Pontificia Universidad Católica del Ecuador

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Transcripción:

REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE PROFESIONALES O PASANTÍAS CAPÍTULO I DENOMINACIÓN Art. 1.- Prácticas pre profesionales.- Se denomina prácticas prc profesionales, a la aplicación de conocimientos y al desarrollo de destrezas y habilidades específicas que un estudiante debe adquirir para un adecuado desempeño en su futura profesicsn. Estas prácticas deberán ser de investigación acción y se realizarán en el entorno institucional, empresarial o comunitario, público o privado, adecuado para el fortalecimiento del aprendizaje. Art. 2.- Pasantías.- Son prácticas profesionales que se efectúan bajo la relación contractual y salarial de dependencia con el propósito de aplicar aprendizajes adquiridos en las distintas empresas e instituciones públicas y/o privadas. CAPÍTULO II OBJETIVOS Art. 3.- Objetivos.- Las prácticas pre profesionales o pasantías tienen como objetivos: a. Demostrar en la actividad profesional los conocimientos teóricos prácticos adquiridos en su formación académica. b. Fortalecer sus competencias profesionales en el marco de una sólida formación ética a través de experiencias laborales reales. c. Articular su desempeño profesional con los procesos de vinculación con la sociedad. d. Involucrar al futuro profesional en situaciones de aprendizajes propias en el ejercicio de su profesión. CAPÍTULO III DE LA ESTRUCTURA FUNCIONAL Y OPERATIVA DE LAS PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES O PASANTÍAS Art. 4.- I,os estamentos que intervendrán en la organización de prácticas pre profesionales o pasantías son las siguientes: a) Coordinador de carrera b) Responsable de prácticas o pasantías c) Tutor académico d) Tutor institucional e) I-estudiante practicante o pasante

«4PUCC Art. 5.- Coordinador de la Carrera.- I.as funciones que desempeñará en las prácticas prc profesionales o pasantías son las siguientes: a) Gestionar la suscripción de acuerdos, convenios o cartas de aceptación y compromisos de prácticas pre profesionales o pasantías con instituciones públicas y/o privadas. b) Tramitar el pago a los tutores externos en el caso de cjue éste se de. c) Klaborar el programa de prácticas prc profesionales o pasantías. d) 1 elaborar el plan anual de vinculación de la carrera. e) Klaborar el plan semestral de prácticas de la carrera y presupuesto de viáticos. f) Designar al responsable de prácticas y tutores académicos. g) Conferir certificaciones de culminación de sus horas de prácticas pre profesionales o pasantías según el reporte proporcionado por el tutor académico. Art. 6.- Responsable de las prácticas pre profesionales o pasantías.- Son funciones del responsable de las prácticas pre profesionales o pasantías de cada unidad académica las siguientes: a. Klaborar el instructivo de prácticas de la carrera. b. Coordinar permanentemente con el tutor académico la programación de las actividades propuestas para realizar procesos de control y seguimiento. c. 1-'laborar una base de datos de las empresas públicas y privadas que se acogen al Programa de prácticas pre profesionales o pasantías. d. Recoger y consolidar la información general de prácticas pre profesionales o pasantías, que le faciliten el coordinador de la carrera o los tutores académicos para la organización de la unidad académica. e. Presentar informe del plan anual de prácticas al coordinador de carrera al término de cada semestre. f. Informar oportunamente al coordinador de la carrera en caso de tener algún problema en el desarrollo de las prácticas pre profesionales o pasantías. Art. 7.- Tutor académico.- Kl tutor académico presenta las siguientes funciones: a. Acompañar y asesorar a los estudiantes que participarán de las prácticas pre profesionales o pasantías. b. Klaborar el plan de prácticas que van a desarrollar los estudiantes. e. Kntrcgar a las instituciones o empresas de prácticas, la carpeta para el desarrollo de las mismas. Ksta carpeta deberá contener el (plan de prácticas, y los instrumentos de asistencia y los de evaluación). d. Supervisar el cumplimiento de las prácticas pre profesionales o pasantías. c. Mantener diálogo constante con la persona de la institución y/o empresa que coordina el trabajo del estudiante en el cumplimiento de las actividades de su práctica o pasantía. f. Planificar procesos de inducción con los estudiantes que realizarán las prácticas pre ^ I profesionales o pasantías para conocer reglamento y la normativa vigente. r/ /tyo

g. Elaborar el distributivo de los practicantes o pasantes en las empresas y/o instituciones que establecieron convenios con la PUCESE. h. Asistir a las sesiones de planificación y evaluación convocadas por el responsable de las Prácticas prc profesionales o pasantías. i. Explicar a los estudiantes a través de una inducción la función que desempeñarán en la empresa y/o institución con sus respectivos límites, j. Remitir registros de calificaciones al coordinador de la carrera, k. Presentar al responsable de prácticas un informe del desarrollo de las mismas junto con los anexos correspondientes (informes memoria de los estudiantes y portafolio de evidencias) Art. 8.- Tutor institucional.- Presenta las siguientes funciones: a. Asesorar y orientar a los esrudiantes practicantes en la realización de la práctica pre profesional. b. Llevar un registro de asistencia y desempeño de los practicantes en las tareas asignadas. c. Informar cualquier novedad en el desarrollo de las prácticas, al tutor académico. d. Emitir un informe de evaluación de las prácticas prc profesionales del estudiante. Art. 9.- Los estudiantes practicantes o pasantes.- Tendrán los siguientes derechos y obligaciones: a. Ser tratados con dignidad, respeto y sin discriminación en la institución y/o empresa en que realiza sus prácticas prc profesionales o pasantías. b. Recibir asesoría oportuna de parte del tutor académico para el cumplimiento de sus prácticas pre profesionales o pasantías. c. Ser evaluado objetivamente y recibir información oportuna de los resultados. d. Hacer uso del material que dispone la institución y/o empresa para el desempeño laboral de su práctica. e. Recibir del coordinador de la carrera la certificación de culminación de las prácticas o pasantías. f. Conocer y acatar las disposiciones y reglamento de las prácticas pre-profesionales o pasantías dispuesto por la PUCESE. g. Acatar las disposiciones y reglamento de las instituciones donde realizan las prácticas o pasantías. h. Demostrar durante el desarrollo de sus prácticas responsabilidad, compromiso profesional, disciplina, puntualidad y ética. i. Cumplir con el horario asignado por la empresa y/o institución donde realiza sus prácticas pre profesionales o pasantías. j. La asistencia a las prácticas o pasantías deben corresponder a un 100% para ser considerada válida, en caso de presentar alguna inasistencia por razones de enfermedad deberá presentar un certificado médico que acredite su estado de salud y si corresponde a situaciones de calamidad doméstica que justifiquen su inasistencia procederá emitiendo un oficio de justificación; a fin de recuperar los días perdidos.

k. Cumplir con las actividades programadas para su desempeño laboral en la empresa y/o institución. 1. Llevar en forma prolija el portafolio de su práctica o pasantía, m. Velar por la conservación y mantenimiento de los materiales y equipos de la empresa y/o institución donde realiza sus prácticas prc profesionales o pasantías, n. Asistir y participar de reuniones convocadas por el responsable de prácticas preprofesionales y/o el tutor académico, o. Mantener buenas relaciones con directivos o funcionarios de la entidad donde realiza las prácticas pre-profcsionales o pasantías, p. Informar al tutor académico sobre el desarrollo de su práctica o de alguna anomalía que se presentara, q. Elaborar y presentar el informe final de las prácticas pre profesionales o pasantías. CAPÍTULO VIII DE LAS SANCIONES A LOS PRACTICANTES Art. 9.- En caso de realizar la interrupción injustificada de las prácticas prc profesionales o pasantías durante tres días laborables consecutivos o no, se determinará como abandono de las mismas, teniendo el estudiante que acogerse a iniciar nuevamente sus prácticas pre profesionales o pasantías. Art. 10.- Serán sancionados los estudiantes practicantes que cometieran las siguientes causales: a) Abandono injustificado de la empresa y/o institución donde realiza la práctica prc profesional o pasantía. b) Comportamiento inadecuado e irresponsable en la entidad que realiza la práctica o pasantía. c) Ser sorprendido consumiendo o en posesión de bebidas alcohólicas y/o drogas. d) Obstaculizar o interferir en el normal desenvolvimiento de las actividades de la empresa y/o institución. e) Cometer actos de violencia de hecho o palabra contra cualquier miembro de la empresa y/o institución donde realiza las prácticas o pasantías. Art.ll.- Para la aplicación de sanciones se seguirán las disposiciones existentes en el Reglamento General de estudiantes. La sanción deberá constar en el sistema académico de la Secretaría General y expediente del estudiante sancionado. CAPÍTULO IX DE LAS PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES O PASANTÍAS Art. 12.- Se denomina centros de prácticas pre profesionales o de pasantías a los establecimientos públicos o privados que faciliten sus instalaciones para el cumplimiento de las actividades de prácticas establecidas según el programa de currículo de la carrera. /

Art. 13.- El tutor académico asignará al estudiante el centro de práctica o pasantía, de acuerdo a los convenios y/o cartas de compromiso que se suscribió con la PUCESE. En caso de que algún estudiante presente algún problema específico en la empresa y/o institución asignada, podrá apelar dirigiéndose al tutor académico para el análisis de su caso. Art. 14.- Las prácticas pre profesionales o pasantías se ejecutarán previa presentación de la planificación respectiva. Art. 15.- Toda práctica pre profesional estará articulada a una asignatura, curso o su equivalente, u otro espacio de integración teórico-práctico. Art. 16.- Los estudiantes deben acreditar el número de horas que indique su programa curricular, a lo largo del proceso formativo. De éstas, un mínimo de 160 horas corresponden de manera obligatoria a servicios a la comunidad. Art. 17.- Las prácticas pre profesionales podrán realizarse mediante: a. Desempeño laboral en una empresa y/o institución pública y/o privada. 1). \viid;nm';] ck- d< Kvnciu LJLH.- podru n.-;ih/:ir exclusivamente i-n la I'I O '.SÍ'.. c. Ayudantía de investigación en la "PUCESE o en centros de investigación nacional o extranjero. d. Programas de servicio comunitario. Art. 18.- Durante el desarrollo de las prácticas pre profesionales o pasantías, el estudiante se sujetará a las disposiciones y normativas vigentes determinados por el Reglamento de Prácticas Pre-profesionales o Pasantías. Art. 19.- La empresa y/o institución que es centro de prácticas será responsable de llevar el control de asistencia del practicante de acuerdo a formatos establecidos por la PüCF.SR. Art. 20.- E'l tutor institucional (funcionario responsable de la entidad que pardcipa como centro de prácticas o pasantías) llevará el control de asistencia, remitirá informe de asistencia - rendimiento laboral y evaluará al estudiante practicante o pasante. Art. 21.- El tutor académico receptará impreso y digitalrzado informes emitidos por el tutor externo y lo enviará al coordinador de la carrera para que pueda realizar el trámite para el pago de la compensación, en el caso de que ésta se dé. Art. 22.- Si un estudiante se encontrara trabajando de forma permanente o por contrato temporal en alguna institución y/o empresa pública o privada, no le exime de realizar las prácticas pre profesionales. En el caso de que el trabajo esté relacionado con el área de estudio las prácticas podrán ajustarse para que se desarrollen en la misma institución o empresa en

que trabaja, bajo el acompañamiento y supervisión de un tutor académico y un tutor institucional y siempre que se firme un convenio de prácticas o acuerdo institucional. CAPÍTULO X DE LA EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS Art. 23.- El docente tutor académico visitará la institución y/o empresa donde los estudiantes realizan las prácticas pre profesionales por lo menos 2 veces al mes, llevando registro firmado y sellado de las visitas para evidenciar el cumplimiento de sus funciones. La PUCKSE reconocerá los viáticos de los desplazamientos, según presupuesto previamente elaborado por el coordinador de la carrera y presentado al Departamento Financiero. Art. 24.- Para el proceso evaluativo de las prácticas pre-profesionales o pasantías, el tutor académico considerará: el portafolio de evidencias, el informe final de prácticas o pasantías y su autoevaluación. El tutor institucional realizará también la evaluación del desempeño del practicante o pasante en el desarrollo de las prácticas pre profesionales o pasantías. Art. 25.- La nota final de las prácticas pre profesionales o pasantías resulta de la suma del promedio ponderado de la evaluación realizada por el tutor académico y el tutor institucional. Las prácticas se considerarán aprobadas siempre que se superen los 30 puntos sobre 50. DISPOSICIONES GENERALES Primera.- Lo que no estuviere previsto en el presente reglamento, será resuelto por el Consejo de I.scuela con la Aprobación de Dirección Académica. Segunda.- Kl presento reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación por el Consejo Directivo de la Pl/CESE. SECRETARÍA GENERAL.- Certifico que este documento fue analizado y aprobado por los miembros del en la sesión ordinaria realizada el 25 de mayo de 2017. Mantza De-mera Me]ia SECRETARIA GENERAL