1. Prohibición de contratar

Documentos relacionados
LGD. canarias LO IMPORTANTE QUE DEBES CONOCER EN POCAS PALABRAS

PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PNSP 2016/009 (BIS): Suministro de Medicamentos Exclusivos {Ce/genes) Página 1 de 45

Informe 3/2012, de 28 de marzo, sobre comprobación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

GUÍA PARA LA DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD EN PLIEGOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Grupo Málaga Ahora Diputación de Málaga

INSTRUCCIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN PARQUE CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE CÓRDOBA, S.L.

España-Salamanca: Servicios de limpieza de edificios 2013/S Anuncio de licitación. Servicios

Compras Públicas Sostenibles en El Salvador

ANEXO I FICHA DEL RESUMEN EJECUTIVO

La SecretarIa General Técnica de la Consejería de Interior dirige escrito a la Junta Consultiva del siguiente tenor:

1. De acuerdo al cronograma planteado de la licitación, es posible reconsiderar las fechas propuestas

CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa.

España-Águilas: Suministros ininterrumpidos de energía 2015/S Anuncio de licitación. Suministros

Las obras correspondientes al proyecto se describen a continuación:

Anuncio de licitación. Servicios

BOAM núm de febrero de 2016

A N T E C E D E N T ES

REAL DECRETO-LEY 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

España-Alicante: Servicios de limpieza de oficinas 2015/S Anuncio de licitación. Servicios

CONTRATACIÓN DE RETIRADA Y RECICLEJE DE RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS EXPEDIENTE AÑ/16 PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES

Anuncio de información previa

CERTIFICO. B) Que los Socios aceptaron por unanimidad el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1. Nombramiento del Presidente y del Secretario de la Junta.

Instituto Estudios Fiscales

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRA EL LLAMADO A LICITACION ABREVIADA Nº 23. (Expediente 03881/2015)

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS CONTRATO DE: SUMINISTROS PROCEDIMIENTO: ABIERTO

Estados miembros - Contrato de suministros - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-Salamanca: Electricidad 2011/S

España-Badajoz: Servicios de reparación, mantenimiento y servicios asociados relacionados con carreteras y otros equipos 2016/S

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

A N E X O I EXPEDIENTE Nº

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO

Expediente nº: R.LAN/A-016/2011. CARÁTULA del pliego de cláusulas administrativas particulares

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

ESTÁ MI EMPRESA PREPARADA PARA LICITAR?. CONOZCA LAS CINCO CLAVES PARA AFRONTAR CON ÉXITO UNA LICITACIÓN PÚBLICA.

TRANSPOSICION DE LA DIRECTIVA 2012/27/UE DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

AJUNTAMENT DE QUERALBS

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION.

1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro.

Compulsa Abreviada: Expediente N /2016. ADQUISICION ROPA DE INVIERNO DIRECCION GENERAL DE POLICIA AMBIENTAL

EXPE: SE/17/ Con carácter general, la empresa adjudicataria está sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones específicas:

DOCUMENTOS COMUNES PARA TODOS LOS LICITADORES

IDEAS/ Iniciativas de Economía Alternativa y Solidaria. Compra Publica Ética: concepto, marco legal y metodología Puerto de Sagunto, septiembre 08

PUBLICACIÓN DECRETO LEY FRANCÉS SALARIO MÍNIMO.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE PERSONAL EN OFICINAS DE TURISMO GESTIONADAS POR LA

Estados miembros - Contrato de suministros - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto

Junta Consultiva de Contratación Administrativa

Circular 10/2013. Asunto: Tercera fase del Mecanismo de pago a proveedores en el ámbito de las Entidades Locales

Sección I - Administración Local Provincia

RESOLUCIÓN ALCALDÍA nº 0008

VII CURSO DE REGULACION ENERGETICA ARIAE

TEMA 2: Empresa- empresario (extensión de responsabilidades derivadas del contrato)

ANEXO I MODELO DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UTE. D./Dña. con D.N.I.-Pasaporte nº.., actuando en nombre propio / nombre y

NUEVAS AYUDAS A LA CONTRATION INDEFINIDA Y OTRAS MEDIDAS DE ORDEN SOCIAL

SEXTA.- REDACCIÓN DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DE LAS CERTIFICACIONES ENERGÉTICAS SÉPTIMA.- PROPUESTAS DE MEJORA ENERGÉTICA

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS: CONTRATO DE SERVICIOS. PROCEDIMIENTO ABIERTO

PLIEGO DE CLÁUSULAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL EN PRENSA ESCRITA NEGOCIADO CON PUBLICIDAD

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

ORDENANZA B-2 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES.

GUÍA PARA LA INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS CONTRACTUALES DE CARÁCTER SOCIAL Versión revisada a octubre de 2014

b) La prestación de los servicios de evacuación de excretas, aguas pluviales, negras y residuales, a través de la red de alcantarillado municipal.

1.3.- FUENTES DEL DERECHO DE TRABAJO

Compra Pública Responsable del Ayuntamiento de Murcia

Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades de 2004 (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PROGRAMA INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO. I - ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ADJUDICACIÓN CONTRATO DE SUMINISTRO DE UNA ESTACIÓN TOTAL DE TOPOGRAFÍA PARA EL SERVICIO DE INFRAESTRUCTURAS VIARIAS Y URBANAS.

5. TOTAL AYUDA SOLICITADA AYUDA (4) INCREMENTO DEL 10% (5) AYUDA TOTAL (4) Equivalente al 50% de los costes laborales totales, incluida la cotización

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

REGISTRO DE SALIDA Número:... Ref.:... Fecha:... ILMO. AYUNTAMIENTO HERRERA DEL DUQUE (Badajoz) Teléfono:

Tipo de informe: Facultativo D I C T A M E N ANTECEDENTES.

«Marco jurídico de los contratos y convenios de investigación» Curso de Verano sobre La transferencia de conocimiento desde la Universidad

BONO - TAXI CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA UTILIZACIÓN DE TAXI ADAPTADO PARA PERSONAS AFECTADAS POR GRAVES DISCAPACIDADES DE MOVILIDAD 2013

II Encuentro de Responsables de Adquisiciones y Contrataciones de Servicios de Banca Central Madrid, 18 y 19 de septiembre de 2014

LEY REGULADORA DE LA ACTIVIDAD PUBLICITARIA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA

TABLA DE CONCORDANCIAS

Empresas de Trabajo Temporal y Empresas Usuarias: mecanismos de coordinación

AJUNTAMENT DE DÉNIA SECRETARIA GENERAL

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO

3.5 EMPRESAS DE INSERCIÓN Concepto y características generales CARACTERÍSTICAS DE LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

ANEXO VII INFORME FINAL

Estados miembros - Contrato de servicios - Anuncio de licitación - Procedimiento abierto. E-A Coruña: Servicios de limpieza de edificios

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN Y SERVICIOS DE LOS MERCADOS MUNICIPALES

ASPECTO RSE ACCION PROPUESTA INDICADOR DE MEDICION PLAZO Y RESPONSABLES

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

INICIATIVA PAÍS SESION PRIVADA - XI CONFERENCIA ANUAL DE LA RICG Octubre 28 al 30 de Santo Domingo, República Dominicana

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL ESTADO: AUTONOMÍA POLÍTICA

INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)

EJECUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN ESTATAL EN EL ÁMBITO DEL TRABAJO, EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN

E-Calahorra: Productos para el cuidado de los ojos y lentes correctoras 2013/S Anuncio de licitación. Suministros

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN EL EMPLEO Y EN LA TOMA DE DECISIONES EN EL ÁMBITO ECONÓMICO

INFORME QUE PRESENTA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR DE FERROCARRILES, S.A

sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario»)

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS ENERGÉTICOS MEDIANTE CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO.

Contadores Públicos. Consultores Asociados

Desarrollar proyectos comunitarios de interés social o común, los definidos como Proyectos Garantía+55

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE DESINFECCIÓN Y DESINSECTACIÓN.

CONTRATO ADMINISTRATIVO

Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.

ANUNCIO DE LICITACION DEL CONTRATO PARA LA ADJUDICACION DE LAS OBRAS RED DE PLUVIALES EN AVDA.

1. Objeto del informe

Transcripción:

INFORME DEL IMPACTO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO SOBRE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SOBRE EL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL: LEY 9/2017, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, POR LA QUE SE TRANSPONEN AL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL LAS DIRECTIVAS DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 2014/23/UE Y 2014/24/UE, DE 26 DE FEBRERO DE 2014 La Ley de Contratos del Sector Público ha sido uno de los principales objetivos legislativos del CERMI en esta primera parte de la actual Legislatura. Esta Ley tiene mucha influencia sobre aspectos que nos interesan a las personas con discapacidad y sus familias, y al Tercer Sector de Acción Social, pues viene a regir el modo en que se efectúa la provisión de bienes y servicios (que movilizan más del 15 % del PIB) y es fuente de creación de miles de empleos en las empresas contratistas y subcontratistas. Por tanto, su potencia generadora de mejora de las condiciones de vida y trabajo del grupo social al que representamos es muy elevada. Las Directivas europeas sobre contratación pública aprobadas en el año 2014 - Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE y Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE- debían ser transpuestas a nuestro Derecho y ese el motivo

principal que ha movido la revisión de la Ley de Contratos del Sector Público. Cierto es que no el único, pues también ha influido la necesidad de dotar de mayor trasparencia y competencia a la contratación pública. El CERMI, actuando en este materia también por delegación de la PTS, representando pues a todo el tercer sector de acción social, se movilizó a tiempo para ir plasmando nuestras propuestas. Ciertamente, llevamos años realizando propuestas que instaurar la igualdad de oportunidades y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad en todas las licitaciones de contratos públicos en cualquiera de las Administraciones Públicas, pues estamos ante disposiciones que afectan también las Administraciones de las Comunidades Autónomas y Locales. Aparte de la muy positiva recepción de nuestra propuesta en materia de reserva de contratos para centros especiales de empleo (que se comentará más adelante), las restantes propuestas han quedado como sigue: 1. Prohibición de contratar: Se ha aceptado parcialmente nuestra propuesta. Se prohíbe la contratación de empresas que no den cumplimiento a la cuota del 2 % de trabajadores con discapacidad (o a las medidas alternativas a dicha cuota). La modificación más importante es que se ha eliminado su condicionamiento a un desarrollo reglamentario (desarrollo que nunca se produjo) y que era la reivindicación principal que hicimos para que se empezara a aplicar de forma efectiva. Así, la prohibición se apreciará directamente en base a una declaración responsable de la empresa. Nos hubiera gustado que en lugar de una declaración responsable se exigiera un certificado emitido por un organismo oficial. No obstante, nos parece que se ha producido un gran avance.

2. En la información que han de facilitar por las empresas licitantes, se ha incluido una mención a la inserción laboral de personas con discapacidad, en línea con nuestra propuesta. 3. En lo relativo a los criterios de adjudicación del contrato, también se ha aceptado la propuesta del CERMI para incluir entre las características sociales de la oferta, menciones expresas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad y la subcontratación con Centros Especiales de Empleo. 4. Condiciones especiales de ejecución del contrato: A propuesta del CERMI, entre las condiciones sociales de ejecución se hace mención a promover el empleo de las personas con discapacidad. 5. No ha sido aceptada, sin embargo, la exclusión del acceso a las subvenciones de las empresas que no cumplen con la obligación de reserva de empleo del 2 %. El CERMI había realizado esta propuesta con la esperanza de aprovechar esta Ley para modificar también la Ley General de Subvenciones, si bien de momento no hemos tenido éxito. Obviamente, seguiremos insistiendo en este cambio normativo, pues resultaría contradictorio que la prohibición alcanzara a los contratos, pero no así a las subvenciones públicas. 6. Llevamos años insistiendo en que debe modificarse el procedimiento de provisión de servicios sociales por entidades privadas, ya que los mecanismos de licitación pública no garantizan la calidad de la atención a personas vulnerables, las cuales no deben ser dejadas en manos de la pura

libre competencia. La Directiva europea de 2014 nos ofreció el camino para reclamar otras fórmulas, por ejemplo, los conciertos sociales (que ya están regulados en varias comunidades autónomas). Así pues, el texto legal nos ha dado la razón. Se ha procedido a excluir de la aplicación de la Ley los regímenes de autorización o licencia, en términos similares a los de la Directiva de la UE. Se considera cubierto el objetivo de nuestra propuesta, pues se ha excluido de la Ley la prestación de servicios sociales por entidades privadas, siempre que ésta se realice sin necesidad de celebrar contratos públicos, a través, entre otros medios, de la simple financiación de estos servicios o la concesión de licencias o autorizaciones a todas las entidades que cumplan las condiciones previamente fijadas. 7. El CERMI propuso incluir los contratos de servicios sociales entre los que permiten la licitación con negociación. No ha sido aceptada, si bien queda compensado por la autorización de los sistemas de autorización o licencia, fuera del régimen de contratación pública, antes comentada. 8. La Ley recoge disposiciones suficientes que obligan a que en los pliegos de licitación y en las fases de la contratación se cumplan los requisitos de accesibilidad universal. 9. En cuanto a los centros especiales de empleo, las modificaciones legales han sido muy importantes y esperamos que beneficiosas para todos. Se pasan a comentar: 9.1. Se obliga a que, en los contratos públicos, cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un centro especial de empleo, la nueva empresa que resulte

adjudicataria tenga la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. Hay que señalar, no obstante, que se contempla solo en aquellos casos en que el contratista está obligado a subrogarse por norma legal o convenio o acuerdo colectivo. No obstante, es importante que se diga, pues era fuente de muchos problemas para los centros que perdían una contrata. Es cierto que queda sin resolver el supuesto inverso, es decir cuando es el Centro el nuevo adjudicatario y debe asumir personas sin discapacidad. 9.2. Mejoras en la reserva de contratos para centros especiales de empleo: Se han aceptado parcialmente las propuestas del CERMI, pero la valoración global es que se han atendido las reivindicaciones fundamentales que hacíamos que se centran en: o Reserva solo para centros especiales de empleo de iniciativa social. o Definición de estos en los términos literales de nuestra propuesta. Además, se ha incluido la definición de centro especial de empleo de iniciativa social en el propio Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social ( LGDPD), lo cual trasciende la Ley de Contratos del Sector Público, con lo que vamos a contar con una definición que se podrá aplicar en un futuro en otros campos. o Exención de constituir garantías.

o Porcentaje entre el 7 y el 10 % en la AGE (no se fija cuota mínima para CCAA y CCLL, luego serán estas Administraciones quienes deben fijarla). Si en 12 meses la AGE no dicta Acuerdo, se aplicará automáticamente el 7 % y el 10 % una vez transcurridos cuatro años. o Finalmente, se ha incluido la reserva de lotes de los contratos a favor de CEE (sin incluir las Cooperativas de ini ciativa social y otras empresas de economía social). 13 de noviembre de 2017. Dr. Miguel Ángel Cabra de Luna Director de los Servicios Jurídicos del CERMI CERMI www.cermi.es