Demandas legislativas de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales.

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Transcripción:

Demandas legislativas de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales. Noviembre 2015 Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales c/ Infantas 40, 4º izda. 28004 Madrid, Tlf: 913 604 605 www.felgtb.org

Demandas legislativas de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales. FELGTB considera que las actuales circunstancias tanto políticas como sociales permiten a España dar el salto cualitativo que necesita el colectivo LGTB+ para conseguir que la igualdad legal se convierta en una igualdad real que todavía no es efectiva. Dos son las leyes que es necesario aprobar en los primeros meses de la legislatura que comienza en 2015 y que sentarían los cimientos sólidos para lograr ese salto que haría de la sociedad española esa sociedad inclusiva y respetuosa con la diversidad sexual y de género (en adelante, DSG) que anhelamos: 1. Ley Integral de Transexualidad. FELGTB se encuentra trabajando en un borrador de la ley en un grupo de trabajo al que también pertenecen Fundación Triángulo, Fundación Daniela y AMPGYL. La Ley modificará los aspectos de la Ley de Identidad de género que han quedado superados y comprenderá, entre otras, las siguientes líneas básicas: Se dejará taxativamente clara la despatologización de la transexualidad, por lo que no se demandará un diagnóstico de disforia en cualquiera de los procedimientos vinculados a la transexualidad. Se incluirán Unidades Integrales de Transexualidad (con eliminación de la palabra trastorno). Se garantizará la igualdad de acceso a prestaciones y recursos sociosanitarios en todas las comunidades autónomas. Incluirá formación y sensibilización del personal sanitario. Se atenderá integralmente la realidad de las y los menores transexuales y con comportamientos de género no normativos. Se atenderá igualmente a las personas transexuales migrantes. 2. Ley por la Igualdad efectiva de Lesbianas, Gais, Transexuales, Bisexuales e Intersexuales (LGTBI). FELGTB cuenta ya con un borrador de proyecto de ley que recoge y amplía todos los avances de las leyes autonómicas de Cataluña y Extremadura a las competencias estatales. Al respecto de esta segunda Ley, es necesario precisar: FELGTB no considera que esta Ley entre en contradicción con una Ley de Igualdad de Trato que atienda a todas las posibles discriminaciones por cualquier tipo de diversidad. A pesar de que la orientación sexual y la identidad de género son la principal causa de delitos de odio y de acoso escolar en nuestro país, la necesidad de una ley específica no es una cuestión cuantitativa, sino de la necesidad de combatir eficazmente una serie de circunstancias que son las que explican y mantienen estos niveles de agresividad hacia este colectivo. 3

La DSG tiene unas características propias que requieren un trato específico y diferenciado y que difícilmente pueden ser atendidas por una ley generalista: La invisibilidad de este colectivo es su principal problema. Al ser invisible, la discriminación se realiza, en la mayoría de las ocasiones, de manera igualmente oculta y no reconocible. El principal trabajo que ha de realizarse, por lo tanto, ha de ser en la potenciación de la visibilidad, de conseguir las condiciones básicas para que cada persona decida libremente en qué ámbitos mostrarse o no como LGTBI. La discriminación que sufre este colectivo se produce con frecuencia en el entorno familiar, contextos de amistad o socialmente próximos. Al contrario que en las otras diversidades, es preciso prevenir la incomprensión e incluso el mal trato o los intentos de revertir tanto la orientación sexual como la identidad de género provenientes de estos mismos entornos que para otras diversidades, en principio, suelen ser acogedores. La discriminación que sufren, por tanto, puede producirse en todos los aspectos de su vida: familiar, grupo de iguales, escolar, laboral, religiosa, la simple ocupación de los espacios públicos, etc. Las personas LGTBI, y esta es otra característica particular, no cuentan con apenas referentes o información sobre su realidad ni en su entorno familiar, ni en el educativo ni en la mayoría de los espacios pedagógicos y culturales. La falta de referentes y de memoria colectiva dificulta el desarrollo de la identidad de estas personas, por lo que la Ley debe incluir la creación de un Centro de la Memoria Histórica LGTBI. Se trata, seguramente, de la única diversidad presente en todos los ámbitos, todos los espacios, todas las aulas, todas las edades... Por ejemplo, en cada centro educativo puede haber entre 25 y 100 alumnos LGT- BI sin que ni educadores ni familias tengan verdadera conciencia. Estas circunstancias, entre otras, hace que la LGTBfobia sea el principal motivo de acoso. Por todo esto, es preciso incorporar una perspectiva LGTBI a la perspectiva de género con la que deben abordarse todas las políticas públicas. - - La DSG afecta a algo tan íntimo y complejo como es la definición del sexo. Algo que afecta a cuestiones tan básicas como la asignación o no del género de los recién nacidos, el registro del nombre en documentos oficiales, los repartos de espacios para baños, el apoyo institucional frente a la violencia en parejas del mismo sexo, etc. La intersexualidad, por ejemplo, es una realidad que, hoy por hoy, no cuenta con una necesaria regulación en España. 4

Para algunas personas, se trata de un asunto delicado, una cuestión de moralidad, por lo que existe no solo un desconocimiento y una falta de formación al respecto, sino una oposición firme por parte de algunos sectores a la mejora de las condiciones de vida de estas personas. Además de una cuestión de moral, los cambios sociales producidos por la visibilización de la diversidad familiar encuentran el rechazo de la tradición más arraigada en cuestiones tales como la filiación de las/los hijas/ os, la redacción de documentos administrativos, etc. El tema del asilo y de la política exterior y de cooperación internacional afecta especialmente a la DSG. No debemos olvidar que la homosexualidad está penada en más de 70 países y castigada con pena de muerte en 9 de ellos. La experiencia y la historia nos demuestran que cuando se habla de todas las diversidades, la diversidad sexual y de género quedan invisibilizadas y la incomodidad que produce en muchas personas y profesionales hace que se queden relegadas al fondo del baúl de donde rara vez se extrae. Es más que necesaria la labor pedagógica de una Ley como la que se demanda. Todo esto hace que sea imprescindible y urgente una legislación específica e integral que aborde de manera pedagógica todas estas cuestiones específicas y que remueva los obstáculos, muchas veces invisibles, que dificultan la igualdad. FELGTB pondrá en breve a disposición de su partido un borrador sobre el que trabajar en firme y en el que, entre otras muchas cuestiones, incluirá las siguientes: 1. La Ley ha de incluir un órgano, defensoría u observatorio, que vigile por su cumplimiento, con dotación económica, con independencia de la administración, poder sancionador y dotación económica suficiente. 2. Se dará participación a las organizaciones LGTB democráticas con implantación estatal histórica y se aprovecharán las estructuras ya generadas por éstas. 3. Incluirá un sistema de penalización. 4. Se invertirá la carga de la prueba en faltas administrativas, para combatir la invisibilidad y las dificultades de denuncia y prueba que impiden la igualdad real que se persigue. 5. Ninguno de los derechos incluidos en las leyes catalana y extremeña quedarán fuera de la Ley, para permitir una correcta estructuración estatal de derechos civiles. 6. Se atenderá a la problemática de la violencia entre parejas del mismo sexo, sin que sea equiparada a la violencia de género. 7. Quedará prohibida cualquier tipo de terapia reparadora. 8. La Ley incluirá la obligatoriedad de desarrollar un reglamento en un plazo inferior a un año. 5

Además de estas dos Leyes específicas, hay otras dos grandes cuestiones sobre las que demandamos unas políticas urgentes y concretas: 3. Pacto de Estado frente al VIH-Sida y el estigma y la discriminación. Como miembro de CESIDA que es FELGTB, hemos delegado en esta organización la negociación de los términos de este Pacto. 4. Medidas efectivas y urgentes para la introducción de la Diversidad Sexual y de Género en el sistema educativo, así como para la prevención del acoso escolar por orientación sexual e identidad de género. A pesar de que este aspecto se trabajará extensamente mediante la Ley de Igualdad LGTBI, es preciso un plan de choque urgente contra la lacra del acoso. Demandamos que la ley educativa desarrolle el preámbulo en lo referente al respeto a la diversidad afectivo-sexual y que incluya de manera explícita las medidas que garanticen una correcta, longitudinal y generalizada inclusión de la DSG en el sistema educativo español. Estos serían los aspectos básicos a incluir: Garantizar que todos los centros educativos de todos los niveles educativos incluyan en sus planes de formación la diversidad sexual, de género y familiar, así como la prevención del acoso y la violencia por LGTBfobia. Además de garantizar que el respeto a la diversidad sexual y de género se trabaje transversal y longitudinalmente, incluir una asignatura específica de valores ciudadanos o constitucionales entre los que esté expresamente el respeto a la diversidad sexual y de género, así como la prevención de la homofobia, la bifobia y la transfobia. Facilitar formación e información sobre la realidad LGTB, así como sobre la atención y orientación a las problemáticas de las personas LGTB a todos los profesionales de la red educativa. Ofrecer a los departamentos de orientación de los centros y a sus asociaciones de padres y madres, programas de prevención y actuación ante la discriminación por orientación sexual o identidad de género o sexual, así como de asesoramiento a alumnas y alumnos LGTB y a sus familiares. Dar prioridad a la colaboración con ONGs que desarrollan estos programas. En el ámbito de la Salud, además, tenemos otra batería de demandas relevantes: Salud: Es fundamental converger hacia una cartera común de servicios que elimine las desigualdades de acceso a las diferentes prestaciones sanitarias en función del territorio y, para ello, hay que volver a introducir en esta Cartera Común del Sistema Nacional de Salud aquellos servicios que con un sesgo discriminatorio han sido retirados de la misma, en concreto el acceso a las técnicas de reproducción asistida de las mujeres sin pareja varón. 6

Del mismo modo que hay que reforzar el Fondo de Cohesión Sanitaria. Sin embargo creemos adecuado señalar que, en el horizonte de la participación de una ciudadanía corresponsable, parte de esos fondos deben recuperar su carácter finalista, al menos en lo relacionado con la financiación de entidades sociales. En la actual legislatura estos fondos perdieron ese carácter por lo que, en numerosas Comunidades Autónomas, no se han llevado a cabo convocatorias de subvenciones para temas sanitarios. El resultado es que esos fondos acabaron siendo empleados de manera poco clara y sin un fin preciso que redundase en la atención sociosanitaria prestada por las ONG. La red social, sanitaria y asistencial de la base comunitaria ha quedado por tanto en situación de precariedad, cuando no ha desaparecido. Es preciso aplicar la Perspectiva de Género, que englobe una perspectiva LGTBI, de manera transversal en todo el marco sanitario, desde la atención primaria a las especializada, la I+D o los cuidados asistenciales y paliativos. Por ejemplo, contemplar la especificidad de las mujeres bisexuales y lesbianas en las consultas de ginecología o en las de fertilidad es un elemento importante. De la misma manera es importante considerar a los hombres bisexuales o gais en urología, en oncología (lesiones precancerosas o cancerosas como consecuencia del virus del papiloma humano). En geriatría o en salud mental para ambos casos, por poner otros ejemplos. Si hablamos de las mujeres o los hombres transexuales la necesidad es mucho más evidente en numerosos ámbitos profesionales. Hay que incidir en la prevención en la salud sexual, no referida exclusivamente a la prevención de embarazos, sino a la prevención del VIH, el VHC y otras ITS. En este sentido una medida concreta sería volver a crear la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida, restaurando sus presupuestos y dotándolos del personal adecuado. Otra medida sería la utilización de dispositivos comunitarios gestionados por ONG para el desarrollo de campañas y acciones de proximidad o incluso para la implementación de programas de seguimiento de determinadas patologías cuando fuese adecuado. Creemos que es necesaria la apuesta por las ONG de carácter sanitario en el ámbito comunitario como primera línea de acción para promover actitudes preventivas y educar, no sólo a los afectados (directos o indirectos) sino a sus contextos más inmediatos. Para ello sería fundamental reforzar el sistema de financiación pública del movimiento asociativo. Puesto que ha de considerase fundamental el derecho a la seguridad y a la salud en el trabajo hay que dejar claro que enfermedades como el VIH, por ejemplo, no suponen un riesgo para el desempeño de la mayoría de los puestos de trabajo, incluidos las fuerzas de seguridad del estado. Documento disponible en: www.felgtb.com/descargas/demandas2015/demandaslegislativas.pdf 7