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Transcripción:

RESPUESTAS A LAS CONSULTAS RECIBIDAS ACERCA DE LOS PLIEGOS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN DEL CONTRATO Nº 154/2017 DE SERVICIOS DE LIMPIEZAS Y OTROS SERVICIOS HIGIÉNICOS EN EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS DE CANAL DE ISABEL II, S.A. Pregunta 1: En relación con el pliego que rige las condiciones de contratación para el servicio de limpieza y otros servicios higiénicos en edificios y dependencias de Canal Isabel II, S.A., contrato nº 154/2017, nos surge una duda con lo que creemos que es un error, en la parte de los contenedores higiénicos, bacteriostáticos etc En la proposición económica se habla de horas anuales en lo que entendemos que son actuaciones que hay que valorar a un coste por actuación (hora), pero en todos ellos el número de actuaciones viene de multiplicar el número de unidades por doce (es decir una al mes), así si por ejemplo en el lote 1 tenemos 47 contenedores de cambio mensual aparecen 564 actuaciones (47*12), en el caso del cambio quincenal se suponen 24 actuaciones para cada una de las 122 unidades que se solicitan lo que daría 2.928 (122*24) actuaciones en lugar de las 1.464 (122*12) actuaciones que aparecen, esto al introducirlo en el Excel de la proposición económica daría un error en el cálculo. Desconocemos si es un error o una mala interpretación por nuestra parte, pero agradeceríamos que nos lo aclarasen al objeto de poder evaluar correctamente la proposición económica. Respuesta 1: Tal y como queda reflejado en el Anexo II.a y IIb b) El servicio de Contenedores Higiénicos y Bacteriostáticos, resultará de multiplicar el coste unitario de cada servicio de instalación, mantenimiento, suministro y reposición de unidades higiénicas sanitarias y bacteriostáticos según sus frecuencias correspondientes, por su importe unitario, para un año de duración. c) Los trabajos de servicios de desratización, desinsectación y tratamientos específicos, resultarán de multiplicar los citados servicios por el importe unitario de cada uno de ellos, para un año de duración. Apartado Contenedores Higiénicos y Bactereostáticos Coste unitario de cada uno de los servicios solicitados. Apartado Desratización y Desinsectación Coste unitario de cada uno de los servicios solicitados. Es decir, solicitamos: Coste unitario de un servicio de Contenedores higiénicos con cambio mensual, Coste unitario de un servicio de Contenedores higiénicos con cambio quincenal Coste unitario de un servicio de Contenedores higiénicos con cambio semanal De forma que en el importe unitario engloba todos los costes que corresponden a dichas sustituciones, con las frecuencias reflejadas, ya sean un cambio al mes, dos al mes o cuatro al mes. De esta forma no obligamos a que los costes sean el doble o el cuádruple de una sustitución, dejando a criterio del licitador ajustar como estime oportuno los importes de cada servicio. Efectivamente, se ha detectado un error en las tablas correspondientes al escenario hipotético de valoración de ofertas establecido en el Anexo II.A y Anexo II.B del PCAP para los lotes 1 y 2. En particular, en el encabezado de las columnas referidas a Contenedores higiénicos y bacteriostáticos y Desratización y desinsectación se ha indicado por error que las unidades atribuidas a cada uno de los conceptos corresponden a Horas anuales. Sin embargo, dichas unidades son en realidad Unidades anuales, tal y como viene reflejado en el Pliego de Prescripciones Técnicas y como se ha explicado en el texto de la oferta que adjuntamos. Santa Engracia, 125. 28003 Madrid www.canaldeisabelsegunda.es Página 1 de 7

Teniendo en cuenta el anterior error, los licitadores deben ofertar para los conceptos incluidos en las columnas referidas a Contenedores higiénicos y bacteriostáticos y la Desratización y desinsectación el Coste Euros/unidad en vez del Coste Euros/hora. De acuerdo con todo lo anterior se han modificado los referidos errores materiales en el PCAP y en la hoja de cálculo publicada junto con los pliegos. Los licitadores tienen a su disposición el PCAP modificado y la hoja de cálculo modificada en el Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). Pregunta 2: El convenio aplicable a los trabajadores es el convenio de limpieza provincial de Madrid? Respuesta 2: El convenio que actualmente está aplicando el adjudicatario del contrato vigente es el Convenio Colectivo Provincial del Sector de Limpiezas de Madrid. Pregunta 3: Agradecería nos confirmasen si incluyendo el ANEXO X del PCAP como declaración responsable, indicando las tareas que se subcontratarían y el nombre de la subcontrata que las ejecutarían, no es necesario integrar en la documentación acreditativa de solvencia del licitador la documentación acreditativa de solvencia de la parte que sería objeto de subcontratación. Y dicha documentación se aportaría en caso de resultar adjudicatarios. Respuesta 3: Tal y como se indica en el texto del Anexo X al PCAP: En caso de que el licitador integre su solvencia con dicha subcontratación, deberá acompañar la documentación acreditativa de la solvencia del subcontratista correspondiente a los requisitos de selección cualitativa indicados en el apartado 5 del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que se vayan a integrar con el subcontratista. Por tanto, en caso de que el licitador integre los requisitos de solvencia referidos en el apartado 5.1 B) (requisitos en los que se permite la integración con medios externos en la forma prevista en el art 63 del TRLCSP) con la subcontratación sí deberá presentar, dentro del Sobre nº 1 documentación administrativa la documentación acreditativa de solvencia de la parte que sería objeto de subcontratación. En caso de que el licitador elija presentar la documentación según la opción a) de la cláusula 11.A.1 y, por tanto, presente DEUC, deberá presentar asimismo DEUC relativo a la solvencia que integre mediante subcontratación. Pregunta 4: En relación con el punto 5.1 A).3 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se indica que los licitadores deberán contar, entre otros, con Certificado de Responsabilidad Social Corporativa SA 8000, SGE 21 o SR-10:2001. En este sentido queríamos consultarles si admitirían, para dar cumplimiento a este punto, la presentación de Certificado de la EVALUACIÓN DE CONFORMIDAD, con resultado CONFORME, para el cumplimiento del SGE 21. Respuesta 4: En el caso de que la entidad certificadora de cualquiera de los certificados mencionados emita informe de evaluación de conformidad para obtener el mismo y únicamente quede pendiente la emisión del certificado por parte de dicha entidad, se admitiría el citado informe. Página 2 de 7

Pregunta 5: Con respecto al punto anterior, en el caso en que no admitir el Certificado de EVALUACIÓN DE CONFORMIDAD, confírmennos si se admite la acreditación a través de un tercero según establece el artículo 63 del TRLCSP, según establece el punto 5.2 B) del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Respuesta 5: De acuerdo con el apartado 4.1.A.3 del Anexo I del PCAP: Las empresas licitadoras deberán acreditar que reúnen como mínimo por sí mismas los siguientes criterios de selección cualitativa: Los licitadores deberán contar con los siguientes certificados: o Gestión Medioambiental ISO 14001. o OHSAS 18001:2007 para trabajos de limpiezas. o Certificado de Responsabilidad Social Corporativa SA 8000, SGE 21 o SR- 10:2001. Por tanto, el requisito relativo a contar con los certificados señalados no puede ser objeto de integración con los medios de otra entidad, sino que se trata de un requisito que debe reunir por sí misma la empresa licitadora. Pregunta 6: Según se indica en el punto 5.1.A).1, del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares: Requisitos y criterios de selección cualitativa, económica y financiera, los licitadores deberán acreditar en el último ejercicio económico volumen anual de negocio en el ámbito objeto del contrato, (Servicios de limpieza). Es válido acreditar esta solvencia con una Declaración Responsable firmada por el Apoderado de la Compañía, del volumen de negocio solicitado para servicios de limpieza? Respuesta 6: De acuerdo con lo establecido en el apartado 5.2.A.1 del PCAP, para acreditar el volumen anual de negocio obtenido en el ámbito objeto del contrato en el último ejercicio económico cerrado, la empresa licitadora deberá presentar: Declaración responsable del licitador sobre su volumen anual de negocios en el último ejercicio económico cerrado en el ámbito objeto del contrato ("servicios de limpieza") de conformidad con lo establecido, en función del número de lotes a los que se presenta oferta, en el apartado 5.1 A) 1 anterior. Por tanto, el requisito señalado deberá acreditarse mediante declaración responsable sobre volumen anual de negocios en el último ejercicio económico cerrado, en el ámbito objeto del contrato ("servicios de limpieza"), firmada por el representante de la empresa licitadora. Pregunta 7:Según el Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, les solicitamos que nos confirmen si es posible acreditar la solvencia relativa a las actividades de instalación, mantenimiento, suministro y reposición de unidades higiénicas-sanitarias y Bacteriostáticos y Servicios de desratización y desinsectación, así como disponer del, así como disponer del Certificado de Inscripción de Transportista de Residuos No Peligrosos, a través del cumplimiento según establece el artículo 63 del TRLCSP. Respuesta 7: De acuerdo con lo establecido en el apartado cuatro del Anexo I del PCAP, relativo a la habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del Contrato: Página 3 de 7

Las empresas licitadoras o en su caso las empresas propuestas para integrar los requisitos de selección cualitativa referidos a los trabajos de Unidades Higiénicas y Bacteriostáticos, deberán acreditar los siguientes requisitos: Inscripción en el Registro de transportistas de residuos no peligrosos de la Comunidad Autónoma de Madrid. En este sentido, se deberá presentar el certificado de inscripción en el Registro de transportistas de residuos no peligrosos de la Comunidad Autónoma de Madrid. Por tanto, la inscripción en el Registro de transportistas de residuos no peligrosos de la Comunidad Autónoma de Madrid es un requisito integrable con los medios de otra entidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del TRLCSP. Por otra parte, el cumplimiento de los criterios de selección cualitativa relativos a la instalación, mantenimiento, suministro y reposición de unidades higiénicas-sanitarias y Bacteriostáticos y Servicios de desratización y desinsectación, que se regulan en el apartado 5.1.B del Anexo I del PCAP, también podrá acreditarse mediante la integración con los medios de otra entidad (artículo 63 del TRLCSP). Pregunta 8: Cuando indican en el Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares si toda la solvencia, en general, a la que se refieren ha de disponerla al menos una empresa de la UTE y si esta solvencia puede ser complementaria entre los miembros de la UTE. Respuesta 8: En los distintos apartados relativos a los criterios de selección cualitativa de los operadores económicos se señala cómo opera la exigencia del determinado requisito en caso de que las empresas se presenten en UTE. Para aquellos apartados en los que no se indique nada, se entiende que el requisito exigido deberá cumplirse entre las dos empresas que conforman la UTE, sin que se pueda exigir su cumplimiento a cada una de las empresas por separado. Pregunta 9: Asimismo, les solicitamos nos confirmen si el Convenio Colectivo de aplicación, para el personal de limpieza de este contrato, es el de limpieza de edificios y locales de Madrid, según lo indicado en la página 43 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Respuesta 9: Nos remitimos a la respuesta dada en la pregunta 2. Pregunta 10: Tras ver los criterios de solvencia, encuentro que, por lo que entiendo, es excluyente no tener el Certificado de Responsabilidad Social Corporativo. A continuación, indico el apartado 5.1.A) punto 3. Como licitador al servicio, adjunto una resolución por la cual el no tener un certificado no puede ser motivo de exclusión. Respuesta 10: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.2.A.3 del Anexo I del PCAP, para la acreditación del cumplimiento del requisito exigido en el apartado 5.1.A.3 del PCAP, es necesario la presentación de Certificado de Responsabilidad Social Corporativa SA 800, SGE 21 o SR-10:2001. Por tanto, la no presentación de ninguno de los certificados indicados conllevaría la falta de acreditación de uno de los requisitos de selección cualitativa técnica o profesional exigidos en el PCAP. Al respecto será de aplicación lo establecido en la Cláusula 12 del PCAP. Página 4 de 7

Pregunta 11: En los pliegos se refleja que para la retirada de residuos hay que utilizar varios vehículos. Con qué tipo de vehículos (furgoneta o coche) se está haciendo y cuál es el número de los mismos? Respuesta 11: Cada empresa debe valorar en función de sus medios auxiliares como ejecutar dicha retirada. Por ello incluso se realiza una visita previa a las instalaciones más representativas, debiendo valorar los costes y englobarlos tal y como se indica en el Anexo II A, OTROS COSTES. Pregunta 12: En el Anexo 2 se habla de reposición de material higiénico, entendiendo que sólo es colocación y que el suministro es por parte del CANAL DE ISABEL II. Es así o la empresa adjudicataria también se encarga del suministro? Respuesta 12: Efectivamente, se indica exclusivamente la reposición (página 46 PPT). El material por tanto se suministra por parte de Canal de Isabel II. Pregunta 13: El mantenimiento de la utilización, revisiones... de la góndola son a cargo de la empresa de la góndola o ese coste repercute a la empresa de limpieza. En el caso de la utilización, estamos obligados a realizar la formación y asumir el coste de dicha formación? Respuesta 13: Los costes de mantenimiento de las góndolas no se repercuten en absoluto en el presente procedimiento. Sin embargo, los costes de formación sí, puesto que cualquier licitador maneja su propia plantilla, que deberá estar adecuadamente formada para el uso de los citados elementos. Pregunta 14: Se tiene que realizar el análisis de las partículas del aire en la limpieza de los CPD pero vienen varias frecuencias dependiendo de la tarea de limpieza, con qué frecuencia se realizan dichos análisis? Respuesta 14: Según se indica en la página 11 y 12 del PPT, quedan englobadas en la limpieza técnica anual del CPD, puesto que se tiene que entregar el resultado y las mediciones realizadas, por lo que la frecuencia es anual. Pregunta 15: En la página 12 y 13 se habla de los cuartos húmedos. Con qué frecuencia se realiza la nebulización o pulverización? Respuesta 15: Tal y como figura en la página 12, Desinfección de cuartos húmedos, la desinfección básica se ejecuta a diario, pero se ha estimado la posibilidad de emplear una técnica para dicha desinfección mediante tratamientos de pulverización o nebulización. En esta situación no se ha procedido a marcar una frecuencia, pues dicha técnica podrá emplearse o no, según el avance y calidad de los trabajos que se ejecuten, y las inspecciones microbiológicas que Canal de Isabel II realiza como control en cuartos húmedos. En caso de solicitarse dicha técnica, su precio se fijará contradictoriamente conforme a lo establecido en el apartado 10.12 del Anexo I del PCAP. Pregunta 16: Se habla de retirada de panales de abejas. De cuántos panales hablamos, tamaño de los mismos, con qué empresa han subcontratado ese servicio,? Respuesta 16: En la página 24 del PPT se indican las actuaciones a realizar, con un mínimo de 4 actuaciones anuales. Por motivos evidentes, no podemos prever el tamaño del panal o lugar de ubicación de abejas o similar (conductos, cubiertas, árboles, etc ) y cada actuación deberá seguir las especificaciones indicadas en el citado párrafo de la página 24. Cada licitador podrá realizar este servicio como estime oportuno, ya sea con medios propios o la subcontratación permitida. Página 5 de 7

Pregunta 17: En la visita estuvimos viendo en los edificios de la Sede Central cristales fijos (sin acceso interior) empotrados en el edificio a una altura de unos 10 m aprox. Con qué medios se realiza esa limpieza ya que durante la visita no encontramos elevadores en el centro? Respuesta 17: Cada empresa valora en función de sus medios auxiliares como ejecutar dicha limpieza. Por ello incluso se realiza una visita previa a las instalaciones más representativas, debiendo valorar los costes y englobarlos tal y como se indica en el Anexo II A, OTROS COSTES. Informarle que distintas empresas a lo largo de los años, han usado muy diversos medios auxiliares para la realización de ese trabajo., cada una en función de sus parques de maquinaria, medios, subcontrataciones, etc. Pregunta 18: En el listado del personal, no se indica el tipo de contrato del personal. Los pluses mensuales no indican cuántos meses tienen el plus al igual que el plus de festivo que no se indican cuántas horas realizan en domingo y/o festivo. Debido a la falta de información, solicitamos el tipo de contrato, mensualidad del plus mensual y la cantidad económica del plus festivo ya que por el Art.120. Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo.. En cuanto al alcance de la información que debe suministrarse, basta con que se indique la relativa al tipo de contrato, antigüedad y salario, pudiendo remitirse a aquellos documentos o normas que permitan completar dicha información y que se encuentren a disposición de todos los licitadores sí es tarea de dicho órgano comprobar que la información es suficiente y en caso de no serlo requerir al adjudicatario para que proceda a completarla, pudiendo incluso, aplicar las consecuencias previstas en el pliego, para el caso de que incumpla dicha obligación, que viene impuesta legalmente y ello para evitar la ventaja competitiva que tendría respecto de los demás licitadores, si la información no es completa Respuesta 18: Los listados del personal adscrito al Servicio del contrato vigente del Lote 1 y del Lote 2 referidos en el Anexo 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) en el que se ha hecho constar la categoría, la antigüedad, el tipo de contrato, la jornada y el plus mensual, son los que ha facilitado la empresa saliente a Canal de Isabel II y han sido publicados tal y como han sido entregados. No obstante lo anterior, Canal de Isabel II ha solicitado a la empresa saliente que aclare los aspectos que plantean en su consulta y dicha empresa ha remitido nuevamente los citados listados del personal completando y aclarando la información contemplada en los listados que fueron publicados inicialmente como Anexo 3 del PPT. Tienen a su disposición estos últimos listados en el Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). Pregunta 19: Tras revisar el Excel para la parte económica, se pide que incorporemos los precios hora por categoría y otros conceptos a la hora de indicar el precio final. En el caso de Contenedores, Bacteriostáticos, Desratización, se piden precios/hora. No sé si hay un error ya que lo lógico serían precios por unidad o servicio. Respuesta 19: Efectivamente, tal y como se ha indicado en la respuesta a la pregunta 1, se ha detectado un error en las tablas correspondientes al escenario hipotético de valoración de ofertas establecido en el Anexo II.A y Anexo II.B del PCAP para los lotes 1 y 2. En particular, en el encabezado de las columnas referidas a Contenedores higiénicos y bacteriostáticos y Desratización y desinsectación se ha indicado por error que las unidades atribuidas a cada uno de los conceptos corresponden a Horas anuales. Sin embargo, dichas unidades son en realidad Unidades anuales, tal y como viene reflejado en el Pliego de Prescripciones Técnicas y como se ha explicado en el texto de la oferta que adjuntamos. Teniendo en cuenta el anterior error, los licitadores deben ofertar para los conceptos incluidos en las columnas referidas a Contenedores higiénicos y bacteriostáticos y la Desratización y desinsectación el Coste Euros/unidad en vez del Coste Euros/hora. Página 6 de 7

Nota informativa De acuerdo con todo lo anterior se han modificado los referidos errores materiales en el PCAP y en la hoja de cálculo publicada junto con los pliegos. Los licitadores tienen a su disposición el PCAP modificado y la hoja de cálculo modificada en el Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). Pregunta 20: Tras ver los pliegos, tengo una duda en relación con el número de unidades y la frecuencia de cambio ya que no concuerdan el número de servicios con el número de contenedores o bacteriostáticos. Es decir, en el primer cuadro se indica el número de contenedores al año (o servicios) y en el segundo cuadro las unidades. Por ejemplo, el número de contenedores higiénicos con cambio mensual es de 47, por lo que al año, serían 564 cambios. Sin embargo, para la frecuencia quincenal tenemos 122 unidades y el total 1.464 cambios que no corresponden al número necesario de servicios. Es decir, si son 122 unidades por 26 semanas serían 3.172 cambios o servicios. Lo mismo pasa en lote 1 y 2. Respuesta 20: Nos remitimos a la respuesta dada en la pregunta 1. Página 7 de 7