a) La eficiencia de las infraestructuras y redes de información. b) Los entornos audiovisuales y multimedia.



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Resolución de 4 de marzo de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas para la realización de proyectos y acciones de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011 La Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información se orienta a conseguir el adecuado desarrollo y utilización de las tecnologías, aplicaciones, servicios y contenidos de la Sociedad de la Información para contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la competitividad y la productividad, la promoción de la igualdad social y regional, la accesibilidad universal y la mejora del bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos, alineados con los objetivos de la Agenda de Lisboa, que persiguen la convergencia con los países europeos más avanzados de nuestro entorno en materia de Sociedad de la Información. En consecuencia, la acción estratégica deberá responder en el período 2008-2011 a los retos planteados por la Sociedad del Conocimiento y, en consecuencia, abordar el desarrollo de los siguientes ámbitos: a) La eficiencia de las infraestructuras y redes de información. b) Los entornos audiovisuales y multimedia. c) La Internet del futuro y de los servicios. d) Los entornos inteligentes y ubicuos. e) La producción de software. Mediante la presente resolución se realiza la convocatoria 2008 de ayudas para la realización de proyectos y acciones dentro de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, correspondientes a los Subprogramas que se enuncian a continuación: 1. Área de actuación de Economía Digital del Plan Avanza: a) Subprograma Avanza Formación. b) Subprograma Avanza I+D.

c) Subprograma Avanza PYME. 2. Área de actuación de Ciudadanía Digital del Plan Avanza: d) Subprograma Avanza Ciudadanía digital. e) Subprograma Avanza Servicios públicos digitales. f) Subprograma Avanza Infraestructuras. g) Subprograma Avanza Contenidos. a) Subprograma Avanza Formación: a.1) Proyectos y acciones de formación en tecnologías de la información y de las comunicaciones: Proyectos y acciones de formación en tecnologías de la información y de las comunicaciones para usuarios. Proyectos y acciones de formación para profesionales. Proyectos y acciones de formación para profesionales de negocio electrónico. a.2) Proyectos y acciones de aprendizaje en línea. a.3) Formación de profesionales de negocio electrónico en el sector turístico. b) Subprograma Avanza I+D: b.1) Proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental, estudios de viabilidad de carácter preparatorio para actividades de investigación industrial o desarrollo experimental y acciones de divulgación y promoción de ámbito nacional. b.2) Estudios de viabilidad de carácter preparatorio para actividades de investigación industrial o desarrollo experimental y acciones de promoción de la planificación anticipada de la demanda de las Administraciones Públicas de compras de tecnología innovadora. Estas acciones incluirán las fases de definición de proyectos de investigación industrial para el desarrollo de productos y/o servicios en el ámbito de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de interés general de las Administraciones Públicas no disponibles actualmente en el mercado, que deberán tener un nivel de detalle,

en términos presupuestarios, de organización y de agentes potencialmente involucrados, que garantice el lanzamiento posterior de compras públicas de tecnología innovadora. b.3) Proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental en cooperación: Proyectos singulares y de carácter estratégico; Proyectos tractores. b.4) Proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental de cooperación internacional, estudios de viabilidad técnica de carácter preparatorio para actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental, en los que se incluyen las fases de definición de proyectos de cooperación internacional, previas a actividades de investigación industrial o desarrollo experimental y acciones de divulgación y promoción de cooperación internacional. Los proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental corresponderán a la participación de los beneficiarios en los programas Eureka e Iberoeka y otros programas de cooperación internacional en I+D multilaterales o bilaterales. c) Subprograma Avanza PYME: c.1) Proyectos de innovación para PYME: Estudios de viabilidad previos a proyectos colectivos de negocio electrónico. Proyectos de incorporación de soluciones colectivas de negocio electrónico. Proyectos de desarrollo de productos software, soluciones y contenidos para el negocio electrónico. Acciones de divulgación y promoción entre las PYME del negocio electrónico. c.2) Acciones de modernización de las PYME del sector TIC: Acciones para la obtención de modelos de certificación. d) Subprograma Avanza Ciudadanía digital: d.1) Igualdad de género en la Sociedad de la Información. d.2) e-inclusión para personas con discapacidad y personas mayores. d.3) Difusión y dinamización de la Sociedad de la Información en el mundo rural.

d.4) Difusión y dinamización de la Sociedad de la Información en la infancia y adolescencia. e) Subprograma Avanza Servicios públicos digitales: e.1) Proyectos y acciones sobre Administración electrónica en Entidades Locales. e.2) Servicios electrónicos a los ciudadanos y a las empresas f) Subprograma Avanza Infraestructuras: f.1) Desarrollo de la banda ancha y otros servicios de telecomunicaciones en entornos rurales y aislados. f.2) Redes rurales de alta capacidad. f.3) Proyectos piloto para servicios avanzados de telecomunicaciones. f.4) Redes de acceso para servicios públicos locales. f.5) Acciones para la difusión y la comunicación. g) Subprograma Avanza Contenidos: g.1) Contenidos digitales Avanza. g.2) Centros del Conocimiento. Distribución de las ayudas Subprograma Procedimiento de selección Tipo de proyecto o acción (*) Modalidad de ayuda Anualidad 2008 Anualidad 2009 Anualidad 2010 (**) Total Primero. a.1 y a.2. Subvención. 15.000.000 3.000.000 18.000.000 Avanza Formación Segundo a.1 y a.2. Subvención. 3.000.000 2.000.000 5.000.000 Tercero. a.3. Subvención. 2.000.000 2.000.000 Primero. b.1, b.2 y Subvención. 52.000.000 12.000.000 64.000.000 b.4. Préstamos. 100.000.000 45.000.000 145.000.000 Avanza I+D Segundo. b.3. Subvención. 20.000.000 12.000.000 4.000.000 36.000.000 Préstamos. 25.000.000 16.000.000 6.000.000 47.000.000 Tercero. b.4. Subvención. 3.000.000 1.000.000 4.000.000 Avanza PYME Único. c.1 y c.2. Subvención. 35.000.000 8.000.000 43.000.000 Avanza Ciudadanía Digital Avanza Servicios Públicos Digitales Único. d.1, d.2, d.3 y d.4. Subvención. 18.000.000 18.000.000 Único. e.1 y e.2. Subvención. 25.000.000 25.000.000

Avanza Infraestructuras Único. Avanza Contenidos Único. TOTAL f.1, f.2, f.3, f.4 y f.5. g.1 y g.2. Subvención. 13.000.000 13.000.000 Préstamos. 26.000.000 26.000.000 Subvención. 20.000.000 20.000.000 Préstamos. 125.000.000 125.000.000 Subvención. 206.000.000 38.000.000 4.000.000 248.000.000 Préstamos. 276.000.000 61.000.000 6.000.000 343.000.000 (*) Tipos de proyectos y acciones definidos en el apartado tercero de esta resolución. (**) Presupuesto que se destinará preferentemente a proyectos singulares y de carácter estratégico. Los plazos para la presentación de solicitudes en cada procedimiento de selección de cada uno de los Subprogramas incluidos en la presente convocatoria serán los establecidos en la siguiente tabla: Subprogramas Procedimiento de selección Tipo de proyecto o acción (*) Modalidad de ayuda Plazo de presentación de solicitudes Avanza formación. Primero. a.1 y a.2. Subvenciones. (**) Segundo. a.1 y a.2. Subvenciones. 5/5/2008 a 4/6/2008 Tercero. a.3. Subvenciones. (**) Avanza I+D. Primero. b.1, b.2 y b.4. Subvenciones. 11/3/2008 a 10/4/2008 Préstamos. Segundo b.3. Subvenciones. 21/4/2008 a 20/5/2008 Préstamos. Tercero. b.4. Subvenciones. 9/6/2008 a 8/7/2008 Avanza PYME. Único. c.1 y c.2. Subvenciones. 18/3/2008 a 17/4/2008 Avanza ciudadanía digital. Único. d.1, d.2, d.3 y d.4. Subvenciones. 12/3/2008 a 11/4/2008 Avanza servicios públicos digitales. Único. e.1 y e.2. Subvenciones. 10/3/2008 a 9/4/2008 Avanza infraestructuras. Único. f.1, f.2, f.3, f.4 y f.5. Subvenciones. 21/4/2008 a 20/5/2008 Préstamos. Avanza contenidos. Único. g.1 y g.2. Subvenciones. 14/4/2008 a 13/5/2008 Préstamos. (*) Tipos de proyectos y acciones definidos en el apartado tercero de esta resolución. (**) Un mes contado desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». ORDEN FORAL 9/2008, de 19 de febrero, de la Consejera de Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Entidades Locales de Navarra para eliminación de barreras físicas y sensoriales y señalización en vías urbanas, durante el año 2008 La presente convocatoria tiene por objeto regular los requisitos y las condiciones para la concesión de subvenciones a Entidades Locales de Navarra, destinadas a financiar durante el año 2008, las siguientes actuaciones:

a) Eliminación de barreras y accesibilidad en vías urbanas. Se entenderá por eliminación de barreras y accesibilidad, las siguientes actuaciones: -Pasos rebajados en aceras. -Badenes en calzadas a nivel de acera en pasos de peatones. -Eliminación de elementos que impidan la accesibilidad y el tránsito. -Colocación de pasamanos o barandillas. -Itinerarios específicos para personas con discapacidad. -Adaptaciones de semáforos en pasos peatonales (acústicas y visuales). -Iluminación en pasos peatonales. b) Instalación y/o adaptación de ascensores. Se entenderá por instalación y/o adaptación de ascensores, las siguientes actuaciones: -Instalación de ascensores para salvar desniveles en vías urbanas -Adaptación de ascensores y accesibilidad en edificios municipales dentro del ámbito definido en el artículo 3.7 de la Ley Foral 12/2004, de 29 de octubre, del Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2005-2008. c) Señalización. Se entenderá por señalización las siguientes actuaciones: -Señales de tráfico. -Señales informativas. -Señales turísticas. -Señalización horizontal.(pintura). Podrán acogerse a este régimen de subvenciones todas aquellas Entidades Locales de Navarra que ejecuten alguna de las actuaciones anteriormente citadas durante el año 2008. Plazo de presentación de solicitudes del 8 de marzo al 7 de abril

ORDEN FORAL 10/2008, de 19 de febrero, de la Consejera de Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Entidades Locales de Navarra para la construcción o reforma de aparcamientos en superficie, durante el año 2008. La presente convocatoria tiene por objeto regular los requisitos y las condiciones para la concesión de subvenciones a Entidades Locales de Navarra, destinadas a financiar la construcción o reforma de aparcamientos en superficie durante el año 2008, en terrenos de titularidad municipal al cien por ciento (100%). Independientemente del diseño de aparcamiento, que podrá contar con las instalaciones necesarias, se establece, como condición mínima, la de recinto delimitado, superficie de zahorra artificial compactada, con viales de circulación de pavimento rígido o flexible, incluyendo la señalización informativa. Podrán acogerse a este régimen de subvenciones todas aquellas Entidades Locales de Navarra que ejecuten alguna de las actuaciones anteriormente citadas durante el año 2008. Se establece una subvención máxima equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la inversión con un límite máximo de 600 euros por plaza de aparcamiento de vehículo ligero y de 3.000 euros por plaza de aparcamiento de vehículo pesado. El número de aparcamientos para vehículos ligeros (un pesado = 5 ligeros) que podrán ser subvencionados para cada Entidad Local, serán los siguientes: -Entidad Local de población inferior o igual a 5.000 habitantes: 20 plazas. -Entidad Local de población superior a 5.000 habitantes e inferior a 15.000 habitantes: 80 plazas. -Entidad Local de población igual o superior a 15.000 habitantes: 250 plazas. Plazo de presentación de solicitudes del 8 de marzo al 7 de abril RESOLUCION 214/2008, de 25 de febrero, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de la subvención de inversiones que fomenten la igualdad de oportunidades en el trabajo. La finalidad de utilidad pública de esta subvención es favorecer la igualdad en el acceso y en el ejercicio del trabajo entre hombres y mujeres, así como el de las personas discapacitadas, para ello se pretende fomentar las acciones positivas que realicen las empresas con el objetivo de eliminar los obstáculos que impidan o dificulten la contratación de mujeres y personas discapacitadas

Los conceptos subvencionables serán las inversiones en activos fijos materiales relacionados con la nueva construcción de servicios, vestuarios u otras dependencias similares, diferenciados para hombres y mujeres o en la adaptación de puestos o equipos de trabajo, eliminación de barreras arquitectónicas o dotación de medidas de protección personal para las personas discapacitadas. La cuantía de la subvención que se podrá conceder a los beneficiarios será del 30% de la inversión realizada según lo establecido en la presente base. En ningún caso, el importe de la subvención superará la cantidad de 9.000 euros Podrán beneficiarse de esta subvención las empresas que realicen durante el año 2008, en sus centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, las inversiones en capital fijo reguladas en la presente convocatoria, y que cumplan en la fecha de solicitud los siguientes requisitos: 1.º Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. 2.º Que empleen a menos de 100 trabajadores. 3.º Que no hayan sido sancionadas, con carácter firme, por una falta muy grave o más de dos graves, en materia de relaciones laborales, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que se publique esta convocatoria. Las empresas deberán presentar antes del comienzo de la realización de las inversiones y, en todo caso, antes del 16 de octubre de 2008. Para las inversiones realizadas en el año 2008 con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, el plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 9 de mayo de 2008. RESOLUCION 215/2008, de 25 de febrero, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvención de inversiones en adaptación de equipos de trabajo. El objeto de la subvención es promover y fomentar la seguridad y salud de los trabajadores con el fin de reducir la siniestralidad laboral, para lo cual es necesario mejorar las condiciones materiales de los equipos de trabajo existentes en las empresas para conseguir un adecuado nivel de protección frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. Los conceptos subvencionables serán las inversiones en capital fijo, siempre que sean para uso propio de la empresa, excluyendo las adquiridas para venta o alquiler, cuya necesidad haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos

de la empresa y se hayan recogido en la Planificación Preventiva a la que se refiere la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, exclusivamente en los aspectos detallados a continuación: a) La adaptación de máquinas o equipos de trabajo, puestos en servicio en la empresa antes del 1 de enero de 1995, a las disposiciones previstas en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. b) La sustitución de máquinas, puestas en servicio en la empresa antes del 1 de enero de 1995, por otras equivalentes con marcado CE, cuando debido a especiales dificultades técnicas no puedan ser adaptadas al Real Decreto 1215/1997, o el coste de la adaptación sea superior al 40% del coste de la adquisición de la nueva máquina. Esta opción supondrá la necesaria eliminación de la máquina. c) La sustitución de equipos de trabajo que no puedan ser físicamente adaptados al Real Decreto 1215/1997 por otros acordes con Normas UNE de aplicación específica (norma UNE-EN 1263 para redes de seguridad; normas UNE-EN 12810 y UNE-EN 12811 para andamios modulares; norma UNE-EN 60439-4 para Conjuntos de Obra, etc). Esta opción supondrá la eliminación de la totalidad del tipo de equipo no normalizado existente en la empresa, quedando limitada la subvención, como máximo, a la cantidad que la empresa posea en el momento de la solicitud. d) La sustitución de cubiertas frágiles por otras cubiertas no frágiles, siempre que la misma no suponga aumento de superficie ni de volumen. e) La adquisición de aparatos para elevación de personas incluidos en el Anexo IV del Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, sobre máquinas. f) La adaptación de puestos de trabajo, realizada con criterios ergonómicos, con objeto de prevenir trastornos musculoesqueléticos. La cuantía de la subvención que se podrá conceder a los beneficiarios será del 25% de la inversión en capital fijo realizada según lo establecido en la presente base. En ningún caso, el importe de la subvención superará la cantidad de 13.500 euros. Podrán beneficiarse de esta subvención las empresas que realicen durante el año 2008 en sus centros de trabajo ubicados en Navarra las inversiones en capital fijo establecidas en la presente convocatoria, y que cumplan en la fecha de la solicitud los siguientes requisitos: 1.º Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

2.º Que empleen a menos de 100 trabajadores. 3.º Que no hayan sido sancionadas, con carácter firme, por una falta muy grave o más de dos graves, en materia de seguridad y salud laboral, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que se publique esta convocatoria. Las empresas deberán presentar antes del comienzo de la realización de las inversiones y, en todo caso, antes del 16 de octubre de 2008. Para las inversiones realizadas en el año 2008 con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, el plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 9 de mayo de 2008. Ayudas para la reducción de la carga contaminante de los vertidos de origen industrial. Convocatoria año 2008 El objeto de esta Convocatoria es la regulación de subvenciones a las inversiones destinadas a la adopción de medidas que mejoren la calidad de los vertidos. Beneficiarios: Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en esta Convocatoria las empresas, públicas o privadas, las agrupaciones de dichas empresas, las personas físicas y las instituciones, siempre que sean usuarios-consumidores de agua, bien a través de entidades distribuidoras o bien por suministro propio, que están sujetos al pago del canon de saneamiento por los vertidos de aguas residuales producidos. No serán acogibles las solicitudes de subvenciones de los tipos A o B para actividades industriales dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos agrícolas o ganaderos. Las solicitudes de subvenciones se dirigirán a Navarra de Infraestructuras Locales, S.A., hasta el 30 de mayo de 2008. Con posterioridad a esta fecha y hasta el 29 de agosto de 2008 se admitirán solicitudes, quedando condicionada su consideración a la existencia de presupuesto. Las actuaciones deben iniciarse en 2008 y finalizarse en un plazo máximo de 18 meses, salvo que el proyecto estipule un plazo mayor Las subvenciones atendiendo a la actuación a desarrollar y a la actividad realizada por el solicitante, se clasificarán en alguno de los siguientes tipos: _Tipo A: Inversiones para adaptarse a nuevas normas medioambientales.

_Tipo B: Inversiones destinadas a superar sustancialmente lo establecido en la legislación medioambiental vigente. _Tipo C: Estudios de análisis y evaluación de riesgos ambientales en instalaciones industriales, Implantación de Sistemas de Gestión Medioambiental en instalaciones industriales y Estudios de caracterización de suelos potencialmente contaminados. Para cada uno de los tipos de subvenciones previstos en estas bases reguladoras, los límites máximos de subvención, expresados en términos de porcentaje sobre los costes subvencionables, y en función de si la empresa puede considerarse pequeña o mediana empresa (PYME), serán los siguientes: Subvención Tipo A: Empresa NO PYME: 0%. Empresa PYME: 15%. Subvención Tipo B: Empresa NO PYME: 30%. Empresa PYME: 40%. Subvención Tipo C: Empresa NO PYME: 50%. Empresa PYME: 50%. ASUNA (Ayudas y Subvenciones de Navarra) Edificio Bidekoa, oficina P 4 (C/ Echesacan 5) 31180 Cizur Mayor Teléfono: 948 180 181 Fax: 948 186 227 E-mail: gnagore_navarra@dge.es gnagore@nagoreabogados.com