REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN BIOÉTICA. TÍTULO I De las Normas Generales

Documentos relacionados
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CONSTRUCCIÓN

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARTES Y MENCIONES

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I. De las Normas Generales TITULO II

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN TRABAJO SOCIAL TÍTULO III. De las Normas Generales

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN TITULO III DE LAS NORMAS GENERALES

REGLAMENTO DE MAGÍSTER EN LINGÜÍSTICA APLICADA AL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA. TÍTULO I De las Normas Generales

TITULO I De las Normas Generales. TITULO II De la Definición del Programa de Magíster en Educación. TITULO III De la Administración del Programa

REGLAMENTO DEL PROGRAMA

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE HISTORIA PROGRAMA DE MAGISTER REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN HISTORIA

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN PSICOLOGÍA EDUCACIONAL

REGLAMENTO DE MAGISTER

REGLAMENTO DE MAGISTER

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN PSICOLOGÍA CLÍNICA

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS. Decreto Universitario N de 2 de septiembre de 2005

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL

CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I

REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE CICLOS BASICOS Y TERMINALES

A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS

Magíster en Tecnologías de la Información A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO Y PLAN DE FORMACIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS ODONTOLÓGICAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II

REGLAMENTO MAGISTER EN ANTROPOLOGIA SOCIOCULTURAL A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Plan de Continuidad de Estudios en Ciencia Política Conducente al Grado Académico de Magíster y/o Título Profesional

REGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO

REGLAMENTO DE EGRESO, OBTENCIÓN DE GRADO Y TÍTULO PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DE PÁRVULOS

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO PROGRAMA DOCTORADO EN ECONOMÍA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FÍSICA

REGLAMENTO CARRERA PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DIFERENCIAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA

FACULTAD DE COMUNICACIONES DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO REGLAMENTO DEL DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN.

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN

REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO

DECRETO: Apruébase el siguiente Reglamento Especial y Plan de Estudios de la. TITULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA INGENIERÍA

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE CIENCIA POLÍTICA PROGRAMA DE DOCTORADO ÍNDICE DEL REGLAMENTO

DECRETO DE RECTORIA Académico Nº 39/2006. REF.: Establece reglamento académico del programa de Magíster en Ingeniería Informática.

PLAN INTERNO DE VINCULACION PREGRADO Y POSTGRADO CARRERA DE DERECHO MAGÍSTER EN DERECHO

APRUEBA REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE GRADUADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO

Pontificia Universidad Católica de Chile

Reglamento de Titulación de la Carrera de Terapia Ocupacional

Instructivo de Evaluaciones, Nivelación y Remediación

REGLAMENTO DEL DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

Universidad del Bio-Bio Facultad Ciencias Empresariales

REGLAMENTO DE REGIMEN CURRICULAR CARRERAS DE TÉCNICO UNIVERSITARIO

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA

REGLAMENTO INTERNO MAGÍSTER EN ANÁLISIS GEOGRÁFICO. Título Preliminar

REGLAMENTO PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN

Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial

REGLAMENTO DE LA MAESTRIA EN POLITICAS PÚBLICAS PARA EL DESARROLLO CON INCLUSION SOCIAL

REGLAMENTO DE ADMISION

Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.

Pontificia Universidad Católica de Chile Secretaría General REGLAMENTO DE LOS ORGANISMOS DE LA RECTORIA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM. TITULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO MAESTRIA EN PROPIEDAD INTELECTUAL

MAESTRÍA EN TEOLOGÍA RESOLUCIÓN CONEAU 327/11

DECRETO EXENTO Nº 243/09. REF.: Aprueba Reglamento de titulación para la carrera de Periodismo. La Serena, 01 de diciembre de 2009.

a) Aprobar todas las asignaturas del Plan de Estudios de la Carrera, incluyendo las

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE FACULTAD DE DERECHO MAGISTER EN DERECHO, LLM REGLAMENTO DE BECAS Y DESCUENTOS DE ARANCEL

Continuidad de Estudios en Sociología Descripción

Alumnos chilenos de programas de Doctorados Alumnos chilenos y extranjeros de programas de Magíster Acreditados.

BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN DE TITULACIÓN

NORMATIVA DE CURSOS ACREDITABLES DE ESTUDIOS DE PREGRADO Y POSTGRADO

Química. Magíster en. Antecedentes para Postular: Comité Académico: PLAN DE ESTUDIOS

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN TEOLOGIA

Nº 026 VISTOS: 1. Lo dispuesto en el artículo 22 de los Estatutos de la Universidad Austral de Chile.

!"#$ respecto del Portafolio de Título v3. Portafolio de Título. Preguntas Frecuentes

REGLAMENTO DEL ALUMNO DE PROGRAMAS DE POSTGRADO

NORMATIVA DE CONVALIDACIÓN Y ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA. (Aprobada en Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2005)

REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS DEL IUNIR RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS CURSADAS EN OTRAS UNIVERSIDADES

BASES DE POSTULACIÓN A BECAS DE ESTUDIO PARA FORMACIÓN DE COMPETENCIAS DE ESPECIALIDAD PLAN DE FORMACIÓN DE COMPETENCIAS DOCENTES

UNIVERSIDAD TECNICA FEDERICO SANTA MARIA SEDE CONCEPCIÓN REY BALDUINO DE BELGICA

Reglamento General para la Obtención del Grado Académico

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

REGLAMENTO DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA CARRERA DE MEDICINA FACULTAD DE MEDICINA CLÍNICA ALEMANA - UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE POSTÍTULO EN ESPECIALIDADES MÉDICAS.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA

VISTOS: 1.º. La Necesidad de adecuar la normativa interna a los nuevos apoyos e incentivos a los alumnos destacados.

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO

PLAN DE ESTUDIOS DE LA ESCUELA DE FILOSOFÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA REGLAMENTO

LIBROS DE TEXTO O PROTOTIPOS DEDACTICOS. (A FINES A LA ESPECIALIDAD)

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN DE LA FACULTAD DE MEDICINA. Capítulo I: Disposición general. Capítulo II: De los directores de los trabajos de graduación

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud

REGLAMENTO DE BECA DE COLABORACIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO FACULTAD DE FILOSOFÍA Y HUMANIDADES TÍTULO I: DE LOS OBJETIVOS

REGLAMENTO PROCESO DE TITULACIÓN CARRERA KINESIOLOGÍA UNIVERSIDAD SEK

INFORMACION GENERAL PRACTICA PROFESIONAL CARRERA DE PSICOLOGIA

Reglamento Interno del Programa de Becas de la DGTIC

PROTOCOLO CONCURSO DE AYUDANTES DE INVESTIGACIÓN. Aprobado en Comité Curricular jueves 23 de julio 2015

REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA CARRERAS PROFESIONALES DE PREGRADO

CHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN Y DE MOVILIDAD DE ALUMNOS

Vicerrectoria de Investigación, Innovación y Postgrado U N I V E R S I D A D D E A N T O F A G A S T A

PROGRAMA DE DOCTORADO EN FARMACOLOGÍA

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN

Procedimiento para. la acreditación del requisito de comprensión de artículos técnico-científicos en el. idioma inglés

Cochabamba, 29 de noviembre de 2010

Transcripción:

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN BIOÉTICA TÍTULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del Programa de Magíster en Bioética impartido por la Escuela de Medicina de la Facultad de Medicina de la Pontificia Universidad Católica de Chile, sin perjuicio de las normas generales vigentes en la Universidad. TÍTULO II De la Definición del Programa de Magíster en Bioética Artículo 2º El Magíster en Bioética, impartido por la Escuela de Medicina de la Facultad de Medicina de la Pontificia Universidad Católica de Chile, es un programa presencial de formación de postgrado orientado a la formación profesional en el área de la Bioética. El Programa está dirigido a licenciados provenientes de diversas áreas afines a la Bioética, tales como: ciencias de la salud, filosofía, teología, derecho, sicología y periodismo. TÍTULO III De la Administración del Programa Artículo 3º Artículo 4º Artículo 5º La Administración del Programa de Magíster en Bioética estará a cargo del Director del Programa, asesorado por el Comité de Magíster. El Director del Programa será designado por el Decano de la Facultad de Medicina entre los académicos del Programa. Permanecerá en su cargo mientras cuente con la confianza del Director de Postgrado y su designación se formalizará mediante Resolución del Rector. Para proceder a la referida designación, el Decano se podrá asesorar por el Director de Postgrado. Corresponderá al Director del Programa: a) Dirigir la ejecución y desarrollo del Programa y velar por el cumplimiento del plan de estudios vigente; b) Elaborar la programación académica y presupuestaria anual del Programa y proponerla a la Dirección de Postgrado; c) Velar por el cabal cumplimiento de la política académica y normas vigentes en materia de Magíster; Reglamento Magíster en Bioética 1

d) Asignar, conjuntamente con el Jefe de la Unidad Docente de Bioética, las funciones de docencia, tutorías, guías de la Actividad Final de Grado y otras de cada académico del Programa. En el caso de académicos pertenecientes a otras facultades, dichas asignaciones se harán en conjunto con la autoridad pertinente. e) Velar por el cumplimiento del marco valórico que inspira a la Institución. Artículo 6º Artículo 7º Artículo 8º El Programa tendrá un Comité de Magíster presidido por el Director de Magíster e integrado a lo menos por 3 profesores del núcleo académico del Programa, el cual se reunirá regularmente, con una frecuencia mínima de una vez al semestre. Los miembros del Comité de Magíster serán propuestos por el Director del Programa al Director de Postgrado de la Escuela de Medicina, quien será responsable de su nombramiento mediante resolución interna. Permanecerán en sus funciones por períodos de dos años, pudiendo ser reconfirmados en sus cargos. Las funciones y atribuciones del Comité de Magíster son las siguientes: a) Asesorar al Director en la elaboración de la programación académica y presupuestaria; b) Asesorar al Director en la selección de los docentes que se desempeñarán como profesores encargados de curso. c) Participar activamente en el proceso de selección y admisión de los postulantes. d) Asesorar al Director del Programa en la asignación y monto de becas, según los antecedentes académicos, socioeconómicos y los recursos disponibles. e) Asesorar al Director del Programa en materias de desempeño académico y en situaciones especiales que presenten los alumnos. f) Acoger y buscar posibles soluciones a las peticiones y reclamos de los alumnos y docentes del Programa. g) Analizar las evaluaciones realizadas por los alumnos a cada curso y velar para que la información recopilada contribuya al mejoramiento del Programa. h) Asesorar al Director en la designación del profesor-guía para cada alumno en su Actividad Final de Grado. i) Asesorar al Director en eventuales modificaciones curriculares y del Reglamento del Programa. TÍTULO IV De los Académicos del Programa Artículo 9º Los profesores del Programa tendrán al menos el grado académico de Magíster o competencias equivalentes acreditadas por su Facultad y registradas en la Vicerrectoría Académica. La participación de académicos de otras Facultades de la Universidad o de otras universidades nacionales y extranjeras en calidad de invitados, deberá considerar el cumplimiento del requisito de grado antes mencionado. Reglamento Magíster en Bioética 2

Artículo 10º Artículo 11º La selección de los académicos al Programa será responsabilidad del Director, con la asesoría del Comité de Magíster. Los profesores-guía de la Actividad Final de Grado serán seleccionados por el Director del programa de común acuerdo con el alumno, siendo académicos reconocidos por su competencia en el área temática del trabajo a realizar. El Comité de Magíster resguardará que cada académico guíe a un número adecuado de alumnos, acorde a su disponibilidad. TÍTULO V De la Admisión al Programa Artículo 12º Artículo 13º Artículo 14º Artículo 15º El proceso de admisión al Programa cumple con las disposiciones del Reglamento de Magíster de la Universidad y está a cargo del Comité de Magíster del Programa. La admisión al Programa de Magíster en Bioética requiere: a) Estar en posesión del Grado Académico de Licenciado o de un Título Profesional universitario equivalente, en áreas afines a la bioética o del Grado Académico de Bachiller en Teología, obtenido en una universidad reconocida por el Estado de Chile, o en el caso de instituciones extranjeras, por el Estado del país correspondiente. b) Aprobar el proceso de selección. Los documentos y antecedentes necesarios para la postulación al Programa serán al menos: a) Certificado de Licenciatura o Certificado de Título (copia validada ante Notario o en el Ministerio de RR.EE. de Chile en caso de documentación emitida en el extranjero); b) Currículum Vitae; c) Certificado de concentración de notas y ranking de estudios universitarios, títulos o grados previos; d) Dos Cartas de Recomendación en formato determinado por el programa; e) Ensayo sobre algún tema referente a la Bioética (máximo 3 páginas) f) Carta de interés que fundamente su postulación; g) Demostrar una adecuada comprensión de textos en idioma inglés. El proceso de selección será realizado por los integrantes del Comité de Magíster, quienes analizarán los antecedentes recibidos. Dicha evaluación comprende, además de la documentación requerida, una entrevista personal, que versará fundamentalmente sobre las motivaciones para postular al programa, las reales posibilidades de asumir la carga académica del programa y la capacidad de resumir las ideas centrales contenidas en un artículo breve en idioma inglés. Reglamento Magíster en Bioética 3

Artículo 16º El Programa se dictará sólo si el total de postulantes admitidos para cada proceso de selección es igual o superior a 6 (seis). Del mismo modo, en el caso de cursos optativos, sólo se dictarán con un mínimo de 3 alumnos interesados. Cualquier excepción a lo dispuesto en este artículo deberá ser autorizada especialmente por la Dirección de Postgrado de la Escuela de Medicina. TÍTULO VI Del Plan de Estudios Artículo 17º Artículo 18º Artículo 19º El Plan de Estudios del Programa de Magíster en Bioética contempla 130 créditos UC 1, los que se distribuyen como se indica a continuación: 70 créditos conformados por los Cursos Mínimos 30 créditos de Cursos Optativos. 30 créditos correspondientes al Trabajo Final de Grado. Los créditos optativos podrán cumplirse con los cursos propios del Magíster en Bioética o con cursos de postgrado impartidos por otros programas de Magíster o Doctorado de la Universidad, previa autorización del Director del Programa. El Programa tiene una duración teórica de 4 semestres en régimen de dedicación parcial. Dependiendo de la disponibilidad de tiempo de dedicación de los alumnos, estos podrían optar por cursar el programa en 3 semestres, concentrando los cursos optativos e iniciando antes el Trabajo Final de Grado; en estos casos el nivel de exigencia, cursos y docentes no se modifican, sólo se aumenta el creditaje semestral, al inscribir mayor número de cursos por semestre. TÍTULO VII De las Exigencias y Sanciones Académicas Artículo 20º Artículo 21º Artículo 22º El alumno será reprobado en un curso o actividad del Programa cuando hubiere obtenido como nota final una calificación inferior a cuatro (4.0). Para todos los cursos del Programa se establece que la nota cuatro (4.0) equivale a la aprobación del 70% de los contenidos evaluados. El Promedio Ponderado Acumulado (PPA) semestral deberá ser igual o superior a cuatro (4.0). De no mantener dicho PPA, el alumno caerá en causal de eliminación. Los alumnos sólo podrán reprobar un curso o actividad en el transcurso del Programa. En ese caso, deberán inscribir el curso en el semestre siguiente que éste se dicte previa autorización del Comité de Magíster. Si el alumno reprueba por segunda vez el mismo curso o reprueba dos cursos caerá en causal de eliminación. 1 El crédito es la expresión cuantitativa del trabajo académico semanal efectuado por el alumno, necesario para alcanzar los objetivos y logros de aprendizaje del curso o actividad curricular. Reglamento Magíster en Bioética 4

Artículo 23º Artículo 24º Los alumnos deberán tener especial respeto por las normas relativas a la honestidad académica vigentes al interior de la Universidad. El incumplimiento de dicha normativa será sancionado según lo señalado en el Reglamento del Alumno de Magíster UC. Los alumnos que hubieran incurrido en causal de eliminación de acuerdo a lo estipulado en el presente Reglamento, podrán apelar al Comité de Magíster, dentro de los plazos que establezca el Calendario de Actividades Académicas y Estudiantiles. La resolución de dicho Comité podrá ser apelada ante la Comisión de Gracia de la Universidad, cuyos acuerdos sobre la apelación interpuesta no serán susceptibles de recurso alguno. TÍTULO VIII De las Características de la Actividad Final de Graduación Artículo 25º Artículo 26 La Actividad Final de Graduación del Programa de Magíster en Bioética será un Trabajo Final de Grado consistente en un trabajo teórico-práctico que el alumno realizará bajo la supervisión de un profesor-guía. Esta actividad está diseñada para que el alumno demuestre su capacidad de articular críticamente los conocimientos adquiridos durante el programa y de proponer soluciones innovadoras a problemas profesionales actuales. Finaliza con un Informe Individual. Una vez inscrito el curso Trabajo Final de Grado, el alumno tendrá un período máximo de 2 semestres para obtener la calificación del informe individual. Artículo 27º El profesor-guía será designado por el Director del Programa, asesorado por el Comité de Magíster, de común acuerdo con el alumno y deberá cumplir los requisitos que para tal efecto establece este Reglamento. TÍTULO IX Del Examen Final de Grado Artículo 28º Artículo 29º Una vez aprobadas todas las actividades curriculares del plan de estudios, incluida la aprobación del Curso Trabajo Final de Grado, el alumno deberá rendir su Examen de Grado. El Examen de Grado corresponde a la presentación de los resultados del Trabajo Final de Grado ante una Comisión Evaluadora, que podrá efectuar preguntas sobre dicho trabajo. Reglamento Magíster en Bioética 5

Artículo 30º La Comisión Evaluadora estará conformada por el Director del Programa, un representante de la Dirección de Postgrado, el profesor-guía y otro miembro del Comité de Magíster. Artículo 31º En caso de no aprobar el Examen de Grado, el alumno podrá rendirlo nuevamente en un plazo máximo de seis meses. TÍTULO X Del Egreso y Graduación Artículo 32º Artículo 33º Artículo 34º El egreso del Magíster en Bioética tiene lugar cuando el alumno aprueba el plan de estudios del Programa, incluyendo el Curso Trabajo Final de Grado, excluido el Examen de Grado. La obtención del Grado de Magíster en Bioética requiere: a) Haber alcanzado la categoría de egresado; b) Aprobar el Examen de Grado; c) Tener una permanencia mínima de dos y una máxima de cinco semestres académicos. Para aquellos alumnos que realicen el programa con dedicación exclusiva su tiempo máximo de permanencia será de cuatro semestres académicos; d) No estar afecto a ningún tipo de deuda con la Universidad, incluyendo material bibliográfico del Sistema de Bibliotecas. La calificación final del Grado de Magíster en Bioética se obtendrá ponderando las notas parciales según se indica: Promedio Ponderado Acumulado Plan de Estudios : 80% Calificación del Examen de Grado : 20% TÍTULO XI De las Convalidaciones de Estudios Artículo 35º Artículo 36º Las convalidaciones de estudio se regirán por el Reglamento del Alumno de Magíster y por el Reglamento que Establece Normas de Procedimiento y Regula las Convalidaciones de Estudio de la Pontificia Universidad Católica de Chile, pudiendo optar a convalidación sólo aquellos cursos realizados con un máximo de 5 años de antigüedad y los contenidos deberán corresponder al menos al 75% de aquellos del programa a convalidar. Las equivalencias de los cursos serán establecidas por el profesor encargado de la asignatura correspondiente, en conjunto con el Comité de Magíster y remitidos a la Dirección de Postgrado de la Escuela de Medicina, a quien le corresponderá autorizar dicha solicitud. Para ello, el alumno deberá presentar el programa del curso que Reglamento Magíster en Bioética 6

solicita convalidar y un documento que acredite la fecha de realización y la calificación obtenida. TÍTULO XII Disposiciones Finales Artículo 37º Artículo 38º Artículo 39º Cualquier duda o conflicto relacionado con temas contemplados en el presente Reglamento, así como la interpretación oficial de ellos, serán resueltos por el Director del Programa mediante resoluciones internas, previa consulta al Comité de Magíster y en acuerdo con el Reglamento de Magíster y el Reglamento del Alumno de Magíster UC. Para los aspectos no considerados en este Reglamento, aplica el Reglamento de Magíster y el Reglamento del Alumno de Magíster UC de la Pontificia Universidad Católica de Chile. El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la admisión del primer período académico del año 2016. Reglamento Magíster en Bioética 7