COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO DICTAMEN No. 98 HONORABLE ASAMBLEA: Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 886 recibido en el Congreso del Estado el día 28 de junio del 2005, mediante el cual el C. Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar ampliación de partidas del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2005, por la cantidad de $ 468,000 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2005, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de diciembre del año 2004, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de modificación presupuestal por $ 468,000 pesos, se ampliarán los recursos asignados a la partida presupuestal 45000 Apoyos Extraordinarios, afectándose el código programático 21-07-111-45000. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 45000 Apoyos Extraordinarios se afecta por las erogaciones destinadas por el Gobierno del Estado a Dependencias del Ejecutivo, Organismos Descentralizados y Ayuntamientos. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en su oficio de solicitud establece que la presente solicitud es una
DICTAMEN No. 98.. 2 petición expresa del Titular de la Secretaría de Seguridad Pública, con el propósito de cubrir el costo de los convenios de Colaboración y Coordinación Administrativa a celebrarse entre el Ejecutivo del Estado y la Cruz Roja Mexicana Delegaciones Tecate y Rosarito, que ascienden a un monto de $ 234,000 pesos, respectivamente. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas proporcionó proyectos de Convenio de Colaboración y Coordinación Administrativa a celebrarse entre el Ejecutivo del Estado y la Cruz Roja Mexicana Delegaciones Tecate y Rosarito, en los cuales se establece en su Cláusula Quinta que el Ejecutivo Estatal se obliga a efectuar una aportación económica por $ 234,000 pasos a la Cruz Roja Mexicana Delegación Tecate y una cantidad igual a la Cruz Roja Mexicana Delegación Rosarito. CONSIDERANDO.- Que la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reglamentaria de los párrafos quinto y sexto del artículo 21 Constitucional, dispone en su artículo 11, las políticas, lineamientos y acciones de coordinación que se llevan a cabo mediante la suscripción de los convenios respectivos o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional de Seguridad Pública y en las demás instancias de coordinación, así como de los anexos que se deriven de los mismos. CONSIDERANDO.- Que el 21 de mayo del 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Convenio de Coordinación en Materia de Seguridad Pública, celebrado el 28 de enero de 2004, entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Seguridad Pública, y el Ejecutivo Estatal, con el objeto de coordinar políticas y estrategias entre las partes, para el desarrollo y ejecución de acciones en el Marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONSIDERANDO.- Que en la Cláusula Tercera del Convenio indicado en el Considerando anterior, establece que los objetivos, líneas de
DICTAMEN No. 98.. 3 acción, metas e indicadores de seguimiento de los programas que se deriven de cada eje, se establecerán de conformidad con los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, y se incluirán en los Anexos Técnicos respectivos; por lo que el Programa de Red Nacional de Telecomunicaciones y Servicio Telefónico de Emergencias, fue convenido por el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo Estatal mediante Anexo Técnico que para tal efecto fue suscrito en fecha 2 de abril de 2004. CONSIDERANDO.- Que dentro de los compromisos del Ejecutivo Estatal establecidos en el Anexo Técnico antes referido, se encuentra promover la celebración de convenios y acuerdos necesarios en el ámbito estatal y municipal, con la finalidad de ofrecer a la ciudadanía un número único a nivel nacional 066, que facilite la intercomunicación con las instituciones encargadas de atender emergencias de la comunidad. CONSIDERANDO.- Que según lo dispuesto en los artículos 17, fracción XI, y 38, fracciones I y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, la Secretaría de Seguridad Pública es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada y entre sus atribuciones se encuentra desarrollar las políticas de seguridad pública en el Estado, así como proponer al Ejecutivo del Estado las acciones de gobierno, normatividad, instrumentos, programas y estrategias para la prevención de delitos. CONSIDERANDO.- Que el Ejecutivo Estatal cuenta con la infraestructura y el equipamiento para proporcionar el Servicio Telefónico de Emergencias 066, instalado en el Centro de Control, Comando, Cómputo y Comunicaciones ( el Centro C4 ), de la Ciudad de Tecate y Rosarito, Baja California, el cual permite la intercomunicación de las instituciones encargadas de atender emergencias de la ciudadanía. CONSIDERANDO.- Que la Cruz Roja Mexicana es una Institución de Asistencia Privada, constituida conforme a la Escritura Pública, número 22,198, del volumen 446, de fecha 30 de abril de 1997, pasada ante la fé del Licenciado Erik S. Pulliam Aburto, Notario Público Número 196, con ejercicio en la Ciudad de México, D.F.
.. 4 CONSIDERANDO.- Que es voluntad del Ejecutivo Estatal y Cruz Roja Mexicana Delegaciones Tecate y Rosarito, colaborar y coordinarse en materia de seguridad pública, de acuerdo a la legislación vigente y a los motivos expuestos en el proyecto de Convenio antes descrito, por lo cual, la partes en el ámbito de su competencia, proporcionarán los recursos humanos y materiales, así como las facilidades necesarias para la debida operatividad del Servicio Telefónico de Emergencia 066, en atención a la ciudadanía del Municipio de Tecate y Rosarito, Baja California, con el objeto de integrar a todas las instituciones de seguridad pública, salud, protección civil y demás de asistencia pública y privada, para auxilio del ciudadano que requiera de dicha atención, sin importar el tipo de incidente o circunstancia, ofreciendo un número único en el ámbito nacional, siendo el 066. CONSIDERANDO.- Que los convenios de Colaboración y Coordinación Administrativa a celebrarse entre el Ejecutivo Estatal y la Cruz Roja Mexicana Delegaciones Tecate y Rosarito, tienen como objeto el coordinar y establecer los mecanismos de participación y apoyo de la Cruz Roja, en el Programa Estatal Básico de la Red de Telecomunicaciones y Servicio Telefónico de Emergencias 066, en los Municipios de Tecate Rosarito, Baja California, desarrollado por el Ejecutivo Estatal. CONSIDERANDO.- Que para dar cumplimiento a lo previsto en el Considerando anterior, la Cruz Roja se obliga ante el Ejecutivo Estatal, a asignar al Centro C4 los operadores que se requieran para el intercambio de información y asistencia inmediata, profesional y eficaz, en relación con las llamadas de emergencia que se reciban de la población en general, a través de la Red de Telecomunicaciones y Servicio Telefónico de Emergencias 066, los cuales deberán tener la capacidad y experiencia necesaria para operar las señales de radio recibidas en dicho Centro C4, para su correspondiente canalización y atención a la Cruz Roja y asimismo, para el enlazamiento con otras instituciones de emergencia, que colaboran en el Servicio Telefónico de Emergencias 066.
.. 5 CONSIDERANDO.- Que la Cruz Roja se obliga a proporcionar todo el apoyo en la atención de los servicios médicos que se soliciten por la población, a través del Servicio Telefónico de Emergencias 066, así como de establecer la coordinación necesaria con el resto de las instituciones de emergencia que tienen participación en el Centro C4. CONSIDERANDO.- Que el Ejecutivo Estatal se obliga a proporcionar a los operadores de la Cruz Roja, las instalaciones, el mobiliario, el equipo de cómputo y de radiocomunicación necesario para su enlazamiento con la frecuencia de radio de la Cruz Roja, en la recepción de los llamados de auxilio para la atención de servicios médicos de emergencia. CONSIDERANDO.- Que los gastos de operación del Servicio Telefónico de Emergencias 066, así como el mantenimiento de las instalaciones, mobiliario y equipo del Centro C4 que utilicen los operadores de la Cruz Roja, correrán a cargo del Ejecutivo del Estatal. CONSIDERANDO.- Que la vigencia del presente Convenio será de un año contando a partir de la fecha de su firma, pudiendo terminarse anticipadamente por cualquiera de las Partes mediante aviso escrito a la otra parte cuando menos con 15 días naturales de anticipación. CONSIDERANDO.- Que en el oficio de solicitud de la Secretaria de Planeación y Finanzas, se establece que la presente solicitud de ampliación presupuestal se cubrirá con ingresos de fuentes propias adicionales a los presupuestados, lo cual no implica endeudamiento alguno para el Estado. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43 fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California.
.. 6 CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión de Hacienda y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización Superior del Estado, su opinión al respecto, la que fue vertida en términos de procedencia mediante oficio DEL/806/2005. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto R E S O L U T I V O: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación de partidas presupuestales al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2005, por la cantidad de $ 468,000 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública en la partida presupuestal 45000 Apoyos
.. 7 Extraordinarios, con el propósito de asignar recursos por $ 234,000 pesos, a las Delegaciones de la Cruz Roja de Tecate y Rosarito, respectivamente. D A D O.- En la Sala de Comisiones Dr. Francisco Dueñas Montes del H. Poder Legislativo en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veintiseis días del mes de julio del año dos mil cinco. DIP. MANUEL PONS AGUNDEZ PRESIDENTE DIP. CARLOS ALBERTO MONTAÑO QUINTANA SECRETARIO DIP. CARLOS ALBERTO ASTORGA OTHON DIP. RICARDO MAGAÑA MOSQUEDA DIP. ELIGIO VALENCIA ROQUE DIP. GUILLERMO ALDRETE HAAS MPA/rgb.