Revisión de Manual. Sección Campo Información. *Nombre oficial del trámite o servicio. Fundamento Jurídico que da origen al trámite:

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Revisión de Manual Sección Campo Información Homoclave *mbre oficial del trámite o servicio En trámite. Revisión de Manual *mbre ciudadano del trámite mbre de la modalidad (si existe) Disposiciones de carácter internacional en materia de seguridad en la navegación y prevención de la contaminación por los buques. Sujeción de la carga Datos Generales del trámite Fundamento Jurídico que da origen al trámite: Tipo de trámite o servicio * En qué casos se debe presentar el trámite? -Artículo 8 Bis fracción VI de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos. - Artículo 274 y 440, del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos. -Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida en la Mar, -Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques. -Código Internacional para la Construcción y el Equipo de Unidades Móviles de Perforación Mar adentro (CODIGO MODU). -Código Internacional de Seguridad para Naves de Gran Velocidad (CODIGO NVG). Autorizaciones, certificados, concesiones, informes, registros y avisos Para la aprobación de los manuales relativos a la operación de la embarcación, a fin de revisar que cumpla con las disposiciones de carácter internacional. Aplica para buques que no transporten cargas sólidas o líquidas a granel, para las unidades de carga Descripción del trámite * Quién puede solicitar el trámite? Interesado o Representante legal, Propietarios o Navieros, en tanto sean personas físicas o morales mexicanas constituidas conforme a la legislación nacional. * Descripción Ciudadana Este trámite permite a la Autoridad Marítima garantizar las disposiciones de carácter internacional para salvaguardar la vida humana en el mar. Sinónimos Qué efectos tendría la eliminación de este trámite? * Sinónimos (palabras clave de búsqueda): Que no se aprueben los manuales relativos a la operación de la embarcación, a fin de revisar que cumpla con las disposiciones de carácter internacional. Revisión Manual 1

* mbre(s) Eloy Dique flotante * Apellido paterno Osuna Personas relacionadas con el trámite (Funcionario público responsable) * Apellido materno Valdés * Cargo * Correo electrónico --- Jefe de Departamento de control y Certificación de Inspectores * Teléfono 55 56 24 65 00 ext-6222 Teléfono adicional 01800-6274621 ext-6222 *Nivel de digitalización 3 100% Digitalizado ---- * Canales de atención (medios de presentación del trámite) Fundamento jurídico de canales de atención: * Enlace o link al sitio en línea Presencial 15, 15 A, y 42 primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. www.gob.mx/semar/digecapam/acciones-yprogramas/direcion-general-adjunta-deproteccion-y-certificacion-maritima Canales de atención Consultar los requisitos del trámite, en línea o vía telefónica o de manera presencial en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Dirección General de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (DIGECAPAM) o de la Capitanía de Puerto. Enumera las acciones que el usuario tiene que hacer para realizar el trámite: Presencial: 1. Presentarse en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Dirección General de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (DIGECAPAM) o de la Capitanía de Puerto con la solicitud correspondiente y con los requisitos solicitados, en los días y horario hábiles 2. Presentar la solicitud mediante escrito libre y todos los documentos requeridos, realizar el pago de derechos correspondiente y recibir el acuse de recibo. Plazo máximo Plazo máximo: -Plazo máximo de resolución: 3 meses. 2

-Inicio de plazo máximo de resolución del trámite: 1 mes. -Fin del plazo máximo de resolución del trámite: 03 meses. -Observaciones respecto al plazo máximo de resolución: La Dirección General de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos operativamente resuelve el trámite en 30 días hábiles. Tipo de ficta: Si al término del plazo máximo de resolución, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido: NEGATIVA. Plazo de prevención Plazo real Tipo de resolución Criterios de resolución Fundamento jurídico del plazo de respuesta: *Plazo de prevención: Fundamento jurídico del plazo de prevención: *Plazo real *Tipo de resolución Criterio de resolución del trámite - Artículos 6 y 431 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (LNCM). - Artículos 16 fracción X, 17, 17 B y 28 Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA). Inicio de plazo: 1 día hábil. Fin de plazo: 30 días hábiles. Artículo 17-A y 43 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA) Inicio de unidad de tiempo de plazo real: 1 hábil. Fin de unidad de tiempo de plazo real: 30 días hábiles. Oficio de aprobación de documentos y documentos sellados. -Cumplir con los datos y requisitos establecidos para el manual respectivo en la legislación nacional y disposiciones internacionales aplicables. -El solicitante en su escrito inicial deberá señalar la siguiente información:1.- mbre de la embarcación. 2.- número de matrícula. 3.- Puerto de Matrícula. 4.- Unidades de Arqueo Bruto (UAB). -Este trámite se atiende y resuelve únicamente en las Oficinas Centrales de la Dirección General de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos; no obstante, la solicitud podrá recibirse en las Capitanías de Puerto sólo para efecto de que sea turnada a tales oficinas para su atención y resolución. -Los documentos que se presenten en original y copia deberán encontrarse plenamente legibles y estar vigentes. -En la solicitud mediante escrito libre se deberá precisar el nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, en su caso de su representante legal, domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, el órgano administrativo a que se dirigen y 3

Montos Monto de los derechos, productos y aprovechamientos aplicables Fundamento jurídico de montos: * Consultas frecuentes del ciudadano lugar y fecha de su emisión. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital y además. -El Instrumento Público con el cual el representante legal acredite su personalidad, si el solicitante no actúa por sí mismo, o se trate de persona moral, deberá constar ante fedatario público, o bien en carta poder con dos testigos y ratificar las firmas ante el Capitán de Puerto. Por la revisión y, en su caso, aprobación de especificaciones técnicas, planos o proyectos que impliquen reformas o modificaciones: 1. Hasta 200 unidades de arqueo bruto $ 5054.81 MN 2. Más de 200 hasta 300 unidades de arqueo bruto $ 5514.37 MN 3. De más de 300 hasta 1,000 unidades de arqueo bruto $ 7812.16 MN 4. Más de 1,000 hasta 5,000 unidades de arqueo bruto $ 9190.87 MN 5. Más de 5,000 hasta 10,000 unidades de arqueo bruto $ 13,786.36 MN 6. De más de 10,000 unidades de arqueo bruto $ 18,381.87 MN Articulo 1 y 3 de la ley federal de derecho. Enero, Febrero, Abril, Mayo, Agosto, viembre y Diciembre. * Volumen de consultas anuales (frecuencia) 8 * Quejas frecuentes del ciudadano 0 Comentarios generales * Volumen de molestias o quejas anuales 344 * Comentarios respecto al trámite * tas adicionales del trámite * Más información Procesos económicos * Subsector económico Transporte por agua * Proceso económico Transporte marítimo TIC * El trámite cuenta con un sistema de gestión del trámite? * mbre descriptivo del sistema Sí Sistema Institucional de Puertos Y Marina Mercante(SYPIMM) * Tecnología del sistema JEE/JAVA-Servidor de aplicaciones (Oracle, IBM) 4

* Grado de adaptación del sistema para envío/recepción de solicitudes electrónicas * Esfuerzo y complejidad de realizar modificaciones al sistema para recibir y enviar solicitudes electrónicas Alto Bajo * Criticidad del sistema Sí * Disponibilidad de servicio mediante Webservice * Latitud --- * Longitud ---- * Peticiones diarias 344 * Es posible iniciar el trámite por Internet? * Es posible cargar o subir documentos en línea? * Se puede dar seguimiento al trámite por Internet? * La resolución o respuesta es por Internet? * Utiliza firma electrónica avanzada? * Utiliza Clave RUPA? Hechos vitales Hechos vitales El trámite es para una persona y/o una empresa o persona física con actividad empresarial? Empresa o Persona Física con Actividad Empresarial (PFAE) En qué momentos se podría encontrar la empresa o PFAE al realizar el trámite? Operación/Crecimiento Mi Negocio Me encuentro en operación Agrupaciones Sin Fines De Lucro/ Gremios Banca Y Bolsa Trabajadores/Subcontrataciones Y Seguridad Social Actividad Económica, Adquisiciones/ Ventas (Importaciones/ Exportaciones) Pagos, Cobros, Obligaciones Justicia Y Derechos Medio Ambiente Y Manejo De Residuos Peligrosos Financiamiento Y Apoyos 5

Categorías Procesos Categorías agregadas Selecciona el tipo de trámite o servicio al que corresponda * Autorizaciones, certificados, concesiones, informes, registros y avisos. * El trámite es de resolución inmediata? Categoría: Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos Subcategoría: Inspección Certificación Marítima Autorizaciones administrativas. INTEROPERABILIDADDo cumentos / Requisitos de entrada al trámite * En qué momento se realiza el pago? Documentos agregados (Datos y documentos solicitados) Previo al inicio del trámite. DATOS: Debe presentar 1 original(es) y 1 copia (s). El escrito libre debe contener: 1. El órgano administrativo a que se dirigen. 2. mbre del interesado, denominación o razón social, o en su caso del representante legal, señalando el CURP y el RFC. 3. Domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas e indicar correo electrónico. 4. La petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, indicando que es lo que quiere que se le revise y apruebe. 5. Indicar el trámite y la modalidad. 6. mbre de la Embarcación, unidades de arqueo bruto, número de matrícula y puerto de matrícula. 7. Mención de los anexos que se agregan. 8. Lugar y Fecha de su emisión. 9. Firma autógrafa del interesado (propietario, armador, operador) o su representante legal. Si el interesado o el representante legal no pueden firmar, deberán imprimir la huella digital de su pulgar. DOCUMENTOS 1. Solicitud al trámite. (1 original(es) y 1 copia (s)). Emisor: Solicitante o Interesado. El escrito libre debe contener los datos solicitados. 6

Tipo de documento: Escrito libre. Breve descripción del documento: Es el documento que debe contener los datos solicitados. 2. Instrumento Público o carta poder con el que el representante legal acredite su personalidad, si el interesado no actúa por sí mismo, o se trate de personal moral. (1 original(es) (sólo para cotejo) 1 copia (s) Emisor del documento tario: Público, Corredor Público. Institución de origen: Fedatarios. Breve descripción del documento PERSONAS FÍSICAS. - Es el documento idóneo para acreditar ante la autoridad marítima la representación de las personas físicas cuanto éstas no actúan por sí mismas, la cual podrá ser mediante una carta firmada ante dos testigos y con firma ratificada ante la autoridad marítima o fedatario público. PERSONAS MORALES. - Es el documento idóneo para acreditar ante la autoridad 3. En caso de personas físicas, copia de identificación Oficial (credencial de elector para votar o pasaporte) (1 original(es) (sólo para cotejo)1 copia (s).). Emisor: Instituto Nacional Electoral. Breve descripción del documento. -La credencial expedida por el Instituto Nacional Electoral, en la cual se indican datos de la persona física como nombre, fecha de nacimiento, domicilio, firma, y con los cuales comprueba su identidad. Debe contener el nombre del interesado, firma del interesado y entidad emisora. 4. En caso de personas morales, copia certificada del acta constitutiva. (1 original(es) (sólo para cotejo)1 copia (s).). Emisor: tario público o corredor público. Breve descripción del documento: Es el instrumento en el cual costa la creación de una persona moral, indicándose en éste su razón o 7

denominación social, su domicilio, el objeto y capital social. Debe contener nombre de la empresa, duración, objeto social, capital social, socios y participación del capital social, y términos de liquidación de la sociedad. 5. Formato de solicitud del trámite (Formato adjunto). (1 original(es) (sólo para cotejo)1 copia (s).). Emisor: Dirección General de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos. Tipo de documento: Formato. Url de descarga. Breve descripción del documento.- Es el formato en el que se indica quien es el interesado y que es lo que quiere que se revise y en su caso apruebe. Indicando la siguiente información: mbre / Razón Social del Solicitante, Registro Federal de Causantes (RFC) del Solicitante, Domicilio, Colonia, Delegación o Municipio, Entidad Federativa y Código Postal del Solicitante, Correo electrónico del Solicitante, mbre del Representante Legal del Solicitante, Registro Federal de Causantes (RFC) del Representante Legal del Solicitante, Domicilio, Colonia, Delegación o Municipio, Entidad Federativa y Código Postal del representante en el cual puede recibir notificaciones, Correo Electrónico del Representante Legal, Indicar el Trámite y Modalidad, nombre de la embarcación, unidades de arqueo bruto, número de matrícula y, Puerto de matrícula. La solicitud deberá estar firmada por el propietario, armador, operador, o su representante legal a menos que no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital. 6. Manual de sujeción de la Carga. (1 Emisor.- Externo. original(es) (sólo para cotejo) 1 copia (s) Tipo de documento.- Documento técnico. Descripción.- Este Manual establece el procedimiento para verificar las circunstancias del Buque descrito en la solicitud y aplicar procedimientos de sujeción de carga. 7. Copia certificada de la factura de la embarcación. 8

Emisor: Externo, autoridad competente. Tipo de documento: Factura. Descripción.- Copia certificada de la factura de la embarcación donde se especifica el nombre de la embarcación, acreditando la legal propiedad de la misma. Debe contener el nombre del propietario de la embarcación, características de la embarcación. 8. Pago de derechos. Emisor: Secretaría de Marina o Institución Bancaria. Tipo de documento: Comprobante. Descripción.- Con este documento se acredita haber realizado el pago de derechos por el trámite. Debe contener el concepto del pago, monto del pago y referencia numérica del pago Observaciones respecto a los documentos Fundamento jurídico de datos y documentos solicitados: Formato: Liga para descarga del formato aplicable: DATOS - Artículos 15, 17-A primer párrafo, y 19 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. DOCUMENTOS - Artículo 15, párrafo tercero, 15-A y 19 Ley Federal de Procedimiento Administrativo. - Artículos 4º, 6º, y 12, Acuerdo para la Adopción y Uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro de Población. - Artículo 274 y 440 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos. -Artículos 1 y 3. Solicitud de trámite / Ventanilla de Gestión de Trámites/ Documentos Técnicos. www.gob.mx/semar/digecapam Fecha de publicación del formato en el DOF: --- Documentos agregados : (documento emitido por la dependencia): * Observaciones respecto a los documentos 9

Documentos de salida al trámite Documentos agregados: Documentos agregados: Los que presente el solicitante. Oficio de aprobación y documento sellado. Tipo de documento.- Aprobación. Breve descripción del documento.-en este oficio se comunica al solicitante que el Manual ha sido aprobado. Cargo del que firma el documento.-director de Seguridad Marítima Asignación de folios.-número consecutivo El documento, se entrega físicamente. Dato o campo de salida.- mbre del documento que se aprueba, nombre y datos que individualizan la embarcación a la que corresponde el documento que se aprueba. Requiere almacenar el dato. Cadenas Cadenas agregadas: forma parte de una cadena Interacciones dependencia o entidad- Ciudadano Oficinas agregadas * Cantidad de pasos fuera de la dependencia o entidad Oficinas Tipo de Ficta Fundamento jurídico de Ficta Vigencia 0 -Dirección General de Capitanías de Puerto. - Asuntos Marítimos o Capitanías de Puerto. Negativa -Artículo 69-M.- Fracción VII, Ley Federal de Procedimiento Administrativo. -Artículo 6 y 431 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo. aplica. Solo será validad en tanto no se realicen modificaciones a la condiciones previamente solicitadas. Fundamento jurídico de vigencia --- 10