mínimo exigible. Oposición o incumplimiento reiterado y manifiesto a las instrucciones del responsable de la ocupación. Cuando su conducla sea lal que el responsable del Irabajo se negara a mantenerle en el puesto de Irabajo. SEPTlMA: Comisión Mixta de seguimiento.- 1.- Se crea una comisión mixta de seguimiento, encargada de velar por el exacto cumplimiento de lo establecido en el presente convenio, resolver los problemas de interpretación y las incidencias que puedan plantearse en la aplicación del mismo. 2.- La comisión mixta estará inlegrada por los miembros relacionados a continuación, o persona en quien deleguen: Por la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias El Director General de Coordinación Territorial y Medio Abierto La Subdirectora General de Coordinación Territorial Por el Ayunlamiento de Santa Eulalia del Rio El Alcalde La Concejala de Asunlos Sociales

3.- Asimismo, podrán formar parte de la comisión los técnicos que se considere oportuno en función de los temas a tratar. 4.- La Comisión se reunirá al menos una vez al año o siempre que lo solicite una de las partes. 5.- El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se adecuará en lo previsto, para los órganos colegiados, en el Titulo 11, Capilulo 11 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. OCTAVA: Régimen Juridico,- 1.- Este Convenio tiene naturaleza administrativa y es de los previstos en el articulo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de oclubre, de Conlralos del Seclor Público. Las dudas o conlroversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del mismo que no puedan resolverse por conciliación en la Comisión Mixta de Seguimiento, serán sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa. NOVENA: Ámbito lemporal.- 1.- El presente convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma, y tendrá vigencia de un año. 2.- No obstante lo establecido en el apartado anterior, se entenderá prorrogado tácitamente si no hubiera denuncia escrita por alguna de las partes con tres meses de antelación a la fecha anual de su vencimiento. y todo ello sin perjuicio de la finalización de las actividades que estuvieran comprometidas hasta la fecha de resolución del convenio. DECIMA: Causas de extinción,- rán causas de extinción del presente convenio: 1.- La resolución por incumplimiento de las cláusulas del mismo, por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, o por el Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río 2,. Por acuerdo de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias y el Ayuntamiento de sanla Eulalia del Rio 3.- Por desaparición de las condiciones que sirven de base a su realización.

En prueba de conformidad con todo lo expuesto, se firma el presente convenio, en lugar y fecha indicados. I,, LA DE INSTI las EL ALCALDE DEL AYUNTAMI NTD DE SANT EULALIA DEL RID Mercedes Gallizo Llamas rí Torres

ENTIDAD COLABORADORA: Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio Dirección: Plaza de España n 1. NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS: 4 UBICACiÓN: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE TAREA A DESARROLLAR: IConservación del entorno x Mañana O Tarde x De Lunes a viernes o Noche O Partida O Fines de semana O Toda la semana HORARIO: de ah a 15h de lunes a viernes. 2h30min/semana O Bachillerato Equivalente O Certificado de Escolaridad OCOU O Graduado Escolar O Diplomado. O Formación Profesionall O Licenciado o o 00" o., o o o O Formación Profesional 11 O Idiomas......

ENTIDAD COLABORADORA: Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio Dirección: Plaza de España n' 1. NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS: 2 UBICACiÓN: DEPARTAMENTO DE FIESTAS Y CULTURA TAREA A DESARROLLAR: Montaje y desmontaje en fiestas y cultura O Mañana O Tarde O De Lunes a viernes x Noche O Partida x Fines de semana O Toda la semana HORARIO: a definir según el programa de fiestas o la actividad cultural O Bachillerato Equivalente O Certificado de Escolaridad OCOU OGraduado Escolar O Diplomado. O Formación Profesional I O Licenciado o o o " o o O Formación Profesional 11 O Idiomas.

ENTIDAD COLABORADORA: Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio Dirección: Plaza de España n' 1. NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS: 2 UBICACiÓN DEPARTAMENTO DE DEPORTES TAREA A DESARROLLAR: Mantenimiento de instalaciones deportivas x Mañana )( Tarde x De Lunes a viernes D Noche D Partida x Fines de semana O Toda la semana HORARIO: a definir según actividad D Bachillerato Equivalente D Certificado de Escolaridad D COU D Graduado Escolar D Diplomado. O Formación Profesional I O Licenciado '" o o D Formación Profesional 11...... D Idiomas.

ENTIDAD COLABORADORA: Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río Dirección: Plaza de España no 1. NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS: 1 UBICACiÓN: DEPARTAM. FORMACION y OCUPACION TAREA A DESARROLLAR: Restauración de areas degradadas en programa de Escuela Taller x Mañana O Tarde x De Lunes a viernes D Noche D Partida O Fines de semana O Toda la semana HORARIO: de 8h. a 15h. +2:3üh semana D Bachillerato Equivalente D Certificado de Escolaridad D COU D Graduado Escolar O Diplomado. O Formación Profesional I O Licenciado. O Formación Profesional 11 O" O Idiomas... o o o o..

ENTIDAD COLABORADORA: Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio Dirección: Plaza de España no 1. NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS: 4 UBICACiÓN Departamento de mantenimiento (Obras) TAREA A DESARROLLAR IMantenimiento urbano x Mañana O Tarde x De Lunes a viernes o Noche O Partida O Fines de semana O Toda la semana HORARiO: de 8h. a 15h.+2:30h semana OBachillerato Equivalente O Certificado de Escolaridad O COU OGraduado Escolar O Diplomado. e Formación Profesional I O Licenciado. O Formación Profesional 11 O Idiomas.

ENTIDAD COLABORADORA: Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio Dirección: Plaza de España n' 1. NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS: 2 UBICACiÓN: Departamento de limpieza TAREA A DESARROLLAR: Limpieza en instalaciones municipales x Mañana x Tarde x De Lunes a viernes o Noche [ Partida O Fines de semana O Toda la semana HORARIO: a definir O Bachillerato Equivalente O Certificado de Escolaridad O COU O Graduado Escolar O Diplomado. O Formación Profesional I o o o 00' O"' O ] Formación Profesional 11 o o' J Licenciado o 00' _ Idiomas '" O" o O" o o o

ENTIDAD COLABORADORA: Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio Dirección: Plaza de España n' 1. NÚMERO DE PlAZAS OFERTADAS: 2 UBICACiÓN: DIVERSOS SEGÚN NECESIDAD TAREA A DESARROLLAR: IDiversos según necesidad O Mañana D Tarde J Oe Lunes a viernes o Noche O Partida O Fines de semana O Toda la semana HORARIO: a definir O Bachillerato Equivalente O Certificado de Escolaridad O COU O Graduado Escolar O Diplomado. O Formación Profesional I o, O Licenciado. O Formación Profesional II O Idiomas..